Boletín del Gabinete Técnico de Prevención CEPYME ARAGÓN (2014/06)

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BoletĂ­n 06/2014


ÍNDICE Comprometidos con la prevención Seguridad en el Trabajo Adecuación en seguridad de equipos de trabajo en las industrias auxiliares del automóvil Manual de buenas prácticas seguras en almacenamiento y manipulación de sustancias peligrosas en el sector del recubrimiento metálico Accidentes de trabajo en Aragón desde enero a agosto de 2014 Aumentan los accidentes de trabajo en España Seguridad en los útiles de elevación de cargas Recursos preventivos: Biblioteca Electrónica de Seguridad en la Construcción y Salud Ocupacional Higiene del Trabajo Guía para una correcta gestión del fibrocemento Gestión de riesgos biológicos asociados al mantenimiento de productos sanitarios no implantables Ergonomía Soluciones ergonómicas para el comercio FITS Modelo de Programa de Ergonomía de Oficinas Gestión de la prevención Entrega de los premios “Aragón comprometido con la prevención” Real Decreto 171/2014 en materia de coordinación de actividades empresariales dirigido a autónomos del sector metal Publicada la ley de Mutuas de Accidentes de Trabajo Informe sobre el Estado de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2013 Código de Prevención de Riesgos Laborales Deficiencias en el cumplimiento de las obligaciones legales en materia preventiva Guía informativa sobre coordinación de seguridad y salud Prevención de Riesgos Laborales de los empleados públicos Psicosociología aplicada Protocolo de actuación ante la violencia externa en el lugar de trabajo dl personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón Violencia externa en el trabajo en el sector del transporte Legislación sobre los riesgos psicosociales Riesgos psicosociales en el sector cementero Perfil sociodemográfico y siniestralidad laboral de los trabajadores autónomos Medicina del trabajo Cáncer provocado por el amianto, una enfermedad profesional escasamente reconocida - Los primeros auxilios en la empresa

Edición: Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME ARAGÓN) C/ Santander, 36, 2ª planta 50010 Zaragoza 976 766060 cepyme@cepymearagon.es Dirección y elaboración: Gabinete Técnico de Prevención y Seguridad Industrial de PYMES. Publicación Bimestral


COMPROMETIDOS CON LA PREVENCIÓN

A lo largo del año 2014, las organizaciones empresariales Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME ARAGON), la Confederación de Empresarios de Aragón (CREA) y las organizaciones sindicales UGT ARAGON y CC.OO. ARAGON han desarrollado el Programa “Comprometidos con la Prevención de Riesgos laborales, una iniciativa tendente a sumar a todas las empresas aragonesas a una política de mejora continua en prevención de riesgos laborales.

El programa ha tenido por objetivo fomentar entre las empresas la realización de acciones dirigidas a mejorar aspectos de prevención de riesgos laborales, ofreciéndoles la posibilidad de comprometerse en la implantación de la gestión preventiva de forma eficiente, manifestando su compromiso y pudiendo acceder a las herramientas de asesoramiento, publicaciones y asistencia técnica personalizada facilitados por el programa. Para participar en el programa las empresas han debido rellenar un cuestionario, señalando los aspectos en proceso de mejora o que le gustaría mejorar sobre prevención en su empresa:          

Plan de Prevención. Evaluación de Riesgos. Comunicación. Formación e Información. Equipos de Trabajo. Vigilancia de la Salud. EPIs. Emergencias. Coordinación de Actividades. Investigación de Accidentes.

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A todas las empresas “comprometidas” con la prevención, el programa les ha facilitado el acceso a herramientas de asesoramiento, publicaciones y asistencia técnica personalizada teniendo como núcleo un decálogo consensuado entre los cuatro agentes sociales (CREA, CEPYME Aragón, UGT Aragón y CCOO Aragón) accesible en la web (http://www.crea.es/prevencion/compromisoprl/decalogo.html) acompañado de una serie de referencias legales y recursos prácticos que ayudarán a las empresas y trabajadores a alcanzar un Aragón más seguro. 1. Las acciones previstas en el Plan de Prevención deben contar con una planificación adecuada a las prioridades detectadas y donde se detallen tanto los recursos humanos como económicos necesarios para su ejecución. 2. La planificación de la evaluación de riesgos y su constante actualización y seguimiento son fundamentales para el conocimiento de los riesgos de las actividades económicas y base para su prevención. 3. El intercambio fluido de información entre los responsables de las empresas y el Comité de Seguridad y Salud o en su caso los delegados de


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prevención es fundamental para asegurar una adecuada participación en la definición de las políticas preventivas de la empresa. Los trabajadores deben conocer los riesgos a los que pueden verse expuestos, por lo que la formación e información es clave para que puedan afrontar con éxito la prevención de los mismos. La adecuación de las máquinas y equipos de trabajo a la normativa de seguridad y las instrucciones de manejo de las mismas así como su correcto mantenimiento son fundamentales para reducir el riesgo inherente a las mismas. La detección precoz de los factores de riesgo que pueden incidir en la salud de los trabajadores es clave, por lo que la planificación de PRL debe incluir una adecuada Vigilancia de la Salud de acuerdo a estos factores. Cuando sea necesario el uso de Equipos de Protección Individual, éstos deberán adaptarse a las características del riesgo y a los trabajadores expuestos y dotarse de un adecuado plan de mantenimiento y seguimiento. Todos los trabajadores deben tener a su disposición y conocer las pautas a seguir ante una situación de Emergencia en su centro de trabajo. La concurrencia de actividades en un centro de trabajo puede modificar los riesgos existentes, por lo que es fundamental realizar una adecuada coordinación de actividades que adecue las medidas preventivas a los riesgos reales. En el caso de producirse algún incidente o accidente en la empresa, es fundamental investigar en todas las posibles causas del mismo para, en su caso, adecuar las medidas preventivas y evitar que se repita dicha situación.

Como colofón a las actividades realizadas, el 29 de diciembre de 2014 se celebró en la sede de CEPYME Aragón una jornada en la que se presentaron los resultados del programa “Compromiso por la Prevención” y las herramientas propuestas a las empresas.

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El Programa ha sido financiado por la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales y además ha contado con el apoyo del Consejo Aragonés de Seguridad y Salud, que ha valorado esta iniciativa como una herramienta eficaz para fomentar la mejora continua en materia de prevención de riesgos laborales, así como la implicación y participación de trabajadores y empresas en este compromiso.


SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Adecuación en seguridad de equipos de trabajo en las industrias auxiliares del automóvil La Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón), con la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales ha elaborado la guía “Adecuación en seguridad de equipos de trabajo en las industrias auxiliares del automóvil” (http://bit.ly/1y4nTZs). Los equipos de trabajo anteriores a 1995, y que no poseen Marcado CE, se deben adecuar a las disposiciones mínimas de seguridad y salud marcadas por el RD 1215/97. Por otra parte, la aplicación de medidas de seguridad no es una tarea fácil en máquinas y equipos antiguos, debiendo controlar que el seguir las mismas indicaciones de la Directiva de Máquinas, no suponga un gasto añadido a la propia adecuación. Ante esta situación se ha creído necesario la realización de una guía que condense de forma genérica los requisitos a cumplir en cuanto a especificaciones técnicas y adopción de las medidas necesarias para que los equipos de trabajo que ponga a disposición de los trabajadores de las empresa auxiliares del automóvil sean adecuados al trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados al mismo, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos. En esta guía se detallan los riesgos que deben de tener en cuenta los operarios y trabajadores que utilizan equipos de trabajo en las empresas auxiliares de fabricación de automóviles, describiendo en detalle los requisitos de seguridad que deben de cumplir, como mínimo, los equipos de trabajo en uso teniendo en cuenta el diseño y la fabricación, así como la documentación que debe de acompañar a la máquina y la que tiene que realizar y tener en su posesión el usuario de la misma. Para ello se toma como referencia base, el Real Decreto 1215/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, como componente fundamental de la nueva normativa de seguridad y salud en el trabajo, encabezada por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como todas las modificaciones posteriores.

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También se toma como referencia la Directiva 2001/45/CE, de 27 de junio de 2001 que se ha traspuesto al derecho español mediante el R.D.2177/04 y se analiza la directiva 2006/42/CE enfocada a fabricante para poder certificar CE las maquinas que diseña, fabrica y comercializa, que esta traspuesta al derecho español mediante el R.D.1644/2008.


SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Manual de buenas prácticas seguras en almacenamiento y manipulación de sustancias peligrosas en el sector del recubrimiento metálico La Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón) en el marco del Convenio de colaboración con el Gobierno de Aragón para la realización de acciones en materia de prevención de riesgos laborales durante el año 2014 ha elaborado el Manual de buenas prácticas seguras en almacenamiento y manipulación de sustancias peligrosas en el sector del recubrimiento metálico (http://bit.ly/1DPRK8g). El sector de tratamiento de superficies en Aragón está formado por un tejido de empresas pymes y micro-pymes mayoritariamente. Esta actividad consiste en una amplia variedad de procesos mediante los cuales se modifica la estructura inicial de una superficie -metálica o plástica proporcionándoles nuevas propiedades como pueden ser un acabado decorativo o una mayor resistencia a agentes externos. El tratamiento de superficies plásticas o metálicas está presente también, a menudo, como un subproceso interno o externo, en muchos tipos de industrias de diferentes sectores, como por ejemplo en automoción, aeronáutica, telecomunicaciones, sistemas de la información, ingeniería, construcción, electrodomésticos, utensilios de baño, soportes informáticos (hardware), etc. El sector de tratamiento de superficies metálicas y plásticas está compuesto por una gran variedad de subprocesos: cincado, níquel cromo, recubrimiento con metales preciosos, cromo duro, circuitos impresos, fosfatado, pavonado, recubrimiento con estaño, anodizado aluminio, metalizado plástico, lacado de aluminio. Todos estos procesos conllevan riesgos importantes relacionados especialmente con la extensa utilización de productos químicos, muchos de ellos peligrosos, cuyo almacenamiento, manejo, uso en procesos y tratamiento como residuo suponen un nivel de riesgo elevado para los trabajadores del sector. Dada la casuística tan concreta del sector y de las necesidades que nos traslada, CEPYME Aragón ha considerado la oportunidad de la elaboración un manual que apoye al sector y a sus trabajadores para la mejora de la prevención de riesgos dentro de su actividad.

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Con la elaboración del Manual de Buenas prácticas seguras en almacenamiento y manipulación de sustancias peligrosas en el Sector del Recubrimiento Metálico se ha perseguido dotar a trabajadores y empresas de información clara y concisa sobre cómo proceder, de manera segura, en el desarrollo de su actividad laboral.


SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Accidentes de trabajo en Aragón desde enero hasta agosto de 2014 Según los datos facilitados por el Instituto Aragonés de Estadística (http://bit.ly/1xjLIXR), desde el mes de enero hasta el mes de agosto de 2014, se han registrado en Aragón un total de 8.247 accidentes de trabajo con baja; 7.218 en jornada y 1.029 in itinere. Atendiendo a los accidentes de trabajo por provincia, en Huesca se produjeron 1508 accidentes, de los que 1405 fueron en jornada y 103 “in itinere”; en Teruel se produjeron 786 accidentes, de los que 735 fueron en jornada y 51 “in itinere”; en Zaragoza se produjeron 5953 accidentes, de los que 5078 fueron en jornada y 875 “in itinere”.

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Atendiendo a los accidentes de trabajo por su gravedad 8247 fueron leves, 52 graves y 14 mortales.


SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Aumentan los accidentes de trabajo en España Los datos de siniestralidad laboral del tercer trimestre de 2014 (http://www.empleo.gob.es/estadisticas/eat/Eat14sepAv/ANE/AteP.htm) ofrecidos por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social mantienen la tendencia al alza y confirman el deterioro que está sufriendo la prevención de riesgos laborales en las empresas españolas.

El número total de accidentes con baja ha crecido un 5% respecto al mismo periodo del año anterior, un 5,1 en jornada de trabajo y 3,9 in itinere. En el caso de accidentes mortales en jornada de trabajo se experimentan aumentos del 2,1% en el conjunto de la actividad, del 56,4 en el sector agrario y del 21,1 en la industria. El sector servicios experimenta una reducción del -13,9% y la construcción se estabiliza con un descenso del -2%. En cuanto a los índices de incidencia se producen incrementos en el total de accidentes en todos los sectores, destacando la construcción con un 7,5%. El índice de incidencia de mortales se ha incrementado en un 0,7%, aunque destacan los aumentos en el sector agrario (45,1%), en la industria (21,3%). Los servicios vuelven a ser el único sector que se escapa de esta tendencia. Atendiendo al modo en que se produjo la lesión en los accidentes con baja en jornada de trabajo, el 39,9% se produjeron por sobreesfuerzo físico sobre el sistema musculoesquelético, el 24,5% por choque contra objeto móvil y el 13,4% por choque contra objeto en movimiento. Estos tres grupos aglutinan el 77,8% del total. Por accidente de tráfico se produjeron el 3,3% de los accidentes en jornada con baja.

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En los accidentes mortales, la forma o contacto en la que se produce la lesión es radicalmente distinto. 155 de los casos de fallecimiento (45,6%) se produjeron por infartos o derrames cerebrales (patologías no traumáticas), 7 casos menos que en el mismo periodo del año anterior; 51 fallecimientos (15,0%) se produjeron por accidente de tráfico, 5 casos menos que en el mismo periodo del año anterior; y 46 fallecimientos (13,5%) por atrapamientos y amputaciones, 11 casos más que el año anterior. Estas tres formas aglutinan el 74,1% del total de casos.


SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Seguridad en los útiles de elevación de cargas Las operaciones de elevación y manejo de cargas ocasionan un gran número de accidentes graves y mortales todos los años. Aunque en un primer análisis pudiera parecer que se trata de riesgos asociados al sector industrial, están presentes en casi todas las actividades económicas, al formar parte de los procesos de fabricación, transporte, mantenimiento o reparación.

Si bien la evolución de la técnica y los nuevos requerimientos normativos han contribuido a la mejora de la seguridad de los equipos de elevación, los aspectos relativos a la sujeción de las cargas condicionan, en gran parte, la fiabilidad de la operación y son la principal causa de la caída de las mismas. La selección de un útil de elevación adecuado y garantizar que se encuentre en perfecto estado son condiciones imprescindibles para evitar los accidentes, que solo pueden conseguirse mediante la aplicación de programas preventivos específicos. La información, la sensibilización y la observancia de buenas prácticas por parte de todas las personas implicadas en la gestión y uso de los útiles de elevación de cargas, son la única vía que conduce a la reducción de los accidentes que ocasionan estos equipos, dado que, con frecuencia, se produce una relajación de las medidas preventivas, bien por no considerar los riesgos que ocasionan o por desconocimiento técnico y reglamentario.

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Para facilitar el conocimiento y la prevención de los riesgos de los útiles de elevación de cargas, y poner a disposición de las empresas, procedimientos de gestión y buenas prácticas preventivas, que permitan integrar la seguridad de estos equipos en la actividad general de la empresa FREMPA publicación el “Manual de Seguridad de los Útiles de Elevación de Cargas” (http://bit.ly/1AI65D1) que ofrece un enfoque práctico y transversal de la seguridad de los útiles de elevación de cargas en el que, además de buenas prácticas de utilización, se recogen criterios y modelos de referencia sobre los procedimientos de compra, las revisiones periódicas, el mantenimiento o los aspectos a considerar cuando se fabrican útiles para uso propio, entre otros. Este manual también ofrece una selección de términos y conceptos con objeto de familiarizarse con dicha terminología, evitando confusiones comunes y habituales en torno a las definiciones que atañen a los accesorios de elevación.


SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Recursos preventivos: Biblioteca Electrónica de Seguridad en la Construcción y Salud Ocupacional La Biblioteca Electrónica de Seguridad en la Construcción y Salud Ocupacional (http://www.elcosh.org/es/index.php) es un recurso creado y mantenido por el Centro de investigación y en la Industria de la Construcción (CPWR) con el objetivo de proporcionar información detallada y fácil de usar, sobre salud y seguridad industrial, a los trabajadores de la construcción, empleadores, investigadores y otros interesados en la salud y seguridad en la construcción y proviene de una amplia gama de fuentes de todo el mundo.

La información incluida en eLCOSH.org abarca desde informes sobre seguridad y materiales de capacitación a requisitos gubernamentales, artículos e informes de investigación. Los materiales están disponibles en varios formatos (documentos, imágenes, videos, podcasts y presentaciones). La biblioteca incluye tanto información de archivo como nueva información la que se actualiza con frecuencia. Está información está estructurada en las siguientes categorías:

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 Riesgos - peligros 1. Entorno de trabajo 2. Inhalación / Exposiciones de la piel 3. Ergonomía  Industrias  Tipo de obra  Medios y Documentos


SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Medidas para evitar accidentes industriales mayores El potencial de accidentes industriales mayores, que se ha incrementado de forma significativa con el aumento de la producción, almacenamiento y utilización de sustancias peligrosas, ha puesto de manifiesto la necesidad de contar con un enfoque sistemático y claramente definido para el control de tales sustancias, a fin de proteger a los trabajadores, la población y el medio ambiente.

La firma Dekra, consultora especialista en certificación y seguridad de procesos industriales, proporciona un decálogo de buenas prácticas que servirán para poner sobre aviso a cualquier planta que quiera prevenir un suceso de estas características. Instalaciones bien diseñadas. La instalación más segura es la que está mejor diseñada. Es conveniente minimizar los stocks; sustituir una materia peligrosa por otra más segura, seguir la regla de que el proceso más seguro es el menos complejo, o bien seleccionar la mejor técnica disponible de acuerdo a la eficiencia energética y al impacto medioambiental. Conocer de las propiedades de las materias manejadas. La minimización de riesgos tiene mucho que ver con el conocimiento de las propiedades de las materias que se manejan en los procesos industriales, partiendo de la base de que cualquier sustancia puede ser peligrosa en función de las condiciones en las que se encuentre. Información. Cuanta más información se tenga de un procedimiento, de su control y de sus principales riesgos, mejor se podrá abordar un análisis de riesgos. El conocimiento de casos prácticos de éxito similares siempre ayuda. Evaluación de riesgos. La evaluación de riesgos es imprescindible para garantizar la seguridad e identificar el nivel de peligro. Si es considerable, se hace necesario plantear las medidas para mitigarla y limitar sus posibles consecuencias.

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Buena documentación de ingeniería. La falta o poca calidad de la documentación de ingeniería es uno de los aspectos más negativos a la hora de evaluar posibles riesgos. De ahí, la necesidad de tener


todo bien detallado en los “papeles” y también de transmitirlo correctamente a los empleados. Sistema de Gestión de la Seguridad. Uno de los principales objetivos que se persigue con un Sistema de Gestión de Seguridad es prevenir o reducir los accidentes causados por factores de gestión interna, o lo que es lo mismo, lo que tenga que ver con las instalaciones y el personal. Debe incluir: organización y plantilla, control de la explotación, gestión de cambios, planificación ante situaciones de emergencia, seguimiento de los objetivos y auditoría y revisión. Cumplimiento de la Ley. La actuación ante accidentes graves está regulada por el Real Decreto 1254/99. Esta ley, pensada para situaciones de riesgo en los que intervengan sustancias peligrosas, persigue un doble objetivo: la prevención y, cuando ocurren, la limitación de sus consecuencias para el hombre y el medio ambiente. Una política para asegurar la calidad del proceso. Toda planta dedicada a los procesos industriales debe contar con su correspondiente política de calidad. Aquí se debe atender con detalle a aspectos como su inspección y certificación, control de cambios de procedimientos para evitar errores, actualización de documentación, trazabilidad de todos los procedimientos y tareas o el control y vigilancia de subcontratas. Una plantilla concienciada de los riesgos. El equipo humano es el valor fundamental de una fábrica y su concienciación es esencial para que realmente se reduzcan riesgos y se mejore la cultura de la seguridad. No sólo basta con tener un protocolo teórico y ponerlo en práctica, sino que hay que transmitir los resultados a toda la estructura de la compañía, empezando por la propia gerencia. Sentido común.

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La eficacia de cualquier proceso pasa por aplicar el sentido común, debiendo anteponer siempre la seguridad en todas las actividades que se realicen en la planta.


HIGIENE EN EL TRABAJO

Guía para una correcta gestión del fibrocemento El fibrocemento es un material constituido básicamente por un cemento reforzado con fibras para darle mayor capacidad mecánica y que cuando se fractura libera fibras de amianto que, por su poca densidad, quedan suspendidas en el aire y pueden penetrar a través de nuestro sistema respiratorio.

Las placas de fibrocemento que se conseguían tras añadirle amianto resultaban impermeables y fáciles de cortar y de perforar, eran bastante estables químicamente, ligeras y de coste era bajo, por lo que hasta su prohibición fueron muy utilizadas tanto en las redes de abastecimiento de agua como en la construcción, la automoción y en la industria naval y ferroviaria. Como consecuencia de su abundante uso, el fibrocemento está mucho más presente de lo que nos podemos imaginar, así por ejemplo muchas cubiertas de naves industriales, depósitos de agua y redes de abastecimiento están hechas de fibrocemento y son instalaciones que actualmente están en servicio. Esto no es un problema hasta el momento en que termina su vida útil y se plantea su modificación o su retirada. Para ayudar gestionar adecuadamente el fibrocemento, el Instituto Aragonés del Agua ha editado la “Guía para una correcta gestión del fibrocemento” (http://bit.ly/1zzQ9TD) en la que se detallan las diferentes responsabilidades que hay ante este material que debe ser considerado como residuo peligroso. El documento enfoca la situación desde 3 puntos de vista; como gestores de la instalación, como proyectistas que han recibido un encargo que conlleva la modificación de una infraestructura y/o retirada de fibrocemento y como contratista de unos trabajos que implican su manipulación.

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Dado su carácter de residuo peligroso todos los que de una manera u otra tienen relación con el fibrocemento adquieren una serie de responsabilidades. Los titulares de la instalación, asegurándose que a quienes encarguen proyectos o trabajos con fibrocemento, le demuestren la correcta gestión del mismo; los proyectistas están obligados a tener en cuenta la reglamentación existente; y las empresas contratistas deben tener la acreditación necesaria y en el caso de subcontratar esos trabajos, están obligados a que sea una empresa que los pueda ejecutar.


HIGIENE EN EL TRABAJO

Gestión de riesgos biológicos asociados al mantenimiento de productos sanitarios no implantables Por producto sanitario (PS) se entiende a cualquier instrumento, dispositivo, equipo, programa informático, material u otro artículo, utilizado sólo o en combinación en seres humanos con fines de diagnóstico, prevención, control, tratamiento o alivio de una enfermedad; diagnóstico, control, tratamiento, alivio o compensación de una lesión o una deficiencia; investigación, sustitución o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico; regulación de la concepción, y que no ejerza la acción principal que se desee obtener en el interior o en la superficie del cuerpo humano por medios farmacológicos, inmunológicos ni metabólicos, pero a cuya función puedan contribuir tales medios. Por su parte un Producto sanitario activo no implantable es aquel que dependen de cualquier fuente de energía distinta de la generada directamente por el cuerpo humano o por la gravedad, para funcionar adecuadamente y que no se va utilizar para ser introducido total o parcialmente, mediante intervención quirúrgica o médica, en el cuerpo humano para permanecer después de dicha intervención.

Los productos sanitarios activos no implantables (PSANI) son, hoy en día, soporte fundamental de los procesos asistenciales en los centros sanitarios y su gestión compete a todos los agentes involucrados: autoridades y organismos públicos y privados, fabricantes, distribuidores, servicios de mantenimiento y soporte técnico, gestores y profesionales del sector sanitario.

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La Federación Española de Empresas de Tecnología Sanitaria (Fenin), en colaboración con la Sociedad Española de Electromedicina e Ingeniería Clínica (Seeic), ha publicado el informe “Gestión de riesgos biológicos asociados al mantenimiento de productos sanitarios activos no implantables” (http://bit.ly/1u2bhg9) que tiene por finalidad poner a disposición de los

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El adecuado control y gestión de los riesgos debe ser prioritario debido a las consecuencias adversas que pueden resultar de una gestión deficiente y, por tanto, la colaboración entre todos los agentes implicados es fundamental para implementar las políticas necesarias: formación adecuada, identificación y puesta en común de buenas prácticas del personal sanitario y técnico, así como la elaboración y seguimiento de procedimientos destinados a minimizar o eliminar los riesgos biológicos valorando la probabilidad de detección, la severidad de sus consecuencias y la frecuencia con que pueden producirse.


profesionales sanitarios y personal técnico que intervienen en el mantenimiento de los PSANI una guía de referencia respecto a la prevención de riesgos biológicos intrínsecamente vinculados con la actividad sanitaria, tanto en el aspecto asistencial como en el no asistencial. El principio básico de actuación es que cualquier fluido corporal debe considerarse como potencialmente infeccioso, por lo que deberán evitarse procedimientos de riesgo poniendo todas las barreras físicas, químicas o biológicas disponibles para evitar el contacto. Las enfermedades más comunes producidas por agentes biológicos en el ámbito sanitario son hepatitis B, hepatitis C, sida o tuberculosis, mientras que en el caso de medicamentos peligrosos, los efectos más comunes a su exposición son daños en el ADN, cáncer, problemas de desarrollo y reproductivos.

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Con la implementación de una guía de recomendaciones de actuación se pretende acercar la problemática de la prevención de los riesgos biológicos al personal técnico y promover que cada área del centro sanitario evalúe los riesgos asociados a la manipulación de los productos sanitarios para informar de los procedimientos a seguir en cada caso.


ERGONOMÍA

Soluciones ergonómicas para el comercio Ergonomic Solutions for Retailers (http://1.usa.gov/1BWxC5b) es el título de una nueva publicación del Instituto Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional (NIOSH) que pone de relieve cómo los trabajadores de las tiendas de comestibles pueden reducir el riesgo de desarrollar lesiones al mover los materiales desde el camión de reparto a la sala de ventas. Diseñado para los trabajadores de comercios al por menor y para los expertos en seguridad, este texto utiliza una serie de ilustraciones para mostrar cómo y donde los empleados en un entorno de comercio al por menor, como una tienda de comestibles, pueden usar dispositivos mecánicos de asistencia para levantar, empujar o tirar materiales pesados que puede conducir a lesiones musculoesqueléticas.

Manipulación de materiales desde el camión de reparto a la sala de ventas.

Colocación de los productos en los estantes

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Carro con plataforma elevable

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Carro de mano autoajustable


ERGONOMÍA

FITS Modelo de Programa de Ergonomía de Oficinas Con las siglas FITS se conoce a un nuevo modelo de ergonómico para las oficinas, orientado a una administración efectiva de los posibles riesgos de lesiones músculoesqueléticas en usuarios de ordenadores. Este modelo incluye cuatro componentes, cuyas iniciales (en inglés) forman la palabra FITS.

Furniture. Muebles, se refiere a la evaluación y selección de mobiliario, incluyendo el correcto ajuste del mobiliario del puesto de trabajo, la silla y los accesorios informáticos, todo lo que debe ser considerado en el diseño del puesto de trabajo. La evaluación y selección incluye la revisión de las tareas, el análisis ergonómico, la evaluación del usuario y la evaluación del ajuste persona-mobiliario.puesto. Individual. Alude a la Evaluación de Puesto de Trabajo Individual, incluye analizar el puesto actual, el diseño del mobiliario y sus ajustes, así como los factores ambientales relevantes (iluminación, ruido y ventilación) y su interacción con el usuario. Training. El entrenamiento y capacitación en ergonomía de oficinas debe incluir las destrezas prácticas de ajuste del puesto, de las posturas de trabajo, las herramientas, y la forma de modificar el puesto para una prevención proactiva de las lesiones. Stretching. Incluso manteniendo posturas adecuadas en el trabajo, si estas se mantienen durante prolongados periodos de tiempo puede resultar dañino para el cuerpo. Por ello hay que mantenerse en movimiento a lo largo del día y desarrollar ejercicios de estiramiento que pueden reducir el esfuerzo y aumentar la circulación sanguínea, reduciendo la potencial fatiga muscular. Dependiendo del tipo de operaciones, las pausas habitualmente se programan como una pausa formal, tal como la colación de almuerzo, o de manera informal, con pausas para estiramientos o alejarse del puesto para ir al baño, tomar un café o acciones similares.

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El Modelo FITS puede ser aplicado en cualquier país, en cualquier entorno de oficinas, y constituye una estrategia sistemática de promover la salud y seguridad de los trabajadores de oficina.


GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN

Entrega de los premios “Aragón comprometido con la prevención” Compromiso e innovación en materia de prevención de riesgos laborales fueron los mensajes que protagonizaron la entrega de los premios “Aragón comprometido con la prevención” celebrada ayer 17 de diciembre de 2014 en la Sala de la Corona del Edificio Pignatelli.

Aragón sigue destacando por ser de manera continuada una de las tres Comunidades Autónomas con menores índices de siniestralidad. En los tres últimos años se ha ido produciendo una tendencia descendente en la accidentalidad laboral en las empresas de la Comunidad. En esta línea, han disminuido los accidentes de trabajo con baja en jornada laboral, tanto en cifras absolutas como en índices de incidencia por cada 1.000 trabajadores. Entre enero y noviembre de este año se registraron un total de 10.159 accidentes, casi un 4% menos que en el mismo periodo del 2013, según datos del ejecutivo aragonés. Destaca especialmente el descenso de accidentes considerados graves y mortales debidos a las condiciones de trabajo. De todos estos siniestros, hubo tres casos mortales frente a los 7 de los once primeros meses del pasado año y 43 graves. Además, se registraron 1.451 accidentes in itinere, un 10,21% menos (1.616). Igualmente se observa una disminución significativa de los accidentes sin baja, tanto en valor absoluto como en porcentaje, a pesar de que la media de trabajadores afiliados ha aumentado en este año 2014. En el acto de entrega el Director General de Trabajo, Jesús Divassón, destacó que la innovación está muy presente en la prevención de riesgos laborales y que cada año se detectan riesgos emergentes. Los riesgos biológicos, químicos, psicosociales y la nanotecnología son las últimas tendencias que están afectando a los trabajadores. Aragón es referente internacional en nanociencia y también es la segunda Comunidad Autónoma española con mayor presencia de nanomateriales en la producción industrial, tanto en el sector químico como en el farmacéutico, en la automoción, en el sector textil, en el papel, en la construcción, etc.

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La utilización de los nanomateriales en la industria permite disponer de productos más competitivos en el mercado, sin embargo el avance tecnológico está siendo mucho mayor que el desarrollo normativo y el estudio toxicológico de los nanomateriales. Las mismas propiedades que los hacen tan beneficiosos y competitivos son desconocidas en cuanto a efectos y riesgos por lo que hay mucho que investigar para poder realizar una evaluación del riesgo para la salud.


GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN

Real Decreto 171/2014 en materia de coordinación de actividades empresariales dirigido a autónomos del sector metal La Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón), con la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales ha elaborado el manual “Real Decreto 171/2004 en materia de coordinación de actividades empresariales dirigido a autónomos del sector metal” (http://bit.ly/1BWKTdS). A principios del año 2.004 se publica en el BOE el RD 171/2.004, sobre Coordinación de Actividades Empresariales, por el que se desarrolla el artículo 24 de la LPRL 31/95, conforme a su texto vigente introducido por la Ley 54/2003. Este real decreto viene a explicar y complementar el contenido del artículo 24, debido a las incorrectas aplicaciones del mismo y, en muchas ocasiones, al incumplimiento total de los requisitos establecidos en materia de Coordinación de Actividades Empresariales. El artículo 4.2 RD 171/2004 establece que tanto las empresas como los trabajadores autónomos que desarrollen actividades en un mismo centro de trabajo deberán informarse recíprocamente sobre los riesgos específicos de las actividades que desarrollen en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las otras empresas concurrentes en el centro, en particular sobre aquellos que puedan verse agravados o modificados por circunstancias derivadas de la concurrencia de actividades. El trabajador autónomo es un profesional que por sus características específicas aborda el riesgo derivado del trabajo de forma distinta a como lo hacen los trabajadores por cuenta ajena o los pequeños empresarios. Con la realización de este manual se pretende que los trabajadores autónomos tengan una idea clara del ámbito de aplicación así como de las especiales características que tiene el real decreto citado anteriormente, donde se aborda: la definición de centro de trabajo; empresario titular; actividad propia; empresario principal; los supuestos de coordinación y las responsabilidades en cada uno de ellos.

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El carácter híbrido del trabajador autónomo hace necesario precisar sus derechos y obligaciones cuando presta servicios en concurrencia con otros trabajadores autónomos o con trabajadores por cuenta ajena dependientes de otras empresas. Por tanto, constituye el objeto de este manual precisar el alcance de estos derechos y obligaciones así como la forma idónea de hacerlos efectivos.


GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN

Publicada la ley de Mutuas de Accidentes de Trabajo El Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado 29 de diciembre de 2014 publicaba la Ley 35/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (http://www.boe.es/boe/dias/2014/12/29/pdfs/BOE-A-2014-13568.pdf).

Esta ley tiene por objetivo modernizar el funcionamiento y gestión de estas entidades privadas, reforzando los niveles de transparencia y eficiencia, y contribuyendo en mayor medida a la lucha contra el absentismo laboral injustificado y a la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social. Por este motivo, la norma pretende profundizar en la colaboración en aquellos aspectos relativos a la gestión de la Seguridad Social, dotándolas de instrumentos que permitan mejorar la gestión de las distintas prestaciones de manera que revierta en beneficio de los trabajadores protegidos. Se persigue, a su vez, que esa mejor atención permita reducir el absentismo laboral injustificado y, por tanto, mejorar la competitividad de las empresas y, consecuentemente, la de la economía en su conjunto. Las entidades privadas autorizadas son las empresas colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social y las hasta ahora denominadas Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, que pasan a denominarse como Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social. Se definen como asociaciones de empresarios, de naturaleza privada, sin ánimo de lucro, cuyo objeto exclusivo es la colaboración en la gestión de la Seguridad Social y cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional. Con esta ley, se regula la naturaleza y funcionamiento de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social, así como el contenido y forma de ejercicio de las funciones públicas delegadas en las mismas con el objetivo del refuerzo de los citados principios.

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La colaboración en la gestión se desarrolla en relación con varias prestaciones. Así se pueden citar en la actualidad las siguientes: gestión de las prestaciones económicas y de la asistencia sanitaria derivada de las contingencias profesionales; realización de actividades de prevención de riesgos laborales de la Seguridad Social; gestión de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes; gestión de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y la lactancia natural; gestión de la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer o enfermedad grave; y gestión del cese de actividad de los autónomos.


GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN

Informe sobre el Estado de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2013 Continuando la tarea iniciada en 2007 de recopilar las actividades más relevantes desarrolladas durante el año por las Instituciones Públicas que integran el Sistema Nacional de Prevención, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo acaba de publicar el “Informe sobre el Estado de la Seguridad y la Salud en el Trabajo de 2013” (http://bit.ly/1uHzvA3). En este informe además se detallan las más importantes novedades normativas y los avances en la regulación a través de los convenios colectivos de la materia de seguridad y salud en el trabajo.

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Por otro lado, el Informe profundiza en las estadísticas de daños a la salud con especial referencia a los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Este año, el informe se enriquece con un importante estudio sobre las condiciones de empleo y siniestralidad en el sector pesquero, en el que, además, se abordan de forma detallada las características sociodemográficas y las condiciones de trabajo de esta actividad que requiere una atención específica.


GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN

Código de Prevención de Riesgos Laborales

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La Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado ha publicado a fecha 21 de octubre la última actualización del Código de Prevención de Riesgos Laborales (http://bit.ly/1xk8XBc). Este código, que recopila toda la legislación vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales aplicable en el derecho español desde normas consolidadas -incluyendo todas sus redacciones desde el texto original hasta la versión vigente, es actualizado periódicamente.


GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN

Deficiencias en el cumplimiento de las obligaciones legales en materia preventiva El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha publicado el “Informe anual de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2013” (http://bit.ly/1wL1Bd7) en el que se refleja el conjunto de las actividades del sistema de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, así como las iniciativas y medidas de modernización y reforma emprendidas durante el año pasado. En dicho informe se manifiesta la existencia de carencias normativas o dificultades en el cumplimiento de la legislación en materia de prevención de riesgos laborales en el ámbito empresarial, así se destaca: 1.- La realización de evaluaciones de riesgos de carácter genérico y, en general hay tendencia a las actuaciones preventivas de carácter meramente documental, implicando un cumplimiento más formal que real de la normativa de prevención de riesgos laborales por parte de las empresas. A ello contribuyen en buena medida las entidades especializadas concertadas por la empresa, constatándose la existencia de deficiencias graves en las funciones de asesoramiento que llevan a cabo. En este sentido, se ha puesto de manifiesto los incumplimientos detectados por parte de los Servicios de Prevención Ajenos en materia de vigilancia de la salud por, entre otras cuestiones, falta de aplicación del protocolo correspondiente o no realización de las pruebas específicas exigidas por el mismo. 2.- La escasa calidad de las actividades formativas en las empresas, siendo ésta más genérica y de carácter fundamentalmente teórico, siendo cada vez más frecuente la utilización de sistemas de formación a distancia u on line que en muchos casos no garantizan una formación teórica y práctica suficiente y adecuada a los riesgos específicos del puesto de trabajo. 3.- Falta de tipificación en la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social de determinadas conductas empresariales. A modo de ejemplo, se indica la ausencia de tipificación del incumplimiento de la obligación del promotor de velar por la realización de la comunicación de apertura del centro de trabajo por parte del contratista en las obras de construcción o de los incumplimientos por parte de los fabricantes y suministradores de sustancias y maquinaria.

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4.- La infracalificación calificación de los accidentes de trabajo, es decir, la calificación de un accidente como leve desde un punto de vista médico que, sin embargo, presenta una mayor entidad desde el punto de vista preventivo. De ahí la necesidad planteada por diversas Inspecciones Provinciales de que se definan legalmente los criterios para la calificación de los accidentes de trabajo y de mantener las campañas de investigación de aquéllos calificados como leves, en donde se están obteniendo resultados satisfactorios.


GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN

Guía informativa sobre coordinación de seguridad y salud

Las actividades relacionadas con el sector de la construcción se han convertido en los últimos años en un galimatías de normativa legal en el que se pone en juego la responsabilidad de todos los agentes que en ellas intervienen (promotor, dirección facultativa, contratistas...). En este sentido, y dentro de la citada dirección facultativa, el coordinador de seguridad y salud es el especialista que, con una elevada formación técnica y preventiva, puede ayudar a que el resto de agentes de la obra cumplan con sus obligaciones en materia preventiva. Por todo ello, conviene que el promotor cuente con el respaldo de una empresa especializada que le dé cobertura gracias a:    

La formación y cualificación de sus técnicos. Puesta a disposición de equipos multidisciplinares. El apoyo técnico y jurídico al cliente y al propio coordinador. La capacidad de sustitución o de apoyo en caso de baja o de punta de trabajo.

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La Asociación Española de Empresas de Coordinación de Seguridad y Salud (ECSYS) ha publicado la “Guía informativa sobre coordinación de seguridad y salud” (http://bit.ly/14uSins) con la finalidad de dar a conocer la actividad de coordinación de seguridad y salud y a las empresas que la realizan.


GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN

Prevención de Riesgos Laborales de los empleados públicos El pasado 24 de diciembre de 2014 se publicó el Real Decreto 1084/2014 por el que se modifica el Real Decreto 67/2010, de 29 de enero, de adaptación de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales a la Administración General del Estado (http://bit.ly/13DoKUz) y que introduce importantes novedades y mejoras preventivas en la legislación de Prevención de Riesgos Laborales, que redundarán en una mayor protección de la seguridad y salud de los empleados públicos, en la mejora de sus condiciones de trabajo y en el perfeccionamiento de los mecanismos de participación en materia de prevención.

Entre las novedades y mejoras preventivas destacan las siguientes: Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo. Se adecúan los Comités de Seguridad y Salud existentes al actual marco legal, y se establecen los términos y criterios generales para la creación de comités de seguridad y salud en la Administración General del Estado y su Administración Periférica. Se asegura, especialmente, su constitución en los colectivos con mayor número de efectivos o cuando la naturaleza o frecuencia de los riesgos así lo aconseje; Cuerpo Nacional de Policía, Demarcaciones de Carreteras, Confederaciones Hidrográficas, Ministerio de Defensa o CSIC. Delegados de prevención. Se amplían las funciones de los delegados de prevención, al considerar como tiempo de trabajo efectivo, sin imputación al crédito horario, el que se destine a las actuaciones relacionadas con la aplicación de los protocolos de acoso existentes en la Administración. Servicios de Prevención Mancomunados. Se fomenta la constitución de Servicios Mancomunados de Prevención, especialmente en la Administración Periférica, para mejorar la eficacia, la coordinación y la eficiencia de los recursos preventivos disponibles.

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Vigilancia de la salud. Se introducen significativas al prever, entre otras materias, la posible asunción, por parte del servicio de prevención propio del departamento, la vigilancia de la salud en algunos de sus organismos dependientes, incluyendo la colaboración de los servicios médicos asistenciales de departamentos y organismos.


Auditorías de prevención. Se implanta un completo modelo de análisis del sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales en los diferentes Ministerios y organismos, basado en tres niveles de control: la realización de auditorías internas, el establecimiento de controles periódicos externos a cargo del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y la realización de auditorías en los términos previstos en el Real Decreto 39/1997 para los casos que específicamente se establecen. Coordinación general de la prevención de riesgos laborales. Se refuerza el papel de la Dirección General de Función Pública en la Administración General del Estado en materia de formación, auditoria y asesoramiento, lo que facilitará el establecimiento de prioridades y objetivos preventivos. Integración de la actividad preventiva. Se contempla, por primera vez, la realización de un informe anual específico, por parte de la Subsecretaría de cada Ministerio y de la Dirección de cada Organismo, sobre la situación del Plan de Prevención de su ámbito, a fin de hacer realidad la mejora continua del sistema. Plan Integral de Formación.

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La Administración General del Estado se dotará de un Plan Integral de Formación, dirigido a todos sus empleados públicos, en el que colaborarán la Dirección General de Función Pública, el Instituto Nacional de Administración Pública y el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.


PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA

Protocolo de actuación ante la violencia externa en el lugar de trabajo del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón La violencia en el trabajo comprende las agresiones físicas, las conductas físicas o verbales amenazantes y/o intimidatorias y los ataques o agresiones de carácter psíquico, ya sean momentáneas o reiteradas, que pueda sufrir el trabajador en circunstancia relacionadas con el trabajo.

La violencia en el trabajo puede ser interna (entre personas que trabajan en la empresa) o externa, cuando intervienen personas ajenas a la empresa (usuarios de los servicios, proveedores, público en general...). Con el objetivo de prevenir situaciones de violencia externa en el lugar de trabajo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como para clarificar el procedimiento de actuación frente a estas situaciones, se ha elaborado un protocolo de actuación ante la violencia externa en el lugar de trabajo. En concreto, se regula un procedimiento que contempla los mecanismos de auxilio, la asistencia médica, la declaración del parte de agresión y del incidente/accidente de trabajo si procede, su investigación y la puesta en marcha de las medidas preventivas necesarias, el registro de las partes y actuación de la dirección frente a la agresión, facilitando el apoyo jurídico al trabajador y enviando, en su caso, el manifiesto de rechazo del comportamiento agresivo. Se prevén, además, medidas de prevención de este tipo de situaciones tales como acciones formativas o de sensibilización e información a los trabajadores y usuarios de los servicios públicos. Este protocolo de actuación ante la violencia externa en el lugar de trabajo del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón se ha publicado en el Boletín Oficial de Aragón del pasado 18 de noviembre de 2014 (http://bit.ly/1v1fvIo)

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PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA


PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA

Violencia externa en el trabajo en el sector del transporte El concepto de violencia externa en el trabajo comprende por lo general los insultos, las amenazas o la agresión física o psicológica ejercidos contra un trabajador por personas ajenas a la organización en la que trabaja, incluidos los usuarios y clientes, poniendo así en peligro la salud, la seguridad o el bienestar del trabajador. En esta violencia puede haber un componente racial o sexual. Uno de los sectores más afectados por este riesgo es el del transporte.

Los episodios de violencia de los pasajeros hacia los conductores de autobús, autocar, taxi, tren, tranvía, ambulancia, etc. surgen por distintos motivos:  Quejas (retrasos, falta de cambio, la conducción del conductor, incomodidad con el aire acondicionado, despistes del conductor, accesos complicados de carros o bicicletas).  Falta de educación de algunos usuarios.  Cuando los pasajeros no quieren adquirir el billete de viaje.  Asaltos o robos. Se producen más o menos incidentes violentos dependiendo del día de la semana, la hora del día, la conducción por zonas conflictivas o por la coincidencia de la celebración de ciertos acontecimientos deportivos y culturales (partidos de fútbol, conciertos, etc.). En el caso concreto de los conductores de autobús, las agresiones verbales por parte de los pasajeros acaban por convertirse en hechos rutinarios.

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 Utilizar mamparas en las cabinas de los conductores e incrementar el control y la frecuencia de la inspección para ciertas rutas y horarios.  Instalar cámaras de seguridad a prueba de ataques como medida disuasoria, sobre todo, en autobuses.  Dotar al medio de transporte de radioteléfono de contacto directo entre el conductor y la empresa, con equipos móviles de emergencia en la ciudad para poder acudir rápidamente en caso de necesidad.  Instalar una puerta de salida para el conductor de autobuses o autocares en la parte izquierda del vehículo que pueda utilizar en caso de violencia.  Acompañar una segunda persona al conductor en ciertas rutas y horarios.

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Entre las medidas preventivas recomendables se pueden señalar las siguientes:


PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA

Legislación sobre los riesgos psicosociales Al igual que en la inmensa mayoría de los países europeos no contamos en España con una legislación específica sobre los riesgos psicosociales pero en todo caso existe una interpretación común de todas las Inspecciones de Trabajo europeas respecto a la inclusión tácita e implícita de estos riesgos en las disposiciones generales de la Directiva Marco 89/391/CEE relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo (http://bit.ly/1y99dbw) Las normas de seguridad y salud en el trabajo aprobadas en el ámbito de la Unión Europea comprenden todos los riesgos para la salud derivados del trabajo sin que quepan excepciones. Como consecuencia, los riesgos psicosociales quedan plenamente comprendidos. De este modo, las obligaciones generales previstas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (http://bit.ly/1yf22go), como las de gestionar los riesgos a través de su evaluación y planificación de medidas preventivas, son de directa aplicación a todos los sujetos obligados por la Ley sin necesidad de que medie su desarrollo y concreción por vía reglamentaria. En el propio texto de la LPRL podemos encontrar algunas referencias directas a estos riesgos en los siguientes preceptos: El artículo 4.7.d que incluye dentro del concepto de condiciones de trabajo que deben ser tratadas en la aplicación de la Ley "todas aquellas otras características del trabajo, incluidas las relativas a su organización y ordenación, que influyan en la magnitud de los riesgos a que esté expuesto el trabajador". El artículo 15.1.d) que establece que se debe "adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud". El artículo 15.1.g) que describe el contexto en el que se ha de planificar la prevención "buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo". Hay que destacar que las obligaciones generales de la LPRL son directamente vinculantes sin necesidad alguna de que medie un desarrollo reglamentario específico.

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Fuente: Asociación Mobbing Madrid Psicosociología APLI


PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA

Riesgos psicosociales en el sector cementero Los riesgos psicosociales son el segundo problema de salud más frecuentemente denunciado en Europa, después de los trastornos musculoesqueléticos. Ante este dato la Fundación Laboral del Cemento y del Medio Ambiente (CEMA) ha abordado un exhaustivo estudio sobre las condiciones psicosociales de los trabajadores del sector cementero español con el objetivo de localizar las fuentes de riesgo psicosocial en este sector industria y a continuación, diseñar y proponer medidas preventivas específicas por medio de los productos finales elaborados.

El trabajo se ha desarrollado según el método FPSICO 3.0 del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), en base a más de 1.100 encuestas realizadas a trabajadores de producción, administración y mandos del sector cementero español. Entre los factores de riesgo estudiados se encuentran el tiempo de trabajo la variedad y contenido, el interés por el trabajador y la compensación, la carga de trabajo, la autonomía, las demandas psicológicas, la participación y la supervisión, el desempeño del rol así como las relaciones y apoyo social. El resultado final ha sido el “Estudio de los factores psicosociales en el sector cementero. Propuestas para la mejora de las condiciones de trabajo” (http://bit.ly/1yuLbYc) recientemente publicado, y del que se desprende que la mayoría de los trabajadores de la industria cementera se encuentran satisfechos y consideran adecuados los aspectos psicosociales relacionados con el desempeño de su trabajo, tales como tiempo de dedicación, rol desempeñado en la empresa, autonomía, demandas psicológicas o apoyo social.

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También han aprobado con nota otros factores como la variedad y el contenido del trabajo, que comprende la sensación de que el trabajo tiene un significado y utilidad en sí mismo, con un 71%; así como así como la autonomía (70%) las relaciones y el apoyo social (67%), y el tiempo de trabajo y el interés por el

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De los nueve factores de riesgo analizados, Siete de ellos son considerados adecuados por un porcentaje mayoritario de los encuestados, cercano incluso al 100% en algunos casos. Así, las demandas psicológicas, que se refieren a la naturaleza de las distintas exigencias a las que se ha de hacer frente en el trabajo, son consideradas adecuadas por un 82% de los encuestados, aunque este porcentaje se reduce a un 64% en el caso de los mandos que en un 22% consideran su situación como de riesgo elevado o muy elevado. En este sentido, el estudio propone que se establezcan mecanismos o aplicaciones que faciliten al mando tomar decisiones sobre el ritmo, la cantidad de trabajo, el método o el momento de realizar las pausas.


trabajador/compensación (promoción, formación, desarrollo de carrera, seguridad…), que rondan el 60% en ambos casos. El desempeño del rol ha sido considerado adecuado por casi un 50 % de los trabajadores, una cifra dentro de los niveles medios, aunque llama la atención que más de un 25% de los cargos contemplan este factor como de muy alto riesgo. En este sentido, el estudio recomienda procurar que las instrucciones lleguen a los trabajadores y se compruebe que son “entendidas, clarificadoras y útiles”. En el extremo opuesto, únicamente el factor de participación / supervisión fue considerado en niveles de riesgo muy elevado por la mayoría (61%), mientras que solo lo considera adecuado un 17% de los encuestados. Mientras que la supervisión ha sido considerada adecuada por más de un 65% de los trabajadores, la participación se ha convertido en el apartado en el que concentrar los esfuerzos para la mejora de este indicador, sobre todo entre los trabajadores de las áreas de producción y de administración. En ese sentido, el estudio propone analizar los medios existentes en cada organización para canalizar la participación (buzones, paneles, reuniones periódicas, etc.) y valorar qué aspectos podrían mejorarse o si sería preciso crear nuevos canales.

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La carga de trabajo es el factor restante en el que la consideración de “adecuado” ha estado por debajo del 50%, aunque muy levemente, con un 43%. Cabe destacar, no obstante, que el 50% de los mandos lo considera un factor de riesgo muy elevado, por lo que el estudio recomienda, entre otras variables, la formación en nuevas tecnologías que permitan resolver algunas de las tareas con mayor facilidad.


PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA

Perfil sociodemográfico y siniestralidad laboral de los trabajadores autónomos El Estatuto del Trabajador Autónomo supuso un importante avance en el conocimiento de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo de este colectivo, ya que hizo obligatoria la cobertura de la prestación por accidente de trabajo y enfermedad profesional a los denominados trabajadores autónomos económicamente dependientes y a aquellos integrados en actividades de mayor riesgo, por lo que año a año se irá mejorando el nivel de conocimiento del comportamiento frente al accidente de trabajo por parte del colectivo de autónomos. A finales del año 2009, el grupo de trabajo sobre Trabajadores Autónomos de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST) solicitó al INSHT la incorporación de un análisis de siniestralidad específico de los trabajadores autónomos dentro de los informes anuales que se elaboraran por parte del Departamento de Investigación e Información del INSHT sobre accidentes de trabajo. Recientemente se ha publicado el informe “Trabajadores autónomos: perfil sociodemográfico y siniestralidad laboral. 2013” (http://bit.ly/14K15mr), el quinto de la serie, y que tiene como objetivo aportar información orientativa sobre la siniestralidad por Accidentes de Trabajo con baja médica, ocurridos en jornada de trabajo (ATJT) y que afectaron al colectivo de trabajadores autónomos con la contingencia de accidente de trabajo y enfermedad profesional (AT y EP) cubierta durante el año 2013. Además, el informe ha sido completado con una primera sección que describe el perfil sociodemográfico de este colectivo de trabajadores. Del informe se desprende que no existen evidencias que pongan de manifiesto que las condiciones de trabajo y la seguridad y salud para una misma actividad laboral sean diferentes entre autónomos y trabajadores con una relación contractual con un empleador. No obstante entre los trabajadores autónomos pueden emerger riesgos psicosociales específicos, como aquellos directamente relacionados con el aislamiento o con la presión ejercida por las obligaciones y consecución de garantes de viabilidad y buena marcha de su negocio.

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Resulta importante destacar que al hacer una comparación global de los índices de incidencia de los trabajadores autónomos frente al total de trabajadores, en líneas generales se observan menores índices de incidencia de ATJT para los autónomos.


MEDICINA DEL TRABAJO

Cáncer provocado por el amianto, una enfermedad profesional escasamente reconocida Un estudio de la Universidad de Granada (UGR) publicado por International Journal of Occupational and Environmental Health calcula el año 2007 al 2011 murieron entre 400 y 600 personas a causa de la laboral al amianto, no obstante la Seguridad Social sólo reconoció catalogándolos como enfermedad profesional, es decir la Seguridad reconoce al 95% de los fallecidos por exposición laboral al amianto.

la revista que desde exposición 50 casos, Social no

El amianto, también conocido como asbesto, fue muy empleado en la construcción y en numerosos procesos industriales en España entre las décadas de los 60 y 90 del siglo pasado. Su comercialización y uso están prohibidos desde el año 2002, por tratarse de un agente cancerígeno que está presente en miles de edificios, tuberías y tejados. Existe una normativa de 2006 para el desmantelamiento de las alrededor de dos toneladas de amianto que pueden quedar instaladas en España. El cáncer se puede manifestar 30 ó 40 años después de que se produzca la exposición, y muchas veces la persona está jubilada y el médico no sospecha que la causa pueda ser laboral. La mayoría sufrieron la exposición entre los años 70 y 90, por lo que el mayor pico de mortandad se está viviendo en esta década, así los cálculos señalan que entre 2016 y 2020 habrá alrededor de 200 muertes al año por este tipo de cáncer. El principal problema es que estas personas deberían ser reconocidas como víctimas de un problema laboral. Su enfermedad es profesional y les daría derecho a una serie de prestaciones que ahora mismo no reciben.

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Por otra parte el amianto no es un problema cerrado. Si no se cumplen los protocolos, por ejemplo si se desmantela una nave industrial o se hace una obra en un edificio con fibrocemento, los trabajadores pueden exponerse a respirar fibras de amianto. Además, existe un “Plan de vigilancia para trabajadores expuestos y p0ostexpuestos” que aunque funciona bien necesita que se potencie. Es algo que sólo se logrará con la visibilización social del problema.


MEDICINA DEL TRABAJO

Los primeros auxilios en la empresa Los primeros auxilios son un conjunto de actuaciones y técnicas que permiten la atención inmediata del accidentado, lo más rápida y adecuadamente posible, hasta la llegada del equipo médico profesional con objeto de no agravar las lesiones producidas e incluso salvarle la vida.

Todo el personal de la empresa debe estar sensibilizado con la importancia de la organización de los primeros auxilios y con la verificación continua del buen funcionamiento de éstos, teniendo en cuenta que de su buen funcionamiento puede depender a veces la vida de una o varias personas. Cadena de socorro La cadena de socorro está integrada por un grupo de personas de la empresa, que están debidamente formadas, informadas y entrenadas para activar correctamente el Sistema de Emergencia. Podría resumirse que la cadena de socorro la forman todas aquellas personas que están entre la víctima y el equipo médico profesional. Los eslabones de la cadena de socorro son tanto propios (testigos, telefonistas, socorristas) como externos (personal del teléfono de emergencias 112). Es muy importante tener bien definidas las personas que forman parte de la cadena de socorro en caso de accidente. Activación del sistema de emergencia Ante un accidente se debe activar cuanto antes el Sistema de Emergencia, puesto que de esta forma se socorre al accidentado mejor y más rápidamente, haciendo que no se agraven las lesiones e incluso llegando a salvarle la vida. Para activar correcta y eficazmente el Sistema de Emergencia, hay que tener siempre en cuenta la palabra: P.A.S., cuyas siglas indican las actuaciones básicas para atender a un accidentado:  Proteger  Avisar  Socorrer

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Una vez activado el Sistema de Emergencia (P.A.S.) y a la hora de socorrer, se debe establecer un método único que permita identificar las situaciones vitales o de emergencia médica que conduzcan a la muerte. Para ello, siguiendo el protocolo

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Valoración primaria del accidentado


común establecido, se realizará una evaluación de los signos vitales mediante una exploración primero de la consciencia del accidentado y después de la respiración y llegado el caso se intentará su restablecimiento. Para comprobar la consciencia del accidentado, habrá que preguntarle qué le ha pasado. Si no contesta, hay que provocarle un estímulo para ver si reacciona o no y en caso de que no reaccione, es cuando se declara que el accidentado está inconsciente. Seguidamente y, sin moverlo, por si acaso padece algún traumatismo, hay que comprobar su respiración. Cuando el accidentado está inconsciente y no respira será preciso habrá que proceder a la reanimación cardiovascular. Ante una parada cardiorrespiratoria, se utiliza el ABC de la reanimación:  Abrir el paso al aire.  Masaje cardiaco para conseguir un latido cardiaco eficaz.  Boca a boca. Valoración secundaria del accidentado La evaluación secundaria se hará, una vez que se haya hecho la valoración primaria de la víctima y se haya comprobado que mantiene las constantes vitales (consciencia y respiración), y por tanto, no corra peligro su vida. En la evaluación secundaria se examina al accidentado de la cabeza a los pies, buscando lesiones que pudieran agravar posteriormente su estado general. Estas lesiones pueden ser hemorragias, heridas, fracturas, quemaduras, etc. Espera de los servicios médicos externos Cuando el accidentado está a la espera de la llegada de los servicios médicos, una vez que se ha hecho la valoración primaria y secundaria, su colocación es muy importante para no agravar su estado. La posición lateral de seguridad es la posición adecuada de espera y transporte cuando el accidentado se encuentra inconsciente, con respiración estable y sin traumatismo. Así, se controla el vómito y se evita que la lengua caiga hacia atrás y provoque dificultad respiratoria. Además durante la espera se debe:

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 Vigilar el nivel de consciencia y respiración continuamente.  Aflojar la ropa y calzado y retirar elementos del cuello y de miembros superiores con traumatismos.  Mantener al accidentado en buenas condiciones de temperatura, abrigado contra el frío y a la sombra contra el calor y el sol.  Mantenerlo despierto y animado.  No darle de comer, beber o fumar.  Evitar situaciones o comentarios que puedan alterarlo.


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