Ventana Social nº 14

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Control de costes y estabilidad de la empresa: Difícil equilibrio

Josefa Sogorb Baraza Secretaria Judicial. Directora del Servicio Común de Ordenación del Procedimiento El presente trabajo pretende, desde una visión práctica y tras ocho meses de la implantación de la Oficina Judicial, acercar a los profesionales, que en su quehacer diario han de relacionarse con este servicio, el conocimiento sobre la forma y funcionamiento del Servicio Común de Ordenación del Procedimiento, (SCOP), su estructura, composición, método de trabajo, ventajas y dificultades del nuevo modelo y objetivos a conseguir. La implantación de la Oficina Judicial ha supuesto, y así lo estamos viviendo día a día, uno de los mayores cambios operados en el panorama jurídico español, y constituye un importante reto, en el que entran en juego múltiples factores. La nueva configuración de la Oficina Judicial conlleva un cambio total de mentalidad por parte de los agentes intervinientes en el servicio público de impartir justicia, en las administraciones implicadas en la prestación del servicio, pero también en los profesionales y ciudadanos. Y en este proceso de cambio se trabaja para superar las dificultades que van surgiendo, buscando siempre la mejora en la prestación del servicio. La Oficina Judicial persigue optimizar las capacidades profesionales de los que trabajan a su servicio otorgando a los funcionarios un mayor número de competencias considerando que están perfectamente capacitados para realizarlas.

El servicio común de ordenación del procedimiento (SCOP) El propio CGPJ afirma, en su informe al Proyecto de Orden Ministerial por la que se regula la estructura de la Nueva Oficina Judicial y se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de la primera fase de implantación de la misma que, se trata de la pieza más relevante en el proceso de implantación de la nueva Oficina Judicial representando el cambio más profundo en la filosofía de la tramitación procesal, aunque reconoce las dificultades de su constitución no solo por la gran cantidad de medios personales y materiales a los que afectaría, sino también por el gran cambio de cultura que supone en la organización de la Administración de Justicia.

“La Oficina Judicial persigue optimizar las capacidades profesionales de los que trabajan a su servicio”.

El hecho de que las actividades de impulso procesal competencia del Secretario queden residenciadas en servicios centralizados dispuestos para soporte y apoyo de una multiplicidad de órganos judiciales tanto unipersonales como colegiados, constituye la transformación más audaz de las contempladas en la reforma. Es una unidad de carácter instrumental dentro de la NOJ que, dirigida por un Secretario Judicial, tiene como objetivos: - Dar servicio a las unidades procesales de apoyo directo y resto de oficinas judiciales destinatarias. - Asume las tareas de tramitación e impulso de los procedimientos, siempre que no resulte imprescindible la intervención del Juez o Magistrado y de conformidad con lo establecido en las leyes procesales. - En él se residencian las funciones judiciales de carácter procedimental que quedan fuera de lo estrictamente jurisdiccional. - El Secretario Judicial asume además de las funciones de impulso formal del procedimiento, que tenían hasta ahora, funciones que permiten adoptar decisiones en materias colaterales a la función jurisdiccional, pero que son indispensables para la misma.


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