Edición # 276 de la Revista A de la ANDI

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NOTAS JURÍDICAS

Las principales firmas de abogados del país opinan sobre temas de actualidad

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Sobre la designación del oficial de cumplimiento

Nueva cartilla sobre determinantes ambientales

Plan de normalización de grupos empresariales

La Superintendencia de Sociedades precisó recientemente, en relación con el SAGRILAFT, que los grupos empresariales pueden nombrar un único oficial de cumplimiento para todas las empresas, siempre que este cuente con la disponibilidad y capacidad para atender sus funciones. Sin embargo, este oficial deberá reunir y cumplir los requisitos previstos por el regulador que vigile a cada una de las empresas del grupo, si no están todas bajo vigilancia de una misma entidad.

El Ministerio de Ambiente expidió la segunda edición de la cartilla de orientaciones para la definición y actualización de determinantes ambientales y su incorporación en los planes de ordenamiento territorial (POT). La cartilla es de gran utilidad para que las autoridades ambientales y los entes territoriales diseñen modelos de ocupación ambientalmente sostenibles, y para garantizar la seguridad jurídica de los agentes involucrados en el ordenamiento territorial.

La Superintendencia de Sociedades expidió el Plan de Normalización del Registro de Situaciones de Control o Grupo Empresarial con sanción reducida y posibilidad de conmutar el 50 % para investigaciones en curso, que inicien hasta el 31 de diciembre o por hechos puestos en su conocimiento hasta dicha fecha. Se requiere el allanamiento a los cargos antes del decreto de pruebas y la inscripción de la situación de control o grupo empresarial en el registro mercantil.

Conpes 4028, Conpes Fluvial

Quien cotizó el 3 % en pensiones debe cotizar faltante

¿Hay un nuevo alcance a la Ley 1393 de 2010?

El Conpes 4028 definió la política de riesgo contractual para los proyectos bajo APP u otros esquemas con la participación del sector privado para el transporte fluvial o la construcción y operación de infraestructura de canales navegables. También reafirmó que, para las iniciativas públicas, MinHacienda reglamentará los mecanismos de compensación de riesgos aplicables, mientras que para las iniciativas privadas dichos mecanismos serán los que se definan en la estructuración.

Las empresas que en los periodos de abril y mayo de 2020 realizaron cotizaciones a pensiones con un porcentaje del 3 %, ahora deberán cotizar el 13 % faltante del aporte. El Decreto 376 de 2021 establece que los empleadores asumirán el 75 % del aporte adeudado y los trabajadores dependientes el 25 %. Este faltante del aporte se deberá cotizar antes del 1.º de junio de 2024, so pena de que se generen los correspondientes intereses de mora.

No. La sentencia de nulidad del Consejo de Estado sobre el Acuerdo 1035 de 2015 únicamente habilitó a los funcionarios de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscal (UGPP) a aceptar la no inclusión de los conceptos de prestaciones sociales, auxilio legal de transporte y viáticos ocasionales (por su naturaleza legal) en el cálculo del 60-40. Si bien esto no es un nuevo alcance, sí facilita la defensa de los empleadores en procesos de fiscalización.

REVISTA A


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