Contacto 140

Page 1

DIRECTOR: Francisco Bocángel Sánchez

A SOLO

S/. 1.00

BLOG: www.issuu.com/contactolimanorte

AGOSTO / SEPTIEMBRE 2018

N° 140

Al descubierto:

Habría cometido delito contra la fe pública y sería excluido de proceso electoral. Todos los “detalles” en esta edición sobre la empresa “secreta” del candidato y que hizo millonarios contratos a municipalidades junto al “socio” que le recogió la basura cuando él fue alcalde!

Pág. 1

MONZON MINTIÓ AL JNE EN HOJA DE VIDA


INCENDIO DEL “C.C NICOLINI” CERCADO DE LIMA JUNIO 2017

¿Estabilidad laboral o informalidad, delincuencia, esclavitud y muerte? Por Eduardo Arnillas, columnista invitado.

Francisco José Bocángel Sánchez Director - Fundador

EDITORIAL

¿Qué parte de estas imágenes no entendimos? PROLOGO de

Pág. 2

Francisco José Bocángel Sánchez Este comentario realizado por un extraordinario economista como lo es Eduardo Arnillas de la Pontificia Universidad Católica, con un Sloan Master en London Business School y que tiene más de 30 años de experiencia como empresario en el sector exportador textil del Perú, nos habla oportunamente de un tema que aquí en esta revista nos inquieta: La Informalidad creciente e insistente en Puente Piedra. Una “costumbre” que mata o produce desolación y más pobreza y miseria a los empresarios “chicha” que lo ejercen con total impunidad y que sin embargo, como un caso reciente de un conocido mercado local que se incendió, siguen insistiendo con lo mismo. En donde, a pesar de tener 20 AÑOS

y varios ofrecimientos de empresas inmobiliarias, constructoras y financieras con propuestas serias para hacer un Gran MALL no quieren hacerlo. Pero si quieren seguir en lo mismo… hasta el próximo incendio que Dios no quiera. Por lo que este comentario viene justo y por ello ocupa nuestro Editorial de este mes con tan magnífico invitado.

¿No ha sido suficiente la espantosa muerte de Jovi Herrera y José Luis Huamán encerrados en un contenedor de metal en Las Malvinas?, ¿es ése el futuro que les damos a nuestros hijos?, ¿que trabajen en la informalidad y sean tratados como esclavos? (Y yo le agregaría ¿No ha sido suficiente el terrible incendio que destrozó el 70% de nuestro querido vecino el Mercado Monumental en Puente Piedra causado por un curandero informal? ¿Es ESE el futuro que les damos a nuestros hijos? ¿Qué por culpa de la INFORMALIDAD tantos se hayan perjudicados y que -afortunadamente por ahora- no haya habido víctimas? Pero más aún ¿Es justo que los empresarios del Mercado Monumental quieran insistir en lo mismo?... Nota del Director, ahora si continuemos con el artículo de su autor). No se confundan, estos no son “empresarios” son un grupo de informales convertidos en delincuentes, esclavizan a los trabajadores y son finalmente homicidas por negligencia ¿y nosotros podemos dormir tranquilos. Pero analicemos algunos de los verdaderos casos de éxito

1. Exportación de prendas de vestir De los US$ 76,000 millones (US$ 76 billones) que EEUU importó en prendas de vestir durante el 2017, US$ 37 billones fueron en prendas 100% algodón y el ranking por países es el siguiente: Si ordenamos las exportaciones de prendas de vestir por el precio unitario del

“metro cuadrado equivalente” (siglas en inglés: SME que permite comparar a los países), nos encontramos con el siguiente asombroso resultado: El Perú es el primer exportador del mundo de prendas de vestir de algodón de alto valor agregado. Seamos claros, somos los mejores. Vendemos a Lacoste, Hugo Boss, Giorgio Armani, Polo Ralph Lauren, Nike, Burberry, Life is Good, Land´s End, Calvin Klein, Under Armour, entre otras marcas de lujo. ¿Cómo ha sido posible este extraordinario resultado? Y cuidado con el mito: “por el excelente algodón peruano”. Todo


INCENDIO DE “EL MONUMENTAL” PUENTE PIEDRA MAYO 2018

2. Exportación de productos agroindustriales Somos el primer exportador del mundo de espárragos y de banano orgánico; el 2° en paltas y alcachofas y para el 2023 proyectamos ser el 2° exportador del mundo en mangos y arándanos y 3° en uvas. Este fabuloso resultado, además de combinar alta tecnología y elevada productividad de la mano de obra del sector, tiene una ventaja competitiva en la tierra y el clima de la costa peruana. Gracias a la agro exportación, departamentos como

Ica, por ejemplo, alcanzan niveles de pleno empleo formal. Ahora bien, ¿qué tienen en común las exportaciones de prendas de vestir y las agro exportaciones? ¡La flexibilidad laboral! Y esto coincide con un concepto que se puso de moda en nuestra sociedad hace poco, pero que en realidad viene de la antigua Grecia: “Lo único permanente es el cambio”, es decir: “lo único estable es lo flexible”. Mientras tanto muchos líderes políticos, gremiales, mediáticos, congresistas y otros, proponen absurdos como: •“Hay que preservar la estabilidad laboral” ¿estabilidad? Señores el mundo está siendo más disruptivo que nunca. La globalización y el Internet (Google, Facebook, Amazon, Apple, Twitter, Samsung, Uber, Airbnb, otros) han cambiado y seguirán cambiando todas las reglas de juego, todos los negocios y, por tanto, todos los puestos de trabajo. Muchas son las oportunidades que el Perú debería aprovechar usando el Internet (como en educación, por ejemplo) para cerrar la brecha de infraestructura.

CONTINÚA EN (PAG. 4)...

Pág. 3

lo contrario, el algodón peruano es de una calidad muy buena, pero es escaso y caro y, por lo tanto, es a pesar del algodón peruano que hemos sido capaces de generar este alto valor agregado. Somos los mejores por una combinación correcta de: (1) alta tecnología y (2) elevada productividad de la mano de obra en el sector textil. Todo ello a pesar de la baja productividad del Perú como país. Es el resultado de un correcto “pacto social” entre los emprendedores textiles y los trabajadores textiles.

•“Hay que promover el empleo juvenil, daremos facilidad para contratar y que el estado subvencione los sobrecostos laborales”, ¿entonces hay sobrecostos laborales? ¿y para evitarlos hay que subvencionar? ¿y por qué no revisamos y flexibilizamos los sobrecostos laborales en lugar de subvencionarlos? el mundo está yendo por otro lado y muy rápido. •“Hay que crear un seguro de desempleo”, ¿qué seguro de desempleo vamos a crear si no podemos generar empleo? Una vez creado esto tendría sentido. Absurdos como éstos solo significa condenar a nuestros hijos a la ignorancia y la miseria. Una vez más los líderes políticos le dan demagógica y populista espalda a la realidad. ¿Y además quiénes somos nosotros para decir que nuestros hijos quieren estabilidad laboral?, lo que los jóvenes quieren es: En primer lugar, conseguir un trabajo digno, además, horarios flexibles, emprender negocios, aventurarse en “start-ups”, aprender en un trabajo, cambiarse a otro, viajar. Los jóvenes privilegian el cuidado del medio ambiente, la ecología y quieren trabajar libremente en empresas que tengan esos valores y necesitan oportunidades de trabajo formales y seguras. Lo que los jóvenes necesitan son oportunidades laborales, no estabilidad laboral; necesitan que los dejemos ser libres y no que les pongamos obstáculos, que no los empujemos a la informalidad y a la delincuencia. Tenemos que entender que la “estabilidad laboral” significa la “oportunidad de encontrar trabajo siempre”. El mejor ejemplo lo dan los anglosajones con la crisis financiera del 2008/2009 -originada en


EDITORIAL / AGOSTO / SEPTIEMBRE 2018

el sistema financiero de EEUU- ¿por qué a los pocos años de la crisis el desempleo en EEUU y el Reino Unido se redujo a solo 5% (considerado pleno empleo) mientras que en España llegó a 25% (y 50% en el caso de los jóvenes)? las rigideces laborales en España empujaron a sus jóvenes (y a algunos no tan jóvenes) a dejar su país –y nos consta, hay muchos españoles y bastantes de ellos bien calificados en Perú. Las flexibilidades laborales de Inglaterra, Estados Unidos, Australia y de varios otros países con regímenes laborales flexibles les permiten recuperarse pronto y llegar al pleno empleo formal y seguro. Y son economías donde todos pagan impuestos. En el 2017 se cumplieron los 100 años de la revolución Bolchevique en la que desaparece el imperio Ruso (los Zares) y a los pocos años se crearía la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS). Rusia no festejó su aniversario. Mientras tanto Finlandia sí celebró sus 100 años de independencia, liberándose justamente de los soviéticos y ¡vaya que los finlandeses viven mucho mejor que los rusos! Este 2018 se cumplirán los 50 años del golpe de estado que dio en el Perú el general Juan Velasco Alvarado responsable de implementar el equivocado concepto de estabilidad laboral, luego refrendado por el nefasto primer gobierno de Alan García. ¿Por qué no aprovechamos para (1) no celebrarlo y (2) desterrar de una vez por todas, el concepto de estabilidad laboral absoluta que es la peor tara que arrastramos

E-mail: informativocontacto@gmail.com Web: www.revistacontacto.wordpress.com http://issuu.com/contactolimanorte Edición N° 140 - AGOSTO / SEPTIEMBRE 2018 Director General

Pág. 4

FRANCISCO JOSÉ BOCÁNGEL SÁNCHEZ Defensa Legal

INSTITUTO PRENSA Y SOCIEDAD (IPYS) ESTUDIO LUIS CAMACHO REYNOSO ABOGADOS

desde hace 50 años? Logramos vencer al terrorismo y a la crisis económica, hoy tenemos nuevos retos frente a la informalidad, corrupción y delincuencia. El equivocado concepto de la estabilidad laboral es la principal causa de no poder resolver los peores males de nuestra sociedad. Regresando a los comprobados éxitos peruanos (textil y agroexportador) dos datos adicionales (1) la prestigiosa marca “LACOSTE” tiene solo tres plataformas (oficinas centrales) en el mundo: Francia, China y Perú. Dentro del ranking de “Top 5” fábricas en el mundo de prendas de algodón de LACOSTE, hay dos empresas peruanas (sí, dos empresas peruanas dentro de las 5 mejores fábricas del mundo). Una fundada en 1965 (hace 53 años) y la otra fundada en 1987 (hace 31 años). ¿Alguna duda que estabilidad laboral significa “la oportunidad de encontrar trabajo para siempre”? Estas dos empresas, hace décadas que generan unos 5,000 empleos directos con trabajadores que han tenido trabajo estable por muchos años, han educado a sus hijos y se han jubilado con todos sus derechos laborales; (2) según información de la SUNAT el Perú exporta frutas y hortalizas frescas a más de 90 países en los cinco continentes generando empleo a 809,000 personas. Es decir, somos capaces de producir vestido y alimento para las mejores marcas del mundo, pero no somos capaces de generar trabajo para dar vestido y alimento a nuestro propio pueblo, ¡qué vergüenza! De acuerdo con

Apoyo Consultoría en la cadena textil hay 140,000 empleos directos en los productores de fibra; 30,000 en diseño y 230,000 en confecciones; un total de 400,000 personas, pero aún con un alto índice de informalidad en el mercado local. Los exportadores en cambio son 100% formales y con la flexibilidad laboral requerida este sector en su conjunto podría generar 200,000 empleos formales al año. Recordemos que la Población Económicamente Activa (PEA) en el Perú es de 16 millones de personas de las cuales 11´644,700 (INEI 2015) laboran en el sector informal y sólo 4´288,000 en el sector formal. Dicho de otra manera, solo agroindustria y textil -que además promueven la verdadera descentralización- prácticamente generan 1´000,000 de puestos de trabajo formales o ¡casi la cuarta parte del empleo formal en el Perú! El “Ministerio del Trabajo y Promoción del Empleo” lo debemos reemplazar por el “Ministerio de la Formalidad y la Seguridad de los Trabajadores”. Es ridículo que los peruanos nos sintamos orgullosos porque hace como 20 años que nuestro PBI crece a tasas de más de 6% al año y nuestro nivel de informalidad ¡sigue en 73%! ¿Hay alguna probabilidad que le demos educación, salud, seguridad y facilidades para vivienda a los peruanos teniendo tanta informalidad? ¡Ninguna! Por favor, es momento de un cambio radical en nuestra interpretación de lo que debemos entender por estabilidad laboral, es el momento de un “Youthquake” (elegida por el diccionario de Oxford como la palabra del año 2017) y definida como: “un significativo cambio cultural, político o social por el surgimiento de acciones o influencia de gente joven”. Y son los jóvenes los que deben elevar la voz porque nuestros políticos tradicionales no lo entienden y no lo van a entender. ¡Necesitamos un terremoto de juventud!

Eduardo Arnillas es economista de la Pontificia Universidad Católica y tiene un Sloan Master en London Business School. Tiene más de 30 años de experiencia como empresario en el sector exportador textil del Perú.

COLABORADORES: FREDDY QUEVEDO MACUADO, ANTONIO VÁSQUEZ

DISEÑO GRAFICO E ILUSTRACIONES:

FOTOGRAFÍA Y EDICIÓN DE VIDEOS: AGUSTIN ESTELA

Av. Buenos Aires 1005 - Int. E9 / AVITUNI Puente Piedra

PUBLICIDAD / VENTAS

DENUNCIAS / PUBLICIDAD:

MANUEL LOZANO HUILCA, ALEJANDRA GUZMÁN GÓMEZ, ELSA J. ACURERO MARTÍNEZ GIOVANNY ROJO OCHARÁN TRANSPORTE

JUAN CHERO CARLOS BUSTAMANTE

VICTOR EDUARDO TERÁN Oficina de Redacción

(Whatsapp) : (+51) 927 390 436 / (01)540 - 85 09 DEPÓSITO LEGAL 2004-5440


Pรกg. 5


LOCALES / AGOSTO / SEPTIEMBRE 2018

Pág. 6

MUNICIPALIDAD DE LIMA (NO MILTON ) DESALOJA AMBULANTES QUE TOMARON “LA TROCHA” SOLO QUE… ¿HASTA CUANDO? La Municipalidad de Lima a través de la Gerencia de Fiscalización y Control realizó un operativo de desalojo a los ambulantes informales que permanecían a lo largo de la pared de la fábrica Kimberly Clark desde hace meses y ante la inacción y complacencia de la municipalidad de Puente Piedra que permitió y aún permite el inmenso desorden y caos en sus calles y avenidas, solo que el “pretexto” esta vez era que “Nadie le dio la Licencia de funcionamiento a esos informales”… pero sin embargo, los puestos de esos ambulantes venían siendo alquilados descaradamente por un sujeto no identificado que cobraba entre 500 y 1,500 soles mensuales a través de una tal “Olga” a quien religiosamente pagaban. Todo este desbarajuste y desorden fue puesto en conocimiento muchas veces a la Municipalidad de Puente Piedra. Inclusive los comerciantes del Mercado Monumental tuvieron que hacer una marcha de protesta por la competencia desleal en este lugar y así se lo hicieron saber al Alcalde Milton Jiménez… pero este…NADA. Además un informe de Defensa Civil declaraba la zona de alto riesgo para la vida de todos, por los balones de gas y conexiones clandestinas de electricidad pero que, sin embargo, la Municipalidad de Puente Piedra y su “Experimentado” alcalde (Pues tiene ya tres periodos) “respondió”… cobrándoles S/. 0.80 CÉNTIMOS por concepto de Ornato y Limpieza Pública” (sic) y además… aunque Ud. no lo crea… enviaba a sus Serenos para “CUIDAR” los puestos ambulantes con celo y dedicación dignas de mejor causa, y bueno “también” decía “cuidar” a los miles de vecinos que bajan en ese paradero rumbo a sus hogares luego de sortear la muerte al bajar al ingreso del By Pass. Por eso esa zona era tan “rica” para el comercio informal. Miles y miles de puente pedrinos bajan a diario a toda hora del día pero en la noche ya es multitudinaria la inmensidad de público que tiene que atravesar, obligatoriamente, la retahila de puestos informales… en la “Recuperada” vía que con tantos bombos y platillos lanzó el truhán que gobierna este municipio y que resultó toda una estafa, pues aho-

ra sabemos para qué quería una vereda “más ancha”. Según aclara la municipalidad de Lima son los municipios distritales quienes pueden (Y deben) mantener el ornato y todas sus vías despejadas…. incluidas las vías metropolitanas tal y como es la Panamericana Norte y dentro de su jurisdicción, el Ovalo de Puente Piedra. Sin embargo el Alcalde Jiménez ha mantenido la política de “mirar para el otro lado” y no solo ha estimulado esta mala práctica sino que la ha imitado inundando de ambulantes las calles principales de su distrito como la Juan Lecaros o la Miguel Grau en un latrocinio y angurria por el dinero fácil que el traficante de espacios informales en la vía pública ha generado con la mayor impunidad. El vocero -que no quiso identificarsede la Gerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad de Lima (Que dirige el Copartidario de Milton Jiménez, el “Solidario” Castañeda Lossio) manifestó que “No era necesario notificar a los informales pues estos estaban invadiendo la vía pública” y si bien la cuestión fue pacífica y acompañada de los serenos locales y del Área de los “bueno para nada” de “Fiscalización” de la Municipalidad de Puente Piedra, el asunto es que los informales se quejaban por el “desalojo” porque ellos “Ya habían pagado” y los muy “pobrecitos”… iban sacando de a pocos MILES Y MILES de soles en mercaderías y maquinarias diversas, así como congeladoras, muebles y enseres de considerable valor. Si. Los informales fueron “Desalojados” -por ahora- pero les aseguramos que la horda de ambulantes venidos de otros distritos, sin control y siempre con el barajo de ser “pobrecitos” volverá a INVADIR y ENSUCIAR las calles de nuestro distrito al tope y hasta tomaran parte de la panamericana en Navidad y Año Nuevo, pues los miserables traidores al orden y ladrones de cuello y corbata, enquistados en este municipio saben que no repetirán el plato en las próximas elecciones, y por eso lo permitirán nuevamente pues, como los muerto de hambre que son, volverán a zurrarse en Puente Piedra y volverán a cobrar por lo bajo hasta el último día de su miserable gobierno ¿Corren apuestas?

AMBULANTES “POBRECITOS“ SIENDO DESALOJADOS POR LA MUNI DE LIMA


Al descubierto: MONZON MINTIÓ AL JNE EN HOJA DE VIDA AGOSTO / SEPTIEMBRE 2018 / EN CARATULA

Habría cometido delito contra la fe pública y sería excluido de proceso electoral. Todos los “detalles” en esta edición sobre la empresa “secreta” del candidato y que hizo millonarios contratos a municipalidades junto al “socio” que le recogió la basura cuando él fue alcalde!

Elecciones, también existiría una falta ética en la medida que el Candidato y ex. alcalde no solo habría “ocultado” estos importantes ingresos como accionista de una empresa de tratamiento y disposición de residuos sólidos, sino que además su “Socio” es nada más y nada menos que el dueño de la empresa que lo proveyó del servicio de

COPiA de Registros Públicos de la constitución de la millonaria empresa de Esteban Monzón y Alexis Argüelles. Nótese la CANTIDAD DE RUBROS a los que se dedican que van desde la CONSTRUCCIÓN hasta la COMERCIALIZACIÓN DE BASURA. Ah ! y además UN “DETALLITO”: dice que es ¿SOLTERO?.... ¿WHAAAT?

Pág. 7

El candidato a la alcaldía de Puente Piedra y ex - Alcalde de éste distrito Esteban Monzón habría mentido en su hoja de vida al haber ocultado que él es propietario de un provechoso y millonario negocio relacionado con el recojo y disposición de residuos sólidos (Basura) cuyos millonarios ingresos los habría ocultado en su hoja de vida, lo que motivaría su exclusión de proceso electoral ad portas. Según la denuncia que está colgada en la Página web del Jurado Nacional de


EN CARATULA / AGOSTO / SEPTIEMBRE 2018

recojo y disposición de residuos sólidos (Recojo de basura)en la época en que fue Alcalde de Puente Piedra. Este informativo tuvo acceso a toda la documentación presentada por un ciudadano que ya está en su fase de decisión en el Jurado Especial Electoral de Lima Norte 1 que ve los casos relacionados al distrito de Puente Piedra. Esta es la historia del ex - alcalde Esteban Monzón Fernández que, al haberse hecho “amigo” de su actual “Socio” que recogió la basura a la Municipalidad de Puente Piedra y antes lo habría hecho con la Municipalidad de Los Olivos donde Monzón ocupó el cargo de “Confianza” como Gerente de Participación Vecinal de Felipe Castillo, su ahora líder en “Siempre Unidos”. Monzón ha formado una empresa millonaria con la cual tiene enormes ganancias que habría querido ocultarlas del escrutinio de los electores al no haber consignado en su hoja de vida correspondiente a su agrupación y postulación al cargo de alcalde de Puente Piedra en las presentes elecciones de Octubre. LA HISTORIA

Pág. 8

En noviembre de 2015, el señor ESTABAN FELIZARDO MONZON FERNANDEZ constituye, —en sociedad con su ex contratista de la basura, señor Alexis Arguelles Atahualpa— una empresa de nombre MMA ACCIONISTAS S.A.C. Ambos tienen la condición de ASOCIADOS FUNDADORES, con una participación en su conjunto de S/. 50.000.00 soles, siendo propietarios de 25,000.00 acciones nominativas cada uno. La empresa MMA CONTRATISTAS S.A.C., contrató con el Estado durante los años 2016, 2017 y 2018, —después de finalizar su labor de alcalde en la

Municipalidad Distrital de Puente Piedra— con el objeto de ejecutar obras y servicios diversos en las municipalidades de los distritos de San Juan de Lurigancho, San Martín de Porres y El Agustino, por montos, que en su conjunto asciende a S/. 4,562,569.6 (cuatro millones quinientos sesenta y dos mil, quinientos sesenta y nueve con 100/06 soles) y, sólo en el 2017 (año declarado en el formato DJHV-JNE) asciende a S/. 1,695,012.3 (un millón seiscientos noventa y cinco mil, doce con 100/30). En ese orden de cosas, la empresa MMA CONTRATISTAS S.A.C., en su calidad de empresa consorciada, participante en los cinco (5) contratos municipales, antes referidos, obtuvo ingresos y generó dividendos y utilidades para sus socios fundadores: Esteban Felizardo Monzón Fernández y Alex Arguelles Atahualpa, siendo el primero de los nombrados, postulante a candidato a la alcaldía del Distrito de Puente Piedra, quien habría ocultado, ex profeso:

DE TRABAJO EN OFICIOS, OCUPACIONES O PROFESIONES” ser Gerente General de la empresa MMA. CONTRATISTAS S.A.C., sin mayor información en dicho rubro. Así mismo, declara en el rubro VIII “Declaración Jurada de Ingresos de Bienes y Rentas” que, en el año 2017, obtuvo rentas de cuarta categoría, por ejercicio individual de profesión por un total anual de S/. 96,000.00 soles, es decir, un promedio de S/.8,000.00 soles mensuales. En el casillero denominado “OTROS INGRESOS ANUALES” que corresponde declarar a los que perciben rentas de acciones, dietas, intereses ganados por colocación de capitales, entre otros, simplemente el ex - alcalde de “Siempre Unidos”: NO DECLARÓ. Y punto.

Conforme se puede apreciar de la imagen cuya infografía presentamos, el candidato sólo declara como bienes muebles: un auto y una camioneta, sin consignar las 25,000.00 acciones de su PRIMERO: ser socio fundador de MMA propiedad. CONTRATISTAS S.A.C.; SEGUNDO: ser propietario de 25,000.00 Peor aún. No hay posibilidades de dudas, por cuanto, no solo el Reglamento acciones nominativas; TERCERO: ser aportante de la referida lo exige expresamente; el mismo forempresa por el monto de S/. 25,000.00 mato de Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV) incluye un casillero essoles; CUARTO: haber obtenido ganancias de pecial para declarar el “valor de acciones los contratos que celebró con el Estado u otros” del cual hizo caso omiso al no y, que, él mismo firmó y cobró en su ca- declarar. lidad de “representante común”. Por otro lado, en el Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida, Motivo de la exclusión en el rubro IX. “INFORMACIÓN ADICIOEn el formato oficial de Declaración Ju- NAL” da la oportunidad al candidato rada de Hoja de Vida, del candidato a la de ingresar más datos. Estos pueden alcaldía del Distrito de Puente Piedra, referirse a información necesaria para Esteban Felizardo Monzón Fernández, complementar lo consignado en otros declara, en el rubro II. “EXPERIENCIA rubros o, información que, por su conte-


AGOSTO / SEPTIEMBRE 2018 / EN CARATULA

¿PORQUÉ ELLO ES CAUSAL DE EXCLUSIÓN DEL CANDIDATO ESTEBAN MONZÓN? Vamos a lo que dice la ley. De conformidad con el artículo 39° del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Municipales, aprobado con Resolución N° 0082-2018JNE, concordante con el artículo 20° segundo párrafo de la Ley de Elecciones Municipales, señala lo siguiente:

“Artículo 39.- Exclusión de candidato 39.1El JEE dispone la exclusión de un candidato hasta treinta (30) días calendario antes de la fecha fijada para la elección, cuando advierta la omisión de la información prevista en los numerales 5, 6 y 8 del párrafo 23.3 del artículo 23 de la LOP (Ley Orgánica de Partidos Políticos) o la incorporación de información falsa en la Declaración Jurada de Hoja de Vida. La organización política puede reemplazar al candidato excluido solamente hasta la fecha límite de presentación de la solicitud de inscripción de lista de can-

didatos.” El numeral 8 del párrafo 23.3 del artículo 23 de la LOP, en concordancia con el artículo 10° literal k) del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Municipales, aprobado con Resolución N° 0082-2018-JNE, establece que la Declaración Jurada de Hoja de Vida del candidato se efectúa en el formato que determina el Jurado Nacional de Elecciones, que debe contener, entre otros, la “DECLARACIÓN DE BIENES Y RENTAS, DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES PREVISTAS PARA LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS.”.

¿Más clarito? . Veamos :

Con la RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 328-2015-CG, se aprobó la Directiva Nº 013-2015-CG-GPROD “Presentación, procesamiento y archivo de las Declaraciones Juradas de Ingresos, y de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores públicos del Estado”. La citada norma, en su numeral 6.2. señala que la Declaración Jurada que presenta el Obligado por mandato constitucional y legal, CONTIENE TODOS SUS INGRESOS, BIENES Y RENTAS, ASÍ COMO SUS ACREENCIAS, OBLIGACIONES Y TODO AQUELLO QUE LE Por su parte la Ley 30161 – Ley que re- REPORTE UN BENEFICIO ECONÓMICO, gula la presentación de declaración ju- LO CUAL DEBE ESTAR DEBIDAMENTE rada de ingresos, bienes y rentas de los ESPECIFICADO Y VALORIZADO, tanto

funcionarios y servidores públicos del Estado, —aplicable a los candidatos en las elecciones municipales y regionales 2018— establece en su artículo 3° que la declaración jurada contiene los INGRESOS, RENTAS, BIENES, AHORROS, INVERSIONES, ACREENCIAS Y PASIVOS, PROPIOS DEL OBLIGADO, ASÍ COMO, LA ESPECIFICACIÓN DE DERECHOS O PARTICIPACIONES PROPIOS DEL OBLIGADO QUE MANTENGAN CON EMPRESAS, CORPORACIONES, SOCIEDADES, ASOCIACIONES, FUNDACIONES O CUALQUIER OTRA FORMA ASOCIATIVA PRIVADA.

en el país como en el extranjero. Bajo esa línea de entendimiento, se colige, que todos los candidatos estuvieron obligados a acatar escrupulosamente las disposiciones de la referida Ley; sin embargo, se puso de conocimiento al Jurado Electoral de Lima Norte 1, que el candidato Esteban Felizardo Monzón Fernández, no cumplió. Veamos porqué:

Pág. 9

nido, sea de interés público, en aras de la transparencia, lealtad y buena fe, que debe primar en todo proceso electoral. Sin embargo, el candidato Monzón Fernández no hizo uso de él, Insistió en lo mismo:NO DECLARAR SUS INGRESOS COMO ACCIONISTA.

• La Ley exige que se declare ingresos, rentas e inversiones. Sin embargo,


EN CARATULA / AGOSTO / SEPTIEMBRE 2018 de esos contratos, sin embargo, no lo hizo. Todo esto es información pública obtenida por este medio de comunicación del portal del Jurado Electoral Especial de Lima Norte 1 que actualmente ve el caso y aquí brindaremos también los “descargos” de la Personera Legal de Monzón y por supuesto, también, la respuesta de la otra parte.

Los tres magistrados del JEE de Lima Norte en los que está en destino del candidato “PINOCHO“ Esteban Monzón. quedó acreditado que LA EMPRESA MMA CONTRATISTAS GENERÓ RENTAS, DURANTE LOS AÑOS 2016, 2017, 2018 para sus socios accionistas, especialmente las generadas en el año 2017, que es el año obligado a declarar. Así mismo, no declaró que aportó S/. 25,000.00 soles en la constitución de la referida empresa.

Pág. 10

• La Ley exige que se declare los derechos o participaciones propios que mantengan con empresas, sociedades o cualquier otra forma asociativa privada. SIN EMBARGO, EL CANDIDATO, MONZÓN FERNÁNDEZ DE MANERA SUBREPTICIA OCULTÓ SER ASOCIADO FUNDADOR DE LA EMPRESA MMA CONTRATISTAS S.A.C., CON UN CAPITAL DE S/50,000.00 NUEVOS SOLES, REPRESENTADOS POR 50,000 ACCIONES DE S/1.00 NUEVOS SOLES CADA UNA, DIVIDIÉNDOSE ESTAS, DE MANERA EQUITATIVA CON SU SOCIO SR. ALEX ARGUELLES ATAHUALPA, conforme se puede apreciar de la Partida N° 13532468 de fecha 01 de diciembre de 2015, del Registro de Personas Jurídicas de Lima. • La Ley exige que se declare el valor de las acciones. Pero EL CAN- D I D A T O MONZÓN FERNÁNDEZ NO DECLARÓ QUE ES PROPIETARIO DE 25,000.00 ACCIONES NOMINATIVAS.

¿RENTAS MUY “RENTABLES”? LAS DEL CANDIDATO OCULTADOR ! Es oportuno precisar que las “rentas” es el ingreso regular que produce, entre otros, una inversión de capital o dinero. Es una utilidad, fruto, rendimiento o provecho. Si el referido candidato es PROPIETARIO de una empresa que contrató con el Estado durante los años 2016,2017,2018 cuyos montos acumulados asciende a S/. 4,562,569.6 (cuatro millones quinientos sesenta y dos mil, quinientos sesenta y nueve con 100/06 soles) y, sólo en el 2017 (año declarado en el formato DJHV-JNE) asciende a S/. 1,695,012.3 (un millón seiscientos noventa y cinco mil, doce con 100/30), tenía la obligación legal y moral de declarar sus rentas (dividendos o utilidades) percibidas, producto

Simplemente porque son hechos y son pruebas de que aquí algo se quiso OCULTAR y está en juego la exclusión de la justa electoral del candidato Esteban Monzón. Porque más allá de dicha decisión del JEE está el hecho moral y ético de haber ocultado unos ingresos millonarios que debieron ser declarados y una sociedad comercial y de negocios con la basura y la construcción -entre otros- que puede ser “legal”… la cuestión es que lo hizo con el mismo “Proveedor” de la municipalidad que él dirigió. Queda claro -finalmente- que también Esteban Felizardo Monzón favoreció indebidamente al proveedor que brindó servicios a la municipalidad durante el tiempo que era alcalde. La prueba es que después de concluida la gestión se hicieron socios y ejecutaron obras juntos en otras municipalidades hasta la actualidad. Esta historia… continúa.


AGOSTO / SEPTIEMBRE 2018 / LOCALES

REGIDOR FERNANDO VILCA:

PLAZUELA DE SANTA ROSA… SE CAE A PEDAZOS !

A POCO MENOS DE 5 AÑOS DE CONSTRUÍDA LA “OBRA” DEL EX - ALCALDE ESTEBAN MONZON LUCE ROTA Y RESQUEBRAJADA POR TODOS LADOS La histórica y emblemática Plazuela del progresista AA.HH. Santa Rosa realizada durante el gobierno municipal del “Ingeniero” Esteban Monzón… se cae a pedazos!. Y para demostrarlo nada mejor que unas tomas fotográficas que hablan por mil palabras y que revelan que ésta importante zona del distrito de Puente Piedra, que luce una imponente imagen de la Santa Patrona de América y las Filipinas simplemente fue abandonada a su suerte por la presente Y desastroza gestión de Milton Jiménez que abandonó cualquier obra hecha por sus antecesores.

Para indignación de todos sus vecinos y pobladores del AA.HH. Santa Rosa, esta obra que costó miles de soles al erario público municipal hoy enfrenta rajaduras, destrozos y debilidades estructurales de construcción en donde los expertos califican de que ello se debe a la pobreza en los materiales empleados y al pésimo estudio de suelos que son, al parecer, la característica de las “obras” dejadas por Esteban Monzón, señala el Regidor Vilca, el más experimentado y combativo Regidor que ha seguido de cerca este desastre paulatino pues él reside AL FRENTE de dicha construcción en el vecindario que comparte con Monzón a quien le envía un mensaje “…Ojalá de la cara para explicar este desastre con la Plaza más importante de nuestro Asentamiento Humano del cual él es vecino pero que ahora luce destruida y sucia” - finalizó diciendo el combativo Regidor.

Pág. 11

Pero, para colmo de males, el caso de esta “obra” hecha por el “Inge” Monzón, que se supone debería estar bien hecha, hoy, a poco mas de 5 años de inaugurada por el ex - alcalde … Se cae a pedazos!-.


POLITICA / AGOSTO / SEPTIEMBRE 2018

MARLON JIMENEZ ocultaría vacancia para que su padre milton asuma alcaldía de nuevo... Uno solo sería el motivo por el cual el “pegalón” hijo del actual alcalde Milton Jiménez Salazar postula a la alcaldía y lleva a su padre en la lista de Regidores con el número 1: Que su padre sea el PRÓXIMO ALCALDE que gobierne este distrito. Fuentes allegadas a la cúpula de Solidaridad Nacional y al entorno del actual y reelecto alcalde Milton Jiménez en Puente Piedra confirmaron esta información y la lógica además de la Ley no dista en nada de la posibilidad de que éste continúe en el poder… a pesar de la prohibición de la reelección de alcaldes. Para ello debemos entender y comprender el término “VACANCIA” según la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM).

LA VACANCIA ESCONDIDA

La vacancia es la situación en virtud de la cual el titular del cargo quedará privado de seguir ejerciéndolo por alguno de los motivos que señala la LOM.

Pág. 12

Para los cargos provenientes de elección popular, como lo son para alcaldes, regidores, Presidentes, Vicepresidentes y Consejeros Regionales, existe la vacancia que significa el “cese de la relación representativa”, es decir, aquella que existe entre la población y su representante. Esto en definición del mismísimo Jurado Nacional de Elecciones.

milton y marlon jimenez ¡De tal palo, tal astilla!

(tres) sesiones ordinarias consecutivas o 6 (seis) no consecutivas durante 3 (tres) meses. • 8. Nepotismo, conforme a la Ley de la materia. • 9. Por incurrir en la causal establecida en el artículo 63° de la presente ley. • 10. Por sobrevenir algunos de los La ley Orgánica de Municipalidades LEY impedimentos establecidos en la Ley de - N° 27972 señala con claridad, en su AR- Elecciones Municipales, después de la TICULO 22° que las causales de vacancia Elección. comprenden el conjunto de situaciones por las que el alcalde o regidor no podrá Ahora observemos que el PROCEcontinuar ejerciendo el cargo, por acuer- DIMIENTO DE DECLARACIÓN DE VAdo del concejo municipal; contemplando CANCIA es un proceso que importa un la norma los siguientes casos: examen de verificación de la configuración o no de la situación prevista en • 1. Muerte la ley como causal y ello es calificado • 2. Asunción de otro cargo prove- en primera instancia por el Concejo niente de mandato popular. Municipal y en segunda instancia – • 3. Enfermedad o impedimento fí- vía apelación – por el Jurado Nacional sico permanente que impida el desempe- de Elecciones que además examina el ño normal de sus funciones. cumplimiento del procedimiento de ley • 4. Ausencia de la respectiva juris- por parte del Concejo. dicción municipal por más de 30 (treinta) días consecutivos, sin autorización del Dicho esto vamos al Artículo 23° de la concejo municipal. Ley Orgánica de Municipalidades que • 5. Cambio de domicilio fuera de la dice textualmente lo siguiente: La varespectiva jurisdicción municipal. cancia del cargo de alcalde o regidor es • 6. Sentencia judicial emitida en declarada por el correspondiente conúltima instancia por delito doloso. cejo municipal, en sesión extraordina• 7. Inconcurrencia injustificada a 3 ria, con el voto aprobatorio de dos ter-

cios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. El acuerdo de concejo que declara o rechaza la vacancia es susceptible de recurso de reconsideración, a solicitud de parte, dentro del plazo de 15 días hábiles perentorios ante el respectivo concejo municipal. El acuerdo que resuelve el recurso de reconsideración es susceptible de apelación. El recurso de apelación se interpone, a solicitud de parte, ante el concejo municipal que resolvió el recurso de reconsideración dentro de los 15 días hábiles siguientes, el cual elevará los actuados en el término de 3 días hábiles al Jurado Nacional de Elecciones, que resolverá en un plazo máximo de 30 días hábiles, bajo responsabilidad. Y aquí viene lo interesante: Cualquier vecino puede solicitar la vacancia del cargo de un miembro del concejo ante el concejo municipal o ante el Jurado Nacional de Elecciones; su pedido debe estar fundamentado y debidamente sustentado, con la prueba que corresponda, según la causal. El Concejo se pronuncia en sesión extraordinaria en un plazo no mayor de 30 días hábiles después de presentada la


TITULACIÓN: LA HISTORIA QUE NADIE SE ATREVIÓ A CONTARTEY QUE LLENA LOS BOLSILLOS DE TRAFICANTES Y TRAIDORES AL DISTRITO Luego de que en nuestro número anterior diéramos a conocer en calidad de primicia los detalles de la Sentencia de Jaime Arredondo que abrirá las puertas a que cientos de familias se puedan titular, ya sea por acción judicial… o cuando entre un Alcalde que realmente ame el distrito, tenga pantalones y QUIERA TITULAR en ves de miccionar de miedo (¿O ser un vil CÓMPLICE?) de los “arrebatos” posesionarios de un grupo de abusivos que pretenden QUITARLE sus terrenos a sus vecinos de manera prepotente con el “cuento” de ser los “Dueños”.

Estos sujetos, que le siguen mintiendo a los puentepedrinos, se habrían ALIADO con los traficantes de terrenos y estos no solo estarían promoviendo invasiones como ya lo mostró CUARTO PODER sino que también estarían arrebatándole terrenos ocupados y hasta titulados a los pobres vecinos que muchas veces ignoran sus derechos frente a las amenazas de estos “Supuestos dueños” que aparecen como delincuentes de cuello y corbata.

Este proceso perverso iniciado y promovido por malos vecinos tendría razón directa con la bajeza de ser cómplices en un TRÁFICO de TERRENOS como nunca antes se ha visto en Puente Piedra.

Un alcalde aue lidere también este proceso como debió ser desde el primer momento: La Municipalidad de Puente Piedra, beneficiaria de la Ley N° 14011 de 1962 , es PROPIETARIA del Casco Urbano de este distrito y además de Gramadales y Zapallal Leoncio Prado, vienen apareciendo una serie de hechos documentados que no nos deja de sorprender. Este proceso perverso iniciado y promovido por malos vecinos tendría razón directa con la bajeza de ser cómplices en un TRÁFICO de TERRENOS Por eso los traficantes de terrenos como nunca antes se ha visto en Puenahora estarían “ofreciendo” la “Titulate Piedra.

ción” de sus predios informales vía el “arreglo por lo bajo” con estos supuestos “Propietarios” Y LUEGO ESTOS, PREVIO JUGOSO PAGO -POR SUPUESTO- NO SE OPONEN AL PROCESO DE TITULACION DEL PREDIO INFORMAL E INVADIDO y con la complicidad en la emisión de ilegales “Certificados de Posesión” por parte de la municipalidad, taimada y ladrona que ahora nos gobierna, …LISTO EL POLLO !!. Eso debe cortarse y el compromiso de los Candidatos a la Alcaldía debe ser por eso FUERTE Y CLARO : DEFENDER los sagrados intereses de sus VECINOS frente a los abusivos y supuestos “descendientes” de un terrateniente que ántes de la fundación del distrito fue expulsado por valientes mujeres puentepedrinas como relata la historia. Por eso entérese vecino de todo Puente Piedra. Haga como los valientes y decididos investigadores Antonio Vásquez, Rodolfo Velarde y el denunciante Jaime Arredondo hacen y luchan por una verdad y muestran sus pruebas a la comunidad y que aquí, en esta humildísima revista y en nuestra web iremos destapando y comentando uno a uno.

Pág. 13

Por : Francisco Bocángel Sánchez Periodista e indignado Poblador de Puente Piedra

El que quiera leer… que lea y el que quiera escuchar que oiga.


POLITICA / AGOSTO / SEPTIEMBRE 2018 en varios lugares; es así que se le considera domiciliada en cualquiera de ellos. Art. 35°). Bastaría que el ahora llamado “Candidato Pegalón” por el reportaje de Cuarto Poder donde se dio a conocer la denuncia por maltrato que obra en una Comisaria hecho por su propia esposa; simplemente venda su propiedad en Puente Piedra o que se descubra que ésta fue solo de “fachada” para VACARLO.

solicitud y luego de notificarse al afectado para que ejerza su derecho de defensa. En caso de que la solicitud sea presentada al Jurado Nacional de Elecciones, él correrá traslado al concejo municipal respectivo para que proceda conforme a este artículo. Siguiendo este orden de cosas, veamos ¿Quién reemplaza al alcalde en caso de producida la VACANCIA?. También lo contempla clarito la mencionada LOM: ARTÍCULO 24.- REEMPLAZO EN CASO DE VACANCIA O AUSENCIA: “En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza: 1. Al Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. 2. A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.”

Pág. 14

¿Qué ES LO QUE HARIA MARLON JIMENEZ DE SER ELEGIDO? Nuestras fuentes señalan que apelaría a una de las causales de VACANCIA ni siquiera cumplido los dos meses de gobierno que empezaría el 1 ° de Enero del 2019. Analicemos cada una de las posibilidades: Causal 4: “Ausencia de la respectiva jurisdicción municipal por más de 30 (treinta) días consecutivos, sin autorización del concejo municipal.”

Se supone que quienes representan a la población en el gobierno municipal, deben tener permanencia regular dentro la jurisdicción donde fueron electos, con la finalidad de cumplir con las funciones que por Ley le son encargadas; por ello podrán ausentarse de la misma siempre y cuando cuenten con la respectiva autorización del Concejo. Para decirlo más claramente. Bastaría que el Señor Jiménez “Junior” se “ausentara” dentro de los 30 primeros días de su gobierno SIN PERMISO de su sumisa mayoría en el Concejo de Puente Piedra, para que “cualquier vecino” le presentara recurso de VACANCIA… y los “Regigordos” votarán a favor en primera instancia y… listo el pollo… o mejor dicho “El gallo”… Tendríamos al PRIMER REGIDOR Milton Jiménez como ALCALDE NUEVAMENTE! Tal y como lo lee. Bueno y existe pues un rosario de “Causales” si no es por esto por lo otro en la referida Ley Orgánica de Municipalidades. Veamos los ejemplos. Tenemos la Causal 5:” Cambio de domicilio fuera de la respectiva jurisdicción municipal.” Para efecto del numeral 5) no se considera cambio de domicilio el señalamiento de más de un domicilio, siempre que uno de ellos se mantenga dentro de la circunscripción territorial. (OJO: * Conforme al Código Civil se entiende que pluralidad de domicilio es cuando la persona vive alternativamente o tiene ocupaciones habituales

En la Causal 7: “Inconcurrencia injustificada a 3 (tres) sesiones ordinarias consecutivas o 6 (seis) no consecutivas durante 3 (tres) meses.”. Para el caso de las municipales el concejo debe reunirse en sesión ordinaria no menos de dos veces al mes, y si bien la norma solo se refiere a las inasistencias en las sesiones ordinarias, bastaría que “Marloncito” se mandara a mudar por tres meses a cualquier parte del Peru o el extranjero para que su “Papi” asuma la alcaldía. • Consideramos particularmente difícil que apele a la Causal 9: “ Por incurrir en la causal establecida en el artículo 63° de la presente ley.” porque ésta se refiere a las “Restricciones en la contratación” que señala que “…el alcalde, los regidores, los servidores, empleados y funcionarios municipales no pueden contratar, rematar obras o servicios públicos municipales ni adquirir directamente o por interpósita persona sus bienes…” Dudamos de que apele a ésta causal porque , a párrafo siguiente la ley señala que: “Los contratos, escrituras o resoluciones que contravengan lo dispuesto en este artículo son nulos, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y penales a que hubiese lugar, inclusive la vacancia en el cargo municipal y la destitución en la función pública.” Es decir… tienen “Cana” y perderían soga y cabra. Así que imposible por este lado, pero de que están en esa línea es más que evidente así como todos los que postulan en esta línea de ex - alcaldes que van como Tenientes Alcaldes de las listas de sus “engreídos”. Algo que el candidato Marlos Jiménez debería aclarar y precisar su posición al respecto pero… ¿Le dará “permiso” su “papá”?.


venta de terreno

JULIO / AGOSTO 2018 / EN CARATULA

¡ Su mejor inversión en Lima Norte ! CON CERTIFICADO DE PARAMETROS Ideal para Mercado, Colegio, Clínica URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS Depósito, Fábrica o Proyecto Inmobiliario N° 448-2016-SGOPHU/GDU-MDPP y N° 449-2016-SGOPHU/GDU-MDPP CON TÍTULO DE PROPIEDAD. CLASE DE PREDIO Terreno ubicado en lotes n° 158 y N°159 de la manzana L parcelación semirustica Leoncio Prado- Jurisdicción del Distrito de Puente Piedra) Área del terreno: Lote N° 158: 4 000 m2 Lote N° 159: 3 690 m2

Área Total

:

7,690 m2

INFRAESTRUCTURA VIAL

cuenta con redes de agua potable y desagüe, alumbrado público y electricidad; conectado al servicio telefónico, cable e internet. dos principales vías de acceso: Av. Panamericana Norte (Paradero Fundición), Av. Néstor Gambeta (Cruce de Ventanilla)

EXTERIORES Plano

FACHADA

PARA MÁS INFORMACIÓN CONTACTENOS Cél: 985-227-925 / (01) 5408509

Pág. 15

DENTRO DEL TERRENO


...es mucho mas que pollo a la brasa, platos criollos, parrilas y tragos 4° NIVEL: - SALON DE CONVENCIONES Celebra tu Cumpleaños, Matinés, Reunión de Negocios, Bautizos, Exposiciones, y Quince años, con Pantalla Gigante y Proyector. - COMEDORES FAMILIARES. 3° NIVEL: PEKABAR Peña, Karaoke y Bar. 2° NIVEL: con juegos para niños de 1 a 4 años y de 5 a 12 años. 1° NIVEL: con sala de espera para cuando quieras llevar tu pollo a casa. sistema climatizado y seguridad las 24 horas conectado con pnp y circuito cerrado

Av. Buenos Aires 485

(altura de la comisaria de Puente Piedra)

Pág. 16

Teléfonos:

299-2372 / 724-1222 958-970-0544

Nuestro Facebook: Pekabar Roky’s Puente Piedra Instagram: pekabarpuentepiedra


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.