Carril Bus 152 - Junio 2017

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enportada especial

gunda, tercera,…-. Y lógicamente tienen que dejar el cártel. Podéis pensar que -permitidme la expresión- ninguna empresa va a “piar” pero no es así: muy al contrario; de hecho, la política de clemencia que anima a las empresas a denunciar a sus compañeras de acuerdos contrarios a la competencia, está teniendo muy buenos resultados en la disolución de cárteles -sirva el ejemplo que os he puesto antes-.

“¿Os suenan las cantidades que se barajan que tendrán que pagar a los transportistas compradores por los sobreprecios derivados de un pacto de precios las empresas involucradas en el cártel de fabricantes de camiones? Unos 2.500 millones de euros, más intereses de demora. Y la multa para DAF, Daimler-Mercedes, Iveco, Volvo-Renault y MAN -Scania aún está siendo investigada- en julio del año pasado fue de 2.930 millones de euros. Así que, vosotros mismos podéis sacar cuentas” pagar a los transportistas compradores por los sobreprecios derivados de un pacto de precios las empresas involucradas en el cártel de fabricantes de camiones? Unos 2.500 millones de euros, más intereses de demora. Y la multa para DAF, Daimler-Mercedes, Iveco, Volvo-Renault y MAN -Scania aún está siendo investigada- en julio del año pasado fue de 2.930 millones de euros. Así que, vosotros mismos podéis sacar cuentas. Ahora bien, ciertamente no resulta fácil probar la existencia de estos cárteles, y creo que todos somos conscientes de que, al ser ilegales, no se publicitan y que lo más normal es que sean secretos. No es difícil suponer que a ninguna empresa le apetece que le impon-

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gan las autoridades encargadas de la defensa de la competencia, una tremenda multa y, en su caso, unas elevadas indemnizaciones por este tipo de actuaciones. Por eso, tanto la normativa española como la europea han introducido los llamados programas de clemencia, que implican, para la empresa que forme parte del cártel y que sea la primera en “chivarse” a las autoridades de la competencia para que éstas investiguen, una exención de la multa -si aún no había investigación- o una reducción del importe de la multa que pudiera serles impuestas en el caso de que aporten pruebas -o para las que no sean las primeras en contarlo y va bajando la disminución a medida que sea la se-

Así que las empresas que participen de estos acuerdos han de estar permanentemente mirándose no solo las espaldas sino de reojo al de al lado. De todas formas, el mero hecho de poner la existencia de un cártel en conocimiento de las autoridades no implica sin más una sanción, ya que tiene que haber más pruebas que lo corroboren. Eso sí, a mí nadie me quita la cabeza la imagen de la cabeza del “chivato” o del “delator” de las películas yankees. “Y ahora vas y lo cascas…” ¡Maldita imaginación! n

Tanto la normativa española como la europea han introducido los llamados programas de clemencia, que implican, para la empresa que forme parte del cártel y que sea la primera en “chivarse”, una exención de la multa -si aún no había investigación- o una reducción del importe de la multa


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