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Régimen de trabajo en casas particulares

LA IMPORTANCIA DE REGISTRAR AL SERVICIO DOMÉSTICO

El trabajo desarrollado por quienes prestan servicios en casas particulares, debe ser registrado por un motivo fundamental:

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ES UNA RELACION LABORAL.

En el año 2013, se sancionó en Argentina la Ley 26.844 “Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” que regula los derechos laborales de las empleadas domésticas sin importar la cantidad de horas que trabajen.

Esta ley equipara al servicio doméstico con la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20744), dejando atrás el antiguo régimen de dicha actividad Dto Ley 326/56, ingresando de esta manera, en el marco general del universo laboral.

La registración genera tanto al empleador como al trabajador, derechos obligaciones y enmarca la relación dentro de la ley otorgando beneficios para ambas partes:

• Están bajo un contrato de trabajo desde que prestan servicios y debe ser registrado; • Cuentan con obra social desde el momento de la registración; • En caso de accidente de trabajo, la ART cubre las prestaciones; • Tienen derecho a vacaciones pagas; • En caso de despido o extinción de trabajo, es la ley la que regula la desvinculación.

Pasos para la formalización:

El registro del personal doméstico lo realiza el empleador con su clave fiscal. El trámite se puede realizar de forma online o telefónica. En caso de hacerlo online, estos son:

1- Ingresá en la web: AFIP con tu clave fiscal. Si no la tenés, ingresá a Solicitud de Clave Fiscal.

2- Cargá los datos de tu empleado/a: Ingresá su número de CUIL y cliqueá el botón Buscar para que traiga, en forma automática, los datos asociados que tiene AFIP a ese número.

3- Ingresá el domicilio de tu empleado/a.

4- Datos del trabajo: Cargás Tipo de trabajo, Cantidad horas semanales, Modalidad de liquidación, Remuneración, Modalidad de trabajo, Fecha de ingreso, Si el trabajo es temporal o fijo. 5- Datos del domicilio laboral: Es el domicilio donde la persona trabajadora realiza las tareas para las cuales la contrataste.

6- Confirmación de los datos: La pantalla te muestra toda la información que cargaste en los pasos anteriores para que la verifiques. Podés confirmarla o modificarla si hiciera falta.

Constancia de alta: Es el documento que prueba la relación laboral. Debés descargarla, imprimirla y entregarle una copia firmada a tu empleada. Este documento lo necesitará verificar su registro, acceder a la obra social, etc.

Pagar la ART: En caso de no optar por una ART al comienzo de la relación laboral, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo le asignará de oficio a tu empleada una ART autorizada.

Maria Eugenia Mascitti ABOGADA - T° IX F 493 CAMDP