Manual de inducción y reinducción 2014

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MANUAL DE INDUCCIÓN Y REINDUCCIÓN


BIENVENIDO A NUESTRA ENTIDAD! Desde su creación en 1981, la CARDER trabaja en Risaralda promoviendo la recuperación, protección conservación y el adecuado uso y aprovechamiento de los recursos naturales del Departamento, siguiendo las disposiciones de la Constitución y la Ley. Para lograrlo contamos con un equipo humano altamente calificado, tecnología e infraestructura física que posibilitan el buen desempeño y realización de las funciones encomendadas. Por tal razón usted es privilegiad@ al hacer parte de nuestra Entidad, l@ invitamos a unirse a este equipo, nuestro objetivo es “buscar el crecimiento tanto individual como organizacional, asegurando la atención y satisfacción de los intereses generales de la comunidad Risaraldense en materia ambiental.

JUAN MANUEL ÁLVAREZ VILLEGAS Director General


INDICE INTRODUCCIÓN 1. EL ESTADO

2. LA CARDER 2.1 RESEÑA HISTORICA 2.2 JURISDICCIÓN

2.3 PLATAFORMA ESTRATEGICA 2.4 ESTRUCTURA INSTITUCIONAL 2.5 ENFOQUE POR PROCESOS 2.6 SISTEMA DE PLANIFICACIÓN 2.7 ROLES DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO 2.8 LA ORGANIZACIÓN 2.9 EL RECURSO HUMANO


Introducción Al ingresar a la Corporación Autónoma Regional de Risaralda, CARDER, usted no solamente comienza a formar parte de nuestra organización, sino que también se convierte en un servidor público. Si bien usted entra a desempeñar un cargo en una dependencia de la Entidad, es necesario que conozca todo el engranaje de la misma, comenzando por el cargo que va a ocupar, hasta la misión de su dependencia y la relación que tiene con las otras dependencias, todo esto en el marco de la misión institucional. De esta forma, se podrá garantizar que todos los funcionarios que laboramos en la CARDER tenemos el mismo objetivo, sea cual fuere el cargo que desempeñemos. Es importante entender que todos los cargos que tiene la Entidad son como las piezas de una gran máquina, si alguna pieza falla, la máquina no funcionará bien ni podrá cumplir sus objetivos. Por tanto, cada servidor desde el cargo que ocupa es responsable de que la máquina funcione bien, y contribuye con su trabajo al buen desempeño de otros funcionarios que requieren de sus servicios para cumplir su labor, puesto que de una u otra forma todos tenemos que ver con el trabajo de todos. Para que la Entidad pueda trabajar en una forma armónica y articulada hacia el logro de su misión no basta con entender lo que hacemos, también es necesario saber qué hacen los demás. Sin embargo, nuestro conocimiento no termina allí, como servidores públicos debemos conocer la estructura y misión del Estado, así como nuestros deberes y derechos como miembros de la organización. Por todo lo anterior, es necesario que lea con detenimiento este manual, en él encontrará en forma rápida los aspectos más relevantes de la Corporación y del Estado, lo que todo servidor público debe conocer al ingresar a la CARDER. Esta será una guía para que inicie sus labores con un conocimiento básico sobre la Entidad. Con el tiempo y a través de su experiencia y desempeño laboral, podrá enriquecer esta información, complementarla y entenderla en la práctica cotidiana de sus labores. Esperamos que esta información le sea útil y sobre todo, que le de herramientas para que su ingreso a la CARDER constituya una ganancia para la Entidad, al vincular a su organización un servidor público consciente y comprometido, con la convicción de que el cargo que va a ocupar es fundamental para que la Entidad alcance sus objetivos, recuerde, de usted también depende que la CARDER pueda cumplir con la misión que le ha sido encomendada.


1. El Estado


1. El Estado Al ingresar a nuestra Entidad y en su calidad de servidor público, es importante que usted conozca la siguiente información: ESTRUCTURA DEL ESTADO Según la Constitución Nacional, Colombia es un estado social de derecho organizado en forma de república unitaria, descentralizada, con una autonomía de sus Entidades territoriales, democrática, participativa, pluralista, fundada en el respeto a la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. El estado como forma organizativa incluye una población, un territorio, un gobierno como unidad fundamental con independencia reconocida por otros estados. FINES DEL ESTADO •Garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución Política. •Defender la independencia nacional. •Mantener la identidad territorial. •Asegurar la convivencia pacífica y la vigencia del orden justo. •Promover la prosperidad general. FUNDAMENTOS DEL ESTADO SOCIAL DE DERECHO •Respeto de la dignidad humana. •El trabajo. •La solidaridad de las personas. •Prevalencia del interés general. FINES DE LA CONSTITUCIÓN Asegurar a los integrantes, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo un orden político, económico y social justo, la libertad, la igualdad, la convivencia, la justicia, la vida, el trabajo, el conocimiento, la paz.


2. La CARDER La Corporación Autónoma Regional de Risaralda, CARDER, es un Ente corporativo de carácter público creada por la Ley, dotada de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargada por la Ley para "Administrar, dentro del área de su jurisdicción, el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible”.

"La Administración del medio ambiente y los recursos naturales renovables en todo el territorio nacional, está a cargo de las 33 Corporaciones Autónomas Regionales", distribuidas en todo el país. Las Corporaciones Autónomas Regionales forman parte del Sistema Nacional Ambiental, SINA, presidido en jerarquía por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, que tiene entre sus funciones dirigir y coordinar las actividades en materia ambiental de las Entidades integrantes del SINA. La CARDER es la Corporación Autónoma Regional que administra el medio ambiente y los recursos naturales renovables en el Departamento de Risaralda; sus catorce municipios, constituyen el área de su jurisdicción.


2.1 Reseña Histórica CREACIÓN La CARDER surge inicialmente como una respuesta a una problemática de riesgos identificada en el tramo urbano del río Otún2 (Pereira), que llevó a que la Gobernación de Risaralda presentara al Gobierno Nacional un proyecto en 1979, el cual a su vez fue presentado al Gobierno de los Países Bajos, como una solicitud de cooperación técnica internacional. Al evaluar la solicitud, se detectó la necesidad de crear una Entidad con capacidad para ejecutar el Proyecto presentado, por lo que se propuso crear una Corporación similar a las ya existentes en otros departamentos. Fue así como se creó en 1981 la Corporación Autónoma Regional de Risaralda, CARDER por medio de la Ley 66 del mismo año. Su Ley de creación le definió como objetivo fundamental: “Promover el desarrollo económico y social de la región, mediante una racional utilización de sus recursos humanos, naturales y económicos”. El Decreto 652 de 1983 le asignó 14 funciones que incluían, además de las relativas a los recursos naturales, una amplia gama de aspectos relacionados con la promoción del desarrollo regional. A partir de julio de 1984, la CARDER se convirtió en máxima autoridad ambiental del Departamento, al asumir las funciones que hasta ese momento ejercía el INDERENA, a saber: Aprovechamiento de bosques, control y vigilancia forestal, Otorgamiento de concesiones de agua, Manejo y control de la explotación de materiales de arrastre de ríos y quebradas, Control a la contaminación en acueductos del departamento, Control a la contaminación industrial - permisos de vertimiento, Disposición de basuras en cabeceras municipales, Supervisión de plantaciones forestales y Saneamiento ambiental en el sector Cerritos, Pereira.


2.1 Reseña Histórica PRIMEROS AÑOS DE GESTIÓN Durante los primeros años de gestión, la CARDER centró su accionar en tres programas: 1. El Plan de Ordenamiento, Saneamiento Ambiental y Prevención de Desastres en el Tramo Urbano del Río Otún. 2. Control de erosión y rehabilitación de zonas críticas en las cabeceras municipales. 3. Administración de los Recursos Naturales Renovables, que constituye la principal función de la Corporación, basada en la aplicación de la normatividad ambiental existente. A medida que la CARDER fue afianzando su presencia en el Departamento, e identificando la necesidad de intervenir otros frentes, amplió su gestión a nuevas áreas como: •Adquisición de tierras y reforestación protectora, para recuperación y manejo de microcuencas abastecedoras de acueductos veredales y municipales. •Apoyo a los municipios en la construcción de jardines botánicos y viveros municipales. •Control a la contaminación de aguas y saneamiento hídrico. •Administración del Parque Regional Ucumarí y apoyo al INDERENA para el manejo de los Parques Nacionales Naturales Tatamá y Nevados.

Centro de Visitantes Planes de San Rafael - Santuario

En la década del noventa la CARDER abordó nuevos frentes de gestión, destacando la ejecución de convenios como PAFC - CARDER, con proyectos del Plan de Acción Forestal para Colombia; Convenio DRI – CARDER, para la recuperación de microcuencas; Convenio de Cooperación Internacional con Holanda para el ordenamiento y saneamiento de la cuenca del río Otún; Convenio con Planeación Nacional y CODECHOCÓ para implementar el Plan de Ordenamiento de las cuencas altas de los ríos San Juan y Andágueda (PLOSAN); Convenio con el Gobierno de Canadá, para la Planificación Territorial del río Risaralda y convenios que han contribuido a fortalecer la gestión ambiental de carácter Interinstitucional y la cooperación internacional.


2.1 Reseña Histórica Ley 99 DE 1993 El 22 de diciembre de 1993, el Congreso de la República expidió la Ley 99, por la cual se crea el Ministerio Ambiente y Desarrollo Sostenible se reordena el sector público encargado de la Gestión y Conservación del Medio Ambiente y los Recursos Naturales Renovables y se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA. La Ley 99 establece que “Todas las Corporaciones Autónomas Regionales tendrán por objeto la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos sobre medio ambiente y recursos naturales renovables, así como dar cumplida y oportuna aplicación a las disposiciones legales vigentes sobre su disposición, administración, manejo y aprovechamiento, conforme a las regulaciones, pautas y directrices expedidas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Entre los cambios de la nueva normatividad se destaca la conformación de la Asamblea Corporativa como principal órgano de dirección de la Corporación, y del Consejo Directivo como órgano de administración, encargado de nombrar al Director General para períodos de 3 años. La Ley 99 de 1993 asigna 31 funciones a las Corporaciones Autónomas, que son las que rigen en la actualidad.

Centro de Visitantes Santa Emilia – Belén de Umbría


2.1 Reseña Histórica PRINCIPALES FRENTES DE GESTIÓN INSTITUCIONAL La gestión que ha adelantado la CARDER en cumplimiento de sus funciones, la ha llevado a fortalecer y consolidar su campo de acción a través de importantes frentes que se pueden resumir en los siguientes:

CAV Flora – La Virginia

•PLANIFICACIÓN AMBIENTAL DEL TERRITORIO: Parte de la identificación de 3 Subregiones en el Departamento, en las que se han adelantado importantes proyectos como la “Planificación de la cuenca alta del río San Juan” (Subregión III); la “Planificación Territorial del río Risaralda” (Subregión II) y el “Plan de Acción Ambiental Pereira – Centro Occidente” (Subregión I). En esta misma línea, se ejecuta un proyecto de carácter Interinstitucional y regional, orientado a la “Consolidación del Modelo de Desarrollo Sostenible en la Ecoregión Eje Cafetero”.

•GESTION INTEGRAL DEL RIESGO: En este campo, la CARDER ha tenido importantes avances, entre los que se destacan: el “Inventario de viviendas en zonas de riesgo en sectores subnormales”, los estudios de “Geología Ambiental”, “Inventarios de viviendas en zonas de riesgo geotécnico e hidrológico”, el programa de “Mitigación del riesgo sísmico de Pereira, Dosquebradas y Santa Rosa de Cabal”, que le permitió asesorar y orientar a la región en las etapas posteriores al sismo de 1999. Su experiencia en este campo, le ha permitido orientar importantes procesos de ordenamiento ambiental del territorio y asesorar a los municipios en la formulación de sus Planes Simplificados de Desarrollo (Ley 9/89), Planes de Ordenamiento Territorial (Ley 388/97), Planes para la Prevención y mitigación de riesgos ambientales.


2.1 Reseña Histórica PRINCIPALES FRENTES DE GESTIÓN INSTITUCIONAL La gestión que ha adelantado la CARDER en cumplimiento de sus funciones, la ha llevado a fortalecer y consolidar su campo de acción a través de importantes frentes que se pueden resumir en los siguientes:

•GESTION EN AREAS NATURALES PROTEGIDAS: Inició con la administración del Parque Natural Regional Ucumarí creado en 1985, para llegar a la creación de un Sistema Departamental de Áreas Naturales Protegidas, conformado por 2 Parques Naturales Nacionales, 5 Parques Naturales Regionales, 11 Parques Naturales Municipales, 2 Áreas de Manejo Ambiental Étnico, 2 Áreas de Manejo Especial y 1 Santuario de Flora y Fauna. Centro de Visitantes La Nona - Marsella Alrededor del 35,5% del territorio Departamental se encuentra bajo protección. Adicionalmente se están ejecutando importantes proyectos de carácter regional para promover un Desarrollo Sostenible en el Parque Nacional Natural Nevados y en el Pacífico Biogeográfico Risaraldense (Municipios de Pueblo Rico y Mistrató). •GESTIÓN DE BOSQUES: En este frente se han implementado proyectos que apuntan a la sostenibilidad de los bosques, orientados a su conservación, incorporación a la economía local y mejoramiento de la calidad de vida de la población. Proyectos como, “Recuperación de Microcuencas Abastecedoras”; “Fomento y Difusión al cultivo de Guadua”; Participación Comunitaria en el Desarrollo Forestal, “PACOFOR”; “Desarrollo de Núcleos Agroforestales Campesinos”, “Plan Verde”, entre otros, han constituido herramientas básicas para ejecutar la política de bosques en el Departamento. En el 2006 la CARDER firmó un contrato de subvención de ayudas exteriores de la Comunidad Europea, denominado Proyecto Bosques FLEGT – Colombia el cual tiene por objeto: “Mejorar las condiciones de legalidad y gobernanza que contribuyan a un manejo forestal más sostenible y a un incremento de la producción y comercialización de los recursos forestales de pequeños y medianos productores en los departamentos de Quindío, Risaralda, Tolima y Norte de Santander”.


2.1 Reseña Histórica PRINCIPALES FRENTES DE GESTIÓN INSTITUCIONAL La gestión que ha adelantado la CARDER en cumplimiento de sus funciones, la ha llevado a fortalecer y consolidar su campo de acción a través de importantes frentes que se pueden resumir en los siguientes:

Centro de Visitantes Las Hortensias - Dosquebradas

•GESTIÓN DEL RECURSO HÍDRICO: Se orienta especialmente a través de acciones como la Recuperación de coberturas forestales, Demarcación de Zonas Forestales Protectoras, Creación de Áreas Naturales Protegidas, Adquisición de predios para recuperación y protección, Ordenamiento de cuencas hidrográficas, Recuperación de microcuencas abastecedoras de acueductos, entre otras. Se destaca la atención que se ha dado al manejo de aguas subterráneas, como una alternativa para atender el crecimiento de la demanda en los centros urbanos de mayor desarrollo. Con este propósito se viene implementando el “Plan de Manejo de Aguas Subterráneas” en la Subregión I, que se formuló con apoyo del Gobierno Británico. •GESTIÓN SECTORIAL: Se destacan en este frente, el Seguimiento y Control a la Contaminación Hídrica, a la contaminación Atmosférica, al Manejo y Disposición de Residuos Sólidos y en general, las acciones de regulación y control al uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables, mediante la aplicación de la normatividad existente; La implementación de Convenios de Producción más Limpia con los principales sectores productivos del Departamento y el programa de Mercados Verdes, orientado a promover la introducción de productos ambientales del Departamento en los mercados verdes nacionales e internacionales.


2.2 Jurisdicción de la CARDER La Corporación Autónoma Regional de Risaralda CARDER, tiene su jurisdicción en el Departamento de Risaralda, con un área de 3.592 Km2 y una población de 946.626 habitantes.

Municipios: Pereira, Dosquebradas, La Virginia, Santa Rosa, Marsella, Balboa, Santuario, la Celia, Apía, Pueblo Rico, Mistrató, Quinchía, Guática y Belén de Umbría.


2.3 Plataforma Estratégica MISIÓN Administrar el medio ambiente y los recursos naturales renovables en el Departamento de Risaralda y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. VISIÓN En el año 2019 seremos: En el orden social: Una Entidad que promueva y apoye la cultura ambiental y la participación ciudadana en torno a los propósitos de la gestión ambiental para el desarrollo sostenible de nuestro departamento. En el orden regional: Una Entidad que promueva y apoye la integración de la región eje cafetero en torno a una gestión ambiental articulada. En el orden institucional: Una Entidad fortalecida en la administración de los recursos naturales renovables y el medio ambiente, mediante el ejercicio y el reconocimiento de la autoridad ambiental. COMPROMISO

VALORES Según Resolución No 1787 de 2007, se adoptó el Código de Ética y Valores “ETICARDER”, su diseño fue producto de un trabajo conjunto en el que participaron todos los servidores públicos de la Entidad, a través de una declaración formal y una construcción colectiva y coherente con las necesidades, principios y condiciones de quien hace parte de la Entidad. En dicho Código, los servidores de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda se comprometen a orientar su trabajo bajo los siguientes valores:

RESPETO RESPONSABILIDAD HONESTIDAD CALIDAD EFICIENCIA Y EFICACIA TOLERANCIA CONOCIMIENTO SENTIDO DE PERTENENCIA EQUIDAD Y JUSTICIA


2.3 Plataforma Estratégica POLÍTICA INTEGRAL La CARDER contribuye con el mejoramiento de la calidad de vida de la población, a través de una gestión eficiente, eficaz y efectiva, para la protección, recuperación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y el medio ambiente. Declara su compromiso en desarrollar sus actividades y prestar sus servicios, de la siguiente manera: Protegiendo la salud y seguridad de los servidores públicos en ejercicio de sus funciones y de las partes interesadas cuando se encuentren en los lugares de trabajo de la Corporación, a través de la prevención de lesiones y enfermedades, gestionando los riesgos “No Aceptables”.

Desarrollando e implementando buenas prácticas que reduzcan la contaminación, la demanda ambiental y los impactos ambientales en todos sus procesos.

Asegurando que se cumpla con la legislación vigente y ejerciendo sus funciones de manera ágil y oportuna, incrementando la satisfacción del usuario mediante el mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión implementado. Promoviendo la equidad de género a través de proyectos y metas, que hacen parte del Plan de Acción de la Entidad, buscando que los diferentes comportamientos, aspiraciones y necesidades de las mujeres y los hombres se consideren, valoren y promuevan de igual manera.


2.3 Plataforma Estratégica OBJETIVOS INTEGRALES DIRECTRIZ DE LA POLÍTICA INTEGRAL OBJETIVO 1. Contribuir con el mejoramiento de la 1. Contribuir al ordenamiento ambiental del territorio (Modelo de Ocupación) calidad de vida de la población 2. Contribuir a la reducción de conflictos 2. Gestión eficiente, eficaz y efectiva para ambientales para garantizar la oferta natural que protección, recuperación y satisfaga las necesidades de la población aprovechamiento sostenible de los recursos 3. Cumplir con las metas físicas del Plan de Acción mediante la eficiencia y la eficacia en la naturales renovables y el ambiente ejecución de los recursos financieros 4. Identificar el grado de satisfacción de los 3. Satisfacción de las necesidades y usuarios frente al cumplimiento de los requisitos expectativas de los clientes del cliente 4. Proteger la salud y seguridad de los servidores públicos en ejercicio de sus 5. Gestionar los riesgos “No Aceptables” a funciones y de las partes interesadas través de la implementación de programas y controles operacionales, priorizados en cuando se encuentren en los lugares de Seguridad y Salud Ocupacional, a partir de la trabajo de la Corporación, a través de la identificación de peligros, valoración de riesgos y prevención de lesiones y enfermedades, determinación de controles. gestionando los riesgos “No Aceptables”. 6. Promover la equidad de género a través de la 5. Promover la equidad de Género en la planificación y ejecución de proyectos y metas, gestión de la Entidad que hacen parte del Plan de Acción de la Entidad 7. Controlar los impactos ambientales 6. Desarrollar e implementar buenas significativos a través de las acciones y medidas prácticas que reduzcan la contaminación, la definidas en el Plan de Manejo Ambiental de la demanda ambiental y los impactos Entidad, producto de la identificación y ambientales en todos sus procesos evaluación de aspectos e impactos ambientales. 8. Mejorar continuamente el desempeño de los 7. Mejoramiento continuo del Sistema procesos para verificar la contribución al Integrado de Gestión implementado y cumplimiento de la misión institucional, al cumplimiento de las normas legales Sistema Integrado de Gestión implementado y a vigentes las normas legales vigentes


2.4 Estructura Institucional


2.4 Estructura Institucional NIVEL DIRECTIVO La Ley 99/93 establece que las corporaciones tienen tres órganos de dirección y administración, a saber: A) ASAMBLEA CORPORATIVA Es el principal órgano de dirección de la corporación y está integrada por los representantes legales de las Entidades territoriales de su jurisdicción, para el caso de Risaralda, 14 alcaldes correspondientes a los 14 municipios del departamento. Las funciones de la asamblea corporativa, definidas en la Ley 99/1993, son las siguientes: a) Elegir el consejo directivo de que tratan los literales d y e, del artículo 26 de la Ley. b)Designar al revisor fiscal o auditor interno de la corporación; c)Conocer y aprobar el informe de gestión de la corporación; d)Conocer y aprobar las cuentas de resultados de cada período anual. e)Adoptar los estatutos de la corporación y las reformas que se le introduzcan y someterlos a la aprobación del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible y f) Las demás que le fijen los reglamentos. B) CONSEJO DIRECTIVO Es el órgano de administración de la Corporación y está conformado por: a) EI gobernador del Departamento sobre cuyo territorio ejerce jurisdicción la corporación, o su delegado. Corresponde al gobernador o a su delegado presidir el consejo directivo. b) Un representante del Presidente de la República; c) Un representante del Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible d) Hasta cuatro alcaldes de los municipios comprendidos dentro del territorio de jurisdicción de la corporación, elegidos por la asamblea corporativa para períodos de un ano. e) Dos representantes del sector privado. f) Un representante de las comunidades indígenas o etnias tradicionalmente asentadas en el territorio de jurisdicción de la corporación, elegido por ellas mismas, y g) Dos representantes de las Entidades sin ánimo de lucro que tengan su domicilio en el área de jurisdicción de la Corporación y cuyo objeto principal sea la protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables elegidos por ellas mismas. '


2.4 Estructura Institucional PAR. 1º Los representantes de los literales f) y g), se elegirán de acuerdo a la reglamentación que sobre el particular expida el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. PAR. 2 En la conformación de los consejos directivos de las corporaciones autónomas regionales, se tendrán en cuenta las disposiciones de la Ley 70 de 1993, Art. 27.-

Las funciones del consejo directivo, definidas en la Ley 99 de 1993, son las siguientes: a) Proponer a la asamblea corporativa la adopción de los estatutos y sus reformas. b) Determinar la planta de personal de la corporación c) Disponer la participación de la corporación en la constitución y organización de sociedades o asociaciones y fundaciones o el ingreso a las ya existentes. d) Dictar normas adicionales a las legalmente establecidas, sobre el estatuto de contratación de la Entidad. e) Disponer la contratación de créditos externos f) Determinar la estructura interna de la corporación para lo cual podrá crear, suprimir y fusionar dependencias y asignar las responsabilidades conforme a la Ley. g) Aprobar la incorporación o sustracción de áreas de que trata el numeral 16 del artículo 31 de esta Ley. h)Autorizarla delegación defunciones de la Entidad. i) Aprobar el plan general de actividades y el presupuesto anual de inversiones, y j) Nombrar de acuerdo al artículo siguiente o remover de conformidad con los estatutos, al director general de la Corporación. C) DIRECTOR GENERAL Es el representante legal de la corporación y su primera autoridad ejecutiva. Es designado por el consejo directivo para ejercer como tal durante un período de tres años, siendo reelegible. Sus funciones son las que señalan las Leyes, los reglamentos y los estatutos respectivos, en particular, las que determina la Ley 99 de 1993. El Director establece directrices y políticas que se materializan con la formulación y ejecución de los planes institucionales, en especial el plan de acción trienal, principal instrumento para programar, orientar y evaluar la gestión de la corporación, durante el trienio que corresponde al período de cada director.


2.5 Enfoque por procesos

PROCESOS ESTRATEGICOS

-Direccionamiento Estratégico: Direccionar a la Entidad hacia el logro de su misión, visión, políticas y objetivos, a través del componente estratégico institucional articulado al componente estratégico nacional y regional, cumpliendo con las Políticas de Desarrollo Administrativo enmarcadas en el Buen Gobierno para la Gestión Ambiental. -Gestión de la Planeación Institucional: Asesorar y coordinar el ciclo de la planificación estratégica institucional, articulando el componente estratégico (política y objetivos) con el componente operativo institucional (programas y proyectos). -Sistema Integrado de Gestión: Garantizar el desarrollo e implementación de los Sistemas de Gestión de Calidad y MECI, Sistema de Gestión Ambiental y Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional en los procesos y actividades de la Corporación en el marco de un mejoramiento continuo.


2.5 Enfoque por procesos PROCESOS MISIONALES -Gestión ambiental sectorial: -Subproceso Apoyo a la Producción Sostenible: Promover la incorporación de la variable ambiental en las actividades que desarrollan los sectores productivos, buscando reducir su impacto negativo y comprometerlos con un desarrollo sostenible. -Subproceso Regulación y Control a la Demanda Ambiental: Regular y controlar el uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables en el Departamento de Risaralda -Gestión integral y ordenamiento ambiental del territorio: Articular los procesos misionales que conlleven a la Gestión Integral de los Recursos Naturales Renovables y el Ordenamiento Ambiental del Territorio, en el Departamento de Risaralda.

-Gestión ambiental territorial: -Subproceso Mejoramiento de la Calidad Ambiental: Mejorar la calidad ambiental mediante el manejo, prevención y control de factores de riesgo y deterioro ambiental urbano y rural. -Subproceso Recuperación, protección y conservación de los Recursos Naturales: Intervenir sobre el territorio con programas, proyectos y acciones orientados a recuperar, conservar y/o proteger la oferta ambiental. PROCESOS DE APOYO -Asesoría Jurídica: Soportar todas las actuaciones de la Corporación y representarla judicial y extrajudicialmente, asegurando que las decisiones y actuaciones se enmarquen dentro de los parámetros previstos por las normas legales vigentes -Gestión administrativa y del talento humano: -Subproceso Administrativo: Fortalecer la capacidad administrativa para soportar el adecuado funcionamiento de la Entidad. -Subproceso Talento Humano: Propender por el desarrollo del talento humano cumpliendo con los requisitos legales y los establecidos por la Corporación, proporcionar formación, implementar herramientas que generen un ambiente de trabajo adecuado, coordinar la implementación del Sistema de Salud y Seguridad Ocupacional, analizar los resultados y establecer acciones orientadas a la mejora continua del mismo.

-Gestión Financiera: Gestionar y administrar eficientemente los recursos financieros requeridos para cumplir los objetivos institucionales. PROCESO DE EVALUACIÒN -Control interno: Verificar y asesorar el cumplimiento del Sistema de Control Interno, para contribuir a que la Gestión de la CARDER sea eficiente, eficaz y transparente.


2.6 Sistema de Planificación La CARDER cuenta con un Sistema de Planificación incorporado al Sistema Integrado de Gestión, que orienta y guía la gestión administrativa en cumplimiento de los fines esenciales del Estado, y está en concordancia con el modelo de operación por procesos. Hacen parte de él, la Política Integral, las Directrices de la Política, los Objetivos Integrales con sus respectivas metas de producto, los Objetivos y metas de trabajo individual y planificación de los compromisos laborales, soportados en indicadores por niveles de agregación.

PND (Plan Nacional de Desarrollo); PGAR (Plan de Gestión Ambiental Regional) PA (Plan de Acción); PAI (Plan Anual de Inversión); POD (Plan Operativo por Dependencia); PTI (Plan de Trabajo Individual).


2.6 Sistema de Planificación El Sistema de Planificación CARDER tiene como fin último, asegurar el cumplimiento de las metas institucionales a través de la herramienta para el mejoramiento continuo PHVA (Planear, Hacer, Verificar y Actuar) y los instrumentos de planeación, ejecución, seguimiento y control dispuestos por el Estado y la CARDER, entendiendo lo anterior, la gráfica No. 1 muestra en la parte superior de la pirámide los instrumentos de la planificación estratégica con los cuales se logran los objetivos y metas institucionales. La Planeación Estratégica Institucional se guía por los objetivos trazados por el Gobierno Nacional a través del Plan Nacional de Desarrollo, el cual provee lineamientos estratégicos de políticas públicas. En segunda instancia se articula con las metas de impacto o de largo plazo del Plan de Gestión Ambiental Regional, el cual orienta la gestión de las Corporaciones Autónomas Regionales -CAR’s- e integra las acciones de todos los actores regionales hacia la sostenibilidad de las regiones. Por último, la CARDER a través de su Plan de Acción, instrumento de mediano plazo, concreta las metas resultado institucional para el logro de los objetivos y metas planteados en los planes del nivel nacional y regional. La planeación operativa institucional, armónica con el modelo de operación por procesos se muestra en la pirámide de la gráfica No.1 y consiste en un conjunto de instrumentos de corto plazo que permite hacer la medición de las metas producto y resultado desde el nivel directivo hasta el operativo. La operación del seguimiento de metas, el Sistema de Planificación, los planes operativos de las dependencias y los planes de trabajo se soportan en el Sistema Integrado de Gestión. El anterior conformado por un Sistema certificado de Gestión de Calidad, el Modelo Estándar de Control Interno (MECI), las políticas de Desarrollo Administrativo y los Sistemas de Gestión Ambiental y Seguridad y Salud Ocupacional, éstos dos últimos en etapa de implementación. El seguimiento, evaluación y verificación de las metas institucionales se realiza a través de indicadores con niveles de gestión: gerenciales, funcionales y operativos; los cuales son recopilados, organizados y publicados por el Sistema de Información Ambiental y Estadístico SIAE- de la Corporación en forma sistémica para disponer de los resultados en tiempo real y entregar a los usuarios información oportuna para la toma de decisiones en materia ambiental y de gestión institucional. Los indicadores se encuentran publicados en la página Web del SIAE en el link: http://siae.carder.gov.co/indicadores


2.7 Roles de la Oficina de Control Interno Evaluación y Seguimiento: se desarrolla sobre dos puntos específicos: Evaluación Sistema de Control Interno: de acuerdo a la Ley 87/93 Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación, Verificar que el SCI este funcionando y cumpliendo sus funciones, Verificar el cumplimiento de los Controles y que estos sean adecuados y se mejoren permanentemente. Evaluación a la gestión: Auditoria Interna como elemento de control, que permite realizar un examen sistemático, objetivo, e independiente de los procesos, actividades y operaciones.

Valoración de Riesgo: apoyar y coordinar el monitoreo de los riesgos institucionales y comunicar a la alta dirección sobre el estado de los mismos y recomendar sobre mejora en los controles y posibilidades de mitigación.

Fomento a la Cultura de Control-Autocontrol: A través de un proceso de sensibilización, capacitación y divulgación, para enseñar y crear una conciencia en todos los funcionarios y contratistas del autocontrol como principio a desarrollar para el cumplimiento y realización de nuestras actividades.


2.7 Roles de la Oficina de Control Interno Relación con Entes Externos: es quien facilite y sirve de intermediario para remitir o tramitar los requerimientos de los organismos de Control Externo y es quien realiza la coordinación en los informes que la Entidad deba presentar. Actúa como facilitador al interior y al exterior para el flujo de información contenida en la organización. es el conducto transmisor del hacer, materializado en documentos reportes que contienen una presunción legal de veracidad.

Acompañamiento y Asesoría: por medio de orientación técnica y recomendaciones se enfoca en evitar desviaciones en los Planes, Procesos, entre otros, Mejorar los Procesos y la eficacia de las operaciones, Identificar riesgos a través de la Auditoria y evaluar la administración de los mismos e Implementar y fortalecer el CI– Procesos críticos.


2.8 La Organización La Entidad cuenta con unos instrumentos que procuran por el adecuado desarrollo de la organización, los cuales deben ser del conocimiento y manejo de todos los servidores. Ellos son: MANUAL DE FUNCIONES

El Manual Específico de Funciones y Requisitos de los diferentes empleos de la planta de personal, es el instrumento a través del cual el Director General asigna las funciones y responsabilidades a las dependencias y a los cargos existentes en la estructura de la organización. Estas deben ser coherentes con las funciones que de acuerdo con la Ley, le corresponde cumplir a la corporación. El servidor debe conocer el Manual de Funciones y Requisitos de la Corporación, en especial las funciones que corresponden a su dependencia, y en particular las funciones asignadas al cargo que ocupa, para que pueda responder por su adecuado cumplimiento. Así mismo, el servidor deberá evaluar periódicamente el cumplimiento de sus funciones, de acuerdo con lo establecido por la Ley de Control Interno (Ley 87 de 1993, Autocontrol). MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS El Manual de Procesos y Procedimientos es un instrumento a través del cual se cumple el control interno, de acuerdo con lo establecido por la Ley 87 de 1993. Su aplicación contribuye a garantizar la eficacia, eficiencia y economía en todas las actividades que ejecuta la corporación, facilitando la correcta ejecución de las funciones definidas para el logro de la misión institucional. Adicionalmente, el manual de procesos y procedimientos le permite a la Entidad contar con un adecuado mecanismo de desarrollo organizacional. La estandarización de los procesos institucionales, facilita y agiliza la gestión de la Entidad, propiciando la transparencia en todas las actuaciones de los servidores públicos y generando credibilidad en la administración pública frente al ciudadano. El servidor debe conocer el Manual de Procesos y Procedimientos de la Corporación, en especial los procesos y procedimientos que corresponden a las funciones de su dependencia y en particular, los procesos y procedimientos que tienen que ver con el cumplimiento de las funciones asignadas a su cargo. Así mismo, el servidor debe efectuar el seguimiento y control a sus procesos y procedimientos, e implementar los ajustes y actualizaciones que sean necesarios.


2.9 El Recurso Humano CARRERA ADMINISTRATIVA La Corporación cuenta con servidores públicos de libre nombramiento y remoción que son los que ocupan los cargos directivos y el personal de manejo y confianza del Director General. A excepción de éstos, todo servidor público que se vincula a la Entidad para ocupar un cargo en la planta, mediante concurso adquiere el carácter de servidor público y como tal ingresa a la carrera administrativa, según lo establecido en la Ley 909 del 23 de septiembre de 2004, por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones y demás decretos reglamentarios. La carrera administrativa regula aspectos como el ingreso de los servidores públicos, la clasificación del personal con sus correspondientes niveles salariales, capacitación, permanencia, ascensos y retiros de personal, entre otros. El objetivo de la carrera administrativa es alcanzar la eficiencia, tecnificación, profesionalización, y la excelencia de los servidores públicos, con el fin de cumplir con la misión y objetivos de la institución, ofreciendo igualdad de oportunidades a los colombianos para que se vinculen a la Entidad; asegurando la atención y satisfacción de los intereses generales de la comunidad.


2.9 El Recurso Humano CÓDIGO ÚNICO DISCIPLINARIO El control disciplinario es un instrumento de gestión por mandato de la Ley 734 de 2002 y se soporta en la medida que los miembros de la organización admitan que las conductas del régimen, protegen la adecuada operación de la función administrativa. La instancia dentro de la administración encargada del manejo de control disciplinario es la UNIDAD DE CONTROL DISCIPLINARIO INTERNO, que con base en las faltas gravísimas en las que incurran los funcionarios, realiza el control disciplinario en la institución. Las faltas gravísimas, deberes y derechos, se encuentran contemplados en la Ley 734 de 5 de febrero de 2002, en él articulo 33 derechos, artículo 34 deberes, artículo 35 prohibiciones, artículo 42 clasificación de las faltas, artículo 43 criterios para determinar la gravedad o levedad de la falta, artículo 44 clases de sanciones, y artículo 45 definición de las sanciones.

BENEFICIOS QUE OTORGA LA Ley Todo servidor público que ingrese a la Corporación Autónoma Regional de Risaralda CARDER- tendrá derecho a que se le cancelen salarios y prestaciones sociales, obedeciendo a las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992, y en los decretos reglamentarios, por los cuales se fijan las escalas de asignación básica de los empleos que sean desempeñados por servidores públicos de la Rama Ejecutiva, corporaciones autónomas regionales y de desarrollo sostenible, empresas sociales del estado, del orden nacional, de la siguiente forma:

ASIGNACIÓN BASICA: Será la que fija el Gobierno Nacional anualmente de acuerdo con el nivel, código y grado del cargo. PRIMA TÉCNICA AUTOMÁTICA: Otorgada por el Gobierno Nacional en el decreto que anualmente expide, donde fija las escalas de asignación básica de los empleos que son desempeñados por servidores públicos de la Rama Ejecutiva, corporaciones autónomas regionales y de desarrollo sostenible, empresas sociales del estado, del orden nacional en los términos y condiciones a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demás normas que lo sustituyan o modifiquen. En el caso de la CARDER, le corresponde la citada prima al director general, subdirectores, secretario general y no constituye salario para liquidar ninguna prestación social.


2.9 El Recurso Humano PRIMA TÉCNICA POR MERITOS: Es fijada por el director general, teniendo en cuenta los requisitos exigidos en el Decreto 1661 de 1991, previa disponibilidad presupuestal, puede otorgarse hasta un 50% y solo pueden acceder a ella los del nivel directivo, asesor y ejecutivo. La citada prima constituye salario para liquidar las prestaciones sociales. AUXILIO DE TRANSPORTE: El Gobierno Nacional establece la cuantía del auxilio de transporte y tienen derecho los servidores públicos que devenguen hasta dos salarios mínimos. No se tendrá derecho a este auxilio cuando el funcionario disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencias, suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la Entidad suministre el servicio. SUBSIDIO DE ALIMENTACIÓN: El subsidio de alimentación de los servidores públicos, lo establece el Gobierno Nacional mediante Decreto que expide anualmente donde fija la escala de asignación básica de los empleos. No se tendrá derecho a este subsidio cuando el respectivo servidor disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencia, suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la Entidad suministre alimentación a los servidores. HORAS EXTRAS, DOMINICALES Y FESTIVOS: Se procede al pago y reconocimiento, cuando a ello hubiere lugar, y el servidor público debe pertenecer al nivel técnico hasta el Grado 09 o al nivel asistencial hasta el Grado 19. El límite para el pago de horas extras mensuales a los servidores públicos que desempeñen el cargo de conductor mecánico es de 80 horas extras mensuales. BONIFICACIÒN POR SERVICIOS PRESTADOS: Se le reconoce al servidor cada vez que cumpla un año continuo de labor en la misma Entidad. Sin embargo, cuando un empleado pase de un organismo de orden nacional a otro, el tiempo laborado en el primero se tendrá en cuenta para efectos del reconocimiento y pago, siempre que no haya solución de continuidad en el servicio. Se entenderá que no hay solución de continuidad sí entre el retiro y la fecha de la nueva posesión no transcurrieren más de quince (15) días hábiles. Los valores de la bonificación por servicios prestados serán equivalentes al treinta y cinco por ciento (35%) o cincuenta por ciento (50%) de la asignación básica de los empleos.


2.9 El Recurso Humano PRIMA DE SERVICIOS: La prima de servicios corresponde a 15 días de salario por cada~ ano completo de servicios o proporcional, siempre que hubiere prestado sus. servicios al organismo nacional por un termino mínimo de seis (6) meses. También se tendrá derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional cuando el empleado se retire del servicio y haya prestado sus servicios por un término mínimo de seis (6) meses. No obstante, cuando un servidor pase del servicio de una Entidad a otra el tiempo laborado en la primera se computará para efectos d~ la liquidación de la prima, siempre que no haya solución de continuidad en el servicio. Se entenderá que hubo solución de continuidad cuando medien más de quince (15) días hábiles entre el retiro de una Entidad y el ingreso a otra. La prima de servicios se pagará en los primeros quince (15) días del mes de Julio de cada año y con el salario que este devengando al 30 de Junio de cada año. Se deben tener en cuenta en nuestro caso, los siguientes factores para liquidar la prima, de servicios: la asignación básica, la prima técnica por méritos, el subsidio de alimentación, el auxilio de transporte y la doceava de la bonificación por servicios prestados. VACACIONES: Los servidores públicos tienen derecho a quince días hábiles de vacaciones por cada año de servicios, el monto de las mismas se liquidará con el salario devengado al momento de salir a disfrutarlas. Para el reconocimiento y pago de las vacaciones se computará el tiempo servido en todos los organismos nacionales, siempre que no haya solución de continuidad en el servicio. Se entenderá que hubo solución de continuidad cuando medien más de quince (15) días hábiles de interrupción en el servicio a una y otra Entidad. Se deben tener en cuenta en nuestro caso, los siguientes factores para liquidar las vacaciones: La asignación básica, la prima técnica por méritos, el subsidio de alimentación, el auxilio de transporte, la doceava de la bonificación por servicios prestados y la doceava de la prima de servicios. PRIMA DE VACACIONES: Esta prestación social es equivalente a quince (15) días de salario por cada año de servicios y se paga al mismo tiempo en que se pagan las vacaciones. Sólo se podrán aplazar las vacaciones correspondientes a dos años de servicio. Se deben tener en cuenta en nuestro caso, los siguientes factores para liquidar la prima de vacaciones: la asignación básica, la prima técnica por méritos, el subsidio de alimentación, el auxilio de transporte, la doceava de la bonificación por servicios prestados y la doceava de la prima de servicios.


2.9 El Recurso Humano VACACIONES INDEMNIZADAS: La vacaciones sólo podrán ser compensadas en dinero en los siguientes casos: •Cuando el jefe del organismo así lo estime necesario para evitar perjuicios en el servicio público, evento en el cual sólo puede autorizar la compensación en dinero de las vacaciones correspondientes a un año. •Cuando el servidor quede retirado definitivamente del servicio sin haber disfrutado de las vacaciones causadas hasta entonces. Cuando un servidor público cese en sus funciones sin que hubieren causado las vacaciones por año cumplido, tendrá derecho a que se le reconozcan y compensen en dinero proporcionalmente por el tiempo efectivamente trabajado (Ley 995 Nov. 10/05). Cuando las vacaciones sean compensadas en dinero se deben liquidar de acuerdo con los días calendario que hubiere podido disfrutar el servidor. Los factores para liquidar las vacaciones indemnizadas son iguales a los para de las vacaciones disfrutadas. PRIMA DE VACACIONES INDEMNIZADAS: Esta prestación social es equivalente a quince (15) días de salario por cada año de servicios y se paga al mismo tiempo en que se pagan las vacaciones indemnizadas. Los factores para liquidar la prima de vacaciones indemnizadas son iguales a los de la prima de vacaciones disfrutadas. BONIFICACIÒN ESPECIAL DE RECREACIÒN: Los servidores públicos tienen derecho a una bonificación especial de recreación por cada periodo de vacaciones, en cuantía equivalente a dos (2) días de la asignación básica mensual que le corresponda en el momento de iniciar el disfrute del respectivo periodo vacacional. Igualmente habrá lugar a esta bonificación cuando las vacaciones se compensen en dinero. PRIMA DE NAVIDAD: Todos los servidores públicos tienen derecho al reconocimiento y pago de una prima de Navidad equivalente a un mes de salario que corresponda al cargo desempeñado el 30 de noviembre de cada año. Se pagará en la primera quincena del mes de diciembre. Cuando el servidor no hubiere servido el año completo, tendrá derecho al pago proporcional al tiempo laborado a razón de una doceava parte por cada mes completo de servicio, que se liquidará y pagará con base en el último salario devengado. Se deben tener en cuenta en nuestro caso, los siguientes factores para liquidar la prima de Navidad: la asignación básica, la prima técnica por méritos, el subsidio de alimentación, el auxilio de transporte, la doceava de la bonificación por servicios prestados, la doceava de la prima de servicios y la doceava de la prima de vacaciones.


2.9 El Recurso Humano AUXILIO DE CESANTIAS: Durante los primeros cinco días hábiles de cada mes, la Entidad transfiere al Fondo Nacional del Ahorro, la doceava parte de los valores devengados por el servidor público. Los factores a tener en cuenta para el auxilio de cesantía son los siguientes: asignación básica, la prima técnica por méritos, el subsidio de alimentación, el auxilio de transporte, las horas extras, la bonificación por servicios prestados, las vacaciones disfrutadas y las indemnizadas, la prima de servicios, la prima de vacaciones disfrutadas y las indemnizadas, y la prima de navidad. PROGRAMAS DE CAPACITACIÒN, BIENESTAR E INCENTIVOS En los programas de bienestar el servidor puede acceder a ellos con su grupo familiar, entendiéndose por grupo familiar los padres, el esposo (a), los hijos, y en el caso del empleado soltero, los padres y hermanos menores de 18 que dependan económicamente de él. FONDO DE EMPLEADOS DE CARDER Los servidores de la CARDER cuentan con un Fondo de Empleados, que se identifica con la sigla de FONCARDER de acuerdo con los estatutos, es una empresa asociativa, de derecho privado sin ánimo de lucro, regida por las disposiciones legales vigentes y en especial por la legislación sobre fondos de empleados. FONCARDER tiene como objetivos generales: estrechar y fomentar la solidaridad y el compañerismo entre sus asociados, fomentar del ahorro, así como suministrar créditos y prestación de diversos servicios de índole social, que busquen el mejoramiento de la calidad de vida y de las condiciones económicas, sociales, culturales y ambientales de todos sus asociados. Pueden ser asociados de FONCARDER las personas naturales que presenten por escrito solicitud de afiliación y cumplan los siguientes requisitos: A) Ser legalmente capaz. B) Ser empleado, contratista, pensionado y jubilado de la CARDER. C) Haber cumplido el periodo de prueba en la institución que genera el vínculo de afiliación. ' D) Pagar una cuota de admisión equivalente al 10% del S.M.M.LV, no reembolsable, una vez haya sido aceptado. Esta cuota será destinada a reserva para protección de inversiones. E) Autorizar a la CARDER, para que retenga de su salario básico mensual con destino a FONCARDER la suma correspondiente para cubrir el valor de la cuota periódica de aportes sociales y ahorros permanentes establecida en los estatutos.


FELICITACIONES!!! Le felicitamos, porque ahora usted hace parte de una Gran Entidad! De usted depende que nuestra Entidad sea cada vez mejor! COMITÉ DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN JUAN MANUEL ÁLVAREZ VILLEGAS Director General RICARDO SINISTERRA LONDOÑO Asesor de la Dirección General JULIO CESAR GÓMEZ SALAZAR Subdirector de Gestión Ambiental Sectorial EPIFANIO MARÍN RÍOS Subdirector de Gestión Ambiental Territorial IRMA CECILIA CARDONA MARTÍNEZ Secretaria General TATIANA MARGARITA MARTÍNEZ DIAZGRANADOS Jefa Oficina de Control Interno GABRIEL ANTONIO PENILLA SÁNCHEZ Jefe Oficina Asesora de Jurídica FRANCISCO A. URIBE GÓMEZ Jefe Oficina Asesora de Planeación ACTUALIZACIÓN Y EDICIÓN:

LINA MARCELA URIBE – Profesional Especializada OAP DIANA YISETH VARGAS – Profesional Especializada OAP FELIPE CAICEDO FRANCO – CPS 243 / 2014


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