Guía para el usuario contra abusos de la CFE

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4.- ¿PUEDEN CAMBIAR MI MEDIDOR SIN MI CONSENTIMIENTO? No. Los contratistas de CFE tienen que normar el trabajo que desempeñan bajo el procedimiento que estable la Ley, Reglamento y Manual. Si el medidor tiene una falla, no registra, o esta alterado lo primero que tiene que hacer el suministrador es: 1. Ajustar los equipos de medición 2. Reparar el equipo de medición como lo estable el art. 30 del reglamento 3. Y por ultimo cambiar el medidor “sustituyéndolos por los adecuados” (artículo 31) Nota: el final del artículo 31 dice “sustituyéndolos por los adecuados” no dice que deben de ser de pre-pago, post-pago, digital o “inteligente”. (Protege tu medidor instalando una protección de herrería y metiendo la queja de profeco.) Artículo 30.- El suministrador colocará sellos en sus equipos, gabinetes e instrumentos de medición para evitar que se altere su funcionamiento y podrá removerlos, previo aviso al usuario, para efectuar los ajustes, reparaciones o inspecciones que se requieran en dichos equipos, excepto para la medición de demanda máxima durante el proceso de toma de lecturas, en que no se requerirá el aviso. Artículo 31.- El suministrador verificará periódicamente, previo aviso al usuario , que los equipos de medición se ajusten a la exactitud establecida en la norma oficial mexicana del equipo y retirará los que no permitan su ajuste,

sustituyéndolos por los adecuados. 5.- ¿Pueden cambiar mi medidor por uno digital, “inteligente” de pre-pago,post-pago o de autogestión? No. Son varias razones legales que hacen que no deban instalar este tipo de medidor. Hay más motivos y sobre todo negocios de corrupción que hay en CFE Y aquí, Calderón , no escapa de su responsabilidad. El siendo secretario de energía. 2004 y 2005. Supo del proyecto de adquisición de estos medidores inteligentes. Sabía que en el marco legal no existe este tipo de equipos de medición. Y aun así los compraron. El desorden administrativo que tiene CFE , toma de lecturas, facturación, cobro de energía, subsidios, entrega de recibos lo quieren corregir todo con el cambio de medidor para que el usuario pague la luz por adelantado, tome lecturas, compre energía por adelantado y se corte la luz una vez q se haya acabado el crédito o saldo. Artículo 27.- El suministrador instalará las acometidas, los equipos y aparatos de medición que se requieran de acuerdo con las características del suministro; el usuario podrá instalar los equipos que juzgue necesarios para comprobar las mediciones que efectúe el suministrador, siempre que no interfieran en el funcionamiento de los aparatos y equipos de medición instalados por éste, siendo la lectura de estos últimos la que sirva de base para la facturación. Artículo 31.- El suministrador verificará periódicamente, previo aviso al usuario , que los equipos de medición se ajusten a la exactitud establecida en la norma oficial mexicana del equipo y retirará los que no permitan su ajuste,

sustituyéndolos por los adecuados. Y atención a este articulo que menciona que existe una N.O.M. Norma oficial Mexicana Y esta norma habla de medidores (watthorimetros) electromecánicos. No establece medidores, digitales, inteligentes de prepago pos pago ARTICULO 29. (L.S.P.E.E.) Los productos, dispositivos, equipos, maquinaria, instrumentos o sistemas que utilicen para su funcionamiento y operación la energía eléctrica, quedan sujetos al cumplimiento de las Normas Oficiales

Mexicanas (NOM)

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