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26 de junio de 1957. La OIT (Organización Internacional del Trabajo) propone a los estados miembros de las Naciones Unidas, el Convenio 107 sobre poblaciones indígenas y tribales cuyas condiciones sociales y económicas correspondan a una etapa menos avanzada que la alcanzada por los otros sectores de la colectividad nacional. El Convenio parte del supuesto de que el indígena es primitivo y debe recorrer un estadio hasta incorporarse al Estado, dejando de ser lo que es.

incorporarlos al Estado. Se propone crear una comunidad para los nativos, sin consultarles a éstos, pues aún no se le da la voz al indígena. Se les impone, desde afuera, una comunidad simulada, a imagen de la del Ande, de China, de Yugoslavia y de Albania, que no conocían por tradición. Y se dice que si la comunidad no funciona, hay que hacerla funcionar a la fuerza. 30 de enero de 1971.

La Ley de Reforma Agraria o Decreto Ley Nº 17716 del 24 de junio de 1969, promulgado por el Gobierno Revolucionario de Juan Velasco Alvarado, da el nombre a las comunidades indígenas del Ande, como comunidades campesinas, pero no se ocupa de las tribus selvícolas; prácticamente las olvida, puesto que oficialmente no contribuyen al desarrollo de la nación.

Declaración de Barbados I. Los antropólogos participantes en el Simposio sobre la fricción interétnica en América del Sur, reunidos en Barbados los días 25 al 30 de enero de 1971, después de analizar los informes presentados acerca de la situación de las poblaciones indígenas, tribales y de varios países del área, acordaron elaborar un documento y presentarlo a la opinión pública con la esperanza de que contribuya al esclarecimiento de este grave problema continental y a la lucha de liberación de los indígenas. Considera a los indígenas dominados por el colonialismo y sin capacidad para liberarse por sí mismos, necesitando que otros intercedan por ellos.

Año 1970.

7 de noviembre de 1972.

En la década de los setenta el Sistema Nacional de Movilización Social (SINAMOS) se preocupa especialmente de los indígenas amazónicos y trata de organizarlos en comunidades, pues piensa que la comunidad es el mejor sistema para

La ley 19326 incorporó la Educación Bilingüe (EB) al sistema educativo y reconoció tanto lo lingüístico como lo cultural: "La educación considerará en todas sus acciones la existencia en el país de diversas lenguas que son medio de comunicación y

24 de junio de 1969.

R E P O R TA J E E S P E C I A L

imprecisiones al hablar de los grupos étnicos amazónicos.

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