Loja: 25 de marzo, 2024

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METÁSTASIS Y PURGA TIENEN PUNTOS DE UNIÓN

La infiltración del narcotráfico y el tráfico de influencias en las funciones del Estado tienen elementos en común. Los operadores eran los mismos, pero los supuestos cabecillas también. Mayra Salazar era solo un peón. Conozca el esquema. 10

La Cancillería revela que 2,4 millones de ecuatorianos dejaron el país 11

Tres acciones para rescatar a la minería de las mafias 13 ECONOMÍA

Gobernadores buscan frenar la delincuencia en la Amazonía 3 CIUDAD

Los tesoros de Azogues 8

LUNES 25 DE MARZO DE 2024
lojalahora
Loja - Zamora lojalahora
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FOTOREPORTAJE POLÍTICA

Daniel el travieso

Dentro de nuestra cotidianidad, cuando uno abre las redes sociales se encuentra con un sinfín de trolls con mensajes que no tienen ninguna veracidad, los mismos que buscan posicionar su sesgo en la ciudadanía, muchas personas caen en ese morbo de venganza, ya sea por llamar la atención o por diversión, dejándose engañar y engañan a los demás compartiendo y replicando dichas publicaciones y cuestionamientos que generan polémica.

Paralelamente a esto, la actividad política es el “caldo de cultivo” para que se reproduzcan y se desarrollen publicaciones de individuos que en su mayoría por su cobardía pasan soterrados en el anonimato de la vida.

En estos últimos días, las redes sociales son testigos de la inmensa actividad de trolls que han agitado el ambiente político y que en su mayoría provienen de las huestes y lacras con quienes hipotéticamente existe un “Pacto de gobernabilidad”; infieles que hacen alusión de la publicación del periodista español Alejandro Entrambasaguas, en el diario denominado “El Debate” sobre el escándalo en la visita oficial a España del presidente Daniel Noboa, realizada hace dos meses, cuya denuncia es que nuestro “Danielito el travieso”, en un lujoso restaurant, en su plutera lanzaba billetes al aire y gritaba rogando que lo lleven de jarana. Vale indicar que, en la época de los videos, de las cámaras, de los celulares este medio digital español no señala hasta la fecha ningún sustento que acredite ese comportamiento, aún más, no hay ningún reporte policial, informe de inteligencia, fotos ni videos.

Ojalá, este caso sirva para que las autoridades asuman la responsabilidad de honrar la representación de los ecuatorianos y a su vez, la ciudadanía exige que se llegue a la verdad y si se ha cometido este error que se lo acepte por parte de las autoridades oficiales, porque ya estamos cansados del despelote de gobiernos anteriores, en donde tuvieron hasta demanda por acoso sexual, evidencias XXX, procesos judiciales en marcha y lo taparon todo.

La trampa electoral

ElConsejo Nacional Electoral de Venezuela anunció elecciones presidenciales para el próximo 28 de julio, a la vez que inhabilitó al dirigente político opositor Juan Pablo Guanipa y al exgoberna-

EDITORIAL

La impunidad no puede seguir

Siempre que un hecho sangriento se suscita en el país, la congoja viene acompañada de indignación ante la real posibilidad de que prevalezca la impunidad. En estos últimos días, se han producido crímenes de una gravedad inusitada. Brigitte García, alcaldesa de San Vicente y la más joven burgomaestre del país, fue asesinada junto a otro funcionario municipal. En Sucumbíos, en la noche del viernes, el cabo segundo Daniel Valencia, del Ejército, fue asesinado en una emboscada, que también dejó a otros tres soldados heridos. ¿Llegará la ciudadanía a conocer la verdad sobre estos hechos y podrá ver a los culpables —materiales e intelectuales— debidamente castigados?

El país no puede permitir que la situación de conflicto armado interno sirva de pretexto para que, movido por un inadecuado sentido de la resignación, el Estado deje

de buscar el apropiado esclarecimiento de cada caso. Tampoco se debe tolerar, en estos tiempos de revelaciones de narcopolítica, que cualquier indicio de penetración del crimen organizado sirva — como sucedió en el caso de Agustín Intriago— para echar tierra prematuramente sobre las investigaciones. Es necesario desactivar esas estructuras criminales que, así como operan en las guerras internas del hampa, también pueden volcarse contra la ciudadanía.

Los asesinatos de militares también merecen la debida atención. Hasta ahora espera el país la verdad sobre la muerte del sargento José Chimarro en junio de 2022, y ya se suma un nuevo caso. El mismo cambio de actitud e inyección de energía que se ha visto, con el estado de excepción, en los patrullajes y prevención, debería verse en la investigación de los crímenes.

dor César Pérez Vivas, quienes se suman a la larga lista de inhabilitados, entre ellos Carolina Machado, Henrique Capriles y otros nueve mil líderes de la oposición. Si esto no llegase a funcionar, recurrirán al consabido fraude.

Es que el neofascismo utiliza las instituciones de la democracia liberal como simple pantalla para el ejercicio autoritario del poder. En democracia son pilares fundamentales: la división de funciones, la participación asegurada de todos los acto-

res sociales, elecciones libres e imparciales, la alternancia en el ejercicio del poder y el sufragio inclusivo; principios en los que no creen los gobiernos de corte autoritario, enemigos de la libertad política, defensores del partido único o hegemónico, de la sociedad homogenizada y de la conducción a cargo de un líder carismático que, presuntamente, conducirá al pueblo a un sistema de igualdad, sin la explotación de la burguesía y de soberanía plena.

El Socialismo del siglo XXI de Dieterich, una propuesta utópi-

Mejores ciudadanos con mejores oportunidades

Sedice que el fin de la segunda guerra mundial marcó un gran reto; censurar las posiciones ideológicas y políticas que fomentaron semejante desastre y abrir una posibilidad para que surgiera nuevamente la vida en los lugares arrasados. ¿Qué se ha avanzado en ello?

La autocensura de EE.UU. nunca estuvo contemplada, la escuela neoliberal arrasa con los mercados latinoamericanos y con la economía de las poblaciones empobrecidas por sus métodos, las principales posiciones ideológicas del mundo contemporáneo han desangrado la esperanza de vida en todas las generaciones posteriores a la segunda guerra y en pueblos que ni siquiera tuvieron participación directa en tales conflictos.

Últimamente en el Ecuador, los derechos civiles que hacen referencia a los individuos, ya no logran garantizar que la vida sea posible y respetada, de ahí que se prohíben bajo “toques de queda” todas las acciones civiles ciudadanas: tachando de “terroristas” a las agrupaciones que enfrenten a los cuerpos armados de seguridad nacional, solo así se entiende la falta de criterio al golpear y amedrentar a civiles protestantes por el “NO a la minería” en sus comunidades, podemos buscar ejemplos de luchas por reivindicaciones civiles y generaríamos indignación en los gobernantes, sin embargo nos motiva el deseo de llegar a ser mejores ciudadanos con mejores oportunidades, con condiciones espirituales y materiales que nos permitan una vida digna, no de rodillas ni como mediocres. Históricamente todos los ecuatorianos hemos sido ultrajados por los seudogobernantes de turno, al no respetar nuestro derecho a la huelga, al someternos bajo leyes de carácter extranjero con molde en el FMI: para trabajar por horas ganando menos del básico al mes, regulaciones bancarias que generan hambre y desempleo en todo el territorio, confundiendo a los jóvenes con noticias falsas de falsa protección y especulaciones sobre futuras oportunidades laborales que no hacen más que aumentar el flujo migratorio de todos nuestros compatriotas que ganan $500 al mes o menos. Si la ciudadanía sirve de algo: ese algo debería ser oportunidades de vida digna y el ejercicio de la ciudadanía responsable ante un gobierno humano y altamente eficaz.

ca pero respetable, derivó en el Chavismo, un proyecto impreciso que, según declaraciones de su líder, era una tercera vía frente al comunismo y al capitalismo, inspirada en el cristianismo, el pensamiento de Bolívar, el de Trotsky y el de Gramsci. Su visión del Estado liberal coincide con la marxista, al calificarlo como un órgano de dominación de la clase burguesa, sostenido por una fuerza pública que ya no puede ser el pueblo armado. Refiere ser una etapa transitoria, pero no como la dictadura del proletariado, sino

del líder inspirado que interpreta los intereses de las mayorías y trabaja para satisfacerlas. Los objetivos: una economía no mercantil, una democracia real participativa; y, un sujeto racional-ético autodeterminado.

Con estos antecedentes, es una ingenuidad esperar elecciones transparentes en gobiernos como los de Maduro u Ortega que utilizaron la democracia liberal como peldaño para apoderarse de todas las funciones e instituciones, y allí permanecerán hasta que la muerte marque el relevo en el poder.

JOFFRE
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editora Regional: Mishelle Calva Jiménez Publicidad: loja@lahora.com.ec Año: XXVIII Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial. OPINIÓN 02 O LOJA LUNES 25/MARZO/2024
VILLALVA villalvacassanello67@gmail.com
PACO MONCAYO GALLEGOS pmoncayog@gmail.com

Gobernadores del sur del país se unen contra el crimen

Los Gobernadores de Loja, Zamora Chinchipe y Morona Santiago buscan combatir el crimen en la Amazonía que afecta directamente la seguridad de los ciudadanos y la preservación de valiosos recursos naturales.

En un encuentro que reunió a los gobernadores de Loja, Zamora Chinchipe y Morona Santiago, junto con altos

mandos de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, se establecieron estrategias para abordar la seguridad

Operativos redujeron la venta ilegal

de palma de cera

En una iniciativa encabezada por la dirección Zonal 7 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, respaldada por la Unidad de Protección del Medio Ambiente (UPMA) de la Policía Nacional, se llevaron a cabo operativos de control de venta de palma de cera en diversas áreas de Loja y El Oro.

La campaña, denominada ‘Tradición y Conservación van de la mano’, tiene como objetivo sensibilizar a la población sobre la importancia de esta especie en los ecosistemas y proteger a las especies animales que dependen de ella para sobrevivir.

Félix Romero, director de la Zonal 7 del MAATE, destacó la importancia de esta iniciativa, señalando que busca no solo preservar el hábitat de especies en peligro de extinción como el loro orejiamarillo y el perico cachetidorado, sino también fomentar una conciencia ambiental en la población. Se evidenció el uso de materiales alternativos como romero, totora, palma fénix y flores en lugar de la palma de cera, logrando así un equilibrio entre las tradiciones religiosas y la conservación de la naturaleza.

El MAATE hace un llamado a la ciudadanía para

en la región amazónica. El objetivo principal fue desarrollar acciones coordinadas para proteger las reservas

que evite el uso de la palma de cera y opte por materiales alternativos como romero, arrayán, manzanilla, hojas y flores de maíz, totora, espigas de trigo y cebada, sigse, paja, ciprés, laurel, entre otros. Gracias a estas medidas, los decomisos han disminuido notablemente en comparación con años anteriores, reflejando un creciente compromiso ambiental por parte de la población.

El Grupo de Trabajo de Educación Ambiental Loja (GTEAL) fue fundamental en esta campaña, elaborando ramos con materiales alternativos que fueron donados en las afueras de las iglesias de la ciudad de Loja, aportando así a la concienciación y colaboración ciudadana.

de Loja, destacó la importancia de fortalecer la seguridad como un medio para promover la estabilidad económica y social en la región. Enfatizó la necesidad de un enfoque integral que abarque todas las provincias involucradas, con el fin de establecer un control efectivo del territorio.

Durante la reunión, se abordaron diversas problemáticas, incluyendo la seguridad vial en los accesos a las provincias, la minería ilegal y la delincuencia organizada. Las autoridades acordaron una hoja de ruta conjunta para mejorar la operatividad de las fuerzas de seguridad y garantizar la seguridad de los conductores que utilizan las rutas interprovinciales.

Sixto Cóndor, gobernador de Morona Santiago, resaltó la importancia de la colaboración entre las provincias para combatir los actos delictivos, prevenir el contrabando y neutralizar la presencia de organizaciones criminales en la región.

naturales y garantizar la seguridad de los habitantes y visitantes.

Paúl Aguilar, gobernador

Este esfuerzo conjunto responde a la directriz presidencial de mejorar el control y el orden público en todo el país. Francisco Mesías, representante del Ejecutivo en Zamora Chinchipe, anunció que los gobernadores presentarán un proyecto para obtener recursos destinados a infraestructura, logística y tecnología que fortalezcan las medidas de seguridad en la región.

CIUDAD 03 LOJA LUNES 25/MARZO/2024 I
CUIDADO. La campaña logró reducir decomisos de palma de cera en Loja y El Oro, promoviendo el uso de materiales alternativos en celebraciones religiosas. UNIÓN. Gobernadores se reúnen junto a autoridades policiales y militares para coordinar acciones en materia de seguridad en la región amazónica.

Aprehendido por posesión de sustancias ilegales

El sujeto, identificado como Luis N.C, de 27 años, fue sorprendido en delito flagrante con una considerable cantidad de marihuana y cocaína, así como equipo para el procesamiento y venta de drogas.

La noche del 22 de marzo, la Jefatura Antinarcóticos de Loja llevó a cabo la aprehensión de un individuo por la tenencia de sustancias sujetas a fiscalización. La información, obtenida de fuentes confidenciales, indicaba que el sujeto estaba involucrado en la distribución de sustancias prohibidas en varios sectores de la ciudad, especialmente en el área norte.

Tras una exhaustiva investigación, los agentes localizaron al individuo en cuestión, quien se encontraba en compañía de dos personas más en el momento de su arresto. El detenido, identi-

ficado como Luis N.C, de 27 años de edad, fue sorprendido en flagrante delito en posesión de 247 gramos de una sustancia vegetal de color verdoso, la cual, tras análisis químicos, resultó ser marihuana. Además, se le incautaron 11 gramos de posible clorhidrato de cocaína, una balanza digital, un teléfono celular y dinero en efectivo.

Posteriormente, el individuo fue sometido a una evaluación médica en un centro de salud local y luego trasladado al Centro de Detención Provisional de Loja para cumplir con los procedimientos legales correspondientes.

Ciudadano aprehendido por tenencia de arma de fuego

Pasadas las 17:30 del 23 de marzo, en la vía antigua a Zamora, el personal policial se vio enfrentado a un ciudadano en aparente estado de embriaguez que representaba una amenaza con un arma de fuego. Los agentes se dirigían a realizar un operativo de control vehicular cuando avistaron al individuo dentro de una urbanización en construcción.

Al percatarse de la presencia policial, el hombre, visiblemente alterado, apuntó hacia el patrullero con un objeto que parecía ser un arma de fuego improvisada. Ante

este peligro inminente, los uniformados actuaron rápidamente para neutralizar la amenaza y proteger tanto su propia integridad como la de los residentes del área.

El arma en cuestión, identificada como una escopeta de fabricación artesanal de color negro, fue asegurada en el lugar. El individuo, identificado como Bolívar M.D., de 56 años de edad, fue detenido en el acto y trasladado al Centro de Salud local para una evaluación médica, antes de ser puesto a disposición de las autoridades pertinentes.

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TRABAJO. Personal policial neutraliza a ciudadano que apunta con un arma de fuego en estado de embriaguez, en un incidente que generó alarma en Loja. CASO. La Jefatura Antinarcóticos de Loja realiza la aprehensión de un individuo por posesión de sustancias ilegales durante una operación nocturna.
PUBLICIDAD 05 LOJA LUNES 25/MARZO/2024 I

UNL lidera proyecto para prevenir violencia y consumo de drogas

Prevenir la violencia, embarazos adolescentes, consumo de alcohol y drogas en estudiantes de bachillerato, es la respuesta que dio la Universidad Nacional de Loja (UNL), a las crecientes preocupaciones sociales en el ámbito educativo, con la ejecución de un proyecto de vinculación que benefició a 1.325 personas de la Unidad Educativa Adolfo Valarezo.

La Carrera de Trabajo Social, durante dos años -con la participación de 25 estudiantes y tres docentes- y en colaboración con el Departamento de Consejería Estudiantil estudiaron las problemáticas que aquejan en la actualidad a la juventud para abordarlas de manera integral, facilitando a los futuros profesionales aplicar sus conocimientos teóricos en un entorno prác-

MAG

y GAD

Durante dos años, la Carrera de Trabajo Social, con la participación de 25 estudiantes y tres docentes, se ha dedicado a estudiar y enfrentar de manera integral la violencia, embarazos adolescentes, y el consumo de alcohol y drogas.

tico y real.

Los universitarios y sus tutores construyeron: un protocolo enfocado a erradicar la violencia entre pares; un manual para prevenir el consumo de alcohol y drogas; y, una guía que hace referencia a la prevención de embarazos en adolescentes. “Como universidad pública y comprometida con la gente, estas son las respuestas que damos a las problemáticas sociales”, dijo Natalia Zárate, docente de la Carrera.

Los tres productos desarrollados fueron entregados a las autoridades de la

Parroquial de San Lucas firman acuerdo de cooperación

Con el propósito de fortalecer el sector agropecuario de la parroquia San Lucas, mediante el proceso de articulación y cooperación interinstitucional vinculadas con las competencias el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), a través de la Dirección Distrital de Loja, firmó una carta compromiso de cooperación interinstitucional con el GAD Parroquial de San Lucas.

El convenio incluye proporcionar asistencia técnica, capacitaciones y formación de escuelas de campo agropecuarias orientados a promover el diálogo de saberes y productividad de las comunidades en la parroquia San Lucas del cantón Loja.

La carta compromiso tiene también la finalidad de promover el uso de tecnologías agropecuarias que contribuyan a mejorar la productividad de los agroecosistemas, así como su adaptación y

mitigación al cambio climático, haciendo énfasis en los sectores más vulnerables de la parroquia.

Augusta Correa, directora Distrital del MAG Loja, mencionó que “la suscripción de este documento fomentará la participación activa en campo, mejorando los conocimientos prácticos de agricultores en la provincia a través del personal técnico de esta institución”.

“Además de facilitar la aplicación de la Política Pública Agropecuaria en territorio, consolidando un sistema agroproductivo y de soberanía alimentaria sustentable, en los ámbitos económico, social, ambiental que forman parte de la agricultura familiar campesina”, dijo Correa.

Para este trabajo se va a elaborar y ejecutar la malla curricular para la implementación de las Escuelas de campo Agropecuarias.

Unidad Educativa Adolfo

Valarezo por parte de la Vicerrectora Académica de la UNL, Elvia Zhapa y los responsables del proyecto. Estudiantes, padres de familia

y docentes fueron capacitados integralmente en prevención con los protocolos, manuales y guías elaborados por la universidad pública lojana.

Daniela Peña, estudiante de Trabajo Social, destacó el haber podido realizar una práctica real en uno de los ámbitos más importantes de su Carrera como es el educativo. “Como futuros profesionales logramos sensibilizar a la población para mitigar estas realidades que afectan a estudiantes, familias y a la sociedad en general”, puntualizó.

Con este tipo de iniciativas la UNL marca una nueva etapa en la prevención de las problemáticas que rodean a la comunidad educativa en Loja. Con el éxito de este proyecto piloto se plantea extenderlo a otras entidades de educación de la región sur para crear una cultura de prevención.

COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN CRÉDITO AGRÍCOLA Y MERCADEO NUESTRA SEÑORA DE LOS

REMEDIOS EN LIQUIDACIÓN

CONVOCATORIA N° CPCAMNSR-2024-0001

SESIÓN DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS

Se convoca a todos los socios de la Cooperativa de Producción Crédito Agrícola y Mercadeo Nuestra Señora de los Remedios “En Liquidación”, a una Asamblea General Extraordinaria a desarrollarse el día martes 02 de abril de 2024, a las 8:00 am, en el salón social del centro comercial Paltence, ubicado en la calle Manuel Vivanco y Domingo Celi, de la ciudad de Catacocha, cantón Paltas, Provincia de Loja, con la finalidad de tratar el siguiente orden del día:

1. Constatación del quórum e instalación de la sesión;

2. Informe de la gestión administrativa y financiera de liquidación de la organización;

3. Clausura.

Nota: “De no contar con el quórum reglamentario se dará inicio a la sesión una hora más tarde con los socios presentes conforme lo dispuesto en el artículo 12 de la Resolución No. MCDS-EPS-004-2013. Las decisiones que se adopten serán de obligatorio cumplimiento”.

“El socio que no pudiere concurrir a una asamblea general, podrá delegar su asistencia por escrito a otro socio, con voz y voto y para cada asamblea. Los delegados no podrán representar a más de un socio….En caso de ausencia permanente debidamente justificada, el socio podrá delegar a un apoderado el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la cooperativa…”.

CPA. Teodoro Armijos Zeas Liquidador-SEPS

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INICIATIVA. Estudiantes de la UNL entregaron materiales de prevención a autoridades educativas.

UTPL lanza seminario ‘Mujeres, Política y Derecho’

Este evento virtual gratuito organizado por UTPL junto a AMAE Loja y el Colegio de Abogados de Loja, se llevará a cabo los días 26 y 27 de marzo, y abordará temas de género y justicia.

La Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL), en colaboración con la Asociación de Mujeres Abogadas del Ecuador (AMAE) Loja y el Colegio de Abogados de Loja, presenta el seminario ‘Mujeres, Política y Derecho’. Este evento se enmarca en las festividades por el mes de la mujer, destacando aspectos jurídicos relacionados con el rol de la mujer en la sociedad contemporánea. El seminario, tiene como objetivo principal enfocarse en procesos jurídicos relevantes para las mujeres abogadas, pero está abierto al público en general, incluidos estudiantes de otras carreras y miembros interesados de la sociedad. Los temas a tratar

incluyen la construcción de paz desde una perspectiva de género, el funcionamiento de los sistemas de justicia en casos de violencia contra la mujer, la participación política femenina y la equidad de género en la inteligencia artificial.

Destacados profesionales lojanos y expertos de la UTPL ofrecerán ponencias sobre diversos aspectos del tema, incluyendo Gabriela Moreira, Decana de la Facultad de Ciencias Jurídicas y experta en educación para la paz; Ana Palacios, especialista en violencia de género y Patricia Pacheco, quien discutirá la inteligencia artificial desde una perspectiva de género.

El evento se llevará a cabo de forma virtual a través de la plataforma Zoom, con capacidad para 1000 personas. La inscripción es gratuita y se realiza a través del sitio web de la UTPL. Los participantes recibirán un enlace de acceso por correo electrónico después de registrarse.

La UTPL, comprometida con la comunidad, busca con este tipo de eventos acercarse más a la sociedad y satisfacer las necesidades de diversos grupos sociales. La convocatoria es amplia, reflejando el compromiso de la facultad con la comunidad lojana y del país en general.

Para inscribirse y obtener más información, se puede visitar la página web

Conservatorio Superior Salvador Bustamante Celi apertura curso propedéutico

El Conservatorio Superior

Salvador Bustamante Celi se prepara para recibir a nuevos talentos musicales con la apertura de inscripciones para su curso propedéutico en música. Con el objetivo de facilitar el acceso a la educación superior en instrumentación, el conservatorio ofrece dos opciones de ingreso: una dirigida a bachilleres con título en artes y otra para aquellos sin título o músicos empíricos, a través de una prueba de suficiencia. Este curso va enfocado para este segundo grupo.

Alex Padilla, Rector del Conservatorio Superior Salvador Bustamante Celi, comentó que este curso propedéutico es gratuito, y va dirigido para aquellos inte-

resados en perfeccionar su dominio instrumental, tiene una duración de 3 a 4 meses y culmina con una evaluación que habilita al estudiante para su postulación en la tecnología de instrumentista en el Conservatorio Superior.

Los músicos empíricos o personas que se prepararon informalmente a través de cursos, pueden acercarse para una evaluación de competencias, si cumplen con las competencias requeridas son llamados a rendir la evaluación directamente, caso contrario reciben la capacitación en el curso propedéutico.

Con una proyección de 20 a 25 cupos disponibles, el conservatorio asegura una atención personalizada con

de eventos de la UTPL o consultar la página de Facebook de Cátedras UNESCO UTPL. Pacheco extendió una invitación a la colectividad: ‘invito a todos los interesados, si bien trataremos temas de género, el evento va dirigido a toda la ciudadanía, abordaremos temas de actualidad que nos ayudarán a construir una mejor sociedad y una convivencia pacífica’, finalizó la vocera.

un docente por cada alumno, abarcando enseñanza en diversos instrumentos como piano, trompeta, flauta, corno, oboe, violín, canto y guitarra. Adscrito a Senescyt, el Conservatorio Superior emite títulos de tercer nivel, garantizando la validez de la educación ofrecida.

Los interesados pueden obtener más información a través de la página de Facebook del conservatorio o visitando sus instalaciones en Jipiro, donde se ofrece asesoramiento personalizado sobre el proceso de inscripción y horarios de clases. Con un enfoque en la excelencia académica y la formación integral de sus estudiantes, el Conservatorio Superior Salvador Bustamante Celi se

CURSO. El Conservatorio Superior oferta curso propedéutico para los músicos que no tienen título de bachillerato en artes, que los habilita para el acceso a la Educación superior como Instrumentalista. consolida como una opción de referencia para quienes buscan desarrollar su talento musical.

‘Invito a la ciudadanía a buscar más información en nuestra página de Facebook donde encontraran el link de inscripción, o pueden acercarse personalmente a las instalaciones desde las 07:00 hasta las 16:00 para una orientación más personalizada’, finalizó el vocero.

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VOCERA. Patricia Pacheco, Docente de la Universidad Técnica Particular de Loja, miembro de la Cátedra UNESCO de ética y sociedad en la educación superior.

Descubriendo los tesoros ocultos de Azogues

Azogues ofrece una combinación única de historia, cultura, naturaleza y espiritualidad que cautiva a los visitantes de todas partes. Ya sea explorando las antiguas ruinas de Cojitambo o participando en las festividades religiosas, los visitantes se sumergen en una experiencia inolvidable que celebra la rica diversidad cultural y natural.

En el corazón de la provincia de Cañar, se encuentra una joya cultural y natural: Azogues. Esta encantadora ciudad, arraigada en la historia y la tradición, ofrece a los visitantes una experiencia única llena de descubrimientos fascinantes.

El 16 de abril marca un evento de gran importancia para la comunidad azogueña: el aniversario de cantonización, un momento de

especial significado que se celebra con diversos eventos festivos en toda la ciudad. Una parte de su historia ancestral y cultura se plasma en este viaje visual para explorar los tesoros ocultos de Azogues, ciudad que nos invita a vivir con intensidad esta festividad única, donde cada rincón cuenta una historia y cada imagen revela la belleza incomparable de este destino ecuatoriano.

ACTIVIDAD. En la parroquia de Cojitambo, la tradición de la picapedrería en andesita ha sido un arte arraigado por generaciones, creando obras maestras que adornan edificaciones locales.

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PAISAJE. La parroquia de Cojitambo es conocida por su impresionante paisaje natural por estar rodeada de montañas y colinas.

ARQUITECTURA. Los visitantes también pueden explorar la cultura local visitando la iglesia colonial de Cojitambo y participando en eventos y festividades tradicionales que celebran la historia y la identidad de la comunidad.

PRODUCTO. En Azogues, los hábiles artesanos de la chocolatería perpetúan una tradición centenaria, utilizando métodos artesanales y cacao de alta calidad para crear exquisitas delicias de chocolate.

RELIGIÓN. Santuario de la Virgen de la Nube, este lugar de gran importancia religiosa y cultural construido en honor a la Virgen María, atrae a numerosos peregrinos y fieles devotos de todo el país.

TURISMO. Uno de sus principales atractivos es el Cerro de Cojitambo, un imponente cerro rocoso que ofrece vistas panorámicas espectaculares de los alrededores.

RITUAL. Mashu Juktu (Cueva de los Murciélagos) es una cueva natural con varios conductos y concavidades, según la leyenda, existen túneles que conectan el cerro Cojitambo con el cerro Huahual Zhumi.

VESTIGIOS. Entre las estructuras más destacadas del complejo se encuentra una serie de terrazas y plataformas ceremoniales que datan de la época preincaica.

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Estos son los líderes de los casos

Metástasis y Purga, según la Fiscalía

Aunque Mayra Salazar ha tomado notoriedad, ella es un alfil en una supuesta trama de delincuencia organizada que tiene autores identificados por Fiscalía.

Ca da día, el nombre de Mayra Salazar circula en medios de comunicación y en las redes sociales, pues sus chats han revelado el manejo de estructuras criminales vinculadas a la justicia . También han sido fuente de información sobre crímenes, como la muerte de Leandro Norero (fnancista de los Lobos), Junior Roldán (cabecilla de Los Choneros) o Jonathan Sánchez, comediante conocido como La Polilla.

Pero Salazar, comunicadora que cumple prisión preventiva en Quito, es procesada en grado de colaboradora del caso Metástasis, es decir, que es un alfl más de la estructura liderada por el extinto narcotraficante Leandro Norero.

Sobre ella hay ocho personas a las que la Fiscalía señala como autores de delincuencia organizada:

1. Xavier Jordán: Grado de autor como miembro de la cúpula criminal de Leandro Norero.

2. Cristian Romero : Grado de autor como planifcador y gestor.

3

. Fabián Campozano: Grado de autor como brazo de operaciones económicas y fnancieras.

4

. Carlos Zambrano: Grado de autor como colaborador administrativo.

5

. Daniel Salcedo: Grado de autor como planifcador de estrategias ilegítimas.

6

. Fernando García: Grado de autor desde su cargo en la Policía Nacional.

7. Víctor Hugo Alcívar: Grado de autor desde su puesto como agente fscal fltraba información.

8 Jairo Vargas: Grado de autor como facilitador de sobornos.

Un escalón abajo estaría Ronny Aleaga en calidad de

colaborado r y que en este caso – según el relato de la fscal Diana Salazar– tenía la labor de silenciar a Fer -

nando Villavicencio.

Caso Purga

Mayra Salazar no está procesada en el caso Purga, aunque su celular fue pieza clave para detallar los movimientos de corrupción que, bajo teoría de la Fiscalía, se hacían desde la Corte Provincial del Guayas , donde ella era asesora.

En este caso hay 12 procesados, de los cuales, tres son nombrados por la Fiscalía como autores:

· Pablo Muentes : presunto autor de delincuencia organizada. El delito habría sido cometido mientras era asambleísta (2021-2023)

· Fabiola Gallardo: presunta autora de delincuencia organizada, mientras era presidenta de la Corte Provincial de Guayas.

· Johan Marfetán : presunto autor de delincuencia organizada, mientras era juez de la Corte Provincial de Guayas – es su segundo proceso pues ya estaba procesado por Metástasis.

Mientras que otras nueve personas fueron señaladas como colaboradoras.

Penas más altas

Según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), la delincuencia organizada es un delito que se comente cuando un grupo de personas fnancian, ejercen el mando o planifcan las actividades de una organización delictiva, es sancionada con pena privativa de libertad de siete a 10 años. Las sentencias más altas recaen en los autores.

Sin embargo, existen recursos legales que permiten reducir las penas de los involucrados. (AVV)

JUSTICIA 10 I LOJA LUNES 25/MARZO/2024
EN el caso Metástasis hay 52 vinculados y en Purga 12, en este último aún se pueden vincular a nuevas personas.

Canciller Sommerfeld admite que 2,4 millones de ecuatorianos residen fuera del país

La canciller de la República indicó que trabajan junto a Estados Unidos para dar soluciones a la reunificación de las ecuatorianas. Se iniciará la actualización de servicios digitales para atender a los ciudadanos fuera de las fronteras con un amplio catálogo de servicios.

La canciller de la República, Gabriela Sommerfeld informó, en una entrevista concedida a LA HORA, que según las últimas estimaciones que maneja el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, ya son más de 2 millones 400 mil ecuatorianos los que se encuentran viviendo fuera de nuestras fronteras.

Sommerfeld, al hacer un análisis de la importancia que tienen los acuerdos y las relaciones bilaterales con Estados Unidos y la comunidad internacional, precisó “afuera tenemos dos millones casi 400.000 ecuatorianos”.

Para la canciller esto representa casi el 10% de la población ecuatoriana, por lo que es necesario para el Gobierno desarrollar políticas regionales para atender la

migración.

Detalló que en la actualidad el país sigue registrando un alto tránsito de migrantes por el Ecuador “y tenemos muchos ecuatorianos que aún tratan de llegar hacia Estados Unidos a través de la selva del Darién, a través de vía aérea y que son detenidos de México”.

Puntualizó que, en el año 2023, “se contabilizaron 120.000 ecuatorianos detenidos de la frontera entre México y Estados Unidos, hasta diciembre del 2023”. Estimó que en Estados Unidos actualmente se encuentran unos 800.000 ecuatorianos.

Relaciones con EE.UU. son fundamentales

La canciller Gabriel Sommerfeld explicó a LA HORA que la cooperación bilate -

Agregó que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana comprendiendo las necesidades de esos 2.4 millones de ecuatorianos que se encuentran fuera de las fronteras están trabajando en el desarrollo de una plataforma digital que pronto entrará en funcionamiento para atender los requerimientos de la población.

Precisó que le han dado prioridad al Viceministerio de Movilidad Humana “teniendo 2.400.000 migrantes ecuatorianos, hoy en día, no podemos pretender seguir mandándoles a los escasos consulados cuando ya existe la tecnología”.

Adelantó que desde el próximo mes de mayo y a lo largo del año comenzarán a brindar servicios y productos virtuales a los que podrá acceder la ciudadanía desde cualquier parte del mundo.

“Son varios productos virtuales entre ellos la apostilla electrónica , la cédula consular que se requiere en Estados Unidos y muchos otros documentos para que sean digitales que uno mismo lo pueda hacer desde donde se encuentre”, celebró Sommerfeld.

Acotó que el objetivo de este proceso de digitalización está pensado para evitar que un ciudadano ecuatoriano en Nueva York o en Canadá “tenga que viajar para poder obtener los servicios consulares”.

ral entre ambas naciones se mantiene vigente y que básicamente está ligada a la materia de seguridad , comercio.

“Entre EE.UU. y Ecuador, existe un reforzamiento y consolidación de la cooperación en diferentes instituciones del Estado, hay temas también bastante importantes”, sentenció.

Sobre la migración de ecuatorianos a EE.UU. la canciller explicó que trabajan en el desarrollo de varios programas sobre migración, entre ellos reunifcación familiar “que es un programa que se trabaja bilateralmente, tenemos los programas donde se ayuda a extranjeros migrantes en el Ecuador que deseen ir a Estados Unidos para formalizar su salida”.

Actualización de los servicios

enero de este año.

“Es un momento muy especial, histórico, el que está viviendo el Ecuador, los ojos del mundo están puestos en el Ecuador. A cada lugar que vamos, en cada foro, de lo que se habla es del modelo del presidente Noboa para combatir el crimen organizado transnacional y para combatir la inseguridad”, puntualizó.

La canciller destacó que “este es un modelo diferente , de una voluntad política de cambiar al país. Las acciones que se están tomando han sido fuertes, contundentes, oportunas y eso es importante”, sentenció.

Destacó que el desarrollo de las cinco leyes económicas que han sido aprobadas por la Asamblea Nacional “devuelven un poco de contundencia al país para atraer la inversión y viene la Consulta Popular que también nos va a ayudar; de ser positiva, a tomar conciencia para construir un entorno más admirable y atractivo”.

Gira positiva

La canciller puntualizó que “la plataforma se ha venido desarrollando y está lista para ser lanzada en el mes de mayo, el presidente Daniel Noboa ya hará los anuncios de los primeros servicios; sin embargo, ya los hemos venido anunciando en las reuniones que tenemos con los ecuatorianos en el exterior”.

Indicó que la próxima semana anunciarán el catálogo de servicios para los ecuatorianos en el exterior, “es un catálogo bastante grande”.

Los ojos del mundo en Ecuador

Para Gabriela Sommerfeld, en la actualidad los ojos del mundo están puestos en el Ecuador y en cómo responde a la delicada situación en la que se encuentra debido a la declaración de “ conflicto armado interno” que debió tomar el presidente Noboa en

La Canciller Gabriel Sommerfeld indicó que tras la última gira del presidente Noboa, en la que visitó Estados Unidos y Canadá para reunirse con sectores productivos e inversionistas, se registraron signos positivos Sommerfeld destacó que los inversionistas comienzan a “tener fe en el plan del presidente Noboa y vienen para invertir. Hemos recibido la noticia que en el mes de mayo llegan inversionistas que visitamos, justamente, en esta reunión con Wall Street”. Sommerfeld fue tajante al señalar que “Ecuador no está solo, están apoyando al Ecuador porque se están haciendo las cosas de forma correcta”.

En este sentido destacó que Ecuador en este momento está abierto a la inversión y la cooperación con todos los países “que crean en Ecuador y que quieran cooperar con nosotros”.

“Hemos viajado a Canadá, hay temas de minería, de energía, de transmisión energética, de comercio con Estados Unidos, con Corea está llegando un portafolio para poder atraer inversión en energía, minas, petróleo, infraestructura ”, adelantó la Canciller. (ILS)

POLÍTICA 11 LOJA LUNES 25/MARZO/2024 I
INVERSIONES. La canciller Gabriela Sommerfeld destaca que crece la confianza en el país. Foto: Cancillería de Ecuador

La Asamblea se va de vacaciones y deja reformas y juicios polìticos pendientes

César Umajinga (ADN), calcula que después del receso legislativo, la Comisión de Fiscalización conocerá, “máximo en junio” la solicitud de juicio político planteado por el correísmo en contra de Diana Salazar.

El pleno de la Asamblea

Nacional y las doce comisiones especializadas permanentes entran desde este martes 26 de marzo de 2024 a un receso de actividades, quedando varios temas legislativos, administrativos y de fiscalización, pendientes hasta el 9 de abril.

La Constitución, en su artículo 123, señala que el pleno sesionará de forma ordinaria y permanente, con

DATOS

Henry Kronfle (PSC), dijo que él y los equipos de trabajo de la primera vicepresidenta de Viviana Veloz (corrismo) y el segundo vicepresidente, Ecknner Recalde (ADN), se mantendrán ejerciendo funciones durante el receso.

Henry Kronfle destacó que en este periodo se aprobaron 16 leyes.

dos recesos al año de quince días cada uno. Del actual periodo legislativo que inició el 17 de noviembre de 2023, este es el primero.

Entre los proyectos y temas que no alcanzó a tramitar la Asamblea, en los primeros cuatro meses de gestión, están, por ejemplo, las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP).

El 22 de abril de 2024 puso como fecha límite el presidente de la Asamblea, Henry Kronfle, del Partido Social Cristiano (PSC) para aprobar un articulado mocionado por la bancada gobiernista Acción Democrática Nacional ( ADN), como el aumento de penas para delitos por sicariato, terrorismo, delincuencia organizada, eliminar benefcios penitenciarios, o tipificación de nuevos delitos como femicidio.

Al regreso de la vacancia legislativa, otra de las prioridades será llegar a consensos para conformar la terna para la designación del nuevo vocal del Consejo de la Judicatura (CJ) que de-

continúe con el juicio en el pleno.

También queda pendiente la interpelación a Juan Zapata, exministro del Interior; y de la titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), Diana Salazar, impulsado por la bancada de la Revolución Ciudadana.

Cesar Umajinga (ADN), que forma parte de la Comisión de Fiscalización, calcula que después del receso legislativo, esta mesa especializada conocería la solicitud de juicio político “máximo en junio”, planteado por el correísmo en contra de la fscal Diana Salazar. “Este será el tema más álgido que se topará”, reconoció.

Ley de Aguas y Comunas

Luego del receso, la Comisión de Biodiversidad, deberá iniciar el tratamiento de la Ley de Aguas, Ley de Comunas, del Registro de la Propiedad, que para la comunidades indígenas y campesinas es un tema central, dijo Ricardo Ulcuango (Revolución Ciudadana)

Afirmó que, aunque no tienen mucho tiempo, estos temas deberán ser prioridad. “Preocupa que pase el

tiempo y se vayan estancando los trámites, tanto en legislación como en fscalización”, alertó.

Receso podrá interrumpirse La decisión del Consejo de Administración de la Legislatura (CAL), de aprobar el receso se amparó, además, en los incisos 7 y 8 del 124 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL).

Estos últimos articulados señalan que el receso parlamentario podrá interrumpirse por convocatoria del presidente a período extraordinario de sesiones o por solicitud del mismo número de asambleístas que se requiere para la mayoría absoluta (70 votos).

Durante el receso parlamentario todas las actividades administrativas, de gestión y funcionamiento se mantendrán; para el efecto, se dispondrá de los recursos humanos necesarios para garantizar el idóneo, efciente y efcaz funcionamiento de la Asamblea Nacional, señala la norma. (SC)

berá ser remitida al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs). La autoridad que sea elegida reemplazará a Fausto Murillo, censurado y destituido el 29 de febrero de 2024 en la Asamblea

Juicios políticos

En las comisiones especializadas, uno de los temas álgidos que están pendientes de trámite son los juicios políticos.

Hasta el viernes 22 de marzo de 2024, la Mesa de Fiscalización cumplió con los diez días de plazo que les da la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL) para sustanciar las pruebas testimoniales, documentales, de cargo y descargo de la solicitud de interpelación a Fernando Santos Alvite, exministro de Energía del Gobierno de Guillermo Lasso, planteado por Nicole Saca (ADN) por presunto incumplimiento de funciones.

Después de receso, la Comisión se instalará para aprobar el informe el que recomendará o no que se

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POLÍTICA 12 I LOJA LUNES 25/MARZO/2024
001-004-4001

¿Es posible rescatar la minería de las mafias?

La minería ilegal mueve entre $600 millones y $800 millones y traba el enorme potencial de la industria formal en el país.

Ecuador alberga una variedad de recursos minerales, incluyendo oro, cobre, plata y minerales no metálicos, que lo ha colocado en el primer lugar del Índice del Potencial de las Mejores Prácticas Mineras (Best Practices Mineral Potential Index) de la región.

“Ecuador obtiene un puntaje de 87,50, el más alto a nivel regional, superando a Chile y Perú . Este resultado lo ubica en la posición No 4 en el ranking general, solo superado por dos regiones de Canadá (Territorios del Norte y Saskatchewan) y una de Australia ”, dice un análisis del Instituto de Economía Política (IEEP).

Por eso, Fernando Benalcázar, exviceministro de minas, ha resaltado que muchas de las grandes empresas mineras a escala mundial están ya en Ecuador, porque el potencial es enorme.

Sin embargo, las inversiones en nuevas minas van más lento de lo esperado y

la minería ilegal alcanza un crecimiento de más del 200%.

Entidades como las Naciones Unidas estiman que la minería ilegal mueve entre $600 millones y $800 millones al año. Esto representa el equivalente al 25%, o $1 de cada $4, de lo que genera la minería formal; con la gran diferencia de que el Estado no recibe ni un centavo por impuestos la minería ilegal.

Además, existe una fuerte

La minería formal está perdiendo la batalla de la opinión pública

° Un informe de la firma LLYC apunta a que la mayoría de la opinión pública, en 10 países de la región incluyendo Ecuador, tiene un mal concepto de la minería en general:

ALa minería ilegal lidera la conversación social: el 50% de las menciones sobre el sector se refieren a la minería ilegal, lo que refleja su profunda penetración en la conciencia pública y su estrecha relación con la industria en general.

BDos protagonistas inciden en la negatividad: tanto los gobiernos como la propia industria minera profundizan imaginarios que no favorecen un posicionamiento positivo.

Coposición de ambientalistas, dirigentes indígenas y políticos que, de acuerdo con Carlos Carrillo, ingeniero en minas, está en muchos casos articulada con oscuros intereses e incluso mafias y grupos criminales

“Ecuador tiene un potencial mineral inmenso. Debemos buscar fórmulas de sacar la minería de las garras de la ilegalidad y que la mayoría se beneficie”, puntualizó

El medio ambiente como bandera política: el impacto de la minería se ha convertido en un tema electoral y en un punto central en la gestión, tanto a nivel local como nacional.

DEl sector se comunica en círculos cerrados: la industria enfrenta el desafío de comunicarse principalmente dentro de su propia esfera, con un impacto mínimo y predominantemente negativo en la conversación pública.

ECircunstancias propias de América Latina profundizan los estigmas: la corrupción, la violencia y el narcotráfico, entre otros problemas regionales, se asocian a la industria minera debido a la ilegalidad de algunas actividades.

FLa minería sostenible, un antídoto insuficiente: a pesar de su importancia, la minería sostenible representa solo el 2% de la conversación total, y su mensaje positivo se limita en gran medida al mismo círculo de influencia.

En la formalización está la clave

El país ya cuenta con una Política Pública Minera , que fue desarrollada con apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y de expertos de países como Chile, Canadá y Perú.

En esa política ya están delineadas las claves para la regulación, control y combate a la minería ilegal.

Se necesita volver a tener una agencia independiente de Control Minero, con más presupuesto y capacidades, además de una nómina depurada.

“El financiamiento podría salir de los mismos impuestos que paga el sector, que llegaron a más de $700 millones en 2023. La Agencia deb ería convertirse en una dependencia de élite, con técnicos bien pagados y capacitados. Esa inversión podría triplicar o cuadriplicar los ingresos del Estado”, puntualizó

La segunda clave tiene que ver con replicar procesos exitosos de formalización de mineros artesanales como el de Perú. El objetivo es evitar que esos mineros sean presa fácil de la extorsión de grupos criminales como los Lobos.

Claves del proceso de formalización en Perú

1Marco Legal: Contar con un marco legal específco para la formalización. Uno de los principales instrumentos legales en Perú es el Decreto Legislativo 1105, que establece el régimen especial para la formalización y promoción de la pequeña minería y minería artesanal.

2Registro y asistencia: Los mineros artesanales deben tener facilidades para registrarse. Para eso es vital la asistencia técnica y la capacitación en temas como seguridad minera, buenas prácticas ambientales, gestión empresarial y cumplimiento de normativas.

3Acceso a Financiamiento: Se debe promover el acceso de los mineros artesanales a créditos y microcréditos , para invertir en equipos, tecnología y mejoras en la operación. Se tienen que establecer fondos de garantía y programas de incentivos fnancieros (menos costos y más benefcios).

4Vigilancia y Control: Se deben realizar inspecciones periódicas para verifcar el cumplimiento de los requisitos de formalización y prevenir y sancionar la minería ilegal.

Un punto vital para lograr la formalización, como ya ha analizado LA HORA, es romper la lógica de los trámites engorrosos. Estos hacen que el otorgamiento de licencias ambientales demore años, sobre todo para mineros pequeños y artesanales.

El objetivo fnal debe ser que convertirse en formal sea fácil y rentable; tanto para el minero como para el Estado.

En tercer lugar, para destrabar la oposición de grupos radicales, y dar seguridad jurídica a las inversiones (que incluye los $4.800 millones de compromisos firmados recientemente en Canadá), es vital que el presidente Noboa ejerza su liderazgo y exija que la Asamblea cumpla con dos leyes imprescindibles: la ley orgánica de consulta previa libre e informada y ley orgánica de consulta ambiental.

También se debe emprender un gran esfuerzo de capacitación y comunicación porque esas leyes viabilizan la participación de las comunidades, pero no dan derecho a veto.

“El artículo 57 literal 7 de la Constitución establece claramente que la consulta previa libre e informada no es vinculante”, recalcó Moreano, quien aclaró que, aunque no existan todavía esas dos leyes, el Estado debe hacer las consultas porque “los derechos no pueden conculcarse por falta de normativa”

Desde el Gobierno de Noboa se están impulsando las consultas en proyectos como La Plata (Cotopaxi), a pesar de la radical oposición de indígenas y ambientalistas. (JS)

ECONOMÍA 13 LOJA LUNES 25/MARZO/2024 I
PROMOCIÓN. El presidente de la República, Daniel Noboa, relanzó al Ecuador como destino minero en un mega evento en Canadá.

El trabajo forzoso genera $236.000 millones en ganancias

La explotación sexual representa el 73% de los beneficios de un conjunto de actividades ilegales dentro del trabajo forzoso a nivel mundial.

NOTARÍA OCTOGÉSIMA QUINTA DEL CANTÓN QUITO

AVISOLIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Nº 20241701085P00310

NAMICELA GONZALEZ LEONARDO ENRIQUE PAILLACHO PONCE GRACE JANETH

De conformidad con el artículo 18 numeral 23 de la Ley Notarial, para los fnes legales consiguientes, en mi calidad de Notaria Octogésima Quinta del Cantón Quito, DOY AVISO, y hago conocer, que el día 27 de febrero del 2024 los señores NAMICELA GONZALEZ LEONARDO ENRIQUE y PAILLACHO PONCE GRACE JANETH, otorgaron en esta

Notaría la escritura pública Nº 20241701085P00310, que contiene la liquidación de la sociedad conyugal.- Las adjudicaciones del patrimonio, se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública.

La cuantía señalada por los comparecientes es de VEINTE Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON SESENTA Y UN CENTAVOS DE DÓLAR ($24.689.61 USD).

Conforme con la norma ÍBIDEM, los interesados tienen el término de VEINTE (20) D�AS, contados a partir de la pub- �AS, contados a partir de la pub- AS, publicación en la prensa del presente aviso, para presentar la oposición fundamentada que consideren procedente.

El trabajo forzoso en la economía mundial genera $236.000 millones en benefcios ilegales al año, según un nuevo informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El monto total de las ganancias ilegales del trabajo forzoso ha aumentado en $64.000 millones (37 %) desde 2014, un aumento dramático que ha sido alimentado tanto por un crecimiento en el número de personas obligadas a trabajar, como por mayores ganancias generadas por la explotación de las víctimas.

El informe de la OIT Ganancias y Pobreza: Aspectos Económicos del Trabajo Forzoso estima que los traficantes y delincuentes generan cerca de $10.000 por víctima,

frente a los $8.269 (ajustados a la inflación) de hace una década.

El total anual de beneficios ilegales del trabajo forzoso es mayor en Europa y Asia Central ($84.000 millones), seguidas de Asia y el Pacífco ($62.000 millones), América ($52.000 millones), África ($20.000 millones) y los Estados Árabes ($18.000 millones).

Cuando los benefcios ilegales se expresan por víctima, los beneficios ilegales anuales son mayores en Europa y Asia Central, seguidos de los Estados Árabes, América, África y Asia y el Pacífco.

La explotación sexual genera más ganancias

La explotación sexual representa más de dos ter-

cios (73 %) de los benefcios ilegales totales, a pesar de que sólo supone el 27 % del número total de víctimas del trabajo forzoso

Estas cifras se explican por la enorme diferencia de benefcios por víctima entre la explotación sexual comercial forzada y otras formas de explotación laboral forzada no estatal: US$27.252 de benefcios por víctima por explotación sexual frente a $3.687 de benefcios por víctima por otros trabajos forzados

Existen 27,6 millones de personas sometidas a trabajo forzoso en un día cualquiera. Esta cifra se traduce en 3,5 personas por cada mil habitantes en el mundo. Entre 2016 y la actualidad, el número de personas en trabajo forzoso aumentó en 2,7 millones.

ENTREVISTA

GLOBAL 14 I LOJA LUNES 25/MARZO/2024
UN PODCAST DE LA HORA MÍRALO Y ESCÚCHALO POR YOUTUBE O SPOTIFY
FO CUS Con Gabriela Vivanco
LUIS SUÁREZ TEMA La menopausia: qué debes saber y por qué hay que perderle el miedo DALE CLICK
A
001-003-4671
REALIDAD. La explotación sexual genera hasta 7 veces más beneficios por víctima

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Un gran delfín navegó el Amazonas hace 16 millones de años

Un cráneo de 16 millones de años encontrado en las profundidades de la Amazonía peruana reveló que el delfín de río más grande de la historia medía más de 3 metros de largo y habitó esta zona. El fósil, que está en el Museo de Historia Natural de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos en Lima, fue hallado en una exploración realizada en 2018 por un grupo de investigadores al río Napo, cercano a la frontera amazónica con Ecuador. EFE

LUNES 25 DE MARZO DE 2024 Loja - Zamora

PRINCIPIO TRIBUTARIO DE CAPACIDAD CONTRIBUTIVA

AUTORA: AB.

KARINA ACOSTA.

Definiciones doctrinarias del principio de capacidad contributiva

Previo a entrar al estudio de la definición del Principio de Capacidad Contributiva como tal, se debe anticipar que esta institución es una de las figuras del Derecho Tributario más complejas de precisar para los estudiosos de la materia.

Históricamente, entre las primeras alusiones que se bosqueja sobre esta institución, encontramos las ideas efectuadas por Adam Smith en su obra de “La

Riqueza de las Naciones”, quien realiza una esquematización de lo que más adelante en la doctrina tributaria se denominaría Principio de Capacidad Contributiva, al decir que las contribuciones para el sostenimiento del Estado han de hacerse: a) En proporción a las respectivas facultades de los contribuyentes; y b) En cuanto sea posible, a proporción de las rentas o haberes de que gozan bajo la protección del Estado y a los respectivos intereses de cada persona en el sostenimiento del Estado1. En lo que respecta al contexto internacional, en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, se hace una re-

ferencia indirecta al Principio de Capacidad Contributiva, al puntualizarse en su artículo 13 que: “(...) Para el mantenimiento de la fuerza pública y para los gastos de administración es indispensable una contribución común: debe ser igualmente repartida entre todos los ciudadanos en razón a sus posibilidades2. A partir de estas primeras conceptualizaciones, es que con el pasar del tiempo, varios estudiosos de la materia elaboran conceptualizaciones sobre de este principio, siendo que, entre las de mayor aporte doctrinario, encontramos la opinión de Spisso, quien indica que el concepto de capacidad contributiva deno-

ta una aptitud de las personas para pagar los tributos, es decir, posesión de riqueza en la medida suficiente para hacer frente a la obligación fiscal. Es dable advertir que “capacidad económica” no es identificable con “capacidad contributiva”, sino que ésta viene dada por la potencia económica o la riqueza de un sujeto que supera el mínimo que posibilite un nivel de vida digno por parte del contribuyente y su familia. No existe capacidad de concurrir a los gastos públicos si sólo se tiene lo necesario para las exigencias individuales mínimas, ni cuando no se satisfaga el imperativo constitucional de posibilitar una vida digna. Ade-

CONSULTA LABORAL

¿Cuándo no existe la prohibición legal que impida al trabajador/a solicitar el desahucio aun cuando en su contra se tramite un visto bueno?

RESPUESTA

La indemnización por despido intempestivo prevista en el Art. 188 del Código del Trabajo y la bonificación por desahucio establecida en el Art. 185 de ese Código, son independientes pues obedecen a distintas situaciones en la relación laboral, la primera es el pago de un indemnización a favor del trabajador cuando ha sido ilegalmente privado de su puesto de trabajo, en tanto que el desahucio es una bonificación que se entrega al trabajador cuando este manifiesta su deseo de dar por terminado el contrato.

En tal sentido, la ley no prohíbe o limita la posibilidad de solicitar el desahucio, aun cuando contra el mismo trabajador se esté tramitando una petición de visto bueno.

No existe prohibición legal que impida al trabajador solicitar el desahucio aun cuando en su contra se tramite un visto bueno, en todo caso lo pagado por el empleador será considerado al momento de calcular la liquidación del trabajador.

Oficio: 321-2018-P-CP JP Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK JUDICIAL QUITO VIERNES 21 DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 8694
Director DR.
VIVANCO RIOFRÍO Editor FRANCISCO LÓPEZ MURILLO Dirección: Arenas y 10 de Agosto, Edif. Vivanco, 5to. piso | Teléfonos: 2551-552/2555-431/2500-245/2552-135 | E-mail: judicial@derechoecuador.com ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com La Hora LOJA, ECUADOR ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com LUNES, 25 DE MARZO DE 2024 C1
C00
FRANCISCO

más la situación económica de una persona no se manifiesta en un hecho único, sino en varios, que son otros índices de aquella. Existe consenso en la doctrina en considerar como índices de capacidad contributiva los siguientes factores: la renta global, el patrimonio neto, el gasto global, los incrementos patrimoniales (sucesiones, donaciones, premios de lotería, etc.) y los incrementos de valor del patrimonio3.

Con un enfoque más institucional, Jarach expresa que la fundamentación del impuesto por la capacidad contributiva no desaparece por su finalidad extra fiscal, aunque acota que el Principio de Capacidad Contributiva no es una medida objetiva de la riqueza de los contribuyentes, sino una valoración política de la misma que implica instrumentar el impuesto sobre la base de los valores que conforman el acervo ideológico del gobierno. Con ello no se reduce el principio a un cascarón vacío de contenido, ya que éste corresponde precisamente a los fines y propósitos de la política fiscal4.

En la misma línea de pensamiento, el profesor Tarsitano manifiesta que la capacidad contributiva constituye un principio constitucional implícito que sirve a un doble propósito: de un lado, como presupuesto legitimador de la distribución del gasto público; de otro, como límite material al ejercicio de la potestad tributaria. Se lo podría definir como una aptitud que viene establecida por la presencia de hechos reveladores de riqueza (capacidad económica) que, luego de ser sometidos a la valoración del legislador y conciliados con los fines de naturaleza política, social y económica, son elevados al rango de categoría imponible5.

Elementos del principio de capacidad contributiva A partir de esto, se extrae algunos elementos que revelan las notas características de esta institución, por lo cual, podría decirse que el Principio de Capacidad Contributiva es un parámetro de esfera constitucional que, salvaguardando a otros preceptos y garantías constitucionales, el legislador tiene la irrestricta obligación de observarlo y aplicarlo, al momento de considerar cuáles son los índices de capacidad económica que serán sometidos bajo la imposición del nuevo gravamen, siendo que éstos denoten si un contribuyente exterioriza una actitud socioeconómica suficiente para ser

sujeto pasivo de la nueva obligación tributaria y contribuir al sostenimiento del gasto público del Estado6; y, por otra parte, garantiza que el potencial contribuyente no sea objeto de excesos confiscatorios por parte de las autoridades en el cumplimiento de las políticas y ejercicio de las potestades tributarias.

Alcance constitucional del principio de capacidad contributiva

En lo que respecta a la legislación del Ecuador, en el año 2008, se aprobó y expidió una nueva Constitución, que a pesar del progresivo avance que este cuerpo legal significó en materia de derechos y garantías, aún presenta carencias en lo que a materia tributaria corresponde, tan solo por mencionar y vincular con la temática de estudio, en lo que se refiere al Régimen Tributario, el legislador detalla una serie de principios que influirán en este sistema, no obstante, al dar lectura literal de éstos, se desprende la idea de que se trata de primicias que, más allá de encaminar la creación y el direccionamiento de las políticas tributarias, determina cómo deberá encauzarse el actuar de la Administración Tributaria en estricto sentido, al decirse que:

“Art. 300.- El régimen tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. Se priorizarán los impuestos directos y progresivos. (…)7” (La negrita y el subrayado me pertenecen).

Como se colige de la redacción textual de esta disposición y de acuerdo a la opinión de Gabriel Galán, en la Constitución de 2008 se suprimió el principio de igualdad del detalle de los principios específicos del régimen tributario y se incluyó como novedad el principio de equidad tributaria, sin perjuicio de que (la igualdad) consta – en todo caso – como un principio general en el número 2 del artículo 11 del texto constitucional. De modo que, el principio jurídico de igualdad en nuestro derecho constitucional-tributario se ha expresado y se expresa, de manera general, en el deber ciudadano de contribución por igual al gasto público, es decir, en la obligación común a todos los habitantes de Ecuador de pagar los tributos establecidos legalmente, como consecuencia del principio universal de igualdad ante la ley declarado constitucionalmente8. No obstante de la preceden-

te explicación, recalcamos que la falta de mención expresa del Principio de Capacidad Contributiva en la Constitución Nacional deviene en ser un error en que se incurre en la redacción de la carta suprema; a pesar de esto, el legislador ecuatoriano vuelve a incurrir en un error garrafal al no incluirlo o, al menos, puntualizarlo en la redacción del Código Tributario del país –norma sustantiva-, ya que, si bien se incluye a otras nociones que fueron olvidados en la redacción de la precedente norma constitucional, como es el caso de los principios de legalidad e igualdad, no se dice nada con respecto al Principio de Capacidad Contributiva. Para muestra de esto, se cita el artículo 5 de la norma sustantiva.

“Art. 5.- Principios tributarios.- El régimen tributario se regirá por los principios de legalidad, generalidad, igualdad, proporcionalidad e irretroactividad”9. (La negrita y el subrayado me pertenecen).

A partir de las referidas normas legales, se comprendería que el legislador ecuatoriano ha considerado que la conceptualización del Principio de Capacidad Contributiva se encuentra implícito en los principios detallados en el segmento del Régimen Tributario; especialmente, entenderíamos que se concibe la materialización del principio en cuestión efectivizada a través de la primicia de no confiscatoriedad, la cual tampoco ha sido incluida dentro de los principios tributarios, pero que, de acuerdo a la redacción e interpretación integral de esta Constitución, se desprende que se la determina como garantía frente a las acciones que emanen de los Poderes del Estado. No obstante de esto, nuevamente, puntualizamos la trascendencia que implica el Principio de Capacidad Contributiva en el ámbito Constitucional, ya que, a pesar de que su mención expresa implique una sobre protección a los derechos y garantías de los contribuyentes, esto no debe influir para desconocer la relevancia que inviste en el ámbito tributario.

Pronunciamientos Jurisprudenciales

En lo que respecta a la legislación del Ecuador, independientemente de la forma implícita en cómo se ha concebido al Principio de Capacidad Contributiva en la Constitución, es menester de los magistrados de la Corte Nacional de Justicia y de la Corte Constitucional del país pronunciarse en cuanto a la conceptua-

REPÚBLICA DEL ECUADOR

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA

CITACIÓN JUDICIAL

Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales, a los señores GARCIA QUIZHPE JOY ARMANDO y MUÑOZ

FUERTES FANNY CECILIA, cuyo extracto es como sigue:

Actor: IMPORTADORA TOMEBAMBA S.A.

Demandado: GARCIA QUIZHPE JOY ARMANDO y OTRA.

Objeto de la Demanda: Cobro de Pagaré a la Orden

Trámite: Procedimiento Ejecutivo

Cuantía: $ 11.000,oo

Número de Juicio: 11333-2023-03074

Jueza: DRA. GEOVANNA TAMARA CHANGO MALDONADO.

AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, miércoles 13 de septiembre del 2023, a las 08h07. VISTOS: Presentado el escrito que antecede por la actora, dentro del término de ley. La demanda incorporada por la Dra. Miriam Susana González Gordillo, Procuradora Judicial de Importadora Tomebamba S.A. en contra de FANNY CECILIA MUÑOZ

FUERTES y JOY ARMANDO GARCIA QUIZHPE, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el pagaré a la orden adjunto a fs. 1 a 2, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible. En aplicación de lo que dispone el artículo 351 del COGEP, se concede a los demandados el término de quince (15) días para que los demandados FANNY CECILIA MUÑOZ FUERTES y JOY ARMANDO GARCIA QUIZHPE, paguen o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Cítese a los demandados FANNY CECILIA MUÑOZ FUERTES y JOY ARMANDO GARCIA QUIZHPE, en la dirección que se indica en el libelo inicial, con el contenido de la demanda, el presente auto y más constancias procesales.- OTRO AUTO: Loja, viernes 24 de noviembre del 2023, a las 16h28. VISTOS: Toda vez que la Dra. Miriam Susana González Gordillo, en calidad de procuradora judicial del representante legal de la entidad accionante, ha rendido el juramento de ley, respecto de los demandados GARCIA QUIZHPE JOY ARMANDO y MUÑOZ FUERTES FANNY CECILIA, se dispone citar a los referidos accionados por la PRENSA, conforme lo establece el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos COGEP; para lo cual, confiérase el extracto correspondiente. Notifíquese y Cúmplase.- f) DRA. GEOVANNA TAMARA CHANGO MALDONADO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA.

Particular que se pone en conocimiento, para fines de ley. Loja, 11 de marzo de 2024.

Ab. Pablo Fernando Erique Moncada. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA.

LUNES 25 DE MARZO DE 2024 La Hora, LOJA, ECUADOR C2

lización de esta institución, a fin de sus criterios sean fuente de consulta para los funcionarios administrativos y judiciales encargados de formular y aplicar la materia tributaria, para el efecto, se trascriben algunos precedentes jurisprudenciales.

Primer Caso: Definición del Principio de Capacidad Contributiva

En el juicio de Impugnación que siguió la empresa Schlumberger en contra del Director General del Servicio de Rentas Internas (SRI), cuyo juez ponente fue el Dr. José Vicente Troya Jaramillo, en la parte pertinente y de interés se indica:

“SEXTO.- Dos son los grandes principios rectores del sistema tributario y de los tributos en particular, el de legalidad, mejor dicho de reserva de ley por el cual los elementos principales, gravitantes y definidores de los tributos han de obrar de ley, principio que atañe a la forma y que es base de la seguridad jurídica; y el de capacidad contributiva, por el cual se ha de gravar indicios de capacidad contributiva, principio que es de carácter material y que conduce a que se haga prevalecer la sustancia sobre la forma. Así lo ha entendido esta Sala en el caso 127-2007, en el Considerando Noveno ha sustentado que es condición de la admisibilidad del gasto, el que se ajuste a la realidad económica de las transacciones”10.

Segundo Caso: Corte Constitucional determina el alcance del principio de capacidad contributiva Luis Javier Bustos Aguilar presentó ante la Corte Constitucional una acción pública de inconstitucionalidad, en la cual solicitó que se declare la inconstitucionalidad por el fondo de la Ley No. 70-06, publicada en el Registro Oficial No. 413 del 17 de abril de 1970, en la cual se destina el impuesto del 2 por mil al capital en giro al Hospital de la Universidad de Guayaquil, en la parte pertinente y de interés se manifiesta:

“ (…) De la lectura del citado precepto constitucional se puede colegir que el Principio de Capacidad Contributiva no se encuentra explícitamente reconocido en la Constitución; sin embargo, fluye de determinadas expresiones consignadas en la Carta Suprema, como esta Corte procederá a examinar. El principio de la capacidad contributiva se constituye en el eje transversal, toda vez que su fundamento está dado por el deber de contribuir y se

constituye en la base de medida de las prestaciones tributarias y límite de la presión tributaria11.

La capacidad contributiva dentro del Estado constitucional de derechos y justicia encuentra una doble dimensión: la primera relacionada con el hecho que únicamente las potenciales manifestaciones directas o indirectas de riqueza pueden ser objeto de tributación y configurar los hechos generadores de obligación tributaria; y como contrapartida, los particulares han de contribuir de acuerdo a su capacidad económica12.

Esta primera dimensión se refiere a los tributos en particular, debiéndose entender que un tributo que no toma como base una manifestación de riqueza es inconstitucional, no cabe entonces que razones de género, raza, nacionalidad, condición familiar u otras, sirvan de fundamento para crear y aplicar tributos, sino únicamente aquellos indicios de capacidad económica13.

La segunda dimensión atiende a la capacidad económica de los particulares concerniente al régimen tributario en general, y no a un tributo en particular. La Constitución, en el artículo 300 proclama qué sistema tributario debe configurarse, de modo tal que quienes tengan mayor capacidad económica, contribuyan en mayor medida al sostenimiento de las cargas públicas14.

Para conseguir este propósito, la Constitución expresamente declara que “Se priorizarán impuestos directos y progresivos”, lo que no puede traducirse en la exclusión del régimen tributario de los impuestos indirectos y con tarifas proporcionales, toda vez que el sistema o régimen tributario implica un conjunto ordenado, lógico y coherente de tributos y normas que los regulan, en que cada uno se considera parte de un todo armónicamente relacionado; así, en los sistemas tributarios de todo el mundo se reconoce la existencia de impuestos directos (que gravan la renta, el patrimonio) y los impuestos indirectos (que gravan el consumo), tributos vinculados, con la ocasión de la prestación de un servicio por parte del Estado (tasas y contribuciones) y tributos no vinculados (impuestos)15.

Los principios constitucionales tributarios revelan cómo quiere la Constitución que sea el sistema tributario, por lo tanto, resulta errado analizar aisladamente a cada tributo, toda vez que ello no traduce el verdadero espíritu que la Norma Suprema imprime para el régimen tributario. En este orden de ideas, se

concluye que debe analizarse a cada tributo conforme los principios y fines que persigue el modelo económico del Estado constitucional de derechos y justicia, los fines de la política fiscal, así como los principios del régimen tributario, de los cuales la capacidad contributiva se convierte en eje transversal. (…)”16.

A partir de las ideas centrales de los textos reproducidos, surge la posición de que el Principio de Capacidad Contributiva, más allá de ser el fundamento intrínseco de los tributos y guardar una estrecha configuración con los demás principios tributarios, devendría en ser el eje primordial del Sistema Tributario.

Principio de capacidad contributiva: Eje transversal de los principios tributarios constitucionales

Una de las proposiciones que más resuena con respecto a esta institución, es la doctrina que plantea que el Principio de Capacidad Contributiva devendría en ser un eje transversal rector vinculado directamente con cada uno de los demás principios tributarios constitucionales, además de devenir en ser el fundamento intrínseco de existencia y validez de los sistemas tributarios, esto por cuanto, algunos tratadistas de la materia han manifestado sus criterios en este sentido. En este sentido, se hace referencia a lo explicado por la Dra. Catalina García Vizcaíno, quien subraya la implicación directa del Principio de Capacidad Contributiva, al decir que “(…) se halla ínsito en los principios sustanciales reconocidos por nuestra CN. De este modo, hemos aceptado su aplicación, sin que ello implique que los tribunales deban expedirse acerca de la conveniencia o eficacia económica o social del criterio legislativo17”.

Por otro lado, el Dr. Vicente Troya Jaramillo legitima la teoría de que el Principio de Capacidad Contributiva es la piedra angular de los sistemas tributarios, al explicar que: (…) El régimen tributario se encuentra estrechamente vinculado con el principio de la capacidad contributiva que sirve para la aplicación de los tributos. (…)La tributación se traza en fundamento del principio de beneficio o en referencia al Principio de Capacidad Contributiva. (…) La capacidad para pagar tributos o la capacidad contributiva es el principio que gobierna esta materia. (…)18”.

Así mismo, resulta interesante la postura sostenida por el tratadista Villegas citado por

Catalina García Vizcaíno, quien deja sentadas las bases del relacionamiento dinámico que surge entre los demás principios tributarios y el Principio de Capacidad Contributiva, dando como resultado su efectiva realización, al indicarse que: “(…) la generalidad exige la no exención (salvo motivos razonables) de quienes tengan capacidad contributiva; la igualdad requiere que no se hagan arbitrarios distingos, sino los que sean fundados en la capacidad contributiva (salvo fines extra fiscales); la proporcionalidad tutela contra progresividades cuantitativas que no se adecuan a la capacidad contributiva graduada según la magnitud del sacrificio que significa la privación de una parte de la riqueza. La confiscatoriedad se produce ante aportes tributarios que exceden la razonable posibilidad de colaborar con el gasto público; la equidad y razonabilidad procuran la justicia en la imposición y tal concepto está expresado por la idea de que cada cual responda según su aptitud de pago19”.

Es así a partir de estos criterios que se constata la vinculación directa que existe entre el Principio de Capacidad Contributiva con el resto de principios, por lo cual, podría decirse que para que exista la efectiva concreción práctica del Principio de Capacidad Contributiva, es necesario que se dé un relacionamiento y ejecución sistemática entre todos los principios tributarios como: legalidad, equidad, igualdad, generalidad, irretroactividad, proporcionalidad, progresividad, no confiscatoriedad, entre otros20, a su vez, con la generación de esta conjunción se identifica al Principio de Capacidad Tributaria como el fundamento esencial del Sistema Tributario.

En lo que respecta al ámbito de la legislación ecuatoriana, se debe hacer mención a algunos principios relacionados con la actuación que debe cumplir la Administración Tributaria como tal, en este sentido, consideramos pertinente hacer alusión a la doctrina expuesta por la Dra. Eddy de la Guerra Zúñiga21, quien puntualiza que así como el Principio de Capacidad Contributiva se encuentra vinculado directamente con otros principios constitucionales, este principio también tendría una vinculación indirecta con los principios que determinan el actuar administrativo como: eficacia, simplicidad administrativa, razonabilidad y transparencia, cuyo nexo causal es el Principio

de Suficiencia Recaudatoria22. Sin embargo del análisis proferido, se puede decir que más allá de que el Principio de Capacidad Contributiva sea el eje transversal de los principios tributarios, aquel y éstos, constituyen y deben interpretarse como una unidad, a fin de influenciar y direccionar a que la aplicación de las normas que componen el Ordenamiento Jurídico Tributario sean aplicadas de manera legal, legítima y justa en la medida de lo posible.

1.SMITH, Adam, La Riqueza de las Naciones, Ediciones Follio, Tomo III, España, 1997, Pág. 117. 2.Artículo 13 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano publicada en el 26 de agosto del 1789.

3.VILLEGAS, Héctor, Manual de Finanzas Públicas, Buenos Aires, Editorial de Palma., 2000, Pág. 203. 4.JARACH, Dino, Finanzas Públicas y Derecho Tributario, Ed. Abeledoperrot, Buenos Aires, 1999, Pág. 331.

5.Ibídem. TARSITANO, Alberto. Pág. 410. 6.Siempre y cuando, una vez cumplidas las necesidades básicas de subsistencia como: vivienda, alimentación, educación, vestimenta, entre otros rubros, concretamente, supere el umbral del mínimo imponible para ser sujeto imposición de un tributo.

7.Artículo 300 de la Constitución de la República del Ecuador publicada en el Registro Oficial N° 449 de 20 de octubre del 2008.

8.GALAN, Gabriel, “La Igualdad Jurídica en el Régimen Tributario Ecuatoriano y Los Supuestos de Discriminación Fiscal en la Nueva Legislación para la Consolidación de la Política Económica Nacional” , Tesis, Universidad Andina Simón Bolívar, Quito, 2012, Pág. 39.

9.Artículo 5 del Código Tributario del Ecuador publicado Registro Oficial Suplemento N° 38 del 14 de junio del 2005.

10.Corte Nacional de Justicia, Expediente de Casación N° 226, publicada en el Registro Oficial Edición Especial N° 368.

11.Corte Constitucional del Ecuador, Sentencia N° 004-11-SIN-CC, publicada en el Registro Oficial Suplemento N° 572 de 10 de Noviembre del 2011.

12.Ibídem.

13.Ibídem.

14.Ibídem.

16.Ibídem.

17. Ibídem.

17.Ibídem. GARCÍA VIZCAÍNO, Catalina. Págs. 301 - 302.

18.TROYA, José, Tributación y Derechos Humanos, Quito, UASB Ecuador, 2003 -2004, Pág. 36.

19.Ibídem. GARCÍA VIZCAÍNO, Catalina.

20.Hacemos énfasis en la palabra todos, puesto que, el cumplimiento de un principio depende de otro y, por lo tanto, la violación de uno afectará la realización de otro principio, dando como resultado que no surja la realización práctica del Principio de Capacidad Contributiva.

21.Cfr. DE LA GUERRA, EDDY, El Régimen Tributario Ecuatoriano entre los años 1999 y 2010 en relación a la Suficiencia Recaudatoria y Capacidad Contributiva en el IVA, ICE e Impuesto a la Renta, Universidad Andina Simón Bolívar, 2010, Págs. 42 – 45.

22.VALLEJO, Sandro, Sistema Tributario y Constitución en el Ecuador, Quito, Boletín 11, Instituto Ecuatoriano de Derecho Tributario, 2009, Pág. 11. “El principio de suficiencia recaudatoria, es tal vez el que resulta más novedoso en nuestro régimen constitucional tributario, y que resulta más difícil de entenderlo como parte del régimen tributario. Se podría afirmar que guarda relación más con una política fiscal en conjunto, aunque es innegable que menciones de este principio se encuentran dentro de varios de los estudios sobre sistemas tributarios, concibiéndolo en el marco que delimita el sistema tributario en su conjunto al establecer como condición del mismo su vinculación presupuestaria a la ejecución del gasto público todo esto en el marco del ejercicio de la actividad financiera del Estado y de los objetivos que esta debe cumplir, por eso es necesaria su mención respecto de los criterios de responsabilidad fiscal y rendición de cuentas, que algunos autores vinculan a este principio”..

LUNES 25 DE MARZO DE 2024 La Hora, ECUADOR C3
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