Artigas, El Mar y los Rios

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La prevención contra el autoritarismo porteño asoma también en la cláusula que prohíbe toda preferencia “…a los puertos de una provincia sobre la otra…”, ya fuere por la “regulación del comercio” o por cualquier prioridad de naturaleza mercantil, pero también la que derivara de la administración de la renta aduanera. Porque justamente era a través de ésta que el patriciado porteño sujetaba al interior a su dependencia e imponía sus precios al productor de las provincias. El privilegio portuario generaba el privilegio en materia de rentas y éstas, en manos del Estado, eran un formidable instrumento. El sector portuario porteño quería colocar el aparato estatal a su servicio. Artigas, avizorando el peligro, pretendía abatir ambos privilegios para colocar la economía al servicio de la comunidad. Pero también postulan las Instrucciones el principio de la libre navegación de los ríos y reclaman otros derechos de las provincias en materia financiera, que si bien no tiene la trascendencia de los de aduana marcan el respeto por las autonomías y el peligro de una centralización que amenaza el monopolio. (10) El 1º de junio presentaron sus poderes los diputados orientales; y la Asamblea, en sesión secreta resolvió ese día su rechazo a pretexto de que aquellos habían presentado como única credencial, las actas de aviso en que se les anunciaba su designación. De ese modo la Asamblea se desentendía de todos los otros documentos, que eran los fundamentales, como si ellos no hubieran existido. La diputación oriental, no se dio, por vencida, y a los pocos días se dirigió al Secretario de la Asamblea insistiendo en la legalidad de sus poderes y solicitando que en caso de no admitírselo se les devolvieran los papeles presentados. El 11 de junio se pone a consideración de la asamblea la insistencia de la diputación oriental renovándose el debate sobre el particular. Por estas consideraciones ampliadas en el debate y dado el punto por suficientemente discutido, fue aprobado el siguiente decreto: “La Asamblea General ordena que se devuelvan por el Secretario en copia certificada, los documentos que han presentado para incorporarse los cinco individuos, que como electos en la Banda oriental, los han exhibido, por no hallarse bastante al indicado efecto, quedando por ahora en Secretaría los originales. Vicente López, Presidente; Hipólito Vieytes, Diputado Secretario”. Baste decir entonces, que los pueblos orientales no estuvieron representados en ninguna de las dos grandes asambleas de la primera década revolucionaria, y que su influencia institucional estuvo fuera del recinto cerrado de los Congresos, actúo sobre el pensamiento localista de las provincias y luchó y triunfó en los campos de batalla, antes que en las constituciones escritas. En veinte “instrucciones” se resumió el mandato de los diputados electos: anotaremos las correspondientes a los puertos. Art 12 “Qué el puerto de Maldonado sea libre para todos los buques que concurran a la introducción de efectos y exportación de frutos, poniéndose la correspondiente aduana en aquel pueblo; pidiendo al efecto se oficie al

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