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niños para la venta e intercambio de mercaderías (FERNANDEZ, W. 1952:146-147). No solamente hubo un desplazamiento forzado de los nativos del Ucayali y del Bajo Urubamba hacia los centros caucheros del Madre de Dios y del Purús, en donde constituyeron el mayor contingente de la fuerza de trabajo, sino también en el Alto Urubamba. Aquí, la explotación cauchera invadió sus bosques con personal foráneo, ignorando a los nativos como habitantes legítimos de una región. Hubo correrías, compraventa de niños y de mujeres. Muchos huyeron a los cerros y a las quebradas más recónditas, evitando así la posible esclavitud, dejando a la libre disponibilidad de los caucheros su territorio, sin hacer mayor esfuerzo por defenderlo. La misión de Chirumbia sufrió estos ataque sorpresivos y muchas familias fueron víctimas de los desplazamientos, unos río abajo con los traficantes y otros huyendo a las montañas más escabrosas (FERNANDEZ, W. 1952: 212-214). Mons. Ramón Zubieta denuncia que es necesario poner coto a todas esas incursiones contra los Machiguengas del Alto Urubamba. Describe las correrías. Dice que se reúnen tres o cuatro o cinco hombres que vienen de la parte de abajo y tratan de hacer amistad con las familias pero, de repente incursionan con las balas matando a los hombres hiriendo a los otros de muerte y otros cogidos prisioneros con mujeres e hijos son llevados al Ucayali. Estas incursiones –dice- son frecuentes, por eso solicita que se ponga coto a esto. En el año 1912 Mons. Zubieta hace un proyecto de ley y lo presenta al Gobierno. En él se piden tres cosas: Primero que se prohíba en absoluto las correrías; segundo que quede absolutamente prohibido el trafico de nativos ningún pretexto; tercero que los niños jóvenes adquiridos sean después entregados a una misión para su protección y para su educación. (FERNANDEZ, W. 1952: 213; 230-232). El caucho del Alto Urubamba era cotizado en el mercado nacional de inferior calidad al del Madre de Dios y del Purús por lo que las presiones de los caucheros sobre la población matsiguenga no fueron excesivas. Parece que esto condicionó, además, la clase de propietarios de las estradas, el sistema de explotación y la forma de venta del producto. La empresa del caucho, que dependía de la extracción y destrucción del bosque y no de la reproducción del mismo, exigía que sus propietarios estuvieran presentes en el campo de trabajo, dirigiendo y controlando la explotación, el transporte y la comercialización, pues la competencia era grande y desleal. Por eso, los empresarios que se lanzaron a la aventura del caucho no fueron los tradicionales en el Perú sino personas nuevas, para las que el verdadero capital que movería la empresa no era el dinero sino la adquisición de un producto que no necesitaba inversión, es decir, el empleo de unos trabajadores, a los que se les obligaba a trabajar sin pagarles: Los indígenas nativos. Estos eran traídos “de abajo”, campas y piros, para suplir a los matsiguengas locales que habían huido. Sin embargo, no podía estar ausente la empresa tradicional en la explotación del caucho. Hubo empresarios de Lima, Cuzco, Arequipa y de otras regiones que expusieron su capital en la explotación del caucho, en forma tradicional, sin estar presentes, sin conocer sus propiedades, sin exponer sus vidas al lado de su capital. Empresarios que compraban al Estado una cantidad de hectáreas para ser explotadas y las trabajaban mediante empleados o las subarrendaban, esperando desde su oficina en la ciudad un buen porcentaje de dinero. Esta forma de explotar el caucho ha tenido lugar en el Alto Urubamba, en donde no existían matsiguengas para trabajar y en donde el cacho era cotizado de mala calidad. Entre los años 1900 y 1912, desde el Yanatile hasta el Camisea no existió un palmo de bosque que no tuviera su propietario. Por lo tanto, el territorio de los matsiguengas había sido invadido y éstos expulsados. Son tantos los concesionarios que no podemos anotarlos todos. Pongamos algunos ejemplos ilustrativos. Con Resolución Suprema del 16 de marzo de 1900 se concede al señor Mariano Prado y Ugarteche, a título de compra y a razón de 5 soles por hectárea, los 4 lotes de terrenos de montaña que solicita, cuya extensión total es de 149 hectáreas, ubicados en los lugares denominados Tunquini, Macanapero y Timpía, en la Provincia de la Convención (EL PERUANO, 18-10-1900: 231). Veamos algunos ejemplos más y sus Resoluciones en el Peruano. Entre los ríos Picha y Huitricaya (12-4-1901; EL PERUANO: 23-5-1901=. Entre Yuyato y Saniriato (1610-1903; EL PERUANO: 10-12-1903). Entre Camisea y Cayonalo Gapga (6-I1-1903; EL PERUANO: 16-121903). Entre Yavero y

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