Ventana Social nº 13

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Entrevista a Alfonso Hernández Quereda Director de Ventana Social

Rubén Antonio Jiménez Fernández Presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia

“Es un acierto que los graduados sociales puedan firmar un Recurso de Suplicación porque hasta ahora, los redactaban ellos aunque fueran firmados por un letrado” Rubén Antonio Jiménez Fernández nació en Madrid el 7 de julio de 1948. En 1973 inicia su carrera judicial en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Olivenza (Badajoz). Tras estos primeros años, en 1975, comienza a servir en el Juzgado de primera Instancia e Instrucción de Lorca, donde poco después se convertiría en Magistrado. En 1980, ingresa en el cuerpo de Magistrados de Trabajo, siendo destinado a la Magistratura de Trabajo nº 5 de Vizcaya. Desde septiembre de 1981 y hasta 1991, desempeñaría simultáneamente su trabajo en Juzgado de lo Social nº 2 de Burgos, junto con los juzgados de lo Social números 3, 4, 5 y 6 de Vizcaya. En la década de los 90 trabaja como Magistrado en la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, siendo miembro electo de la Sala de Gobierno del TSJ de Murcia. En este periodo, también desempeñaría el cargo de Vocal del Consejo General del Poder Judicial. En mayo de 2002, comienza a prestar servicios como Asistente al Miembro Nacional de España en Eurojust, cargo que ocuparía un año después y hasta 2006. Finalmente, desde 2009, Rubén Antonio Jiménez Fernández ocupa el puesto de Presidente de la Sala de lo Social del TSJ de Murcia

Ventana Social. ¿Cómo se encuentra en la actualidad la Sala, en relación a la tramitación de los recursos, en cuanto al tiempo de resolución? Rubén Jiménez Fernández. Lo cierto es que las cosas han cambiado de manera ostensible desde la implantación de la Nueva Oficina Judicial (NOJ), en noviembre de 2010. Desde entonces, se sustituyó la secretaría de la Sala de lo Social por una nueva estructura administrativa, denominada Unidad de Apoyo Directo, en la que la plantilla de funcionarios ha quedado reducida a la secretaria y dos funcionarios. Era absolutamente previsible que la puesta en funcionamiento de la NOJ iba a dar lugar a una inevitable ralentización de la tramitación de los recursos, por lo que la mayor parte de los que se encontraban en la Sala en trámite de subsanación no fueron remitidos a los servicios comunes de reciente implantación, con el fin de mantener el funcionamiento de la Sala. El único inconveniente es que esto ha comportado una mayor duración de la fase de subsanación, pues esta se ha continuado desarrollado en la UPAD, pero con el concurso de los dos únicos funcionarios adscritos a la misma. Una vez subsanados, los recursos han sido repartidos a los magistrados y, a 20 de diciembre, la práctica totalidad de los asuntos que habían permanecido en la Sala estaban votados y fallados y se encontraban


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