VENTANA ABIERTA 1

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LA AUTONOMÍA DE LOS CENTROS EDUCATIVOS La autonomía de los centros educativos españoles, pese al nivel de descentralización del sistema educativo, está a la cola de Europa, aunque desde 1985 estemos hablando de autonomía, al menos desde las leyes. Muchos de los aspectos que consideramos necesarios para conseguir desarrollar la autonomía de los centros y que ésta se convierta en un elemento fundamental de la mejora de la enseñanza y del sistema educativo, aparecen en la LOE, pero también estaban apuntados en textos legales anteriores y, sin embargo, no se han desarrollado, no han tenido continuidad o no han dispuesto de los recursos necesarios. En efecto, en la LODE (1985), en los artículos 15 y 25. En la LOGSE (1990), en los artículos 57 y 58. En la LOCE (2002), en los artículos 67 y 70. La LOE (2006) dedica el título a la Participación, Autonomía y gobierno de los centros y en concreto el capítulo II a la autonomía de los centros, del artículo 120 al 125. La LEA en su titulo IV “Centros Docentes” le dedica el capitulo I, II y III. La LOE recoge los principios básicos de la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión económica de los centros, se compromete a dotarlos de los recursos, mantiene las competencias mínimas de los centros sobre el desarrollo del currículo, obliga a consensuar las medidas y proyectos educativos, promueve la participación y la atención a la diversidad, garantiza una equilibrada distribución de los alumnos, deja libertad en la gestión y organización del centro en el plano económico, todo ello limitado siempre por unos mínimos fijados por la Administración. Que estos mínimos sean más o menos restrictivos queda a expensas del desarrollo normativo de la propia ley, de la aplicación de los Recursos Humanos necesarios y de la intervención de las distintas Comunidades Autónomas. El concepto de autonomía de los centros lo encontramos estrechamente vinculado al movimiento de descentralización de las políticas educativas en nuestro país. Definir la autonomía en educación es una tarea compleja; delimitar el termino en el campo educativo que le son propios, obliga a precisar la cuestión desde enfoques muy diferentes. Para la Administración educativa, Autonomía tiene un significado de descentralización. Pero el significado de este término varía según los agentes educativos implicados.


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