Artigas, El Mar y los Rios

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EL CONGRESO DE ABRIL De vuelta del ÉXODO estuvieron dadas las condiciones para que Artigas concretase en forma orgánica y por primera vez, su ideario político. La oportunidad se presentó al iniciarse el segundo sitio de Montevideo en 1812 y a comienzos, cuando un nuevo gobierno de Buenos Aires convocó a la Asamblea general Constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata, instalándose el 31 de enero de 1813 para tratar la gran reforma del régimen indiano. En marzo de 1813 se pidió a los pueblos orientales, que no estaban representados en la Asamblea, el reconocimiento de ésta en tanto el ejército sitiador de Montevideo recibió orden de jurar acatamiento al Jefe de los Orientales. Artigas creyó que el acto sería demasiado grave para realizarlo sin previo acuerdo popular, ya que los sucesos pasados exigían serias garantías futuras, y desde que los pueblos orientales carecían de representación en el seno de la asamblea de Buenos Aires.(2) Para ello Artigas convocó a los pueblos de la Banda oriental y reunidos sus representantes, en la sesión del 5 de abril de ese año, les dirigió lo que el mismo llamara más tarde “la oración inaugural”: ”…Mi autoridad emana de vosotros y ella cesa por vuestra presencia soberana…”. Con estas palabras, el Jefe sin par, el Caudillo elegido por los orientales para salvarlos en la hora difícil, declina su poder ante la majestad de la soberanía popular y se somete a la decisión de los pueblos. Y agrega, aunque pueda parecer redundante: ”…porque yo ofendería altamente vuestro carácter y el mío (…) vulneraría vuestros sagrados derechos, si pasase a resolver por mí una materia reservada sólo a vosotros…”. Pero, conciente de su responsabilidad como conductor plantea la posible actitud frente a la asamblea tantas veces anunciada. Encarece la necesidad de tomar precauciones porque “…estamos aún bajo la fe de los hombres y no aparecen las seguridades del contrato” y es preciso buscar “una salvaguardia al derecho popular…”. Mientras la Constitución – supremo freno- no existiera, había que establecer garantías mediante un pacto, que garantizase las consecuencias del reconocimiento. Así habló Artigas a los Congresales de abril, exponiendo razones, adoctrinando, invocando las duras experiencias vividas, pero sin pretender ser el único dueño de la verdad. De su discurso trasciende con claridad las dos fundamentaciones básicas: el respeto, por parte de la Asamblea General a la soberanía de su pueblo y la afirmación de la unidad rioplatense, consolidada mediante una constitución, y asegurada, mientras ésta faltase, por un pacto que permitiera armonizar la soberanía popular de los pueblos con la imprescindible unidad del todo nacional. El documento ilustra asimismo, el concepto que tenía Artigas sobre la representación de la soberanía en tres grados: en la base LOS PUEBLOS, es decir las ciudades, las villas y pueblos de la Banda que, por el voto de sus diputados concurrían a formar la voluntad oriental; luego LA PROVINCIA, “compuesta de pueblos libres”.; finalmente ,”LA CONFEDERACION

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