Revista Octava Planta Nº 44

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María Abad

El canon digital Todos sabemos que cuando compramos un CD, un MP3 o un ordenador, parte del dinero que utilizamos para la compra está destinado al canon digital, pero ¿realmente sabemos qué es el canon digital? El canon es un impuesto aplicado a los medios de grabación que aparece por primera vez en noviembre de 1987, cuando se permitió hacer copias privadas. Con el paso de los años, esta ley se fue regulando, como en 1996 bajo el mandato de Felipe González, momento en el que se empieza a destinar este dinero a entidades privadas, como la famosa SGAE, aunque también debemos destacar en este negocio a otras asociaciones como AGEDI (Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales) y Artistas Intérpretes Sociedad de Gestión (AISGE). En un principio, esta tasa tan sólo se aplicaba a aparatos capaces de grabar (y, por consiguiente, también comercializar) contenidos protegidos por los derechos de autor: películas, música, programas… Actualmente, el canon digital se cobra a los que fabrican e importan todos aquellos dispositivos que sirven para reproducir todas las obras protegidas por la ley de Propiedad Intelectual, es decir, todas aquellas piezas literarias, musicales o audiovisuales que se incluyen en esta ley. Sin embargo, nuestra querida SGAE incluye también como obligados a pagar a todos aquellos distribuidores, mayoristas y minoristas que intervengan en la compra-venta. Del párrafo me gustaría resaltar la palabra reproducir, que no grabar. Dentro de este tipo de dispositivos (al margen de grabadoras, fotocopiadoras…) se incluyen CD, DVD, MP3, ordenadores, dispositivos USB… En mi opinión, una de las principales objeciones al canon es ésta, ¿por qué un consumidor que adquiere un dispositivo USB o un disco duro extraíble o incluso un móvil con MP3 incluido debe pagar un tanto por ciento adicional a una empresa privada por un servicio que puede no utilizar? Pensemos para qué usamos nuestros “pinchos”: yo, por ejemplo, para llevar mis trabajos a reprografía, intercambiar fotos con mi familia o amigos… Por esta razón no me parece nada justo que un grupo de personas se beneficien por algo que no se han ganado, es lo que los detractores del canon conocen como la violación de la presunción de inocencia. Teddy Bautista

Antonio Guisasola

Pilar Bardem

Otra de las objeciones que se le pueden hacer al canon es la forma de distribuir las ganancias, es decir, la SGAE, AGEDI y AISGE con Teddy Bautista, Antonio Guisasola y Pilar Bardem al frente de cada una. ¿Quién forma la sociedad general de autores y de qué forma se distribuye el dinero que recibe? Las críticas hacia su forma de repartir el dinero han sido continuadas a lo largo de los años. Estas entidades dieron el 75 por ciento de sus “ganancias” (unos 223 millones de euros para hacernos una idea) tan solo entre el dos por ciento de los 132.000 autores que se encuentran en sus filas, es decir, entre aquellos que tienen más éxito en volumen de ventas de discos y libros, en la taquilla en el caso de las películas, o en audiencia en el caso de las series y sus productores y guionistas. Sin embargo, ¿se corresponde este éxito en ventas con el éxito en descargas? Pongamos el ejemplo de la serie Lost: Perdidos ha sido una de las series más descargadas en España vía Internet y, sin embargo, no cosechó apenas éxito en las televisiones donde ha sido emitida (TVE y Cuatro). Este tema daría para más de un artículo de Octava Planta, pero lo dejo para otra ocasión. El caso es que es un método al que podemos encontrar bastantes fallos, incluso vacíos legales, de ahí que la SGAE (como máxima representante de este tipo de “asociaciones sin ánimo de lucro”) se aproveche de cualquier oportunidad para sacar dinero: ¿quién no recuerda sus famosas polémicas por la recaudación de fondos en conciertos benéficos, o su infiltración en bodas privadas para ver qué tipo de música se escuchaba? Pero no solo podemos poner estas objeciones al canon digital, se le pueden hacer muchísimas más. De ahí que el Tribunal de Justicia Europeo lo haya considerado ilegal por aplicarse de forma indiscriminada. Pero, sin duda, la sentencia definitiva fue la del pasado 24 de marzo, cuando la Audiencia Nacional anuló la orden que regula el canon digital. La pregunta que debemos hacernos ahora todos es: ¿se va a devolver todo el dinero recaudado?

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