Aportes a la historia de la marina de guerra nacional ROU

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Este nuevo cargo trae sin duda, aparejada muchas responsabilidades, pero unidas a ellas están las justas recompensas para los que sepan unir a una constante aplicación, condiciones de perseverante rectitud, justicia y obediencia. Art. 4º - Quedando por llenar otras vacantes de cabos, estimula a aquellos subordinados a aplicarse a dedicar sus ratos de ocio a prepararse para alcanzar a fin de mes, ante un nuevo tribunal examinador, el premio a su aplicación y buena conducta. El Comandante , José Aguiar. ORDEN DEL BUQUE - A bordo, Febrero 23 de 1913.- Art. 1º - Siendo deber del que suscribe alentar y recompensar a aquellos que, por su dedicación y comportamiento se hagan dignos de premios y reconocimientos y que los cabos Valentín Cadenas, Silvio Alonzo y Laureano Arroyo, además de su dedicación ejemplar observan una conducta encomiable, dispone: Art. 2º - Reconózcase a los cabos foguistas de primera clase, Valentín Cadenas, Silvio Alonzo y Laureano Arroyo, como sub-oficiales honorarios con todos los derechos que dá su nueva jerarquía. El Comandante , José Aguiar. ORDEN DEL BUQUE.- Art. 1º - Montevideo, Marzo de 1913.- En vista de los resultados obtenidos en los exámenes rendidos para llenar las vacantes de cabos de cañón de 2ª clase y marineros de 1ª clase, el que suscribe dispone: Art. 2º - Reconózcase como cabos de cañón de 2ª clase a los marineros de 1ª, Ramón Rodríguez, Próspero Ricaud, Germán Reyes y Julián Ojeda y como marineros de 1ª a los de 2ª Joaquín Custodio, Narciso Zalasar, Aniceto Rasquin, Rosario Saldivia, Jesús Amor, Benjamín Muiños, Manuel López, Alberto de María, Luis Mazzaro y Alfredo Alvariza. Art. 3º - Hace al mismo tiempo presente, a los cabos agraciados, que ha visto con satisfacción el resultado obtenido en la prueba a que fueron sometidos, y una vez más, les hace presente la corrección y comportamiento que deben observar en sus nuevos cargos, teniendo en cuenta la misión importantísima que respecto de la disciplina se les confía- Art. 3º - Los tripulantes de este buque, al reconocer a los cabos nombrados, tengan presente que deben obedecerlos y respetarlos en todo acto del servicio y fuera de él. Lo que se hace saber a esta dotación. El Comandante , José Aguiar. ORDEN DEL BUQUE.- A bordo, marzo 15 de 1913.- Con el fin de uniformar las voces de mando y los honores que los patrones de botes están obligados a practicar, el que suscribe dispone: Art. 1º - Los patrones de bote, en el desempeño de sus funciones como tales, no podrán, bajo ningún concepto, dar otras voces de mando que las autorizadas por el reglamento dictado por el Comandancia de este buque y que son las establecidas por la Superioridad. Art. 2º - Nadie podrá cambiar nada absolutamente de las disposiciones que desde hoy, quedan en vigencia y los patrones serán responsables del estricto cumplimiento de cuanto queda ordenado. El Comadante, José Aguiar. ORDEN DEL BUQUE.- Como resultado de los exámenes rendidos en el día de hoy por el personal de marinería de este buque, el comandante del expresado dispone: Art. 1º - Reconózcase como cabo de mar de 2ª clase, al marinero de 1ª, Carlos Muñoz. Art. 2º - Comuníquese a quienes corresponda. El comandante José Aguiar. ORDEN DEL BUQUE.- El Comandante que suscribe, tiene verdadera satisfacción de felicitar al personal ascendido con motivo de los recientes exámenes de sub-Oficiales y Cabos, y los exhorta al estudio y buena comportación, base de la disciplina militar, lamentando que la conducta observada por algunos de los examinados haya retardado su ascenso. Presenta asimismo, sus felicitaciones a los Sres. Oficiales de cargo, Carlos Baldomir, Héctor Luisi, Carlos A. Olivieri, 1er. Contramaestre Pedro Beretervide y Condestable Manuel López, por la inteligencia y dedicación demostrada en la instrucción del personal a sus órdenes. Lo que hace saber al personal del buque a sus efectos. El Comandante , José Aguiar. ORDEN DEL BUQUE.- A bordo, abril 2 de 1913.- El Comandante que suscribe, hace saber: Art. 1º Habiendo sido visto el cabo de cañón de 1ª clase, Francisco Señorans, que se encontraba faltando a la licencia, en compañía de dos marineros de este buque subordinados directos suyos que cometían igual falta, por cuyo motivo el cabo Señorans se ha hecho reo de los delitos previstos en el Capítulo 3º del Código Militar, de cómplices e o encubridores de faltas de un subalterno, así como también ha faltado 24 horas a la licencia que le fuera concedida, falta que no es posible tolerar en un cabo de 1ª clase que debe ser en todo momento un exponente de disciplina y corrección. Reunido el consejo de este buque, compuesto por el Comandante que suscribe, por el 2º Comandante, por el Tte. de Navío Máximo Santos y por los Alfereces de

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