Quito 25 de julio de 2018

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Quito, Ecuador

MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 PAÍS

Número total de ejemplares puestos en circulación: 26.509

PAÍS

Mercado automotriz creció en 20% Página B1

PAÍS

Ley económica: 4 pros para clases populares

Muñequeo en Judicatura por jueza suspendida

Página B1

Aún no se cumple el 4% de personal con discapacidad El gobierno reconoce que los casos más graves de incumplimiento están, precisamente, en el sector público. El ministro del Trabajo, Raúl Ledesma, reconoció ayer que no se está logrando el objetivo de la inserción laboral del 4% de personas con discapacidad en las empresas del país, como establece la Ley respectiva. El titular se refirió al tema al instalar en Quito el foro público

‘Construyendo igualdad’ ante más de un centenar de representantes de organizaciones de personas con discapacidad. Los correctivos tomarán su tiempo, reconoció Ledesma, pero se declaró optimista, aunque sin anticipar fechas. Página B2

La suspensión de la jueza de la Unidad Judicial Multicompetente, Paola de los Ángeles Dávila López, fue cuestionada ayer al interior de la Judicatura. Página B3

PAÍS

Lista agenda para entrar a la Alianza del Pacífico Ecuador podría iniciar las negociaciones con el bloque a finales del primer trimestre de 2019 y concretar los beneficios que traerá esta vinculación.

Página B1

PAÍS

Nebot se despide hasta el 2021

DISCURSO. El presidente, Lenín Moreno, defendió ayer en Londres la necesidad de “implementar políticas públicas solidarias” para las personas discapacitadas.

El alcalde Jaime Nebot solemnizará hoy la última sesión de su Cabildo, por el aniversario 483 de fundación de Guayaquil y rendirá cuentas de su labor. Página B4

PRIMERA SUERTE

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SEGUNDA SUERTE

TERCERA SUERTE

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www.lahora.com.ec lahoraecuador @lahoraecuador

¿Adónde volaron los aviones de Correa?

La Contraloría anunció ayer que inició una auditoría al uso que se le dio a los aviones presidenciales durante el gobierno de Rafael Correa. La compra de las aeronaves y sus recorridos durante el pasado régimen fueron ampliamente criticados por la oposición . Página B3

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


CIUDAD A2

tiempo lectura 15 min.

MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

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Mañana se premian 31 platillos de los mercados

PARTICIPACIÓN. Durante el concurso se presentaron platillos como el morocho con empanadas.

Los ganadores de ‘Las mejores huecas’ se presentarán en el centro de abastos Iñaquito.

el encuentro habrá 31 recetas que se presentarán como finalistas del concurso ‘Las mejores huecas de los mercados’, que llegó a su fin el 22 de julio en jornadas intensas y de difícil elección. Durante 12 días, los jueces, quienes son parte de la Asociación de Chefs del Ecuador, tuvieron la tarea de deleitarse con 134 manjaQuién no ha comido un buen res tradicionales que se preparan seco de chivo, un tapa‘o arrecho, en 21 mercados del Distrito. La edición de este año, orgaunas tortillas con hornado o un ají de pata, en los puestos de los nizada por la Agencia de Coordinación Distrital de Comercados, se ha perdido de mercio (ACDC), eligió a una verdadera experiencia EL DATO una de las preparaciones gastronómica. No hace de cada plato y a varias falta comer con el meñique Mercado versiones de jugos y batilevantado, cuando el sa- El Iñaquito está dos. Los dulces tampoco bor del borrego asado o el ubicado en la Iñaquito y se quedaron atrás, pues toque de mar del caldo de calle Pereira. entre los seleccionados cangrejo con almejas están están las deliciosas espuacompañados por frases millas, los pristiños y el popular de cariño de las caseras. Para quien no ha vivido esta ‘come y bebe’. Se escogieron finalistas de experiencia antes, su oportunidad de conocer de cerca a las cada mercado, quienes recibirán guardianas de las recetas tradi- su reconocimiento para que concionales es mañana, a partir de las serven tradiciones que deleitan a 10:00, en el mercado Iñaquito. En los más exigentes. (PCV)

SABOR. El ceviche a lo manabita es uno de los finalistas.

Lista

Los finalistas arrecho’, de Sandra Tenorio, Mercado América ° ‘Tapao de dulce’, de Nancy Nacimba, Mercado Andalucía ° ‘Zapallo ‘Pristiños’, de Yessenia López Valencia, Mercado Arenas ° Jugos y batidos, de Flor María Ramírez, Mercado Ciudadela Ibarra ° ‘Espumilla’, de Teresa Meneses, Mercado Ciudadela Ibarra ° ‘Cariucho’, de Rita Almache, Mercado Central ° ‘Caldo de Manguera’, Dolores Lara, Mercado Chiriyaku ° ‘Cuyes asados’, de JosédeNaranjo, Mercado Chiriyaku ° ‘Hornado Pastuzo’, de Georgina Paspuesan, Comité del Pueblo ° ‘Tortillas con hornado’, de Nancy Calderón, Comité ° ‘Asado de borrego’, de Olga Asimbaya, Cotocollao del Pueblo ° ‘Caldo de cangrejo con almejas’, de Carmen Morales, Cotocollao ° ‘Encebollado’, de Pedro Pablo Penarrieta, El Quinche ° ‘Caldo de bolas de verde’, de Lucía muncha, Kennedy ° Jugos y Batidos, de Carmen Acosta, La Carolina ° Jugos y Batidos, de Pilar Llanos, La Carolina °

Chicharrón’, de Marcia Aguilar, La Carolina ° ‘Fritada morada y chocolate’, La Carolina ° ‘Emborrajado, con morcilla’, de Miriam Tumaco, La Ecuatoriana ° ‘Menudo de gallina criolla’, de Margarita Avilés, La Magdalena ° ‘Caldo de Valeria Vilañez, La Magdalena ° ‘Yaguarlocro’, con empanadas’, de Margarita Mangui, La Magdalena ° ‘Morocho y bebe’, de Yolanda Amchali, Las Cuadras ° ‘Come de maíz’, de Rosa Cutucuamba, Lloa ° ‘Tortillas ‘Papas con y cuero’, de Lucía Sandovalin, Lloa ° ‘Tortillas delibrillo de Olga Amanta, Plaza Michelena ° ‘Ají de Pata’,tiesto’, Anita Olalla, Plaza Michelena ° ‘Encocado dedecamarón’, Jenny Bautista, Rumiñahui ° ‘Seco de chivo’, de VíctordeCartagena ° ‘Tilapia’, de Rosa Guamaní, San RoqueHerrera, San Antonio ° ‘Ceviches’, de Carmen Chusi, Santa Clara °

Un laboratorio para contar tu mundo en el Cumandá Durante dos horas es posible crear otros mundos a través de la escritura creativa. Los martes y miércoles hasta el 15 de agosto, niños de 7 a 12 años pueden participar en los laboratorios de narradores ‘Cuenta tu mundo’, en el espacio de lectura del parque urbano Cumandá. De 15:00 a 17:00 se realizan actividades teóricas y prácticas orientadas al aprendizaje de las bases de la escritura creativa, para que ellos puedan presentar sus propios textos. La lectura de cuentos, poesías y novelas cortas también forma parte de las jornadas.

Los talleres son gratuitos y los participantes pueden inscribirse a través de la página de Facebook Cumandá Parque Urbano, llamando al teléfono 257 36 45 o directamente en el segundo piso de las instalaciones del parque. En el espacio de lectura se pueden donar libros usados en buen estado. En las salas de exposiciones y espacios deportivos también están disponibles otros talleres de diferentes temáticas, por vacaciones. Las familias pueden participar en conversatorios de la exposición ‘Psicolabis Reflexio’ sobre los hábitos alimentarios.

Este fin de semana, de 11:00 a 16:00, se realizará una feria de comida y arte abierta al público, en la que se presentarán diferentes opciones de alimentos orgánicos de proyectos de la ciudad. También está disponible la exposición ‘Ludomentis Ver, tocar, jugar’ en las salas de exposiciones 1 y 2. Esta muestra pone a prueba los sentidos a través de elementos en los que participan los visitantes. Se basa en experiencias pedagógicas colectivas recopiladas por el grupo ‘Ludomentis’ en cinco años de investigación. (PCV)

APRENDIZAJE. En el espacio de lectura del parque urbano Cumandá hay libros infantiles para todas las edades.


CIUDAD

Ayer se registraron dos horas de radiación UV ‘Muy Alta’ De 11:00 a 13:00, la radiación Ultra Violeta se elevó hasta 12, lo cual representó un nivel ‘Muy Alto’. Este índice que se mide del 0 al 16 y ayer en Quito se registró el índice más alto de los últimos tres días, en los cuales, se habían monitoreado valores entre 8 y 11. En estas condiciones, se recomienda no exponerse al sol entre las 10:00 y las 13:00,

utilizar camisa de manga larga, sombrero de ala ancha, gafas y bloqueador solar. La información actualizada se puede ver en la página de la Secretaría de Ambiente. Para hoy, el Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología , prevé una temperatura máxima de 21 grados centígrados y una mínima de 10. (PCV)

Taxistas insisten en que se retome la regularización Hasta el momento no se cumplen las condiciones que permitirían retomar el proceso.

Los taxistas se reunieron ayer en el Centro de Convenciones Eugenio Espejo, para tomar una resolución en vista de que en la sesión de Concejo de mañana no se tratará la regularización de taxis (no consta en el orden del día). Los dirigentes del gremio advirtieron que dan plazo al alcalde, Mauricio Rodas, hasta el próximo martes para que convoque a una sesión extraordinaria y aborde el tema. Agregaron que se mantienen en sesión permanente desde el pasado 17 de julio. Según el cronograma del proceso, el primero de agosto se deben entregar los primeros permisos de operación a los aspirantes que fueron calificados como idóneos. Según el estudio de oferta y demanda que impulsó la Secretaría de Movilidad se deben cubrir 8.693 cupos, pero 10.270 obtuvieron el informe de idoneidad y 5.000 que inicialmente quedaron fuera han apelado los resultados.

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MINUTERO Mantenimiento vial en 24 sectores

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Hasta el 29 de julio, los sectores del Tingo, La Armenia, Alangasí, Monjas, Chilibulo, Eloy Alfaro, Ciudadela El Ejército, La Cocha, San Carlos, Calderón, San Antonio, La Roldós, Cochapamba, estarán sujetos a procesos de mantenimiento vial. La Empresa Pública Metropolitana de Obras Públicas informó que más de 45 tramos viales serán intervenidos. Entre esos se encuentran: Ilaló, Princesa Pacha, Juan Navarro, Santa Rita, La Cocha, Flavio Alfaro, Leonardo Murialdo, Juan Molineros, Javier Loyola, Amalia Uriguen, Francisco de la Pita, entre otros. (ANGG)

MOVILIDAD. Taxistas recordaron que están en sesión permanente, ellos piden que se retome el proceso de regularización.

Reacciones

Fernando Valdés, dirigente del taxismo ejecutivo en Pichincha, recordó que el Secretario de Movilidad, Alfredo León, se comprometió a gestionar la convocatoria para mañana, pero frente al incumplimiento dijo que “se acabaron los diálogos”. El 17 de julio, León dijo que la calificación de los postulantes se mantiene vigente, pero aclaró que se están analizando las inconsistencias que la Comisión de Vigilancia encontró en el proceso. También dijo que la regularización continuará y que se cumplirá con todos los pedidos del Concejo.

Según lo previsto, la Secre- do, quien preside la Comisión de taría de Movilidad debe entre- Vigilancia, aclaró que la auditogar un informe de las falencias ría es innegociable y sostuvo que identificadas en la iniciativa, los taxistas deben ser los primepor las cuales incluso se ha pe- ros en exigir transparencia. A su criterio se podrá levantar dido una auditoría. Entre las fallas detectadas la suspensión del proceso siempre que el Administrador está el hecho de que los General exija al Procudocumentos no fueron EL DATO rador del Municipio que enumerados (foliados), responda sobre la auditoademás que no hubo 8.693 cupos cámaras de seguridad Son los que se debe- ría solicitada, que el Alcaldonde reposaron los do- rá cubrir, a partir de convoque a una sesión primero de para que se informe sobre cumentos y que se emi- del agosto. la implementación de las tieron informes de no recomendaciones y que la idóneos sin haber tomado en cuenta la ordenanza re- Secretaría de Movilidad explique por qué no implementó los pediformada. La concejala Luisa Maldona- dos del Concejo. (PSD)

Hay líos por repotenciación en el mercado de Calderón Los vendedores del mercado de tas y se arreglaron los puestos Calderón exigen que las auto- de trabajo”. ridades les entreguen un documento firmado y notariado que Antecedentes garantice que recuperarán sus El proyecto para repotenciar puestos, luego de la repotencia- el mercado fue presentado en ción del centro de abastos. febrero a la Comisión de ParÁngel Pacushqui, diriticipación Ciudadana y gente de los comerciantes, EL DATO Gobierno Abierto. dijo que son 700 personas Ángel Granja, adminislas que trabajan en ese sitrador Zonal de Calderón, 220 comerciantio y que lo único que exi- tes ya trabajan informó que su responsala Pampa de gen es que se respeten sus en bilidad es la construcción Calderón. puestos de trabajo. del mercado y aclaró que “No nos oponemos a esa es una obra que fue la repotenciación, pero no te- ofrecida por el Alcalde. nemos ninguna garantía de que Sobre la designación de después nos devuelvan nues- puestos y reubicación de cotros sitios de trabajo”, señaló. merciantes, señaló que eso le El dirigente comentó que corresponde decidir a la Coorhace un año se hizo una remo- dinación Distrital del Comercio. delación con un presupuesto de Con respecto a la remodela50 mil dólares. “Con dinero de ción de la que hablan los venlos comerciantes, en ocho me- dedores dijo que sí se hizo, pero ses, se cambiaron pisos, cubier- aclaró que también hubo un

Arte en Quitumbe

canchas de uso múlti°pleLas del barrio Pueblo Unido serán la sede de la cuarta entrega del proyecto ‘Arte y Espacio Público’, que reúne a cientos de moradores de la zona para una muestra abierta de danza, gastronomía y cultura. Sandra López, coordinadora del Foro Cultural Quitumbe, comentó que esta iniciativa está destinada para toda la familia, el acceso será gratuito, desde las 09:30. (ANGG)

Colonias vacacionales en Calderón El proyecto ‘Colonias °Vacacionales’ liderado por la

PROTESTA. Comerciantes aseguraron que se mantendrán en el centro de abastos hasta que vaya una autoridad y les hable con documentos.

descuido total de la infraestructura y que por eso nació la idea de construir un mercado con nuevos servicios, incluyendo parqueaderos para los habitantes de esa zona. Posturas

Según los comerciantes, la repotenciación del mercado implica derrocar la edificación recién

remodelada y fusionar dicha estructura con un coliseo para que se construyan parqueaderos subterráneos para 175 vehículos. Yolanda Galarza, otra comerciante, cuestionó que les hayan dejado invertir en instalaciones eléctricas, piso y otros servicios si el Municipio tenía un presupuesto para la repotenciación del sitio. (PSD)

Alcaldía de Quito, a través de las administraciones zonales, prevé reunir a cerca de 2330 niños y niñas de entre 6 y 12 años en su inauguración en la zona de Calderón. Esta actividad se realizará del 28 de julio al 9 de agosto, en los sectores de Carapungo, San José de Morán, Centro Parroquial de Calderón, Marianitas Zabala, San Juan, Llano Grande, Comunas y Llano Chico. (ANGG)


OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.

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Lo verdadero es siempre sencillo, pero solemos llegar a ello por el camino más complicado”.

El que busca la verdad corre el riesgo de encontrarla”. MANUEL VICENT ESCRITOR ESPAÑOL (1936)

GEORGE SAND ESCRITORA FRANCESA (1804-1876)

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CARTAS Desidia e irresponsabilidad

Desde hace algún tiempo se ha venido polemizando en Emaseo por la compra o arrendamiento de recolectores de basura. El proceso de renovación de la flota en la capital volvió a fojas cero, pues la compañía española Valoriza anunció su retiro de las negociaciones para arrendar 40 camiones de carga posterior, por falta de “garantías”. Los dirigentes gremiales y políticos han obstaculizado el proceso, ya que no es posible que se arriende, pagando un mayor precio que unos nuevos, cuyo costo ascendían a cerca de 50 millones de dólares. Según las normas técnicas de control interno de Emaseo, si el costo de mantenimiento del vehículo supera el precio del camión, se lo debe dar de baja y comprar uno nuevo. Pero eso no ha pasado. La ciudad se ha visto envuelta en esta polémica, y ha sufrido la falta de estos recolectores. A decir verdad, 35 recolectores han sido desmantelados y vueltos chatarra. Mario Contreras Morales CI: 1701815555

Despedir pipones

Mucho se habla de la crisis económica que nos dejó Correa y poco se hace para solucionarla. Criterios van, criterios vienen, pero se lee que el ‘gasto en burocracia es inmanejable’ (Mauricio Pozo). Hay 4.9 millones de ciudadanos sin empleo (6 de cada 10). Hasta 2007 el presupuesto para salarios era del 4.5% del PIB, en 2017 subió al 9.5% (el doble). El Observatorio de Política Fiscal informa de 708.302 empleados públicos, 541.000 en los ministerios. Según los técnicos, nada fue al azar, todo estuvo planificado para llevarse el país; los promedios salariales del sector público duplican a los del privado. Un país así va a la quiebra; no queda más remedio que despedir a los pipones. Dr. Carlos Mosquera Benalcázar CC: 1702401231 DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.

Salvaguardar el bien común

Los procesos judiciales que se siguen por el asesinato del general Jorge Gabela y por el supuesto complot para el secuestro del político Fernando Balda reflejan un momento diferente en el desenvolvimiento democrático ecuatoriano de los últimos treinta años. Lo mismo sucede con la actuación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio. Se vive una restauración progresiva de la justicia. No se trata solo de la recuperación de valores como la libertad, la paz social, la convivencia, la instrucción pública, el bienestar, la tolerancia, la equidad, el derecho al trabajo, la salud, la libertad de expresión y de pensamiento, la movilidad, la igualdad entre sexos y el respeto a los derechos ciudadanos, entre otras cuestiones fundamentales. También se requiere aplicar ciertos cambios con sensatez.

MARIANA VELASCO

Escuchar el silencio Tan importante como la palabra, es el silencio, y a este no se le da la trascendencia que tiene; lo que uno calla, expresa más de nosotros que lo que decimos. Si se cuestiona un asunto, si se debaten propuestas sobre temas públicos y trascendentes, es común silenciarlos, ignorarlos, desviar la atención. El silencio dice mucho. Hay quienes asumen que es dar la espalda a lo que necesita de respuesta; otros hablan de cobardía, falta de solidaridad y humanidad. Se habla también de él como

La libertad está en la cima de los derechos, pero las desigualdades persisten. La aplicación de la Ley Orgánica de Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, y Estabilidad y Equilibrio Fiscal en beneficio de los sectores más pudientes de la sociedad, pudiera incrementarlas y, más temprano que tarde, lastraría los valores democráticos que ahora estamos recuperando. Hay funcionarios que en los medios de comunicación se pronuncian por una privatización masiva de las empresas estatales. Otros por la eliminación de los subsidios a los combustibles. En lo uno y en lo otro debe primar la prudencia y la salvaguarda del bien común. Un golpe de timón en materia económica, sin este requisito, ahondaría los problemas que ya tenemos y crearía otros nuevos, tal vez peores.

un arte, como esa capacidad de saber callar cuando no se tiene nada que decir. Sí, a veces las palabras solo sirven para llenar el vacío aterrador del silencio con más vacío. Porque el silencio es aterrador, por esa capacidad que tiene de enfrentarnos a nuestras verdades. Es difícil poner punto final donde se debe. No antes ni después. Es necesario, ya que jamás equivale a los puntos suspensivos del silencio. Desde luego, hay silencios buscados y otros impuestos, (obligados o esbirros). En todos los casos se relacionan con la emoción, sea para acallarla o para señalar la dificultad de nombrarla. El silencio en política es más que callar, (ausencia de palabras) es demostrar respeto y manejo de los tiempos. Más que impulso, es el sigiloso caminar de quien sabe a dónde se dirige. La vicepresi-

denta María Alejandra Vicuña, guardó silencio ante la llegada y presencia del vicepresidente de Estados Unidos, Mike Pence. En rigor protocolario, era a ella a quien correspondía recibirlo y acordar con su par político. Desconocemos si su presencia resultaba incómoda e inoportuna para la visita. Para quienes militan en la izquierda, la llegada de Pence, consideran como imposición grotesca a nuestra soberanía, lo que al menos en el discurso, la vice siempre combatió. María Fernanda Espinosa, al ser designada como presidenta del setenta y tres período de sesiones de la Asamblea General de la ONU, también guarda silencio, quizá porque hay una carga de gran prestigio por su visibilidad mundial. Atendamos no solo a las palabras sino también al silencio. mavetapia@hotmail.com

JORGE OVIEDO RUEDA

El reencauche de la izquierda Circula en el ambiente político ecuatoriano la idea de que la izquierda se debe reagrupar, esto es, la izquierda histórica: socialistas, comunistas, marxistasleninistas, MPD, fracciones del MIR, Izquierda Cristiana, Liberación Nacional y demás hierbas zurdas. Reagruparse frente al fraccionamiento de Alianza País y la ofensiva neoconservadora encabezada por Lenín Moreno. Ahora que la amenaza derechista asoma las orejas esta izquierda se acuerda que tiene un membrete, mientras fue parte del proyecto reformista de Alianza País perdió la memoria, se invisibilizó y bajó los decibeles de su voz hasta casi desaparecer. Ahora que Correa anda en apuros, debido a sus garrafales errores, esta izquierda como que quiere tomar distancia. Tomar distancia del líder al que prestó y permitió que usara su discurso ideológico con el cual ganó más de una decena de contiendas electorales, del líder que les convenció de que transformarían el país, que les hizo imaginar un mundo nuevo, no es posible, salvo como un acto de traición y deslealtad. Eso es, justamente, lo que califica de traidor al actual jefe de Estado. Esa izquierda que se subió a la camioneta de Rafael fue pulverizada por ese proceso y mal puede pretender levantarse de las cenizas. Frente al pueblo se quedaron sin piso y no volverán jamás a mentir a las masas. Sobre sus espaldas cae ahora el peso de la culpa histórica de no haber enrumbado la errónea marcha del correísmo, porque fueron el correísmo y no pueden estar libres de culpa. Otra izquierda está naciendo en el Ecuador, sin pecado original, enraizada en nuestros ancestros, con nuevas propuestas. Todo es cuestión de tiempo porque la sentencia bíblica de que “los últimos serán los primeros”, se tendrá que cumplir. joviedo@lahora.com.ec

Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General IVÁN FLORES POVEDA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXI No. 12229

www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.


MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO,ECUADOR

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EN VELA A6

MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR

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Juristas ponen reparos a Ley de Extinción de Dominio. Comisión prepara informe.

Se descarta incrementar penas para peculado y otros delitos En la Comisión de Justicia de la Asamblea inició ayer la aprobación del informe para el segundo debate del proyecto de Ley Orgánica de Lucha Contra la Corrupción, que impedirá que una persona que haya cometido delitos contra la administración pública pueda vol-

COOPERATIVA DE VIVIENDA URBANA “JULIO ZABALA” EN LIQUIDACION SEGUNDA CONVOCATORIA A OFERTA PÚBLICA PARA LA VENTA DE LOS SIGUIENTES LOTES: 1.- Del lote de terreno No 27 de 240 m2, con lo siguiente linderos: NORTE en 10 mts, al SUR.- en 10 mts, al ESTE.- en 24 mts, al OESTE.- 24 mts; ubicado en la calle “A” y calle S/N, en el sector de Zabala, parroquia Calderón, cantón Quito Sobre la Base de $ 26.000,00. 2.- Del lote de terreno No. 713 de 256,74 m2, con los siguientes linderos: NORTE.-En 13,80 mts, SUR.-En 8,50 mts, al ESTE.- En 24,50 mts, al OESTE.- En 23,50 mts; ubicado en las calles Pasaje “D” y calle S/N, en el sector Zabala, parroquia Calderón, cantón Quito Sobre la base de$ 26.000,00 3.- Del lote de terreno No. 715, de 546,07 m2, con los siguientes linderos: NORTE 18,30 mts, SUR.- En 4,30, al ESTE.- En 50,25 mts, al OESTE.En 23,60 mts. Pasaje “E” y Av. Mariana de Jesús, en el sector de Zabala, parroquia Calderón, cantón Quito.

ver a ejercer cargos. Entre los integrantes de esta mesa hubo consenso para no dar paso al aumento de penas para sancionar a quienes incurran en delitos como peculado, enriquecimiento ilícito, concusión, cohecho, tráfico de influencias y testaferrismo. Los legisladores argumentaron que quienes hicieron esas propuestas “no presentaron datos estadísticos o análisis en el marco de política criminal”, que justifique un incremento y apuntaron que hacerlo “distorsionaría la docimetría penal”. “Elevar indiscriminadamente las penas únicamente contribuiría a empeorar el problema de proporcionalidad del texto legal, puesto que se estarían equiparando en cuanto a las penas delitos como peculado, concusión, cohecho o enriquecimiento ilícito con delitos como violación, homicidio o asesinato”, indica el informe. Marcela Aguiñaga, del grupo correísta y quien lidera la Comisión de Justicia, defendió esa decisión al señalar que los legisladores

COMISIÓN. Los integrantes de esta mesa hubo no llegaron a un consenso para el aumento de penas en el cometimiento de varios delitos.

no pueden dejarse llevar por la coyuntura mediática y caer en lo que muchos llaman “populismo penal”. La aprobación de esta Ley en el Pleno de la Asamblea supondrá que también se hagan reformas al Código Penal y a las leyes de la Contraloría, de Participación Ciudadana, de Contratación Pública, entre otras. Reparos

Pero uno de los puntos que mayor debate genera se relaciona con otra más: con la propuesta de Ley de Extinción de Domi-

nio, que dejó el destituido fiscal general, Carlos Baca Mancheno, luego de que un proyecto similar de su antecesor, Washington Pesántez, no prosperara en 2008. En principio, la Comisión ratificó en sustentar que “sí existe legislación vigente que permite la recuperación de bienes que son producto de un ilícito” y que “considera inviable recoger propuestas que atentan contra derechos constitucionales como las garantías del debido proceso, reconocidas en el artículo 76 de la Constitución, entre estas, el principio de inocencia”. (RVD)

MINUTERO

Sobre la base de $ 47.000,00. FORMA DE PAGO: Que será de contado. Las ofertas se presentarán por escrito en sobre cerrado el día martes 31 de julio del 2018 en el Horario de 9H00 hasta las 17:H00, en las oficinas de la Cooperativa ubicada en las Calles Los Arrieros N 3-65 y Las Alondras.

SOLICITADO POR: ESPINOSA VALLEJO ALFONSO ENRIQUE CI. 171081029-0

DISCULPAS PÚBLICAS

Más información 0995703353 / 0992910682, en el horario de 10:H00 a 17.H00

El Sr. Victor Alfonso Espinosa Yanez pide disculpas al Sr. Merizalde

Quito, D.M.24 de Julio 2018

día viernes 20 del presente mes del 2018 y por las consecuencias

Nuñez Ismael Enrique por la contravención de transito ocurrida el que esto contrajo.

LA LIQUIDADORA PAC110565fa

PAC71176fa

JUZGADO DE COACTIVA DE PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACION

JUZGADO DE COACTIVA DE PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACION

EXTRACTO DE CITACION

EXTRACTO DE CITACION

A: VERDEZOTO LÓPEZ SEGUNDA PIEDAD

A: ZAPATA CASTRO JONATHAN MICHAEL

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 139-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra de la Coactivada VERDEZOTO LÓPEZ SEGUNDA PIEDAD, con Cédula de Ciudadanía No. 0200953693, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 147-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra del Coactivado ZAPATA CASTRO JONATHAN MICHAEL, con Cédula de Ciudadanía No. 0704540848, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN

DEMANDADO(S): VERDEZOTO LÓPEZ SEGUNDA PIEDAD.

DEMANDADO(S): ZAPATA CASTRO JONATHAN MICHAEL

OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 15 de mayo de 2018.

OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 16 de mayo de 2018.

TRÁMITE: JUICIO COACTIVO

TRÁMITE: JUICIO COACTIVO

CUANTÍA: USD $ 4.835,58 (CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 58/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

CUANTÍA: USD $ 2.636,07 (DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 07/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

Av. Amazonas N26-179 y Av. Orellana, Quito / 023944660 / enaranjo@proinco.fin.ec

Av. Amazonas N26-179 y Av. Orellana, Quito / 023944660 / enaranjo@proinco.fin.ec

Atentado con explosivo deja unos 20 heridos en Lima

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AGENCIAS• Al menos 20 heridos, dos de ellos de gravedad, dejaron ayer los estallidos de dos mochilas con explosivos en sótanos de una clínica privada de Lima, aparentemente con fines de extorsión, informó la policía peruana.

Decomisan una tonelada de droga

La Policía ecuatoriana °informó ayer del decomisó de una tonelada de droga que se pretendía enviar a Rusia y España, en operativos realizados durante una semana en el puerto de Guayaquil. El más reciente hallazgo correspondió a 353 kilos de cocaína en un contenedor con banano.

Bóvedas BCE no son trasladadas

Las bóvedas del Banco °Central del Ecuador (BCE) no serán trasladadas aún a la plataforma financiera, debido a la falta de garantías técnicas. En mayo de 2017 un aguacero inundó sus instalaciones, ante lo cual la Contraloría recomendó, en un informe, que no sean utilizadas. (SE)


CULTURA

Primer Concurso de Escritura Creativa e Ilustración Las bases para el Primer Concurso de Escritura Creativa e Ilustración-Ecuador 2018 se presentarán esta noche a las 19:00, en el Cafetería- Librería Tres Gatos. El evento contará con la participación del escritor Ney Yépez Cortés, autor

del cuento ‘Nunca Toques Las Galletas’. La organización Creative Commons (CC) organiza el Concurso, cuya convocatoria estará abierta hasta el 30 de septiembre de 2018. La premiación será el 18 de octubre. (IJ)

‘Microscopia’: el laboratorio del cuerpo OBRA

La nueva propuesta de danza contemporánea de El Pez Dorado se estrena hoy.

El escenario evoca un quirófano: blanco, ascético y casi esterilizado. Este es el laboratorio donde tres intérpretes, a través de la danza, disecan el cuerpo huma- EL DATO no desligado de emociones. es ‘Microscopia’ ‘Microscopia’ parte de la se estrena hoy Agenda Cultural a las 19:30 en el Participativa 2018 a cargo de Centro de Arte la Secretaría de Cultura del Contemporáneo Municipio de (Montevideo y Quito. Luis Dávila). El elemento físico

La obra explora situaciones del cuerpo humano en contacto con objetos, con otros cuerpos y consigo mismo. TOME NOTA “Lo que quisimos hacer entrada es es una mirada La gratuita para al cuerpo un todas las funciopoco despren- nes. dido de significado, de sentimiento”, explica Jorge Alcolea, director de la producción.

Participan

En la producción:

° Dirección: Jorge Alcolea ° Intérpretes / co-creadores: Cristina Baquerizo, Juliana Zúñiga y Darwin Alarcón ° Video: Jerónimo Zúñiga ° Música: Mauricio Proaño ° Vestuario: Carlos Huera ° Escenografía: Fernando Cruz – Escenario Móvil CEDEX

Horarios

De las funciones

° Miércoles 25 y Jueves 26: 19:30 ° Sábado 28: 18:00 y 20:00

El Pez Dorado ° El Pez Dorado “es esa idea que está buscando el creador”, explica Jorge Alcolea, director de ‘Microscopia’ y uno de los miembros del grupo de danza

contemporánea de El Pez Dorado. Este símbolo se inspira en las ideas del cineasta estadounidense David Lynch y el director británico de cine, teatro y ópera, Peter Brook. Para Brook, según cuenta Alcolea, “el espectáculo es como una red que quiere cazar un gran pez dorado”. El grupo se formó en 2014. ‘En el mismo lugar’, ‘Mujer corriendo’, ‘La línea imaginaria’ y ‘¿Quién eres?’ son algunas de sus producciones. A través de la danza, el grupo explora temas como la imaginación, la identidad y el subconsciente.

“Usamos muchas escenas hiperrealistas, como comer, rallar zanahorias, echar gotas de agua.-detalla- Se observan radiografías, se trabaja con tierra”. El objetivo del director fue una puesta en escena que no tuviera un hilo psicológico que la condujera, sino más bien “tratar de que el público se concentre en esa ‘fisicalidad’, en esa sangre, en esa estructura ósea, en esa lucha con el equilibro, en ese

contacto con los elementos cotidianos”. La puesta en escena es el resultado de dos meses de trabajo. “Partimos de improvisacionescomenta Alcolea- leemos cosas, buscamos frases que nos vayan sugiriendo un poco la imaginación”. ‘Microscopia’, según su director, “permite al público mirar todo lo que no se ve a simple vista... Para eso sirve un microscopio ¿no?”. (IJ)

FIGURA. Jorge Alcolea dirige la obra.

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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

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Las rosas de Tabacundo a los Guinness

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Un total de 546.364 rosas de la comunidad de Tabacundo ingresaron al libro ‘Guiness World Records’. En ese lugar se construyó la estructura floral más grande del mundo.

Andrea Espinosa, Lady Erraez y Patricio Espinosa.

Hilario Morocho, Royman Piedra y Mauricio Ochoa.

Germán Usiña, María Eugenia Hermosa, Sebastián Cabascango y Juanita Marroquí.

Segundo, Fernando y Fabián Espinosa.

Detalle

El frente del arreglo floral más grande del mundo.

Magaly Pujota y Rocío Molina.


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En 2019 se concretarían las negociaciones con la Alianza del Pacífico Luis Videgaray, canciller de México, le dio desde ya la bienvenida a Ecuador a la Alianza y le invitó a considerar en el futuro una membresía plena, que vaya más allá del Estado asociado, que es el objetivo actual. Pero para esto, Ecuador debe esperar que finalicen las negociaciones que lleva a cabo la Alianza con cuatro candidatos que iniciaron los trámites con anterioridad: Canadá, Australia, Nueva Zelanda y Singapur. Además, se debe avanzar en la consecución de un acuerdo bilateral de comercio con México. Expectativas

En estas circunstancias, Ecuador podría iniciar las negociaciones a finales del primer trimestre de 2019. Según Patricio Alarcón, presidente del Comité Empresarial Ecuatoriano (CEE), con la Alianza del Pacífico se abrirían no solo nuevos mercados, sino inversiones en sectores estratégicos. También recalcó que se deben resolver, en el ámbito interno, temas como el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD). Por su parte, Pablo Campana, ministro de Comercio Exterior de Ecuador, explicó que existe la voluntad política para llegar hasta el final de las nego-

PLAZO. La Asamblea tramitará el veto parcial a la Ley hasta el 31 de julio.

REUNIONES. Pablo Campana (segundo de la derecha) mantuvo varias reuniones con representantes de los países miembros.

ciaciones y concretar los beneficios comerciales que traerá la Alianza del Pacifico. A la par de la reunión del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Finanzas de la Alianza del Pacífico, también se llevó a cabo un encuentro empresarial, donde las autoridades y representantes de los gremios productivos ecuatorianos pudieron explorar áreas de cooperación en movilidad de personas, agricultura, integración, servicios portuarios, medioambiente, turismo, cultura, educación dual, agua, becas y género. Además de Ecuador, Corea del Sur también presentó la solicitud para ingresar bajo ese estatus al bloque. (JS)

250 millones de ingresos extras en 2018 tendría el sector automotriz Genaro Baldeón, gerente ejecutivo de la Asociación de Empresas Automotrices del Ecuador (Aeade), explicó que en el periodo de enero a junio 2018, las ventas aumentaron en un 27% con respecto a 2017. Además anunció que para finales de año se espera aumentar en 250 millones los ingresos del sector y llegar a los 1.520 millones de dólares. Esta recuperación, que permite retomar los niveles de 2011, es el resultado de la eliminación de los cupos de importación y de otro tipo de salvaguardias, además de los efectos positivos que sigue aportando el acuerdo comercial con la Unión Europea. Además del aumento en los niveles de venta, también se expandió la oferta con 67 nuevos modelos y 15 marcas

Cuatro áreas de la ciudadanía beneficiadas por la Ley económica

Todavía no hay estimaciones sobre el efecto en el empleo y en el crecimiento. Los efectos positivos, tanto para la ciudadanía como para pequeños y medianos productores, se enmarcan en cuatro áreas relativas a la eliminación o no gravamen de impuestos, remisiones de deudas, apoyo a la vivienda de interés social e incentivos tributarios atados a generación de empleos. Hacemos una breve explicación de cada unos de estos puntos. (JS)

Generación de empleo °

CRECIMIENTO. El sector tiene buenas perspectivas sobre las ventas

adicionales en el mercado. Asimismo, el precio promedio de los vehículos disminuyó en un 5%. Por su parte, Óscar Calahorrano, director de operaciones del Aeade, comentó que el sector está de acuerdo con la focalización del subsidio a los combustibles y piden que se revea la imposición del 12% de IVA a los vehículos híbridos, incluida en el veto parcial a la Ley económica. (JS)

Se ampliaron los sectores priorizados a la agroindustria, agroasociativo, turismo comunitario, industria oleoquímica y cinematografía y audiovisuales. Además, se estableció el condicionamiento de que las nuevas inversiones deben generar empleo neto. Así también, se constituyó un seguro agropecuario para los pequeños y medianos productores, y fondos de incentivo para el sector de la economía popular y solidaria y para proyectos turísticos. En los sectores priorizados, ubicados en zonas de frontera o en la provincia de Manabí, las exenciones del Impuesto a la Renta llegan hasta los 20 años y, en el resto del país, de 12 a 15 años.

Menos impuestos ° Se establece la tarifa de 0% del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) para las cocinas y cocinetas a gas, con lo que estos electrodomésticos

bajarían a la mitad de su precio actual. Además, según la Cámara de Comercio de Cuenca, se recuperarían, en primera instancia, los más de 1.200 puestos de trabajo que se perdieron con la imposición del 100% de ICE hace dos años. Tanto para los seguros de desgravamen, como para los seguros de salud y vida, se fija la tarifa cero de Impuesto al Valor Agregado (IVA). Asimismo, se elimina el IVA para vehículos eléctricos, aunque se impone un 12% de ese impuesto para los vehículos híbridos. Esto último ha sido cuestionado por el sector automotor y encarecería el precio de los automotores de ese tipo en más del 20%. Por el lado del sector agropecuario, donde tienen trabajo directo más de 1,8 millones de ecuatorianos, el principal beneficio es el 0% de IVA para los repuestos, bienes de capital, insumos y arrendamiento de tierras agrícolas. La eliminación del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), que reduciría los precios, quedó en manos de una evaluación del Presidente de la República, de acuerdo a cómo evolucione la economía del país.

Remisión de Deudas ° Los estudiantes que mantengan deudas impagas por préstamos educativos y becas podrán acogerse a una remisión del 100% intereses, multas y recargos, y pagar el capital pendiente a lo largo de tres años. El sector agropecuario se beneficia de dos remisiones. Por un lado, la condonación del 100% de las multas de la Autoridad Única del Agua y de la Agencia de Regulación y Control del Agua y, por el otro, la remisión del 100% de los intereses por mora de los deudores del Banco Nacional de Fomento en Liquidación, con el único requisito de pagar al menos el 1% del saldo del capital en el plazo de 365 días. En cuanto a obligaciones en mora con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), más de 300.000 patronos y empleados podrán acoger a la remisión de hasta 99% de intereses, multas y recargos, y obtener facilidades de pago de hasta dos años. También se incluyen remisiones para deudas con gobiernos locales, multas de tránsito y empresas públicas.

Impulso a la vivienda social ° En la normativa se agilitan los procesos y la obtención de permisos y garantías para la realización de proyectos de vivienda social. A fin de fomentar al sector de la construcción, que es uno de los que más mano de obra directa genera, además de impulsar la meta del plan ‘Casa para todos’ de 325.000 casas hasta 2021.


PAÍS B2

MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora, ECUADOR

Periodistas ponen denuncia ante Fiscalía por amenazas en su contra

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Luis Eduardo Vivanco y Andersson Boscán, del portal electrónico La Posta, pusieron ayer una denuncia ante la Fiscalía por una serie de amenazas de las que han sido víctimas. El principal medio de intimidación han sido las redes sociales, aunque la tarde de ayer, Vivanco aseguró que el tema pasó a su teléfono celular.

Moreno promueve políticas públicas sobre discapacidad Gobierno hará controles para el cumplimento de contratación en el sector público. El presidente, Lenín Moreno, defendió ayer en Londres la necesidad de “implementar políticas públicas solidarias” para las personas con discapacidad, durante su intervención en la I Cumbre Global sobre Discapacidades. Moreno, quien se desplaza en silla de ruedas y que visita estos días el Reino Unido, insistió en la importancia de “situar la discapacidad en el discurso de los Derechos Humanos y no en el paradigma de lo médico”. “La discapacidad se evidencia en el momento en que las barreras del entorno evitan la participación plena y efectiva de esas personas en la sociedad”, declaró durante su discurso en el recinto empresarial Here East, ubicado en el Parque Olímpico Reina Isabel, en el este de Londres. El mandatario denunció el abandono de las personas con discapacidad a lo largo de la historia, al tiempo que valoró los esfuerzos emprendidos en los últimos años por parte de gobiernos y organizaciones. “Si bien hemos superado en gran medida los estigmas, el enfoque médico sigue estando por encima de lo social. Es una situación de discriminación que debe desaparecer”, insistió el mandatario, en medio del foro, que es organizado por los Gobiernos británico y keniano y por la Alianza Internacional de Discapacidad.

El inicio de estas amenazas fue una campaña de recolección de fondos que hicieron para viajar a Bélgica y hacer un trabajo periodístico sobre la vida del expresidente Rafael Correa. Los intimidadores, unos identificados y otros no, han expuesto públicamente las direcciones de los periodistas y sugerido incluso su muerte o la quema de sus casas.

INFORME. El Consejo transitorio determinó irregularidades en el CNE

CNE: 4 de los 5 vocales impugnaron resolución que los cesa en funciones

LA HORA Y EFE •

SITIO. Moreno hizo su declaración en la Cumbre Global sobre Discapacidades.

Aumentará control en Ecuador

rios como en anteriores gobier“Reconocen la experiencia, pero nos, sino más bien socialización dicen: no nos llame, nosotros le e inspecciones conjuntas con el llamaremos”. Así define la qui- Consejo de Discapacidades para teña Amparo Moreno, con una identificar incumplimientos”. Previo a ejecutar este plan, licenciatura en diseño y una discapacidad física, su búsqueda de reconoce que los casos más gratrabajo en numerosas entidades ves de incumplimiento están en el sector público. “El Presidente estatales” del país. El ministro del Trabajo, Raúl nos ha autorizado inspecciones”, acotó el funcionario púLedesma, reconoció ayer blico. esta realidad: “Hemos EL DATO Amparo Moreno, retenido resultados relatipresentante de la Asovamente neutros, no estaviaje oficial ciación de Personas con mos logrando el objetivo El empezó el Discapacidad Física de de la inserción laboral de sábado. Pichincha declaró que ese 4% (de personas con organizan talleres de discapacidad)”. sicología, computación Ese porcentaje está y de asesoría legal para establecido en la Ley enfrentar numerosos de Discapacidades del ES EL PORCENTAJE 4%. Ledesma se refirió mínimo establecido problemas por la falta de al tema en la capital, al de personas con empleo. discapacidad. “Hay empresas que instalar en Quito un foro hacen entrevistas, espepúblico sobre el tema ante más de un centenar de re- cialmente en las ferias laborales presentantes de organizaciones y contratan para cumplir el número de personas con discapade personas con discapacidad. Los correctivos tomarán su cidad. Se cumple, pero ahora es tiempo, reconoció Ledesma, pero más restringido por la exigencia se declaró optimista, aunque sin de bachillerato o por la edad”, anticipar fechas: “No queremos dijo la presidenta de esa asociaentrar en procesos sancionato- ción, Yolanda Viera. (EFE/JCER)

4%

Ese mismo argumento sirEl Pleno del Consejo transitorio de Participación Ciudada- vió de casual para la cesación na debe emitir su resolución del cargo de los vocales del de última instancia sobre la Consejo de la Judicatura. cesación del Consejo Nacional Electoral (CNE). La actuación El lunes terminó el plazo Según el informe, las decisiopara impugnar la resolución y nes discrecionales del aún visolo cuatro de los cinco miem- gente CNE se reflejan en tres bros presentaron el recurso de casos concretos relacionados revisión: Nubia Villacon organizaciones cís, Paúl Salazar, Luz políticas: la eliminaHaro y Mauricio Tación del registro elecyupanta. Ana Marcela toral del Movimiento MIEMBROS tiene el CNE. Paredes se abstuvo y Popular Democrático acató la decisión. (MPD) y de Ruptura, y En el informe de la no entrega del fondo evaluación impugnado cons- partidario al movimiento Patan varios elementos que, chakutik. según el Consejo transitorio, Sobre Ruptura, el informe demuestran la falta de legiti- considera que no había causamidad del CNE. Por ejemplo, les para extinguir esa agrupaque fueron elegidos por miem- ción política, ya que la normabros del Consejo de Participa- tiva que se invocó es aplicable ción cesado en funciones del solo a partidos. periodo 2010–2015, que a su Sobre el MPD, establece que vez tenía vinculaciones con el su registro electoral fue canceEjecutivo. Excepto Andrea Ri- lado sin que pudiera ejercer su vera y David Rosero, agrega el derecho a la defensa y sin el organismo. debido proceso. “La falta de independencia Mientras que, a pesar de desde el origen del Consejo ce- cumplir con todos los requisado implica un grave indicio sitos, a Pachakutik no se le de que el proceso de designa- entregó el fondo partidario, ción de los consejeros evalua- lo que afectó y puso en riesgo dos se encontró parcializado sus derechos de participación. de raíz”, señala el informe. (HCR)

5

Delegación de la CIDH llega por caso de periodistas asesinados El equipo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) iniciará hoy su trabajo en Ecuador, con el fin de preparar un informe sobre el secuestro y el asesinato del equipo periodístico de El Comercio. La delegación la integran Esmeralda Arosemena de Troiti-

ño, primera vicepresidenta de la CIDH y relatora para Ecuador; Édison Lanza, relator especial para la libertad de expresión y personal de apoyo técnico. Como primera actividad está prevista una reunión protocolar con el canciller, José Valencia, y luego el equipo dialogará

con los familiares de las víctimas del grupo delictivo liderado por alias ‘Guacho’. En este encuentro, los familiares harán entrega de la información reservada que les fue proporcionada por el Gobierno. Los familiares confían que está información sea determi-

nante para conocer lo que pasó. Agregaron que será el Equipo de Seguimiento el que determine si la información desclasificada es suficiente. Mañana, la cita será con autoridades y técnicos a cargo de la investigación para, posteriormente, mantener una mesa de

trabajo con las autoridades de los ministerios del Interior y de Defensa, encargados de las negociaciones con alias ‘Guacho’. Cerrarán el viernes su visita a Ecuador con encuentros con la Defensoría del Pueblo, organizaciones periodísticas y de la sociedad civil. (HCR)


PAÍS

Organismo pide la liberación de exasambleísta Galo Lara EFE • El presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Instituto Americano por la Democracia (IID, por sus siglas en inglés), Armando Valladares, dijo ayer que el exasambleísta Galo Lara debería ser liberado

inmediatamente. “Él está en la cárcel por una persecución política del expresidente Correa (...). Es inocente y debe ser puesto en libertad, el proceso debe ser anulado, eso sería hacer justicia”, declaró Valladares.

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Contraloría examina uso que dio Correa a aviones presidenciales La Contraloría anunció ayer que inició una auditoría al uso que se le dio a los aviones presidenciales durante el Gobierno de Rafael Correa. Se evaluará el periodo comprendido La Hora, mediante la Ley de entre el primero de enero de Transparencia y Acceso a la 2012 y el 24 de mayo de 2017, Información Pública, solicitó a la último día de Correa al frente Dirección de Aviación Civil, en del Ejecutivo. agosto de 2017, el detalle de los A través de un comunicaviajes de los aviones al servicio do, la entidad especificó que del expresidente Rafael Correa. La el estudio lo hará la Dirección respuesta fue que debíamos dirigir Nacional de Auditoría de Adesa solicitud a la Comandancia ministración Central. General de la Fuerza Aérea. El organismo también menAsí lo hicimos y la nueva rescionó que tomará 90 días ejepuesta de esa entidad, de noviemcutar este examen, “cuyo objebre de 2017, fue que debíamos tivo es determinar las fechas, formular nuestro requerimiento números de viajes nacionales al Ministerio de Defensa. La carta e internacionales realizados, enviada a esa Secretaría el pasado destinos, horas de vuelo, tri5 de junio. Aún no tiene respuesta. pulación, lista de pasajeros de cada uno, objetivos de despla- lo importante es que lo haga siguiendo el debido proceso zamiento y costos. La compra de los dos avio- y de una manera objetiva, sin nes presidenciales y el uso que ningún tipo de sesgo político”, se les dio durante el pasado matizó el correísta Augusto EsRégimen fue ampliamente cri- pinosa. Con ese criterio incluso conticado por la oposición e incluso la venta de uno de ellos fue cordó la ministra de Justicia, propuesta de campaña de los Rosana Alvarado, al señalar candidatos contrarios el año que la medida “tiene que tener el amparo legal para que no se pasado. La decisión generó varias considere de ninguna manera reacciones. Fabricio Villamar, una retaliación” al anterior Goasambleísta de CREO y miem- bierno. Villamar, sin embargo, pedibro de la Comisión de Relará que ese examen especiones Internacionales, cial se amplíe al último espera que el organismo año cuando, según él, la de control precise “a excanciller, María Ferdónde viajaron, a qué MESES durará el nanda Espinosa, usó el personas transportaron, examen. avión presidencial para durante cuánto tiempo, promover su candidacuánto costó este desplazamiento y si esto era nece- tura para la Presidencia de la Asamblea de Naciones Unidas. sario para el país”. “Los aviones presidenciales El oficialista Lenín Plaza y René Yandún (ex ID), de su son eso: aviones presidencialado, concordaron en que, al les. No son el taxi del ministro tratarse de bienes públicos, “es de turno, no son el elemento necesario” que la Contraloría para los desplazamientos famihaga este trabajo y, de ser el liares, son un elemento que decaso, remita los resultados a la bería permitirle a la República del Ecuador estar interconecFiscalía. “Todos los procesos ad- tada con el mundo”, puntualiministrativos son auditables, zó. (RVD)

Información restringida °

FUNCIONES. En varias decisiones ha habido discrepancias dentro de la Judicatura transitoria.

Suspensión de jueza reaviva debate sobre injerencia judicial Merlo tomó la decisión, pero le llegaron cuestionamientos incluso dentro del organismo por el procedimiento.

La decisión tomada por el presi- ha incurrido en una falta discidente del Consejo de la Judicatu- plinaria que esté debidamente ra, Marcelo Merlo, de suspender probada. Y cuando se haya ofrea la jueza de la Unidad Judicial cido al funcionario la oportuniMulticompetente en Samboron- dad de defenderse. Esto no ha dón Paola de los Ángeles Dávila ocurrido aquí”, añadió Albán, López, fue cuestionada ayer en quien recalcó que la Judicatura el interior de la Judicatura. La no se puede pronunciar sobre principal crítica fue de quienes lo que decide un juez. Por esto, consideraron que se están repi- solicitará que se discuta esta detiendo las prácticas del anterior cisión en el Pleno. Por su parte, María Gobierno. Dolores Miño, directoEl vocal transitorio ra ejecutiva del ObserJuan Pablo Albán haDÍAS vatorio de Derechos y bló ayer con Merlo y le durará la suspensión Justicia, indicó que preindicó su “profunda intomada. sentó una carta a Merlo dignación” porque conexponiendo su preocusidera que el Presidente pación de que se replitomó una “decisión prequen prácticas. “Consicipitada”. “Está diciendo DÍAS deramos que la medida que no vamos a compro- han pasado desde meter la independencia que se le levantó la es excesiva y que no copreventiva a rresponde al Consejo de judicial. De repente, prisiónEspinel. la Judicatura tomar este compromete la indepentipo de decisiones”. dencia judicial a través Hernán Ulloa, abogado de un de la destitución de una jueza”. Merlo tiene las facultades grupo de jueces destituidos bajo legales para destituir a jueces. la figura de error inexcusable, a Pero Albán señaló que para que través de su cuenta de Twitter, esto pase, se debe cumplir un escribió: “Señor presidente de la procedimiento. Una vez que se Judicatura, suspender a un juez recepta la denuncia, debe iniciar por un acto jurisdiccional (así una investigación, con un infor- esté errado), es injerencia judime, para ver si existe o no la fal- cial. No provoque inestabilidad ta. Además, el juez debe conocer entre los servidores judiciales”. cuáles son los fundamentos del sumario y se debe permitir que La posición oficial la funcionaria ejerza su defensa. La Judicatura confirmó en un “Sí, podemos aplicar una san- comunicado que la resolución ción administrativa cuando se fue firmada por Merlo. El texto

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Polémica retención °

La jueza sancionada es la misma que ordenó la retención de 10 periodistas, el 8 de abril porque, supuestamente, filtraron información sobre la audiencia que se realizaba contra el mismo exministro Iván Espinel, en el despacho de Samborondón. A los reporteros asignados para esa cobertura se les permitió salir de la sala recién pasadas las 20:00. (DAB)

aseguraba que se sustenta en el numeral 5 del artículo 269 del Código de la Función Judicial. La sanción, plasmada en un oficio de tres páginas, fue emitida el lunes, horas después de que la jueza revocó la orden de prisión preventiva el exministro Iván Espinel, implicado en un presunto delito de lavado de activos. Dávila deberá dejar el despacho durante tres meses. Merlo ofició a la Fiscalía para que se inicie una indagación. La sanción pudo darse, debido a que la directora de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), Diana Salazar, presentara una denuncia en contra de la jueza. De acuerdo a la resolución de Merlo, la jueza tenía una “prohibición legal expresa” para revocar la prisión por la gravedad del presunto delito. La Hora intentó obtener ayer una reacción de Dávila, pero hasta el cierre de esta edición no hubo respuesta. (AGO/DAB)

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CRÍTICAS. El expresidente Correa defendió la compra y el uso de los aviones desde varios espacios.


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Bachillerato ‘Técnicoproductivo’ se abre camino

La de ayer fue una jornada de satisfacción por la meta alcanzada, pero al mismo tiempo de un primer paso para abrirse camino en lo laboral y lo profesional. Así se sintieron los más de 700 jóvenes que se graduaron como nuevos bachilleres ‘Técnico-productivos’. Se trata de una nueva modalidad de estudios secundarios, con apenas dos años de existencia en los colegios públicos del país. En total, 751 personas recibieron formalmente de las manos de autoridades del Ministerio de Educación sus títulos como graduados de la segunda promoción. Con 98 graduados, la mayor demanda correspondió al área de procesos de Soldadura. Le siguen Seguridad industrial con 95, Ensamblaje y Mantenimiento de Equipos Electrónicos 72 y Elaboración de Lácteos con 70. La mayor parte de estos estudiantes son de Pichincha, con 208, en segundo lugar se encuentra Esmeraldas con 64. Según datos del Gobierno, de abril anterior, en Ecuador funcionan 29 colegios con este tipo de bachillerato. (JCER)

Protestas de afectados por terremoto termina mal Comerciantes de Esmeraldas y Manabí hacen peticiones al Gobierno. Hay 11 detenidos.

nes sumaban unos 600. Del otro lado, cerca de 100 policías buscaban reanudar la circulación vehicular y, luego de cinco horas de espera, lanzaron gas lacrimógeno y detuvieron a 11 personas. “Y siempre es lo mismo, engaño tras engaño. Nos reciben (funcionarios de Gobierno) para nada, a la vuelta de los meses no hay nada para nosotros”, repetía por su parte Rosa Tarco, representante de los comerciantes de las parroquias Súa y Tonchigüe, en Atacames, sur de Esmeraldas.

ESMERALDAS • “Nos hemos pasado dos años de citas en citas, estamos cansados de tantas mentiras, se firman actas de compromiso y no cumplen con nada, por varias oportunidades hemos buscado el dialogo de ¿Qué solicitan? la mejor manera, pero no EL DATO Juan Castillo, represennos han escuchado”. tante de los afectados de Esa es la voz de indigambas provincias, tras comercian- un alto a la protesta y nación de la manabita Los tes no descartan Jessenia Peralta, quien una nueva movi- calmar su enojo, explica si sus 11 ayer llegó desde su ne- lización que tienen tres pedidos compañeros gocio ubicado en Peder- detenidos ayer puntuales. no son liberados. nales (Manabí) hasta EsEl primero, que el meraldas para exigir del presidente, Lenín MoGobierno Central la anunciada reno, firme un Decreto que los reactivación económica post- absuelva de saldos vencidos, terremoto del 16 de abril de 2016. castigos y moras judiciales con No fue la única que desde la entidades financieras. 05:00 cerró la vía de acceso a la Como segundo, piden acceder Refinería de Esmeraldas. Entre a créditos con el Banco del Pueadultos mayores, mujeres y jóve- blo a 25 años, como dice la Ley de

MEDIDA. Unos 600 comerciantes de Esmeraldas y Manabí protestaron cerca de la Refinería de Esmeraldas.La Policía controló la manifestación.

Solidaridad, con dos años de gracia, sin solicitud de crédito y sin garante. Tienen como referencia préstamos otorgados en Guayaquil al 5% y 10 años de plazo. El tercer pedido es a favor del cantón Muisne, el más afectado por el terremoto en Esmeraldas. Solicitan que se derogue la resolución 073 de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos de 2016, que declara a esa isla como altísimo riesgo. Eso restringe el acceso al crédito, vivienda y otros beneficios gubernamentales, señala Castillo. Sin acuerdos

“No se ha podido llegar a ningún acuerdo. Los compañeros (comerciantes) no quieren un diálogo, le planteamos una reunión pero no quieren”, lamentó Cristina Rivero, quien dijo representar a la Vicepresidencia de la República, máxima autoridad del Comité de Reconstrucción, creado para atender a los afectados por el terremoto.

Luego de dos años de creado el Comité y de administrar 2.954 millones de dólares, según el más reciente reporte trimestral de gestión (7 de junio) hecho ante la Asamblea Nacional, los comerciantes piden reactivación económica; también hay déficit de viviendas. Del millonario ingreso, el 51% proviene de la Ley de Solidaridad creada post-terremoto y que impone al pueblo y a empresarios varios impuestos y exigencias, una de ellas pagar el 2% adicional del IVA y descontar un día de salario a funcionarios de puestos jerárquico. Hasta el 3 de julio, el SRI reportó una recaudación de 1.633 millones por ‘contribución solidaria’. Pero no lo es todo, pues las donaciones, canjes de deudas, bonos y contribuciones internacionales, suman el 49% de los ingresos administrados por el Comité, donde Esmeraldas solo tiene un representante entre 13 miembros. (LHE)

Nebot da hoy último discurso de julio El alcalde Jaime Nebot solemnizará hoy la última sesión de su Cabildo, por el aniversario 483 de fundación de Guayaquil. Lo hará, como todos los años, a partir de las 17:00, desde la Plaza de la Integración ante invitados especiales y los guayaquileños que acudan a la cita. El contenido del discurso aún es desconocido, pero como es habitual, se prevé la rendición de cuentas de su gestión.

GUAYAQUIL •

Actos de conmemoración

El primero de los actos se desarrollará en el hemiciclo de La Rotonda, en el Malecón 2000, donde Nebot y sus ediles depositarán una ofrenda floral a la imagen del libertador Simón Bolívar y el prócer argentino José de San Martín. Sobre las 09:00, las autoridades locales y nacionales se trasladarán hasta la calle 5 de Junio, Primera Zona Naval, en el sur de la urbe, para observar el desfile militar con el que se rinde homenaje a los héroes del Combate Naval de Jambelí. El Municipio celebrará la Sesión Solemne conmemora-

FIGURA. Jaime Nebot se ha desempeñado como alcalde de Guayaquil desde el año 2000. Este sería su último año como burgomaestre.

tiva a la fecha, a partir de las 17:00, en la Plazoleta comprendida entre el Antiguo Mercado Sur y el Río Guayas, en la Plaza de la Integración (Malecón Simón Bolívar). Preseas

Acatando el informe de la Comisión Permanente de Calificaciones para el otorgamiento de Preseas del M. I., Concejo de Guayaquil otorgará las preseas

‘Al Mérito Cultural’ a la expresidenta de la República, Rosalía Arteaga; a la cantautora Mirella Cesa (ganadora de una Gaviota de Plata en el Festival de Viña del Mar), al músico popular Héctor Napolitano y al radiodifusor Gabriel Tramontana. Las celebraciones por este día culminarán con el desfile ‘Guayaquil es mi Destino’, a lo largo de las avenidas Quito y 9 de Octubre. (DAB)


La represa colapsó en el sur del país, causando una rápida inundación a través de seis aldeas.

YUNNAN MIANMAR Naypyitaw

VIETNAM

LAOS

GUAGSI

Hanoi

HAINAN Mar del Sur de China

Vientiane

TAILANDIA

Presa

Mar de Andamán

Bangkok

CAMBOYA

BANGKOK, EFE • Un número indeterminado de personas

ha muerto, cientos permanecen desaparecidas y más de 6.000 han perdido sus hogares tras derrumbarse ayer una presa hidroeléctrica en construcción en el sur de Laos. En un comunicado, la compañía tailandesa Ratchaburi Electricity Generating Holding (RATCH), que participa

Más de 70 muertos por incendios en Grecia Golfo de Tailandia

Ho Chi Min

GLOBAL

Víctimas mortales y cientos de desaparecidos al derrumbarse un embalse en Laos

en la construcción del proyecto, atribuyó el derrumbe “a las continúas lluvias que causaron la entrada de un gran volumen de agua en el embalse”. Las autoridades laosianas no precisaron el número de muertos y se limitaron a informar de la pérdida de “varias vidas humanas” y de que también hay “cientos de desaparecidos”.

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Cientos de personas desaparecidas y otros miles de desplazados . La represa liberó 5 mil millones de metros cúbicos de agua y centenares de casas fueron arrastradas, lo que causó varias muertes. Dejó a más de 6 mil personas sin hogar.

Elaboración: LA HIORA

El balance oficial de los virulentos incendios que se declararon al este de Atenas ascendió ayer a 74 muertos, conmocionando al país con macabros hallazgos como el de 26 cuerpos carbonizados, incluidos “niños pequeños”, en una casa de un balneario. La catástrofe, que varios medios del país calificaron de “tragedia nacional”, comenzó cuando el fuego se declaró en un monte cercano a Pendeli y atizado por vientos de 100 km/h se propagó rápidamente, invadiendo la localidad de Mati, a 40 km de Atenas, quemando cientos de viviendas y matando al menos a 74 personas, según las autoridades. Ayer, un centenar de bomberos continuaban buscando eventuales víctimas, bloqueadas en sus casas o en vehículos carbonizados en esta zona del Ática y seguían recibiendo “decenas de llamadas” de personas en busca de sus familiares, afirmó la portavoz de los bomberos Stavroula Maliri. ATENAS, AFP •

Murieron abrazados

En Mati, 26 cadáveres carbonizados fueron encontrados abrazados en grupos “en un último intento por protegerse”, contó

Los peores del siglo XXI °

Los violentos incendios que dejaron decenas de muertos en las últimas horas cerca de Atenas figuran entre los más mortíferos en Europa en lo que va de siglo, con los de Portugal en 2017 y otros también en el país heleno en 2007. En ese año, 77 personas murieron a finales de agosto en unos incendios forestales sin precedentes, que quemaron 250.000 hectáreas en el Peloponeso (sur) y la isla de Evia (nordeste de Atenas). Muchas víctimas fallecieron cuando trataban de huir presas del pánico de los pueblos rodeados por las llamas, que amenazaron las ruinas de Olimpia.

un rescatista, Vassilis Andriopulos. Y son incontables los esqueletos de automóviles y animales calcinados que se hallaron en esa pequeña localidad. “El problema es lo que se oculta bajo las cenizas”, advirtió el vicepresidente de los servicios de emergencia, Miltiadis Mylonas a los periodistas. El gobierno griego anunció la llegada a la zona de 308 ingenieros para acelerar el inventario de daños. Estos incendios podrían

INFIERNO. Las llamas devoraron todo lo que encontraron a su paso, al este de Atenas. (AFP)

así superar en víctimas a los que dejaron 77 muertos en 2007. Según la portavoz, de un total de 187 personas hospitalizadas, 82 seguían bajo tratamiento el martes por la tarde. “Progresión fulminante”

“Vi las llamas frente a la ventana del hotel, creí que iba a explotar”, explicó Alina Marzin, una turista alemana de 20 años que se encontraba en el hotel Capo Verde de Mati con sus padres y su hermano. Los afectados pasaron horas de angustia dentro de nubes de cenizas, mientras llegaban los socorristas. Seis personas fueron halladas muertas en el mar, adonde escaparon cuando el avance de las llamas obligó a los residentes a correr a las playas con pánico. Más de 700 personas fueron evacuadas por vía marítima hasta el puerto de Rafina. “La gente está conmocionada, perdida, algunos perdieron todo, niños, padres, casas”, dijo a Georgia Trisbioti, una portavoz de la Cruz Roja visiblemente emocionada. “Hoy Grecia está en duelo”, declaró el primer ministro Alexis Tsipras, al anunciar en un mensaje televisivo tres días de duelo en el país. La presi-

Emergencia en Grecia por incendios Zonas afectadas desde el 23 de julio

GRECIA CENTRAL

GRECIA

EGEO SEPTENTRIONAL

ÁTICA

Olimpia PELOPONESO

Mati

Atenas

Todas las víctimas, entre las que hay adolescentes, niños e incluso un bebé de seis meses, han sido halladas en el área comprendida entre el puerto de Rafina, a unos 30 kilómetros de Atenas, y Nea Makri.

TURQUÍA

Las autoridades no descartan que la cifra de fallecidos siga aumentando. 26 personas murieron abrazadas.

La peor tragedia natural en la historia reciente de Grecia ha dejado desde el lunes al menos 74 muertos y más de 180 heridos, tras el paso de una lengua de fuego por el norte y noroeste del Ática, la región que rodea la capital griega.

Fuente: Comisión Europea, Copernicus, varios

Elaboración: LA HORA

dencia de la República anuló los actos previstos ayer para conmemorar el restablecimiento de la democracia en Grecia, en julio de 1974. Funcionarios locales y residentes describieron un diluvio de llamas sobre la costa al este de la capital, que sitió a las víctimas en sus casas, en sus vehículos o a algunos metros de las playas.

mil edificaciones y 300 vehículos” sufrieron daños. Autoridades y voluntarios trabajan para ayudar a los afectados, con colectas y distribución de agua, comida y ropa, mientras que las personas sin casa fueron trasladados a hoteles.En cuanto a los fallecidos, el gobierno correrá con el coste de las exequias

Una población calcinada

El país, que activó el mecanismo europeo de protección, está contando con la ayuda, especialmente en medios aéreos, de España, Francia, Israel, Bulgaria, Turquía, Italia, Macedonia, Portugal y Croacia, mientras recibía mensajes de condolencia.

En Mati, la violencia de los vientos “provocó una progresión fulminante del fuego en el tejido urbano”, explicó Maliri. “Mati ya no existe”, lanzó el alcalde de Rafina, Evangelos Burnus, precisando que “más de

Envío de ayuda

Ola de calor en Japón deja 80 fallecidos y llena los hospitales TOKIO, AFP •La sofocante ola de calor húmedo que golpea a Japón ha dejado 80 muertos y ha llevado a unas 35.000 personas a los hospitales en las últimas tres semanas, según cifras oficiales publicadas ayer. La semana pasada, cuando las temperaturas superaron ampliamente los 35 grados a la sombra en muchos lugares, fue la más mortífera con 65 perso-

nas que perdieron la vida, según la Agencia de Gestión de Incendios y Desastres. Dos semanas antes, se habían contabilizado 15 muertos por el mismo fenómeno del calor. Todo un desastre

Con temperaturas de entre 35 y cerca de 40° Celsius a la sombra y una humedad de más de 80%, varias ciudades japone-

sas muestran una combinación mortal, ya que debilita las defensas naturales. “Estamos registrando calores sin precedentes en varias regiones”, dijo en una conferencia de prensa el lunes por la noche Motoaki Takekawa, un funcionario de la Agencia Meteorológica. Esta ola de calor “es fatal y la consideramos un desastre natural”, agregó.

CANÍCULA. En Tokio, el calor es sofocante a cualquier hora del día. (EFE)


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Asesinan a otro periodista cerca del balneario mexicano de Cancún

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Ortega descarta renunciar ahora

MÉXICO, AFP• Rubén Pat, director del sitio digital Playa News de Playa del Carmen, en el turístico Caribe mexicano, fue asesinado ayer, elevando a siete el número de periodistas ultimados este año en México, uno de los países más peligrosos para esta profesión en el mundo.

“Rubén Pat, director del semanario Playa News, esta mañana perdió la vida por arma de fuego en el Municipio de Solidaridad”, donde se localiza Playa del Carmen, informó el gobierno del estado de Quintana Roo (este), en un comunicado. Pat es el segundo comunicador asesinado en un mes.

El mandatario nicaragüense dice que anticipar las elecciones, como pide la oposición, empeoraría la situación. MANAGUA, AFP• El

presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, descartó renunciar antes de terminar su mandato en 2021, como reclaman sus opositores en multitudinarias protestas que dejan más de 300 muertos desde hace más de tres meses. “Nuestro período electoral finaliza con las elecciones de 2021, cuando tendremos nuestras próximas elecciones”, dijo el mandatario en entrevista con la cadena estadounidense Fox News, en la que rechazó la celebración de comicios anticipados. “Adelantar las elecciones crearía inestabilidad, inseguridad y empeoraría las cosas”, dijo Ortega, según la traducción al español de la versión en inglés de sus declaraciones al programa ‘Special Report with Bret Baier’.

‘Terminarom los disturbios’

El mandatario de 72 años, que ha gobernado Nicaragua durante un total de 22 años desde que la revolución sandinista que lideró provocó en 1979 la caída del dictador Anastasio Somoza, señaló que los violentos disturbios iniciados en abril ya terminaron. “Ha pasado una semana desde el fin de los disturbios. Las cosas se están volviendo más normales en el país”, dijo el exguerrillero, aunque reconoció que las manifestaciones pacíficas a favor y en contra de su gobierno continúan. La afirmación de Ortega del fin de la turbulencia en Nicaragua alude a las manifestaciones antigubernamentales de principios de mes, violentamente reprimidas por la policía y grupos

PROTESTAS. La inconformidad con Daniel Ortega se manifiesta a diario en las calles. (AFP)

paramilitares afines al presidente sandinista. El Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh) dijo ayer que al menos 350 personas han muerto en las protestas que estallaron el 18 de abril, contra una reforma de la seguridad social propuesta por el gobierno, pero que derivaron en un amplio movimiento que exige la salida del poder de Ortega y de su esposa y vicepresidente, Rosario Murillo.

“Ni un muerto en una iglesia”

Ortega rechazó las acusaciones de que controla a los paramilitares progubernamentales que han sido vistos actuando en acuerdo con la policía. En cambio, acusó a grupos políticos nicaragüenses de encabezar milicias antigubernamentales, financiadas por narcotraficantes y agencias de Estados Unidos. Según Ortega, esas milicias mataron a “decenas” de policías durante los disturbios.

“Ninguna de las manifestaciones pacíficas” ha sido atacada, aseguró el mandatario. Ortega negó, además, las denuncias de manifestantes y sacerdotes católicos de que fuerzas oficiales mataron a tiros a dos jóvenes encerrados en una iglesia de Managua que sufrió un asedio sostenido los días 13 y 14 de julio. También desestimó las afirmaciones de que busca establecer una “dinastía” familiar,

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McCartney recrea el pasado

tiempo lectura 15 min.

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Aunque todas las portadas de la banda de Liverpool son conocidas alrededor del mundo, la del disco ‘Abbey Road’ es indudablemente la más representativa del grupo. Es difícil que alguien, siendo o no, fanático de su música, no haya visto en alguna oportunidad la memorable imagen de John Lennon, Paul McCartney, George Harrison y Ringo Starr cruzando la famosa Abbey Road. 49 años después, Paul McCartney volvió a hacer la caminata, pero esta vez sin sus compañeros. El artista compartió en su cuenta de Instagram el video del momento en que recreó la emblemática portada tomada hace casi 50 años atrás. AGENCIAS

Más ‘guayacas’ que nunca

SAMANTHA Y NICOLE

Las reconocidas artistas unen su talento para ofrecer una melodía a Guayaquil en sus Fiestas Patronales.

Atraídas por la pa- imprimir, en un audiovisual, el sión musical y por el sentimien- colorido paisaje del lugar, la esto patrio de su ciudad natal, cultura de las casas patrimoniaGuayaquil, Nicole Rubira y Sa- les y el majestuoso río Guayas. Durante la grabación, las artismantha Grey decidieron crear tas disfrutaron de un recoun tema, a propósito de rrido con ambiente festivo, los 438 años de fundación EL DATO lleno de música, diversión del ‘Puerto principal. y fotografías. De una fusión de tema ya está “El tema se inspira en ideas, voces y sonidos El disponible en surgió ‘Son candil’, una todas las plata- el carácter de la gente que de músimelodía que, según las ar- formas ca y redes socia- habla de la ciudad. Esta les. melodía nos salió de las tistas, describe con hondo entrañas”, dice Nicole. sentimiento la esencia de “luz y brío” que posee la ciudad “Tiene un sentimiento profundo costera. Las guayaquileñas se y con un ritmo muy suave que te reencontraron en el Cerro Santa transporta. Sobre todo, si estás Ana, del barrio Las Peñas, para en este lugar y miras desde lo

GUAYAQUIL•

JUNTAS. Nicole Rubira y Samantha Grey durante la grabación de su nuevo videoclip, en el barrio Las Peñas.

alto toda esta belleza, sintiendo en tu cara la brisa del río. Es para que la disfruten todos con hondo sentimiento”, señaló la intérprete ecuatoriana. Mucha inspiración

Mientras afinaba las cuerdas de una guitarra, Samantha contó que hubo muchas ideas para cantarle a La Perla, pero se decidieron por una letra ligera que vaya al ritmo de la canción. “Y no hay cosa mejor que el

son. En la actualidad hay muchas canciones que hablan de la belleza turística de Guayaquil, pero con Nicole preferimos destacar su esencia, que encierra muchas cosas desde el carácter de la gente hasta ese sentimiento muy profundo de sentirse guayaquileño”, señaló Grey, quien se mostró complacida de grabar junto a Nicole. “A Nicole la considero una estampa de Guayaquil. Es del clan del tremendo compositor e insignia de la ciudad, como es el señor

Carlos Rubira Infante. Es muy guapa, posee una tremenda voz y tiene esa peculiaridad sencilla, coqueta y carismática que define a la mujer porteña”, señaló Grey. Para el video, ambas artistas lucieron un camiseta blanca y jean azul. Durante la grabación estuvieron acompañadas de Hilda Murillo, Fresia Saavedra y del cantante y compositor Héctor Napolitano, quienes ponderaron su talento y las felicitaron por la melodía. (JCL)

Demi Lovato internada por supuesta sobredosis La exestrella de Disney fue trasladada a un hospital de Los Ángeles tras sufrir una sobredosis de heroína, de acuerdo a un reporte de la Policía local al sitio TMZ. Demi Lovato, de 25 años, fue atendida en su residencia de Hollywood Hills justo antes del mediodía de ayer y luego fue trasladada de urgencia a un centro médico. Los paramédicos la encontraron inconsciente cuando llegaron a su casa. Fuentes policiales indicaron que la celebridad recibió una dosis de naloxona, una medicación de emergencia para casos de sobredosis de narcóticos. Aún se desconoce su estado de salud. Lovato fue vista el lunes por la noche en el cumpleaños de una amiga en West Hollywood. El 15 de marzo, la también actriz había festejado seis años de sobriedad, pero volvió a recaer en la adicción al alcohol y a las drogas. Ella misma lo confesó en la canción “Sober”. “A los que nunca me abandonaron, ya hemos transitado esta ruta. Les pido perdón, ya

SHOW. La cantante canceló este año un concierto programado para Quito, en abril.

no estoy sobria”, dice la letra del tema en el que se disculpa por no cumplir con su promesa. En su documental titulado ‘Confident’, que se estrenó en octubre de 2017, la cantante confesó que seguía consumiendo drogas mientras promocionaba su sobriedad en 2012. La intérprete se había presentado el domingo en un show en Paso Robles, California, junto a Iggy Azalea. Tenía programado un espectáculo en Atlantic City mañana. Ariana Grande le ofreció su apoyo a su amiga luego de que trascendiera la noticia de su internación, y le escribió un sentido mensaje en Twitter: “Te amo”.

La Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos (AEDEP) saluda a los directivos, al personal periodístico y administrativo, y al personal de prensa del DIARIO EXPRESO por cumplir 45 años de existencia este 25 de julio. En especial a su presidente fundador, Licenciado Galo Martínez Merchán, y a su director, doctor Galo Martínez Leisker. La AEDEP destaca el papel cumplido por Diario Expreso en 45 años de defensa de la libertdad de expresión y de prensa. Quito, 25 de julio de 2018

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INTERCULTURAL

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Conozca

Sobre el pueblo shuar Esta nacionalidad es considerada °desde tiempos remotos como un pueblo guerrero.

° Antiguamente tenían la costumbre de realizar el rito de la reducción de la cabeza de sus enemigos, conocido como ‘Tzantza’ a fin de poder preservarla como trofeo de guerra. ° En la actualidad son una población de alrededor de 110 mil habitantes. ° Los shuaras se encuentran ubicados en las provincias de: Napo, Pastaza, Morona Santiago, Zamora Chinchipe, Sucumbíos, Orellana. ° Su idioma es el shuar-chicham, que pertence a la lengua jivaroana. TIEMPO. La recolección de alimentos es una de las actividades que realiza la población shuar. (Foto: ikiam.com.ec )

LEYENDA: DOS DONCELLAS SE TRANSFORMARON EN PLANTAS, EN LA AMAZONÍA

Dos jóvenes fueron atrapadas por ‘Apangura puma’, quien las tomó como esposas. Ellas tuvieron que huir.

E

n el libro ‘Cuentos y leyendas de la Amazonía’, se relata que en tiempos muy antiguos, luego de que se dejó

ver el arcoíris sobre los cerros, aparecieron en la Amazonía ecuatoriana dos mujeres jóvenes de extraordinaria belleza. Ellas eran consideradas como las vírgenes de la selva. La una tenía una larga cabe-

Exige tus derechos

Español CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Capítulo tercero Garantías jurisdiccionales

llera clara y su compañera, en cambio, lucía pelo negro azabache. Ambas recorrían varios días las largas hectáreas del bosque profundo en busca de un novio. Suceso

Un día se encontraron con el gavilán ‘Tijera hanga’, que, según su tradición, era el espíritu del hombre cazador. Este personaje tenía su morada en el interior de la montaña. El ave rapaz se puso a conversar con estas ‘Sumak warmis’ (mujeres hermosas), quienes cedieron ante sus elogios y consintieron a ir a su casa, ubicada en el gran ceibo milenario. ‘Tijera hanga’ les dijo que para que no se pierdan del camino, pondría señales en el lu-

gar con plumas de su cola. Pero, escondido tras un viejo tronco, otro cazador muy malo escuchaba la conversación entre ellos. Se trataba nada menos que del ‘Apangura puma’ (‘Puma sucio’), un animal maloliente que andaba escondido siempre. Maldad

El ‘Apangura puma’ se adelantó por el bosque tomando las plumas dejadas por el gavilán, para cambiarlas de lugar y dar la dirección de su guarida. Las jóvenes no dudaron en seguir ese equivocado sendero y ahí inició su desgracia. El malvado cazador las tomó como esposas a las dos muchachas y ellas se sentían defraudadas y sucias. Ese momento, sintieron el rechazo de todos y en su desesperación por liberarse de aquella

mala emoción, acudieron al gran espíritu de la selva, ‘Arutam’, quien tiene la eterna juventud, y pidieron que les ayude a ‘purificarse’. Beneficio

Ellas dieron la idea a este ser supremo de que las convierta en una planta, de manera que las dos sean útiles a todos los habitantes de la región y así se limpien sus cuerpos y sean aceptadas por la gente. Luego de conocer toda la historia y saber el engaño que estas doncellas sufrieron, el gran espíritu tuvo lástima de ellas y decidió que la chica de cabellos claros se convierta en una planta de ‘Manduro’ o achiote, en cambio, la muchacha de pelo negro se transformó en el emblemático árbol de Huito (Wituk). (DLH)

Sección sexta Acción por Incumplimiento

Art. 93.- La acción por incumplimiento tendrá por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran el sistema jurídico, así como el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de derechos humanos, cuando la norma o decisión cuyo cumplimiento se persigue contenga una obligación de hacer o no hacer clara, expresa y exigible. La acción se interpondrá ante la Corte Constitucional.

Kichwa ECUADOR LLAKTAPAK MAMAKAMACHIY KIMSANIKI WANKURIY Kamachiy kuskay kamaykuna

SUKTANIKI PAKMA Mana paktachishkamanta ruray

93 niki.- Mana paktachishkamanta ruray kamachiy llikapi yay- kurik uchilla kamachiykunata pakta paktachichun kamanata charinka; shinallatak ancha wanay paktachun, ista runahayñi tantanakuykunamanta willaykunata chayachichun, uchilla kamachiykuna chay paktachun mañashka achiklla rimashka, mana achiklla kakpi, mañashka kakta kamanka. Mamakamachiy Wasipi chay rurayka churakurinka.

MOMENTOS. La historia de las mujeres hermosas ha trascendido de generación en generación en algunos pueblos de la Amazonía. (Foto:1240.photobucket.com)


Consejos que mejorarán la seguridad en casa

COCINA AMA MASCOTAS MIRA VIAJA

MIRA

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Observar, mantener, prevenir, respetar son algunas de las reglas que se necesitan para garantizar la tranquilidad en el hogar. Aunque en todo momento el peligro acecha, hay temporadas, como la de las vacaciones escolares, en las que los niños y adolescentes se quedan en casa con mucho tiempo libre para hurgar y manipular todo cuanto encuentren a su paso. Para evitar accidentes que lamentar, es necesario conversar con ellos y hacerles caer en cuenta sobre las consecuencias que existirían si maniobran los tanques de gas, las válvulas, las conexiones eléctricas, el fuego, entre otros. Juntos deben determinar cómo incrementar la seguridad interna y externa de la casa, así como establecer un plan que permita saber de qué manera actuar rápidamente y protegerse. Luis Felipe Hernández, espe-

cialista en gestión de riesgos, habla de que el hombre puede enfrentarse a dos tipos de peligros: los naturales (inundación, terremoto, sismo, sunami y más) y los antrópicos, que son los provocados por los seres humanos por falta de previsiones (incendios, robos, atentados, secuestros). Partiendo de estos factores, añade, es necesario implementar un plan de contingencia para saber qué acciones tomar en el momento que se presente alguna emergencia. Recomienda crear al menos dos rutas de evacuación, contar con un extintor de polvo químico seco de 10 libras y buscar el apoyo de instituciones, como la Cruz Roja o la Policía Nacional, para capacitarse y saber cómo actuar en su momento. (CM)

Para prevenir incendios ° Para evitar al máximo estos eventos, Luis Hernández cuenta que es necesario ubicar los cilindros de gas y los

calefones fuera de casa. Además, revisar de forma periódica el estado de las mangueras de gas para saber si no tienen fisuras y fugas, y cambiarlas por lo menos cada cinco años. También, aduce que hay que utilizar las válvulas de gas adecuadas para cada artefacto (para las viviendas deben ser las amarillas). No hay que dejar de lado el mantenimiento del sistema

eléctrico, por lo menos cada dos años, con la intervención de profesionales para prevenir cortocircuitos. Es importante tener un extintor en casa y para saber dónde colocarlo, hay que identificar los sectores más peligrosos, que generalmente son el área de la cocina. El lugar adecuado, que podría ser el corredor cercano a las habitaciones, permitirá que las personas lleguen hasta este artefacto de manera inmediata y usarlo en forma efectiva y asertiva. Así, se contrarrestará el fuego, en vista de que el ‘matafuego’ de 10 libras se descarga en tan solo 20 segundos.

Material de primeros auxilios ° En cada casa debe existir un kit o mochila de emergencia que contenga material de primeros auxilios. Se podría poner artículos de higiene, alimento enlatado, cobija, linterna, radio, mascarillas, fósforos que servirán de ayuda las primeras horas después de la emergencia. Llevar el medicamento si hay gente con enfermedades catastróficas o de alto riesgo. El botiquín tiene que contener guantes quirúrgicos para evitar contacto con fluidos como la sangre; tijeras; vendas; agua oxigenada y alcohol para la limpieza externa de heridas; líquido desinfectante para limpiar el interior de heridas; esparadrapo, curitas y apósitos exclusivos para quemadura; y tablillas para inmovilizar en caso de fractura.

Aspectos para obtener seguridad

Si llegó el tiempo de vacaciones y la familia se ausenta por algunos días, Hernández aconseja desconectar el cilindro de gas, verificar que las seguridades de las ventanas y las puertas

estén en buenas condiciones, notificar a un familiar de la ausencia y a la UPC más cercana para un patrullaje periódico por la zona del domicilio.

(Foto: securitysearch.co.nz)

°

El especialista asegura que es importante verificar siempre el perímetro de la vivienda, identificar personas y vehículos extraños o ajenos y notificar al ECU-911, para que hagan patrullaje de disuasión. Algo fundamental es fortalecer el trabajo en comunidad, conocer a los vecinos e interactuar. Si las familias quieren reforzar aún más la seguridad, recomienda el uso de cercos eléctricos, instalar cámaras de video-vigilancia o usar la robótica, que permite controlar a distancia las funciones internas de la casa. PAB/20208/AS


MOSAICO B10

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• HORAGRAMA

H. MARCELO MEJÍA R. hmejia@lahora.com.ec

Actriz francesa de la película Potiche

¿Nació un 25 de Julio? Dios en el Islam Rata en inglés

E

El cambio es vital para Ud. no se acomoda a la rutina por lo que siempre estará buscando algo novedoso y vanguardista que hacer. Los viajes son parte importante en su vida ya que le permiten variar y aprender de diversas culturas.

Oeste Pato Toca alta del obispo

ARIES

(marzo 21 - abril 19)

Regalar

TVFAN

Gato en inglés Papagayo

Alimento animal Destruir arrasar

Capital del Perú Excavar, scavar

Carcomer, ratonar Licor

Intriga Mister abreviado

Símbolo del iridio

MAX: 23:00

Propuesta

Masa de agua salada Demasía, exceso

Instrumen­ to musical

°

En una remota isla de Escocia, la enigmática Aislin es tratada como una forastera a pesar de su amable personalidad. Balor, su esposo y pastor local, lucha por mantener a la comunidad unida. De repente, en medio del caos que es su matrimonio, un delincuente juvenil toca a su puerta. La naturaleza relajada del joven despierta una pasión incontrolable en Aislin.

Patriarca del diluvio Que ha perdi­ do el juicio

Tiempo

Dios del viento Bolso, talego

Cereza inglesa Apócope de santo

Carro en inglés Moneda de EE. UU.

Político chino

CÁNCER

(junio 22 - julio 22)

Ud. tomará la iniciativa en el área de los negocios y emprenderá con fuerza los mismos. Los negocios relacionados con alimentos le favorecen. Recuerde: Trabaje con tenacidad y con serena seguridad.

LEO

Anómala

Micho, minino Célebre famoso Repercusión

Capital de Albania Región del N. de Chile

Perro

Químico de símbolo Cl. Artículo femenino

Solución anterior

Rinoceronte Preciio, tarifa

R

Mensurar, calcular Alabanza

T N

Rostro

Astro rey

(mayo 21 - junio 21)

La situación dentro de su hogar mejora en gran medida y lo torna una persona mucho más colaboradora. Recuerde: Si se autosugestiona con perseverancia obtendrá el objetivo que se señale.

Nave

Continente

Igual

GÉMINIS

Aparecer, salir

Donar

Hogar

(abril 20 - mayo 20)

Las relaciones afectivas inyectarán en Ud. una dosis de alegría y positivismo. El buen ánimo de su pareja será muy atractivo para Ud. Recuerde: Salude cada día con optimismo con la seguridad de que este es el mejor día de su vida.

Grito taurino Hermano de Moisés

Solitaria

Parafina Pasar, filtrar

TAURO

Planeta

De hueso

Religiosa

Químico de símbolo Ne. Saludo indio

Rata en inglés Ceder, consentir

Hombre muy cruel

Tormentas en silencio

El área laboral será mucho más activa y Ud. disfrutará de ello. El área de la salud será estable y Ud. contará con mucha vitalidad. Recuerde: Puede hacer un porvenir feliz con un esfuerzo paciente y constante.

Átomo Destreza

Actor y productor estadouni­ dense.

Apócope de mamá

A

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A L

Igual

Ciudad de Perú

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Actriz de la película El libro del amor

Actor francés de ascendencia española

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Artículo femenino Símbolo del bario

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Ceremonia Queja, gemido

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Río de Perú

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LUIGI GALVANI (1737 - 1798) FísIco y médIco ItALIANo. descUbrIó LA coNtrAccIóN de

Proyectil

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Contador, capitel Símbolo de cromo

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CELEBRIDADES

Los múscULos por medIo de UN estímULo eLéctrIco.

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Presumir, baladronar Vasija pra guisar

Princesa inca Disperso

Errante vagabundo Segunda nota musical

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Región del N. de Chile

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Espuerta grande Querer, adorar

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MICROBIOGRAFÍA

Nro. 4347

El duelo

Iman

HBO: 22:50

(1955)

siglo 19. Yakovlev °esRusia, un veterano de guerra a

Mohamed Abdulmajid más conocida como Iman, ’Fe’ en árabe, es una modelo de origen somalí, célebre durante las décadas de 1970 y de 1980 por ser una de las primeras supermodelos africanas. Nació en Mogadiscio, Somalia y domina cinco idiomas (árabe, inglés, francés, italiano y somalí). También estudió ciencias políticas en la Universidad de Nairobi. En 1975, Iman fue reclutada como modelo por el fotógrafo estadounidense Peter Beard y fue llevada a Estados Unidos. Su primer trabajo en el modelaje fue para la revista Vogue al año siguiente. (OG)

Nro. 4346

CÁPSULA CIENTÍFICA

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Científicos aseguran que la Luna fue habitable WASHINGTON, EFE • Un grupo de investigadores ha determinado que las condiciones en la superficie lunar fueron suficientes para soportar formas de vida simples hace 4.000 millones de años, según un estudio publicado en la revista especializada Astrobiology. Además, los científicos concluyeron en su informe que hubo otra ventana de habitabilidad hace unos 3.500 millones de años durante un pico en la actividad volcánica de la Luna. Durante ambos períodos, el

VIRGO

(agosto 23 - septiembre 22)

L

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Palpar, sobar

L

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D

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Pintor español Pesimista, sombrío

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Convicta

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M Símbolo del molibdeno Gitano de raza

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Instrumento de ataque

Furia

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(julio 23 - agosto 22)

El área económica pasa por un buen período el cual aprovechará para ayudar a quienes lo necesiten. Trabaje en sus proyectos futuros. Recuerde: Preparar el futuro significa dar fundamento al presente.

Su personalidad será más alegre y expresiva. Su fuerza física será mayor, lo cual le hará una persona más activa. Conviene ahora una recreación con la pintura y el arte. Recuerde: Cultive la gimnasia de la alegría para que alivie su corazón.

LIBRA

(septiembre 23 - octubre 22)

• HORAKU

quien le predijeron que nunca moriría. Para ganarse la vida organiza duelos para aristócratas, que eran ilegales para la época, pero la gente ignora la ley mientras él mata a sus nobles oponentes.

HORÓSCOPO

autor principal, Dirk SchulzeMakuch, astrobiólogo de la Universidad Estatal de Washington, demostró que la Luna arrojó grandes cantidades de gases volátiles sobrecalentados, incluyendo vapor de agua, desde su interior. Esta desgasificación, de acuerdo con los investigadores, podría haber formado charcos de agua líquida en la superficie lunar y una atmósfera lo suficientemente densa como para mantenerla allí durante millones de años. “Si agua líquida y una atmós-

ESTUDIO. Si hay agua en la luna, entonces pudo haber vida.

fera significativa estuvieron presentes en la Luna temprana durante largos períodos de tiempo, creemos que la superficie lunar habría sido al menos transitoriamente habitable”, sentenció Schulze-Makuch. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec

Ud. saldrá airoso de los problemas y limitaciones. ya que contará con la fuerza para ello. Fortifique su salud. Recuerde: Ante lo irremediable, lo más sensato es aceptarlo con serenidad.

ESCORPIO

(octubre 23 - noviembre 21)

Aproveche la compañía de sus amigos y las actividades en grupo, ya que le proporcionarán mucha alegría a su vida. La distracción en eventos culturales y musicales le viene bien. Recuerde: Lo más maravilloso que tenemos es la capacidad de ser hoy mejores que ayer.

SAGITARIO

(noviembre 22 - diciembre 21)

El apoyo de sus jefes y superiores será más notorio en este momento. Se le presentarán buenas oportunidades a nivel profesional. Recuerde: Aprenda a sacar ventaja de los errores cometidos.

CAPRICORNIO

(diciembre 22 - enero 19)

El extranjero o el contacto con personas que provienen de él puede resultar muy beneficioso para Ud. Recuerde: Cuando lo inquiete un problema, afróntelo con calma.

ACUARIO

(enero 20 - febrero 19)

Los cambios serán muy fuertes pero también muy positivos. La situación económica de su pareja mejora. Recuerde: Ud. es el ser más maravilloso.

PISCIS

(febrero 20 - marzo 20)

Las actividades con su pareja serán más comunes en este día y deberá aprovecharlas ya que le serán de gran ayuda. Recuerde: La felicidad anida en los corazones bondadosos.


CRONOS

El ‘Clásico’ español ya tiene fechas

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LAS ROZAS, EFE •El primer ‘Clásico’ tiempo lectura 15 min.

MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora ECUADOR

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Messi o Ronaldo, de nuevo

PREMIOS FIFA

de la temporada 2018-19 de La Liga Santander será un Barcelona-Real Madrid que se disputará el 28 de octubre en el Camp Nou y corresponderá a la décima jornada, según se conoció ayer en el sorteo del calendario en la sede de la Real Federación Española. El enfrentamiento de vuelta en el Santiago Bernabéu se disputará el 3 de marzo, correspondiente a la jornada número 26, conocido en el primer sorteo de calendario realizado de forma asimétrica, en el que las jornadas

de la primera vuelta no corresponden a las de la segunda. En cuanto al derbi madrileño entre el Real Madrid y el Atlético, la ida será el 30 de septiembre en el Santiago Bernabéu por la jornada 7; y la vuelta en el Wanda

Metropolitano el 10 de febrero, correspondiente a la jornada 23. El duelo entre Sevilla y Betis tendrá su primera edición el 2 de septiembre en el Benito Villamarín. La vuelta en el Ramón Sánchez Pizjuán será el 14 de abril.

PRODUCCIÓN

Neymar quedó fuera de la lista de los nominados al Mejor Jugador de la temporada. Lionel Messi, del Barcelona, y Cristiano Ronaldo, de la Juventus, forman parte de la lista de candidatos al título de ‘mejor jugador del año’ de la FIFA, mientras que Neymar no figura entre los aspirantes, anunció ayer la federación internacional. El premio, que en los dos últimos años ha ganado Cristiano Ronaldo, será otorgado el 24 de de septiembre. Ronaldo y Messi figuran en una lista de 10 candidatos junto a los franceses Antoine Griezmann (Atlético de Madrid), Raphael Varane (Real Madrid) y Kylian Mbappé (PSG), los belgas Kevin De Bruyne (Manchester City) y Eden Hazard (Chelsea), el inglés Harry Kane (Tottenham), el croata Luka Modric (Real Madrid) y el egipcio Mohamed Salah (Liverpool). Neymar, que el año pasado quedó tercero en la votación por detrás de Ronaldo y Messi, no figura este año entre los preseleccionados. El jugador más caro del mundo, traspasado hace un año del Barcelona al París Saint-Germain por más de 225 millones de dólares, vivió una primera temporada en Francia marcada por una lesión que le impidió competir en los últimos meses del curso. En el Mundial solo pudo alcanzar los cuartos de final con la selección brasileña. Francia, nueva campeona del mundo, sitúa a tres jugadores entre los 10 aspirantes. Además el central Varane añadió la Liga de Campeones con el Real Madrid, que también ganaron Ronaldo y Modric.

EXPECTATIVA. El juego entre el Barcelona y Real Madrid genera atracción a nivel mundial. (Foto de Archivo de EFE)

Agricultores, acuicultores y pescadores no pagan IVA en insumos para su producción, seguros agropecuarios, maquinaria y repuestos.

PARIS, AFP •

¡Juntos por Ecuador con futuro y desarrollo!

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RACHA. Cristiano Ronaldo ganó la vez pasada el trofeo. (Foto de Archivo de AFP)

Valverde, Guardiola y Roberto Martínez °

Entre los entrenadores, los españoles Ernesto Valverde, ganador de la Liga con el Barcelona, Pep Guardiola, campeón de la Premier League con el Mánchester City, y Roberto Martínez, tercer clasificado con la selección belga en la Copa del Mundo, están en la preselección, así como el argentino Diego Simeone, que logró la Europa League con el Atlético de Madrid.

Marta otra vez

En el apartado femenino, la brasileña Marta tendrá como adversarias a Bronze (Inglaterra), Harder (Dinamarca), Ada Hegerberg (Noruega), Amandine Henry (Francia), Saki Kumagai (Japón), para suceder a Lieke Martens.

gobierno DE la república del ecuador PAB/20215/AS


CRONOS B12

MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora, ECUADOR

Pellegrini pide más refuerzos para el West Ham El chileno Manuel Pellegrini señaló que necesita más refuerzos, ayer en su primera rueda de prensa como entrenador del West Ham, que ya ha incorporado a siete jugadores para la próxima temporada. Pellegrini, de 64 años, fue nombrado técnico de los Hammers el mes pasado. En la presentación estuvo flanqueado por el brasileño Felipe Anderson,

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fichaje estrella procedente del Lazio, y por Jack Wilshere, incorporado del Arsenal. “Estamos intentando construir un grupo poderoso. Sabemos que la Premier League no es fácil y no necesitas únicamente un equipo, necesitas una plantilla”, señaló Pellegrini. El club de Londres ha invertido para la próxima temporada 131 millones de dólares. AFP

Queiroz: ‘Espero sumar desde donde me toque’ Nicolás Queiroz conoce poco del fútbol ecuatoriano, entre eso, que tiene que jugar en el llano y la altura los fines de semana. Sin embargo, espera acoplarse de inmediato para estar listo cuando lo requiera su equipo, Emelec. Dice que espera un acoplamiento inmediato, aunque realizó una buena pretemporada este año, mientras vestía la camiseta de Montevideo Wanderers, de Uruguay. Entre las motivaciones para llegar a filas ‘eléctricas’ son que es un club grande y la experiencia de salir por primera vez a jugar en el extranjero. El mediocampista, de 22 años, resaltó que le fue bien en la primera charla con sus compañeros. “Espero llevarme bien con el grupo, entrar bien, ganarme un lugar y el objetivo máximo sería ganar el Campeonato con Emelec”, indicó. El ‘Muelita’ señaló que cono-

GUAYAQUIL•

Se define como un doble contención, que es versátil, así que contemplamos una serie de partidos, seguimiento que se realizó en forma conjunta con la dirigencia”. MARIANO SOSO, DT DE EMELEC

Jugador

Datos biográficos Nombres: Nicolás Queiroz Martínez F. Nac: Montevideo 7 de mayo de 1996 Apodo: ‘Muelita’ Posición: Mediocampista

ce que las exigencias son altas en el plantel, pero lo toma con tranquilidad, ya que va a dejar todo en la cancha. “Agradezco a todos por la bienvenida, espero sumar desde donde me toque”, reiteró. (SJMS)

INICIO. Nicolás Queiroz ya trabajó con la plantilla de Emelec. (Foto: @CSEmelec)

Clubes no competirán en la Copa Ecuador de la FEF GUAYAQUIL• La Liga Profesional comandada por Miguel Ángel Loor, sesionó ayer en el ‘Puerto Principal’. El grupo de dirigentes tomó varias decisiones. Una de ellas es que no participarán en la Copa Ecuador que promocionó la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) Los equipos que la conforman las series A y B consideran que no fueron oportunamente notificados por parte del organismo rector del balompié. Otra de las peticiones es que la Ecuafútbol les entregue todos los valores que fueron arreglados por conceptos del contrato de cesión de derechos, que el ente firmó con Gol TV. Por último, expresaron en el escrito la disconformidad a la reciente suscripción de acuerdos inconsultos de larga duración, por parte de la Federación

ARCHIVO. Los jugadores del Deportivo Cuenca durante uno de sus entrenamientos.

Ecuatoriana de Fútbol (FEF), los que a pesar de la potestad legal que tiene para celebrarlos, podrían comprometer a una nueva directiva del organismo, dad las próximas elecciones a presidencia el próximo año. Francisco Egas, dirigente de Universidad Católica, adelantó que presentarán una terna para el Directorio de la FEF y no le desagrada que suene su nombre entre estos. (SJMS)

MOMENTO. Liga, que ganó la primera etapa, llega de perder en el inicio de la segunda fase ante Delfín, por el torneo local.

Golpeados en la defensa y sin goleador COPA SUDAMERICANA

Liga de Quito recibe a Vasco con la ausencia definitiva de Barcos y las lesiones de Ordóñez y Cruz.

Sin embargo, la partida de El cuadro ‘universitario’ se enfrenta hoy, desde las 17:30, en el Barcos, que marcó nueve goles estadio Rodrigo Paz Delgado a en el torneo local, es el menor de Vasco Vasco Da Gama en parti- los males que aqueja en esta sedo de ida de la segunda fase de la gunda etapa a Liga de Quito, que en 2009 se coronó campeón de Copa Sudamericana. Con el deseo de demostrar la Sudamericana. La defensa resiente la falta que la partida del delantero arde Anderson Ordóñez y gentino Hernán Barcos, Cristian Cruz por lesión. quien decidió irse al Cru- EL DATO En su lugar, el estratega zeiro de Brasil, no afectó, Liga Deportiva Universi- La revancha se uruguayo Pablo Repetto taria busca hoy el triunfo. jugará el próxi- planea incluir a su compa9 de agosto triota Horacio Salaberry y Su nuevo capitán, mo en Rio de Aníbal Chalá. Edison Vega, opina que: Janeiro. “El miércoles sin duda “Barcos nos impuso mucha motivación, mucho respeto vamos a apostar todo a pasar en y responsabilidad para lo que es la fase de Sudamericana”, señaló el club. Ahora estamos acá noso- Salaberry a los medios. Vasco Da Gama llega a la catros (...) Todos estamos preparapital motivado por su reciente dos para dar el 100%”, declaró.

Posibles alineaciones Liga de Quito A. Gabbarini J. Quinteros F. Guerra H. Salaberry A. Chalá E. Vega J. Orejuela A. Julio F. Guerrero J. Julio J. Anangonó DT: P. Repetto

vs.

Vasco Da Gama M. Silva L. Gustavo R. Graça O. Henríquez Henrique Andrey Raúl Wagner G. Augusto Kelvin Andrés Ríos DT: Jorginho

Estadio: Rodrigo Paz (Quito) Hora: 17.30 Juez: Juan Soto (Venezuela)

triunfo 1-0 ante Gremio en el torneo local. “Vamos muy fuertes para ese partido contra Liga, principalmente porque ganamos a Gremio, que es un equipo calificado y actual campeón de la Copa Libertadores”, expresó Andrey en la página web de Vasco. (AFP-WOM)


CRONOS

AFA pide dejar “tranquilo” a Messi para que piense su futuro El presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio Tapia, dijo que hay que dejar “tranquilo” a Lionel Messi para que se “reordene” y decida su futuro en la ‘Albiceleste’, ya que lo considera anímicamente golpeado por los malos resultados en el Mundial. “Uno tiene muchísima confianza en él. Tenemos que tratar de

que empiece su torneo en España y el año que viene... a ver”, señaló Tapia en una entrevista con Radio Mitre. La última vez que Tapia habló con el jugador del Barcelona y capitán de la Selección argentina fue el pasado viernes, cuando se escribieron para saludarse por el Día del Amigo, muy celebrado en el país sudamericano. EFE

Malcom, promesa del fútbol brasileño

ESPAÑA

Malcom Filipe Silva de Oliveira, de 21 años, fichó con el FC Barcelona.

EXPERIENCIA. El futbolista jugó en Corinthians y Burdeos francés.

PARÍS, EFE • El brasileño Mal- rios para triunfar como profesional. Debutó a los 17 años en el primer com Filipe Silva de Oliveira, nuevo jugador del Barcelona por equipo del Corinthians, club al que cinco temporadas, es una de las ya pertenecía en sus categorías injóvenes promesas más coti- feriores y con el cual obtuvo el título Brasileirao en 2015 antes de su salto zadas del fútbol europeo. Pruebas del potencial definitivo al fútbol europeo. El exjugador internacional francés que el brasileño atesora las vio en primera persona y entrenador del Burdeos en 2016, el nuevo entrenador del Bur- Willy Sagnol, fue rápidamente convencido por su antiguo comdeos, Gustavo Poyet, nada pañero de equipo en el Bayern más llegar al club en enero de Munich y ese año todavía de 2018. MILLONES "Es un jugador diferen- de dólares, aproxi- en activo en el Palmeiras, Zé pagó te que puede ganar un par- elmadamente, FC Barcelona por Roberto, de que lo fichara. el brasileño. tido por sí mismo", afirmó entonces su entrenador. Nombre de activista "Suele estar defendido por La joven promesa demostró una EL DATO dos jugadores porque su gran adaptación en Francia al talento es especial. En enelograr expresarse con fluidez y de 21 ro sufrimos, porque estuvo a Malcom, años, se convier- soltura en la lengua de Voltaire punto de irse a la liga inglesa, te en el tercer en solo unos pocos meses. de los debemos estar preparados por- refuerzo Malcom -nombre que debe barcelonistas que tarde o temprano se irá", para el próximo a su padre, quien se lo puso en curso. aventuró. recuerdo del activista afroamericano Malcolm X- afirmó en el canal "BFM Sport" que solo se inteSus capacidades Prometedor zurdo, de arranque eléc- resa "por el fútbol" y que las cuestiotrico, potente disparo y de facilidad nes sobre un eventual traspaso, que para el regate, como tantos futbo- le constaban, "las manejaban otros". "El club, mi agente, mi familia son listas brasileños proviene de orígenes humildes -vivió en la favela los que se ocupan de esas cosas, yo Buraco Quente, zona este de solo me preocupo de jugar", afirmó Sao Paulo- y tuvo que asu- entonces para recalcar que era feliz mir los sacrificios necesa- en Burdeos.

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MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR

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PRESENTACIÓN. Robin Olsen firmó ayer el contrato con el equipo italiano.

Robin Olsen, nuevo arquero de la Roma ROMA, EFE •La Roma anunció

ayer el fichaje del portero internacional sueco Robin Olsen, quien será el sustituto del brasileño Alisson Becker, traspasado la semana pasada al Liverpool a cambio de 62,5 millones de euros (73 millones de dólares, aproximadamente”. El club capitalino aceptó, ade- EL DATO más, pagar hasta un máximo de 3,5 Olsen se convirmillones de eu- tió en el décimo primer fichaje ros en variables del Roma en sesión del condicionadas a esta mercado. determinados resultados deportivos conseguidos por el equipo y el jugador. Olsen, de 28 años, llega a la Roma tras lucirse como uno de los mejores porteros del Mundial de Rusia, en el que la Selección sueca fue una de las principales revelaciones al alcanzar los cuartos de final. Olsen peleará por una plaza de titular con el italiano Antonio Mirante y al brasileño Daniel Fuzato, fichados este verano procedentes del Bolonia y del Palmeiras, respectivamente.

Saúl pasa revisión médico del Atlético MADRID, EFE • El centrocampista internacional español del Atlético de Madrid Saúl Ñíguez pasó ayer el reconocimiento médico previo a la pretemporada, según informó el club ‘rojiblanco’. Saúl fue examinado en la Clínica Universidad de Navarra de Madrid, después de que el lunes adelantara su regreso de las vacaciones y comenzara a ejercitarse en solitario en el

gimnasio de la ciudad deportiva. El centrocampista tenía permiso hasta mañana para incorporarse, como el resto de los internacionales españoles del Atlético que participaron en el Mundial de Rusia 2018, Koke Resurrección y Diego Costa, pero decidió adelantar su regreso y ayer volvió a trabajar en el gimnasio.

TRABAJO. Saúl Ñíguez adelantó su regreso al Atlético de Madrid.

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CRONOS A10

MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR

Nadal vuelve a los entrenamientos para preparar la gira americana

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El tenista español Rafael Nadal, número uno del mundo, reanudó ayer a las prácticas en pista rápida junto a su entrenador Carlos Moyá, con el objetivo de preparar la gira americana, según anunció un portavoz de la academia que lleva su nombre en Manacor (Mallorca). Nadal, quien conquistó su decimoséptimo Gran Slam

el pasado en mayo en Roland Garros, vuelve a las pistas tras caer en semifinales frente al serbio Novak Djokovic en Wimbledon. El tenista mallorquín, quien ha disfrutado de una semana de vacaciones navegando por Baleares en su yate, tiene previsto competir en los Master 1.000 de Toronto y Cincinatti. EFE

MINUTERO

Verdasco y Thiem cumplen en Hamburgo El español Fernando Ver°dasco (foto), octavo cabeza de

serie, derrotó ayer al serbio Dusan Lajovic. El austríaco Dominic Thiem, máximo favorito, hizo lo propio ante el francés Corentin Moutet en la primera ronda del torneo de Hamburgo. El madrileño se hizo con el set inicial por 6-3, cedió el segundo por 4-6 y no logró resolver el tercero antes del ‘tie-break’, que ganó por un apurado 7-5 en su encuentro ante Lajovic. EFE

Pedrosa repasa su trayectoria

Dani Pedro°sa,Eldosmotociclista semanas después de haber anunciado su retirada como piloto de MotoGP al final de la actual temporada, admite “haber sentido miedo sobre la moto” y asegura que su deporte ha “cambiado mucho” y ahora “es más complicado entender quién es bueno y quién no”. EFE

Terra Aventura es el bicampeón HUAIRASINCHI

DESTACADA. Victoria Calisto, del equipo Terra Aventura, en la décima quinta edición. (Foto: Facebook Huairasinchi)

Terra Aventura, Team Fairis Uniandes y Team Movistar disputaron los primeros lugares en Élite. En una jornada de ensueño, el equipo ecuatoriano Terra Aventura se proclamó, ayer, bicampeón de la décima quinta edición del Huairasinchi 2018, en la categoría Élite. Ante la sorpresa de jueces y espectadores, el arribo de los ganadores se produjo mucho antes de lo previsto. “Fue una gran experiencia en nuestras vidas, estábamos muy bien preparados, tanto física como mentalmente”, dijo Victoria Calisto. Por su parte, Joaquín López comentó que este deporte es un estilo de vida que desea transmitir a la juventud. Terra Aventura está integrado por Joaquín López, Victoria

Calisto, Felipe Munchmeyer y Nicolás Miranda. En el Team Fairis están Jorge Brito, Tania Díaz, Urtzi Iglesias y Bernardo Vintimilla. Mientras, el Team Movistar lo conformaron Mari Chandler, Nick Gracie, Martin Sáenz y Patricio Vergara. Su travesía comenzó el domingo, a las 10:30. Se eliminó la prueba de kayak, por la seguridad de los participantes. La creciente del río Bobonaza, en el Puyo, no era segura. La categoría Élite recorrió 317 km, entre orientación, trekking, bicicleta de montaña, remo (eliminada) y cuerdas. Hubo varios equipos retirados, ya sea por problemas

goría Aventura de la décima quinta edición del Huairasinchi. Se trató del Aring Trotamundos, integrado por Lorena Cevallos, Javier Luna, Felipe Luna y Andrés Salvador. La partida fue el pasado domingo, a las 10:30.

mecánicos o por decisión de los equipos. Entre ellos están Paradofobia, Guambras, Winavena Andes6000, Fedeme BGR, Taga Wari y Haku Ar. En la categoría Aventura, DWG está fuera de ranking, pues solo continuaban tres integrantes en competencia, según la información proporcionada por la organización. (JG)

CUERDAS. En el segundo día de competencias, los participantes pasaron por la pared vertical de más de 80 m. (Foto: Facebook Huairasinchi)

Sainz: ‘Me gusta Hungaroring para la calificación’

Tokio 2020 comienza a tomar forma

justo dos años para °la Restan celebración de los Juegos Olímpicos de Tokio 2020. Una parte importante de las sedes ya construidas y el calendario de las competiciones y otros detalles del evento están definidos. EFE

Aring Trotamundos cruza la meta ° A las 16:05, de ayer, llegó el primer equipo a la meta, en la cate-

MADRID, EFE • El piloto español Carlos Sainz (Renault) afronta Programación con optimismo el GP de Hungría Fórmula Uno de Fórmula Uno, que se disputará el domingo en Hungaroring, un VIERNES 27 DE JULIO circuito que le gusta especialmenlibres 1: 04:00 - 05:30 ° Entrenamientos te para la sesión de clasificación. Entrenamientos libres 2: 08:00 – 09:30 ° "Es un circuito muy estrecho, SÁBADO 28 DE JULIO un poco parecido al de Mónaco libres 3: 05:00 – 06:00 ° Entrenamientos pero obviamente sin las barre° Clasificación: 08:00 – 09:00 ras. Un circuito que me gusta, DOMINGO 29 DE JULIO especialmente en la califica° Carrera 08:10 ción", comenta el piloto español en un comunicado del equipo. Sainz explica que en esta trazaEl piloto español, compañedo las vueltas son "muy intensas y ro de equipo del alemán Nico complicadas, con un monHulkenberg, ocupa el tón de curvas combinadas. décimo segundo puesto Un circuito donde es difíen la clasificación actual VUELTAS cil adelantar, y en el que la del Mundial de Fórmula se correrán en el curva uno ofrece la mejor GP de Hungría. Uno, con 28 puntos en 11 oportunidad para hacerlo". carreras.

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UBICACIÓN. En el GP de Alemania, Carlos Sainz fue décimo segundo.


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ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN DEMANDADO: VALENCIA GAMBOA CAROLINA MONSERRATE OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 09 de mayo de 2018. TRÁMITE: JUICIO COACTIVO CUANTÍA: USD $ 5.136,40 (CINCO MIL CIENTO TREINTA Y SEIS CON 40/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

Av. Amazonas N26-179 y Av. Orellana, Quito / 023944660 / enaranjo@proinco.fin.ec

E CARTELERA DE CINES EN QUITO CINEPLEX TUMBACO HOTEL TRANSYLVANIA 3 : MONSTRUOS DE VACACIONES 2D (ESPAÑOL) 14:05 16:00 17:55 19:50 21:45

RASCACIELOS : RESCATE EN LAS ALTURAS 2D (ESPAÑOL) 15:10 17:15 19:20 21:25 ANT MAN Y LA AVISPA 2D (ESPAÑOL) 16:45 19:00 21:15

12 HORAS PARA SOBREVIVIR : EL INICIO 2D (ESPAÑOL) 14:00 19:55 SICARIO 2 : SOLDADO 2D (ESPAÑOL) 21:50

EL ALMA DE LA FIESTA 2D (ESPAÑOL) 15:55

CUANDO ELLAS QUIEREN 2D (ESPAÑOL) 17:55 JURASSIC WORLD : EL REINO CAIDO 2D (ESPAÑOL) 14:20 18:50 21:15 LOS INCRÍEBLES 2 2D (ESPAÑOL) 14:10 16:30

CINEMARK Hotel transylvania 3 d-box dob 13:10 15:20 17:30 19:40

Ant-man & the wasp d-box sub 21:50 Los increibles 2 dob 12:45 Ant-man & the wasp dob 15:30 18:00 Mamma mia ! vamos otra vez dob 20:30 Hotel transylvania 3 3d d-box dob 14:00 Rascacielos d-box dob 16:30 Rascacielos 3d d-box sub 19:00 Rascacielos d-box dob 21:30 Mamma mia ! vamos otra vez dob 14:30 17:00 Mamma mia ! vamos otra vez sub 19:30 22:00 Hotel transylvania 3 3d dob 12:30 - 14:40 16:50 Jurassic world: el reino caído dob 19:10 12 horas para sobrevivir: el inicio sub 21:45 Jurassic world: el reino caído dob 13:45 A la deriva dob 16:40 A la deriva sub 19:20 21:35 Te atrapé dob 14:10 Los increibles 2 dob 16:20

SUPERCINES SAN LUIS A La Deriva Español 17:40 19:50 Hotel Transylvania 3: Monstruos de Vacaciones Español 14:30 16:40 18:50 21:00 Español 3D 13:20 15:30 17:40

El Legado del Diablo Español 18:30 21:10 24 Horas Para Sobrevivir: El Inicio Español 18:20 20:20

El Alma de la Fiesta Español 14:15 Ant-Man and The Wasp Español 15:20 18:00

20:40

Sicario: Día del Soldado Español 15:00 Mamma Mía! Vamos otra vez Español 13:45 16:15 18:45 Subtitulada 21:15

Rascacielos: Rescate En Las Alturas Español 14:45 17:00 19:15 21:30 Los Increíbles 2 Español 15:40

Jurassic World: El Reino Caído Español 15:50

MULTICINES CCI

SUPERCINES 6 DE DICIEMBRE 24 Horas Para Vivir Español 15:15 17:15

19:15 21:15

2D HOTEL TRANSILVANIA 3 13:00 13:45 15:15 16:00 17:30

A La Deriva Español 14:00 16:10 18:20 Subtitulada 3D HOTEL TRANSILVANIA 3 14:30 16:45

20:30

19:00

¡Te Atrape! Español 14:50 17:00 19:15 Subti 21:30 2D RASCACIELOS 14:00 16:15 18:30 20:45 Hotel Transylvania 3: Monstruos de Vacaciones 2D LEGADO DIABLO 18:00 21:25 Español 14:15 16:30 18:45 20:15 21:00 Español 2D ANT MAN Y AVISPA 13:00 15:30 18:05 3D 15:45 18:00

El Legado del Diablo Español 16:20 19:00 21:40 Los Niños al Poder Subtitulada 15:15 Bajo Cero Español 19:30 12 Horas Para Sobrevivir: El Inicio Es. 20:00 22:10 Cuando Ellas Quieren Español 21:10 El Alma de la Fiesta Español 17:45 Ant-Man and The Wasp Español 15:30 20:50

21:45 Español 3D 18:10

Sicario: Día del Soldado Español 16:50 Mamma Mía! Vamos otra vez 14:30 17:00 22:00 Rascacielos: Rescate En Las Alturas Español 15:20 17:40 20:00 22:20

20:40 21:35

2D 12 HORAS PARA SOBREVIVIR 16:30 18:40 21:05

2D LOS INCREÍBLES 2 13:30 16:10 18:50 2D JURASSIC WORLD REINO CAIDO 14:15 17:00 19:45 20:50

2D LOS NIÑOS AL PODER 14:20 2D EL ALMA DE LA FIESTA 13:10 2D SICARIO DIA DEL SOLDADO 15:25

MULTICINES EL RECREO 2D HOTEL TRANSILVANIA 3 Español 13:00 13:40 14:15 15:15 15:55 16:30 17:30 18:10 18:45 19:45 20:25 21:00

3D HOTEL TRANSILVANIA 3 14:45 17:00 19:15 2D RASCACIELOS 14:10 16:25 17:35 18:40 19:50 2D LEGADO DIABLO 16:15 21:00 21:30 2D ANT MAN Y AVISPA 13:20 14:00 15:55 16:35

MULTICINES EL CONDADO 2D HOTEL TRANSILVANIA 3 13:00 13:45 14:00 15:15 16:00

3D HOTEL TRANSILVANIA 3 14:30 16:45 19:00

2D RASCACIELOS 14:20 16:35 18:50

18:20 20:35

2D ANT MAN Y AVISPA 14:00 16:35 19:15 21:05

18:30

2D 12 HORAS PARA SOBREVIVIR

19:00 21:15

2D LOS INCREÍBLES 2 13:10 15:50 18:30 2D JURASSIC WORLD REINO CAIDO

2D 12 HORAS PARA SOBREVIVIR 15:20 2D LOS INCREÍBLES 2 13:00 14:10 15:40 16:50 18:20

2D JURASSIC WORLD REINO CAIDO 13:20 14:25 16:05 17:10 18:50

2D EL ALMA DE LA FIESTA 13:00 2D SICARIO DIA DEL SOLDADO 13:45

15:45 18:00 20:10 21:10 15:50 18:35 21:20

2D EL ALMA DE LA FIESTA 13:20 2D SICARIO DIA DEL SOLDADO 13:15


A12

A:

MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

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EXTRACTO DE CITACION

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MÉNDEZ ORDOÑEZ NANCY PATRICIA CARUA SIGCHA JOSÉ ERNESTO

A:

MULLO CHILUISA SEGUNDO CARLOS CALLATASIG CHISAGUANO MARÍA TERESA

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 152-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra de los Coactivados MÉNDEZ ORDOÑEZ NANCY PATRICIA, con Cédula de Ciudadanía No. 1714269386 y CARUA SIGCHA JOSÉ ERNESTO, con Cédula de Ciudadanía No. 1713208807, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 150-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra de los Coactivados MULLO CHILUISA SEGUNDO CARLOS, con Cédula de Ciudadanía No. 0500894209 y CALLATASIG CHISAGUANO MARÍA TERESA, con Cédula de Ciudadanía No. 1711832681, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN

DEMANDADO(S): MÉNDEZ ORDOÑEZ NANCY PATRICIA y CARUA SIGCHA JOSÉ ERNESTO

DEMANDADO(S): MULLO CHILUISA SEGUNDO CARLOS y CALLATASIG CHISAGUANO MARÍA TERESA

OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 16 de mayo de 2018. TRÁMITE: JUICIO COACTIVO CUANTÍA: USD $ 2.308,14 (DOS MIL TRESCIENTOS OCHO CON 14/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Lo que comunico a ustedes es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tienen de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 16 de mayo de 2018. TRÁMITE: JUICIO COACTIVO CUANTÍA: USD $ 2.429,52 (DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE CON 52/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Lo que comunico a ustedes es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tienen de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

A:

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

Av. Amazonas N26-179 y Av. Orellana, Quito / 023944660 / enaranjo@proinco.fin.ec

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NARANJO CASCO ÓSCAR NEPTALÍ CONDOLO CORREA MARÍA NOEMÍ

A:

OÑA CHISAGUANO JUAN JOSÉ TAIPE LEÓN LAURA JIMENA

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 124-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra de los Coactivados NARANJO CASCO ÓSCAR NEPTALÍ, con Cédula de Ciudadanía No. 1713468575 y CONDOLO CORREA MARÍA NOEMÍ, con Cédula de Ciudadanía No. 1717115388, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 093-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra del Coactivado, LUNA RUIZ MANUEL ANTONIO, con Cédula de Ciudadanía No. 1703601607, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN

DEMANDADO(S): NARANJO CASCO ÓSCAR NEPTALÍ y CONDOLO CORREA MARÍA NOEMÍ

DEMANDADO: LUNA RUIZ MANUEL ANTONIO

OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 14 de mayo de 2018.

OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 09 de mayo de 2018.

TRÁMITE: JUICIO COACTIVO

TRÁMITE: JUICIO COACTIVO

CUANTÍA: USD $ 7.111,83 (SIETE MIL CIENTO ONCE CON 83/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

CUANTÍA: USD $5.635,96 (CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 96/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tienen de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

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Av. Amazonas N26-179 y Av. Orellana, Quito / 023944660 / enaranjo@proinco.fin.ec

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A: PINEDA ANDRADE CANDY YAJAIRA

A: SARABIA GÓMEZ ABDÓN SERAFÍN

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 084-2018, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra del coactivado PINEDA ANDRADE CANDY YAJAIRA con cédula de ciudadanía número 0921075479, se ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 131-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra del Coactivado SARABIA GÓMEZ ABDÓN SERAFÍN con Cédula de Ciudadanía No. 1707680748, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN DEMANDADO: PINEDA ANDRADE CANDY YAJAIRA OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 26 de febrero de 2018. TRÁMITE: JUICIO COACTIVO CUANTÍA: USD $ 6387,86 (SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 86/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

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Turista suiza murió cerca del Quilotoa COTOPAXI• A las 12:00 de ayer,

la central del ECU-911 recibió la alerta de la desaparición de una mujer de nacionalidad suiza, quien habría salido con un grupo de personas a caminar por la laguna del Quilotoa, pero no regresó. Desde el sistema de emergencia se coordinó la búsqueda con la Policía Nacional y el Cuerpo de Bomberos de Pujilí, quienes habrían encontrado a la mujer, de aproximadamente 70 años, en una quebrada cerca de la laguna. El hecho se habría suscitado fuera del área protegida. Para la extracción del cuerpo, los bomberos utilizaron equipo de rescate vertical (cuerdas, mosquetones, una canasta de rescate y arnéses). Por lo agreste del terreno, la recuperación del cadáver duró aproximadamente una hora con 15 minutos, según un reporte del ECU-911. El cuerpo fue trasladado hasta la morgue del Cementerio General de Latacunga, donde permanece hasta que se realicen los trámites legales correspondientes y el aviso a la Embajada para que se ejecute la repatriación de los restos mortales de Adriana T., quien fue identificada en el momento del procedimiento legal. Desde la Fiscalía han iniciado un proceso investigativo para determinar las causas del accidente. Este es el primer percance de este tipo que se registra en el sector de Kilotopamba, ubicado cerca de la laguna del Quilotoa. (MCH)

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN DEMANDADO(S): SARABIA GÓMEZ ABDÓN SERAFÍN OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 15 de mayo de 2018. TRÁMITE: JUICIO COACTIVO CUANTÍA: USD $ 4.404,24 (CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUATRO CON 24/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

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SUCESO. El cuerpo fue trasladado a la morgue de Latacunga.


Menor se ahogó en río Blanco

La niña de 10 años estaba con una tía y con su hermana de 2 años.

SANTO DOMINGO • Kerly M.,

de 10 años, se ahogó el lunes en el sector ‘La Patera’ de Quinindé, cuando nadaba en el río Blanco. Con ella estaba un familiar adulto y su hermana de 2 años. La menor estaba pasando sus vacaciones escolares en el cantón Quinindé y su tía Dayana R., les invitó a bañarse en el afluente. Todo transcurrió sin novedad, las dos menores, quienes habían llegado desde Quito para visitar a sus familiares, se bañaban en la orilla, bajo la atenta mirada de su pariente.

Sumergida

“Mientras cuidaba a la niña de 2 años (quien jugaba con arena afuera del río) mi otra sobrina se bañaba en la orilla. En cuestión de minutos esta- EL DATO ba sumergida en el agua, inNueve personas mediatamente se han ahogado los ríos de la saqué, pero en Quinindé en lo estaba desma- que va del año. yada”, manifestó Dayana R. a los agentes policiales. Agregó que inmediatamente la trasladó en una moto acuática de un bañista hasta el sector ‘Telembí’. Ahí la embarcaron en un vehículo y la llevaron al hospital Padre Alberto Buffoni, donde los médicos confirmaron su muerte. (JAR)

Era quinindeña °La menor ahogada era oriunda de Quinindé, pero hace algunos años salió a vivir a Quito, ciudad donde radica su madre. Los familiares tenían previsto sepultarla ayer en el cementerio local de Quinindé.

A13 POLICIAL

MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO,ECUADOR

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A: ESPINOZA LEMA SEGUNDO ZENON Y OTRA

A: FARIAS CHICHANDE KLÉVER BOLÍVAR

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 083-2018, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra de SEGUNDO ZENON ESPINOZA LEMA, con Cédula de Ciudadanía No. 1717063232 y JESSICA LILIANA SANCHO CUPUERAN, con Cédula de Ciudadanía No. 1721174371, se ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 135-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra del Coactivado FARIAS CHICHANDE KLÉVER BOLÍVAR, con Cédula de Ciudadanía No. 1722911334, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN

DEMANDADO: ESPINOZA LEMA SEGUNDO ZENON y JESSICA LILIANA SANCHO CUPUERAN

DEMANDADO(S): FARIAS CHICHANDE KLÉVER BOLÍVAR

OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 26 de febrero de 2018.

OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 15 de mayo de 2018.

TRÁMITE: JUICIO COACTIVO

TRÁMITE: JUICIO COACTIVO

CUANTÍA: USD $ 5772,05 (CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS CON 05/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA)

CUANTÍA: USD $ 5.935,03 (CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO CON 03/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

Av. Amazonas N26-179 y Av. Orellana, Quito / 023944660 / enaranjo@proinco.fin.ec

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A: FARINANGO CHÁVEZ ELMER BRUCE LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 129-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra del Coactivado FARINANGO CHÁVEZ ELMER BRUCE, con Cédula de Ciudadanía No. 1003326418, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN DEMANDADO(S): FARINANGO CHÁVEZ ELMER BRUCE OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 15 de mayo de 2018. TRÁMITE: JUICIO COACTIVO CUANTÍA: USD $ 3.899,21 (TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 21/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

GRIJALVA CALDERÓN MARÍA BELÉN ARIAS MARTÍNEZ WAGNER ALBERTO

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 081-2018, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra de los Coactivados MARÍA BELÉN GRIJALVA CALDERÓN con cédula de ciudadanía número 1710898493 y ARIAS MARTÍNEZ WAGNER ALBERTO con cédula de ciudadanía número 1710050186, se ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN DEMANDADO(S): GRIJALVA CALDERÓN MARÍA BELÉN y ARIAS MARTÍNEZ WAGNER ALBERTO OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 26 de febrero de 2018. TRÁMITE: JUICIO COACTIVO CUANTÍA: USD $ 2805,13 (DOS MIL OCHOCIENTOS CINCO CON 13/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) Lo que comunico a ustedes es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tienen de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

Av. Amazonas N26-179 y Av. Orellana, Quito / 023944660 / enaranjo@proinco.fin.ec

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A: GUAMÁN SESEN MARÍA LAURA

A: GUAMANTARIO TUBA GUIDO FERNANDO

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 146-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra de la Coactivada GUAMÁN SESEN MARÍA LAURA, con Cédula de Ciudadanía No. 0601945900, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 087-2018, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra del GUAMANTARIO TUBA GUIDO FERNANDO con cédula de ciudadanía número 1722077664, se ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN DEMANDADO(S): GUAMÁN SESEN MARÍA LAURA OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 16 de mayo de 2018. TRÁMITE: JUICIO COACTIVO CUANTÍA: USD $ 2.839,06 (DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 06/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

ZONA. El incidente se registró en el sector ‘La Patera’.

A:

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ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN DEMANDADO: GUAMANTARIO TUBA GUIDO FERNANDO OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 26 de febrero de 2018. TRÁMITE: JUICIO COACTIVO CUANTÍA: USD $ 3704,87 (TRES MIL SETECIENTOS CUATRO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 87/100) Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

A14

QUITO

MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

CURIOSO

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A: HIDALGO CHICAIZA CÉSAR RAÚL

A: JÁCOME SOTO IVÁN XAVIER Y OTROS

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 103-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra del Coactivado HIDALGO CHICAIZA CÉSAR RAÚL, con Cédula de Ciudadanía No. 1705675500, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 082-2018, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra de Iván Xavier Jácome Soto, con C.C. # 0502353063, Mónica Adriana Punina Toalombo, con C.C. # 1718331083, Julio Punina con C.C. # 1707040513 Y María Inés Toalombo Toalombo C.C. # 1801344530, se ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

DEMANDADO(S): HIDALGO CHICAIZA CÉSAR RAÚL

DEMANDADO: JÁCOME SOTO IVÁN XAVIER Y OTROS

OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 10 de mayo de 2018.

OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 26 de febrero de 2018.

TRÁMITE: JUICIO COACTIVO

TRÁMITE: JUICIO COACTIVO

CUANTÍA: USD $ 6.290,63 (SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA CON 63/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

CUANTÍA: USD $ 4656,54 (CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 54/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA)

Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

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A:

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JIMÉNEZ ZAPATA EDWIN MAURICIO CALERO DÁVILA PRISCILA ELIZABETH

A: LICANGO JÁCOME AIDA SUSANA

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 123-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra de los Coactivados JIMÉNEZ ZAPATA EDWIN MAURICIO, con Cédula de Ciudadanía No. 1713038766 y CALERO DÁVILA PRISCILA ELIZABETH, con Cédula de Ciudadanía No. 1720708054, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 086-2018, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra del coactivado ESPINOZA LEMA SEGUNDO ZENON Y OTRA con cédula de ciudadanía número 1720112182, se ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN

DEMANDADO: ESPINOZA LEMA SEGUNDO ZENON Y OTRA

DEMANDADO(S): JIMÉNEZ ZAPATA EDWIN MAURICIO y CALERO DÁVILA PRISCILA ELIZABETH.

OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 26 de febrero de 2018.

OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 14 de mayo de 2018.

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

TRÁMITE: JUICIO COACTIVO CUANTÍA: USD $ 4658,33 (CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 33/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 33/100)

TRÁMITE: JUICIO COACTIVO CUANTÍA: USD $ 6.777,32 (SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE CON 32/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

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Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

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A: LOYAGA ABARCA DEICY ROCITA

A: LUNA RUIZ MANUEL ANTONIO

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 149-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra de la Coactivada LOYAGA ABARCA DEICY ROCITA, con Cédula de Ciudadanía No. 1712022373, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 093-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra del Coactivado, LUNA RUIZ MANUEL ANTONIO, con Cédula de Ciudadanía No. 1703601607, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN

DEMANDADO(S): LOYAGA ABARCA DEICY ROCITA

DEMANDADO: LUNA RUIZ MANUEL ANTONIO

OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 16 de mayo de 2018.

OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 09 de mayo de 2018.

TRÁMITE: JUICIO COACTIVO

TRÁMITE: JUICIO COACTIVO

CUANTÍA: USD $ 2.510,56 (DOS MIL QUINIENTOS DIEZ CON 56/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

CUANTÍA: USD $5.635,96 (CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 96/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

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Niño de 11 años va a la universidad INFOBAE.COM • Es la primera

vez en su historia que St. Petersburg College, en la ciudad del mismo nombre del centro de la Florida, EE.UU., ve a alguien tan joven desfilar en una ceremonia de graduación para recoger un diploma. William Maillis se graduó del preuniversitario a los nueve años en Penn-Trafford, cerca de Pittsburgh, en Pensilvania. A los cuatro empezó a estudiar álgebra, a los tres se aprendió el alfabeto en seis idiomas, a los dos sabía leer y después de cumplir uno ya sumaba y restaba. No por gusto un sicólogo de Ohio State University lo declaró genio a los cinco años. El niño contó que en el aula, los maestros no eran los únicos que le hacían preguntas. Otros alumnos no podían disimular la curiosidad. El mes próximo , William empieza a estudiar Astrofísica en la Universidad del Sur de la Florida. Según le contó al Canal 9 local, tiene una meta: “Quiero mostrarle al mundo a través de la ciencia que Dios existe”. Cuando le interrogan sobre cómo lleva esa condición de genio dice una genialidad: “Soy aventajado en esto, otras personas son aventajadas en otras cosas”. La presidenta de St. Petersburg College, Tonjua Williams, no oculta su admiración. “Estoy completamente fascinada con William y el trabajo que ha hecho”, dijo. “Es extremadamente brillante, muy abierto y colaborador”. William siguió los dos años universitarios en el recinto de Tarpon Springs, también en la zona de la Bahía de Tampa, donde está la ciudad de St. Petersburg. “Al principio me sentía diferente, pero después uno se acostumbra”, afirmó el superdotado.

GENIO. William Maillis empieza a estudiar Astrofísica el mes próximo (Foto: infobae.com)


MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO,ECUADOR

CURIOSO JUZGADO DE COACTIVA DE PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACION

JUZGADO DE COACTIVA DE PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACION

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A: CALVAS PRECIADO HÉCTOR MARCIDES

A:

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 160-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra del Coactivado CALVAS PRECIADO HÉCTOR MARCIDES, con Cédula de Ciudadanía No. 0700787344, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 105-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra de los Coactivados CARVAJAL GUACOLLANTE JUAN MANUEL, con Cédula de Ciudadanía No. 1700945064 y BOADA PILLAJO LUISA, con Cédula de Ciudadanía No. 1701694711, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN

DESCONTROL. Es mejor medir los actos, el mundo es pequeño. (Foto: Pixabay)

Renunció y vertió bebida en la oficina de su jefe INFOBAE.COM • La gente fan-

tasea con renunciar a sus trabajos de maneras dramáticas, pero Francesco Pellegrino realmente lo logró. “Recientemente, él era un analista de investigación de capital, encargado de cubrir a las compañías de consumo que cotizan en bolsa para una casa de bolsa institucional, en Manhattan”, revela el perfil de LinkedIn de Pellegrino. Va en serio cuando dice “recientemente”, ya que trabajó como analista en Sidoti & Co. hasta fines del mes pasado, cuando renunció y rompió su teclado, roció la oficina de su jefe con champagne y escuchó a Marky Mark y a Funky Bunch. Como lo reportó el New York Post, Pellegrino comenzó a subir posts de su despedida cargada de Dom Perignon a las 22:12, cuando ingresó a la oficina de su jefe, Peter Sidoti. “Jódete Peter, renuncio”, publicó en su historia de Instagram, mientras sonaba una versión de ‘I Luv It’ de Young Jeezy en la bocina de su teléfono. Los siguientes 90 minutos fueron un diluvio de malas decisiones y elecciones musicales cuestionables. Pellegrino descorchó varias botellas de Dom y las derramó en el piso de su jefe, en la placa de su oficina, en una alfombra, en una pila de tarjetas de presentación que esparció por el pasillo y en toda su camisa de botones. Según Pellegrino, Sidoti había dicho : “no me importa que sea nuestro analista senior más joven, tráiganme sus archivos en papel… es reemplazable”. El New York Post cree que el incidente ocurrió a fines de junio; la cuenta de Instagram de Pellegrino ha sido desactivada desde entonces. Aunque nadie sabe qué fue exactamente lo que lo impulsó a expresar su punto de vista al desperdiciar cientos de dólares en champagne, una fuente anónima de Sidoti & Company señaló que “Pellegrino creía que estaba mal pagado”.

A15

DEMANDADO(S): CALVAS PRECIADO HÉCTOR MARCIDES OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 16 de mayo de 2018. TRÁMITE: JUICIO COACTIVO CUANTÍA: USD $ 2.299,90 (DOS MIL DOSCIENTOS NOVETA Y NUEVE CON 90/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

CARVAJAL GUACOLLANTE JUAN MANUEL BOADA PILLAJO LUISA

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN DEMANDADO(S): CARVAJAL GUACOLLANTE JUAN MANUEL y BOADA PILLAJO LUISA OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 10 de mayo de 2018. TRÁMITE: JUICIO COACTIVO CUANTÍA: USD $ 12.953,08 (DOCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 08/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tienen de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

Av. Amazonas N26-179 y Av. Orellana, Quito / 023944660 / enaranjo@proinco.fin.ec

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A: CASCO GUALACATA VANESA ANABEL

A: CHAMAZA CAJO DÉBORA DEL ROCÍO

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 136-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra de la Coactivada CASCO GUALACATA VANESA ANABEL, con Cédula de Ciudadanía No. 1725333221, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 143-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra de la Coactivada CHAMAZA CAJO DÉBORA DEL ROCÍO, con Cédula de Ciudadanía No. 1717440505, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN

DEMANDADO(S): CASCO GUALACATA VANESA ANABEL

DEMANDADO(S): CHAMAZA CAJO DÉBORA DEL ROCÍO

OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 15 de mayo de 2018.

OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 16 de mayo de 2018.

TRÁMITE: JUICIO COACTIVO

TRÁMITE: JUICIO COACTIVO

CUANTÍA: USD $ 5.841,81 (CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 81/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

CUANTÍA: USD $ 3.957,28 (TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 28/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

Av. Amazonas N26-179 y Av. Orellana, Quito / 023944660 / enaranjo@proinco.fin.ec

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

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JUZGADO DE COACTIVA DE PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACION

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EXTRACTO DE CITACION

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A: CHILIQUINGA GUERRÓN OSWALDO DAVID

A: CHUSIN ESTRELLA MARÍA MACRINA.

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 159-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra del Coactivado CHILIQUINGA GUERRÓN OSWALDO DAVID, con Cédula de Ciudadanía No. 1722167010, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

LE HAGO SABER: Que en el Juicio Coactivo No. 137-2018-JC-PRO, seguido por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN en contra de la Coactivada CHUSIN ESTRELLA MARÍA MACRINA, con Cédula de Ciudadanía No. 1724326739, mediante providencia dictada con fecha 13 de julio de 2018, el señor Juez de Coactiva ha ordenado CITAR, por un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN

ACTOR: PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., EN LIQUIDACIÓN

DEMANDADO(S): CHILIQUINGA GUERRÓN OSWALDO DAVID.

DEMANDADO(S): CHUSIN ESTRELLA MARÍA MACRINA

OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 16 de mayo de 2018.

OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con los Art. 7 y 8 del Instructivo para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de las Entidades Sometidas a Procesos Liquidatorios Dispuestos por la Superintendencia de Bancos, Art. 945 y 946 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado el pago de la obligación insoluta constante en la orden de cobro que sirve de fundamento al auto de pago dictado el 15 de mayo de 2018.

TRÁMITE: JUICIO COACTIVO

TRÁMITE: JUICIO COACTIVO

CUANTÍA: USD $ 2.213,82 (DOS MIL DOSCIENTOS TRECE CON 82/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

CUANTÍA: USD $ 5.304,76 (CINCO MIL TRESCIENTOS CUATRO CON 76/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA)

Lo que comunico a ustedes es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tienen de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Lo que comunico a usted es para los fines de Ley.- Presumiéndose la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dirección o correo electrónico para notificaciones.

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

Esteban José Naranjo Bastidas SECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. EN LIQUIDACIÓN

Av. Amazonas N26-179 y Av. Orellana, Quito / 023944660 / enaranjo@proinco.fin.ec

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QUITO

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Quito, Ecuador

Murieron abrazados en Atenas

Los cuerpos carbonizados y entrelazados de 26 personas fueron hallados ayer en una casa de Grecia. Con ellos ya son 74 los muertos causados por los incendios. PÁGINA B5

40 PÁGINAS

Guayaquil, al son de dos divas

Samantha Grey y Nicole Rubira unen sus voces para cantarle a la ‘Perla del Pacífico’. PÁGINA B7

La FIFA insiste con ellos

Messi y Cristiano Ronaldo son junto a otros 8 jugadores los finalistas para ganar el premio ‘The Best’ de la FIFA. PÁGINA B11

La ‘U’ recibe a Vasco por la Sudamericana

Liga de Quito enfrenta a Vasco da Gama, por la segunda fase de la Copa Sudamericana. PÁGINA B12

Punto de lectura en el Cumandá PÁGINA B2


REVISTA JUDICIAL

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LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR

MIÉRCOLES, 25 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 12229 Director DR. FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO

ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA

Editora DIANA BRIONES PUGA

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DELITOS INFORMÁTICOS O CIBERDELITOS

AUTOR: AB. JOEL MELÉNDEZ VERDEZOTO1

Para dar a conocer la relevancia de los delitos informáticos o ciberdelitos que hoy en día nos concierne y la serie de riegos que conlleva navegar en la web mediante la utilización de las Tecnologías de la Información y Comunicación, desde aquí en adelante conocidas como las TIC, herramientas esenciales y de uso frecuente de los ciberdelincuentes para ejecutar sus actos delictivos; los usuarios frecuentes de estos medios, cada vez que pensamos en los famosos delitos informáticos se nos viene a la cabeza el fantasma de Hacker, como el peligroso delincuente que anda navegando por la red cometiendo sus infracciones; para poder prevenir y sancionar este tipo de conductas ilícitas que afectan los sistemas y datos informáticos, secretos de comunicaciones, al patrimonio, la fe pública, la libertad sexual, entre otros, debemos saber que los ciberdelincuentes se escudan en el anonimato para cometer estos actos típicos, antijurídicos y punibles; para conocer y entender un poco más de este mundo del crimen cibernético, es importante saber de su historia, cómo se han ido desarrollando y evolucionando hasta la presente fecha.

Una breve historia del internet, según Gustavo Raúl Sain: La historia del internet se inicia durante la etapa de desarrollo de la Gran Ciencia norteamericana de los años 50, en el marco de la batalla tecnológica librada entre el gobierno de los Estados Unidos y la Unión Soviética durante la Guerra Fría. Tras el lanzamiento del satélite Sputnik, en 1957, por parte de la administración soviética, el presidente norteamericano Dwigth Einsenhower ordenó al Departamento de Defensa la creación de una agencia de investigación avanzada que realizara estudios acerca de material bélico y de comunicaciones. Tras la creación del ARPA (Advanced Research Projects Agency, Agencia de Investigación de Proyectos Avanzados) (…) Larry Roberts del MIT presento a las autoridades del Departamento de Defensa el proyecto de creación de la ARPANET –la red de ARPA-, y comenzaron en 1969 las primeras pruebas para la conexión de computadoras de red militar. (Sain , 2012, pág. 12) De esta manera los científicos de ARPANET demostraron que el sistema era operativo, creando una red de alrededor 40 puntos conectados en diferentes localizaciones, esto motivó la búsqueda en este campo, dando el origen a nuevas redes y en 1982 ARPANET adoptó el protocolo TCP/IP (Transmission Control Protocol/ Internet Protocol, Protocolo de Control de Transmisión/ Protocolo de Internet) y en aquel instante se creó internet. Una de las primeras definiciones sobre los delitos informáticos se estableció en 1983, cuando la OCDE (Organización de Cooperación y Desarrollo Económico), definió como “cualquier comportamiento antijurídico, no ético o no autorizado, relacionado con el procesamiento automático de datos y/o transmisiones de datos”. En este caso “Troyano”, fue el nombre del primer virus masivo reportado IBM PC en 1984, a raíz de esto, varios Estados de los E.E.U.U. fueron los primeros en contar con una ley específica para proteger los sistemas informátiCONTINUA EN LA PÁGINA - C2

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CONSULTA PENAL ¿Cómo se calcula las multas en el régimen de atenuantes y agravantes? RESPUESTA La multa en materia penal tiene una naturaleza pecuniaria y consiste en el pago de una suma de dinero establecida en la sentencia que el procesado está obligado a pagar. La multa como toda pena, debe estar determinada en la ley, debe formar parte de un tipo penal y debe ser resuelta de forma precisa y proporcionada en el juicio oral conjuntamente con la pena privativa de libertad. El Art.70 del COIP, nos dice que en las infracciones se aplicará además de la privación de libertad, la pena de multa conforme a las reglas ahí descritas. En su último inciso nos dice que en las infracciones que no existan penas privativas de libertad, se aplicaran las multas previstas en el tipo (responsabilidad penal de la persona jurídica). Entonces, al dictar sentencia en el juicio oral, las formas de imponer la pena determinada en el tipo penal, incluida la multa, se encuentran expresamente reguladas en la ley. La multa es una pena accesoria a la pena privativa de libertad (principal), y se imponen a más de esta última, de forma imperativa en todas las infracciones de conformidad con el Art, 70 del COIP. Las multas al ser accesorias siguen la suerte de lo principal, y se rigen al igual que las penas privativas de libertad, conforme a los mecanismos de aplicación de las agravantes y atenuantes previstos en la ley; todo ello, en respeto al derecho al debido proceso, con sus aristas la legalidad y la proporcionalidad. Por lo tanto, las multas son penas accesorias a la pena privativa de libertad y por ende siguen su suerte. Para ellas también es aplicable el régimen de atenuantes y agravantes Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia


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cos de las instituciones públicas. De esta manera, los delitos informáticos son aquellos actos cometidos a través de las TIC, que afectan a bienes jurídicos protegidos mediante el uso indebido de equipos informáticos, a simple vista podríamos decir que son: el patrimonio, la intimidad, la integridad física y/o lógica de los equipos de cómputo y/o páginas web cuando ella no impliquen las dos anteriores, como también otros bienes jurídicos tutelados por la Constitución. Los delitos informáticos o ciberdelitos, es toda actividad ilícita que: a.- Se cometen mediante el uso de computadoras, sistemas informáticos u otros dispositivos de comunicación (la informática es el medio o instrumento para realizar un delito); o b.- Tienen por objeto robo de información, robo de contraseñas, fraude a cuentas bancarias, etc. (Delitos informáticos o ciberdelitos, 2015). El delito informático o delito cibernético, son los nuevos verdugos de esta sociedad tecnificada, mientras que la tecnología evoluciona, el delito crece, Manifestaba Steve Jobs: “Un ordenador es para mí la herramienta más sorprendente que hayamos ideado. Es el equivalente a una bicicleta para nuestras mentes (Jobs , 2016)”. Una definición de acuerdo a Gustavo Raúl Sain: En la actualidad, no existe un consenso global en relación a este tipo de conductas ilícitas, tanto en el ámbito de derecho como en la criminología. La ausencia de una definición específica se demuestra a partir de las diferentes denominaciones que reciben este tipo de conductas, “delitos informáticos”, “crímenes cibernéticos” “delitos relacionados con computadoras” “delitos electrónicos”, “crímenes por computadoras”, “cibercrimen”, “delitos telemáticos”, entre otros. (Sain , 2012, pág. 11) La sociedad tiene que culturizarse acerca de la nueva era digital porque los delitos cibernéticos de los cuales hablamos se diferencian en: • Delitos Informáticos, • Delitos Computacionales, y • Delitos Electrónicos. Delitos Informáticos

Son aquellos que afectan la información y al dato como bienes jurídicos protegidos, es decir, la información que un usuario tiene dentro de una cuenta de correo electrónico y el dato protegido de una cuenta bancaria, los datos que se contienen en un celular, los datos que se contienen en el sector público o privado, la identidad de ciertas personas que están protegidas por el Estado y la ley. Los Delitos Computacionales.Vienen a ser los delitos tradicionales con la implementación de la tecnología para la consumación de los mismos, como el robo, el hurto, la defraudación, la estafa. Por ejemplo, la estafa opera cuando el ciberdelincuente envía páginas idénticas a la de un Banco,

para que ingrese su correo, usuario, contraseña, además de datos relevantes del mismo, por ese motivo es necesario que la sociedad sepa, conozca sobre estos medios de estafa electrónica para evitar este tipo de redes criminales. En nuestra legislación el C.O.I.P. Art. 186.2.- Estafa.- Defraude mediante el uso de dispositivos electrónicos que alteren, modifiquen, clonen o dupliquen los dispositivos originales de un cajero automático para capturar, almacenar, copiar o reproducir información de tarjetas de crédito, débito, pago o similares. Entonces, el sujeto activo que cometiere este ilícito seria sancionado con el máximo de la pena privativa de libertad de 7 años.

El Departamento de Justicia de los Estados Unidos, define como fraudes por internet a “Cualquier tipo de fraude que utiliza uno o más componentes de Internet –salas de chat, correos electrónicos, grupos de discusión o sitios Web- para presentar solicitudes a posibles víctimas para llevar a cabo transacciones fraudulentas o para transmitir las procedencias del fraude a instituciones financieras u otras”. Delitos Electrónicos Tiene que ver con el ciberterrorismo, un ejemplo: armar un dispositivo electrónico y éste a través de pulsaciones electromagnéticas pueda ser detonante de una bomba en un avión, carro, casa, local comercial, etc.

Estos delitos utilizan la informática como objeto del ataque o como el medio para cometer otros delitos, frecuentemente de carácter patrimonial, como estafas, apropiaciones indebidas, etc. La tecnología informática es así una herramienta idónea por la gran cantidad de datos que acumula, por la increíble facilidad de acceso a ellos y la manipulación de esos datos. Debemos tener conciencia que esta clase de ilícitos son devastadores debido a que permiten entregar datos e informaciones sobre millones de personas, naturales y jurídicas, inclusive el propio Estado, que son fundamentales para el funcionamiento de sus actividades de todo tipo. (Ríos Patio , 2011). “Si usted piensa que la tecnolo-

gía puede resolver sus problemas de seguridad, entonces usted no entiende los problemas de seguridad y tampoco entiende la tecnología” (SCHNEIER, 2015) Los tipos penales, que sancionen y tengan como verbos rectores el diseño, introducción, alteración, borrado, supresión, clonación de datos informáticos o cualquier interferencia o manipulación en el funcionamiento de un sistema informático, entre otros, son conocidos como mecanismos y dispositivos informáticos, se clasifican como un delito de mera actividad, porque la figura exige cumplir con la conducta descrita en el tipo penal para la consumación del delito sin importar el resultado posterior. De esta manera el legislador adelanta

las barreras de punibilidad al sancionar el solo hecho de fabricar, diseñar, vender, etc., mecanismos y programas orientados a cometer diversos delitos previstos en la ley. Esta figura penal tiene mucha relación a la idea del conocido derecho penal del enemigo, porque se sanciona actos preparatorios alegando la puesta en peligro de la seguridad informática. Ejemplo: el tráfico de datos de los usuarios y contraseñas obtenidos ilícitamente para cometer fraudes informáticos, comercializar equipos especializados en captura, interceptar información, etc. Cabe manifestar, que para la comisión de este tipo de delitos, participan dos o más personas, entre ellas el sujeto activo y el sujeto

pasivo; el primero, es aquel encargado de efectuar o de realizar todos los actos conducentes para la comisión de la infracción, mientras que el segundo, es quien recibe el acto delictivo, esto es lo que de alguna manera podemos consolidar como se da el proceso penal dentro de la comisión de los delitos informáticos. De esta manera nuestra legislación señala que las infracciones pueden ser de ejercicio privado de la acción penal, como también, de ejercicio público de la acción penal. Y como un dato relevante, podemos aducir que no todos los delitos pueden ser considerados o clasificados como delitos informáticos por el mero hecho de haber utilizado un computador, un celular, una tablet, ipad u otro medio tecnológico, para esto es indispensable precisar que conductas pueden ser consideradas como delitos informáticos y cuáles no, por ejemplo: calumniar a una persona a través de medios de comunicación, correo electrónico, mensajes de texto, mensajes vía whatsapp, facebook, twitter u otro medio conocido como redes sociales, estaría frente a un delito de ejercicio de acción privada, de acuerdo a nuestra legislación, se encuentra tipificado en el Código Orgánico Integral Penal, Art. 182.- Calumnia.- La persona que, por cualquier medio, realice una falsa imputación de un delito en contra de otra, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a dos años. Existen varios perfiles, entre ellos están: HACKING/HACKERS Son personas dedicadas, por afición u otro interés, a violar programas y sistemas supuestamente impenetrables, también conocidos como delincuentes silenciosos o tecnológicos que les gusta indagar por todas partes y conocer el funcionamiento de los sistemas informáticos. Son aquellos que se dedican a este tipo de actividades como reto intelectual sin producir daño alguno, con la única finalidad de descifrar y conocer los sistemas informáticos. Este tipo de personas, llamadas Hackers es algo así, como una versión virtual de un allanador de domicilios o casas, que en el lugar de penetrar en domicilios ajenos, se dedican a entrar sin permiso en los equipos informáticos o redes de propiedad ajena. CRACKING/CRACKERS Son aquellos sujetos que se introducen en sistemas remotos CONTINUA EN LA PÁGINA - C3


con la finalidad de destruir datos, denegar el ingreso a servicio de usuarios legítimos y por lo general causar daños a los sistemas, procesadores o redes informáticos, conocidos como piratas informáticos. Cabe señalar que los Cracking vienen a ser una versión violenta y refinada de los anteriores, ya que si bien utilizan técnicas de hacking para ingresar sin el consentimiento y autorización a equipos y redes ajenas, estos sujetos tienen una finalidad más peligrosa, por tratarse de ser delitos telemáticos, es decir, aquellos delitos que pueden cometerse a distancia sin la necesidad que el autor material e intelectual tenga que estar presente para ejecutar el acto. Otro modus operandi que se presentan a diario, es la distribución dolosa de virus, este tipo de delitos consiste en crear programas de cómputo para diferentes fines, pero siempre malignos, es decir, programas que apuntan a generar varios daños en los equipos y que sin el consentimiento de los propietarios han sido instalados. En algunas ocasiones, se han presentado virus que por medio de mecanismos de tiempo permanecen varios meses inactivos sin dar muestra alguna de su existencia y que en determinado tiempo o fecha desatan su poder destructivo sin que el usuario tenga una forma de evitarlo. Una de las características principales que diferencian a los hacker de los crackers, es que los segundos utilizan programas ya creados y que pueden adquirirlos por internet, mientras que los hacker, crean sus propios programas debido a que tiene mucho más conocimientos sobre programación y conocen muy bien los lenguajes informáticos. El Director de Negocios y Alianzas Estratégicas de Digiware, Andrés Galindo, afirma que el 50% de las bandas dedicadas al cibercrimen se componen de 6 o más personas. De ellos, el 76% son hombres cuyas edades van desde los 14 años (8%) hasta los 50 (11%). Aunque la edad promedio de este tipo de delincuentes es 35 años (43%). (GALLO, 2016) CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL (C.O.I.P.) Incorpora una serie de infracciones delictivas, que se encuentran tipificadas y sancionan de acuerdo a cada tipo penal, entre ellos tenemos: C.O.I.P. Art. 174.- Oferta de servicios sexuales con menores de dieciocho años por medios electrónicos. - 7 a 10 años. C.O.I.P. Art. 178.- Violación a la

intimidad. – 1 a 3 años. C.O.I.P. Art. 186.- Estafa. – 5 a 7 años C.O.I.P. Art. 190.- Apropiación fraudulenta por medios electrónicos. - 1 a 3 años C.O.I.P. Art. 191.- Reprogramación o modificación de información de equipos terminales móviles. - 1 a 3 años. C.O.I.P. Art. 192.- Intercambio, comercialización o compra de información de equipos terminales móviles. - 1 a 3 años. C.O.I.P. Art. 193.- Reemplazo de identificación de terminales móviles. - 1 a 3 años. C.O.I.P. Art. 194.- Comercialización ilícita de terminales móviles. - 1 a 3 años. C.O.I.P. Art. 195.- Infraestructura ilícita. - 1 a 3 años C.O.I.P. Art. 229.- Revelación ilegal de base de datos. - 1 a 3 años. C.O.I.P. Art. 230.- Interceptación ilegal de datos. - 3 a 5 años. C.O.I.P. Art. 231.- Transferencia electrónica de activo patrimonial. - 3 a 5 años. C.O.I.P. Art. 232.- Ataque a la integridad de sistemas informáticos. - 3 a 5 años. C.O.I.P. Art. 233.- Delitos contra la información pública reservada legalmente. - 5 a 7 años. C.O.I.P. Art. 234.- Acceso no consentido a un sistema informático, telemático o de telecomunicaciones. - 3 a 5 años. Para Edwin Pérez Reina, actual Fiscal General de la Nación (encargado por el CPCCS-T) y ex Coordinador del Subsistema de Interceptación de Comunicaciones o Datos Informáticos de la Fiscalía, considera que: “la investigación de los ciberdelitos es compleja, debido principalmente al desconocimiento de técnicas en la investigación y la falta de coordinación interinstitucional del sector a cargo de las telecomunicaciones”. (FISCALIA GENERAL DEL ESTADO ECUADOR , 2015) “Un inconveniente para la investigación radica en que Ecuador no cuenta con convenios internacionales que faciliten el cruce de datos informáticos -como los que existe entre Estados Unidos y Europa-“ (FISCALIA GENERAL DEL ESTADO ECUADOR, 2015), Ecuador no forma parte de la convención de Budapest del 2001. “La tecnología de Internet hace que resulte fácil para una persona comunicarse con relativo anonimato, rapidez y eficacia, a través de las fronteras, con un público casi ilimitado”. (OFICINA DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DROGA Y EL DELITO, 2013) Cabe señalar que las infracciones informáticas, fueron tipifica-

das por primera vez en el Ecuador mediante reformas al Código Penal realizadas a través del Título V, desde el artículo 57 al artículo 64, de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensaje de Datos. En aquel entonces, se tipificaron los delitos contra la información protegida, la destrucción maliciosa de documentos, los daños informáticos, la apropiación ilícita, la estafa y la violación del derecho a la intimidad. Por consiguiente, el Código Orgánico Integral Penal (C.O.I.P.) publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 180 de 10 de febrero del 2014, que entró en vigencia 180 días después, es decir, el 10 de agosto del 2014, en su Disposición Derogatoria Novena derogó el Título V, desde el artículo 57 al artículo 64, de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensaje de Datos, referidos anteriormente. Por esa razón, es importante que la ciudadanía de nuestro medio se vaya culturizando y tenga pleno conocimiento sobre las causas y consecuencias punibles de estos tipos penales ya descritos en el C.O.I.P., para generar conciencia, un ambiente sano, equilibrado y libre de infracciones, un arma de doble filo, como es el internet. Un dato relevante sobre la normativa Venezolana y que es una de las más completas, en su Ley Especial Contra los Delitos Informáticos. Artículo 3.- Extraterritorialidad.- Cuando alguno de los delitos previstos en la presente ley se cometa fuera del territorio de la República, el sujeto activo quedará sujeto a sus disposiciones si dentro del territorio de la República se hubieren producido efectos del hecho punible y el responsable no ha sido juzgado por el mismo hecho o ha evadido el juzgamiento o la condena por tribunales extranjeros. Este artículo es muy interesante, debido a que es el único de todas las leyes de Latinoamérica que habla sobre la extraterritorialidad en este campo. Recomendaciones 1. No publicar información personal en páginas desconocidas. 2. Cuando uno accede a una página web, debemos verificar el link: HTTPS.- (Hyper Text Transfer Protocol Secure), quiere decir que es una página segura:

HTTP.- (Hyper Text Transport Protocol), se pone al inicio de una dirección, como: http:// es el método más común de intercambio de información en la www, el método mediante el cual se transfieren las páginas web a un ordenador:

3. Las contraseñas deben ser seguras y por lo general la sociedad utiliza fechas de nacimiento, nombres de familiares, nombres de mascotas, canciones favoritas, pero es fácil engañar al sistema y al sujeto activo e ingresar una clave segura, por ejemplo: utilizar letras MAYÚSCULAS, minúsculas y números, así: 1aSmAr1aNa5 4. Tener actualizado un buen Antivirus. 5. No guardar las contraseñas en computadores públicos. 6. No ingresar claves y números de tarjetas desde redes públicas, (cibercafé, centros comerciales, redes de trole, redes de parques, etc.) 7. Tener actualizados los sistemas operativos de los PC. 8. Tener contraseñas diferentes: correos, redes sociales, cuentas bancarias, etc. 9. No hacer Click en enlaces sospechosos o páginas que no sean de confianza. 10. Cuando una persona natural o jurídica ha sido víctima de un delito informático debe acudir a la Fiscalía más cercana de su domicilio. Bibliografía Delitos informáticos o ciberdelitos. (02 de 09 de 2015). Recuperado el 10 de 07 de 2018, de POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR : http://www. policiaecuador.gob.ec/delitosinformaticos-o-ciberdelitos/ FISCALIA GENERAL DEL ESTADO ECUADOR . (22 de 11 de 2015). ¡TENGA CUIDADO!, CON UN SOLO ‘CLIC’ PODRÍA CAER EN LA RED DE LOS DELITOS INFORMÁTICOS. Recuperado el 19 de 07 de 2018, de https://www.fiscalia.gob.ec/ tenga-cuidado-con-un-solo-clicpodria-caer-en-la-red-de-losdelitos-informaticos/

REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

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FISCALIA GENERAL DEL ESTADO ECUADOR. (13 de 06 de 2015). LOS DELITOS INFORMÁTICOS VAN DESDE EL FRAUDE HASTA EL ESPIONAJE. Recuperado el 19 de 07 de 2018, de https://www.fiscalia.gob.ec/ los-delitos-informaticos-vandesde-el-fraude-hasta-el-espionaje/ GALLO, T. (03 de 05 de 2016). Conozca el perfil de un ciberdelincuente, según Digiware. Recuperado el 12 de 07 de 2018, de EL HERALDO : https:// www.elheraldo.co/tecnologia/ conozca-el-perfil-del-ciberdelincuente-258538 Jobs , S. (26 de 03 de 2016). M1. Recuperado el 04 de 07 de 2018, de MinutoUno: https://www.minutouno.com/ notas/1477562-un-ordenadores-mi-la-herramienta-massorprendente-que-hayamosideado-es-el-equivalente-unabicicleta-nuestras-mentes OFICINA DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DROGA Y EL DELITO. (2013). EL USO DE INTERNET CON FINES TERRORISTAS. Recuperado el 19 de 07 de 2018, de http:// www.unodc.org/documents/ terrorism/Publications/ Use_of_Internet_for_Terrorist_ Purposes/Use_of_Internet_ Ebook_SPANISH_for_web.pdf Ríos Patio , G. (15 de 09 de 2011). LOS DELITOS ELECTRONICOS. Recuperado el 11 de 07 de 2018, de http://www. derecho.usmp.edu.pe/cedetec/articulos/ARTICULO%20 DELITOS%20ELECTRONICOS. pdf Sain , G. R. (2012). Delito y nuevas tecnologías: fraude, narcotráfico y lavado de dinero por internet . Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Del Puerto . SCHNEIER. (01 de 09 de 2015). DELITOS INFORMÁTICOS. Recuperado el 10 de 07 de 2018, de PREZI: https://prezi.com/nhbj6dbayaef/untitled-prezi/ Abogado por la Universidad Central del Ecuador (Quito, Ecuador), Funcionario Público en DEFENSORÍA PÚBLICA GENERAL. Amelendez@defensoria.gob.ec joelmelver@gmail.com


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MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

DIVORCIOS REPÚBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec Juicio No: 17203-2018-01657 Casilla No: 1327 QUITO, jueves 12 de julio del 2018 A: GARCES TORRES CARLOS NICOLAS Dr./Ab.: WALTER HUGI PIEDRA NAVARRETE En el Juicio Sumario No. 17203-2018-01657 que sigue GARCES TORRES CARLOS NICOLAS, GARCES TORRES CARLOS NICOLAS en contra de YENEYS PEREZ GUTIERREZ, hay lo siguiente: CITACION JUDICIAL A LA DEMANDADA YENEYS PEREZ GUTIERREZ EXTRACTO JUICIO: DIVORCIO POR CAUSAL No. 17203-201801657. ACTOR: GARCES TORRES CARLOS NOCILAS DEMANDADA: YENEYS PEREZ GUTIERREZ TRAMITE: SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO MPETROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 8 de marzo del 2018, las 12h18, VISTOS: DR. LUIS LABRE, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, previo la razón del sorteo de Ley ,y, en aplicación de lo establecido en los Artículos 75, 82 y 175 de la Constitución de la República en concordancia con los Arts. 30, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, Avoco conocimiento de la presente causa. Agréguese al proceso el escrito de fecha 28 de febrero de 2018, cumplido que ha sido el auto de sustanciación de 26 de febrero de 2018, lo que sigue. La demanda de DIVORCIO CONTROVERTIDO, interpuesto por el señor GARCÉS TORRES CARLOS NICOLÁS reúne los requisitos de Ley, por lo que se la admite a trámite en Vía Sumaria.-1.- Cítese con el contenido de la demanda y este auto , a la señora YENEYS PÉREZ GUTIÉRREZen el domicilio señalado para el efecto, para lo cual por Secretaría remítase el suficiente despacho a la oficina de citaciones; advirtiéndole a la demandada una vez citada debe comparecer a juicio, contestar la demanda en el término de quince días conforme lo dispone el artículo 333.3 ibídem; en caso de no hacerlo se procederá en rebeldía.- 2.- De conformidad con el Art. 333.4 del Código Orgánico General de Procesos, la audiencia única se señalará una vez que transcurra el término de quince días de contestación a la demanda.3.-MEDIOS PROBATORIOS. Con relación a la prueba anunciada por la parte actora se dispone: 3.1) Dese por anunciada la documentación referida en el numeral 5.1 de la demanda; 3.2.- Dese por anunciada la declaración de los testigos señores/as FIDEL HINOJOSA ALMEIDA, ADRIAN AUGUSTO BARRERA LARCO y CARLOS EDUARDO PAZ GUERRERO.A los declarantes presentados por la accionante se les notificará para el día y hora de la audiencia en la casilla judicial No.1327- 4.-Hágase parte de

los autos la documentación que se acompaña.-Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico consignados así como la autorización conferida a la defensa técnica.- Actúe la Abg. Gabriela Marcillo Andrade, en calidad de Secretaria encargada mediante Acción de Personal No.1705DP17-2018-US, de 01 de marzo de 2018.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO MPETROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 9 de julio del 2018, las 11h17, Atento el juramento rendido por el actor el 6 de julio de 2018, y de conformidad con lo previsto en el Art.56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR a la demandada señora YENEYS PÉREZ GUTIÉRREZ, con un extracto de la demanda, auto de calificación y esta providencia, a través de la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito. Para el efecto, elabórese el extracto respectivo-NOTIFÍQUESE. Lo que comunico a Uds. Para los fines de ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillas judicial y electrónica para futuras notificaciones.- Certifico.AB. CARLOS CARVAJAL. S EC R E TA R I O DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO. Hay firma y sello PAR/109200/AT EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL LA DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL: CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL Nro. DE JUICIO 17203-201802355 ACTOR: CHAVEZ GALARZA DIANA CAROLINA DEMANDADO: VERA GALARZA JEFFERSON GEOVANNY CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ: DR. PABLO ALEJANDRO JACOME JARAMILLO OBJETO: DIVORCIO POR CAUSAL AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 16 de marzo del 2018, las 13h26, VISTOS: Atento al acta de desconocimiento de domicilio que antecede: DR. PABLO JACOME JARAMILLO, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicia de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito, en aplicación de lo establecido en los Artículos 75, 82, 169 y 175 de la Constitución de la República en concordancia con los Arts. 30, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, avoco conocimiento de la presente causa y previo la razón del sorteo de Ley. (1) En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley,

establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a procedimiento SUMARIO, previsto en el Art. 332 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia, notifíquese a la accionante señora DIANA CAROLINA CHAVEZ GALARZA, con la admisión de la demanda, para los fines pertinentes.- (2) CITACIÓN, cítese en legal y debida forma con el contenido de la demanda y el presente auto en calidad de demandado al señor JEFFERSON GEOVANNY VERA GALARZA conforme lo dispone el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, por cuanto la parte actora ha declarado bajo juramento desconocer el domicilio de la demandada, mediante tres publicaciones, en un periódico de esta ciudad de Quito, provincia de Pichincha, con un extracto de la demanda y este auto. Transcurridos 20 días desde la última publicación comenzará el término para que la parte demandada conteste la demanda y anuncie prueba de la que se considere asistida.- Una vez se cuente con la respectiva contestación o en su defecto se encuentre en legal y debida forma citado, se señalará día y hora para la audiencia única, conforme lo dispone el numeral 4 del Art. 333 ut supra.- (3) Las partes deberán comparecer a la Audiencia Única, como lo determina el Art. 86 del Código Orgánico General de Procesos, personalmente o mediante procuración judicial con cláusula especial para transigir.- (4) ANUNCIO DE PRUEBAS: a) DOCUMENTAL.- Téngase en cuenta los documentos presentados por la actora en el momento procesal oportuno de haber mérito para aquello; y, b) TESTIMONIAL.- Considérese el anuncio de prueba señalado por la actora: los señores LIDA MATILDE HUILCA MAYORGA, EMMA MARIA CAPITO HUILCA y MAYRA RAQUEL HUILCA INCA comparecerán el momento en que se lleve a efecto la Audiencia Única, a fin de que rindan su declaración testimonial sobre los hechos de la demanda, a quienes se les notificará en las direcciones señaladas por el accionante para su comparecencia o en el casillero judicial designado por la actora, conforme a lo dispuesto en el Art. 191 del Código Orgánico General de Procesos; (5) Tómese nota de la cuantía y el trámite señalados.- (6) NOTIFICACIONES: Tómese en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalados por el accionante para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su abogado defensor.- Actué el Dr. Marcelo Gordón Castro, en calidad de Secretario (E) de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Pablo Alejandro Jácome Jaramillo, Juez De La Unidad Judicial De La Familia, Mujer, Niñez Y Adolescencia Del Cantón Quito. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, y LE CITO, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio

Si amas la vida, ella te corresponderá. arThur rubinSTein. Pianista polaco.

legal para sus futuras notificaciones en esta causa, dentro del perímetro legal de la Unidad Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de esta ciudad de Quito, cantón Quito, provincia de Pichincha. Ecuador DRA. BETTY AYALA GRANDA SECRETARIA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAC110550fa

EJECUTIVOS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: COTTO SARANGO MILTON DANIEL. JUICIO: EJECUTIVO NO. 17230-2015-2550 ACTOR : DR. MARCO MOYA ROBAYO - PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C. A. DEMANDADO : COTTO SARANGO MILTON DANIEL. OBJETO : “COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN” UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.AUTO DE CALIFICACION: Quito, miércoles 11 de marzo del 2015, las 12h41.- “VISTOS.Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.En lo principal, la demanda que antecede propuesta por el señor Absalon Rigoberto Barrera Carrasco, en la calidad en la que comparecen como se desprende del documento adjunto, es clara, completa y reúne los demás requisitos determinados por la Ley, por lo que declarándola procedente se la acepta a trámite ejecutivo.- En consecuencia, el demandado señor MILTON DANIEL COTTO SARANGO, de conformidad con el inciso primero del artículo 421 del Código de Procedimiento Civil, cumplan con la obligación requerida y paguen al actor la cantidad adeudada o propongan excepciones en el término de tres días de citado.- Cítese con el contenido de la demanda y presente providencia a la demandada en la dirección señalada. Tómese en cuenta la cuantía. Incorpórese al proceso la documentación adjunta.- Téngase en cuenta el casillero judicial, así como su casillero electrónico designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones, y la

autorización dada a su abogado defensor para que suscriba cuanto escrito sea necesarios en defensa de sus intereses.- Atento la petición y a lo dispuesto por el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejando copias certificadas, razón y recibo en autos, desglósese los documentos acompañados a la demanda y entréguese a la persona autorizada. La parte actora de las facilidades necesarias para la citación.- Cítese y Notifíquese...” DECRETO: Quito, martes 29 de mayo del 2018, las 16h19.“En vista que la parte actora, ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior, juramento rendido, documentación anexada, se dispone citar, al demando COTTO SARANGO MILTON DANIEL, mediante tres publicaciones por la prensa, conforme lo determina el artículo 56 de Código Orgánico General de Procesos; al efecto, confiérase el extracto judicial correspondiente.- CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE…” f) ABG. MELANIE CHRISTINA LOPEZ VARGAS. Jueza. Lo que comunico a usted para los respectivos fines de ley, previniéndoles la obligación que tiene de señala casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. ABG. SHIRLEY TORRES TORRES SECRETARIA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAR/109238/AT

Judicial Civil con sede en el D. M. de Quito, según Acción de Personal No. 13244-DNTH2015-KP, de fecha 22 de septiembre del 2015, avoco conocimiento de la presente causa.- Actúe como Secretario de esta Unidad, el Dr. Diego Alejandro Acuña Naranjo.- La demanda presentada, reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la admite al trámite correspondiente por la VIA EJECUTIVA, prevista en los Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- CITESE a la demandada SILVANA FERNANDA OBANDO ESCALANTE, en la dirección señalada por el accionante, para que en el término de tres días cumplan con la obligación demandada o formulen las excepciones que se crean asistidos dentro del mismo término.- Remítase suficiente despacho a la OFICINA DE CITACIONES.- Agréguese al proceso la documentación presentada.- Regístrese la casilla judicial que señala el actor para recibir sus notificaciones.- CITESE Y NOTIFIQUESE.ABG. GABRIELA ESTEFANIA LEMOS TRUJILLO.- JUEZA ENCARGADA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, martes 20 de marzo del 2018, las 14h20, Por cuanto la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de fecha 06 de marzo del 2018, se ordena

LLAMADO A ACREEDORES

TIPO DE BIEN

PICHINCHA, QUIITO Sector: Santa Bárbara PICHINCHA, QUITO Sector: San Gabriel de Alangasí

Casa

ÁREA

Propiedad: 80.41 m2 Construcción: 105.10 m2 Propiedad: 264 m2 Propiedad: 266.63 m2 Construcción: 142.29 m2

PICHINCHA, Departamento QUITO Sector: El Bosque

Propiedad: 111.16 m2 Construcción: 111.16 m2

PICHINCHA, QUITO Sector: Chillogallo

Propiedad: 83.57 m2 Construcción: 79.57 m2

PICHINCHA, QUITO Sector: Solanda

Propiedad: 82.00 m2 Construcción: 356.25 m2

PICHINCHA, Departamento QUITO Sector: El Bosque

Construcción: 179.57 m2

PICHINCHA, QUITO Sector: Pomasquí

Propiedad: 5000 m2 Construcción: 1619.52 m2

PICHINCHA, QUITO Sector: Colegio Naval Urb. Mediterráneo

Propiedad: 115.50 m2 Construcción: 115.50 m2

PICHINCHA, QUITO Sector: Pomasquí, Las Pampas

Construcción: 86m2

PICHINCHA, QUITO Sector: González Suárez

Propiedad: 4.32 m2 Construcción: 4.32 m2

PICHINCHA, QUITO Sector: Barrio Nuevo

Propiedad: 162m2 Construcción: 66.30 m2

Casa

Edificio

Casa

Casa

IDEAMOBLER CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN

LIDIA ELENA BOADA PUGA LIQUIDADORA

UBICACIÓN

PICHINCHA, MEJÍA Sector: Barrio José Nicanor

Casa

Casa

En mi calidad de Liquidadora principal de la compañía IDEAMOBLER CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN, notifico en base al artículo 393 de la Ley de Compañías, a todos aquellos acreedores de mi representada para que presenten en el término de veinte (20) días contados a partir de la última publicación los documentos que acrediten su derecho, presentación de documentos que deberán hacerlo en las oficinas de la compañía ubicadas en la Provincia de Pichincha, Cantón Quito, conjunto Jardines de Amagasí del Inca Lote 714-4 departamento 8. Teléfono 3284738/0995465256.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: JOSE ESTEBAN MARCILLO BALLADARES JUICIO: EJECUTIVO No. 17230-2016-07945 ACTOR: LARREA ALARCON DIEGO FRANCISCO, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PÌCHINCHA C.A. DEMANDADO: MARCILLO BALLADARES JOSE ESTEBAN y PRUNA ZAPATA MIRIAN LILIAN. CUANTIA: USD. 5000,00 (CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA) JUEZA PONENTE: AB. VELA RIBADENEIRA MARIA

CRISTINA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 12 de julio del 2016, las 08h48. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza titular de esta Judicatura.Agréguese a los autos el escrito presentado.- La demanda presentada por el Dr. Diego Francisco Larrea Alarcón, en calidad de Procurador Judicial del Banco Pichincha C.A, es clara y cumple los requisitos exigidos por el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil; por tanto se acepta a trámite en la vía ejecutiva.Cítese a los demandados en persona señores: MARCILLO BALLADARES JOSÉ ESTEBAN, en calidad de deudora principal y PRUNA ZAPATA MIRIAN LILIAN, en calidad avalista solidaria en el lugar señalado, para que dentro del término de tres días cumplan con la obligación demandada o propongan excepciones conforme dispone el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil.- Para la citación a los demandados depréquese a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial del cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha a quien se le enviará suficiente ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- De conformidad con el Art. 76 numeral 7 literales b) y d) de la Constitución de la Republica y en virtud de que por disposición del artículo 992 del Código de Procedimiento Civil

REMATES JUDICIALES

Terreno EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVILCOMPLEJO NORTE CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A LA SRA. OBANDO ESCALANTE SILVANA FERNANDA CAUSA: JUICIO EJECUTIVO Nº DE JUICIO: 17230-201511430 ACTOR: DR.MARCO GERMAN MOYA ROBAYO.-Procurador Judicial del Banco Pichincha C.A. DEMANDADA: OBANDO ESCALANTE S I LVA N A FERNANDA JUEZA: AB. SILVIA KARINA RODAS SÁNCHEZ CUANTÍA NUEVE MIL QUINIENTOS DOLARES PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito martes 13 de octubre del 2015, las 15h34. VISTOS. AB. GABRIELA ESTEFANIA LEMOS TRUJILLO, en calidad de Jueza Ponente de la Unidad

citar a la demandada señora SILVANA FERNANDA OBANDO ESCALANTE, mediante publicaciones que se hará a través de la prensa, en uno de los periódicos o diarios de amplia circulación que se editan en esta Ciudad de Quito, para lo cual por Secretaría confiérase el respectivo Extracto.NOTIFIQUESE. f) RODAS SANCHEZ SILVA KARINA.JUEZA Lo que comunico a usted para los fines de ley. AB. JULIETA SILVANA IZA ALTAMIRANO SECRETARIA Hay firma y sello PAR/109239/AT

Oficina

Casa

CÓDIGO DE REMATE

FECHA DE REMATE

AVALÚO PERICIAL

EC-RJ-21587

26/07/2018

61,733.75 $

EC-RJ-21823

26/07/2018

16,530.00 $

EC-RJ-21938

27/07/2018

124,247.22 $

EC-RJ-21905

30/07/2018

114,547.00 $

EC-RJ-22289

30/07/2018

61,721.80$

EC-RJ-22363

31/07/2018

213,796.25 $

EC-RJ-22407

31/07/2018

97,756.00 $

EC-RJ-22028

31/07/2018

140,472,726 $

EC-RJ-21287

01/08/2018

99,456.20 $

EC-RJ-22132

01/08/2018

48,608.63 $

EC-RJ-22351

01/08/2018

22,000.00 $

EC-RJ-22334

01/08/2018

$51,141.00 $

Servicio Gratuito de la Revista Judicial del Diario la Hora Más Información

PAP/71136/AT

http://remates.funcionjudicial.gob.ec/rematesjudiciales-web/pages/public/index.jsf


no se ha notificado a la parte contraria, por el momento se niega el desglose solicitado. Tómese en cuenta el casillero judicial, correo electrónico señalado por la parte actora, la calidad en que comparece de conformidad al documento que adjunta a la demanda y la autorización concedida a su abogado patrocinador. Agréguese la documentación acompañada.Actúa la Abg. Elizabeth Checa Altuna, en calidad de secretaria.- NOTIFÍQUESE. f) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 11 de julio del 2018, las 13h32, En esta fecha, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, en virtud de la reasignación de causas efectuada por el Consejo de la Judicatura, conforme consta del acta de reasignación que se adjunta.- Agréguese al proceso el escrito.- Atento lo manifestado por la parte actora y en atención al juramento rendido y de conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado señor: JOSE ESTEBAN MARCILLO BALLADARES, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un diario de amplia circulación en esta ciudad de Quito, para lo cual confiérase el extracto correspondiente.Actúa el Dr. José Valencia Arias, en calidad de Secretario Titular de esta Unidad Judicial.- NOTIFIQUESE. f) VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA, JUEZA. Lo que CITO a Usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para efectos de notificaciones.

Atentamente DR. JOSE RAUL VALENCIA ARIAS SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAC110562fa REPUBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec Casilla 3938 EXTRACTO DE CITACIÓN A: ANGEL RAMIRO MEJIA ALBAN LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio Ejecutivo No. 17233-201701372, seguido por RAMON HIPOLITO GARCIA LLANOS, le hago saber lo siguiente: . TRÁMITE: EJECUTIVO COBRO PAGARE A LA ORDEN CUANTIA: USD 12.000,00 (DOCE MIL DOLARES) OBJETO DE LA DEMANDA: “ Que mediante sentencia se condene al demandado a lo siguiente: 6.1.- Al pago del capital adeudado, esto es la suma de Diez Mil Dólares delos Estados Unidos de América; 6.-2.- AL pago de los intereses vencidos, hasta la total cancelación de la obligación; 6.3.AL pago de cotas procesales y honorarios de mi abogado defensor; Ofrezco reconocer abonos parciales que se justifiquen debidamente”..”.- f) parte actora. AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- VISTOS.- DRA. ROCIO AYALA REYES, avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha,

mediante acción de personal No. 6992-DP17-2017-MP de fecha 26 de julio del 2017, en reemplazo del Dr. Edwin Pancho Males.- Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En lo principal: PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y, por cuanto la letra de cambio que adjunta constituye título ejecutivo al tenor de lo previsto en el Art. 347 numeral 4 ibídem, en concordancia con el Art. 410 del Código de Comercio, misma que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible conforme lo determina el Art. 348 del mismo COGEP; en tal virtud se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.CONTESTACIÓN.- Se concede a la parte demandada el término de QUINCE (15) días para que conteste a la demanda conforme lo determina el Art. 351 del COGEP, contestación que deberá reunir los requisitos de los Arts. 142, 143, 151, 152 y demás pertinentes ibídem; de ser el caso deberán proponer alguna de las excepciones previstas en el Art. 353 ibídem, bajo prevención que, de no hacerlo SE PRONUNCIARÁ SENTENCIA, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del mismo cuerpo legal.- TERCERO.- CITACIÓN.Se ordena la citación en el lugar señalado al demandado señor ANGEL RAMIRO MEJIA ALBAN, a quien se citará con una copia de la demanda, escrito que completa la misma y este auto inicial, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico

FENARPE FEDERACIÓN NACIONAL DE ARTISTAS PROFESIONALES DEL ECUADOR

CONVOCATORIA

La falta de Resoluciones dentro del plazo establecido a las APELACIONES planteadas ante el Ministro del Trabajo, por mandato de la Ley, los Recursos son favorables a la recurrente, en consecuencia se establece la vigencia de la Directiva y Comité Ejecutivo Nacional elegidos en la XXI Asamblea-Congreso de Tulcán; y sin validez el registro de la Directiva de Rafael Heredia. Por lo que en legal y debida forma, el Comité Ejecutivo Nacional, de conformidad con el artículo 13 de los Estatutos de FENARPE, CONVOCA A LA XXII ASAMBLEACONGRESO NACIONAL, de la Federación Nacional de Artistas Profesionales del Ecuador, con el siguiente Orden del Día: 1.

Lectura del Acta de la Asamblea anterior.

3.

Elección del Nuevo Comité Ejecutivo Nacional.

2. 4.

Informes.

Acuerdos y Resoluciones.

FECHA: Sábado 4 y Domingo 5 de agosto de 2018. HORA: 07:00 Horas. LUGAR: Centro de Eventos D’CLASS. Barrio Jocay Calle 9 Entre J6 y J8 Manta. Provincia de Manabí

Sólo los tontos han creado progresos en el mundo, porque los listos se han adaptado a lo que había sin necesidad de inventar. G e o r G e b e r na r d S h aW . para recibir notificaciones, diligencia que se efectuará por medio de la Empresa Pública de Correos del Ecuador EP.- La parte actora provea de copias necesarias para elaborar las boletas para la citación.- CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- De ser procedente, previo ejercicio de admisibilidad, se dispondrá la producción de los medios probatorios anunciados por la parte actora.- Incorpórense al proceso la documentación aparejada a la demanda.- A la parte accionada se le hace conocer que el proceso se encuentra a su disposición en esta Unidad Judicial para su revisión.QUINTO.- Regístrese la casilla judicial y correo electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la autorización conferida a su abogado defensor.- Actúe la Ab. Lourdes González en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Rocio Ayala Reyes- Jueza Encargada AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 9 de julio del 2018, las 13h01, VISTOS: Una vez que la parte actora a reconocido firma y rúbrica de la declaración juramentada de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia demandado señor ANGEL RAMIRO MEJIA ALBAN y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar por medios de comunicación, como acudir a los registros de público acceso.- En tal virtud por secretaría emítase el extracto correspondiente, de conformidad al numeral 1 del Art. 56 del COGEP.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. F) Dr. Eduardo Gonzalez Solorzano- Juez.

Ab. Lourdes González G. SECRETARIA Hay firma y sello PAC110566fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACION JUDICIAL A: MARIA GABRIELA BAOUERIZO LANGE JUICIO N° : EJECUTIVO PAGARE A LA ORDEN - 173122014-0035 ACTOR : BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADOS : MARIA GABRIELA BAQUERIZO LANGE y GA B R I E L A ELIZABETH CORDERO MAYA CUANTÍA : $ 3.500.00 DOMICILIO JUDICIAL : DR. WLADIMIR GALARZA LEON (PROCURADOR JUDICIAL) OBJETO: Acudo ante usted señor Juez y en juicio ejecutivo, demando a BAQUERIZO LANGE MARIA GABRIELA en calidad de deudora principal y la señora CORDERO MAYA GABRIELA ELIZABETH en calidad de deudora solidaria, para que en SENTENCIA se les condene al pago del Capital constante en el Pagare a la Orden, El interés de plazo, desde la suscripción del pagare hasta el vencimiento, a la tasa de interés constante en el titulo ejecutivo, el interés de mora calculado a la máxima tasa permitida de conformidad con las regulaciones del Banco Central del Ecuador, el pago de costas procesales, en las que incluirán los honorarios profesionales del abogado defensor. JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 24 de marzo del 2014, las 09h46. VISTOS: Avoco conocimiento de la

CONVOCATORIA

A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS MUTUALASESORES CIA. LTDA. Al amparo de lo que dispone el Artículo Séptimo, del Título Tercero del Estatuto de la compañía y Ley de Compañías, se comunica a los señores socios de Compañía Agencia Asesora Productora de Seguros Mutualasesores Cia. Ltda. a la Junta General Extraordinaria que se llevará a cabo el día lunes 2 de agosto del 2018, a las 15h00 en las oficinas de la compañía ubicada en el Edificio Artemisa, calle Elia Liut OE 135 y Av. Brasil, en Quito, para tratar los siguientes puntos: 1. Revocatoria del nombramiento del Gerente General de la Compañía y Nombramiento del nuevo Gerente General. 2. Disolución y Liquidación de la Compañía. 3. Nombramiento del Liquidador de la Compañía.

Quito, 12 de julio de 2018.

Quito, 23 de julio de 2018

POR EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL

Sandra Jannett Delgado Rosero. PRESIDENTA DE LA COMPAÑÍA

Mercedes Elizabeth Argüello Arteaga PRESIDENTA PAR/109206/AT

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presente causa en mi calidad de Juez Encargado del Juzgado Décimo Segundo de lo Civil de Pichincha, en virtud de la acción de personal N° 1831-DP-DPP de fecha 29 de Mayo del año 2013.-En lo principal la demanda que antecede es clara, precisa y por reunir los demás requisitos de Ley se la admite al trámite Ejecutivo. Consecuentemente las demandadas: MARIA GABRIELA BAQUERIZO LANGE y GA B R I E L A E L I ZA B E T H CORDERO MAYA en el término de tres días, paguen el valor adeudado o propongan excepciones de las que se crean asistidas. Cítese a las demandadas en el lugar indicado en el libelo inicial debiendo para el efecto remitir las boletas respectivas a la oficina de citaciones. De conformidad con los literales b) y d) del numeral 7 del artículo 76 de la Constitución de la República, y en virtud de que, por disposición del mismo artículo 992 del Código de Procedimiento Civil no se ha notificado a la parte contraria, por el momento se niega el desglose solicitado.-Tómese en cuenta la calidad en que comparece el Dr. Ferdinand Wladimir Galarza León, el casillero judicial y electrónico que señala para sus notificaciones y la designación de su abogada patrocinadora. Actúe la Ab. Andrea Escaleras Pardo en calidad de Secretaria Contratada por el Consejo de la Judicatura.- NOTIFÍQUESE, f.: AB. OSCAR LANATA ALAVA (JUEZ). UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 9 de enero del 2018, las 16h17, En virtud del juramento rendido por el accionante el DR. GALARZA LEÓN FERDINAND WLADIMIR, en calidad de PROCURADOR JUDICIAL del BANCO DEL AUSTRO, de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la señora MARIA GABRIELA BAQUERIZO LANGE, por la prensa, mediante tres publicaciones, en un diario de mayor circulación, editado en esta ciudad de Quito; para tal efecto, confiérase el extracto respectivo.- Actúe el Dr. Celso Cahueñas, en su calidad de Secretario de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE, f.: DR. TELLO AIMACAÑA ANGEL (JUEZ) Lo que comunico a Uds., para los fines legales pertinentes, previniéndote con la obligación de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito, para sus futuras notificaciones. AB. PAULINA AYO VELASCO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAC110553fa EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVILCOMPLEJO NORTE CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL DEL SEÑOR: SANDRA MARGARITA TERÁN JÁCOME CAUSA: JUICIO VERBAL SUMARIO Nº DE JUICIO: 17303-20140300 ACTOR: DR. ALFREDO AGUSTIN GRIJALVA MUÑOZ. Procurador Judicial DEL BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A DEMANDADO: SANDRA MARGARITA TERÁN JÁCOME JUEZA: AB. SILVIA KARINA RODAS SÁNCHEZ CUANTÍA CUARENTA MIL DOLARES AMERICANOS PROVIDENCIA: JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 2 de mayo del 2014, las

REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR 11h48. VISTOS: Avoco conocimiento de la causa en calidad de Juez titular de la Judicatura, por Acción de Personal No. 4444-DNP-OQ del 1 de octubre del 2012. La demanda es clara y reúne los requisitos de ley; en consecuencia, se acepta a trámite Verbal Sumario dispuesto en el Art. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil -sección 23a-. Cítese a la demandada señora SANDRA MARGARITA TERÁN JÁCOME en el lugar que se indica en el libelo de la demanda, de esta ciudad. Agréguese los anexos y conforme ordena el Art. 992 del citado código, desglósese los mismos dejando copias certificadas y razón en autos.Regístrese la casilla judicial No. 1109, el correo alfredo. grijalva17@foroabogados.ec y la autorización concedida al profesional de derecho.Notifíquese. F) AB. SANTIAGO ALTAMIRANO RUIZ- JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, jueves 12 de julio del 2018, las 15h40, Agréguese al proceso el escrito presentado. Atento el juramento rendido por la parte actora, cítese por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se dita en esta ciudad de Quito a la demandada TERAN JACOME SANDRA MARGARITA. NOTIFIQUESE.F) .RODAS SANCHEZ SILVIA KARINA.- JUEZA Lo que comunico a usted para los fines de ley. AB. JULIETA SILVANA IZA ALTAMIRANO SECRETARIA Hay firma y sello PAC110548fa REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: ACOSTA ROMO CARLOS ALBERTO. ACTOR: DR. PATRICIO RON TORRES PROCURADORA JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA. . DEMANDADO: ACOSTA ROMO CARLOS ALBERTO. JUICIO: 17309-2012-1473 TRAMITE: VERBAL SUMARIO VALES CONSUMO DE TARJETA DE CRÉDITO. JUEZ: Dra. Ana Karina Torres Recalde. SECRETARIO: Dr. Francisco Justicia Salgado. CUANTIA: 20.000,oo (VEINTE MIL DÓLARES NORTE AMERICANOS) “JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 3 de enero del 2013, las 09º34. VISTOS: En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza titular, legalmente posesionada de esta Judicatura.- En lo principal, la demanda presentada por el Dr. JOSE PATRICIO RON TORRES en su calidad de Procurador Judicial de DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A., es clara y precisa por lo que se la acepta a trámite Verbal Sumario.- En consecuencia, entréguese copia de la demanda y providencia recaída en ella al demandado CARLOS ALBERTO ACOSTA ROMO, al mismo que se le citará en el lugar que se indica.- Agréguense al proceso

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los documentos presentados.Téngase en cuenta el domicilio, casillero judicial y correo electrónico designados por el actor y la calidad en la que comparece.- Agréguense al proceso los documentos presentados.- Téngase en cuenta el casillero y domicilio judicial designados.- NOTIFIQUESE.” Dra. Carmen Romero Ramírez, Juez. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 8 de mayo del 2018, las 10h05, En mérito del juramento rendido por el actor, que manifiesta lo siguiente: “…BAJO JURAMENTO DECLARO que se han efectuado todas las diligencias necesarias como acudir a los registros de público acceso como Portal Web del Registro único de Contribuyentes del Servicio de Rentas Internas, Guía Telefónica de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Agua Potable, y Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana para tratar de ubicar al demandado, sin embargo, pese a las múltiples averiguaciones se me ha hecho imposible determinar la residencia de ACOSTA ROMO CARLOS ALBERTO…”; en tal virtud, cítese con el contenido de la demanda y presente providencia al prenombrado demandado por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- NOTIFÍQUESE.” F) Dra. Ana Karina Torres Recalde, Juez. Lo que comunico para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Dr. Francisco Justicia Salgado. S EC R E TA R I O DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC110547fa REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A LORENA ISABEL IZA CARRION JUICIO: VERBAL SUMARIO No. 17311-2014-0289 ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A DEMANDADO: LORENA ISABEL IZA CARRION PROVIDENCIAS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 29 de abril del 2014, las 09h15.- VISTOS.- En mi calidad de Jueza Titular de esta judicatura, mediante acción de personal No. 2937-DNP- de 25 de julio del 2012, avoco conocimiento de la presente causa y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- En lo principal, la demanda que antecede propuesta por el Dr. José Patricio Ron Torres, en la calidad en la que comparece como se desprende del documento adjunto, es clara, completa y reúne los demás requisitos determinados por la Ley, por lo que declarándola procedente se la acepta a trámite verbal sumario.-En consecuencia cítese con el contenido


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de la demanda y presente providencia a la demandada IZA CARRION LORENA ISABEL, en la dirección señalada para tal efecto de esta ciudad de Quito.- Incorpórese al proceso la documentación adjunta.Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por el actor para sus notificaciones, así como la facultad dada a su abogado defensor para que suscriba los escritos necesarios.- Actúe el Dr. Luis Chulde Ruano en calidad de secretario encargado mediante acción de personal NO. 2031, DP-DPP de 18 de agosto del 2011.- f) Dra. VERONICA JARAMILLO HUILCAPI, JUEZA.- Notifíquese. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 3 de julio del 2018, las 15h02, Agréguese al proceso el escrito que antecede, en atención al mismo se dispone: CITAR a la demandada señora IZA CARRION LORENA ISABEL, con el auto de calificación inicial y providencia recaída, mediante tres publicaciones por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación de esta localidad, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Al efecto, confiérase el extracto judicial, una vez ejecutoriada esta providencia.-. f) TELLO AIMACAÑA ANGEL PATRICIO JUEZ.-NOTIFÍQUESE.Previniéndole al demandado la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones.-Certifico AB. PAULINA AYO SECRETARIO JUDICIAL Hay firma y sello PAC110544fa EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: BRAVO ESPINOSA FRANKLIN EDUARDO ACTOR: DR. ALFREDO AGUSTÍN GRIJALVA MUÑOZ, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. D E M A N DA D O : B R AVO E S P I N O SA FRANKLIN EDUARDO OBJETO: PAGO DE CAPITAL E INTERESES ART. 828 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL CUANTIA: $ USD 15,000.00 JUICIO: VERBAL SUMARIO NO. 17324-2014-0487 JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, miércoles 16 de julio del 2014, las 10h51. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado en calidad de Jueza encargada, mediante acción de personal No. 4755-DP-UPTH, de 11 de julio del 2014.- En lo principal la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que de conformidad con el Art. 829 del Código de Procedimiento Civil se la admite a trámite verbal sumario.- En consecuencia, entréguese copia de la demanda y auto de calificación al demandado señor FRANKLIN EDUARDO BRAVO ESPINOSA, a quien se le citará en el lugar que se indica en el libelo de la demanda, para lo cual envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones.- De conformidad con el Art. 992 del Código de

Procedimiento Civil, dejando fotocopias y recibo en autos, desglósese y entréguese al peticionario la documentación solicitada, previa citación a la parte demandada.- Tómese en cuenta el domicilio judicial y dirección de correo electrónico señalados para recibir sus notificaciones.Agréguese la documentación adjunta.- Actúa Dra. Rosa Guerrero Castro en calidad de secretaria encargada de esta judicatura mediante acción de personal N° 4655-DP-UPTH de 04 de julio del 2014.- Cítese y Notifíquese.- f) DRA. RITA ORDOÑEZ PIZARRO, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, viernes 20 de abril del 2018, las 14h41. En atención a lo dispuesto en oficios No. 110-SG-EXH-3782017-MMV, presentado dentro de la causa 17321-2014-0519; y el oficio No. 0165-SG-EXH390-2017-MMV, dentro de la causa No. 17230-20143436, emitido por la Corte Nacional de Justicia, en el que el Presidente de la Corte Nacional señala “ La citación mediante fijación de carteles procede cuando de la certificación otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, se desprende que la ciudadania ecuatoriana que va a ser citada ha salido del pais y esta registrada en un consulado, caso contrario se considerara inejecutable.- Por lo que, y cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia anterior, atento al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al señor BRAVO ESPINOSA FRANKLIN EDUARDO, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.- NOTIFIQUESE.f) DR. SALTOS PINTO LUIS SEBASTIÁN, JUEZ Particular que le hago conocer a Usted CÍTANDOLE y previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.AB. VÍCTOR GEOVANNY REYES CHULDE S EC R E TA R I O U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC110542fa EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL COGEP CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO

DE QUITO, DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: NORBEY ARTURO ACERO RODRÍGUEZ ACTOR: DR. ALVARO SANTIAGO PÁEZ BENALCÁZAR PROCURADOR JUDICIAL DEL DR. IVÁN A LVA RA D O CA R R E RA , SECRETARIO GENERAL PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A. PRODUBANCO DEMANDADO: NORBEY ARTURO ACERO RODRÍGUEZ JUICIO: 17230 - 2017 - 05868 – MATERIA CIVIL- MONITORIODOCUMENTOS CUANTÍA: $ 6.800,00 DEFENSOR: D O C TO R ALVARO PÁEZ BENALCÁZAR (PROCURADOR) CASILLA JUDICIAL: 1784 CORREO ELECTRÓNICO: alvaropaez@asesoria-gestion. com PRETENSIÓN QUE SE EXIGE: (….) demando al señor ACERO RODRÍGUEZ NORBEY ARTURO, el pago de los siguientes rubros: 1.- el pago del capital vencido, esto es la cantidad de $4.897,75; el pago de $ 839,51, que corresponde a los intereses generados des de la fecha del vencimiento (18 de enero del 2016), hasta el 27 de marzo del 2017. La sumatoria de los valores da la cantidad de $ 5.737,26.- Pago de costas procesales y honorarios de la defensa.- AUTO ADMISORIO.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 5 de mayo del 2017, las 13h27.VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, en reemplazo temporal del Dr. Paúl Narváez, según acción de personal No. 3476-DP17-2017-VS. Agréguense al proceso la copia simple y el escrito que anteceden. 1) Una vez cumplido con lo dispuesto en providencia anterior, se califica la demanda de clara, precisa y que reúne los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos. Analizada la documentación adjunta, la misma se encuentra inmersa en lo previsto en el artículo 356 del mismo cuerpo legal, en tal virtud se admite a trámite la demanda mediante procedimiento MONITORIO. 2) Cítese al demandado NORBEY ARTURO ACERO RODRIGUEZ, en el lugar que se indica; para tal propósito, deberá remitirse despacho suficiente a la Oficina encargada de realizar dicha diligencia, debiendo la parte interesada, acercarse a esta Unidad, para proveer de las copias necesarias, a fin de elaborar el número de boletas que se requieran. 3) Se dispone que la parte demandada, en el término de quince (15) días de citada, pague el valor de la obligación reclamada, esto es, CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE 26/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 5.737,26) o proponga las excepciones de las que se crea asistida, bajo la prevención de que en caso de que no comparezca

dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto interlocutorio quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución, mientras que en atención al Art. 360 del mismo cuerpo legal, el pago del interés convencional y de mora legalmente permitido, se generará desde la citación con la demanda hasta la total cancelación de la obligación, exclusivamente sobre el capital constante en la liquidación materia de la presente acción, valores que serán liquidados pericialmente. 4) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora. 5) Agréguese la documentación que se acompaña. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el actor, debidamente justificada con el instrumento que adjunta, la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones, así como la autorización a su defensa. Notifíquese y Cítese. f).- Abogada Lucía Alejandra Vaca Duque, Jueza Encargada.AUTO DE SUSTANCIACIÓN.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE ENH LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO M E T R O P O L I TA N O DE Q U I TO, P ROV I N C I A DE PICHINCHA.- Quito, martes 17 de julio del 2018, las 15h20, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez encargado del despacho del Dr. Paúl Narváez mediante acción de personal Nro. 6954-DP17-2018-MP. Agréguese al proceso el escrito que antecede. Continuando con la sustanciación del proceso. En virtud del juramento rendido por la parte actora, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado NORBEY ARTURO ACERO RODRÍGUEZ, mediante publicaciones realizadas por la prensa, en la forma establecida en la norma antes mencionada; para tal propósito, el señor secretario de esta Unidad Judicial remita inmediatamente el extracto correspondiente al casillero judicial No. 1784, perteneciente a la parte actora, a fin de dar cumplimiento a la presente disposición. Notifíquese. f) Dr. Luis Fernando Landázuri Salazar, JUEZ ENCARGADO Particular que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.CERTIFICO.DR. ALEXANDER VENEGAS SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL COGEP DE QUITO Hay firma y sello PAC110538fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: FITNESSHOP ECUADOR CIA. LTDA, REPRESENTANTE L EGA L LA S E Ñ O RA BAQUERO SARMIENTO

AVISO DE REQUERIMIENTO A ACREEDORES DE LA COMPAÑIA TRADING BUSSES ECUADOR TRADIBUS CIA. LTDA. “EN LIQUIDACIÓN” Conforme a lo dispuesto en el artículo 393 de la Ley de Compañías, se requiere públicamente a los Acreedores de la compañía TRADING BUSSES ECUADOR TRADIBUS CIA. LTDA. -EN LIQUIDACIÓN, a fin de que, quienes se consideren como tales, presenten los documentos que acrediten sus derechos ante el suscrito LIQUIDADOR en el Edificio Argentum, Piso 7 – Oficina 703 ubicado en la Avenida Shyris y Suecia, No. 35-71 en esta ciudad de Quito, en el término de (20) veinte días, contados a partir de la última PUBLICACIÓN del presente aviso, previniéndoles que de no hacerlo, solamente se tomará en cuenta a los acreedores que hayan presentado su reclamación y a los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía. Abogado Francisco Naranjo Grijalva Liquidador / TRADING BUSSES ECUADOR TRADIBUS CIA. LTDA. -EN LIQUIDACIÓN-

PAR/109257/AT

ANGELA MARIA Y MARTINEZ URIBE NICOLAS EDGARDO ACTOR: DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: FITNESSHOP ECUADOR CIA. LTDA, REPRESENTANTE LEGAL LA SEÑORA BAQUERO SARMIENTO ANGELA MARIA Y MARTINEZ URIBE NICOLAS EDGARDO JUICIO: No. 17230-2014- 2201 (EJECUTIVO CONTRATO DE MUTUO) C UA N T I A : $ 1 5.0 0 0.0 0 (QUINCE MIL DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100) BASE LEGAL: ART.419 Y SIGUIENTE DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. ABOGADO DEFENSOR: DR. RENE ASTUDILLO SACOTO CASILLA JUDICIAL: 2260 JUEZ PONENTE: DR.CHINDE C H A M O R RO RICHARD WILMER UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 19 de enero del 2015, las 15h12. . Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez

Titular de esta Judicatura, mediante acción de personal No. 4196-DNP-OQ, de 23 de septiembre del 2012.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y precisa por lo que se la acepta a trámite EJECUTIVO.- En consecuencia, cumplan con la obligación demandada o propongan las excepciones en el término legal de tres días los demandados Compañía FITNESSHOP ECUADOR CIA. LTDA., Legalmente representada por su Gerente General la señora BAQUERO SARMINETO ANGELA MARIA , a los señores BAQUERO SARMIENTO

ANGELA MARIA y MARTINEZ URIBE NICOLAS EDGARDO a quienes se les citará en la dirección que señala en el libelo de la demanda.- Agréguense al proceso los documentos presentados.-Téngase en cuenta la calidad en la que comparece la Dra. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR procuradora judicial del Banco Guayaquil S.A., conforme lo justifica la documentación que acompaña.- Téngase en cuenta el casillero y domicilio judicial, así como la autorización designada a su abogado defensor.- Notifíquese.- f.-) DR. LUIS FERNANDO LANDAZURI

RESOLUCIÓN No. SB-DTL-2018-701 ROSSANA LOOR AVEIGA DIRECTORA DE TRÁMITES LEGALES, ENCARGADA CONSIDERANDO: QUE la señora María Verónica Gavilanes Vejar, Gerente General de CREDI FE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A., ha solicitado la ratificación de la calificación de su representada como compañía de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado, en el área de administración de cartera; QUE mediante oficio No. INBGF-0901294 de 3 de mayo de 1999, el Intendente Nacional de Bancos y Grupos Financieros de este organismo de control, calificó a la compañía CREDI FE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A., como institución de servicios auxiliares del Banco del Pichincha C.A.; QUE la Disposición General Décima Novena del Código Orgánico Monetario y Financiero, dispone que las personas jurídicas cuyo objeto social esté orientado a la colocación y/o administración de cartera de crédito, deberán calificarse obligatoriamente como empresas auxiliares del sistema financiero y se sujetarán a los requerimientos establecidos por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera y la Superintendencia de Bancos, con respecto a la actividad que están efectuando, incluyendo lo relacionado a costos financieros y cargos por servicios, tal y como establece la normativa vigente; QUE la Disposición Transitoria Segunda, del Capítulo VI.- “Norma de control para la calificación y supervisión de las compañías de servicios auxiliares que presten servicios en las entidades de los sectores financieros público y privado”, Título II “De la constitución y emisión de la autorización para el ejercicio de las actividades financieras y permisos de funcionamiento de las entidades de los sectores financieros público y privado”, Libro I “Normas de control para las entidades de los sectores financieros público y privado”, de la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos, estatuye que las empresas que se encuentren calificadas como compañías de servicios auxiliares, deberán adecuarse a la normativa vigente; QUE a través de memorando No SB-INCSFPR-2018-0234-M de 17 de abril del 2018, la Intendencia Nacional de Control del Sector Financiero Privado, concluye que es procedente la ratificación de la calificación de CREDI FE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A. como compañía de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado, en el área de administración de cartera; QUE con memorando No. SB-DER-2018-0306-M de 12 de julio del 2018, la Dirección de Evaluación de Riesgos concluye que, desde el punto de vista técnico, CREDI FE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A. ha cumplido con los requerimientos normativos, por lo que considera viable la ratificación de la calificación como compañía de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado, en el área de administración de cartera; QUE mediante memorando No. SB-DTL-2018-1057-M de 13 de julio del 2018, se ha emitido informe favorable para la ratificación de la calificación de CREDI FE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A., como compañía de servicios auxiliares de lo ctores financieros público y privado, en el área de administración de cartera; y, EN ejercicio de las atribuciones delegadas por el Superintendente de Bancos mediante resolución No. SB2017-951 de 1 de noviembre del 2017; y, del encargo conferido con resolución No. ADM-2017-13800 de 4 de diciembre del 2017, RESUELVE: ARTÍCULO 1.- RATIFICAR la calificación de CREDI FE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A., como compañía de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado, en el área de administración de cartera, sin que dicha calificación le faculte colocar cartera con recursos propios. ARTÍCULO 2.- SOMETER a CREDI FE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A., al control de la Superintendencia de Bancos en los términos previstos en el Código Orgánico Monetario y Financiero, quedando en consecuencia sujeta a las disposiciones que emanen de este organismo de control y de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. ARTÍCULO 3.- DISPONER que CREDI FE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A., cumpla con las resoluciones y disposiciones que a partir de la presente resolución, fueren expedidas por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera y ia Superintendencia de Bancos, debiendo adecuarse a las mismas obligatoriamente. ARTÍCULO 4.- DISPONER que CREDI FE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A., publique, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, el texto íntegro de la presente resolución. ARTÍCULO 5.- DISPONER que el Registrador Mercantil del cantón Quito, inscriba la presente resolución y siente las notas de referencia contempladas en ei artículo 51 de la Ley de Registro. ARTÍCULO 6.- DISPONER que una vez que CREDI FE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A. haya dado cumplimiento a lo ordenado en la presente resolución, remita a este despacho prueba de lo actuado. COMUNÍQUESE.- Dada en la Superintendencia de Bancos, en Quito, Distrito Metropolitano, el trece de julio del dos mil dieciocho. Ab. Rossana Loor Aveiga DIRECTORA DE TRÁMITES LEGALES, ENCARGADA LO CERTIFICO.- En Quito, Distrito Metropolitano, el trece de julio del dos mil dieciocho. Lcdo. Pablo Cobo Luna SECRETARIO GENERAL, ENCARGADO PAC110561fa


SALAZAR, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 5 de julio del 2018, las 09h48. VISTOS: En esta fecha avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial Civil.En lo principal agréguese al proceso el escrito que antecede. Con fundamento en lo dispuesto en el inciso segundo del Art. 56.2 del Código Orgánico General de Procesos y en mérito al juramento rendido por la actora, cítese a los demandados NICOLAS EDGARDO MARTINEZ URIBE Y ANGELA MARIA BAQUERA SARMIENTO, a través de la prensa, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito; para el efecto, confiérase el extracto correspondiente.- Actúe en la presente causa la Ab. Claudia Leyton en calidad de Secretaria Titular de esta Judicatura.NOTIFÍQUESE.- f.-) DRA. PILA AVENDAÑO VIVIANA JEANNETH, JUEZA Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.AB. CLAUDIA SOLANGE LEYTON GUAYASAMIN SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC110540fa REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE

PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: CASTRO AGUILAR GLORIA ESPERANZA. ACTOR: DR. ALFREDO AGUSTIN GRIJALVA MUÑOZ PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADO: CASTRO AGUILAR GLORIA ESPERANZA. JUICIO: 17230-*2015-10974 TRAMITE: VERBAL SUMARIO VALES CONSUMO DE TARJETA DE CRÉDITO. JUEZ: Dra. Ana Karina Torres Recalde. SECRETARIO: Dr. Francisco Justicia Salgado. CUANTIA: 4 0 . 0 0 0, o o (CUARENTA MIL DÓLARES NORTE AMERICANOS) “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 6 de julio del 2015, las 11h32 VISTOS.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- En lo principal, la demanda que antecede propuesta por el Dr. José Patricio Ron Torres, en la calidad en la que comparece como se desprende del documento adjunto, es clara, completa y reúne los demás requisitos determinados por la Ley, por lo que declarándola procedente se la acepta a trámite verbal sumario.- En consecuencia cítese con el contenido de la demanda y presente providencia a la demandada señora GLORIA ESPERANZA CASTRO AGUILAR, en la dirección señalada. Tómese en cuenta la cuantía. Incorpórese al proceso la documentación adjunta.- Téngase en cuenta el casillero judicial así como su dirección electrónica,

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAODINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA RASTRACK SATELITAL ECUARASTRACK S.A. Se convoca a los accionistas de la Compañía Rastrack Satelital Ecuarastrack S.A. a la Junta General Extraordinaria que se llevará a cabo en las oficinas de la compañía ubicadas en el Pasaje Los Naranjos E10-13 y Av. 6 Diciembre de ésta ciudad de Quito, el día Lunes 13 de Agosto del presente año a las 10:00 horas. Los temas que se tratarán son los siguientes: 1. Decidir sobre la venta de Muebles, Equipo Electronico, Vehiculos y otros bienes de la Compañía. 2. Dar la Autorizacion plena y suficiente al Apoderado General de la Compañía para realizar estas ventas. 3. Asuntos Varios Quito, 24 de Julio 2018 Atentamente JOSE XAVIER RUMAZO VELA APODERADO GENERAL

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designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones, así como la autorización dada a su abogado defensor para que suscriba cuanto escrito sea necesarios en defensa de sus intereses. La parte actora otorgue las copias necesarias para la citación a la demanda.- Actúe la Ab. Ligia Guerrero Medina, en calidad de Secretaria.- Cítese y Notifíquese.” F) Dr. Oscar Ramiro Valero Sanchez, Juez. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 2 de julio del 2018, las 15h12, Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil, en virtud de la asignación de causas de fecha 31 de mayo del 2018.-Incorporese al proceso la documentación adjunta y los escritos que anteceden.-Tómese en cuenta la calidad en la que comparece el Dr. Alfredo Agustin Grijalva Muñoz, como Procurador Judicial del BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A.-Atento lo solicitado por la parte actora al juramento rendido, se dispone citar a la parte demandada señora CASTRO AGUILAR GLORIA ESPERANZA, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación a nivel nacional conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, por secretaria elabórese el respectivo extracto.-Actué como secretario el Dr. Francisco Justicia.NOTIFIQUESE.” F) Dra. Ana Karina Torres Recalde, Juez. Lo que comunico para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Dr. Francisco Justicia Salgado. S EC R E TA R I O DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC110546fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACION JUDICIAL A: JUAN SEBASTIAN CAMPAÑA RAMIA JUICIO: VERBAL SUMARIOVALES DE CONSUMO DE TARJETA DE CREDITO. NUMERO: 17230-2014-1962 ACTOR: JOSE PATRICIO RON TORRES PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA, ACTUAL BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADO: JUAN SEBASTIAN CAMPAÑA RAMIA CUANTIA: USD. 30.000,00 (TREINTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA) . JUEZ PONENTE: VELA R I BA D E N E I R A MARIA CRISTINA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 3 de diciembre del 2014, las 14h45. VISTOS.- Avoco

Sentido común: algo así como salud contagiosa. a l b e r T o m o r av i a . Escritor italiano.

conocimiento de la presente causa.- Actúe la Secretaria encargada.-En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se acepta a trámite Verbal Sumario. En consecuencia, con la demanda presentada y providencia que antecede, córrase traslado a la parte demandada JUAN SEBASTIAN CAMPAÑA RAMIA.-Cítese al demandado en el lugar que se indica.-Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y agréguense los documentos acompañados.Devuélvase la documentación presentada, previo recibo en autos.-NOTIFIQUESE.- f) DR. ARMANDO ACELDO GUALLI, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 3 de julio del 2018, las 16h33, Agréguese al proceso el escrito presentado. Atento lo manifestado por la parte actora y En atención al juramento rendido y de conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese del demandado señor JUAN S E BAST I A N CA M PA Ñ A RAMIA, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un diario de amplia circulación en esta ciudad de Quito, para lo cual confiérase el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE. f) VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA, JUEZA. Lo que CITO a Usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para efectos de notificaciones. Atentamente. DR. JOSE RAUL VALENCIA ARIAS SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAC110545fa R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A: LEIDY CAROLINA CHAMORRO REVELO ACTOR: D. GALARZA LEON FERDINAND WLADIMIR PROCURADOR JUDICIAL DELBANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADO: L E I DY CAROLINA CHAMORRO REVELO JUICIO EJECUTIVO No. 172302015-17846 CUANTIA: $ 13000,00 OBJETO: PAGO CAPITAL E INTERESES UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO

METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 9 de noviembre del 2015, las 09h53. VISTOS.La demanda que por cobro de dinero presenta el BANCO DEL AUSTRO S. A, por intermedio de su Procurador Judicial Dr. WLADIMIR GALRZA LEÓN, en contra de, JUANITA ELIZABETH FARIAS FALCONES, ERNESTO ELIBINO GUAPAZ CUSANGUA, en calidad de deudores principales; y en contra de, LEIDY KAROLINA CHAMORRO REVELO, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía ejecutiva establecida en el Título II, Parágrafo 2o, Artículos 419 al 490, del Código de Procedimiento Civil.-Por considerar título ejecutivo el documento aparejado a la demanda, emitido , aceptado y garantizado, en esta ciudad y cantón Quito, se dispone citar con el contenido de la misma y con el de esta providencia a los demandados, JUANITA ELIZABETH FARIAS FALCONES, ERNESTO ELIBINO GUAPAZ CUSANGUA, en calidad de deudores principales; y a, LEIDY KAROLINA CHAMORRO REVELO, en las direcciones proporcionadas por el demandante, a la última, personalmente; para que en el término de tres días, cumplan con la obligación reclamada o formulen excepciones en igual término; para cuyo efecto, por Secretaría, REMÍTASE, las boletas de citación a la Ofician correspondiente; encomendándole al Citador, tener en cuenta, al momento de citar, lo dispuesto en el Art.77 del Código de Procedimiento Civil.-Una vez citados los demandados, por Secretaría, procédase al desglose solicitado, observando las formalidades legales establecidas en el Art.992 del Código de Procedimiento Civil.-Agréguese al proceso los documentos presentados y notifíquese al demandante en la casilla judicial No.2222, y en el correo electrónico de su defensora Ab. Ana AyalaEncargase la tramitación de este proceso a la Srta. Gabriela Yépez Borja, Ayudante Judicial 1 de esta, UNIDAD JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL, CONSTITUCIONAL Y DE INQUILINATO, DEL CANTÓN QUITO, DISTRITO METROPOLITANO; a quien se le encomienda ayudar a observar el derecho al debido proceso de las partes garantizado en el Art.76 de la Constitución de la Republica; en concordancia con las normas del Código Orgánico de la Función Judicial, del Código de Procedimiento Civil y del Reglamento de Arreglo de Procesos y Actuaciones Judiciales.-Los litigantes, ahora pueden gestionar su proceso en línea, ingresando a la siguientes

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA.EXTRACTO JUDICIAL C I TAC I Ó N : SA LG U E RO V E R D E S OTO S I LVA N A MAGDALENA ACTOR: DR. GONZALO BENALCAZAR PAVON EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO”,. DEMANDADO: VICTORIA NARCIZA CHERREZ ESCOBAR, en calidad de deudora principal, y ALFONSO MARCELO GUEVARA ANDRADE Y S I LVA N A M AG DA L E N A SALGUERO VERDESOTO JUICIO NUEMRO 17320-20070679 JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA QUITO, 26 de julio del 2007, las 16h26 VISTOS.-En virtud de la razón de sorteo que antecede y en calidad de Juez Encargado de ésta Judicatura, mediante oficio No. DDP-JAR-1119-07 de 09 de julio del 2007, avoco conocimiento de la presente causa.En lo principal la demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de ley- En consecuencia y de conformidad con lo que dispone el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, los demandados señores VICTORIA NARCIZA CHERREZ ESCOBAR, en calidad de deudora principal, y ALFONSO MARCELO GUEVARA ANDRADE Y S I LVA N A M AG DA L E N A SALGUERO VERDESOTO, en calidad de garantes solidarios, en el término legal de tres días cumpla con la obligación demandada o proponga excepciones.- Téngase en cuenta el domicilio y casilla judicial señalado por el actor;

REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR así como también la calidad en la que comparece.- Cítese a los demandados en el lugar que para el efecto se encuentra señalado.-Agréguese al proceso la documentación adjunta.Dejando copias y recibos en autos se ordena el desglósese que se solicita.- Actúe la Dra. Norma Almeida en calidad de Secretaria Encargada mediante oficio No. 552-2006 de 30 de julio del 2006.-NOTIFIQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 15 de junio del 2018, las 14h46, Agréguese al proceso los escritos que anteceden. En virtud del juramento rendido por la parte actora y; con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a SALGUERO VERDESOTO SILVANA MAGDALENA, por la prensa; esto es mediante tres publicaciones que se realizaran en un diario de amplia circulación local, para el efecto por secretaria confiérase el respectivo extracto.- Actúe en calidad de secretaria encargada la Ab. Ana Arcos. CUMPLASE Y NOTIFIQUESE Lo que comunico a usted para los respectivos fines de ley, previniéndoles la obligación que tiene de señala casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. AB. ANA MARIELA ARCOS SECRETARIA ENCARGADA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC110555fa UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN IBARRA DE IMBABURA C I T CACIONJUDICIAL EXTRACTO Cítese a la señora CINDY TATIANA LOPEZ ASCUNTAR, con la demanda Ejecutivo por cobro de dinero propuesto por el Banco del Austro S.A.”. DEMANDANTE: DR. EDISON CRESPO ALMEIDA, en su calidad de Procurador Judicial del Banco del Austro S.A. DEMANDADOS: Cindy Tatiana Lopez Ascuntar y Marianela Soraya Morales Calderon OBJETO DE LA DEMANDA: Cobro de dinero de un Pagare a la Orden por $ 8.000,oo TRAMITE: JUICIO EJECUTIVO JUICIO No. 10333-2013-2668 CUANTÍA: $ 8.000,oo. DOMICILIO DEL ACTOR: CA S I L L E RO JUDICIAL No. 127 DEL DR. EDISON CRESPO ALMEIDA. AUTO DE CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA PRIMERA CIVIL Y MERCANTIL DE IBARRA DE IMBABURA, Ibarra, miércoles 17 de julio del 2013,

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las 11h55. VISTOS.- Atenta la razón del sorteo, en mi calidad de Juez titular “B” de esta Unidad, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los demás requisitos de ley, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo que le corresponde. Como el título y la obligación prestan mérito ejecutivo, requiérase a las ejecutadas señoras: CINDY TATIANA LÓPEZ ASCUNTAR en calidad de deudora principal y señora MARIANELA SORAYA MORALES CALDERÓN como garante, a fin de que dentro del término de tres días cumplan con la obligación demandada o propongan excepciones de que se crean asistidas, bajo prevenciones de dictar sentencia. Cítese a las ejecutadas en el lugar indicado en la demanda, remitiendo suficiente despacho en forma a la Oficina de citaciones y Notificaciones de esta Unidad para los fines de ley. Agréguese a los autos la documentación acompañada. Presentes la cuantía de la demanda, la oferta de reconocer abonos parciales y el casillero Judicial y correo electrónico señalado por el actor para sus notificaciones, así como la calidad en que comparece.Cítese y notifíquese..- Fdo) Dr. Vicente Guerra.- Juez.OTRA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SE EN EL CANTÓN IBARRA DE IMBABURA.Ibarra, jueves 18 de enero del 2018, las 09h46, Ibarra, martes 3 de abril del 2018, las 16h00, Agréguese al proceso el escrito que antecede presentado por la parte actora. Por cuanto la parte actora ha justificado documentadamente haber realizado las diligencias pertinentes para dar con el domicilio de la demandada señora CINDY TATIANA LOPEZ ASCUNTAR en su calidad de demandada, en vista de que ha rendido bajo juramento la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia de la misma, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, se dispone citar a, señora CINDY TATIANA LOPEZ ASCUNTAR en su calidad de demandada mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad, para lo cual se entregará el extracto correspondiente, a fin de dar cumplimiento con la práctica de la citación, la parte interesada deberá prestar las facilidades del caso. Particular que se pone en conocimiento para los fines legales consiguientes. NOTIFÍQUESE.-.- fdo) Dr. Pablo Enrique Vintimilla.- Juez ( E ).- f) Dr. Ruffo H. Farinango, Secretario que Certifica. Lo que CITO a usted para los

NOTIFICACIÓN A LOS ACREEDORES GEOSISA CÍA. LTDA.

AVISO De conformidad con lo establecido en el artículo 393 de la Ley de Compañías, se notifica a los acreedores de la compañía ecuatoriana: LICENSING AMERICA LICENAM S.A., EN LIQUIDACIÓN Para que en el término de 20 días, contados a partir de la tercera y última publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho en la dirección del liquidador, Av 12 de Octubre N26-97 y Lincoln, Edificio Torre 1492, Oficina 1505, de esta ciudad de Quito. Una vez trascurrido el término mencionado, se considerarán únicamente a los acreedores que hayan probado calidad y los que consten en la contabilidad de la compañía. Óscar Vela Descalzo Liquidador Principal

dirección electrónica: www. funcionjudicial-pichincha.gob. ec; Servicios Corporativos; Ingreso de Requerimientos.NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Edwin Cevallos Ampudia Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. VISTOS.- Quito, martes 17 de julio del 2018, las 10h54, Atento al juramento rendido por el accionante y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos cítese a la demandada LEIDY KAROLINA CHAMORRO REVELO por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación nacional, para lo cual confiérase el correspondiente extracto, mismo que se remite con la boleta de notificación, concediendo el término de diez días y bajo prevenciones legales en caso de su incumplimiento. NOTIFIQUESE.- F) Dra. Maria de los Angeles Ambas Cuatin Jueza. Lo que comunico y CITO previniéndole la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Dr. Luis Chulde Ruano S EC R E TA R I O DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC110554fa

PAR/109228/AT

De conformidad con el artículo 393 de la ley de compañías, se comunica a todos los acreedores de la compañía Geosisa, Consultora de Geología, Sondeos, Ingeniería y Servicios Auxiliares Cía. Ltda. En liquidación, para que en el término de veinte (20) días contados desde la última publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho como acreedores en la siguiente dirección: calle Vallejo Larrea N63-106 y José Figueroa, Cotocollao alto de esta ciudad de Quito. Transcurrido el término mencionado se tomará en cuenta únicamente los acreedores que hayan probado su derecho y aquellos que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía, con la debida justificación. Atentamente Marcos José Rodrigo Gándara Espinosa Liquidador

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REVISTA JUDICIAL C8

MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

fines legales consiguientes, previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial dentro del perímetro legal de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el Cantón Ibarra de Imbabura para sus notificaciones posteriores.Ibarra, 18 de junio del 2018 Dr. Ruffo H. Farinango T. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN IBARRA DE IMBABURA Hay firma y sello PAC110552fa EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: MORALES LEÓN RICARDO ALBERTO ACTOR: DR. ALFREDO AGUSTÍN GRIJALVA MUÑOZ, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A DEMANDADO: MORALES LEÓN RICARDO ALBERTO OBJETO: PAGO DE CAPITAL E INTERESES ART. 828 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL CUANTIA: $ USD 30.000,00 JUICIO: VERBAL SUMARIO No. 17230-2015-18593 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 23 de noviembre del 2015, las 16h12. VISTOS. Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Unidad de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha y en virtud del sorteo realizado. En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la admite a trámite verbal sumario. En consecuencia con copia de la misma y éste auto, cítese al demandado RICARDO ALBERTO MORALES LEÓN, en el lugar que se indica mediante, remitiendo el suficiente despacho a la oficia de citaciones. Agréguense los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el accionante debidamente justificado con el documento que adjunta, autorización a su patrocinador, correo electrónico y casilla judicial para sus notificaciones. Notifíquese y Cítese. f). DR. PAUL FABRICIO NARVAEZ NARVAEZ, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO del DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, viernes 20 de abril del 2018, las 14h41. En atención a lo dispuesto en oficios No. 110-SG-EXH-3782017-MMV, presentado dentro de la causa 17321-2014-0519; y el oficio No. 0165-SG-EXH390-2017-MMV, dentro de la causa No. 17230-20143436, emitido por la Corte Nacional de Justicia, en el que el Presidente de la Corte Nacional señala “ La citación mediante fijación de carteles procede cuando de la certificación otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, se desprende que la ciudadania ecuatoriana que va a ser citada ha salido del pais y esta registrada en un consulado, caso

contrario se considerara inejecutable.- Por lo que, y cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia anterior, atento al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al señor MORALES LEON RICARDO ALBERTO, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.- NOTIFIQUESE. f). DR. SALTOS PINTO LUIS SEBASTIÁN, JUEZ. Particular que le hago conocer a Usted CÍTANDOLE y previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.AB. VICTOR REYES CHULDE SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC110543fa UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON IBARRA DE IMBABURA CITACION JUDICIAL EXTRACTO Cítese a la señora PATRICIA ANDREA MACAS PAILLACHO con la siguiente demanda de cobro de Pagare a la orden ACTOR: DR. LUIS EDISON CRESPO ALMEIDA, Procurador Judicial de “Banco del Austro S.A.”. DEMANDADA: PATRICIA ANDREA MACAS PAILLACHO JUICIO: Ejecutivo No. 103332013-0448 CUANTIA. USD. $ 20.000,00 JUEZ: Dr. Pablo Vintimilla Parra SECRETARIO. Ab. Julio Marcelo Garrido. DOMICILIO DEL ACTOR: Casillero Judicial No 127 AUTO DE CALIFICACION.UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON IBARRA, lunes 2 de septiembre del 2013, las 12H54. VISTOS: Atenta la razón de sorteo en mi calidad de Juez titular “C” de esta Unidad, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal la demanda que antecede es clara y reúne los demás requisitos de ley, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo que le corresponde. Como el título y la obligación prestan mérito ejecutivo, requiérase a la ejecutada señora PATRICIA ANDREA MACAS PAILLACHO, en calidad de deudora principal, a fin de que dentro del término de tres días cumplan con la obligación demandada o propongan excepciones de que se crean asistidos, bajo prevenciones de dictar sentencia. Cítese a la demandada en el lugar indicado en la demanda y croquis adjunto, remitiendo suficiente despacho en forma a la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial para los fines de ley. Agréguese a los autos la documentación acompañada. Presentes la cuantía de la demanda, el reconocimiento de abonos legalmente justificados, el casillero judicial y correo electrónico señalados por el actor para sus notificaciones, así como la calidad en que comparece. Por ausencia del titular, actúe la Ab. Tatiana Yépez como Secretaria Analista Jurídica encargada. CITESE Y NOTIFIQUESE. OTRA PROVIDENCIA:

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON IBARRA, Ibarra, jueves 19 de abril del 2018, las 09h57, Agréguese a los autos el escrito que antecede. Atento a lo solicitado y al juramento rendido por la parte actora, cítese a la demandada PATRICIA MACAS PAILLACHO, por la prensa mediante tres publicaciones que se las deberá realizar en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Ibarra, para el efecto confiérase el extracto respectivo para los fines legales pertinentes. Adjuntará además la certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores que indique si la demandada Patricia Macas Paillacho salió del país o consta en el registro consular para los fines legales pertinentes de conformidad con lo dispuesto en el párrafo cuarto del Art. 56 Código Orgánico General de Procesos NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Pablo Vintimilla Parra, Juez, Abg. Julio Marcelo Garrido, Secretario. Lo que CITO a Ud. para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial dentro del perímetro legal de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el Cantón Ibarra de Imbabura, para sus notificaciones.Ibarra 15 de junio del 2018 Ab. Julio Marcelo Garrido SECRETARIO Hay firma y sello PAC110551fa

ORDINARIOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: RODRIGUEZ HERNANDEZ LUIS IVAN JUICIO: ORDINARIO No. 17230-2017-04632 CUANTIA: 150.000,00 USD ACTOR: EMPRESA DURINI INDUSTRIA DE MADERA C.A. EDIMCA, FIERRO GARCIA C H R I ST I A N A L B E R TO (PROCURADOR) DEMANDADO: RODRIGUEZ HERNANDEZ LUIS IVAN UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 3 de abril del 2017, las 14h28.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito; y, en virtud del sorteo electrónico de ley, que precede.- La demanda que antecede presentada por Empresa Durino Industria de Madera C.A. EDIMCA, representada por su procurador judicial Dr. Christian Fierro García, en contra de Luis Iván Rodríguez Hernández; se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP; situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Ordinario, establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del COGEP.- CÍTESE, con el contenido de la demanda y el presente auto a la parte demandada señor LUIS IVAN RODRIGUEZ HERNANDEZ, en el lugar que se indica, de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y siguientes del COGEP, previniéndole al demandado de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. Para el efecto remítase atento deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Civil o Multicompetente con sede en el cantón Ibarra, provincia de Imbabura (la parte actora proporcione las copias necesarias y las facilidades, para que se cumpla con la citación).- De conformidad a lo previsto en el artículo 291 Ibídem, se concede al demandado el término de treinta días, para que con-

Si Dios me hubiera consultado sobre el sistema del universo, le habría dado unas cuantas ideas. alfonSo X

el

Sabio.

Rey de Castilla y León teste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el numeral 6 de la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar.- Agréguese al proceso la documentación aparejada a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalado por el compareciente para posteriores notificaciones; así como, la calidad en la que comparece y la autorización que confiere a su defensora técnica.- Actúe la Dra. Rosa Guerrero Castro, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CITESE y NOTIFIQUESE.- f) Dra. Celma Espinosa Venegas.- JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 7 de mayo del 2018, las 16h04, Atento a lo dispuesto en la audiencia en la presente causa, y por cuanto la última dirección del demandado fue en la ciudad de Ibarra, se dispone: CÍTESE, al demandado RODRIGUEZ HERNANDEZ LUIS IVAN, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación del Cantón Ibarra, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por el actor.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE.Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. f) Dra. Celma Espinosa Venegas.- JUEZA Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) RAZON: Con esta fecha se envía al casillero judicial No 3824 el extracto para la citación a RODRÍGUEZ HERNANDEZ LUIS IVAN, en un diario de Ibarra.- Quito, 10 de Mayo del 2018 Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello PAR/109217/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITESE CON LA SIGUIENTE D E M A N DA ORDINARIA A: PAUCAR PACHACAMA CECILIO, CUYO EXTRACTO ES EL SIGUIENTE: JUICIO: ORDINARIO No.17233-2018-02090. ACTOR: PAUCAR SINAILIN MARIA MERCEDES DEMANDADO: PAUCAR PACHACAMA CECILIO CUANTIA INDETERMINADA OBJETO DE LA DEMANDA: D EC L A RA R MEDIANTE SENTENCIA LA MUERTE PRESUNTA DE MI PADRE EL SEÑOR PAUCAR PACHACAMA CECILIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.-

Quito, martes 22 de mayo del 2018, las 15h13, VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia de Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, en virtud de la acción de personal No. 1403-DP17-2018-MP y del sorteo de Ley.- Con fundamento en lo previsto en el artículo 9 del Código Orgánico General de Procesos, se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda de declaratoria de presunción de muerte del ciudadano PAUCAR PACHACAMA CECILIO, que presenta su hija MARÍA MERCEDES PAUCAR SINAILIN, se la CALIFICA de completa, clara y que cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP, situación por la cual se la ADMITE a trámite por el Procedimiento Ordinario, establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado, en virtud de lo prescrito en el artículo 289 Ibídem; y, parágrafo 3ro, del título II del Código Civil, que trata de la presunción de muerte por desaparecimiento.- SEGUNDO.- CITACIÓN.1) La demandante señora MARÍA MERCEDES PAUCAR SINAILIN, concurra a esta Unidad Judicial Civil dentro del término 3 días, a fin de expresar bajo juramento la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de su padre PAUCAR

PACHACAMA CACILIO, así como que ha hecho todas las posibles diligencias para tratar de ubicarlo; y, con el mismo juramento también declare que desde la fecha de las ultimas noticias que ha tenido sobre su padre ha transcurrido el tiempo que refiere en su demanda, que es superior a dos años atrás; y, 2) Cumplido lo anterior, CÍTESE con un extracto de la demanda y este auto de sustanciación al presunto desaparecido señor PAUCAR PACHACAMA CECILIO, en la forma establecida en la regla segunda del Art. 67 del Código Civil, esto es por 3 veces en el Registro Oficial, y en uno de los periódicos de mayor circulación nacional. Las citaciones deberán hacerse con intervalos de por lo menos un mes entre cada dos citaciones, por secretaria extiéndase el correspondiente extracto, para lo cual la parte accionante preste las facilidades del caso.- TERCERO.- PRACTICA DE DILIGENCIAS.- Cuéntese en la tramitación de esta causa con la Fiscalía Especializada en Investigación de Personas Desaparecidas, a fin de que se realicen las indagaciones pertinentes para determinar el paradero del señor PAUCAR PAC H ACA M A C EC I L I O, con cédula de ciudadanía 1702483171, dicha Entidad podrá anunciar y solicitar el diligenciamiento de las pruebas que creyere necesarias, para cuyo efecto por Secretaría extiéndase el oficio correspondiente, al cual se adjuntará una copia de la demanda y de este auto, la parte actora preste las facilidades del caso, una vez entregado el oficio se presentará la constancia en esta causa.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de prueba presentado por la parte actora, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160,

SEGUNDA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TAXIS TRANSMORAN S.A. Previa solicitud efectuada a esta Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros por varios accionistas propietarios del 35.22% del capital de la COMPAÑÍA DE TAXIS TRANSMORAN S.A., de conformidad con lo establecido en el artículo 213 de la Ley de Compañías en concordancia con lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento sobre juntas Generales de Accionistas o Socios de las Compañías de Responsabilidad Limitada, Anónimas, en Comandita por Acciones de Economía Mixta; y, en ejercicio de las atribuciones asignadas mediante Resolución No. ADM-2017-172 de 18 de diciembre de 2017, se convoca a los accionistas de la COMPAÑÍA DE TAXIS TRANSMORAN S.A. a la Junta General de Accionistas que tendrá lugar el día viernes 3 de agosto del 2018, a las 16H00, en calle María Tufiño N14-35 y Av. Carlos Mantilla, (cerca al Parque San José de Morán) Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, con el objeto de conocer y tratar los siguientes puntos del orden del día: “(…) 1.

161, 294.7 literal d), y 359 del COGEP, sobre la admisibilidad y practica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar. Agréguese al proceso los documentos presentados por la accionante, mismos que podrán ser revisados en el Archivo de esta Unidad Judicial Civil.QUINTO.- NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalados por la accionante, así como la autorización que confiere a su Defensor Técnico.- Actúe como Secretaria de esta Unidad, la Abg. Lady Estefania Alvarado López, mediante Acción de Personal No. 2007-DP17-2018KV de fecha 14 de febrero del 2018.- NOTIFÍQUESE, CÍTESE y CÚMPLASE.- f) Ab. FELIPE PATRICIO LARREA DAVALOS. JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 24 de mayo del 2018, las 14h26. VISTOS: De la revisión de los recaudos procesales se verifica que a fj. 31 del proceso en el auto de calificación de fecha 22 de mayo del 2018, las 15h13, por un error mecanográfico en una parte se hace constar el nombre del demandados como: “PAUCAR PACHACAMA CACILIO”, cuando lo correcto es: “PAUCAR PACHACAMA CECILIO”, en consecuencia siendo obligación del Juzgador velar por la correcta administración de Justicia, siguiendo con el debido proceso de acuerdo a los artículos 75 y 76 de la Constitución de la República del Ecuador, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida el auto referido en cuanto al error en el tipio del nombre antes

singularizado.- En lo demás las partes estén a lo ordenado en auto en mención.- Por cuanto la parte actora dio fiel cumplimiento a lo dispuesto en decreto inmediato anterior, por medio de Secretaría extiéndase el correspondiente extracto, mismo que será enviado al casillero de la parte actora.- NOTIFIQUESE. f) Ab. FELIPE PATRICIO LARREA DAVALOS. JUEZ Lo que pongo en su conocimiento para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para posteriores notificaciones. AB. LADY ESTEFANIA ALVARADO LÓPEZ SECRETARIA Hay firma y sello PAC110326fa

SOCIEDADES CONYUGALES Notaria Novena del Distrito Metropolitano de Quito Dra. MSc. Yolanda Alabuela T. NOTARIA EXTRACTO NOTARIA NOVENA DEL CANTON QUITO.Cúmpleme poner en conocimiento del público, que mediante escritura pública otorgada ante mi, Doctora Alicia Yolanda Alabuela Toapanta, Notaria Novena del cantón Quito, el día 10 de julio del 2018, los señores Francisco Javier Campana Semanate y Mariana de Jesús Castro Pazmiño, procedieron a liquidar el patrimonio de la Sociedad Conyugal, la misma que fue disuelta mediante escritura pública de 22 de agosto del 2002, efectuada ante el Notario Décimo Cuarto del cantón Quito; Mediante Acta Notarial declarada por el señor Notario Trigésimo Noveno Doctor Fernando Arregui Aguirre el 20 de diciembre del 2007 y debidamente inscrita

CONVOCATORIA ARTPARQUET S.A. (EN LIQUIDACIÓN) CONFORME LO PRESCRITO EN EL ART. 236 DE LA LEY DE COMPAÑÍAS, CONVOCASE A LOS ACCIONISTAS DE ARTPARQUET S.A. (en liquidación) A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS QUE TENDRÁ LUGAR EL DÍA LUNES 06 DE AGOSTO DEL 2018, A LAS 10H00, EN LAS OFICINAS DE LA COMPAÑÍA UBICADAS EN LA CALLE LOS COLIBRÍES S/N Y LA CERÁMICA, TUMBACO, PARA TRATAR EL SIGUIENTE ORDEN DEL DÍA: 1. 2.

3.

REVISION Y ANALISIS DE CADA UNO DE LOS PUNTOS TRATADOS EN LA JUNTA REALIZADA EL 10 DE ABRIL DEL 2018; ANALIZAR, DETERMINAR Y APROBAR LOS MONTOS MÁXIMOS DE COMPENSACION DE PERDIDAS ACUMULADAS CONTRA APORTES PARA FUTURAS CAPITALIZACIONES; Y, AUTORIZAR REGISTRAR LOS VALORES ENTREGADOS POR LOS ACCIONISTAS COMO RESERVA FACULTATIVA PARA GASTOS DE LIQUIDACION DE LA COMPAÑÍA.

SE CONVOCA DE MANERA ESPECIAL E INDIVIDUAL A LA SEÑORA AUGUSTA PAOLA TRUJILLO SALAS, COMISARIO DE LA COMPAÑÍA.

Remoción de Gerente General y nombramiento de Gerente General. Remoción de Presidente y nombramiento de Presidente. Remoción de Comisario y nombramiento de Comisario. Revisión del contenido y del cumplimiento de normas reglamentarias y aprobación de sanciones”

CONFORME EL REGLAMENTO SOBRE JUNTAS GENERALES, SE NOTIFICARÁ A CADA UNO DE LOS ACCIONISTAS A LOS CORREOS ELECTRÓNICOS REGISTRADOS PARA EL EFECTO, ADJUNTANDO EL AVISO DE LA CONVOCATORIA A ESTA JUNTA GENERAL, INDICANDO EL NOMBRE DEL PERIÓDICO Y FECHA DE PUBLICACIÓN, ASÍ COMO ADJUNTANDO LA INFORMACIÓN REFERENTE A LOS TEMAS A TRATARSE CON LOS CORRESPONDIENTES RESPALDOS, DE ACUERDO A LO PRESCRITO EN EL ART. 4 DEL REGLAMENTO EN MENCIÓN.

NOTA: Se instalará la Junta con el número de Accionistas presentes.

POR TRATARSE DE LA PRIMERA CONVOCATORIA, LA JUNTA SE INSTALARÁ CON LA PRESENCIA DE LA MITAD DEL CAPITAL PAGADO DE LA COMPAÑÍA.

2. 3. 4.

Distrito Metropolitano de Quito, 7 de junio de 2018.

QUITO, JULIO 24 DEL 2018

Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO

PAP/71175/AS

PATRICIO SANCHEZ LIQUIDADOR

PAP/71177/AS


el 8 de enero del 2008, en el Registro Civil se disolvió el vinculo matrimonial.La adjudicación del patrimonio se halla detallado en el texto de la referida escritura de liquidación de Sociedad Conyugal; por lo que, en aplicación a lo dispuesto en el Art, 6 de la Ley Reformatoria a la ley Notarial publicada en el Registro Oficial No 406 del 28 de noviembre del 2006; que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales y entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario Disponer la inscripción en el Registro de la Propiedad, la escritura de liquidación de la Sociedad Conyugal, previo al trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, el extracto de la liquidación de la Sociedad conyugal correspondiente a los señores ,Francisco Javier Campaña Semanate y Mariana de Jesús Castro Pazmiño, conforme a la escritura otorgada ante la Notaria Novena del cantón Quito, Doctora Alicia Yolanda Alabuela Toapanta de fecha 10 de julio del 2018, por el término de veinte días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.Quito, 23 de julio del 2018. DOCTORA MSc. ALICIA YO L A N DA ALABUELA TOAPANTA NOTARIA NOVENA DEL CANTON QUITO Hay firma y sello PAR/109251/AT DR. GABRIEL COBO U. NOTARIO VIGÉSIMO TERCERO EXTRACTO

NOTARIA VIGÉSIMO TERCERA DE QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público en general, que mediante escritura pública otorgada ante mí Dr. Gabriel Cobo Urquizo, Notario Vigésimo Tercero del Cantón Quito, el 11 de Julio del 2018, los ex – cónyuges señor, ROBERTO CARLOS SAENZ y señora MARIA ELISABETH ORELLANA PERALTA, el primero legalmente representado por su Apoderada Abogada Silvana Karina Estrella Proaño; y, la segunda por sus propios derechos, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fuera disuelta el trece (13) de abril de dos mil dieciséis (2016), fecha en que la Unidad Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito, Provincia de Pichincha, mediante sentencia declaro disuelto el vínculo matrimonial y consecuentemente también la sociedad conyugal; conforme consta anotada al margen del Acta de matrimonio del Registro Civil Identificación y Cedulación en Quito. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de Liquidación de Sociedad Conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a 22 su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de Liquidación de Sociedad Conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante la publicación, el Extracto de la Liquidación del Patrimonio de

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE CONSEJO DIRECTIVO DEL “CONSORCIO CATASTRO” Se convoca a la Junta General Extraordinaria de Consejo Directivo del Consorcio Catastro para el día martes 07 de agosto de 2018 a las 11:00 a.m. en la siguiente dirección: Avenida Naciones Unidas y Núñez de Vela, edificio Metropolitan, piso 9, oficina 910, provincia de Pichincha, Cantón Quito, parroquia Iñaquito. El objeto de la Reunión será tratar el siguiente orden del día: 1.

2. 3.

CONOCER SOBRE LA REVOCATORIA DE LA DESIGNACIÓN DEL PRODUCRADOR COMÚN, SEÑOR CARLOS PÁRAMO. DESIGNAR NUEVO PROCURADOR COMÚN PARA EL CONCORCIO CATASTRO. LECTURA DEL ACTA.

Quito, 25 de julio de 2018. Patricia López Lalaleo GERENTE GENERAL DIGIPREDIOS S. A. MIEMBRO CONSEJO DIRECTIVO CONSORCIO CATASTRO PAP/71181/AS

la Sociedad Conyugal correspondiente a los ex - cónyuges señor ROBERTO CARLOS SAENZ CRUZ y señora MARIA ELISABETH ORELLANA PERALTA, otorgada mediante escritura pública de fecha 11 de Julio del 2018 ante mí, Dr. Gabriel Cobo Urquizo, Notario Vigésimo Tercero del Cantón Quito, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Quito, a 24 de Julio del 2018 DOCTOR GABRIEL COBO URQUIZO NOTARIO VIGÉSIMO TERCERO DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAR/109255/AT NOTARIA SEXAGESIMA OCTAVA DEL CANTÓN QUITO DR. JUAN FRANCISCO ARBOLEDA ORELLANA NOTARIO EXTRACTO LIQUIDACIÓN DE LA SO C I E DA D CO N Y U GA L PATRIMONIAL CELEBRADA ENTRE LOS SEÑORES MARIA DANIELA FALCONES RODRIGUEZ Y DARWIN IVAN DUEÑAS FALCONES PONGO EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO QUE: Mediante escritura Pública otorgada el veintitrés de abril de dos mil dieciocho ante mí, Notario Sexagésimo Octavo del Cantón Quito, los señores MARIA DANIELA FALCONES RODRIGUEZ Y DARWIN IVAN DUEÑAS FALCONES, de estado civil divorciados respectivamente, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal; la misma que fue disuelta mediante sentencia de Divorcio celebrada en el Juzgado Séptimo de lo Civil de Pichincha el veintitrés de junio del dos mil once. La forma de distribución del patrimonio, se ha detallado en la escritura pública señalada anteriormente de veintitrés de abril de dos mil dieciocho. De conformidad con lo que dispone el Art, 18 numeral 23 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial cuatrocientos seis de veintiocho de noviembre de dos mil seis, que faculta a los Notarios disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles correspondientes, las escrituras de liquidación ! de sociedad conyugal; previo al trámite previsto en dicha norma legal. Yo, Doctor JUAN FRANCISCO ARBOLEDA ORELLANA, Notario Sexagésimo Octavo del Cantón Quito. Dispongo la publicación por una sola vez del presente extracto en uno de los periódicos de circulación Nacional, con el que se pone en conocimiento del público en general que por escritura pública otorgada ante mí, Notario Sexagésimo Octavo del cantón Quito, el veintitrés de abril de dos mil dieciocho, se procede a liquidar el patri-

Si bien lo consideramos, todos estamos desnudos dentro de nuestros vestidos. leime. monio de la sociedad conyugal que tenían formada los señores MARIA DANIELA FALCONES RODRIGUEZ Y DARWIN IVAN DUEÑAS FALCONES. De conformidad con la norma legal, se concede el término de 20 días a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en dicha liquidación, puedan presentar su oposición fundamentada. Lo que pongo en conocimiento para los fines legales consiguientes. Quito, a 24 de julio de dos mil dieciocho.DR. JUAN FRANCISCO ARBOLEDA ORELLANA NOTARIO SEXAGESIMO OCTAVO DEL CANTON QUITO Hay firma y sello PAR/109258/AT

sus clientes. En definitiva, la Sociedad para el cumplimiento de su objeto, podrá realizar y ejecutar toda clase de actos o contratos civiles o mercantiles, así como la representación de personas naturales o jurídicas, sean estas nacionales o extranjeras y que desde luego sean permitidos por las leyes ecuatorianas para esta clase de sociedades. Quito, 17 de julio del 2018 Abg. ALEXANDER CHRISTIAN TROYA DELGADO NOTARIO TRIGÉSIMO SEXTO SUPLENTE DEL CANTÓN QUITO, D.M. Hay firma y sello PAR/109254/AT

SOCIEDADES CIVILES

R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: FRANCISCO WILLIAM LOOR MENENDEZ ACTOR: DR. ANTONIO RAMON RODRIGUEZ VICENS EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCION S.A., PRODUBANCO DEMANDADOS: FRANCISCO WILLIAM LOOR MENENDEZ. JUICIO: VERBAL SUMARIO ACCION: COBRO DE DINERO DE TARJETA ABIENTE NRO. DE JUICIO. 17321-20070843 CUANTIA: Mil Doscientos Dólares (USD$ 1.200) NORMATIVA LEGAL: Art. 828 Y SIGUIENTES DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. P R O V I D E N C I AS JUEZ PONENTE: MELANIE CHRISTINA LOPEZ VARGAS, JUEZ JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito,18 de Septiembre del 2007, las 11h23.- VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia inicial, la demanda que antecede es clara, completa, precisa y reúne los demás requisitos determinados por la Ley.Declarándose procedente al trámite en juicio Verbal Sumario, se manda entregar copia de la demanda y el contenido de esta providencia al señor FRANCISCO WILLIAM LOOR MENENDEZ, para los respectivos fines de Ley.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil; y, del juramento rendido por el actor, CITESE, al demandado por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación nacional de los que se editan en esta ciudad de Quito.-Agréguese la documentación acompañada.- Téngase en cuenta el

Ab. María Augusta Peña Vásquez, Msc. NOTARIA EXTRACTO CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL “B.C.R. IMPORTACIÓN, GESTIÓN Y SOLUCIÓN S.C.C.” La sociedad civil y comercial “B.C.R. IMPORTACIÓN, GESTIÓN Y SOLUCIÓN S.C.C.”, se constituyó por escritura pública otorgada ante mí Abogado ALEXANDER CHRISTIAN TROYA DELGADO, Notario Trigésimo Sexto Suplente del Cantón Quito, por licencia concedida a su titular Abogada MARIA AUGUSTA PEÑA VASQUEZ, MSC., mediante acciona de personal Número seis uno tres siete guión DP uno siete guión dos cero uno ocho guión VS (6137-DP17-201-VS) del veintidós de junio del dos mil dieciocho, el miércoles dieciocho (18) de julio del año dos mil dieciocho. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 600,00; Número de participaciones 100; 3.- OBJETO.- El objeto de la Sociedad es la importación de repuestos vehiculares, comercialización de repuestos vehiculares, compraventa e intermediación de vehículos semi nuevos o de segunda mano, importación de vehículos nuevos, además de prestación de servicios legales, de contabilidad y gestión en las siguientes actividades: asesoría jurídica, asesoría tributaria, asesoría contable, gestión de documentos; y servicios complementarios consistentes en: Uno) Brindar asesoría jurídica y patrocinio. Dos) Brindar asesoría contable y tributaria. Tres) legalización y gestión de documentos legales, contables y tributarios. Cuatro) dar el servicio de mensajería exprés a

VARIOS

AVISO

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: EDGAR GUILLERMO AYALA MATEO ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. D E M A N DA D O : EDGAR GUILLERMO AYALA MATEO P RO C E D I M I E N TO : MONITORIO ASUNTO: COBRO DE DINERO JUICIO NO.: 17230-201709647 CUANTIA: USD. 8.000.00 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, 24 de julio del 09h00. Agréguese al proceso el escrito presentado por el actor.Antecedentes: Comparece la Abg. Carla Lorena Cisneros Burbano, en su calidad de Procuradora Judicial del BANCO PICHINCHA C.A., expone sus generales de ley y manifiesta que demanda al señor EDGAR GUILLERMO AYALA MATEO, por el pago de la deuda por tarjeta de crédito, por un valor de USD. 6.460,85 que contempla capital e intereses, y requiere los intereses sobre el capital luego de la citación. Adjunta a su demanda los respectivos documentos que sustentan la calidad en la cual comparece

REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR y demás sobre su pretensión. Así mismo completa y aclara su demanda con el escrito presentado. En tal virtud se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Una vez revisada la demanda presentada, dentro del término establecido en el artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, en atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución, se la CALIFICA de clara, precisa y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP y especiales de los artículos 356.2, segundo inciso y 357 ibídem, pues se fundamenta en un documento unilateral y otro sobre la existencia de una relación previa sobre la emisión de una tarjeta de crédito, que prueba una deuda determinada de dinero, líquida, exigible y de plazo vencido, situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Monitorio, establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo II del COGEP.SEGUNDO.- MANDAMIENTO DE PAGO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 358 del COGEP, se concede al señor AYALA MATEO EDGAR GUILLERMO, el término de 15 días una vez citado, a fin de que pague la cantidad adeudada de USD. 6.460,85. El pago se realizará mediante el trámite pertinente, para el efecto, el ejecutado concurra a la Coordinación de esta Unidad, a fin de obtener la papeleta de depósito y pueda consignar dicho valor en la cuenta que esta Unidad Judicial posee en el Banco BANECUADOR, tal como lo disponen los artículos 5 y 6 del Reglamento de Depósitos y Retiros Judiciales, dictado mediante Resolución No. 013-2015 del Pleno del Consejo de la Judicatura.TERCERO.- CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda, aclaración de la demanda y el presente auto interlocutorio de mandamiento de pago a la parte deudora señor AYALA MATEO EDGAR GUILLERMO, en el lugar que se indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 del COGEP ya que se ha señalado un lugar de trabajo, para el efecto remítase las boletas respectivas a la oficina correspondiente a fin de que realice la diligencia de citación, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. Se le advierte a la parte demandada lo dispuesto en el tercer inciso del artículo 358 y 359 del COGEP.- Se recuerda a las partes que en atención a los prescrito en artículo 360 del citado Código, el pago del máximo de interés convencional y de mora legalmente permitido, se genera desde la citación con la demanda únicamente sobre el monto del capital determinado en el documento

C9

de prueba de la deuda, rubros que serán liquidados pericialmente.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios de prueba señalados en el libelo inicial, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 359 del COGEP, sobre la admisibilidad y practica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que el demandado formule excepciones.- QUINTO.- Téngase en cuenta la cuantía señalada y agréguese al expediente la documentación que adjunta la parte actora.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.- .- f: VINICIO PALACIOS, JUEZ.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, miércoles 11 de julio del 2018, las 15h06, En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora en escrito de fecha 05 de junio de 2018, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos - COGEP, y en virtud del juramento rendido en acta de 11 de julio de 2018, CITESE al señor EDGAR GUILLERMO AYALA MATEO, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- f: VINICIO PALACIOS, JUEZ Lo que pongo en conocimiento y se cita para los fines legales consiguientes recordándole la obligación de señalar casillero dentro de la referida causa. DR. FRANCISCO VASQUEZ GARCIA SECRETARIO Hay firma y sello PAR/109231/AT R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: TOALA OLMEDO JUAN CARLOS ACTOR: ABOGADA CARLA LORENA CISNEROS BURBANO EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DE BANCO PICHICHA C.A D E M A N DA D OS : TOA L A OLMEDO JUAN CARLOS JUICIO: VERBAL SUMARIO ACCION: VALES CONSUMO DE TARJETA DE CREDITO NRO. DE JUICIO. 17230-201606165 CUANTIA: Cinco Mil Dolores (USD$5.000) NORMATIVA LEGAL: Arts. 1 y 3 NUMERAL 9 DEL CODIGO DE COMERCIO Y Art.828 CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. P R O V I D E N C I AS JUEZ PONENTE: MELANIE

LLAMAMIENTO A ACREEDORES AUDEMAR C. LTDA. EN LIQUIDACIÓN

De conformidad con el Art. 393 de la Ley de Compañías, se notifica a los acreedores de la compañía GRUMANHER S.A. “EN LIQUIDACION”, para que en el término de veinte días, contados desde la tercera y última publicación de este aviso, se acerquen a la oficina ubicada en la Av. Galo Plaza Lasso N67-23 y Ciruelos, correo electrónico joseguillen@xpc.com.ec, y presenten los documentos que acrediten su derecho. Transcurrido dicho término se tomarán en cuenta solo los acreedores que hubieran probado su calidad y a los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía. Mariana Alexandra Arguello Vélez LIQUIDADORA GRUMANHER S.A. “EN LIQUIDACION”

casillero judicial designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones, y, la calidad en la que comparece.Notifíquese.-f) Dr. Rubén Giler Cedeño JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO , PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 13 de julio del 2018, las 11h43, Avoco conocimiento de la presente causa según la acción de personal.No. 7798-DP17-2018-VS, En mi calidad de Jueza subrogante.- Agréguese a los autos, el escrito que antecede.-En vista que la parte actora, ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia inmediata anterior, juramento rendido, documentación anexada, se dispone CITAR, con la demanda, auto de calificación y providencia recaída al demandado Francisco William Loor Menéndez, mediante tres publicaciones por la prensa, conforme lo determina el Art. 56 del Código General de Procesos; al efecto confiérase el extracto judicial correspondiente.- Actué, la Ab. Shirley Torres en calidad de secretaria de encargada.- Notifíquese. -f) Dra. María de los Angeles Ambas Cuatin. JUEZA. Particular que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole al demandado de la obligación que tiene de señalar casillero judicial o correo electrónico para las notificaciones que les correspondan. Ab. Shirley Torres Torres SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL Hay firma y sello PAR/109222/AT

Conforme lo establecido en el Art. 393 de la Ley de Compañías, se comunica a los posibles acreedores de la compañía AUDEMAR C. LTDA. EN LIQUIDACIÓN, a fin de que, en el término de VEINTE DÍAS contados desde la tercera y última publicación, presente a la LIQUIDADORA de la compañía los respectivos documentos que acrediten su derecho, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente. Transcurrido este término, el liquidador tomará en cuenta solamente a los acreedores que hayan probado su calidad y a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía, con la debida justificación. Los referidos documentos deberán presentarse al LIQUIDADOR de la compañía en las oficinas ubicadas en la Av. República de El Salvador 1084 y Naciones Unidas, Edif. Mansión Blanca o en la Agustín Azkunaga No. 602 y Comicios, ambas direcciones ubicadas en esta ciudad de Quito. Quito, Distrito Metropolitano, 24 de julio de 2018

PAP/71158/AS

Ximena Bautista Uribe LIQUIDADORA PRINCIPAL

PAB/20206/AS


REVISTA JUDICIAL C10

MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

CHRISTINA LOPEZ VARGAS, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 10 de agosto del 2016, las 15h43. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza Titular de esta Judicatura, mediante Resolución Nº 142-2015 del 25 de mayo del 2015 y consecuente Acción de Personal N° 7909-DNTH-2015-KP de fecha 02 de junio del 2015.Agréguese al proceso el escrito precedente. La demanda que presenta el DR. IVAN POLIVIO SALCEDO CORONEL, en calidad de Procurador Judicial del Banco Pichincha C.A., en contra de JUAN CARLOS TOALA OLMEDO, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la admite a trámite Verbal Sumario. En consecuencia, cítese al demandado JUAN CARLOS TOALA OLMEDO en la dirección proporcionada, de manera PERSONAL por corresponder a su lugar de trabajo, a fin de que comparezca a juicio y haga valer sus derechos; para cuyo efecto, remítase las boletas a la Oficina correspondiente. Se niega la citación al demandado mediante correo electrónico, toda vez que el Sistema Automático de Trámite Judicial Ecuatoriano (SATJE) no permite dejar constancia de dicha actividad, tornándose en inejecutable lo establecido en el Art. 53 del COGEP. Regístrese la casilla judicial No. 1976 y el correo electrónico que señala el demandante para recibir sus posteriores notificaciones y téngase en cuenta la autorización conferida a su defensor. CÍTESE y NOTIFÍQUESE.-f) Estefanía Carla Enríquez Saltos JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 13 de julio del 2018, las 11h44, Avoco conocimiento de la presente causa según la acción de personal.No. 7798-DP17-2018-VS, En mi calidad de Jueza subrogante.- Agréguese a los autos, el escrito que antecede.-En vista que la parte actora, ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia inmediata anterior, juramento rendido, documentación anexada, se dispone CITAR, con la demanda, auto de calificación y providencia recaída al demandado Francisco William Loor Menéndez, mediante tres publicaciones por la prensa, conforme lo determina el Art. 56 del Código General de Procesos; al efecto confiérase el extracto judicial correspondiente.- Actué, la Ab. Shirley Torres en calidad de secretaria de encargada.- Notifíquese. -f) Dra. María de los Angeles Ambas Cuatin. JUEZA. Particular que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole al demandado de la obligación que tiene de señalar casillero judicial o correo electrónico para las notificaciones que les correspondan. Ab. Shirley Torres Torres SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL Hay firma y sello PAR/109232/AT EX T R A C T O UNIDAD JUDICIAL

CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA C I TA C I O N JUDICIAL: PAILLACHO PAILLACHO LUIS ALFREDO JUICIO: 17230-2016-04124 TRAMITE: VERBAL SUMARIO ACTOR: RON TORRES JOSE PATRICIO, REPRESENTANTE LEGAL DE INTERDIN S.A DEMANDADO: PAILLACHO PAILLACHO LUIS ALFREDO CUANTIA: USD: $ 22.000 JUEZ: Dr. CHINDE CHAMORRO RICHARD WILMER. SECRETARIA: ABG. ANDREA MALDONADO PAREDES AUTO DE CALIFICACION UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, Jueves 7 de abril del 2016, las 16h15: VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa.- La demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia, dése el trámite Verbal Sumario. Cítese al demandado señor LUIS ALFREDO PAILLACHO PAILLACHO en el lugar que se indica.- Agréguese la documentación acompañada. Téngase en cuenta el domicilio judicial señalado y el correo electrónico.- Notifíquese..-f) DR. EDWIN GERMAN PANCHO MALES, Juez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 28 de junio del 2018, las 14h31, Vistos: Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal y por cuanto el DR. PATRICIO RON TORRES, en calidad de procurador judicial del de Interdin S.A, ha dado cumplimiento cumplido lo ordenado en providencia de fecha 11 de junio del 2018, las 10h35, y en virtud del juramento rendido por el actor cítese a la demandada señora PAILLACHO PAILLACHO LUIS ALFREDO de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiera el extracto para las respectiva citación por la prensa.- Notifíquese. f) DR. CHINDE CHAMORRO RICHARD WILMER, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Ab Maldonado Paredes Andrea Carolina SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAR/109240/AT Casilla Judicial: 522 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA PUBLICACIÓN: CITACIÓN A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE JENNY SOLEDAD MIRANDA ARIAS.- EXTRACTO JUICIO / EXPEDIENTE: No. 17203-2018-04796. ACTOR: FRANCISCO JAVIER PAEZ GUAMAN

OBJETO: De conformidad con lo previsto por el Art. 56 inciso 1 del Código General de Procesos, y la afirmación bajo juramento de la actora, cítese a los herederos presuntos y desconocidos del causante señora JENNY SOLEDAD MIRANDA ARIAS, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita a nivel nacional como dispone el Art. 56 inciso 1 del Código General de Procesos, a fin de que, transcurrido el término de ley anuncie la prueba al contestar la demanda observando el Art. 151, 152, 153, 157 y 169 inciso 4 del COGEP.; y, una vez cumplidos los términos previstos, se señalará día y hora para la audiencia, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se continuará la causa en rebeldía.TRAMITE: AUTORIZACION DE VENTA CUANTIA: INDETERMINADA. -AUTO – UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 13 de junio del 2018, las 15h12, VISTOS: DR. MSC. GERMAN ALIRIO GRANDES ANALUISA, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito; previo la razón del sorteo de Ley y escrito que antecede, avoco conocimiento de la presente causa.- [1] CALIFICACIÓN: La petición que antecede es clara, completa y reúne los requisitos establecidos en la ley, y previstos en el Arts. 142 del COGEP., por lo que se acepta al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO contemplado en el Art. 334 inciso 2 del Código Orgánico General de Procesos; y los principios constitucionales de los Arts. 75, 76 y 82 de la Constitución de la República del Ecuador; [2] Con el auto de admisión de la demanda notifíquese a la parte actora señor PAEZ GUAMAN FRANCISCO JAVIER; [3].- CITACION.- De conformidad con lo previsto por el Art. 56 inciso 1 del Código General de Procesos, y la afirmación bajo juramento de la actora, cítese a los herederos presuntos y desconocidos del causante señora JENNY SOLDAD MIRANDA ARIAS, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita a nivel nacional como dispone el Art. 56 inciso 1 del Código General de Procesos, a fin de que, transcurrido el término de ley anuncie la prueba al contestar la demanda observando el Art. 151, 152, 153, 157 y 169 inciso 4 del COGEP.; y, una vez cumplidos los términos previstos, se señalará día y hora para la audiencia, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se continuará la causa en rebeldía. [4] Tómese en cuenta el casillero judicial y la facultad conferida al Abogado patrocinador.- [5].- Agréguese al proceso los documentos presentados. [6].- Se les recuerda a las partes que la convocatoria a audiencia se la hace bajo las prevenciones del Art. 87 numeral 1 del COGEP.; y con las consecuencias jurídicas del Art. 87 del Código Orgánico General de Procesos; [7] ANUNCIO DE PRUEBAS: Considérese el anuncio de prueba señalado por la actora: TESTIMONIAL: Téngase en cuenta el anuncio realizado en el día de la audiencia, para lo cual los testigos de la parte actora quedan legalmente notificados mediante este auto.- Actúe la Ab. Alejandra Maribel Lahuatte Cedillo, en su calidad de secretaria de este despacho judicial,

Sólo los mojigatos hacen copia de sus datos de seguridad: Los hombres de verdad los dejan en Internet para que el resto del mundo los utilice. l i n u S T o rva l d S . quien verificará de forma minuciosa los casilleros judiciales y electrónicos de las partes procesales.- NOTIFIQUESE.f) Dr. German Alirio Grandes Analuisa, Juez.UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 27 de junio del 2018, las 10h07, VISTOS: AB. MSC. CECILIA PAREJA QUEZADA, conozco de la presente causa, en virtud a la acción de personal NO. 6157-DP17-2018-VS, con la cual se me encarga el despacho del Dr. Germán Grandes.-De conformidad al Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida el error que por un lapsus calami se ha cometido en el auto de fecha 13 de junio del 2018, las 15h12 en el que se ha hecho constar: “…del causante señora JENNY SOLDAD MIRANDA ARIAS…”, cuando en realidad debió decir: “…de la causante señora JENNY SOLEDAD MIRANDA ARIAS…”, de esta forma se convalida dicho error, por lo tanto remítase el respectivo extracto.- NOTIFIQUESE.f) Dra. Olga Cecilia Pareja Quezada, Jueza (E). CERTIFICO.AB. ALEJANDRA MARIBEL LAHUATTE CEDILLO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL Hay firma y sello PAR/109247/AT EXTRACTO JUDICIAL CORTE NACIONAL DE JUSTICIA. SALA DE LO CIVIL Y MERCANTIL NOTIFICACION A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE EGBERTO WLADIMIRO VILLALBA VEGA JUICIO: ORDINARIO No. 17230-2015-10858 MATERIA: DAÑO MORAL ACTOR: EGBERTO WLADIMIRO VILLALBA VEGA DEMANDADO: ALFREDO MONTERNSEN LUND ORIGEN: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METRÓPOLITANO DE QUITO RECURSO PENDIENTE: CASACIÓN INTERPUESTO POR EL ACTOR. PROVIDENCIA: “Juicio No. 17230-2015-10858 CORTE NACIONAL DE JUSTICIA. - SALA ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL. Quito, viernes 1 de junio del 2018, las 08h24. . . .incorpórense al expediente el escrito que antecede y documentación adjunta, presentados por el Doctor Francisco Eduardo Villalba Paredes, proveyendo el mismo se observa: 1.- De la Quinta Copia Certificada de la Posesión Efectiva y designación de Procurador Común de los bienes dejados por Egberto Wladimiro Villalba Vega, otorgada por el señor Notario Décimo Quinto del cantón Quito y de la documentación inserta en dicho instrumento, se desprende el fallecimiento del mencionado señor, quien actuaba en calidad de actor en la presente causa. 2.- En vista que este proceso inició el 25 de junio del 2015 se sustancia y resuelve hasta su conclusión con sujeción a la normativa procesal vigente a la fecha de su inicio (Código de Procedimiento Civil y Ley

de Casación), por así establecerlo la Disposición Transitoria Primera del COGEP, a excepción, entre otras, de las normas que regulan la citación, que entraron en vigencia a partir de la fecha de la publicación del COGEP, -22 de mayo del 2015- al ordenarlo su Disposición Final Segunda en su primer inciso, por lo que para efectos de citación se debe estar a lo previsto por el Código Orgánico General de Procesos. 3.- Con relación a la citación a los herederos el Art. 58 del COGEP señala: “A las y los herederos conocidos se citará personalmente o por boleta. A las a los herederos desconocidos cuya residencia sea imposible determinar se citará a través de uno de los medios de comunicación, en la forma prevista en este Código”, siendo que esta ultima forma de citación esta desarrollada en el Art. 56 ibídem. 4.- En consecuencia se dispone que el compareciente cumpla con indicar los nombres y apellidos completos de los otros herederos conocidos y el lugar en donde deben ser citados, siendo que a los herederos desconocidos cuya residencia sea imposible determinar, se los citará en la forma prevista en el Art. 56 del COGEP. EN LO DEMAS, notifíquese al compareciente en los lugares señalados. Notifíquese y cúmplase.” f) AB. LUIS ANTONIO CANDO AREVALO, CONJUEZ NACIONAL CORTE NACIONAL DE JUSTICIA. - SALA ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL. Quito, martes 17 de julio del 2018, las 09h59. V I S T O S: De conformidad con lo dispuesto en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, ante la declaración que bajo Juramento efectúo el Dr. Francisco Eduardo Villalba Paredes, Procurador común de Vladimir Enrique, Alberto Vicente y Xavier Alonso Villalba Paredes, en la que indica “desconocer y que le es imposible determinar la individualidad de domicilios de herederos desconocidos del causante” señor Egberto Wladimiro Villalba Vega, según constancia de fs. 31 del cuaderno casacional, CÍTESE a los herederos presuntos y desconocidos del señor Egberto Wladimiro Villalba Vega, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fechas distintas, en un periódico de amplia circulación en la ciudad de Quito; para cuyo efecto, la señora Secretaria de la Sala entregue al interesado el extracto ordenado en la Ley. Notifíquese y cítese. F) AB. LUIS ANTONIO CANDO AREVALO, CONJUEZ NACIONAL Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, debiendo comparecer a juicio y designar casillero judicial en esta ciudad para sus notificaciones. SECRETARIA RELATORA Hay firma y sello PAR/109256/AT EXTRACTO NOTARIA QUINCUAGÉSIMA SEXTA DEL CANTÓN QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública número mil seiscientos treinta y nueve, otorgada ante mí, Doctor Edward Franco Castañeda, Notario Quincuagésimo Sexto del Cantón Quito, el veinte

de julio del año dos mil diez y ocho, los señores JUAN PROSPERO MIGUEZ LUCIO y AYDA CLEMENCIA YANDUN POZO, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fuera disuelta por disolución de la sociedad conyugal, mediante sentencia dictada por Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quito, de la Provincia de Pichincha, el ocho de marzo del año dos mil catorce, inscrita en el Registro Civil, el siete de abril del dos mil catorce. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 18 de la Ley Notarial vigente el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores JUAN PROSPERO MIGUEZ LUCIO y AYDA CLEMENCIA YANDUN POZO, otorgada mediante escritura pública otorgada el veinte de julio del año dos mil diez y ocho, ante mí, Doctor Edward Franco Castañeda, Notario Quincuagésimo Sexto del Cantón Quito, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Quito, a veinte de julio del año dos mil diez y ocho. Dr. Edward Aníbal Franco Castañeda NOTARIO QUINCUAGESIMO SEXTO DEL CANTON QUITO, D.M. Hay firma y sello PAC110563fa EXTRACTO Cúmpleme poner en conocimiento del público, que mediante escritura pública otorgada ante mi, doctora ÚRSULA IVANOVA SOLA COELLO, NOTARIA CUADRAGÉSIMA CUARTA DEL CANTÓN QUITO, los ex cónyuges SEGUNDO OMAR YAZAN MORAN y ZOILA ROSA OBACO OBACO, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, la misma que fuera disuelta, mediante Acta Notarial de divorcio, suscrita ante la Notaría Cuadragésima Cuarta del cantón Quito, el 4 de octubre de 2017. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la escritura pública de liquidación de la sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el artículo dieciocho numeral veintitrés de la Ley Notarial, faculta al Notario o Notaría, disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de la sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal. Por lo tanto pongo en conocimiento del público, la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal de los ex cónyuges SEGUNDO OMAR YAZAN MORAN y ZOILA ROSA OBACO OBACO, celebrada mediante escritura pública de ocho de junio de dos mil dieciocho, ante la doctora Úrsula Ivanova Solá Coello, Notaría Cuadragésima Cuarta del cantón Quito, a contarse desde la fecha de la publicación, a fin de que las

personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación, puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del plazo de 20 días contados desde esta públicación. Quito, 23 de julio de 2.018 DRA. ÚRSULA IVANOVA SOLÁ COELLO, MSC. NOTARIA CUADRAGESIMA CUARTA DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAC110564fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO – JUICIO DE AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y, DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA CITACION JUDICIAL A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE E R N E STO ANDRES CALLE ROBLES ACTO R : CA M P OV E R D E ARMIJOS FLORA PIEDAD JUICIO: No. 17203-2018-05492 (JUICIO DE AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y, DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA) TRAMITE: VOLUNTARIO UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 10 de julio del 2018, las 15h17, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, al amparo de lo dispuesto en el Art. 175 de la Constitución de la República, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y en cumplimiento de la Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura número 116-2012, de 11 de septiembre de 2012, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial N° 810 de 16 de octubre de 2012; en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, conforme se desprende de la acción de personal número 7189-DN-TH-2014.- 1) En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334 numeral 6 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia notifíquese al accionante FLORA PIEDAD CAMPOVERDE ARMIJOS, con la admisión de la demanda, para los fines pertinentes.- 2) CITACIÓN: Por cumplido lo dispuesto en auto de sustanciación inmediato anterior y juramento de ley, se DISPONE: 1) CÍTESE con la demanda y este auto a los herederos presuntos y desconocidos del causante señor ERNESTO ANDRES CALLE ROBLES, por medio de la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, para lo cual por secretaría concédase el Extracto. Se le advierte a los demandados de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial y/o correo electrónico, bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía.-3) ANUNCIO DE PRUEBA: Proveyendo el ANUNCIO DE PRUEBA de la compareciente se dispone: (3.1) TESTIMONIAL: Téngase en cuenta la prueba que anuncia, adjunta y solicita la accionante conforme a derecho; proveyen-

do la misma se dispone: De ser procedente y en el momento procesal oportuno recéptese la declaración testimonial de GLENDY ABIGAIL FLORES PALADINES, EUSTACIO SIXTO ROMERO PARDO y BENITA TERESA FLORES IGLESIAS. de conformidad con el Art. 191 del Código Orgánico General de Procesos notifíquese a la testigos antes nominada a la casilla judicial y correo electrónico señalado.- (3.2.) DOCUMENTAL: Considérese el anuncio de prueba documental manifestado por la parte actora en el libelo inicial, mismo que se actuara en la audiencia conforme lo dispuesto en los artículos 161 y 196 del Código Orgánico General de Procesos.4) Tómese en cuenta la insinuación del Curador Ad-litem señor JAVIER RUBEN CALLE CAMPOVERDE y de los señores EDISSON FABIAN CALLE CAMPOVERDE y JOHANNA CRISTINA GALARZA TORRES (personas que abonan la idoneidad del Curador insinuado); 5) Téngase en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalados por la actora, en donde recibirá sus posteriores notificaciones y la autorización conferida a su Abogada Técnica.- Actúe el Ab. Manuel Alejandro Marquez Saltos, en calidad de Secretario (e) de este despacho.- Notifíquese.- f) Dra. Paola Ayala . Jueza.Ab. Manuel Alejandro Marquez Saltos SECRETARIA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC110558fa CASILLA No 6100 EXTRACTO JUICIO AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y, DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA. No. 17203-2018-05751 ACTOR: TORRES AVILES FERNANDA XIMENA DEMANDADO: PRESUNTOS HEREDEROS Y DESCONOCIDOS DE JOHNNY PAUL PASPUEL FLORES P R O C E D I M I E N T O VOLUNTARIO CUANTIA: $9.000, oo dólares de Estados Unidos de Norteamérica UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE, DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.VISTOS: Quito, jueves 28 de junio del 2018, las 10h12, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito y anexos presentados por la parte accionante de fecha miércoles 27 de junio del 2018, las 15h06 dando cumplimiento al auto de sustanciación de fecha jueves 21 de junio del 2018, las 15h53.- En lo principal, la suscrita, ABG. MARJORIE JUDITH NARANJO BRICEÑO, en mi calidad de Jueza de este despacho judicial, previo la razón del sorteo de Ley, y, en aplicación de lo establecido en los Artículos 75, 82 y 175 de la Constitución de la República en concordancia con los Arts. 30, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, Avoco conocimiento de la presente causa.- 1) En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334 numeral 6 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia notifíquese a la accionante señora


FERNANDA XIMENA TORRES AVILES con la admisión de la demanda, para los fines pertinentes.- 2) De conformidad con lo previsto en el Art. 60 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, en concordancia con el Art. 31 último inciso del Código Orgánico General de Procesos, se escuchará en audiencia reservada a los niños MAYERLI BRIGETTE y DANNY PAUL PASPUEL TORRES, en la audiencia única que se señalará oportunamente de manera OBLIGATORIA.- 3) CITESE a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue JOHNNY PAUL PASPUEL FLORES por la prensa de conformidad con lo determinado en el art. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos.- Una vez citados y transcurrido el plazo señalado en la ley se convocará a la audiencia correspondiente.- 4) Téngase en cuenta la prueba que anuncia, adjunta y solicita el accionante conforme a derecho; proveyendo la misma se dispone: 4.1.- Conforme la prueba anunciada por la actora, téngase en cuenta la documentación incorporada al proceso.Téngase en cuenta el casillero judicial y el correo electrónico señalados por las partes procesales para sus futuras notificaciones, y la autorización conferida a su Abogado Defensor.- 5) Actúe en la presente causa la Abg. Nancy Rodríguez Clavón, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.-CÍTESE, OFÍCIESE Y NOTIFÍQUESE. AB. MSC. JUDITH NARANJO BRICEÑO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL. Atentamente, Ab. Paulina Rodríguez Clavón SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC110556fa Casilla judicial N 5012 UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO QUITO. CITACIÓN JUDICIAL A: a los herederos presuntos y desconocidos de SERGIO ANIBAL LOPEZ VEGA EXTRACTO CAUSA : INVENTARIOS SUCESORIOS No. DE JUICIO: 172032013-35314 DEMANDADO: CESAR FRANCISCO LOPEZ VEGA Y OTROS ACTOR : SERGIO ANIBAL LOPEZ VEGA CUANTIA : Indeterminado JUEZA: DRA. SANDRA YANCHATIPAN SANCHEZ, JUEZADELAUNIDADJUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO QUITO. JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO.23 de mayo del 2006,las 09h47VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura. La demanda y reforma que antecede, es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. Por haberse justificado con la documentación que se acompaña, el fallecimiento de los señores César Enrique López Figueroa y Luz María Esther Vega Baustista, se declara con lugar la facción de inventarios de los bienes sucesorios y se ordena el avalúo e inventario de los mismos, para lo cual las partes nombrarán su perito. De conformidad con lo previsto en el Art. 252 del Código de Procedimiento Civil Codificado, el Juzgado se reserva el derecho de nombrar su perito. Inscríbase la presente demanda en el Registro de

la Propiedad de este cantón. Cítese a los demandados señores Cesar Francisco y Mario Isaac López Vega, Rosa Elvira López Vega, Tamara López Collaguazo, en el lugar que se indica. De conformidad con lo previsto por el Art. 82 del mismo cuerpo de leyes invocado, cítese a los los demandados señores Cecilia Maruja y Fanny Esther López Vega, Carmen, Norma, Fernando, Nestor y Ana López Collaguazo, en representación de su padre Néstor Abelardo López Vega ya fallecido; y, Edison Humberto, Becquer Leonardo y Erik José Shive López, en representación de su madre la señora Elsa Guillermina López Vega ya fallecida, y a los herederos, presuntos y desconocidos de los causantes señores César Enrique López Fugueroa y Luz María Esther Vega Baustista, y de los fallecidos señores Néstor Abelardo López Vega y Elsa Guillermina López Vega, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito. Cuéntese en la presente causa con el señor Director del Servicio de Rentas Internas del Ministerio de Economía. Agréguese al proceso los documentos que se acompañan.Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el compareciente.- NOTIFIQUESE. f) DR. RAUL MARIÑO HERNANDEZ , JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO QUITO. Quito, viernes 29 de junio del 2018, las 13h03, En lo pertinente se dispone: Con la declaración juramentada por parte de las personas ELIA MARINA BERNAL FERNANDEZ (fs. 262) y CESAR ENRIQUE LOPEZ BERNAL (fs. 282) delegado de Poder Especial por la señora ELSA CUMANDA LOPEZ BERNAL, (quien representa a los señores AMPARO DEL ROCIO, LUIS ANIBAL, ALEXANDRA MAGDALENA Y ANA DEL PILAR LOPEZ BERNAL fs. 237, 238, 239 y 240), quienes comparecen bajo su estricta y exclusiva responsabilidad con el poder señalado a nombre de todos sus representados para rendW ir la declaración juramentada de ley, al amparo de los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Proces, CITESE a los herederos presuntos y desconocidos de SERGIO ANIBAL LOPEZ VEGA, por la prensa mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito.- Por secretaria remítase al domicilio judicial respectivo el extracto correspondiente.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.-.- f). DRA. SANDRA YANCHATIPAN SANCHEZ, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL Certifico.Dra. Martha Gordillo S, SECRETARIA DE LA UNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO QUITO Hay firma y sello PAC110559fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: SUDAMERICANA ENERGY SUDAMER S. A., representada por GEOVANNY FRANCISCO SANTILLÁN DÁVALOS ACTORA: PAOLA DEL ROCIO ALMEIDA VILEMA, en calidad de Procurador Judicial DE CUBIERTAS DEL ECUADOR KU-BIEC S.A., Representada por el señor HENRY JAVIER YANDUN CARDENAS D E M A N D A D O : SUDAMERICANA ENERGY SUDAMER S. A., representada

por GEOVANNY FRANCISCO SANTILLÁN DÁVALOS JUICIO No. 17230-2017-12957 TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 21/09/2017 CUANTIA: $ 120.000,00 JUEZ PONENTE: DRA. LIZBETH RON CADENA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 26 de septiembre del 2017, las 15h19.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil con sede en el D.M. de Quito y en virtud del sorteo realizado, se considera: La solicitud presentada por la Abg. GABRIELA GISELL TAMARIZ CUZME, PROCURADORA JUDICIAL DE CUBIERTAS DEL ECUADOR KU-BIEC S.A.., conforme lo justifica con el documento adjunto, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los artículos 370, 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el Acta de Mediación constante, documento que constituye título de ejecución, al tenor de lo previsto en el artículo 363 numeral 3 del mismo código; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento de ejecución. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 371 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se dispone que el actor presente los comprobantes de respaldo de gastos, que se hayan generado con posterioridad al acta de mediación, en el término de cinco (5) días, de conformidad a las normas de costas previstas en el código citado. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) Dra. Lizbeth Ron Cadena, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 19 de enero del 2018, las 15h31, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede. Por corresponder al estado de la causa, de conformidad a lo establecido en el Art. 372 del Código Orgánico General de Procesos, se expide el siguiente MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN: 1) Con sustento en la liquidación cuya copia se adjunta, la ejecutada SUDAMERICA ENERGY SUDAMER S.A. (EN ADELANTE “SUDAMER”), R E P R E S E N T A D A LEGALMENTE POR GEOVANNY FRANCISCO SANTILLÁN DÁVALOS, EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL, cumpla con la obligación establecida en el acta de mediación materia de la presente ejecución, esto es, pague a la ejecutante HENRY JAVIER YANDÚN C Á R D E N AS, GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE CUBIERTAS DEL ECUADOR KU-BIEC S.A., la cantidad de CIENTO TRECE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 46/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 113.834,46), en el término de cinco días luego de notificado legalmente, bajo prevención legal que de no hacerlo, se procederá con la ejecución forzosa. 2) Notifíquese a la ejecutada SUDAMERICA ENERGY SUDAMER S.A. (EN ADELANTE “SUDAMER”), R E P R E S E N T A D A LEGALMENTE POR GEOVANNY FRANCISCO SANTILLÁN DÁVALOS, EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL, en el lugar que se indica, en persona o mediante tres boletas, conforme lo establecido en el inciso segundo del Art. 372 del Código antes referido; para el efecto remítase suficiente despacho a la Oficina encargada de practicar dicha diligencia, debiendo la

Si el dinero va delante, todos los caminos se abren. William ShakeSpeare. Poeta y dramaturgo inglés.

parte interesada acercarse a esta Unidad a proveer de las copias necesarias para elaborar las boletas que se requieran. Notifíquese y Cúmplase. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 26 de junio del 2018, las 15h18, Una vez que se ha dado cumplimiento con el auto de sustanciación que antecede, CÍTESE a la parte demandada SUDAMERICANA ENERGY SUDAMER S. A., representada por GEOVANNY FRANCISCO SANTILLÁN DÁVALOS, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para cuyo efecto por intermedio de Secretaría de esta Unidad, confiérase el extracto correspondiente conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Lizbeth Ron Cadena, Jueza Lo que comunico y cito a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 6 de julio del 2018.- Certifico.DR. PAUL ANDRES TAPIA SECRETARIO Hay Firma y Sello PAB/20190/AS REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A CONSORCIO SIGMA, CONFORMADO POR RUBEN PAT R I C I O MANCHENO VILLACRESES, POR SUS PROPIOS D E R EC H O S Y LA C O M PA Ñ I A RUBEN MANCHENO RMCONSTRUCCIONES CIA. LTDA., REPRESETNADA POR SU LIQUIDADOR RUBEN MANCEHO RMCONSTRUCCIONES CÍA. LTDA. JUICIO No. 17230-201802351 ACTOR: CUBIERTAS DEL ECUADOR KU-BIEC S. A. DEMANDADOS: CONSORCIO SIGMA, CONFORMADO POR RUBEN PATRICIO MANCHENO VILLACRESES, POR SUS P RO P I OS DERECHOS Y LA COMPAÑIA RUBEN MANCHENO RMCONSTRUCCIONES CIA. LTDA., REPRESETNADA POR SU LIQUIDADOR RUBEN MANCEHO RMCONSTRUCCIONES CÍA. LTDA. TRAMITE: ORDINARIO CUANTIA: USD $170.000,00 JUEZ: AB. GABRIELA LEMOS TRUJILLO SECRETARIA: AB. TANIA VILLARREAL PRETENSIÓN: Con los antecedentes expuestos y en virtud de la obligación que la demandada adeuda a su favor, solicita que se ordene el pago de los siguientes valores: El capital adeudado, es decir, la suma de todas la facturas pendientes que asciende al valor de USD $91.187,80 (Noventa y un mil ciento ochenta y siete con 80/100 dólares de los Estados Unidos de América). Los interés de mora calculados sobre el capital a la tasa máxima de interés de mora fijada por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera desde la fecha de vencimiento de la deuda y hasta la fecha de pago de la totalidad del capital. Al pago de

costas procesales y todos los gastos judiciales, extrajudiciales y honorarios profesionales de sus abogados patrocinadores. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 11 de abril del 2018, las 16h01, VISTOS: AB. GABRIELA ESTEFANIA LEMOS TRUJILLO, avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Jueza Ponente de la Unidad Judicial Civil con sede en el D. M. de Quito, mediante Acción de Personal No. 13244-DNTH-2015-KP, de fecha 22 de septiembre del 2015, en calidad de Jueza Titular. Incorpórese al proceso el acta de citación y acta de reasignación que antecede. Toda vez que la parte accionante ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha 13 de marzo del 2018, esto es que la presente demanda cumple con los requisitos legales generales contemplados en el Art. 142 numeral 6 del Código Orgánico General de Procesos. En lo principal se dispone; PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE: Revisada la demanda presentada por CARLA LORENA CISNEROS BURBANO, en calidad de Procurador Judicial de CUBIERTAS DEL ECUADOR S.A., en atención a lo consagrado en el Art. 169 de la Constitución de la República y 291 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) se la CALIFICA de completa y clara, pues cumple los requisitos legales generales contemplados en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la ADMITE a trámite mediante procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título III.- SEGUNDO. CITACIÓN: En virtud del juramento de desconocimiento de domicilio de fecha 19 de marzo del 2018, se dispone CÍTESE con el contenido de la demanda, el escrito que antecede y el presente auto de sustanciación a la parte demandada CONSORCIO SIGMA LA COMPAÑÍA RUBEN MANCHENO RMCONSTRUCCIONES CIA LTDA representada por el señor RUBEN PATRICIO MANCHENO VILLACRECES en calidad de liquidador, por medio de la prensa mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Quito, para los fines de ley pertinentes. A través de secretaria confiérase el extracto correspondiente.- TERCERO. CONTESTACIÓN: Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de TREINTA (30) días una vez citada, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los Arts. 151 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos.- CUARTO. ANUNCIO DE PRUEBA: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en su demanda; para lo cual se observará lo previsto en los Art. 160, 161, 294.7 literal d) y demás pertinentes del Código Orgánico General de Procesos, sobre la admisibilidad y práctica de prueba.QUINTO. NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN: Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalados por el accionante para posteriores notificaciones y la autorización conferida a sus defensores técnicos.- Agréguese al expediente la documentación

adjunta por la parte actora. Actúa la Abg. Tania Paola Villareal Soto, en calidad de Secretaria E, mediante acción de personal No. 3771-DP172017-VS, de fecha 2 de mayo de 2017.- NOTIFÍQUESE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 28 de marzo del 2018, las 13h47, Agréguese al proceso el escrito presentado.- Tómese en cuenta la autorización conferida a sus nuevos abogados defensores dentro del proceso, así como el nuevo domicilio judicial señalado como también el correo electrónico señalado para recibir notificaciones dentro de la causa. Hágase conocer a los anteriores abogados que han sido sustituidos dentro de la causa.- Continuando con la sustanciación de la causa y en vista del juramento rendido por GINA ALEXANDRA GUERRERO APOLO, Procuradora Judicial de CUBIERTAS DEL ECUADOR KU-BIEC S.A., de las gestiones realizadas y de la imposibilidad de determinar la residencia o domicilio de la compañía “CONSORCIO SIGMA” “RUBEN MANCHENO RMCONSTRUCCIONES CIA. LTDA.”, representada por el señor RUBEN PATRICIO MANCHENO VILLACRESES, en calidad de liquidador, se dispone que de acuerdo al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se cite por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad; para lo cual entréguese el extracto correspondiente.- Notifíquese.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 11 de junio del 2018, las 15h21, Agréguese al proceso el escrito que antecede. Por un lapsus calami se hace constar erróneamente en el auto de fecha 11 de abril de1 2018, en el que se dispone; SEGUNDO. CITACIÓN: En virtud del juramento de desconocimiento de domicilio de fecha 19 de marzo del 2018, se dispone CÍTESE con el contenido de la demanda, el escrito que antecede y el presente auto de sustanciación a la parte demandada CONSORCIO SIGMA LA COMPAÑÍA RUBEN MANCHENO RMCONSTRUCCIONES CIA LTDA representada por el señor RUBEN PATRICIO MANCHENO VILLACRECES en calidad de liquidador, por medio de la prensa mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Quito, para los fines de ley pertinentes. A través de secretaria confiérase el extracto correspondiente. Por consiguiente de conformidad a lo establecido en el Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial se procede a convalidar el auto en mención quedando el mismo en el sentido de que se ordena; SEGUNDO. CITACIÓN: En virtud del juramento de desconocimiento de domicilio de fecha 19 de marzo del 2018, se dispone CÍTESE con el contenido de la demanda, el escrito que antecede y el presente auto de sustanciación a la parte demandada CONSORCIO SIGMA, al señor RUBEN PATRICIO MANCHENO VILLACRESES, por sus propios y personales derechos, LA COMPAÑÍA RUBEN MANCHENO RMCONSTRUCCIONES CIA LTDA representada por el señor RUBEN PATRICIO MANCHENO VILLACRECES en calidad de liquidador, por medio de la prensa mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Quito, para los fines de ley pertinentes. A través de secretaria confiérase

REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR el extracto correspondiente. En lo demás se estará a lo dispuesto en auto de fecha 28 de mayo del 2018.-NOTIFIQUESE. F. Ab. Gabriela Lemos Trujillo (Jueza). Lo que pongo en su conocimiento, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito y casilla electrónica para posteriores notificaciones. Ab. Tania Villarreal SECRETARIA Hay Firma y Sello PAB/20191/AS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA CALDERON, DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO N° JUICIO: 17986-2018-00418 ACTOR: PICHISACA GUAMAN LUIS RAMIRO DEMANDADA: PEREZ CUBA CARMEN ADARIS TRAMITE: S U M A R I O/ DIVORCIO POR CAUSAL CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO: DISOLUCION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL CON OPOSI CION ABOGADO PATROCINADOR: CHARLES YUL POZO ENRÍQUEZ AUTO.UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOSLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA CALDERON, DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 19 de junio del 2018, las 09h33.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura.- En lo principal: 1.- La demanda de DIVORCIO POR CAUSAL que antecede, es clara, reúne los requisitos legales y se la admite a trámite en procedimiento SUMARIO previsto en el Art. 332.4 del Código Orgánico General de Procesos.-2.- CITACIÓN POR LA PRENSA.- En mérito del juramento rendido por el actor Luis Ramiro Pichisaca Guaman, sobre la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia de la demandada CARMEN ADARIS PEREZ CUBA, quien no registra salida del Ecuador, ni inscripción en el Registro Consular Exterior, según consta de la Certificación emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana adjunto a la demanda, en tal virtud, de conformidad con el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE por la prensa a la demandada CARMEN ADARIS PEREZ CUBA, esto es, mediante tres publicaciones que se harán en fechas distintas, en uno de los diarios de mayor circulación del cantón Quito, provincia de Pichincha, al efecto emítase el correspondiente extracto. Transcurridos veinte días a partir de la fecha de la última publicación, comenzará a decurrir el término de quince días para que la demandada CARMEN ADARIS PEREZ CUBA, conteste la demanda, proponga excepciones y anuncie (adjunte) sus pruebas, cumpliendo los requisitos establecidos en los arts. 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos, advirtiéndole además de su obligación de señalar casillero judicial y/o correo electrónico, bajo prevenciones

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de continuar la causa en rebeldía.- (…).- NOTIFÍQUESE.- f) DR. ANGEL IVAN SANTILLAN MARTINEZ, JUEZ. AB. ANDREA CARINA LASTRA SALTOS SECRETARIA Hay Firma y Sello PAP/71156/AS R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: MARIA DEL CARMEN VALDIVIESO CANELOS. ACTOR: JUAN CARLOS CUEVA SERRANO PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A SOCIEDAD FINANCIERA D E M A N DA D OS : MARIA DEL CARMEN VALDIVIESO CANELOS Y LOS SEÑORES PABLO FERNANDO PALACIOS VALDIVIESO Y PAULINA CABEZAS MALDONADO JUICIO: EJECUTIVO ACCION: PAGARE A LA ORDEN NRO. DE JUICIO. 17310-20130420 CUANTIA: INDETERMINADA NORMATIVA LEGAL: Art. 413 Y SIGUIENTES DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y 486 DEL CÓDIGO DE COMERCIO. P R O V I D E N C I AS JUEZ PONENTE: MELANIE CHRISTINA LOPEZ VARGAS, JUEZ JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 5 de junio del 2013, las 16h00 VISTOS.- Previo la razón del sorteo de ley correspondiente, avoco conocimiento de la presente causa en calidad de jueza titular de esta judicatura.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite Ejecutivo.- En consecuencia la parte demandada señores MARÍA DEL CARMEN VALDIVIESO CANELOS como deudora principal y los señores PABLO FERNANDO PALACIOS VALDIVIESO y PAULINA CABEZAS MALDONADO como avales o garantes solidarios, paguen la obligación adeudada o propongan las excepciones de las que se crean asistidos en el término de tres días de legalmente citados.- Cítese en legal y debida forma a la parte demandada en la dirección que señala para el efecto.- Agréguese a los autos los documentos que acompaña Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados para posteriores notificaciones; así como la autorización conferida a su abogado defensor.- Cítese y Notifíquese.-f).-DRA.LIZBETH RON CADENA.JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 27 de junio del 2018, las 15h45, En vista que la parte actora, a dado cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior, juramento rendido, documentación anexada, se dispone CITAR, con la demanda, auto de calificación y providencia recaída a la demandada MARIA DEL CARMEN VALDIVIESO CANELOS, mediante tres publicaciones por la prensa, conforme lo determina el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos; al efecto elabórese el extracto judicial


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MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

respectivo.-Notifíquese.-f) MELAMIE CRISTINA LOPEZ VARGAS.JUEZA. Particular que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, previniéndoles a los demandados de la obligación que tiene de señalar casillero judicial o correo electrónico para las notificaciones que les correspondan. Ab. Shirley Torres Torres SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL Hay Firma y Sello PAP/20199/AS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI PROVINCIA DE PICHINCHA SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL LO QUE EN LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON RUMIÑAHUI SE HA SE HA DICTADO EXTRACTO JUDICIAL DE CITACION A LA S E Ñ O RA D E M A N DA DA RENTERIA LANDIVAR MARIA BELEN ACTOR: SEGOVIA GUERRERO CESAR RICARDO DEMANDADA: RENTERIA LANDIVAR MARIA BELEN CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: SUMARIO CAUSA: No. 17205-2017-01227 CASILLERO ELECTRÓNICO: cesar_segovia_guerrero@hotmail.com DEL DR. DUVAL LEONEL JARA MARTINEZ JUEZA: DRA. RIBADENEIRA CO LO M A MERCEDES ANGELICA- UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI. PROVINCIA DE PICHINCHA AUTO DE SUSTANCIACIÓN: UNIDAD JUDICIAL DE 0FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI. PROVINCIA.- Rumiñahui, lunes 5 de febrero del 2018, las 12h04, VISTOS: Forme parte del proceso: a) Los escritos de fechas 12, 17 de enero y 1 de febrero del 2018, presentados por el accionante (incidente de rebaja), proveyendo los mismos, dispongo: i) En cuanto a los escritos de fechas 12 de enero y 1 de febrero del 2018, se está proveyendo en el presente auto de sustanciación; ii) En atención al escrito de fecha 17 de enero del 2018, se dispone: 1.- La demanda de rebaja propuesta por CESAR RICARDO SEGOVIA GUERRERO en contra de MARIA BELEN RENTERIA LANDIVAR, se la califica de clara, precisa, por reunir los requisitos de forma previstos en el artículo 142 del COGEP se la admite a procedimiento sumario que le corresponde. 2. CÍTESE con el formulario de demanda y este auto, a la demandada MARIA BELEN RENTERIA LANDIVAR, en la dirección indicada, al tenor de lo dispuesto en el artículo 55 del COGEP, a través de la Oficina de Citaciones del Consejo de la Judicatura. Para lo cual, el compareciente deberá acudir a esta Unidad Judicial a sacar las copias necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto. 3.- ANUNCIO DE PRUEBA.- DOCUMENTAL: Oficio de terminación de contrato, Aviso de salida IESS.- 4.- Téngase en cuenta la cuantía y procedimiento señalado.- Téngase en cuenta el correo electrónico señalados por el actor, asi como la designación a su defensor técnico; y, b) Incorpórese a los autos los oficios remitidos

por el Ministerio de Defensa Nacional con su anexo y por la ESPE, mismos que se ponen en conocimiento de las partes procesales quienes de creer pertinente deberán acudir a esta Unidad Judicial a verificarlos.- NOTIFÍQUESE. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI. PROVINCIA.- Rumiñahui, jueves 12 de julio del 2018, las 13h44, Por cumplido con lo dispuesto en el decreto de fecha 20 de Junio del 2018, las 13h15, se DISPONE: CÍTESE POR LA PRENSA a la señora MARIA BELEN RENTERIA LANDIVAR, al tenor de lo que dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Proceso, esto es, mediante tres publicaciones que se realizará en 3 fechas distintas, en un periódico de amplia circulación, previniéndole de su obligación de comparecer a juicio, señalar casilla judicial para notificaciones y que en caso de no hacerlo se procederá en rebeldía para cuyo efecto el señor actuario deberá entregar el extracto de la demanda correspondiente.CÍTESE y NOTIFÍQUESE.- . ABG. JOHANNA HERRERA T SECRETARIA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI PROVINCIA DE PICHINCHA Hay Firma y Sello PAP/71167/AS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: RERI ERNESTO YUMISEVA, HERMIS ALICIA CABRERA SILVA, MARIA BELEN YUMISEVA CABRERA Y CARLOS ANDRES YUMISEVA CABRERA ACTOR: BRITO URIARTE GEOVANNY PATRICIO, en calidad de ADMINISTRADOR DEL EDIFICIO BRITO DEMANDADOS: RERI ERNESTO YUMISEVA, HERMIS ALICIA CABRERA SILVA, MARIA BELEN YUMISEVA CABRERA Y CARLOS ANDRES YUMISEVA CABRERA JUICIO No. 17230-2018-02608 TRAMITE: MONITORIO FECHA DE INICIO: 28/02/2018 CUANTIA: $ 5.753,52 JUEZ PONENTE: DRA. LIZBETH RON CADENA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 6 de marzo del 2018, las 16h04, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, mediante sorteo de ley efectuado.- En lo principal: se dispone: PRIMERO: La demanda presentada por el señor: GEOVANNY PATRICIO BRITO URIARTE, en calidad de Administrador del Edificio Brito, es clara, precisa y cumple con los requisitos determinados en los Arts. 142, 143 y 357 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), y está fundamentada en documentos previstos en el numeral 3 del Art. 356 ibídem; por lo que, se la admite a trámite mediante procedimiento monitorio.SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el Art. 358 del COGEP, se dispone que los demandados señores: RERI ERNESTO YUMISEVA, HERMIS ALICIA CABRERA SILVA, MARIA BELEN YUMISEVA CABRERA Y CARLOS ANDRES YUMISEVA CABRERA, en

el término de QUINCE (15) días contados a partir de la citación, pague la obligación demandada por concepto de pago de alícuotas, por el valor de USD $ 5.753.52 ( CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 52/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), o proponga las excepciones de las que se crea asistido. Bajo la prevención de que, en caso de no comparecer dentro del término concedido o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto interlocutorio quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el inciso tercero del Art. 358 del COGEP que ordena: “Si la o el deudor no comparece dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el auto interlocutorio al que se refiere el inciso primero quedará en firme, tendrá el efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución, (…)”; caso en el cual, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 360 ibídem, además se deberá cancelar el máximo interés convencional y de mora, sobre el capital, calculado a la tasa fijada por el organismo regulador del sistema monetario y financiero, de acuerdo al segmento de crédito, que se generen desde la citación con la demanda.Valores que serán liquidados pericialmente.- TERCERO: CÍTESE con el contenido de la demanda y este auto interlocutorio de pago a los demandados señores: RERI ERNESTO YUMISEVA, HERMIS ALICIA CABRERA SILVA, MARIA BELEN YUMISEVA CABRERA Y CARLOS ANDRES YUMISEVA CABRERA, en el lugar señalado en el escrito de aclaración de la demanda; debiendo remitirse las boletas de citación a la oficina correspondiente, a fin de que se cite a la parte demandada en la forma prevista por los Arts. 53 y siguientes del COGEP; previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial y/o electrónico. Para el efecto la actora deberá proveer de las copias necesarias.- CUARTO: Considérese el anuncio de prueba realizado en la demanda, para lo cual se observará lo previsto en los Arts. 160, 161 y 359 ibídem, en el evento de que se formule oposición.- QUINTO: Agréguese al expediente los documentos acompañados a la demanda; téngase en cuenta la cuantía fijada, la casilla judicial y electrónica señalada por el actor para sus notificaciones y la autorización que confiere a su defensora técnica.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Lizbeth Ron Cadena, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 17 de julio del 2018, las 13h51, VISTOS:.- De conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese a los demandados: RERI ERNESTO YUMISEVA, HERMIS ALICIA CABRERA SILVA, MARIA BELEN YUMISEVA CABRERA Y CARLOS ANDRES YUMISEVA CABRERA, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Lizbeth Ron Cadena, Jueza. Lo que comunico y cito a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.Quito, 20 de julio del 2018. Certifico.DR. PAUL ANDRES TAPIA SECRETARIO Hay Firma y Sello PAP/71179/AS

Sólo puede ser feliz siempre el que sepa ser feliz con todo. ConfuCio. Pensador chino. CASILLA: 3217 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE EL CANTON QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR GALO CRISTOBAL MALDONADO PEREZ EXTRACTO CAUSA: PARTICION DE BIENES Nro. DE JUICIO: 17203-201344576 ACTOR: GALO CRISTOBAL MALDONADO PEREZ DEMANDADA: SOFIA CARRILLO JUEZA AB. HENNY BARRAGAN DEL POZO PROVIDENCIA Dentro de la causa No. 172032013-44576, seguida por GALO CRISTOBAL MALDONADO PEREZ en contra de SOFIA CARRILLO se ha dictado lo que sigue: UNIDAD ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE EL CANTON QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 13 de julio del 2018, las 14h18, Atento al estado de la causa, y por cuanto a fojas 229 obra de autos el Acta de Defunción del señor GALO CRISTOBAL MALDONADO PEREZ, y de conformidad al Art. 83 que señala: “ Cuando falleciere alguno de los litigantes, se notificará a sus herederos para que comparezcan al juicio. A quienes fueren conocidos se les notificará en persona o por una sola boleta, y a quienes fueren desconocidos o no se pudiere determinar su residencia, mediante una sola publicación en la forma y con los efectos señalados por el Art. 82. La notificación se hará con la providencia en que se dispone contar con los herederos en el juicio. La publicación por la prensa contendrá únicamente un extracto de aquella.”, en virtud de aquello, cítese a los herederos presuntos y desconocidos del causante señor GALO CRISTOBAL MALDONADO PEREZ, mediante una publicación por la prensa.- Remítase suficiente extracto.- Lo manifestado por el Arq. Clemente Chamorro, se proveerá en el momento procesal oportuno.NOTIFIQUESE.Lo que comunico a usted para los fines de ley. Ab. Jessica Ramirez Encalada Secretaria Encargada Hay Firma y Sello PAP/71180/AS EXTRACTO NOTARIA SEXAGÉSIMA SEXTA DEL CANTÓN QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública Número 20181701066P02702, otorgada ante la Magíster Mónica Castillo Salazar, Notaria Sexagésima Sexta de Quito, el dos de julio del dos mil dieciocho, los señores Teresa Eugenia Carrillo Subía y Pico Oliveros Olmedo Sierra, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, la misma que fuera disuelta mediante Acta Notarial celebrada ante el Notario Vigésimo Séptimo de Quito el once de octubre del año dos mil dos, y debidamente inscrita en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación el doce de noviembre del

dos mil dos. Adjudicándose a favor de la señora Teresa Eugenia Carrillo Subía el Lote de Terreno desmembrado de uno de mayor extensión, signado con el número DOS, de la ciudadela Chiriacu, de la parroquia Eloy Alfaro, de este cantón, adquirido a los cónyuges Carlos Alfonso Sánchez y Tránsito Emilia Sierra, mediante compraventa según escritura pública otorgada el treinta y uno de octubre de mil novecientos ochenta y seis ante el Doctor Nelson Galarza Paz, Notario Décimo Séptimo del Cantón Quito, e inscrita el trece de noviembre de mil novecientos ochenta y seis; por lo que en aplicación de lo dispuesto en el numeral veintitrés el artículo dieciocho de la Ley Notarial, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal de los señores Teresa Eugenia Carrillo Subía y Pico Oliveros Olmedo Sierra, por el término de veinte días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento del público para los fines legales correspondientes. Quito, 10 de julio del 2018. LL.M. AB. MÓNICA CASTILLO SALAZAR NOTARIA SEXAGÉSIMA SEXTA DE QUITO Hay Firma y Sello PAR/109253/AS

ANULACIONES

BANCO RUMIÑAHUI QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8267641800 Nro. Cartola 18395090014 Cliente RAMIREZ GORDILLO, ZULMADELY del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8235394000 Nro. Cartola 18237520228 Cliente REYNA GONZALES, JOSELUIS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8045777200 Nro. Cartola 16660400264 Cliente LLERENA MORILLO, JORGE-NAPOLEON del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8049380100 Nro. Cartola 17201970492 Cliente LASSO RODRIGUEZ, PEDRO-MANUEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la

última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8237262200 Nro. Cartola 18254370358 Cliente TAIPE FREIRE, MARIANAALEXANDRA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8163029500 Nro. Cartola 17690810019 Cliente NARANJO PANTOJA, VERONICA-PATRICIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8201359900 Nro. Cartola 18038350064 Cliente SANCHEZ CUENCA, DIANA-GABRIELA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8336857000 Nro. Cartola 18774710075 Cliente SILVA BUCHELI, JULIA-GUADALUPE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8146283500 Nro. Cartola 17494560067 Cliente CARRERA ANCHATUNA, EDISON-ROBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8283297000 Nro. Cartola 18464900119 Cliente ESPINOSA CANDO, LUIS-ANIBAL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8033535100 Nro. Cartola 16564350268 Cliente TANDAZO DIAZ, JOSE-LAURO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8158071400 Nro. Cartola 17636170064 Cliente VASCONEZ EGRED, JUANCARLOS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8221506800 Nro. Cartola 18164730089 Cliente MUNOZ LANDAZURI, MARIA-AUGUSTA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8207560900 Nro. Cartola 18077890335 Cliente ZEAS BARRERA, FRANKLIN-EDUARDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar den-

tro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8330080800 Nro. Cartola 18742830005 Cliente LOJAN CORTEZ, OMAR-ANGEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8290698200 Nro. Cartola 18494480066 Cliente CHICAIZA DURAZNO, MICHELLE-CAROLINA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8160737700 Nro. Cartola 17665290197 Cliente ALMEIDA ARTEAGA, MARCOALEXIS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8325377200 Nro. Cartola 18707760007 Cliente CASTILLO ABAD, ALBA-VICTORIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8184050600 Nro. Cartola 17906460294 Cliente PAREDES CORDERO, FREDDY-WILO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (19)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8291088300 Nro. Cartola 18497480030 Cliente BOLANOS MOSCOSO, CARLOS-HUMBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8149739700 Nro. Cartola 17536970092 Cliente DURAZNO ENRIQUEZ, LIDIAJOSETH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8148068700 Nro. Cartola 17526010743 Cliente MAZA SARANGO, JIMMY-ALEXANDER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (22)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8064254900 Nro. Cartola 16591440645 Cliente LOPEZ DIAZ, EDWINHERMOGENES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (23)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8375622100 Nro. Cartola 19035870013 Cliente QUISHPE CHOLOPATIN, MARCO-ANTONIO del Banco

Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (24)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8220286800 Nro. Cartola 18155760145 Cliente OLMEDO MARTINEZ, PAMELA-LICET del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8027909500 Nro. Cartola 17337570489 Cliente ESPINOZA CARDENAS, OSCAR-MAURICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (26)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8077814100 Nro. Cartola 17155900289 Cliente REASCOS TIRIRA, CRISTHIAN-HUMBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (27)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8067205200 Nro. Cartola 16771260383 Cliente HIDALGO VACA, JOSEJACOBO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (28)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8256832500 Nro. Cartola 18334700343 Cliente TORRES ALCIVAR, MARIA-ALEXANDRA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (29)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8022240400 Nro. Cartola 17365390115 Cliente RODRIGUEZ, GLORIAMARQUEZA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (30)NR

BANCO PROCREDIT Banco Procredit S.A. Pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida del Certificado a Plazo fijo 0602010254495 a nombre de CEDEÑO MURILLO HERACITA YOLANDA CC 1302571607 PAR/109145/AT

ANULACIONES VARIAS Se anula la libreta de ahorros No. 407-11-004433-8, Cooperativa Atuntaqui, perteneciente a Susana del Rosario Terán Perugachi PAC110557fa ======== AVISO De conformidad con lo dispuesto en el Art. 197 de la Ley de Compañías vigente, se comunica que los Títulos - Acción del Banco de la Producción S.A. PRODUBANCO Nos 6068 - 6571se han extraviado. En consecuencia, dichos títulos carecen de validez. PAP/71166/AS =======


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