Esmeraldas, 27 de marzo de 2024

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Los herederos del narco Raúl Reyes mandan en la Amazonía

El grupo Comando de la Frontera asesinó al militar de Inteligencia en Sucumbíos, cabo segundo Daniel Valencia, la semana pasada. Estos narcocriminales, nacidos del Frente 48 de las FARC y conectados con otros cuatro grupos de narcos, serían los protagonistas de las balaceras a militares en Sucumbíos y Orellana. 7

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK MIÉRCOLES 27 DE MARZO DE 2024
Esmeraldaslahora @ Esmeraldaslahora
Esmeraldas
La UTLVTE implementará tres aulas de Diversidad Funcional en todos sus campus universitarios 3
CIUDAD
Conozca a la famosa dieta mediterránea 4
BIENESTAR

Corazón coraza

Lasmujeres que somos madres siempre estamos en vilo. Las mujeres que somos madres, pero que no convivimos con el padre de nuestros hijos o hijas, entendemos una nueva definición de “estar en vilo”. Porque cada vez que vemos partir a nuestro retoño con su mochila o maleta, para pasar la noche o varios días con su otro progenitor, sentimos un vacío, una zozobra, que las palabras no pueden explicar. Porque no son celos, tampoco es tristeza (especialmente cuando el hijo o hija van contentos a su encuentro); quizás es algo similar al extrañamiento o al temor; pero lo que es propiamente, es inexpresable. Cada una de ustedes tendrá su propia opinión al respecto.

Lo cierto es que, cuando veo a mi hija partir no dejo de recitar en mi cabeza el poema de Benedetti: “Porque te tengo y no /porque te pienso/ porque la noche está de ojos abiertos”. Porque, aunque el uruguayo haya escrito esa lírica pensando en un amor de pareja, yo lo repito pensando en el amor que me une a ella, a la extensión de mí misma, a mi amor infinito. Un amor que acepta que la tiene y no, un amor que respeta la libertad, un amor que crece y renace; pero que al mismo tiempo se invade por la melancolía en cada separación.

Con el paso de los años he aprendido a dejarla ir con felicidad. A veces las separaciones son muy breves, otras duran más. Pero, mi corazón también soporta más. Se ha vuelto más resistente, pero sin endurecerse.

El corazón de madre acepta que los hijos se comparten y que no hay nada más enriquecedor para ellos que pasar tiempo con ambos progenitores, así sea por separado. Los hijos se nutren del amor y del cuidado de cada uno, de las formas y maneras de cada uno, del cariño que cada uno le entrega.

Estoy segura de que muchas de ustedes comprenden el sentimiento. Ese tan indescriptible. Y porque somos una tribu que habla el mismo idioma, les aseguro que entendemos de sobra “el corazón coraza”.

Un Plan Fénix que vale de muy poco

Una nueva vida apagada nos recuerda que el Gobierno es un desafortunado experimento improvisado. El asesinato de Brigitte García, la alcaldesa

EDITORIAL

El dilema de los ‘sueldos dorados’

Los llamados ‘sueldos dorados ’ —aquellos mayores al del presidente, que reciben algunos funcionarios públicos— no constituyen un problema financiero, sino uno de principios. Por más que el Gobierno intente posicionar su recorte como fuente de ahorro, el peso de estos en el presupuesto es menor y existen alternativas mucho más eficientes. Sin embargo, apelando al decoro y la coherencia, aquellos sueldos en el sector público, ¿son sostenibles?

Siguiendo una lógica jerárquica, casi militarista, se intenta establecer como techo el sueldo del presidente de la República. Sin embargo, el cargo de presidente es temporal y conlleva además una pensión vitalicia, así como diversas fuentes de ingresos posteriores propias de la inevitable ‘puerta giratoria’. Además, es uno de los sueldos más bajos de la región y suele ser ejerci-

do, con mucha frecuencia, por ciudadanos que ya tienen su situación económica resuelta. Establecerlo como techo para la función pública es arbitrario.

Por otro lado, los beneficiarios de los ‘sueldos dorados’ suelen defenderlos apelando al mercado , en nombre de una supuesta meritocracia. Eso tampoco es procedente, en tanto las condiciones de trabajo, estabilidad y exigencia en el sector público son completamente diferentes a las del privado. Los puestos medios y bajos en la burocracia ganan sustancialmente más que sus pares en el sector privado. Si se quisiera aplicar el mercado como vara, debería empleárselo sobre todo el sector público, tanto en sueldos como en responsabilidades.

Mientras estas inconsistencias no se resuelvan, los sueldos seguirán dejando un mal sabor de boca a todos.

de San Vicente, Manabí, y su director de Comunicación nos deja las misma preguntas de siempre: ¿Qué mismo es el Plan Fénix? ¿Qué está haciendo Daniel Noboa para frenar la inseguridad?

El rimbombante Plan Fénix, que prometía que el Ecuador saldría de la violencia y que resurgiría de las cenizas, quedó reducido a un nombre

marketero. Porque en resultados, no llega ni a Plan Paloma. Para pesar de todos, nuestro país está al mando de un presidente que quiere lucir “cool” y que aparece con distractores como gafas y chaquetas de cuero para distraernos de lo que está pasando en realidad: estamos atrapados en un ciclo de violencia, impunidad y desesperanza.

Miércoles

Santo: el teatro universal

Hoy se realiza el Ritual de la Reseña en la Catedral Primada de Quito, que es una procesión mortuoria que simboliza el triunfo de Jesús ante la muerte. Si bien la ceremonia es una adaptación de un funeral romano, este es uno de los pocos sitios donde se lleva a cabo el rito.

El Cabildo eclesiástico va en procesión por todo el espacio de la iglesia, arrastrando las caudas, que son capas largas con las cuales limpian de los pecados a los asistentes, hasta llegar al crucero, frente al altar mayor, en donde se postran de bruces y el arzobispo bate la bandera negra y luego la bandera blanca, con las cuales limpia los pecados y se triunfa sobre la muerte.

Todo este paso se produce al ritmo de las notas del órgano de tubos en el coro alto, acompañado por las notas vocales del coro eclesiástico, que impone solemnidad, rigor e impregna de un ambiente tenebroso a la puesta en escena que se da en la parte baja de la iglesia.

Hoy, Miércoles Santo, es también el Día Internacional del Teatro, y qué mejor festejo que esta “mise en scene”, puesta en escena, acorde con la temporalidad del calendario litúrgico católico. Y es que muchas de las escenificaciones de esta Semana Mayor tienen que ver con un método de actuación, que es la fe, pues muchos actores no formados participan de esta puesta en escena en las calles de muchas ciudades del mundo.

Y es que el teatro le debe mucho a la liturgia, pues los autos de fe y las representaciones fueron saliendo del interior de las iglesias para ser representados en los atrios y plazas públicas, como dramaturgias que fueron dejando la solemnidad y oficialidad para ser representaciones populares y festivas.

Hoy sería bueno ir a mirar el llamado arrastre de caudas con una mirada de espectador teatral, y volver a la esencia de la puesta en escena, en donde el público también forma parte del desarrollo dramático, desde su fe, y se configura como un actor más dentro del libro del ritual.

Buen día a los autos de fe laicos, en donde como público nos convencemos de que lo que sucede en ese tablado, atrio o escenario, es una realidad en la que creemos y damos el aval para que se siga desarrollando.

El magnicidio del 24 de marzo es una prueba más de que el Plan Fénix vale de muy poco. Seguimos en medio de la inseguridad y el miedo, mientras el inquilino de Carondelet juega en TikTok y se dedica a desmentir farras con sus asesores.

Es hora de que exijamos respuestas, de que exijamos un verdadero plan de seguridad

y que las autoridades dejen de pensar en sus cálculos políticos para la reelección.

Presidente Noboa, no queremos ver sus videos de TikTok. Queremos ver resultados. Quítese las gafas que no le dejan ver la realidad del país y el fracaso de su penoso Plan Fénix.

Por menos Estado, más libertad.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO OPINIÓN 02 Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editor Regional: Josué Navarrete Redacción: revistasemanal@lahora.com.ec Publicidad: fesmeraldas@lahora.com.ec Año: XLI No. 11967 Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial. O ESMERALDAS | MIÉRCOLES 27/MARZO/2024
PABLO ESCANDÓN MONTENEGRO pescandon@gmail.com LORENA BALLESTEROS @booksbylolita JOSÉ ALVEAR @JoseRAlvearC

CELEC EP realiza el estudio biótico de las cuencas de los ríos

Guayllabamba y Esmeraldas

Las cuencas de los rios Guayabamba y Esmeraldas serán estudiados.

El objetivo es obtener información técnica – científica de estos ecosistemas acuáticos que son parte del área de influencia de la central hidroeléctrica Manduriacu, de 65 MW de potencia.

El 75% de la cuenca hidrográfica del Guayllabamba, donde se ubica la presa de la central Manduriacu, pertenece a Pichincha; mientras que el 25% restante está en Imbabura y Esmeraldas.

CELEC EP, a través de su Unidad de Negocio Coca Codo Sinclair, durante el 2024 desarrollará un estudio que arrojará información sobre la sensibilidad de los peces de la cuenca y su recorrido, aguas arriba y aguas abajo de la central, y en el embalse, durante dos periodos estacionales de alta y baja pluviosidad (períodos de lluvias).

Con los datos obtenidos en los monitoreos y los resultados de las mediciones permanentes que arroje el equipo multiparamétrico implementado, que medirá

datos como: temperatura, amoniaco, pH (acidez), sólidos suspendidos y totales, entre otros), se realizará el análisis para determinar la sensibilidad y tolerancia de las especies en correlación con los parámetros mencionados.

De esa forma, CELEC EP contará con información actualizada para controlar y prevenir afectaciones a los peces, durante las actividades de desalojo controlado de sedimentos acumulados en la presa, que se realizan una vez por año con la finalidad de mantener la capacidad operativa del embalse y de los equipos electromecánicos la central hidroeléctrica.

El área de Gestión Social Ambiental de la Unidad de Negocio Coca Codo Sinclair también adaptó un Centro de Investigación y Transferencia Tecnológica Socio Ambiental Manduriacu, que permite contar con un hábitat con buena calidad de agua para las especies ictiológicas que son materia de estudio.

La UTLVTE implementará tres aulas de Diversidad Funcional en todos sus campus universitarios

Compromiso con la inclusión y la igualdad de oportunidades en la educación superior.

La UTLVTE se capacita para la implementación de tres aulas de Diversidad Funcional en todos sus campus.

La Universidad Técnica “Luis Vargas Torres” de Esmeraldas ha dado un paso significativo hacia la inclusión y el acceso universal al conocimiento.

Esta iniciativa de justicia cognitiva, va dirigida al estudiantado y profesorado con diversidad funcional.

La UTLVTE ahora contará con aulas de diversidad funcional, para incluir en sus

estudios superiores a las y los vargastorrinos de los grupos vulnerabilizados e históricamente excluidos. Reconociendo esta demanda para estar presente y comprometida con la equidad, la UTLVTE establecerá tres aulas piloto en sus campus de Nuevos Horizontes, Mutile y Sede La Concordia.

Capacitación a docentes

Un equipo de profesionales de la UTLVTE ha sido capacitado en el uso de los equipos y platafoma BemyVega, cuya tecnología es necesaria para que personas con baja visión y audición, tengan acceso a una formación sin límites y en igualdad de condiciones. Gracias a esta tecnología, se garantiza un acceso

óptimo y una experiencia educativa amigable.

Estas aulas no solo facilitarán la transmisión de clases, eventos y conferencias en tiempo real, sino que también ofrecerán herramientas de accesibilidad para personas con diversidad funcional, como transcripción, chat y grabación de clases.

La implementación de estas aulas piloto no sólo beneficiará a la comunidad universitaria vargastorrina con diversidad funcional, sino que también servirá como modelo experimental para promover la inclusión en toda la comunidad universitaria.

Para obtener más información puede contactar a la Dirección de Bienestar Universitario de la UTLVTE.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK CIUDAD 03 ESMERALDAS | MIÉRCOLES 27/MARZO/2024 I
JEFATURA DE AVALUOS Y CATASTRO GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MUISNE El GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MUISNE Extracto de publicación De acuerdo a lo establecido en el CAPÍTULO III, Artículo 10, numeral 6, de LA ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE NORMA LA REGULARIZACIÓN Y ADJUDICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS BIENES MOSTRENCOS DEL CANTÓN MUISNE. Registro Oficial No. 979 de fecha 27 de julio 2023 Se comunica a la ciudadanía en general, que a través de la Jefatura de Avalúos y Catastros se ha solicitado la adjudicación de un bien inmueble mostrenco, con clave catastral: 0803500105038023000000 Ubicado: Barrio Nuevo Mu sne Cal e: s/n Parroquia: Muisne Cantón: Muisne e Provincia: Esmeraldas demarcado dentro de los siguientes linderos y dimensiones: al NORTE: 5,56m. con Lote026 SUR: 6 20m. con Calle S/N; al ESTE: 12,27m. con Lote025 OESTE: 0 89m. con Lote17 y 11,21m Lote17. Superficie total de 71 62m2, a favor de FRANCIS ALIDA LOPEZ REYNA Lo comunico para los fines de Ley Master Yuri Colorado Márquez ALCALDESA DEL GADMC MUISNE BANCO DEL LITORAL QUEDA ANULADA POR PÉRDIDA CERTIFICADO NÚMERO 406000528 POLIZA-BDL PERTENECIENTE A COTO CAMPOS MARÍA ADELA CON CÉDULA N• 0801395732

Razones por las que te encantará esta dieta

1¡Sorpresa! No hay que contar calorías

No necesitas una calculadora para este plan de comidas. En lugar de sumar números, reemplazas las grasas dañinas por las saludables para el corazón. Usa aceite de oliva en lugar de mantequilla que es margarina para la mayoría de ecuatorianos. Añade a tu dieta más pescado fresco, o aves de corral y menos carne roja. Disfruta de frutas frescas y renuncia a los postres demasiado dulces hechos de grasas y azúcar.

Come hasta sentirte lleno utilizando muchas verduras y frijoles de la zona. Las nueces son buenas, pero solo un poquito al día, son demasiado concentradas.

Puedes comer pan integral y tomar una copa de vino, pero con moderación.

2La comida es siempre fresca

No tendrás que buscar algo específico en el pasillo del supermercado donde están los alimentos congelados ni visitar restaurantes de comida rápida. La atención se centra en los platos de temporada preparados de una manera sencilla y apetitosa. Haz hoy una deliciosa ensalada de espinacas, pepinos y tomates. Añade ingredientes griegos clásicos como aceitunas y queso feta (puedes reemplazarlo con queso fresco criollo de la zona) a una receta simple de ensalada ligera de verduras y lechuga.

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Puedes comer pan

Busca pan hecho de grano entero, tiene más proteínas y minerales, y suele ser más saludable que la harina blanca. Prueba las tortillas integrales bañadas en aceite de oliva, hummus o tahini (pasta rica en proteínas de semillas de sésamo molidas).

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La grasa no está prohibida

Conozca a la famosa dieta mediterránea

Todos han escuchado de lo bueno del aceite de oliva y que las personas del sur de Europa tiende a ser delgada comiendo pizzas, pastas sin parar y con mucho placer festejando la vida, pero no todos saben que exactamente es este tipo de dieta y que beneficios nos proporciona. Toma la siguiente información y úsala a tu bien.

para ti o no.

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No tendrás hambre Tendrás la oportunidad de probar deliciosos platos como camotes fritos, hummus y algunos otros platos inusuales para un ecuatoriano. La sensación de hambre no es un problema cuando puedes comer nueces, aceitunas o trozos de queso con deliciosos aceites cuando quieras. El uso de los quesos también combate el hambre perfectamente y da la sensación de llenura por mucho tiempo.

10Puedes perder peso

A pesar de que no parece muy lógico perder peso disfrutando los productos altos en grasas y calorías y verdaderamente deliciosos, pero el milagro sucede: siguiendo este estilo lento de vida y alimentación mediterránea te permiten sentirte bien comido y satisfecho, y no te persigue esta sensación de hambre constante tan común en la mayoridad de las dietas de perder peso. Este estado tranquilo te ayuda a seguir con tus metas. El ejercicio regular también es una parte importante de este estilo de vida, intenta de añadirlo de a poco a tu rutina diaria.

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Solo tienes que buscar un buen tipo de grasa. L o encontrarás en nueces, aceitunas, aguacate, pescado grasoso y aceite de oliva. Estas grasas (no saturadas y trans contenidas en los alimentos procesados) dan sabor y ayudan a combatir enfermedades que van desde la diabetes hasta el cáncer. Un simple pesto de albahaca es una forma deliciosa de incluir las grasas y un toque mediterráneo a tu dieta.

muchas frutas y verduras frescas, aceite de oliva y cereales integrales.

6Las especias pueden ser muy sabrosas

5Diversidad del menú Es más que solo comidas típicas de la cocina griega e italiana. Busca recetas de España, Turquía, Marruecos y otros países, es muy interesante experimentar y conocer otras culturas. Elija productos que coincidan con lo básico: un poco de carne roja y productos lácteos, con

La hoja de laurel, el cilantro, el romero, el ajo, la pimienta y la canela le dan al plato un aroma tal que no necesitarás ni siquiera añadir la sal. La yerbita y el romero, por ejemplo, contienen antioxidantes y nutrientes que combaten enfermedades. Recuerda que cada cosa natural tiene sus beneficios.

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Es fácil de seguir

Casi no tienes que hacer nada especial, es

suficiente añadir un pequeño plato a tu cena de estilo griego, hecho con queso, aceitunas y nueces. Añade hojas y cosas para picar, nada más.

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Puedes tomar vino

Una copa de vino durante las comidas es común en muchos países mediterráneos, donde la comida a menudo se celebra en un entorno tranquilo y secular. Algunos estudios muestran que un moderado uso (un vaso al día para las mujeres y dos para los hombres) del vino de mesa es bueno para tu corazón. Hable con su médico para ver si es una buena idea

Tu corazón te lo agradecerá Casi todo en esta dieta es bueno para tu corazón. El aceite de oliva y los frutos secos ayudan a reducir el nivel de colesterol «malo». Las frutas, verduras y legumbres ayudan a mantener las arterias limpias. El pescado ayuda a reducir los triglicéridos y la presión arterial. ¡Incluso una copa de vino diaria puede ser buena para tu corazón! Si nunca te ha gustado el pescado, intenta comer más mariscos, o al menos aves. La proteína es muy importante. Pero aún más importante es que te sientas cómodo con todos los cambios que haces y que te guste lo que haces, así puedes lograr cualquier resultado deseado que sea buena salud, estilo de vida más saludable, pérdida de peso o siempre autocuidado (T.S)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO BIENESTAR 04 I ESMERALDAS | MIÉRCOLES 27/MARZO/2024

El correísmo insistirá en ‘fiscalizar’ el concurso de contralor

El concurso organizado por una comisión de selección del Cpccs para designar a la primera autoridad de la Contraloría terminó con la designación de Mauricio Torres, que asumió funciones el 28 de noviembre de 2023.

Después del receso legislativo, que inició el 26 de marzo y concluirá el 9 de abril de 2024, el movimiento correísta Revolución Ciudadana (RC) y el Partido Social Cristiano (PSC) marcarán como una de las prioridades, la fiscalización del concurso del Contralor General del Estado (CGE).

El concurso organizado por una comisión de selección del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) para designar a la primera autoridad de la Contraloría terminó con la designación de Mauricio Torres Maldonado, quien asumió funciones el 28 de noviembre de 2023, luego de ser posesionado en la Asamblea Nacional.

Pese a esto, el 25 de marzo -un día antes del inicio de la vacancia- en una sesión de la Comisión Especializada de Transparencia y Participación Ciudadana del Legislativo, controlada por el correísmo, se tenía previsto dar lectura y aprobar un informe del proceso de fiscalización del concurso.

Sin embargo, en la misma plenaria, a pedido de los integrantes de la Comisión para que se amplíe el tiempo para la revisión del informe, Patricio Chávez (Revolución Ciudadana), presidente de dicha mesa, suspendió la convocatoria. “Este importante informe nos va a demandar más de una hora, suspendo la sesión hasta un nuevo llama-

do”, resolvió.

Ya hubo otro intento Esta no es la primera vez que la Comisión de Transparencia y Participación Ciudadana intenta evaluar el concurso de Contralor.

El 27 de noviembre de 2023, apenas un día antes de que Mauricio Torres acuda al Palacio Legislativo para ser posesionado en el cargo, a manos del correísmo llegó una denuncia ciudadana que objetaba la designación del nuevo contralor.

En esa ocasión, el presidente de la comisión, Patricio Chávez, dejó entrever

Comisión con una mayoría clara

° La Comisión de Participación de la Asamblea está controlada y hace mayoría entre los aliados de la Revolución Ciudadana, y Partido Social Cristiano: Patricio Chávez Zavala, Franklin Samaniego Maigua, Gissela Garzón Monteros, Mónica Salazar Hidalgo (RC); Esperanza Moreta Terán (PSC).

Los grupos de minoría están representados por Carmen Tiupul Urquizo y Mariana Yunbay Yallico (Pachakutik), Lucía Pozo Naranjo (Avanza-Actuemos), y Jorge Chamba Cababilla (Construye)

que se habrían cometido presuntas irregularidades y, aunque se había solicitado la comparecencia de los consejeros del Cpccs al pleno de la Comisión, los vocales no llegaron y aquella sesión de canceló.

El movimiento Avanza en el Parlamento razonó que fiscalizar el concurso de designación del Contralor no es parte de las funciones de la comisión.

Versión del Cpccs

Mishelle Calvache, vocal del Cpccs, cree que la intención de la Comisión de la Asamblea, es iniciar un juicio político a los vocales del Cpccs, pero aseguró que la designación del contralor general del Estado no podría ser revisada.

“El informe (de la Comisión) aconseja un juicio a los consejeros, no tuvieron mayoría y simplemente se suspendió”, afirmó.

No obstante, a criterio de la vocal del Cpccs, los asam-

lahora.com.ec

AGENDA

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SUCESOS

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bleístas “no pueden decir que el concurso se hizo mal; la Asamblea puede revisar nuestras actuaciones como consejeros”, aclaró.

En todo caso, Calvache enfatizó que existen hechos constituidos. Es decir, en este caso, el Contralor ya está ejerciendo el cargo. “Si es que nosotros hubiésemos cometido alguna irregularidad o si se violentaron los derechos (de los postulantes), la sanción sería para nosotros, no para el contralor, no se le puede quitar los derechos que ya tiene como contralor”, subrayó Calvache.

Añadió que, al revisar una parte del informe de la Comisión de Participación de la Asamblea, se señala que no se habrían revisado las denuncias.

“Ellos (los asambleístas) están confundidos, nosotros no llevamos el concurso, el concurso llevó la comisión ciudadana de selección”, recordó Calvache (SC)

ALERTA Estafadores ofrecen supuestas acciones de Petroecuador en redes sociales

AMBIENTE Juez ordena la suspensión provisional de la consulta ambiental del proyecto minero La Plata

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK POLÍTICA 05 ESMERALDAS | MIÉRCOLES 27/MARZO/2024 I
EN LA WEB
INTEGRACIÓN. La Comisión de Transparencia y Participación Ciudadana del Parlamento está controlada por el correísmo.

Los herederos de Raúl Reyes hicieron su guarida en la Amazonía

Expertos en seguridad de Colombia y Ecuador advierten sobre la “preocupante” penetración de estos grupos ligados a la ‘protomafia’ del Comando Vermelho.

El ataque contra una Unidad de Inteligencia Militar ocurrido el 22 de enero de 2024 dejó un muerto y tres funcionarios heridos, siendo esta la primera baja de las Fuerzas Armadas desde que se dio inicio a la ofensiva del Plan Fénix y el conflicto armado interno contra el crimen organizado en Ecuador.

Según fuentes de las FF.AA. la unidad salía del sector Barranca Bermeja a Lago Agrio después de verificar una información, cuando fueron emboscados por 15 irregulares pertenecientes al Comando de Frontera una disidencia de las FARC vinculada al narcoguerrillero Raúl Reyes, quien fue abatido en Ecuador durante el régimen de Rafael Correa. El agente iba vestido de civil, tal como actúan los uniformados de estas unidades.

Tanto las FF.AA. como especialistas en seguridad indicaron a LA HORA que la frontera norte se encuentra bajo la amenaza de este grupo colombiano. que se dedica al narcotráfico en territorio colombiano y ecuatoriano.

Fuentes militares preci-

saron que el objetivo del Comando de Frontera es “la protección, el transporte de las sustancias sujetas a la fiscalización”, así como el tráfico de armamento, munición y la minería ilegal.

Destacaron que las FF.AA. incrementarán las operaciones de reconocimiento a lo largo de la frontera con el objetivo de proteger y vigilar, incluso ubicar puntos específicos para actuar contra estos

Recomiendan bloqueo de la frontera

° Los oficiales en servicio pasivo de Ecuador y Colombia, Mario Pazmiño y Jaime Ariza, hicieron recomendaciones al presidente Daniel Noboa para controlar a los grupos irregulares. Pazmiño consideró que el Gobierno debe trabajar en dos objetivos fundamentales, en primer lugar, a través de la Fuerza de Tarea Conjunta de Esmeraldas, para “fortalecer la presencia militar en el cordón fronterizo para evitar las incursiones de estos grupos narcos guerrilleros que operan en la frontera binacional”. Una segunda acción, sería incrementar la presencia del Estado en toda la frontera y región que está siendo presionada por los grupos irregulares. “Mayor acción social y de desarrollo que se necesita en la frontera para evitar que estas organizaciones tomen fuerza. Esas dos acciones son vitales”, sentenció Pazmiño. Por su parte, Ariza propuso cerrar la frontera norte de Ecuador “con las unidades de registro, bloquear toda la ribera ecuatoriana del río Putumayo y el río San Miguel, poner la Infantería de Marina sobre las vías fluviales y hacer quecontroles más fuertes”. Puntualizó que los grupos delictivos se han convertido en dueños de tierras y negocios, por lo que debe iniciarse un proceso de intercambio de información “directa y bilateral” a través de la Combifron

Apuntó que otro paso importante es desarrollar políticas para la extinción de dominio y disminuir de esta forma el “poder local que tienen estos grupos”.

grupos irregulares.

Herederos de las FARC El coronel en servicio pasivo Mario Pazmiño y el coronel (retirado) del Ejército de Colombia, Jaime Ariza, señalaron que los orígenes del Comando de Frontera vienen de las disidencias de las FARC, manteniéndose como un grupo delincuencial que maneja el narcotráfico en la región del Putumayo, bajo y alto.

Ariza precisó que las operaciones desarrolladas por el Gobierno del expresidente Álvaro Uribe, que permitieron dar de baja al líder de las FARC, Raúl Reyes, en 2008 y que generaron el conflicto internacional con el expresidente Rafael Correa, tenían como objetivo a esta fuerza irregular que ya dominaba parte del territorio.

El especialista en temas de seguridad precisó que el Comando de la Frontera se ha alineado a la Segunda Marquetalia, que es liderada por el narcoguerrillero colombiano Iván Márquez desde Venezuela

Por su parte, Mario Pazmiño indicó que las autoridades del país deben prestar mayor atención a los desplazamientos de estos grupos criminales, advirtiendo que “lo preocupante es que esta organización forma parte de una estructura de avanzada del grupo Comando Vermelho, que es una protomafia brasileña”.

Acotó que todos estos grupos están avanzando para controlar zonas en las fronteras de Colombia, Perú y Brasil, y ha penetrado hacia el Alto Putumayo y Ecuador, por Sucum-

bíos.

Pazmiño advirtió que los últimos incidentes en la zona muestran que “hay una falta de Inteligencia a nivel gubernamental sobre las acciones que están tomando estos comandos”.

Penetración en lo social Fuentes de las FF.AA. advirtieron que en las provincias de Sucumbíos y Orellana se registra la penetración, no solo del Comando de Frontera, sino también del crimen organizado, quienes luchan entre sí por el control de la zona.

Explican que, incluso, parte de la población y de “las autoridades” están involucrados con estos grupos delictivos, debido a las presiones y al temor.

“Estos grupos delincuenciales y terroristas se están disputando el control territorial”.

Una de las hipótesis que se manejan sobre el ataque a la Unidad de Inteligencia militar es que hayan sido delatados por la fuente o que hayan sido confundidos como elementos de alguno de los grupos delictivos que actúan en la zona.

La fuente de las FF.AA. indicó que Sucumbíos se ha convertido en la puerta para que los delincuentes puedan transportar los productos del narcotráfico, armamento y minería hacia Esmeraldas . “Es una conexión amplia en el país”, lamentó la fuente que pidió la reserva.

Explicó que el Comando de Frontera, tendría conexiones con los grupos delictivos ecuatorianos, como los Choneros y los Águilas, lo que obliga a las FF.AA. a enfrentarse con estos distintos grupos en la región. Es decir, con cuatro grupos narcodelincuenciales.

Detallan que “por presiones o por temor de los civiles que habitan la región, los grupos criminales han podido constituir redes de información que advierten sobre las actividades de los efectivos militares”.

Indicaron que, aunque las FF.AA. se encuentran plenamente preparadas para enfrentar a estos grupos, la penetración en la población dificulta las operaciones de vigilancia.

Algo que ya se vivía hace más de una década en la línea de frontera, donde fue neutralizado el narcoguerrillero Raúl Reyes, pero que ahora ha llegado hasta 250 kilómetros dentro del territorio nacional. (ILS)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO SEGURIDAD 06 I ESMERALDAS | MIÉRCOLES 27/MARZO/2024
INCURSIÓN. El Comando de Frontera, un grupo de las disidencias de las FARC, opera entre las provincias de Orellana y Sucumbíos.

La lucha contra los ‘sueldos dorados’ es un anuncio de campaña

Cortar contratos colectivos, eliminar puestos no esenciales y externalizar la administración son medidas más eficientes que la lucha contra los “sueldos dorados”. La Fiscal General debería ganar menos con la medida del Gobierno.

El Gobierno de Daniel Noboa ha anunciado una “lucha sin cuartel” contra los denominados “sueldos dorados”. La ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, emitió hace dos semanas un acuerdo ministerial para asegurar que ningún funcionario público gane más de los $5.072 mensuales del presidente de la República.

Rodrigo López, docente y miembro de la Escuela de Economía de la Universidad San Francisco de Quito (USFQ ), consideró que el anuncio gubernamental debe leerse en clave electoral.

“Los politólogos se refieren al concepto de significante vacío, que es básicamente un anuncio con impacto; pero sin efectos reales. Si se aplicara a rajatabla lo que dice la ministra, se tendría que bajar el sueldo a funcionarios como la fiscal general, que gana $5.500; a los generales, que ganan hasta $5.300 y a jueces, en medio del conflicto armado interno”, puntualizó.

La ministra del Trabajo llegó a decir que han determinado que unos 50.000 funcionarios públicos ganan más que el presidente y que, poniendo límite a esto (es decir bajando ciertos sueldos), se podría ahorrar $20 millones al mes o más de $200 millones al año.

“Es muy difícil que se logre ese ahorro. Política y electoralmente suena bien que nadie gane más que el presidente. Existe un clamor para que el Estado reduzca gastos; pero, al mismo tiempo, estás condenando a la administración pública a que, en puestos de alta responsabilidad, no lleguen los mejores profesionales”, acotó López.

Es cierto que los sueldos públicos cuestan más de $10.000 millones al año, según el Presupuesto General del Estado (PGE) de 2024;

pero más allá de la cruzada contra los “ sueldos dorados”, las soluciones de fondo para optimizar ese gasto van por otras vías.

Reducir puestos no esenciales

Hace casi un mes y medio, la USFQ determinó que se puede reducir el 30% de la nómina pública en puestos no esenciales, a través de suprimir partidas, comprar renuncias, desvincular contratos ocasionales, declarar en reestructuración algunas instituciones y prescindir de los nombramientos provisionales

Todo esto generaría un ahorro de $442,7 millones al año sin tocar a policías, militares, educadores, médicos, enfermeras y profesionales de la salud.

El problema es que el país está inmerso en un ciclo electoral que hace que estas medidas, que siempre tienen un costo político , se dejen en la congeladora.

Sin embargo, con una optimización de este tipo se pueden conseguir muchos más recursos que con medi-

das como rebajas de sueldos.

Abusos en contratos colectivos

Antes de los “sueldos dorados”, los esfuerzos deben encaminarse a un análisis profundo sobre los costos y las condiciones de los contratos colectivos , sobre todo en las empresas públicas, pero también en los ministerios.

A través de esos contratos se han establecido beneficios en el sector público que no tiene ningún trabajador del sector privado, explicó Carlos Andrade, economista y consultor empresarial.

Mientras se transparentan y analizan las reales implicaciones de los contratos colectivos, se deberían tomar medidas para evitar más perjuicios al Estado

En primer lugar, establecer una moratoria en la negociación de los contratos colectivos, es decir, que no se firme un solo contrato colectivo más en la administración pública hasta que se defina qué va a pasar con este tipo de mecanismo.

En segundo lugar, se debe

Huecos en el sector público

° El contrato colectivo para 5.300 empleados de la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL) dejó un hueco patrimonial de $821 millones en esta institución. Esta es uno de los ejemplos del impacto negativo de los excesivos contratos colectivos.

° En 2023, ante los cuestionamientos sobre el perfil de los últimos gerentes designados para Petroecuador, el exministro de Energía, Fernando Santos Alvite, dijo que el sueldo de gerente de Petroecuador no alcanza “ni para los cigarrillos”, por lo que ninguna persona con amplia experiencia profesional quiere aceptar ese cargo.

Esto en relación con que los $6.210 mensuales que se pagan no justifican las responsabilidades de gestionar una empresa con más de $20.000 millones en activos.

° En el sector público existen varios regímenes laborales: El Código de Trabajo (los que menos ganan); Ley Orgánica de Servicio Público; ley de empresas públicas; incluso, los Gobiernos locales tienen sus propias normas.

Delegar administración

prohibir la incorporación de nuevo personal a los contratos colectivos existentes.

El país debe tener claro cuánto realmente le cuestan los contratos colectivos y a partir de ahí tomar correctivos e incluso pensar en su desaparición del sector público.

López recalcó que los contratos colectivos parten de un error de concepto en el sector público ecuatoriano.

“Los contratos colectivos surgen como una defensa del trabajador cuando el empresario quiere abusar. Pero, en el sector público, la negociación es con un Estado garante de derechos que no va a ir en desmedro de sus propios trabajadores y no busca ganancias de capital, sino ganancias sociales”, explicó el economista de la USFQ.

Actualmente, se ven contratos colectivos como los de Petroecuador o Celec (Corporación Eléctrica del Ecuador), donde se asegura estabilidad laboral de entre 5 a 7 años, entre otros beneficios como bonos excesivos, que van en contra de toda eficiencia económica.

Otra medida, que resultaría más efectiva que la lucha contra los “sueldos dorados”, sería la externalización o concesión de la administración de empresas públicas y otras dependencias, como el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

El Estado ha demostrado que es un mal administrador de los recursos públicos, por lo que se puede delegar a privados para que administren, sin llegar a la privatización que está vetada constitucionalmente en los llamados sectores estratégicos

Así, por ejemplo, en el sector petrolero, el ministro de Energía puede seguir dictando las políticas macro; pero un privado se encargaría de la parte operativa, estratégica y comercial de una empresa como Petroecuador; incluyendo el establecimiento de sueldos competitivos.

A la par, se debe llevar a cabo la eliminación de procesos burocráticos y trámites que, en muchos casos, solo existen para justificar la presencia de funcionarios públicos.

Si se toman estas dos medidas en conjunto, se lograría tener empresas con incentivos reales para generar utilidades y menos carga para el sector público. (JS)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK ECONOMÍA 07 ESMERALDAS | MIÉRCOLES 27/MARZO/2024 I
LABOR. El presidente de la República, Daniel Noboa, debe pasar del discurso político a las acciones concretas.

Alrededor del Virus del Papiloma Humano (VPH) hay varios mitos. Se dice que la vacuna solo se puede colocar en la infancia o antes de iniciar la vida sexual, también se cree que la inmunización es solo para las mujeres.

La doctora María Elena Lara, ginecóloga-oncóloga, hace precisiones sobre esta enfermedad que afecta a más del 50% de las personas sexualmente activas en Ecuador.

1La edad ideal: La vacuna contra el VPH tiene un público objetivo en niños y niñas de 9 a 12 años. En esta edad se deben recibir dos dosis, en lapsos de seis meses.

2

Más dosis: Cuando una personas pasa los 15 años y no se ha vacunado, la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda la vacunación de pesquisa que significa recibir la vacuna, en tres dosis.

Lara señala que, si bien hasta los 12 años está el grupo ideal para inmunizarse, puesto que no han tenido contacto con el papiloma humano. “Cuando ya se ha tenido (relaciones sexuales) también es válida la vacunación, porque podemos estar contagiados con una o dos cepas , ya que hay muchos subtipos del VPH; pero no con los nueve subtipos que existen”.

Todos deberían vacunarse contra el Virus del Papiloma Humano

La edad ideal para vacunarse contra el Virus del Papiloma Humano va de los 9 a 12 años. En la adultez, también es posible hacerlo, aunque el número de dosis varía. Ecuador tiene un plan de inmunización gratuito, conozca para quiénes aplica.

Vacuna gratuita

Desde 2014, Ecuador promueve la vacunación contra este virus en planteles educativos. Se inmuniza a niñas que cumplen nueve años, hasta los 11 meses y 29 días.

Esta vacuna forma parte del sistema regular de inmunización del Ministerio de Salud Pública (MSP), por lo que se coloca en centros de salud o en escuelas, tras un consentimiento firmado por los padres.

Sin embargo, la campaña del MSP se ha enfocado solo en la población infantil femenina cuando – según la doctora María Elena Lara–los niños también deben ser vacunados.

El Ministerio de Salud informó a LA HORA que desde este 2024 ya se inmuniza a niños, en los mismos rangos

de edad.

Y es que son los hombres los portadores del virus, pero solo el 1% podría tener cáncer de pene. Es decir, que es una mujer contagiada y sin inmunización quien tiene mayores posibilidades de generar cáncer de cuello uterino.

Vacuna con costo

La vacuna que entrega el Ministerio de Salud (MSP) solo se enfoca en la población ideal, si una mujer o un hombre adulto quiere vacunarse deberá buscar las dosis en el sistema privado. Los costos varían según el establecimiento, pero aproximadamente es de 130 dólares.

Las tres dosis se colocan: dos meses después de la primera y cuatro meses después de la segunda dosis.

Enfermedad silenciosa

Este virus es asintomático cuando solo se tiene la infección. Pero cuando ya está ocasionando una afección precancerosa es cuando comienzan síntomas como sangrado transvaginal luego de las relaciones sexuales; molestias al orinar, dolor pélvico.

Pero “no todas las mujeres contagiadas van a desarrollar cáncer”, enfatiza Lara, pues hay dos requisitos para que el virus llegue a ser cancerígeno: que sea un virus de alto riesgo y que sea una infección persistente que no se haya tratado a tiempo o correctamente.

Una de las principales formas de prevención de en-

Podemos contagiarnos del virus de Papiloma Humano desde la primera relación sexual. No tiene que ver mucho si es una pareja estable o casual, aunque sí es un factor de riesgo el tener mayores parejas sexuales”,

DATOS

La vacuna es 99% efectiva en niños. En los adultos la protección alcanza hasta el 80%.

El Papiloma Humano afecta a más del 50% de las personas sexualmente activas en Ecuador.

Cada 4 de marzo se celebra el Día Internacional de Concienciación sobre el Virus de Papiloma Humano (VPH).

fermedades de transmisión sexual es el uso de condón. En Ecuador, en el Ministerio de Salud Pública se entrega de manera gratuita, incluso a menores de edad. (AVV)

1.

S.A.S. Se comunica además que los documentos que van a ser conocidos por la Junta General se hallarán a disposición de los accionistas en las oficinas de la Compañía.

Para la celebración de la presente Junta, los accionistas quedan facultados a:

1. Solicitar información sobre los puntos a tratar en la misma.

2. Solicitar la inclusión de puntos en el orden del día, en caso

3.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO SALUD 08 I ESMERALDAS | MIÉRCOLES 27/MARZO/2024 INMUNIZACIÓN. Las
la
contra el VPH varían de acuerdo
dosis de
vacuna
con la edad.
CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA IGUANATOURS CRUCEROS MARITIMOS S.A De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías y en el Estatuto Social de la compañía, se convoca a los Accionistas de IGUANATOURS CRUCEROS MARITIMOS S.A. a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el día, 09 de abril de 2024 a las 15:00 en las oficinas de la compañía, ubicadas en la Charles Darwin S/N y Piqueros, Puerto Ayora, Santa Cruz, Galápagos, Ecuador para tratar el siguiente orden del día: Los accionistas que asistan a la Junta por medios telemáticos podrán conectarse a través de la plataforma Zoom a la cual podrán acceder mediante el siguiente link Topic
Junta de Accionistas Extraordinaria - Iguanatours Time
Apr 9, 2024 02:00 PM Bogota Join Zoom Meeting https://dentons.zoom.us/j/94616971475?pwd=dlRUbzJockxhcldJY05mckJVMjdxZz09 Meeting ID
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de que lo consideren necesario. Para lo cual tendrán tres días contados a partir de la presente publicación, mismos
deberán ser enviados al correo maria.heredia@dentons.com, con copia certificada del documento
acredite la capacidad legal del socio requirente.
que
que
En caso de comparecencia mediante carta poder, la misma deberá ser enviada
correo electrónico: maria.heredia@dentons.com con la copia certificada del documento que acredite la capacidad legal del socio otorgante de tal carta poder. 4. Las votaciones se tomarán en orden alfabético dentro de la Junta y se registrará el resultado de las mismas. Al finalizar la Junta, los accionistas que concurran por medios telemáticos deberán enviar un correo electrónico a maria.heredia@dentons.com ratificando la votación que se dio en la junta y adjuntando los documentos que acrediten la capacidad legal del compareciente debidamente certificados o apostillados si fuere del exterior. En el correo no se puede cambiar el sentido de la votación expresada en la Junta General. Puerto Ayora, 27 de marzo de 2024 Atentamente, Presidente Ejecutivo IGUANATOURS CRUCEROS MARITIMOS S.A 001-004-4246
al

El Salvador de Bukele cumple dos años bajo régimen de excepción

‘Cuando le apoyamos en campaña no éramos narcos, dijo el líder de la EMC, una de las disidencias de las FARC, cuando se registran los primeros enfrentamientos contra el Ejército de Colombia tras el fin del alto el fuego.

SAN SALVADOR. Con el grito de “vivos se los llevaron, vivos los queremos”, cientos de personas siguen reclamando en El Salvador por la inocencia de sus familiares y denunciando su detención arbitraria bajo un régimen de excepción, implementado para combatir a las pan-

dillas a finales de marzo de 2022 y que cumple dos años.

La medida fue aprobada en el Congreso, de amplía mayoría oficialista, a petición del Gobierno de Nayib Bukele tras una escalada de asesinatos atribuida a las pandillas que se cobró la vida de más de

CONVOCATORIA

A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE PANTOJA GUZMAN ELOHIM S.A.

Convocase a los señores Accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE PANTOJA GUZMAN ELOHIMS.A. a la Junta General Ordinaria que se celebrará el día 12 de Abril del 2024, a las 15 horas, en las oficinas de la compañía ubicadas en el Rocío de Guamaní, calle S57B OE4-128 y Calle OE4, con el objeto de tratar los siguientes puntos:

1. Lectura y aprobación del orden del día

2. Lectura y aprobación del Informe del Gerente General del año 2023

3. Lectura y aprobación del Informe del Comisario del año 2023

4. Presentación y aprobación de los Estados Financieros del año 2023

5. Informe de Auditor Externo

6. Resolución sobre el resultado económico el ejercicio fiscal 2023

Quito, 27 de marzo 2024

001-004-4240

CONTROL. Soldados patrullan una calle del Reparto La Campanera, en Soyapango (El Salvador). EFE

80 personas en tres días. Este régimen suspende garantías constitucionales, como el derecho a la defensa de los detenidos, y ha dejado en dos años más de 78.100 detenciones, más de 200 muertes en custodia estatal y denuncias de violaciones a derechos humanos.

La medida, apoyada en un amplio despliegue de militares, prácticamente ha borrado la violencia de las pandillas de las comunidades, lo que fortaleció la popularidad de Bukele.

‘Panorama desalentador’ La Asamblea Legislativa (Parlamento) ha ampliado el régimen en 24 ocasiones

por períodos de 30 días y las organizaciones humanitarias han recibido más de 6.000 denuncias de atropellos, incluyendo detenciones arbitrarias, muertes en custodia estatal y torturas.

Para Antonio Palacios, del Socorro Jurídico Humanitario (SJH), “el panorama es desalentador para las personas que están detenidas”, dado que las reformas posteriores a la aprobación del régimen alargarán la prisión provisional al menos hasta finales de 2025. Agregó que hay casos en los que se han condenado personas sin que existan elementos para demostrar su culpabilidad o participación en un delito”. EFE

Conservadores de EE.UU. ahora van contra la píldora abortiva

WASHINGTON. El Tribunal Supremo estadounidense escucha este 26 de marzo de 2024 argumentos orales para decidir si restringe el acceso a la píldora abortiva mifepristona, autorizada para su uso en Estados Unidos desde hace más de dos décadas y única manera de abortar legalmente para miles de mujeres.

Desde que en junio de 2022 el máximo tribunal estadounidense eliminó la protección constitucional al aborto y suprimió la doctrina ‘Roe contra Wade’, decenas de estados conservadores han llevado a cabo un ataque frontal contra los derechos de las mujeres al implementar restrictivas leyes contra el aborto.

Algunos estados conservadores quieren prohibir los viajes para abortar. Asimismo, medicamentos como la mifepristona, que ya se usa en el 63% de los abortos según Planned Parenthood, están en su mira. EFE

ENTREVISTA A LUIS

Con Gabriela Vivanco

La menopausia: qué debes saber y por qué hay que perderle el miedo

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK GLOBAL 09 ESMERALDAS | MIÉRCOLES 27/MARZO/2024 I
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ANDRES LEONARDO PANTOJA GUZMAN PRESIDENTE

MIÉRCOLES 27 DE MARZO DE 2024

Esmeraldas

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Las ranas hembra guiñan el ojo a los machos para coquetear

Científicos de la Universidad china de Anhui han descubierto que las ranas hembra se comunican y coquetean con los machos guiñando el ojo, un comportamiento social que hasta ahora se consideraba exclusivo de algunos primates, y en especial de los humanos. EFE

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO

REVISTA JUDICIAL C00

ACCIÓN DE PROTECCIÓN:IMPROCEDENCIA

Autores: Yandry M. Loor Loor & Noriel Benítez

La Acción de Protección es improcedente cuando:

1.Cuando de los hechos no se desprenda que existe una violación de derechos constitucionales.

2.Cuando los actos hayan sido revocados o extinguidos, salvo que de tales actos se deriven daños susceptibles de reparación.

3.Cuando en la demanda exclusivamente se impugne la constitucionalidad o legalidad del acto u omisión, que no conlleven la violación de derechos.

4. Cuando el acto administrativo pueda ser impugnado en la vía judicial, salvo que se demuestre que la vía no fuere adecuada ni eficaz.

5. Cuando la pretensión del accionante sea la declaración de un derecho.

6. Cuando se trate de providencias judiciales.

7.Cuando el acto u omisión emane del Consejo Nacional Electoral y pueda ser impugnado ante el Tribunal Contencioso Electoral1 .

Trámite y las medidas de reparación integral derivadas de la acción de protección:

El tramite a seguir o que se debe de tener en cuenta, en los procesos jurisdiccionales de acción de protección que se sigan, se deberán de tener en consideración las siguientes características respectivamente:

a) No se requiere el patrocinio de un abogado o abogada para la presentación de la acción de protección ni para su apelación.

b) Presentada la acción, la jueza o juez la calificará dentro de las 24 horas siguientes a su presentación y convocará inmediatamente a una audiencia pública, en la que podrán intervenir la persona afectada y la accionante si no fueren la misma persona; y, la persona o entidad accionada o demandada.

c)En cualquier momento del

proceso el juez podrá ordenar la práctica de pruebas y designar comisiones para recabarlas.

d) La falta o ausencia de la parte accionante podrá considerarse como desistimiento.

e) La falta o ausencia de la parte accionada o demandada no impedirá que la audiencia se realice.

f )Las afirmaciones alegadas por la persona accionante se presumirán ciertas, cuando la entidad pública requerida no demuestre lo contrario o no suministre información.

g)La causa se resolverá mediante sentencia.

h)Cuando exista vulneración de derechos, la sentencia la declarará, ordenará la reparación integral por el daño material e inmaterial. Además, especificará las obligaciones positivas y negativas, que debe cumplir el demandado y las circunstancias en que deben cumplirse.

i)La acción de protección solo finalizará con la ejecución integral de la sentencia.

j)Cualquiera de las partes podrán presentar apelación ante la

Corte Provincial de Justicia correspondiente. La apelación se podrá presentar en la misma audiencia o hasta tres días hábiles después de haber sido notificados por escrito por el juez o jueza. La apelación no suspende la ejecución de la sentencia cuando el apelante fuere la persona o entidad demandada.

De ahí que este recurso se convierte en un recurso totalmente eficaz, sobre todo y teniendo en cuenta lo que la Corte Interamericana de Derechos Humanos en reiteradas sentencias ha señalado, en cuanto a los resultados que deben de producir estas acciones, teniendo en cuenta que las mismas fueron creadas para obtener aquello que se ha afectado – el reconocimiento del derecho – por lo que son los Estados quienes tienen la responsabilidad y obligación de crear normas que permitan el goce efectivo de derechos y la exigibilidad de los mismos, recursos efectivos, y garantías de un debido proceso, tal como lo hemos hecho ver en líneas anteriores.

Por otro lado, de la misma for-

ma tenemos que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, también ha señalado “que la función de esos recursos, dentro del sistema del derecho interno, sea idónea para proteger la situación jurídica infringida. En todos los ordenamientos internos existen múltiples recursos, pero no todos son aplicables en todas las circunstancias. Si, en un caso específico, el recurso no es adecuado, es obvio que no hay que agotarlo. Así lo indica el principio de que la norma está encaminada a producir un efecto y no puede interpretarse en el sentido de que no produzca ninguno o su resultado sea manifiestamente absurdo o irrazonable.”2

Tal como lo hacíamos constar en el texto introductorio a este análisis jurídico, tenemos que al momento de un juez determinar una reparación integral por concepto de la acción de protección, esta será amplia e incluso quedará a criterio del juez si aplica otras medidas que no estén contempladas pero que a su criterio puedan generar un Estado más equitativo

CONSULTA CIVIL

¿Cabe declarar el abandono en los juicios de alimentos para mujer embarazada por falta de comparecencia?

RESPUESTA

El COGEP en su Art. 1 establece que regula la actividad procesal en todas las materias, excepto la constitucional, electoral y penal, por lo tanto, en la materia de familia, mujer, niñez y adolescencia prevista por el COGEP, en la que también están inmersos los procesos de alimentos de la mujer embarazada, en consecuencia no cabe que se declare el abandono en dichas causas en base a lo que dispone el Art. 87 del COGEP, al aplicar igualmente para estos casos lo previsto en el Art. 247.1 ibídem; tanto más que de acuerdo con el Art. 150 del CONA, en lo que respecto al orden de los obligados, criterios y formas de fijación de la prestación de alimentos, apremios, medidas cautelares, subsidio, competencia, procedimiento y más compatibles con la naturaleza del derecho de alimentos, se deben aplicar a favor de la madre embarazada las normas sobre el derecho de alimentos en favor del hijo o hija, y por lo mismo, si no cabe el abandono de la causas en las que estén involucrados los derechos de niñas, niños, adolescentes o incapaces, tampoco procede el abandono en las causas de alimentos para mujer embarazada. De conformidad a los Arts. 1 del COGEP y 150 del CONA, no cabe la declaratoria de abandono en los procesos de prestación de alimentos demandados por la mujer embarazada.

Oficio: 321-2018-P-CP JP Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
La Hora QUITO, ECUADOR ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com MIÉRCOLES, 27 DE MARZO DE 2024
C1

y justo.

Medidas de Reparación

Integral

Es así que la misma Corte Constitucional se ha pronunciado mediante sentencia de fecha 09 de junio de 2020 al respecto manifestando que “La acción de protección se ha convertido en aquel mecanismo procesal judicial al alcance de todos los ciudadanos, para que en caso de que sus derechos hayan sido vulnerados por una autoridad pública o persona privada, estos puedan obtener sus restablecimiento y posterior reparación del daño causado”3

De ahí que, el Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional en sus Art. 98 nos define el conjunto de medidas de reparación integral, así como también a quienes va dirigida dicha reparación esto en su Art. 99 mismos que textualmente nos establece lo siguiente:

“Art. 98.- Tipos de medidas de reparación integral. - La reparación integral es el conjunto de medidas tendientes a hacer desaparecer o remediar los daños de las vulneraciones a derechos constitucionales o derechos humanos. Entre las medidas de reparación integral se encuentran las siguientes:

1. Restitución: Esta medida de reparación integral comprende la restitución del derecho que fue menoscabado o vulnerado a una persona; con este tipo de medida se pretende que la víctima sea restablecida a la situación anterior a la vulneración.

2. Rehabilitación: La rehabilitación comprende aquellas medidas reparatorias que toman en consideración las aflicciones tanto físicas como psicológicas de las víctimas de una vulneración de derechos constitucionales. Estas medidas deben establecerse de forma proporcional con las circunstancias de cada caso.

3. Satisfacción: Se refieren a la verificación de los hechos, conocimiento público de la verdad y la ejecución de actos de desagravio; el establecimiento de sanciones contra los perpetradores de la vulneración de derechos, y la conmemoración y tributo a las víctimas o afectados. Dentro de las medidas de reparación satisfacción se desprenden las medidas de reparación de carácter simbólico, las cuales buscan la preservación y honra de la memoria de las víctimas de vulneraciones de derechos. Este tipo de medidas pueden incluir: actos de homenaje y dignificación, construcción de lugares o monumentos de memoria, colocación de placas, discul-

pas públicas, entre otros.

4. Garantías de no repetición: Son medidas de tipo estructural que tienen como finalidad que, ante la vulneración de derechos constitucionales por un determinado acto u omisión, se asegure que estos hechos no vuelvan a generarse en el futuro.

5. Obligación de investigar los hechos, determinar los responsables y sancionar: Mediante el establecimiento de estas medidas de reparación se genera una obligación por parte de los responsables de la vulneración de derechos constitucionales, para establecer quiénes provocaron la vulneración, ya sea por acción u omisión, con el objetivo de determinar las respectivas sanciones a las que hubiere lugar.

6. Reparación económica: Este tipo de reparación se relaciona con la compensación económica que se otorgue a la víctima o a sus familiares, por las afectaciones de tipo económicas que los hechos del caso concreto ocasionaron.” (RSPCCC, 2015)

“Art. 99.- Determinación de las medidas de reparación integral. - En el caso en que el Pleno de la Corte Constitucional dicte nuevas medidas de reparación integral, estas deberán contener la siguiente información:

1. Determinación de la persona beneficiaria de la medida de reparación integral.

2. Determinación del sujeto o sujetos obligados al cumplimiento.

3. Descripción detallada de la

medida de reparación.

4. Forma en la que el sujeto obligado debe ejecutar la medida de reparación integral.

5. Determinación de un plazo razonable dentro del cual se deberá ejecutar la medida de reparación.

6. Determinación de un plazo razonable dentro del cual el sujeto obligado deberá informar al Pleno de la Corte Constitucional acerca de la ejecución integral de la medida de reparación.”

De ahí la importancia de esta garantía jurisdiccional, que busca preservar derechos constitucionales, así como de generar un avance constante de los Derechos.

Conclusiones

• Para ejercer los derechos jurisdiccionales, sobre todo de acción de protección no siempre es necesario agotar la vía administrativa, puesto que el objeto de esta acción es la protección eficaz, eficiente e inmediata de aquel derecho que se está vulnerando o se pretende vulnerar, evitando así, que pueda existir una especie de daño que en su momento sea irreparable, o que no permita al Estado tener la suficiente estructura para poder ejercer el resarcimiento de dicho derecho, a pesar de que se debe de efectuar la misma.

• La protección inmediata y eficiente se da a través de las acciones jurisdiccionales siendo la acción de protección el mecanismo ideal y más idóneo para aquello.

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA TROPICALFOODS S.A

Convocase a los señores Accionistas de la Compañía TROPICALFOODS S.A., a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, a llevarse a cabo en la ciudad de Quito, el miércoles 10 de abril del 2024, a las 15h30, en las oficinas administrativas de la Compañía, ubicadas en la calle De Los Establos, Edificio Site Center, Torre 3, Oficina 305, parroquia de Cumbayá de la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, con el objeto de conocer y resolver el siguiente orden del día:

1. Conocer el informe del Gerente General y Presidente, correspondiente al ejercicio económico 2023.

2. Conocer el Balance General y el Estado Pérdidas y Ganancias correspondiente al ejercicio económico 2023 y adoptar las resoluciones respectivas.

3. Conocer el Informe de Auditores Externos, correspondiente al ejercicio económico 2023.

4. Adoptar las resoluciones pertinentes sobre los resultados del ejercicio económico 2023.

5. Designación de Presidente y Gerente General de la compañía.

La documentación para tratar en la Junta General de Accionistas se encuentra a disposición de los Accionistas, en los términos previstos en el Art. 292 de la Ley de Compañías y pueden ser solicitadas en las oficinas administrativas de la compañía parroquia de Cumbayá de la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano.

Quito, 26 de marzo de 2024

• La reparación integral generada de las acciones de protección a más de ser las contenidas en el Reglamento de la Corte, pueden ser otras, ya que se otorga al juez aquella libertad ponderativa y argumentativa para poder determinar qué medidas pueden ser las más eficaces y eficientes a la hora de determinar acerca de los daños y otros.

Autores: Yandry M. Loor Loor & Noriel Benítez

1 Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, Registro Oficial Suplemento 52 de 22-oct-2009,Art. 42

2 https://www.corteidh.or.cr/tablas/R22020.pdf

3 http://doc.corteconstitucional.gob.ec:8080/ alfresco/d/d/workspace/SpacesStore/f4842c10f5f3-4565-89f1-7ee498f50fcf/demanda_002118-ep.pdf?guest=true

CIA. LTDA. a la Junta General Ordinaria de Socios que tendrá lugar el día lunes 8 de abril del 2024, a las 12:00, en las instalaciones de la compañía, ubicadas en Av. 6 de Diciembre N40-34 y Gaspar de Villarroel, con el fin de tratar el siguiente Orden del Día:

1. Conocimiento y aprobación del Informe de Gerente General.

2. Conocimiento y aprobación del Informe de Auditoría Externa

3. Conocimiento y aprobación del Balance General, Estado de Pérdidas y Ganancias de la Compañía al 31 de diciembre de 2023.

4. Decisión sobre el destino de las utilidades de la Compañía.

5. Nombramiento del Auditor Externo de la compañía para el ejercicio fiscal 2024.

Los estados financieros, anexos e informes se encuentran a disposición de los socios en el domicilio de la empresa.

Quito, 26 de marzo de 2024.

Dr. Santiago Eguiguren R. PRESIDENTE TROPICALFOODS S.A 001-004-4241

MIÉRCOLES 27 DE MARZO DE 2024 La Hora, ECUADOR
C2
ARGOCAP S.A. GERENTE GENERAL 001-004-4250

AVISO

NOTARÍA VIGÉSIMO SEXTA DEL CANTÓN QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura otorgada en la Notaría Vigésimo Sexta del cantón Quito, el 25 de marzo del 2024, los señores LUIS

ALFREDO ORTIZ POLO y MAGNOLIA JARAMILLO VALDERRAMA, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal que tenían formada, la misma que fuera disuelta mediante sentencia dictada por el Juez Vigésimo Primero de lo Civil de Pichincha el veinte y siete de marzo del dos mil siete se declara disuelta la sociedad conyugal; e, inscrita en el Registro Civil del cantón Quito, el ocho de mayo de dos mil siete. La adjudicación del patrimonio se encuentra detallada en el texto de la referida escritura pública de liquidaciòn de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, por una sola vez, de este Aviso de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores LUIS ALFREDO ORTIZ POLO y MAGNOLIA JARAMILLO VALDERRAMA, otorgada mediante escritura pública de 25 de marzo del 2024, en la Notaría Vigésimo Sexta del Cantón Quito, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este Aviso, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.

Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Quito, 25 de marzo del 2024.

CONVOCATORIA

Quito, 27 de marzo de 2024

Se convoca a los señores accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE CARGA PESADA SUNTAXITRUCKS S.A en especial al Comisario Principal, a la Junta General Ordinaria, que se realizará el día viernes 5 de Abril de 2024 a los 18:00 en la oficina de la compañía ubicada Amaguaña, Barrio el Ejido de la ciudad de Quito.

Con el fin de tratar el siguiente orden del día:

1.- Constatación del Quórum reglamentario.

2.- Informe del presidente.

3.- Informe del Gerente General.

4.- Informe del Comisario de la Compañía.

5.-Lectura y aprobación de Estados Financieros del año 2023.

6.- Resolver el presupuesto para el año 2024.

En caso de no haber quórum reglamentario a la hora indicada, la junta se instalará una hora más tarde con los accionistas presentes y las resoluciones que se tomen serán de obligatoriedad para todos los señores accionistas de la compañía.

Atentamente,

Sra. Nasimba Quinga María

PRESIDENTE

001-004-4244

Juicio No. 17230-2023-01932

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 1 de febrero del 2024, a las 15h03.

REPUBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA  COGEP (TRAMITE ORAL)

EXTRACTO

CITACIÓN JUDICIAL A: MARIA SOLEDAD PEREZ DE ANDA DAVALOS EN CALIDAD DE MANDATARIA DEL SEÑOR CARLOS FRANCISCO PEREZ DE ANDA, CARLOS FRANCISCO SUESCUM PEREZ DE ANDA, GAETANO MATEO SUESCUM PEREZ DE ANDA

CAUSA NO. 17230-2023-01932

ACTOR: CASTRO IÑIGUEZ MARLENE ENITH

TRAMITE: ORDINARIO

CUANTIA:  INDETERMINADA

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 24 de febrero del 2023, a las 13h56. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado por los actores.- En tal virtud se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE: Por cumplido el auto de sustanciación de fecha 25 de enero de 2021, se tiene que la demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos formales de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento Ordinario de conformidad con lo que determina el Art. 289 IBÍDEM.- SEGUNDO.- CÍTESE: a los demandados señores GAETANO MATEO SUESCUM PÉREZ DE ANDA, MARÍA SOLEDAD PÉREZ DE ANDA DÁVALOS en calidad de MANDATARIA DEL SEÑOR CARLOS FRANCISCO PÉREZ DE ANDA y CARLOS FRANCISCO SUESCUM PÉREZ DE ANDA en el lugar señalado, con la demanda, escrito que antecede y este auto, para el efecto envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones.- TERCERO.- CONTESTACIÓN: De acuerdo a lo previsto en el artículo 291 IBIDEM, se concede a los demandados: GAETANO MATEO SUESCUM PÉREZ DE ANDA, MARÍA SOLEDAD PÉREZ DE ANDA DÁVALOS en calidad de MANDATARIA DEL SEÑOR CARLOS FRANCISCO PÉREZ DE ANDA y CARLOS FRANCISCO SUESCUM PÉREZ DE ANDA, el término de treinta días para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 y siguientes del COGEP, debiendo anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción. por cuanto se ha proporcionado la dirección de correo electrónico de la o del demandado, la o el juzgador ordenará también que se le haga conocer a la o al demandado, por correo electrónico, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual, se dejará constancia en el sistema. Esto no sustituye a la citación oficial.- CUARTO.- Precautelando la salud de todos los sujetos procesales, conforme lo determinado en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos – COGEP que respecto a las notificaciones, en su parte pertinente establece: ”Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal.”, todas las notificaciones en la presente causa se realizarán únicamente de forma electrónica a los correos o casilleros electrónicos que las partes han designado para el efecto. Adicionalmente se recuerda a las partes que a partir del 11 de mayo del 2020, con la resolución 045-2020 emitida por el Pleno del Consejo entró en vigencia el acceso al módulo externo por medio de la Oficina de Gestión Judicial Electrónica a través de la página web del Consejo de la Judicatura, por medio del cual los defensores técnicos de las partes pueden ingresar con sus credenciales, a fin de verificar el contenido de los escritos digitalizados, para su conocimiento.- Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se indica que la firma electrónica contenida en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la 197170679-DFE presente actuación judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 26 de enero del 2024, a las 10h07. VISTOS: De conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese a la parte demandada MARIA SOLEDAD PEREZ DE ANDA DAVALOS EN CALIDAD DE MANDATARIA DEL SEÑOR CARLOS FRANCISCO PEREZ DE ANDA, CARLOS FRANCISCO SUESCUM PEREZ DE ANDA, GAETANO MATEO SUESCUM PEREZ DE ANDA, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- Precautelando la salud de todos los sujetos procesales, conforme lo determinado en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos – COGEP que respecto a las notificaciones, en su parte pertinente establece: ”Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal.”, en concordancia con la Resolución No. 102-2023, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante la cual se resuelve priorizar las notificaciones electrónicas de todas las actuaciones judiciales, se notifica de forma electrónica al domicilio legal señalado por las partes, el presente auto. Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se indica que la firma electrónica contenida en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial.- NOTIFÍQUESE.  f) ALTAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVID, JUEZ.

Lo que se C I T A para los fines de ley, previendo a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura.

MIÉRCOLES 27 DE MARZO DE 2024 La Hora, ECUADOR C3
001-004-4193
001-004-4248

E X T R A C T O

CESIÓN DE PARTICIPACIONES, REFORMA DE OBJETO SOCIAL, AUMENTO DE CAPITAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL “INKGRAPH S.C.C.”

NOTARIA SEXTA DEL CANTON QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que, mediante escritura pública, celebrada ante la Notaria Sexta del cantón Quito, Tamara Garcés Almeida, el 29 de febrero de 2024, de CESIÓN DE PARTICIPACIONES, REFORMA DE OBJETO SOCIAL, AUMENTO DE CAPITAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL “INKGRAPH S.C.C.”.

1) Mediante Acta de Junta Extraordinaria y Universal de Socios, de fecha veintiséis (26) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), que se adjunta a la presente como documento habilitante, la señora Marcia Beatriz Mayorga Villalva cedió doce mil punto dos siete cinco (12.275) participaciones a nombre de la señora Jeovanna Analía Villalva Mayorga.- TRES) Mediante Acta de Junta Extraordinaria y Universal de Socios, de fecha veintiséis (26) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), se resolvió ampliar el objeto social, dentro de la línea de negocio que se viene manejando. - CUATRO) Mediante Acta de Junta Extraordinaria y Universal de Socios, de fecha veintiséis (26) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), se resolvió aumentar el capital y reformar el ESTATUTO de la Sociedad Civil y Comercial INKGRAPH S.C.C., de conformidad con lo constante en la CLÁUSULA TERCERA de esta escritura pública. - CESIÓN DE PARTICIPACIONES. -Mediante Acta de Junta Extraordinaria y Universal de Socios, de fecha veintiséis (26) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), que se adjunta a la presente como documento habilitante, la señora Marcia Beatriz Mayorga Villalva decidió ceder 12.275 participaciones a nombre de la señora Jeovanna Analía Villalva Mayorga, quedándose con 225 participaciones, lo que fue aceptado por unanimidad por los socios de la Sociedad Civil y Comercial INKGRAPH S.C.C., quienes autorizaron a la Gerente General para que realice todas las gestiones ante las entidades públicas y privadas respectivas hasta la inscripción en el Registro Mercantil del cantón Quito, para lo cual se encuentra autorizada a firmar todos los documentos privados y públicos para el cumplimiento de lo resuelto, así como realizar el registro en los libros sociales de socios como los títulos de participaciones. El cuadro de participaciones queda de la siguiente forma:

CLÁUSULA CUARTA: REFORMA DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL INKGRAPH S.C.C.. - La Junta Extraordinaria y Universal de Socios de la Sociedad Civil y Comercial INKGRAPH S.C.C., reunida el veintiséis (26) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), resolvió ampliar el objeto social de la Sociedad Civil y Comercial “INKGRAPH S.C.C.”; así como, aumentar el capital social y reformar el estatuto de la Sociedad Civil y Comercial “INKGRAPH S.C.C.”, en los términos detallados a continuación: UNO) Se reforma el ARTÍCULO TERCERO de los estatutos de la Sociedad Civil y Comercial INKGRAPH S.C.C., de ahora en adelante dirá: “ARTÍCULO TERCERO: OBJETO. - La Compañía tendrá como objeto social ACTIVIDAD PRINCIPAL. – A la importación y venta al por mayor y menor de equipos y suministros para serigrafía, sublimación y artes gráficas para cualquier tipo de institución privada o públicas; y como ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA. – a) Actividades de impresión directa en textiles, plásticos, vidrio, metal, madera y cerámica (excepto serigrafía sobre textiles o prendas de vestir); b) Actividades de impresión directa en etiquetas o marbetes (por procedimientos litográficos, de rotograbado, flexográficos u otros); c) Actividades de servicio de preparación de placas, planchas y tintes para el estampado y la impresión e impresión en relieve (incluidas planchas de fotopolímeros) preparación de la composición de imágenes y placas para imprentas tipográficas y de offset, composición tipografía, fotocomposición, la incorporación de datos antes de la impresión, incluso mediante el escaneo y reconocimiento óptico de caracteres, compaginación electrónica y grabado de cilindros para rotograbado; d) Actividades de servicios combinados de impresión de texto e imágenes ; e) Actividades de servicio de estampado serigráfico de productos textiles y prendas de vestir realizado por terceros a cambio de una retribución o por contrato; f) Actividades de impresión de posters, gigantografías, catálogos de publicidad, prospectos y otros impresos publicitarios, calendarios, formularios de comerciales, directorios y otros materiales impresos de uso comercial, papel de correspondencia álbumes, agendas personales, diarios, tarjetas de invitación, de visita, de presentación y otros materiales impresos mediante impresión or offset, fotograbación, impresión flexográfica e impresión en otros tipos de prensa, máquinas autocopistas, impresoras estampadoras, etcétera, incluida la impresión rápida; Actividades de servicios de asesoría técnica, asesoría de mercadeo, de desarrollo corporativo, comercialización de equipos y productos de serigrafía, sublimación y artes gráficas para cualquier tipo de institución privada o pública; h) Actividades de fabricación, comercialización al por mayor y menor, distribución, representación, importación y exportación de productos relacionados con la industria serigrafía, sublimación y artes gráficas; Actividades de servicio de asistencia técnica, instalación, reparación, y mantenimiento de equipos industriales, serigrafía, sublimación, artes gráficas y relacionados; Actividades de comercialización al por mayor y menor, distribución, representación e importación de productos de seguridad industrial, productos de desinfección química como bactericidas, fungicidas y virucidas, productos químicos y productos de limpieza en general; k) Actividades de agente representante, mandatario o comisionista de personas naturales o comisionista de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras que realicen actividades similares a su objeto social; En el ejercicio de su objeto social, podrá además ejercer la representación de compañías nacionales o extranjeras, cuyo objeto social sea afín a su actividad, para el cumplimiento del mismo, la compañía celebrará toda clase de actos y celebrar todo tipo de contratos civiles y mercantiles con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas permitidos por las leyes ecuatorianas, así como fundadora en otras compañías afines a su objeto social o participar en aumentos de capital que resuelvan las mismas, pudiendo si lo desea fusionarse con dichas compañías. En fin, podrá realizar todo tipo de actos o contratos permitidos por las leyes ecuatorianas siempre y cuando aquellos actos y contratos se encuentran encaminados a cumplir su objeto social.” Se reforma ARTÍCULO SÉPTIMO de los estatutos de la Sociedad Civil y Comercial INKGRAPH S.C.C., de ahora en adelante dirá:

CONVOCATORIA

A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA ANÓNIMA DE TRANSPORTE ESCOLAR PROESTUR S.A. De conformidad con lo establecido en el Art. 236 de la ley de compañías, se convoca a usted Señor/a. Accionista de la COMPAÑÍA ANÓNIMA DE TRANSPORTE ESCOLAR PROESTUR S.A. a la Junta General Extraordinaria a realizarse el día miércoles 10 de abril de 2024 a las 08H30 am, en las instalaciones de la casa comunal del Conjunto Nuevo Amanecer ubicada en las calles José Amesaba Oe1120 y Orianga, de esta Ciudad, Cantón Quito, Provincia de Pichincha, para tratar los siguientes puntos del orden del día:

1. Constatación del quórum.

2. Conocimiento y aprobación del Informe del Sr. Presidente correspondiente al año 2023

3. Conocimiento y aprobación del Informe del Sr. Gerente correspondiente al año 2023

4. Conocimiento y aprobación del Informe del Sr. Comisario correspondiente al año 2023

5. Conocimiento y aprobación del Balance General y el Estado de Pérdidas y Ganancias del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023.

6. Elección de Comisario para el periodo 2024 - 2025

7. Clausura

En observancia de lo previsto en el Artículo 242 de la Ley de Compañías, se convoca especial e individualmente al Sr. William Osorio Gómez Comisario Principal de la Compañía Proestur S.A.

Los balances, anexos y demás documentos que serán analizados y aprobados en la presente Junta General Extraordinaria, se hallan a disposición de los señores/as accionistas en la oficina de la compañía para su conocimiento.

Nota. - De no contar con el quórum necesario, la Junta General Extraordinaria se realizará una hora más tarde, así como lo estipulan los estatutos.

JUNTA GENERAL ORDINARIA DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE CARGA TRUCKPESADA WORLD S.A.

27 de Marzo de 2024.

SEGUNDA CONVOCATORIA

El capital social es de CINCUENTA MIL con 00/100

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (USD$ 50.000,00), dividido en CINCUENTA MIL (USD $50.000) participaciones, con un valor nominal de un dólar de los Estados Unidos de Norteamérica (USD$ 1,00) cada una. Los aportes serán depositados en una cuenta bancaria a nombre de la Compañía.” TRES) Se reforma el ARTÍCULO CUARTO de la Constitución de la Sociedad Civil y Comercial INKGRAPH S.C.C., conforme el aumento de capital suscrito por la Junta Extraordinaria y Universal de Socios de ahora en adelante dirá:

SUSCRIPCION Y PAGO DEL CAPITAL SOCIAL.

Publíquese en uno de los diarios de mayor circulación nacional del país para los fines legales consiguientes.Quito, a 24 de enero de 2024.

De conformidad con el artículo 236 de la ley de compañías, se convoca a todos los ACCIONISTAS de la COMPAÑÍA TRUCKPESADA WORLD S.A, a Junta General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse el día Viernes 05 de Abril de 2024 a las 16:00 horas en la sede social de la compañía, que está ubicada en la Calle Lucinda Toledo y Fernando Castro # 037 una cuadra atrás del parque central de Alóag, barrio Sur, para tratar el siguiente orden del día:

1. CONSTACIÒN DEL QUORUM.

2. INSTALACIÒN DE LA JUNTA A CARGO DEL SR. PRESIDENTE.

3. CONOCIMIENTO Y APROBACION DE INFORME DE GERENTE GENERAL, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2023.

4. CONOCIMIENTO Y APROBACION DE INFORME DE COMISARIO, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2023.

5. CONOCIMIENTO Y APROBACIÒN DE ESTADOS FINANCIERO, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2023.

Sr. Jorge Ramírez Ing. Johanna Vaca PRESIDENTE GERENTE GENERAL

NOTA: Se convoca de manera especial al SEÑOR PATRICIO GUANOCHANGA, en su calidad de Comisario de la compañía.

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REPUBLICA DEL ECUADOR

FUNCIÓN JUDICIAL

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO

EXTRACTO JUDICIAL

CITACIÓN JUDICIAL A:

Herederos presuntos y desconocidos de la causante señora ROSA IMELDA RUIZ ORTIZ

SE  HACE CONOCER LA SIGUIENTE DEMANDA DE INVENTARIOS

CAUSA No.                     17981-2023-02573

MATERIA:                       FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

PROCEDIMIENTO:       SUMARIO

ASUNTO:                        INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIROS

ACTOR:                            Meneses Ruiz Judith Enriqueta, Meneses Ruiz Segundo Leonidas, Meneses Meneses Olger Ruperto

DEMANDADOS:          GRECIA NOROY MENESES RUIZ, IMELDA YOLANDA MENESES RUIZ y HOLGER ESTUARDO MENESES RUIZ

CUANTÍA:                       $ 109.612,83

JUEZ:                                VICTOR PAUL LITUMA CARRILLO

SECRETARIA:                 AB. MARCELA BEATRIZ BENALCAZAR VILLACRESES

“DECLARACION BAJO JURAMENTO. En Quito, a los veintidós días del mes de agosto del dos mil veintitrés, a las diez horas, ante la Abg. Irma Yamira Carrera Andrango, Jueza de la Unidad Judicial de la Familia Mujer Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, encargada de este despacho judicial según acción de personal N° 08425-DP17-2023-SE, e infrascrito secretario encargado según acción de personal N° 08433-DP17-2023-MP que certifica; comparece la señora JUDITH ENRIQUETA MENESES RUIZ, con C.C.: 1708293400, en calidad de PROCURADOR COMUN conforme al escrito que antecede, en compañía de su defensa técnica con el fin de dar cumplimiento al auto anterior.- Al efecto juramentada en legal y debida forma, advertida de las penas de perjurio, de la gravedad del juramento, de la obligación de decir la verdad con claridad y exactitud dice: “Señor juez bajo juramento declaro que en la calidad que comparezco me es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos presuntos y desconocidos de la causante señora ROSA IMELDA RUIZ ORTIZ con C.C. No. 1701298103 y que he realizado las Diligencias necesarias para tratar de ubicarlos, como acudir a los registros de público acceso, por lo que solicito, se los cite acorde a lo dispuesto en los Arts. 56 del Código Orgánico General de Procesos vigente. F) Abg. Irma Yamira Carrera Andrango. JUEZA (E). F) JUDITH ENRIQUETA MENESES RUIZ . F) Abg. Mario Javier Bedoya Flor. SECRETARIO (E)

“AUTO DE CALIFICACIÓN. Quito, 24 de agosto del 2023, las 16h51. VISTOS: Abg. Irma Yamira Carrera Andrango, Jueza de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Quitumbe, AVOCO conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza encargada de este despacho judicial según acción de personal N° 08425-DP172023-SE, en lo principal agréguese a los autos escrito presentado por la parte accionante que antecede;  cumplido que ha sido lo dispuesto en auto inmediato anterior, se considera: la demanda/petición propuesta es clara, completa y cumple con los requisitos legales previstos en el artículo 334.4 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO. 1) CITACIÓN: a) En calidad de demandados cítese a los señores GRECIA NOROY MENESES RUIZ, IMELDA YOLANDA MENESES RUIZ y HOLGER ESTUARDO MENESES RUIZ, con la copia de la demanda/petición y este auto, en la dirección consignada por la parte accionante por intermedio de su procurador común, diligencia que deberá practicarse en persona mediante boleta única; o, mediante tres boletas en la dirección consignada, acorde lo previsto en el Código Orgánico General de Procesos, para lo cual el accionante/peticionario deberá proporcionar copias suficientes de las piezas procesales pertinentes y por Secretaría se ordena que se envíe suficiente despacho a la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, previniéndole a los demandados/requeridos de que en caso de existir oposición a la pretensión de los accionantes/peticionarios, comparecerán a juicio conforme lo prevén los Arts. 336, 341 y siguientes del COGEP. b) De conformidad con lo establecido en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos a los herederos presuntos y desconocidos de la causante señora ROSA IMELDA RUIZ ORTIZ con C.C. No. 1701298103, cítese a través de uno de los medios de comunicación a nivel nacional en la forma establecida en el Art. 56 Ibídem, para tal efecto por medio de secretaria emítase el extracto pertinente. c) Por cuanto existen bienes que se encuentran en poder de terceros cítese a los señores ERICK JASON SANTOS MENENES y JESSICA IVONNE MENESES RUIZ.- 2) Citado que sea el último de los demandados/requeridos, se realizará la correspondiente designación del perito a fin de que realice el inventario y avalúo del bien o bienes. 3) Cúmplase con lo que dispone el inciso séptimo del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, para lo cual se conmina a los accionantes/peticionarios acercarse a la Secretaría de este Despacho en el término de 72 horas a retirar el despacho en forma. 4) ANUNCIO DE PRUEBA: DOCUMENTAL: Incorpórese al proceso la documentación adjunta a la demanda los cuales de ser legal y procedente serán considerados en el momento procesal oportuno.- Actúe el Abg. Mario Javier Bedoya Flor en calidad de secretario encargado de este despacho judicial, por licencia de la secretaria titular.- NOTIFÍQUESE. F) Abg. Irma Yamira Carrera Andrango, Jueza (e)

R del E

NOTIFICACION A USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DEL POZO PROFUNDO PERFORADO EN EL INTERIOR DE LA PROPIEDAD DE LA EMPRESA, A FAVOR DE LA COMPAÑÍA, EL LOTE EN EL CUAL SE PERFORÓ EL POZO PROFUNDO SE ENCUENTRA UBICADO EN IA JURISDICCIÓN PARROQUIAL DE PINTAG, CANTÓN QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.

Actor: Dr. Manuel Enrique Acosta Jácome, en calidad de Gerente General de la compañía AVICOLA VITALOA SA. AVILSA.

Objeto de la solicitud: Uso doméstico, uso industrial y regadío de las áreas verdes de la empresa.

EXTRACTO

MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICION ECOLOGICA, DIRECCION ZONAL 2 ESMERALDAS, OFICINA TÉCNICA DE QUITO.Proceso Administrativo No. 226-2022 Aut (SB).- Quito, 22 de febrero de 2024. A las 11h30.- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en mi calidad de Director Zonal de Esmeraldas del Ministerio del Ambiente y Agua, en virtud de la Acción Personal Nro. 365- 2O23-DZ2MAATE de fecha 27 de diciembre de 2023. Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1007 de 04 de marzo de 2020, el Presidente Constitucional de la República decreta la fusión del Ministerio del Ambiente [MAE] y la Secretaría del Agua [Senagua] en una sola institución denominada Ministerio de Ambiente y Agua. Que mediante Acuerdo Ministerial No. MAAE-2023-080, de 20 de agosto de 2023, se aprueba el Estatuto Orgánico del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica MAATE. En lo principal: Comparece a la Dirección Zonal 2 Esmeraldas, el señor Dr. Manuel Enrique Acosta Jácome, en calidad de Gerente General de la compañía AVICOLA VITALOA S.A. AVILSA, de fecha 27 de mayo de 2022, manifestando solicitamos a usted, la AUTORIZACIÓN DE USO Y APROVECHAMIENTO DEL AGUA, proveniente del pozo profundo perforado en el interior de la propiedad de la empresa, a favor de la compañía, el lote en el cual se perforó el pozo profundo se encuentra ubicado en la jurisdicción parroquial de Pintag, cantón Quito, provincia de Pichincha, en un caudal de 5 l/s (litros por segundo], conforme lo recomienda el informe del perforador, aguas que serán utilizadas para uso doméstico de los empleados y trabajadores de la empresa, uso industrial y, para regadío de las áreas verdes de la empresa, para de esta forma continuar con nuestra actividad económica. Autoriza a la Dra. Amparo Ayala y señala el correo electrónico ayalampa@hotmail. com, para sus notificaciones. Con estos antecedentes esta Autoridad Administrativa Dispone 1.- Se acepta la solicitud y en apego a lo dispuesto en los Arts. 57, 58, 71, 86, 90, 94, 95, 123 y 126 de la Ley Orgánica de los Recursos Hídricos Usos y Aprovechamientos del Agua, en concordancia con lo prescrito en el Art. 107 del Reglamento, se la califica a trámite, por el procedimiento General. 2.- Por lo dispuesto en el Art. 107 numeral 3 del Reglamento a la Ley Orgánica de Recurso Hídricos. Notifíquese con la solicitud y la presente providencia a los usuarios conocidos y desconocidos mediante publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, publicaciones que se lo deberá realizar en un periódico de circulación de la localidad, de no existir se lo realizará en un periódico de circulación nacional, por tres veces consecutivas; y, fíjese carteles durante diez días consecutivos en tres lugares más concurridos de la parroquia Pintag, cantón Quito, provincia de Pichincha. Para lo cual se remitirá atenta comisión librada al señor Teniente Político de la mencionada jurisdicción. 3. Téngase en cuenta la autorización concedida a la Dra. Amparo Ayala y el correo electrónico ayalampa@hotmail.com, de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 2 y 56 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, en concordancia con el Art. 165 del Código Orgánico Administrativo COA.

4. Previniéndole que en caso de no realizarse la misma, por cuestiones imputables al administrado, y transcurrido el plazo de dos meses se declara el abandono y posterior archivo de conformidad al Art. 212 del Código Orgánico Administrativo. Actúe como Secretaria Ad-Hoc, en el presente trámite Ab. Sandra Barreno Samaniego Msc. NOTIFIQUESE, OFICIESE Y CUMPLASE...f). Ing. Luis Antonio Calle Aguirre, Director Zonal 2 Esmeraldas, Del Ministerio Del Ambiente, Agua y Transición Ecológica.

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001-004-4196

Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura otorgada en esta Notaria, VERÓNICA procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal que tenían formada, cuyo vínculo matrimonial FUE DISUELTO según Sentencia de Divorcio dictada por la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO QUITO, PROVINCl?rDE PICHINCHA, el siete de junio del dos mil dieciocho y fue legalmente marginado en el Registro Civil con fecha cuatro de julio del dos mil dieciocho. La adjudicación del patrimonio se encuentra detallado en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo de la Ley Notarial en el cual faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, por una sola vez, de este extracto de la liquidación del patrimonio de FREDDY OSWALDO

RUBIO SALAZAR y VERÓNICA EDITH SALAZAR FERNÁNDEZ otorgada mediante escritura pública de 08 de marzo del 2.024, en esta Notaria, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA ECUADOR BEER GARDEN BEERGARDENCOM S.A.

En aplicación al artículo 236 de la Ley de Compañías, se convoca a los accionistas de la compañía ECUADOR BEER GARDEN BEERGARDENCOM S.A., a la junta general ordinaria de accionistas que se celebrará el día 04 de abril de 2024 a las 18:00 horas (6pm), en las oficinas de la compañía, ubicadas en la Av. Eloy Alfaro N32-54 y Av. De Los Shyris, perteneciente al Cantón Quito, Provincia de Pichincha, para tratar el siguiente orden del día:

1. Conocimiento y resolución sobre el informe del Gerente General, correspondiente al periodo económico 2023.

2. Conocimiento y resolución del informe de Auditoría Externa, correspondiente al ejercicio económico 2023.

3. Conocimiento y resolución sobre el informe del Comisario, correspondiente al ejercicio económico 2023.

4. Conocimiento, discusión y resolución del Estado de Situación Financiera y Estado de Resultados del periodo económico 2023.

5. Resolver sobre el destino de resultados del balance del periodo económico 2023.

6. Resolver sobre la reforma de Estatutos de la Compañía.

Los documentos a ser tratados están a disposición de los accionistas en el domicilio principal de la compañía, ubicadas:

Barrio: La Carolina Calle: Av. Eloy Alfaro

Número: N32-54

Intersección: Av. De Los Shyris

Código postal: 170505

Número de piso: PB

Referencia: JUNTOAMBACAR

Particular que pongo en conocimiento para los fines legales

DE LA COMPAÑÍA TAXI ESPECIAL SERVIPUEMBO S.A.

De conformidad con lo previsto en el artículo 236 de la Ley de Compañías, se convoca a los Socios y Accionistas de la Compañía Taxi Especial Servipuembo S.A. a la Junta General Ordinaria de Accionistas, que se llevará a cabo en la ciudad de Quito-Puembo, el día miércoles 17 de abril del 2024, a las 09:00 a.m. en la Sede Social de la Liga Deportiva Parroquial de Puembo, Estadio Central ubicado en Puembo calles 24 de Mayo s/n, para tratar los siguientes puntos del Orden del día;

1) Conocimiento y aprobación el informe del Gerente General por el ejercicio económico 2023.

2) Conocimiento y aprobación el balance general y Estado de Resultados del ejercicio económico 2023.

3) Conocimiento y aprobación el informe de comisario del ejercicio económico de 2023.

4) Conocimiento y aprobación del destino de las utilidades por el ejercicio económico de 2023.

5) Aprobación del plan operativo y de Gestión de calidad anual.

6) Conocimiento y aprobación de pedido de transferencia, sr. Franklin Cruz.

7) Pedido de cambio de Comisarios, sucursal 1.

8) Resolución pedido de retribución Representante Legal.

Quito, 25 de marzo de 2024

ATENTAMENTE

Ing. Gonzalo Báez F.

C.I. 170801280-0

GERENTE GENERAL

01-004-4233

Se convoca de manera especial e individual, a la Dra. Sonia Racines Cuesta, Comisario Revisor de la compañía, cuya dirección domiciliaria está ubicada en la Calle Francisco del Campo Lote 66 y Alberto Einstein, de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, además está siendo comunicado también a su correo electrónico s_racines@hotmail.com.

Quito, 20 de marzo de 2024

Diego Madriñan Guayasamín

GERENTE GENERAL

ECUADOR BEER GARDEN

BEERGARDENCOM S.A. 001-004-4236

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA TRANSPORTE ROBINSON BERRONES ROBINSONBERRONES S.A.

De conformidad a lo dispuesto en los artículos 236, 234 y 231 numerales 1, 2, 4; de la Ley de Compañías, se convoca a los señores Accionistas de la compañía TRANSPORTE ROBINSON BERRONES ROBINSONBERRONES S.A., a la Junta General Ordinaria de accionistas, que se realizará el viernes 05 de abril del año 2024 a las 13h30, en la casa barrial de La Venecia 2, calle Graciela Escudero S/N entre S55A y principal E, para tratar el siguiente orden del día:

1. Elaboración de lista de asistentes para verificar quorum.

2. Lectura y aprobación del orden del día.

3. Conocimiento y aprobación del Informe de Comisario.

4. Conocimiento y aprobación del informe de Gerente General.

5. Conocer, deliberar y aprobar los Estado Financieros del ejercicio económico del año 2023; es decir, Balance General, Estado de Pérdidas y Ganancias, Estado de Resultado, Estados de Flujo de Efectivo, Estados de Cambio en el Patrimonio y las Notas a Estados Financieros.

6. Resolución sobre los beneficios económicos (utilidades)

7. Aprobación del Reglamento Interno.

8. Elección de Gerente General, Presidente y Comisario.

9. Ratificar sobre cobro por la vía judicial a los accionistas morosos.

En cumplimiento del artículo 242 de la ley de compañías, se convoca por este medio de manera especial e individual a la señora Comisaria Principal de la Compañía, señora Rosa del Carmen Sasnalema Apugllon y por escrito en su domicilio ubicado en el barrio Nueva Jerusalén, Calle D Nro. S57-428 y calle C.

Así también se recuerda a los accionistas que todos los documentos e información a conocer, deliberar y aprobar, se encuentran disponibles para su revisión en las oficinas de la compañía, ubicados en Diego de Sandoval Oe2-47 y Pedro de Alfaro.

Quito, 25 de marzo de 2024

Ab. Robinson Berrones Baño. MSc. GERENTE GENERAL TRANSPORTE ROBINSON BERRONES S.A.

MIÉRCOLES C6
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