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desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente".

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Sin embargo las oficinas agrarias y otras instancias del gobierno han introducido dentro de las comunidades a personas que no cumplen con la categoría de indígena nativo, que se han convertido en invasores y perturbadores de las comunidades, llegando a poseer muchas tierras y a venderlas y enajenarlas. En muchas ocasiones estas personas se han convertido en líderes y en relacionistas comunitarios creando problemas de identidad a la comunidad nativa.

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La consulta debe ser a toda la comunidad. Todos los comuneros deben conocer todo y tener decisión en todos los acuerdos, no solamente los jefes o unos pocos supuestamente líderes. En la consulta no cabe decir que basta con la aprobación del 50% de los miembros de la comunidad, sino la aprobación, a ser posible, de todos. Puesto que los representantes de los pueblos nativos son los jefes de las familias extensas y no los comúnmente llamados líderes, creados por partes interesadas para hacer más fácil los acuerdos, deben participar en la consulta también los jefes de comunidad y los comuneros, pues los pueblos indígenas no aceptarán a otros representantes. Sin embargo tratándose de grupos que tienen dificultad en conocer el idioma del que consulta y los temas consultados se podrá recurrir a intérpretes, que sepan exponer bien de qué se trata en la consulta y para qué se consulta. El Convenio no otorga a los nativos el Derecho al Veto, es decir, si el Gobierno opina que no le conviene aceptar una negativa a lo consultado de parte de los amazónicos, puede proceder a poner en actividad su propuesta, sin más. Por eso la consulta debe procurar un diálogo claro, de buena fe, prolongado, hasta llegar a un acuerdo entre las partes. El motivo de la consulta es ponerse de acuerdo para llegar a una aceptación razonable entre las partes, para lo cual hay que dialogar sin imposiciones por ninguna de las partes. La consulta es un diálogo. Y con el diálogo una consulta puede ser positiva. 4. Finalidad de la consulta. El artículo 6, 2, dice que la consulta tiene por finalidad "llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas". Este objetivo supone que los indígenas nativos entran mediante la consulta en relación dialogante e intercultural con el Estado, con las empresas, ONGs y particulares y aceptan su identidad como negociadores. De esta manera los nativos tienen acceso a nuevos conocimientos que se expondrán en los diálogos, que van a conducir a una

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