DIARIO CRONICA LOJA ECUADOR 16 JUEVES 2020 - ENERO - 10666

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Loja-Ecuador diariocronica @cronicaloja 0997262566

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24 Páginas

JUEVES 16 DE ENERO DE 2020

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Edición Nº 10666 - Circulación 3150

Vargas:

“Demandaremos al Gobierno por uso excesivo de fuerza” (Pág. 4) (Pág. 4)

Orquesta Son Especial vuelve a los escenarios

(Pág. 4)

El crédito se desinfló en las cooperativas

Sobre ampliación de la vía Loja-Catamayo

Acalorada discusión con Ministro de Transportes

(Pág. 6)

Control de libadores en La Pileta es prioridad

(Pág. 7)

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esde el Ministerio de Transportes y Obras Públicas se invitó a los representantes de los medios de comunicación para lo que sería la “presentación del proyecto de delegación del Corredor Vial Loja-Catamayo”, cuyo evento terminó en cruce de palabras y alusiones de corrupción por falta de transparencia de las contrataciones públicas en la provincia de Loja.

Mirador exportó concentrado de cobre

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ste 15 de enero de 2020, la mina a gran escala Mirador, ubicada en la provincia de Zamora Chinchipe, exportó sus primeras 22.000 toneladas de concentrado de cobre a China. El cargamento tiene un valor aproximado de $25 millones.

(Pág. 11)

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Loja

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Ministro de Transportes discutió sobre la vía Loja-Catamayo Desde el Ministerio de Transportes y Obras Públicas se invitó a los representantes de los medios de comunicación para lo que sería la “presentación del proyecto de delegación del Corredor Vial Loja-Catamayo”, cuyo evento terminó en cruce de palabras y alusiones de corrupción por falta de transparencia de las contrataciones públicas en la provincia de Loja. El evento estaba previsto iniciar a las 10h00 en el auditorio del Gobierno Zonal (ExPredesur), pero empezó con más de media hora de retraso; en medio del misterio del personal de asesores y protocolo del ministro de Transportes, para que la prensa local no aborde a la autoridad en su llegada al auditorio, ya que habría estado reunido por alguna oficina trasera, en la parte alta del edificio. De pronto, José Gabriel Martínez Castro, descendió por las escaleras y encapsulado por sus guardaespaldas, se abrió paso entre más de 20 periodistas que intentaban conocer los detalles de su propuesta. Ingresó al local, y empezó el evento. La mesa directiva se integró, de izquierda a derecha, con el delegado del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), Esteban Sarmiento; el alcalde de Loja, Jorge Bailón; la gobernadora, Lorena Costa; el ministro de Transportes, José Martínez; el prefecto, Rafael Dávila; el subsecretario de Concesiones, Juan Diego Idrovo; y, finalmente, Oscar Muñoz, presidente de la Asamblea Cívica Ciudadana. Un maestro de ceremonias, en tono de voz delicado y conciliador, inició el programa anunciando las palabras de bienvenida por parte de la gobernadora Costa, la misma que insistió la disposición del presidente Lenín Moreno para iniciar el proceso de análisis de la ampliación de la vía a 4 carriles y cuyo vocero autorizado y exclusivo, en los detalles técnicos y econó-

•• Ministro de Transportes, José Martínez, discutiendo por los cuestionamientos del dirigente gremial Guerrero.

•• César Guerrero, presidente de la Federación de Colegios Profesionales, defendiendo sus argumentos al ministro de Transportes.

micos-financieros, sería el ministro Martínez. Como segundo número, le tocó el turno al subsecretario de Concesiones. El funcionario puso en tiempos, en números y en kilómetros, lo que se había anunciado. La vía será ampliada a 4 carriles con financiamiento público y privado, con una extensión de 32.06 km, incluida la vía hasta el aeropuerto Ciudad de Catamayo. La construcción duraría 2 años y medio, con una operación y mantenimiento de 27 años. El valor del peaje está previsto: $1.25 para vehículos livianos; $2.50 para vehículos de dos ejes; y, $3.75, para vehículos pesados. Además, el subsecretario Idrovo, con serenidad de cirujano, anunció que el proceso empezaba desde cero porque ayer mismo se daba de baja el proceso, incluido el decreto presidencial en abril, del concurso anunciado para ampliar la vía LojaCatamayo a tres carriles, pero esta vez, anunciaba tres etapas: Organización, Construcción y, Operación y Mantenimiento; en cuya línea de tiempo, la firma del contrato con el ganador en el nuevo concurso, será en febrero de 2021. Pero le tocó el turno al prefecto Dávila, y este, hizo un recuento misceláneo de los estudios contratados por el MTOP en 2011, y cuestionó “que en 8 años no se hayan entregado esos estudios”;

sin embargo, agradeció por la entrega de los estudios cuestionados, para que, con esos insumos, una Comisión Técnica Ciudadana haya elaborado un resumen ejecutivo, donde se anuncia un presupuesto de 60 millones de dólares para ampliar la vía a Catamayo. Además, hizo pública su sospecha sobre el monto elevado del estudio contratado por el MTOP, ya que el gobierno de Rafael Correa contrataba los estudios viales y eran las mismas empresas las que fiscalizaban la construcción de las obras; entonces, “creemos que era un estímulo para elevar el valor de las obras”, dijo. En su turno, el representante de la Asamblea Cívica Ciudadana, Oscar Muñoz, secundó en el discurso de cuestionamientos al prefecto Dávila, y agregó que los trabajos en la vía “deben empezar en este mismo año; no hay tiempo que perder”, precisó. La última intervención en las exposiciones la tuvo el ministro de Transportes, José Martínez, y dijo que son varias las provincias donde se viene concesionando las vías; Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Guayas, Santo Domingo, Santa Elena, El Oro y, próximamente en Los Ríos, comentó; y acto seguido, conceptualizó que las vías son un servicio público como el agua potable, alcantarillado o energía eléc-

trica, el mismo que se debe pagar para garantizar su calidad. Asimismo, se tomó el tiempo de referirse a la propuesta de la Asamblea Cívica Ciudadana, pero les aclaró que fue MTOP quien les entregó los estudios y datos técnicos para que elaboraran su propuesta en menos de un mes, como se había anunciado. En los minutos finales del uso de la palabra del ministro Martínez, ensayó una pirueta explosiva, cuando anunciaba el aporte de 30 millones por parte del Gobierno Central, “pero también pido un aporte económico a la Prefectura de Loja, si quieren que esto de aquí se vuelva realidad; entonces, ahí les dejo esa propuesta”, sentenció Martínez. El auditorio empezó a rumorar más fuerte; en medio de las palabras del maestro de ceremonias, que daba por terminado el evento y de pronto se escuchó decir: Pido la palabra señor ministro; era César Guerrero, presidente del Colegio de Profesionales de la provincia de Loja, y quien fue el iniciador del reclamo formal para la construcción de la vía a 4 carriles. “En principio señor ministro, no consideramos que usted le pueda pedir dinero a la Prefectura, más bien hay que abonarle dinero; me parece que usted está equivocado con la extensión que tiene nuestra

provincia”, le dijo Guerrero, y el auditorio empezó a aplaudir espontáneamente. El dirigente continuó el uso de la palabra, en la que propuso al ministro Martínez, la construcción de la vía con recursos públicos, pero el mantenimiento sería concesionado, para canalizar recursos en un fideicomiso mercantil, los mismos que durante 30 años serían 400 millones de dólares. “Estamos cansados con el “Lleve” …los estudios que los están recibiendo, están cometiendo el peor crimen con Loja, al recibir estudios que lo único que quieren es meterse la mano al bolsillo y llevarse el dinero de los ecuatorianos”, fustigó Guerrero; en ese momento, sintiéndose aludido el ministro de Transportes, se levantó y a voz en cuello, interrumpió al proponente para pedir respeto. Por más de tres minutos se escuchó un dúo discursivo, cuya primera voz la entonaba Guerrero, mientras Martínez, intentaba ajustarse secundar en los reclamos al respeto, honradez, precios justos y transparencia, en la contratación de la obra. Luego de la discusión inicial, el dirigente gremial le confesó al ministro Martínez, que había una empresa privada de Catamayo que habría dicho, -yo tengo los 30 millones y estoy dispuesto a ampliar al tercer carril-; “eso es lo que la comunidad lojana sabe”, precisó Guerrero. Pero el ministro en compañía del subsecretario seguían de pie intentando callar al dirigente gremial, esta vez, acusándolo de promover un show; entonces, Guerrero le recordó que él es el que “cuando viene a Loja no quiere hablar con los periodistas; usted, es el que viene a decirme conversemos acá atrás”, encaró Guerrero, mirándole a los ojos. Luego de otras intervenciones, se dio por terminada, la presentación del proyecto de delegación del Corredor Vial Loja-Catamayo. (I) (WMM).


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Comunidad

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Colegio de Ingenieros Agrónomos inaugurará biblioteca Para el viernes 17 de enero, 18h00, el Colegio Regional de Ingenieros Agrónomos de Loja y Zamora Chinchipe (Crialzch) tiene previsto la inauguración de la biblioteca “Numa Pompilio Maldonado”. Félix Benavidez Maldonado, presidente del Crialzch, mencionó que mediante resolución del directorio, llevada a cabo el miércoles 18 de diciembre de 2019, se dispuso la creación de la biblioteca, un espacio físico para incentivar la lectura. Familares de los colegas, estudiantes de colegios y universidades, y público en general tendrán acceso para cuando quieran investigar temas de interés agropecuario y afines. Investigaciones científica y aportes de los socios se encontrarán también en el archivo. El 29 de noviembre del 2019 con motivo de los 50 años de fundación del gremio se realizó el lanzamiento de una revista científica, “su contenido concitó interés y también estará a disposición”. En relación a la denominación, se decidió como “un

• Félix Benavidez Maldonado, presidente del Crialzch.

merecido homenaje al colega, maestro universitario, expresidente del Crialzch, investigador científico, escritor e historiador Numa Pompilio Maldonado”, enfatizó. Presentación El evento de la inauguración se desarrollará en el salón de sesiones del colegio. Iniciará con el Him-

no al Ingeniero Agrónomo; luego en la presentación del acto intervendrá el presidente de la institución, en la semblanza, el secretario, Guillermo Chuncho; y Numa Pompilio Maldonado participará con palabras de agradecimiento. Para finalizar, realizarán el develamiento de la placa de reconocimiento; brindis y acto social.(I).

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Cronidato

Biblioteca “Numa Pompilio Maldonado”. • •

Está ubicada en la segunda planta del Crialzch (calle Granada s/n y avenida Isidro Ayora, junto al Secap; barrio Turunuma) Horario de atención: 15h00 hasta las 19h00, de lunes a viernes.

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Nacional

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Vargas: “Demandaremos al Gobierno por uso excesivo de fuerza “ Los dirigentes fueron llamados por la Fiscalía a testificar tras una denuncia por supuesta instigación al terrorismo en las protestas de octubre. El presidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas de Ecuador (Conaie), Jaime Vargas, reveló este miércoles que su movimiento prepara una demanda contra el Gobierno por el “uso excesivo de la fuerza” durante las protestas de octubre pasado. “Nosotros estamos recabando toda la información necesaria par poder iniciar los procedimientos”, declaró a Efe el dirigente indígena, quien adelantó que la demanda podría incluir las figuras del empleo excesivo de la fuerza, crímenes de lesa humanidad o de Estado y asesinato. Vargas precisó que la Conaie analiza presentar una “demanda única en nombre de los pueblos y nacionalidades” de Ecuador contra el Ejecutivo liderado por Lenín Moreno, al que la

•• El presidente de la Conaie, Jaime Vargas, a su salida de la Fiscalía.Karina Defas / EXPRESO

CIDH ha pedido que investigue y castigue a los policías que incurrieron “en un uso excesivo de la fuerza” durante las protestas, así como a la población responsable de saqueos. En la elaboración de la demanda trabaja la Asociación de Víctimas del Paro Nacional “Inocencio Tucumbi”, fundada en diciembre pasado por la Conaie y que lleva el nombre de un líder comunero muerto en las protestas. “Esta asociación está trabajando para dar procedimiento de tal denuncia o demanda, que puede ser

nacional o internacional”, aclaró Vargas. El dirigente de la Conaie recalcó hoy después de que la CIDH diera a conocer en la víspera un informe que incluye once recomendaciones al Estado ecuatoriano, que “hubo un uso excesivo de la fuerza y por eso, hubo varios compañeros asesinados”, que contabilizó en 9. El anuncio de la preparación de la demanda, cuya fecha de presentación aún se desconoce, se produce después de que el liderazgo indígena solicitara a la Corte Constitucional la desclasificación de documentos reservados, petición que aún no ha obtenido respuesta. Vargas, junto con el líder del Movimiento Indígena y Campesino de Cotopaxi, Leonidas Iza, y el presidente del Parlamento de Nacionalidades de la Amazonía, Rafael Pandam, fueron llamados por la Fiscalía a testificar tras una denuncia por supuesta instigación al “terrorismo” en los sucesos de octubre.(I)EFE

Tratan der apagar el incendio en el cerro Casitagua El Cabildo señaló que el fuego se propaga en un terreno irregular. Desde las 04H00 de este miércoles 15 de enero del 2020, uniformados de las Fuerzas Armadas se sumaron al operativo para controlar en incendio forestal que ha consumido al menos 10 hectáreas del cerro Casitagua, en la parroquia Pomasqui, al noroccidente de Quito. Militares, bomberos de Quito y efectivos del Servicio de Gestión de Riesgos trabajando junto a representantes del Municipio capitalino para liquidar las llamas. El alcalde de Quito, Jorge Yunda, y el vicepresidente de la República, Otto Son-

nenholzner, permanecen en el Puesto de Mando Unificado, ubicado en el Colegio Pomasqui, para coordinar las acciones respectivas. El Municipio divulgó que no se han reportado personas heridas ni bienes afectados por el incendio.

El Cabildo señaló que el fuego se propaga en un terreno agreste e irregular con inclinaciones de 50 y 70 grados, lo que dificulta las operaciones de extinción, pero continuarán ejecutando los trabajos necesarios hasta controlar las llamas.(I)Ec

El crédito se desinfló en las cooperativas El año pasado, la cartera bruta creció 16,7 %; en 2018 lo hacía a un ritmo del 30 %. En 2020 se busca restringir el crédito La cooperativa JEP se expandió gracias a sus cajeros automáticos. El ‘boom’ del crédito en las cooperativas parece haber quedado atrás. A noviembre del año pasado, la cartera bruta de créditos creció 16,7 % comparado con 2018, según datos publicados por la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (Asobanca) Mayor control al crédito que otorgan las cooperativas de ahorro y crédito Al igual que en los bancos, la colocación de créditos se enfrió en 2019 en el sector de la Economía Popular y Solidaria. En 2018, la entrega de créditos de las cooperativas crecía a un ritmo cercano al 30 % anual, mientras que los depósitos aumentaban en un 17 %. La situación causaba cierta inquietud y las mismas cooperativas buscaban frenar la entrega de crédito. Además, los organismos de control ponían más atención a un sector que ha crecido exponencialmente en los últimos años. Por ejemplo, una de las entidades que más ha crecido es la cooperativa Juventud Ecuatoriana Progresista ( JEP). Según la entidad, en el tercer trimestre del año contaba con más de un millón de clientes.

Además ha recurrido a una estrategia para seguir expandiendo su negocio:cajeros automáticos. Hasta septiembre del año pasado, JEP tenía 750 cajeros automáticos a escala nacional. Así, la cooperativa se convierte en la cuarta entidad financiera con la red de cajeros más grande del país. Pero para este año, el crédito seguiría desacelerándose en el sector, aseguró Marín Bautista, gerente general de Financoop, una cooperativa de “segundo piso”, es decir, que presta dinero a otras cooperativas. El Gobierno se ha preparado para este año y ha buscado cerrar la llave del crédito. A finales del año pasado, la Junta de Regulación de Política Monetaria y Financiera alistó una resolución que obliga a las entidades de la Economía Popular y Solidaria a subir los niveles de cobertura de sus depósitos. Es decir, a precautelar las reservas, lo cual obliga a las entidades a ser más cuidadosas a la hora de colocar créditos, aseguró a EXPRESO Bautista. No obstante, la resolución todavía no ha sido publicada. Todo esto debido a la situación económica compleja que atraviesa el país. Para este año, los organismos internacionales prevén estancamiento. El Fondo Monetario Internacional (FMI) estima que Ecuador crecerá 0,2 % en este año.(I)Ex


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Sucesos

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Empresarios presentan demanda contra Ley Tributaria La ley entró en vigencia desde finales del año pasado y se aplica desde este 2020. Patricio Alarcón, presidente ejecutivo de la Cámara de Comercio de Quito, llegó la mañana de este miércoles 15 de enero a la Corte Constitucional con el documento de la demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Simplificación y Pogresividad Tributaria que entró en vigencia desde finales del año pasado y se aplica desde este 2020. Alarcón explicó que, a su criterio, se pretende cobrar impuestos generados en 2019, es decir, con carácter retroactivo. “Es como que yo compre una entrada al cine, vea la película y a la salida me quieran cobrar $5 más. Eso es lo que se está tratando de hacer con esta ley”.

El abogado de la Cámara de Comercio de Quito, señaló que el problema es específicamente con el impuesto a la renta sobre los dividendos que tendrán que pagar los inversionistas extranjeros, basados en el ejercicio fiscal del año 2019, cuando la ley entró en vigencia recién este año. “Del 2019 en adelante, es decir para las ventas que se generan en el 2020. Usted no puede establecer un impuesto para utilidades o ventas generadas en ejercicios pasados”, comentó Stalin Raza. Se trata de la segunda demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley Tributaria que impulsó el Gobierno de Lenín Moreno. La primera fue presentada por el Partido Social Cristiano - Madera de Guerrero y aliados a inicios de esta semana. (I)Ec

Dos décadas después de la crisis financiera y de la dolarización, 13 instituciones bancarias de ese momento quedaron en pie. Las 11 restantes -con las que se completan las 24 plenamente operativas- se han constituido a los largo de estos años, mediante fusiones y cambio de cooperativas y sociedades financieras a bancos. De los 40 bancos que había en la crisis financiera, trece mantienen sus operaciones: Amazonas, Austro, Bolivariano, Comercial de Manabí, Guayaquil, Internacional, Litoral, Loja, Machala, Pacífico, Pichincha, Produbanco y Solidario. Algunos han recibido nuevas inversiones, accionistas o se han fusionado con otras

entidades. ¿Cómo sobrevivieron a la crisis financiera y al cambio de moneda? Julio José Prado, presidente de la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (Asobanca), sostiene que el sector “aprendió la lección”, de corregir los malos manejos corporativos, y se sometió a una estricta autorregulación. “En los veinte años hemos atravesado tres períodos: del 2000 a 2008, depuración frente a los que tenían malas prácticas; del 2008 al 2017 (gobierno de Correa), control político de la

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CLUB SOCIAL, CULTURAL Y DEPORTIVO UNIÓN LOS AMIGOS Y LA SOCIEDAD CIVIL COLECTIVA INDEPENDENCIA Ante el sensible fallecimiento de quien en vida fuera distinguido caballero ingeniero.

Leonidas Augusto González Serrano

Presentan su sentida nota de pesar y solidaridad a todos sus familiares y de manera especial al señor: Ing. Efraín Alberto González Serrano, hermano del decesado y socio activo de nuestras Instituciones. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19.

Lic. Enrique Segundo Andrade Íñiguez Lic. Hugo Ernesto Araujo Carrión Dr. Luis Orlando Astudillo Dr. Amable Guillermo Ayora Fernández Lic. Stalin Guillermo Bravo Palacios Sr. Jorge Norberto Cabrera Herrera Ing. Honías Narciso Cartuche Ordóñez Ing. Castillo Bermeo Víctor Ramiro Dr. Castillo Bermeo Rogelio Sr. Atahualpa Benjamín Celi Veintimilla Ing. Julio Augusto Correa Córdova Dr. Gustavo Adolfo Espinosa Granda Ab. José Luis Espinosa Rodríguez Lic. Franco Estuardo Figueroa Castillo Ing. Vicente Hernán Gahona Pacheco Dr. José Eugenio Gaona Ing. Félix Augusto Hernández Cueva Ing. Víctor Manuel Herrera Torres Ing. Máximo Gilbert Íñiguez

20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. 33. 34. 35. 36. 37. 38. 39.

Dr. Max Íñiguez Gallardo Sr. Ricardo Quirubin Jaramillo Ruiz Dr. VÍctor Hugo Jiménez Maldonado Lic. José Rodrigo León Sr. Rodrigo Vinicio López Mogrovejo Ing. Guillermo Eduardo Maldonado Astudillo Sr. Jorge Armando Montesinos Guarnizo Dr. Luis Benigno Montesinos Guarnizo Sr. Luis Alfredo Ochoa Bravo Sr. Eduardo Rogelio Ochoa Bravo Ing. Edgar Vinicio Ochoa Bravo Tec. Manuel Rolando Patiño Andrade Lic. Ángel Alfredo Ramón Montoya Ing. Francisco Savedra Valdivieso Ing. Héctor Oswaldo Salcedo López Lic. Jorge Patricio Salcedo López Dr. Víctor Rolando Sisalima Jara Dr. Edison Ramiro Vásquez Lic. Carlos Alberto Viteri Mejía Lic. Walter Efrén Veintimilla Jiménez

PAZ EN SU TUMBA P/3095

Trece bancos superaron la crisis y aprovecharon la dolarización De los 40 bancos privados que mantenían sus ventanillas abiertas en 1999, el peor año de la crisis financiera, Ecuador pasó a tener 24 al inicio del 2020.

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liquidez; y del 2017 hasta la fecha (administración de Lenín Moreno), mejores condiciones”. Los indicadores clave del negocio bancario y de la recuperación de la confianza son los depósitos y los créditos, dice. Según cifras del Banco Central del Ecuador, en el 2000, con un PIB de $ 15.933 millones, los depósitos de la banca alcanzaron los $ 3.607,6 millones y los créditos, $ 3.584,8 millones. Dos décadas después, esas sumas se multiplicaron: en el 2019, los depósitos llegaron a $ 31.599 millones y la cartera bruta, a $ 30.029 millones. Ambos indicadores bordean el 30% del PIB, mientras que en el 2000 no llegaban al 20%. La Superintendencia de Bancos registra 17 entidades financieras en liquidación. Entre ellas, dos bancos privados y dos públicos; el resto son mutualistas, financieras y fondos de cesantía.(I)

Resultados del 4to. Festival de Artes Vivas de Loja 2019 El cuarto “Festival de Artes Vivas de Loja”, durante los diez días del evento, generó un ingreso de más de 1’200.000 dólares y registró más de 500.000 asistencias, generando la dinamización de la economía.. Los visitantes nacionales y extranjeros disfrutaron de eventos musicales, artísticos, teatrales y de danza con la participación de varios artistas nacionales e internacionales. De acuerdo a los resultados se registró que, por cada 10 asistentes al FIAVL2019, 7 fueron residentes y 3 turistas. De cada 10 turistas, 9 fueron ecuatorianos y 1 extranjero. Y el motivo del viaje en un 68% de los turistas que visita-

ron el sitio fue por el festival. También se evidenció una ocupación hotelera representativa, que generó un ingreso de cerca de $414.493 dólares. Se destacó la presentación del 54% de artistas locales, 30% nacionales y 16% internacionales, esto como una acción de apoyo a la industria cultural local. Además, el 54% de los participantes fueron de género masculino. La fiesta artística fue una oportunidad para fomentar el turismo al sur del país. Loja se convierte en un referente cultural, que invita a los viajeros del mundo a conocer sus espacios y destinos turísticos que sin negarlo, lo conquistarán en cada momento.(I)


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Loja

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Orquesta Son Especial vuelve a los escenarios Luego de 5 años de estar fuera de los escenarios, la Orquesta Son Especial del Municipio de Loja vuelve con nuevos temas y proyectos que cumplir. Están dispuestos a ir a cualquier parte de la ciudad y provincia con la finalidad de recobrar el prestigio ganado hace años. Proyectos Osmar Vásquez, director de la Orquesta Son Especial, mencionó que el grupo musical está conformada por 17 personas con multidiscapacidades. Ellos son parte de un proyecto que ingresó en el 2006 con patrocinio del Municipio de Loja, pero a través de la Ley de Inserción Laboral pudieron acceder a la institución como trabajadores de planta. Hace 5 años dejaron los escenarios (toda la administración del exalcalde José Bolívar Castillo) por falta de apoyo y se perdieron eventos relevantes como el

maremos la grabación del promocional discográfico que quedó aplazado”, dijo. Pedidos Vásquez mencionó que el sector que desee la presencia del grupo tiene que enviar una petición al Municipio de Loja, luego coordinarán con el área de Cultura para la presentación. “Nosotros iremos de la ciudad, cantón, provincia o del país, para ello contamos con un equipo mulitdisciplianario como médicos, quienes controlarán la salud de los integrantes de la orquesta, seguridad, entre otros servicios”.(I).(FJC).

•• Grupo de lojanos que conforman la orquesta.

Festival de las Artes Vivas, Bienal de las Artes, entre otras. Ahora vuelve a los escenarios y preparan múltiples eventos entre ellos, el Bicentenario de Loja. “Reiniciamos este proyecto

con una nueva campaña de impacto motivacional artístico con el propósito de que la orquesta llegue a los diversos puntos de la ciudad sobre todo en los sitios más vulnerables. A su vez,

Dato preparamos una actividad denominada Son Down, el cual involucrará a personas que poseen Síndrome de Down, con quienes ejecutaremos un proyecto musical; de la misma manera reto-

La agrupación Son Especial ocupó lugares importantes en la ciudad de Loja incluso recibió méritos artísticos.

Reanudan diálogos para edificación de estación bomberil en El Cisne Por las diversas eventualidades suscitadas en la parroquia El Cisne y pueblos aledaños, autoridades del Cuerpo de Bomberos y de la Diócesis de Loja se reunieron con la finalidad de gestionar la donación de un terreno donde se construirá la subestación para un servicio permanente. Trabajo La entidad bomberil a través de su director administrativo, Patricio Zhapa, desde el mes de junio 2019 se viene reuniendo con las autoridades de la Diócesis de Loja, en la que habían dialogado de la posibilidad de mantener una estación permanente en El Cisne, esto por diversas eventualidades y por situaciones críticas de afluencia de personas en los meses de agosto y septiembre por las fiestas de la “Churonita”.

En el año anterior había propuesto el proyecto y la Diócesis tras un análisis con los integrantes de un comité, al parecer, la decisión fue favorable, solo faltaba el pronunciamiento del padre Armando Jiménez, párroco de El Cisne, pero situaciones de salud llevaron al sacerdote fuera del país. “Al no tener una respuesta favorable, decidí reunirme con el nuevo obispo Monseñor Walter Heras y le di a conocer la propuesta, quien me indicó que en un plazo de un mes tendría una contestación”. Añadió que al ser favorable de inmediato empezarán con una consultoría de construcción, luego subirán al Portal de Compras Públicas y empezarán a edificar la obra. Zhapa indicó que los terrenos están ubicados junto a la Unidad de Policía Comunitaria

(UPC), con unos 600 metros cuadrados aproximadamente. El grado de responsabilidad de la estación será de las parroquias El Cisne y Gualel.

•• Diálogos sobre la donación de terreno para construir

subestación bomberil en El Cisne. Presupuesto Actualmente los bomberos pernoctan en una casa que “COMPAÑÍA TENE PIEDRA CRISTO REY S.A.” no brinda las condiciones CONVOCATORIA A SECION ORDINARIA DE SOCIOS necesarias, incluso de seguLos señores Klever Cuenca y Orlando Puchaicela, Presidente y Gerente de la compañía ridad, ya que los vehículos de transporte TENE PIEDRA CRISTO REY LOJA S.A., de conformidad con lo dispuesto en los estatutos sociales de la compañía y lo que determina la ley de compañías vigente en se encuentran en otro sector su artículo 236, convoca con el plazo legal correspondiente a los señores socios a la sesión alejado. “Tenemos el presuordinaria. La misma que se llevara a cabo puesto para construir la ediFecha: viernes 31 de enero del 2020 Hora:17H00(cinco de la tarde) ficación, el cual está dentro Lugar: Sindicato de Choferes, Av. Universitaria y Rocafuerte. Ciudad: Loja del Plan Operativo Anual El orden del día a tratarse es el siguiente: 1. Constatacion del quórum. (POA) de la entidad bombe2. Apertura de la sesión a cargo de sr. presidente. ril”, destacó.(I).(FJC). 3. Lectura y aprobación del acta anterior.

Dato •

La subestación El Cisne en la parroquia del mismo nombre servirá para El Cisne y Gualel.

4. 5. 6. 7. 8. 9. 10.

Lectura de oficios. Informe del Sr. presidente de la compañía. Informe del Sr. Gerente de la compañía. informe del Sr. Comisario de vigilancia. Informe de Sr. Vocal de deportes. Asuntos varios. Clausura de la sesión.

De conformidad con el artículo 242 de la ley de compañías, se recuerda a los socios que de acuerdo a lo resuelto por la junta general de socios se espera 15 minutos y la sesión se llevara a cabo con el número de socios presentes. Sr. Klever Cuenca Celi PRESIDENTE

Sr. Orlando Puchaicela Villa. GERENTE P/3099

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Control de libadores en La Pileta es una prioridad Otra de las renovaciones que se ha dado en el Municipio de Loja, es en la Comisaría de Tránsito, la misma que desde el 2 de enero está representada por Francisca Tapia, abogada de profesión y quien dice estar preparada para hacer bien su trabajo. La flamante comisaria de Tránsito dio a conocer que desde el 2 de enero se está trabajando para sacar adelante a esa dependencia. “Estamos tratando de sacarla adelante, estamos uniendo fuerzas con todos los compañeros de esta comisaría para hacer bien nuestro trabajo”, comentó Tapia. Informó también que una de las prioridades en el trabajo de control para el buen uso del espacio público en la ciudad es el tema de los libadores, y especialmente en el sector conocido como La Pileta. “Por los

medios televisivos y radios se ha dado a conocer el gran problema que es el tema de los libadores en la ciudadela Zamora, lo que le llaman La Pileta; por eso, desde el día 3 de enero que estamos acá, iniciamos con los operativos de control”, dijo. Según la funcionaria, los operativos de control se estarían realizando todos los días, incluido los fines de semana. “Los operativos iniciamos en la tarde y en la noche. Hemos empezado los días jueves, viernes y sábado, conjuntamente con el Intendente de Policía y las tres comisarías: Ornato, Higiene y Tránsito, pero también se integra la Dirección Nacional de Policía Especializada para Niños, Niñas y Adolescentes (Dinapen) y la Policía Nacional”, comentó. El trabajo interinstitucional estaría recorriendo los miradores de la ciudad, el

•• Francisca Tapia, comisaria de Tránsito del Municipio de Loja.

sector del Estadio Deportivo Reina del Cisne, bares y licoreras. “Hemos unido fuerzas todas las autoridades de Loja para llegar a todos los sectores de la ciudad y así poder controlar el buen uso del espacio público”, dijo la funcionaria, pero insistió que la ciudadela Zamora es el único foco de libadores más fuerte que, “prácticamente está en un caos”, pero gracias al

respaldo del alcalde Jorge Bailón podremos hacer un buen trabajo”, comentó. Las competencias de la Comisaría de Tránsito son: el control de los cinco minutos de estacionamiento en las islas de estacionamiento público, hacer respetar la prohibición de estar los vehículos en aceras, parterres y áreas verdes, cuya sanción es una multa del 50% de un Salario Básico

Unificado; sancionar a libadores en espacios públicos, mal uso de la vía pública, cuya multa llega hasta 45 dólares; y, las sanciones para vehículos de más de 5 toneladas que ingresen al centro de la ciudad. La Comisaría cuenta con seis funcionarios municipales, 3 de los cuales son inspectores. “Esperamos que la próxima semana vengan tres inspectores más”, dijo la funcionaria; al tiempo de comentar que se necesita hacer un trabajo eficiente en las inmediaciones del Estadio Reina del Cisne, ya que es otro de los sectores donde “algunas personas van a fumar y beber”. La comisaria de Tránsito es abogada de profesión, con 10 años de experiencia en el libre ejercicio profesional, en materia de tránsito; por lo que dio a conocer que existe el conocimiento suficiente para desempeñar el cargo asignado. (I)(WMM).

No hay consenso en metraje para subdivisión de terrenos La Comisión de Planificación del Cabildo de Loja, estaría finiquitando el informe para segundo debate de la ordenanza para legalización de tierras; así como también, para legalizar bienes sucesorios en el área urbana y rural, en el cantón. El concejal rural Patricio Lozano, miembro de la Comisión, dijo que se está trabajando en varias ordenanzas referente a asentamientos humanos, urbanizaciones, asentamientos urbanos irregulares. “Muchos de ellos, estas familias ya están viviendo 10, 15, 20, 25 o 30 años en el sector; incluso muchos fundadores ya no viven, entonces es un problema y una necesidad social que está pidiendo que el Municipio busque una solución”, comentó.

Los informes más próximos para segundo debate, serían las reformas para la ordenanza sobre los bienes sucesorios, referente a las dimensiones del lote de terreno, pero también, la reforma del cuerpo normativo para legalizar asentamientos irregulares. “Hay la voluntad social para trabajar en esos temas; sin embargo, hay normas como el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), los pronunciamientos del Colegio de Arquitectos y de Abogados, que no están de acuerdo; y, claro que de alguna manera es como regularizar algunos asentamientos humanos no permitidos en su momento”, dijo. El concejal rural informó que, para las próximas sesiones, se viene la discusión de la ordenanza sobre

los bienes sucesorios. “La ordenanza actual dice que, en el sector rural, el lote mínimo debe ser de 2.500 metros cuadrados (m2), pero sucede que, en el sector rural, en su mayoría tienen 5000 m2, pero tienen 8 hijos, y entonces ya no se puede legalizar”, dijo Lozano. Mientras tanto, en el área urbana de las parroquias, la ordenanza autoriza subdividir en terrenos de 1000 m2, pero las familias tienen 5 hijos; “entonces, jamás se podría legalizar”, comentó. En ese contexto, el concejal Lozano dio a conocer la propuesta de reducir para el sector rural de las parroquias rurales, de 2500 m2, a 500 m2; mientras que, en área urbana de las parroquias, de 1000 m2, a 200 m2. “Este es el tema de fondo que no hemos podido consolidar entre los conce-

•• Patricio Lozano, concejal rural del cantón Loja.

jales, y por eso no hemos presentado el informe para segundo debate”, precisó, pero dio a conocer que el argumento de quienes se oponen a reducir el metraje, tiene que ver con el temor de promover la subdivisión de terrenos con fines de urbanización, “y se va perder el espíritu rural en el tema productivo”, dijo. “Nosotros discutimos sobre el derecho a la propiedad en el área urbana de la ciudad, ya que la ordenanza permite vender lotes de 90 m2; entonces nos preguntamos, por qué no en el sector rural, que también

tenemos área urbana”, dijo el concejal rural. Finalmente, Lozano comentó que no todas las ordenanzas que rigen para el área urbana de la ciudad, lo hacen para la zona urbana de las parroquias rurales. “Nosotros hemos dicho que debe ser igual; si aquí en la ciudad se permite una división hasta 90 m2, en el área urbana rural, también debe permitirse lo mismo, pero en todo caso, el informe va ir con esa propuesta y en sesión de cabildo se definirá el metraje de los lotes a dividir”, finalizó. (I) (WMM).


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Tendencias

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Adolescentes engañadas para tomarse imágenes sexuales genes de explotación sexual infantil detectadas, al menos un tercio son videos y fotografías autogeneradas por las niñas en sus habitaciones.

BBC News Mundo En diferentes países se ha vuelto un tema cada vez más preocupante que niñas y adolescentes entre 11 y 13 años son engañadas y obligadas a realizar actos sexuales ante sus propias cámaras web y teléfonos celulares. Internet Watch Foundation (IWF), una organización con sede en Reino Unido que se dedica a combatir esta práctica en 29 países, señaló que el 80% de las selfies sexuales que encontró en su permanente rastreo eran de menores de ese rango de edad. Solo el año pasado, la organización detectó y denunció 37.000 imágenes y filmaciones de este tipo en la web de entre 132.700 reportes de pedofilia en la web. El incremento en comparación con 2018 es de un 26%. La directora ejecutiva de la institución, Susie Hargrea-

ves, afirmó que el número de casos crece a un ritmo alarmante y que, al menos en Reino Unido, el problema debe ser considerado una “crisis nacional”. “Las menores fueron preparadas, coaccionadas y engañadas para que actúen

sexualmente por cámara web”, indicó Hargreaves. Cada vez son más casos Hargreaves explicó que no se trata solo de fotografías, sino también videos que las menores hacen de sí mismas en sus hogares.

En algunos casos se encontró casos de menores frente a cámaras web leyendo mensajes de desconocidos que les pedían realizar diferentes acciones y ejecutándolas. La IWF dijo que de todas las páginas web con imá-

Los engaños Para IWF, parte del problema comienza con que las niñas tienen acceso a cámaras y celulares con conexión a la web cada vez a una menor edad y en la privacidad de sus habitaciones. “Por ello las víctimas se están volviendo más jóvenes, a esa edad son increíblemente vulnerables”, explica la entidad. Internet Watch Foundation sostiene que las menores llegan a sentirse halagadas e incluso llegan a pensar que se encuentran en una relación con la persona que las engaña. “Todavía se están desarrollando físicamente y no tienen la madurez emocional para comprender lo que está sucediendo”.(I)

La edad a la que somos más infelices La investigación fue realizada en 134 países. BBC Mundo La llamada crisis de los 40 dejó de ser un mito. Según un estudio, existe una “curva de la felicidad” que está presente en la mayor parte de los países. No deja de ser sorprendente que en contextos culturales tan distintos el patrón se repita: nos sentimos mejor en la adolescencia, somos más infelices hacia finales de los 40 y luego valoramos el sentido del bienestar cuando nos acercamos a la vejez. Básicamente, lo peor está en el medio, mientras que los mayores momentos de bienestar se encuentran en la etapa inicial de la vida y después de los 50.

¡Deja de tratar de ser feliz! No estamos diseñados para serlo La extensa base de datos analizada arrojó que en promedio, la edad más infeliz de la gente en los países desarrollados son los 47,2 años, mientras que en los países en desarrollo es 48,2. “Es algo que los humanos tenemos profundamente arraigado en los genes”, le dice a BBC Mundo el autor del estudio. “Los monos también tienen una curva de de la felicidad en forma de U”. “A los 47 la gente se vuelve más realista, ya se dieron cuenta que no van a ser el presidente del país”, dice Blanchflower. Y pasados los 50 años, explica, “te vuelves más agradecido por lo que tienes”. “A los 50 le puedes decirle

a una persona que tienes buenas noticias porque de aquí en adelante las cosas van a mejorar”. No se trata de que las condiciones de vida objetivas vayan a mejorar necesariamente, pero lo que varía es la percepción del bienestar. “Hay personas que a los 70 están sanas y felices de tener trabajo, mientras que en la mitad de la vida es cuando tienes más responsabilidades”, explica. Menos aspiraciones Desde un punto de vista psicológico, hay varias teorías que pueden ayudar a explicar el fenómeno. Una de ellas es que en la medida que las personas envejecen, aprenden a adaptarse a sus fortalezas y debilidades, al tiempo que disminuyen sus aspira-

ciones inviables. Otra es que las personas más optimistas viven más tiempo, lo cual ayudaría a darle forma a la felicidad con forma de U. A la tendencia general en la percepción de bienestar, se suma también el factor económico. Blanchflower argumenta que hacia finales de los 40 se exacerba la vulnerabilidad frente a un contexto económico adverso. Estar en la mitad de la vida es estar en un momento de vulnerabilidad, agrega, que hace más difícil lidiar

con los desafíos de la vida en general. Cambios en el cerebro Jonathan Rauch, investigador del centro de estudios Brookings Institution en Washington, analizó el tema y publicó el libro “La curva de la felicidad: por qué la vida mejora después de los 50”. El autor detectó que nuestro cerebro va experimentando cambios a medida que envejecemos y que cada vez se enfoca menos en la ambición y más en las conexiones personales.(I)


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Cronideportes

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La construcción del nuevo estadio Atahualpa se iniciará en ocho meses El plan para demoler el vetusto estadio Atahualpa, con casi siete décadas de funcionamiento, avanza. Sin embargo, este año la pelota no dejará de rodar en el estadio de El Batán. L a construcción del proyecto, denominado por ahora Complejo Urbano Atahualpa, costaría unos $200 millones aproximadamente. Aún no está determinado el costo definitivo de la obra. El cálculo lo hace Fernando Carrión, asesor del alcalde de Quito e integrante de la Comisión Proestadio, que trabaja en el avance del proyecto. Esta comisión está integrada por el presidente de la Concentración Deportiva de

Pichincha, Jaime Ruiz; Francisco Egas, presidente de la Federación Ecuatoriana de Fútbol; Andrea Sotomayor, secretaria del Deporte, entre otros funcionarios públicos y privados. Carrión dice que la comisión volverá a reunirse en los próximos días. A finales de enero se publicarán las bases para el diseño arquitectónico que se levantará en el sitio. Las cifras -50.000 personas, sería la capacidad del Complejo Deportivo Atahualpa. - 8.000 parqueaderos tendrían las nuevas instalaciones y pudiera ser hasta 10.000. - $200 millones es el cálculo inicial del plan en El Batán. Es

un valor aproximado. - $500.000 Es el monto que invertirá la Concentración Deportiva de Pichincha para mejorar la iluminación. - $192.000 cuesta el mantenimiento anual del escenario deportivo. Hay plazos establecidos. En unos 90 días se definirá el anteproyecto, en otros 90 días se adjudicaría el contrato. Es decir, en siete u ocho meses arrancarían las obras. “Es una nueva propuesta. La idea es que sirva para otros fines. Que haya actividades comerciales, un centro de convenciones, museo, conexiones viales subterráneas... Que haya entre 8 000 y 10 000 estacionamientos”, afirmó Carrión.(D).(El Comercio).

La decisión de amnistiar a los jugadores del piso 17, en manos de Cruyff El tiempo corre en contra de Jordi Cruyff y su equipo de trabajo. El pasado lunes fue oficializado como nuevo seleccionador de Ecuador y el 26 de marzo ya tendrá su bautismo de fuego: la Tri se enfrentará con Argentina, en Buenos Aires, en el inicio de las eliminatorias. Una de las primeras cosas que hizo el entrenador, cuando se reunió con el español Antonio Cordón, Director Deportivo de la Ecuafútbol es empaparse del fútbol ecuatoriano y del universo de jugadores seleccionables para las eliminatorias.

Cruyff conoció del caso Piso 17 que involucra a seis fubolistas tricolores que en la pasada Copa América, según la versión de la FEF, ingirieron licor en una habitación del piso 17 del hotel de concentración de la Tri, luego del partido con Japón, del 24 de julio. Los jugadores fueron sancionados y nunca

más volvieron a la Tricolor: Alexander Domínguez, José Quintero, Antonio Valencia, Ayrton Preciado, Arturo Mina y Robert Arboleda integran el grupo. Pese a que, inicialmente, el organismo rector del fútbol dijo que los jugadores nunca más serían convocados, el tema tuvo un giro. En el directorio de la Federación existe el consenso de que sea Cruyff quien tome la decisión de citar o no a los jugadores, según conoció este Diario. Si el técnico holandésespañol decide llamar a los futbolistas tiene absoluta libertad para hacerlo.(D).

Directorio del Barcelona SC se debilita El doctor Ramón Barredo Batalla se suma a la lista de ocho directivos que renunciaron a sus funciones en el Directorio de Carlos Alejandro Alfaro Moreno, que asumió el mando del Barcelona Sporting Club hace un mes y medio. A través de una carta, enviada a El Universo, dio a conocer su decisión. Barredo deja el cargo de vicepresidente administrativo. La semana anterior se conoció que no se cumplieron con los objetivos pactados en el acta de compromisos, firmada por los dirigentes durante la campaña electoral canaria.

La aplicación del plan financiero, elaborado antes de las elecciones y presentado a los socios, no se está realizando. Uno de los puntos era que

“pagar la deuda de Barcelona no es viable si no se reestructura su pasivo”, dijo Estaban Noboa, quien dejó sus funciones la semana pasada.(D).

Dato Listado de directivos que han renunciado al Directorio de Alfaro Moreno: • Esteban Noboa: Administrativa/Jurídica • Xavier Santos: Jurídica/Normativa • José Luis Carrión: Seguridad • Jaime Gonzenbach: Marketing/Comunitaria • Efrén Vélez: Socios • Héctor Sanabria: Socios/Marketing • Ricardo Gómez: Estadio • Carlos Bernitt: Administrativa/Comunitaria

Los partidos de la selección se transmitirán por cuatro operadoras La empresa Servisky y su producto ‘El Canal del Fútbol’ ratificaron su convenio con cuatro operadoras, para la transmisión de los partidos de la Selección Nacional. La compañía es dueña de los derechos audiovisuales de la Tri por dos eliminatorias. En una rueda de prensa, realizada este 15 de enero, se ratificó el convenio con CNT, Movistar Play, Univisa y TV Cable, como las operadoras pagadas que contarán con los partidos. Así mismo, se firmó un acuerdo con la Universidad Católica para la producción de los partidos. Servisky trabajó durante el 2019 con estas operadoras de TV, para la transmisión de los partidos amistosos de la selección y de la Copa Ecuador. Se dejó abierta la posibilidad de que se sumen

más operadoras a futuro. “Vamos a producir los programas que se van a transmitir con soporte técnico en elaboración del contenido de audiovisuales y el soporte para la transmisión de los partidos de la selección y la Copa Ecuador”, dijo Alberto Franco, representante de la Universidad. El Canal del Fútbol tendrá dos cuentas para la transmisión web. La básica costará $6 mensuales, mientras que la premium $9 y en esta última se verán los partidos de las eliminatorias. Las operadoras tendrán un sistema de pague por ver para los partidos de eliminatorias, según dio a conocer Ronal Spina, representante de TV Cable. Por el momento no se han establecido los precios que deberán pagar los suscriptores.(D).(Bendito Futbol). P


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Intercultural

las noticias al día

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El Centro Cultural y Museo de Loja fue presentado con nueva conceptualización El principal repositorio de la memoria social de la lojanidad volvió abrir sus puertas este martes con una renovada propuesta museística y de exhibición permanente, además, con un nuevo nombre: Centro Cultural y Museo de Loja.

Durante el acto protocolar de entrega, el ministro de Cultura y Patrimonio señaló que la nueva conceptualización es el punto culminante de un largo proceso iniciado con los estudios de remodelación del anterior Museo de la Cultura Lojana y que los elogios y agradecimientos están dirigidos a todas las personas involucradas que trabajaron para devolver este histórico espacio a la ciudad y a la provincia de Loja. En el año 2018, el Ministerio de Cultura y Patrimonio entregó la primera fase de la remodelación de la casaMuseo, cuyos estudios y ejecución tuvieron un costo de $100.000, mientras que su segunda fase tuvo una inversión de 117.000 dólares El alcalde del cantón Loja, Jorge Bailón, expuso el orgullo de recibir a nombre de la ciudadanía lojana, a la que representa, “a este espacio renovado que promocionará el acervo cultural y el turismo local; que motivará a la producción artística y a la reflexión”. El Centro Cultural y Museo de Loja está albergado en un emblemático bien patrimonial del siglo XVIII, si-

•• El ministro Juan Fernando Velasco y el alcalde Jorge Bailón en un recorrido por las salas expositivas del Centro Cultural y Museo de Loja.

tuado en las calles 10 de Agosto y Bolívar de la Plaza Central, e integra los 16 repositorios de memoria de la Red de Museos de esta Cartera de Estado. Convertido en 1986 como museo, su edificación consta de dos plantas con patio central y sintetiza la historia de la región en los últimos 600 años. Galo Ramón Valarezo, historiador y realizador del nuevo guión, informó que se planteó una lectura con-

temporánea de una lojanidad universal, propuesta a través de un recorrido de bienes culturales en un bella casa patrimonial. La nueva propuesta destaca la particularidad y originalidad de la identidad, cultura, geografía, historia y la economía en la zona de los Andes bajos. La propuesta museística y de exhibición permanente está en constante construcción y diálogo y se desarrolla en las salas de la casa,

abordando las “nuevas razones para la lojanidad”: “la historia de la casa-museo y la ciudad”, “el territorio”, “las raíces históricas”, “encuentros y desencuentros entre cosmovisones diferentes”, “la Virgen Churona”, “la cascarilla”, “la República”, “la hacienda”, “la cultura” y “sueños”. También, se complementa con las exhibiciones temporales iniciales de destacados exponentes de la plástica lojana: Eduardo Kingman y Oswaldo Mora.

Adicional se pone al servicio de la comunidad, una biblioteca especializada en la historia de Loja y su provincia y espacios renovados, como el patio central, sitio ideal para la lectura y la interrelación de los ciudadanos. Esta nueva conceptualización del Centro Cultural y Museo de Loja responde a una política de salvaguarda y difusión del patrimonio cultural, la memoria social y la interculturalidad.(I). P

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Zamora

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La mina Mirador exportó su primer cargamento de concentrado de cobre Este 15 de enero de 2020, la mina a gran escala Mirador, ubicada en la provincia de Zamora Chinchipe, exportó sus primeras 22.000 toneladas de concentrado de cobre a China. El cargamento tiene un valor aproximado de $25 millones. El ministro de Energía y Recursos Naturales No Renovables, José Agusto, explicó: “la mina Mirador inició su producción de concentrado de cobre el 18 de junio de 2019, lo que generaría más de $36.000 millones por concepto de exportaciones de mineral para los próximos 30 años de vida útil del yacimiento”. Para proceder con la venta, la empresa Ecuacorriente S.A., operadora de la mina, solicitó a la Agencia de Regulación y Control Minero (Arcom) la toma de muestras del material extraído. Este procedimiento estuvo a cargo de la compañía S.G.S. del Ecuador S.A, uno de los cuatro laboratorios registrados por la autoridad competente. Los resultados de este proceso determina-

Personas con discapacidad continúan recibiendo ayudas técnicas •• Traslado de “Big Bags” desde las plataformas hacia el buque de carga.

ron la cantidad de cobre, oro y plata existentes en el cargamento. Posterior a ello, la Arcom otorgó el Certificado de Exportación requerido por el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (Senae) y el Comité de Comercio Exterior (Comex). Así, el concentrado de cobre de Mirador fue obtenido tras la extracción de roca mineralizada y su recuperación metalúrgica, por medio del método de flotación. Luego, fue almacenado en bolsas especiales (también conocidas como big bags) y

transportado hasta el Puerto de Guayaquil. Desde este punto se llevó a cabo el envío, por vía marítima, hacia la ciudad de Tongling, en China. Mirador, con una inversión total aproximada de $2.015 millones, ha generado cerca de 11.000 plazas de empleo, entre directo e indirecto. Este acontecimiento marca un nuevo hito para el sector energético – minero, luego de la primera exportación de concentrado de oro de la mina Fruta del Norte, que se concretó el 8 de diciembre de 2019.(I).

El Ministerio de Salud Pública (MSP) a través de la Coordinación Zonal 7 con sus equipos Médico del Barrio del Hospital Básico de Zumba (HBZ) realizó la entrega de ayudas técnicas a personas con discapacidad de los cantones Chinchipe y Palanda, esto con el objetivo de mejorar su calidad de vida. Rosa Álvarez, una persona de la tercera edad, quien tiene discapacidad física, dijo, sentirse agradecida por la ayuda recibida y por la atención con calidez que recibe por parte del perso-

nal de salud. En esta ocasión se entregaron sillas de ruedas y de baño, mismas que les servirán para poder movilizarse y realizar sus necesidades básicas con mayor facilidad. (I). Para ser beneficiado con este servicio gratuito, el usuario debe contar con el carné de discapacidades, ser evaluado por el personal de salud, para posteriormente realizar la prescripción y entrega de la ayuda, así lo indicó Marjorie Salazar, médico responsable de discapacidades del HBZ.

Cubierta será construida en La Guajira-Centinela del Cóndor

Alcalde de Nangaritza firma convenio con para difundir el arte y el folclor Establecer mecanismos de coordinación, interacción, cooperación y reciprocidad entre la alcaldía de Nangaritza y la institución educativa de Guayzimi, promoviendo la realización de actividades de interés y beneficio mutuo a través del grupo de danza Ñucanchic Causai, así como fortalecer lazos de cooperación entre las instituciones y mejorar la formación de los integrantes, es el objetivo principal de la suscripción del convenio. El martes 14 de enero, Fredy Armijos Pérez, alcalde del cantón Nangaritza, y la rectora de la Unidad Educativa del Milenio Guayzimi, Cleofé Sarango, firmaron durante la sesión solemne por los 40 años de creación de la institución educativa.

Una de las cláusulas del convenio, establece las obligaciones que tienen las dos instituciones. El Municipio facilitará el transporte y el espacio logístico necesario para que los integrantes del grupo de danza Ñucanchic Causai de la UEMG realicen su trabajo en los espacios que sean requeridos. La institución educativa se compromete a coordinar con el GAD Nangaritza la participa-

ción activa de los integrantes del grupo de danza en actividades sociales, culturales, deportivas; facilitar el acceso a los integrantes y al director del grupo para que realicen su preparación en los días que el director del grupo estime conveniente, así como facilitar los permisos de salida a los eventos planificados por el GAD Nangaritza. El convenio tiene vigencia de tres años.(I).

Los moradores del barrio La Guajira del cantón Centinela del Cóndor serán beneficiados con la construcción de una cubierta para la cancha de uso múltiple del barrio. El Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe a través de un convenio con el Gad Municipal hará efectiva la obra que asciende a una inversión de $42.779,96. El alcalde de Centinela del Cóndor, Luis Merino expresó su agradecimiento

al Prefecto Jiménez por su predisposición de trabajar en articulación con los Municipios, quienes tienen la competencia directa para obras deportivas. Agradeció en nombre del barrio La Guajira al Prefecto y comprometió su apoyo desde el Cabildo Municipal para hacer efectivas las obras comprometidas. La suscripción del convenio fue realizada a mediados de diciembre y tiene un plazo de 180 días para ser ejecutada en la localidad.(I).


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Zonal

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Ministerio de Turismo presentó la convocatoria 2020 para Pueblos Mágicos El programa Pueblos Mágicos de Ecuador arrancó su segunda edición. A partir de ayer miércoles 15 de enero, las localidades que deseen postular podrán presentar su solicitud y ser parte del proceso de selección de 2020 que realiza el Ministerio de Turismo.

Según la ministra del ramo, Rosi Prado de Holguín, el objetivo es que las localidades del país que “cuenten con atractivos singulares y condiciones necesarias para el desarrollo del turismo” puedan postular y convertirse en un Pueblo Mágico. Esta cartera de Estado dio a conocer los 15 requisitos que deben cumplir los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), de ellos cinco son obligatorios y se deben presentar en la fase de registro, según explicó Ricardo Zambrano, subsecretario de Gestión y Desarrollo del Ministerio. Cada localidad participante debe contar con:

Una unidad o dirección de turismo • Un catastro turístico • Un inventario de atractivos • Datos e información de conectividad • Un plan de desarrollo turístico. Los postulantes deben anexar a los documentos una carta de motivación para convertirse en Pueblo Mágico.

Los cinco primeros requisitos se deben presentar hasta el 28 de febrero a través del portal web: https:// servicios.turismo.gob.ec/ index.php/pueblos-magicos. Los formularios con los requisitos se encuentran en el mismo portal. Una vez concluido ese proceso, un equipo técnico analizará una evaluación bajo parámetros previa-

mente establecidos y se emitirá un informe para la creación de un expediente que permita entregar los 10 requisitos restantes a partir del 30 de marzo. Para la fase de incorporación, los GAD deben tener un Comité Ciudadano, la aprobación del Consejo Municipal, el apoyo del GAD Provincial, una asignación presupuestaria para

turismo, proyectos de desarrollo, un atractivo turístico singular, entre otros. El cumplimiento de los 15 requisitos planteados, habilitará a la localidad para que ingrese a este programa. Está previsto que, a partir del mes de julio, se realice el análisis para definir qué localidades obtendrán la denominación este año.(I).

El Oro

En Marcabelí inauguraron nuevo transporte El Oro. En el cantón Marcabelí, las unidades de cooperativas unión Cariamanga entrarán a operar con los recorridos desde este lugar, hacia otras ciudades. El domingo 12 de enero del 2020 en horas de la mañana, la población de Marcabelí se dio cita, para ser partícipes de la inauguración de las nuevas unidades de transporte de Cooperativa Unión Cariamanga, donde el alcalde del cantón, Efrén Pangay les dio la bienvenida “las gestiones con fe, con optimismo y con positivismo se hace el trabajo que realmente necesita nuestro pueblo dando mejoría al cantón”. Por su parte, el presidente

de la Cooperativa Unión Cariamanga, Wilfrido Moreno, expresó su agradecimiento “es un honor para nosotros como empresa de transportes Unión Cariamanga inaugurar esta nueva ruta hacia el cantón Marcabelí. Estamos muy orgullosos de poder servir al pueblo del Edén de Los Andes”. Las rutas que cubrirá la Cooperativa de transportes Unión Cariamanga está determinada así: Marcabelí-Loja; LojaMarcabelí –Huaquillas. El alcalde del cantón manifestó durante su intervención que se está gestionando para que opere desde Loja- Marcabelí- Guayaquil y viceversa y desde Marcabelí -Cuenca y viceversa.(I).(JLNS).

•• Unidad de transporte presente en la inauguración.


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Varios

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Latam y Solca-Hope unidos para luchar en contra del cáncer infantil En el marco de un evento cargado de emotividad y mucha alegría, LATAM Airlines Ecuador celebró la firma de una alianza estratégica con la Sociedad de Lucha contra el Cáncer (SOLCA) matriz Guayaquil, para contribuir a la construcción del primer Hospital Onco Pediátrico del Ecuador (HOPE), que incrementará de manera representativa la capacidad atención actual a niños con cáncer, con 75 camas para hospitalización y la cobertura de tratamiento a más de 300 niños al año. Para cumplir este gran sueño, LATAM Airlines Ecuador, a través de su programa de Avión Solidario, decidió ajustar varios de sus servicios comerciales al proyecto con acciones solidarias que contemplan: la emisión de tickets aéreos para transportar misiones médicas, pacientes y ejecutivos SOLCA que deberán viajar en busca de mayores recursos para la construcción del hospital; la promoción permanente del proyecto en canales de difusión

Arcsa controla venta de antibióticos solo con receta médica

•• José Jouvín, presidente de SOLCA Guayaquil, y Daniel Leng, director ejecutivo de LATAM Airlines Ecuador durante la firma del convenio.

corporativa y en vuelos, donaciones económicas voluntarias del personal de LATAM, y activaciones con eventos especiales afines; entre otros. El proyecto HOPE, que busca recaudar por varias vías los fondos para concretar la construcción del primer Hospital Onco Pediátrico del Ecuador, tiene como objetivo alcanzar en un largo plazo, mejorar los porcentajes de vida de sus pacientes, contar con excelentes protocolos, buena tecnología y detección temprana de patologías. Para LATAM Airlines, conocer que la tendencia de

afectaciones oncológicas en el país tiene un incremento promedio anual del 5%, así como que la tasa de supervivencia por casos de leucemia infantil es del 49,8%, son razones de peso para ser parte de la solución a través de iniciativas y estrategias enfocadas a largo plazo. “No dudamos ni un segundo en sumarnos a este proyecto. En nuestra misión de transportar los sueños de los ecuatorianos, HOPE se convierte en el mayor sueño que buscaremos cumplir, por los niños y sus familias”, señaló Daniel Leng, Director Ejecutivo.(I).

Cierre de actividades de las redes de aprendizaje En el régimen Costa de la Zona 7 se conformaron 48 redes de aprendizaje con 532 instituciones involucradas y 1.127 profesores Este lunes 13 de enero de 2020 se desarrolló el programa de finalización de actividades de las redes de aprendizaje, régimen Costa 2019-2020, sede Chaguarpamba, provincia de Loja, con la participación de los niños y niñas de educación inicial, preparatoria, jóvenes de bachillerato y profesores. Las redes de aprendizaje propician la formación de equipos de trabajo y de comunicación horizontal entre docentes y direc-

tivos, lo que les permite avanzar en la construcción de un proyecto educativo a través del cual cada institución adquiere una identidad propia. Magda Salazar González, coordinadora Zonal 7 de Educación, comentó que los círculos de calidad son fundamentales para el Ministerio de Educación, ya que permiten alcanzar la calidad que buscamos. Estas redes son integradas por directivos y docentes de instituciones que ofertan educación inicial y preparatoria de los sostenimientos fiscal, fiscomisional, particular y municipal. “Lo más interesante es que los docentes

pueden intercambiar experiencias y profundizar las buenas prácticas educativas”, manifestó Magda Salazar. Maricela González, docente de Educación Inicial de la Unidad Educativa La Dolorosa, mencionó que “los círculos nos han permitido la formación de un proyecto educativo acorde a nuestra realidad”. En el Distrito CatamayoChaguarpamba-Olmedo se han formado 3 redes de aprendizaje con 32 plantes educativos y 38 profesores. Las reuniones se realizan una vez al mes para abordar la problemática y buscar soluciones. (I).

La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) impulsa la campaña denominada “Plan nacional para la lucha contra la resistencia antimicrobiana”, con el cual se busca disminuir la resistencia antimicrobiana; por tal razón, se insiste a los propietarios de los establecimientos farmacéuticos la venta de antibióticos bajo receta médica y a los ciudadanos no poner en riesgo su salud, pues solo un profesional en medicina puede determinar el uso de antibióticos, la dosis y el tiempo. Esta acción se cumple con actividades de socialización que realizan los técnicos de Arcsa en las farmacias de la Zona 7, bajo un cronograma de visitas semanal, en donde se les imparte a los propietarios, representantes técnicos y auxiliares de farmacia el cumplimien-

to de los artículos 153 y 245 de la Ley Orgánica de Salud, los mismos que indican que para la venta de medicamentos se requiere de receta emitida por profesionales facultados para hacerlo, a excepción de los medicamentos de venta libre; en caso de infringir esta ley, serán sancionados con multa de cinco salarios básicos y decomiso del producto. La Coordinación Zonal 7 de Arcsa ha emitido dicha información a todos los correos electrónicos de las farmacias de las provincias de El Oro, Loja y Zamora Chinchipe, así también se les compartió varios diseños de arte con mensajes preventivos, los mismos que deberán ser exhibidos en lugares visibles del establecimiento para que el ciudadano pueda leerlo, y de esta manera pueda contribuir al cuidado de su salud.(I).

Parroquia Cristo Rey vive el jubileo eucarístico de las 40 horas Con antorchas e incienso llegó el Santísimo Sacramento del Altar a la parroquia Cristo Rey luego de cumplir las 40 horas en San Cayetano. Distintos grupos apostólicos y fieles en general participaron de la procesión que inició a las 17h00 de este lunes 13 de enero. El padre Bernardino Castro de la comunidad Discípulos del Espíritu Santo y vicario parroquial, destacó que toda la comunidad “lo ha recibido con mucha alegría, con gozo de saber que Jesús está presente siempre en todos los templos, más aún en las procesiones porque se presenta como un Dios vivo”. Mencionó que se han organizado mediante un horario en el que participan los grupos: Seguidores de Je-

sús, Intercesión Mariano, Encinar de Mambre, Cáritas, Dios es amor, Grupo de adoración, Juan XXIII, Cristo Rey, Cristo Joven, Cristo Salvador y Emaús, Jesús salva a las familias. El sacramento estará en esta parroquia hasta el viernes 17 de enero, luego irá hasta Santo Evangelio en Amable María.(I).


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Judiciales REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA NOTIFICACION/CITACIÓN JUDICIAL NOTIFICO/CITO con el contenido de la demanda de diligencia preparatoria, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales que anteceden a los herederos desconocidos de los Extintos Sres. Angamarca Angamarca Juan José y Zoila Salvadora Angamarca Curipoma, que en extracto es como sigue: ACTOR: Sr. José Rogelio Curipoma Mejicano. DEMANDADOS: Por el fallecimiento de los Sres. Angamarca Angamarca Juan José y Zoila Salvadora Angamarca Curipoma a sus herederos conocidos Sres. Angelita de Jesús Angamarca Angamarca, Merci Esperanza Angamarca Angamarca, Jaime Enrique Angamarca Angamarca, Luis Iván Angamarca Angamarca, Nixón Augusto Angamarca Angamarca, Nestor Amable Angamarca Angamarca, y a los herederos desconocidos de los extintos Angamarca Angamarca Juan José y Zoila Salvadora Angamarca Curipoma. OBJETO DE LA DEMANDA: Notificar/citar a herederos desconocidos. TRAMITE: Diligencia Preparatoria. CUANTIA: Indeterminada. DILIGENCIA PREPARATORIA: Nro.11333-201900129G JUEZA: Dra. Sara Salomé Tandazo Valarezo. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, lunes 16 de diciembre del 2019, las 16h42. VISTOS.- La petición presentada por el Sr. José Rogelio Curipoma Mejicano, contiene los requisitos de forma previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la califica de clara, completa y precisa.- En consecuencia, de conformidad a los dispuesto en el Art. 58 ibídem, se dispone la notificación, por el fallecimiento de los Sres. Angamarca Angamarca Juan José y Zoila Salvadora Angamarca Curipoma a sus herederos conocidos Sres. Angelita de Jesús Angamarca Angamarca, Merci Esperanza Angamarca Angamarca, Jaime Enrique Angamarca Angamarca, Luis Iván Angamarca Angamarca, Nixón Augusto Angamarca Angamarca, Nestor Amable Angamarca Angamarca en la dirección indicada en el escrito inicial para ello se depreca virtualmente al Juez de la Unidad Civil de Cuenca, autoridad a la que se remite suficiente despacho y a los herederos desconocidos de los extintos los extintos Angamarca Angamarca Juan José y Zoila Salvadora Angamarca Curipoma a través de uno de los periódicos de amplia circulación en la forma dispuesta en el Art. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, a fin de que en el término cuarenta días conforme lo determina el Art. 1255 del Código Civil, declaren si aceptan o repudian la herencia, incorpórese la documentación adjunta.- Notifíquese.-f) Ilegible. DRA.SARA TANDAZO VALREZO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Particular que comunico para los fines de ley. Atentamente. Loja, 18 de Diciembre del 2019 DR.PAÚL SOLÓRZANO CUEVA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/3098 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CATAMAYO CITACIÒN JUDICIAL Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite y más constancias procesales.CITO: A FRANCISCO PUGO LIMA, el mismo que en extracto comprende lo siguiente: ACTORA: MARILU DEL ROSARIO GARCIA REYES DEMANDADO: FRANCISCO PUGO LIMA OBJETO DE LA DEMANDA: DIVORCIO POR CAUSAL TRÀMITE: SUMARIO JUICIO Nro. 11331-2019-00466 CUANTÌA: INDETERMINADA JUEZ: Dr. Hernán Ramiro Peñaherrera Díaz. AUTO DE ACEPTACIÒN.- Catamayo, jueves 25 de julio del 2019, las 18h41, VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Multicompetente Civil del Cantón Catamayo, Provincia de Loja, y por el sorteo verificado, en el Sistema Satje que consta del Acta de fs.17 de julio de 2019 Se califica de clara y completa la demanda de divorcio, presentada por la señora MARILU DEL ROSARIO GARCIA REYES, contra el señor: FRANCISCO PUGO LIMA por cumplir con los requisitos legales generales y especiales aplicables al caso, previstos en el Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), por lo que se dispone tramitarla en el procedimiento sumario, determinado en el Art. 332 del Cuerpo de Leyes citado. Se corre traslado a la parte demandada por el término de quince días, bajo apercibimiento de rebeldía, para que ejerza el derecho de defensa contestando, por escrito y cumpliendo en lo aplicable, los requisitos formales previstos para la demanda, teniendo en cuenta lo constante en los Arts. 151-157 del COGEP, en lo que sea pertinente a la naturaleza del procedimiento y pretensiones. Cítese en legal y debida forma al demandado, en su domicilio señalado en el libelo de la demanda y para esta diligencia pasen los autos a la Sección de Archivo de esta Unidad Judicial para que consiga copias de las piezas procesales respectivas para la citación al demandado. Se previene al accionado la obligación de determinar el lugar donde recibirá las notificaciones, con arreglo a lo señalado en el Art. 66 del COGEP.. Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba documental y testimonial que indica: a) La partida de matrimonio entre actora y demandado. b).- En la audiencia correspondiente, recíbase la declaración de parte del señor Francisco Pugo Lima, con el cuestionario de preguntas que formulará el Abogado de la parte Actora. Se dispone la comparecencia a esta Unidad Judicial en la fecha que se fije para la audiencia única. C).- Reciba la declaración de los testigos NEUCITA DEL CARMEN GARCÍA REYES y MARÍA ESPERANZA PARDO PARDO con arreglo al cuestionario de preguntas que en forma oral señalará el Abogado de la defensa de la Actora y corre de cuenta de la peticionaria la presentación de los testigos. Tómese en cuenta la cuantía de la acción y el correo electrónico señalado para recibir sus notificacio-

nes judiciales; y la facultad que concede la peticionaria a su Abogado defensor para firmar escritos en su nombre. Hágase saber.- OTRO AUTO DE SUSTANCIACIÓN.- Catamayo, miércoles 4 de diciembre del 2019, las 16h26, VISTOS: En atención al escrito de fs. 15, se dispone: En virtud del documento emitido por la Coordinación Zonal 7-Machala, constante a fojas 13 del proceso, en el que consta que el señor FRANCISCO PUGO LIMA, no tiene Registro Consular en el Exterior y al juramento rendido por la Sra. Marilú del Rosario Garcia Reyes de fojas 16 vlta de autos, se dispone citar al demandado FRANCISCO PUGO LIMA, por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la capital provincial de Loja en razón que en este cantón no existe dicho medio escrito, que contendrán un extracto de la demanda y providencias respectivas, puesto que a criterio del suscrito Juzgador este es el principal medio de comunicación del lugar, en cumplimiento de lo dispuesto en el num. 1 del Art. 56 del COGEP., debiendo el señor Actuario elaborar el extracto respectivo. Al demandado se le prevendrá además, la obligación de determinar el lugar donde recibirán las notificaciones, que no pueden ser otros que los lugares indicados en el Art. 66 del COGEP.- Notifíquese y Cúmplase. Particular que pongo en conocimiento para los fines de Ley; y, se les previene la obligación de señalar casillero judicial en esta jurisdicción.- Catamayo, a 03 de enero de 2020. Ab. José Antonio Maldonado SECRETARIO

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CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA CITACION JUDICIAL Como el actor ha declarado bajo juramento que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada Sra. ZOILA ROSA ARMIJOS, se dispone citarla a través de uno de los medios de comunicación, esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad, con fundamento en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: Sr. JOSE COLON VEGA RODRÍGUEZ, representado a través de su Procurador Judicial el Abogado Euclides Rodríguez Chuquirima. DEMANDADO: Sra. ZOILA ROSA ARMIJOS OBJETO DE LA DEMANDA: DIVORCIO POR CAUSAL TRAMITE: SUMARIO CUANTÍA: INDETERMINADA JUICIO: Nro. 11203-2019-03850 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo “…Loja, lunes 6 de enero del 2020, las 10h08, VISTOS: Como se ha dado cumplimiento a la providencia inicial la demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO formulada por el señor JOSE COLON VEGA RODRÍGUEZ, representado a través de su Procurador Judicial el Abogado Euclides Rodríguez Chuquirima, conforme lo justifica con la escritura pública que adjunta en contra de la señora ZOILA ROSA ARMIJOS, por cumplir con los requisitos de ley, se la acepta a trámite en procedimiento SUMARIO, conforme lo determinan los Arts. 332.4 del Código Orgánico General de Procesos y 118 del Código Civil (sustituido por el num. 5 de la Disposición Reformatoria Quinta del Código s/n, R.O. 506-S, 22-V-2015). En tal virtud se dispone: UNO: Como la parte actora bajo juramento ha declarado de que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada ZOILA ROSA ARMIJOS, se dispone citarla por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación existente en esta ciudad con fundamento en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo.- Se advierte a la accionada la obligación de determinar donde recibirá las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de quince días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el numeral 3 del Art. 333 ibídem, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellos únicamente en los casos que se requiera el auxilio del órgano jurisdiccional. Bajo prevención de proseguir en rebeldía por su falta de comparecencia. DOS: Tómese en cuenta todos los medios de prueba que anuncia el actor. Se admitirá y calificará las mismas en la Audiencia respectiva dada la naturaleza del procedimiento y, conforme el Art. 160 del COGEP. Para el efecto se dispone la comparecencia obligatoria de los señoras Karina del Cisne Quishpe Pullaguari, María Regina Vega Rodríguez ,y, Martha Verónica Paladines Ramos, debiendo ser notificadas de conformidad a lo dispuesto en el Art. 191 ibídem. Medios de prueba que bajo el principio contradictorio se le pone a la vista de la accionada. TRES: En cuenta la cuantía, casillero y direcciones de correo electrónicos señalados por el actor representado por su Procurador Judicial. Agréguese a los autos la documentación presentada. Finalmente actúe en calidad de Secretario del despacho el Dr. Nivardo Ortiz Vásquez. Hágase saber.-....….”. Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley.- Loja, 7 de enero del 2020 Dr. Nivardo Manuel Ortiz Vásquez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/3093 UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON LOJA EXTRACTO DE CITACION Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio Ejecutivo a los señores MATAILO PINTA JAIME DAVID y VASQUEZ TAMARIZ CESAR AUGUSTO, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: BANCO DE LOJA S.A. DEMANDADOS: MATAILO PINTA JAIME DAVID y VASQUEZ TAMARIZ CESAR AUGUSTO. JUICIO: 2019-03568 CUANTÍA: $ 8,921.40 JUEZ: DRA. GEOVANNA TAMARA CHANGO MALDONADO ASUNTO: COBRO DE PAGARE.

TRÁMITE: EJECUTIVO CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON LOJA.Loja, martes 24 de diciembre del 2019, las 15h21, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento al auto de sustanciación dispuesto en esta causa; se establece que la demanda presentada por la Dra. Adriana Soledad Valladares Fernández, en su calidad de Procuradora Judicial de Procesos del Banco de Loja S.A., en contra de MATAILO PINTA JAIME DAVID y VASQUEZ TAMARIZ CESAR AUGUSTO, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el pagaré a la orden constante de fs. 1 a 2 y vlta. de los autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de los demandados MATAILO PINTA JAIME DAVID y VASQUEZ TAMARIZ CESAR AUGUSTO; y, por cuanto la actora ha declarado bajo juramento de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia y habiendo adjuntado certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, se dispone, citarlos por la prensa, en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la provincia de Loja.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Téngase en cuenta la casilla judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) DRA. GEOVANNA TAMARA CHANGO MALDONADO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley. Loja, 13 de Enero del 2020 Atentamente. Ab. Pablo Erique Moncada SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON LOJA P/3106 UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL CITO con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales a los demandados: GUAMO GONZÁLEZ JORGE LEONARDO, GUAMO GONZÁLEZ CARLOS ALFREDO y GONZÁLEZ ESPINOSA MARÍA ALBERTINA, que en extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DE MACHALA S.A DEMANDADOS: JORGE LEONARDO GUAMO GONZALEZ, CARLOS ALFREDO GUAMO GONZALEZ y, MARIA ALBERTINA GONZALEZ ESPINOSA TRAMITE: EJECUTIVO Nro. 11333-2019-01274 ASUNTO: Cobro de Dinero CUANTIA: $ 74.775.85 JUEZ: Dr. Ramiro Arévalo Malo UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, jueves 25 de abril del 2019, las 13h14, VISTOS: Juez Ponente: Dr. Ramiro Arévalo Malo.- Avoco conocimiento del presente asunto, en mérito al sorteo que precede.- En lo principal, la demanda presentada por el PROCURADOR JUDICIAL DE LA GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DEL BANCO DE MACHALA S.A., en contra de los señores JORGE LEONARDO GUAMO GONZALEZ, CARLOS ALFREDO GUAMO GONZALEZ y, MARIA ALBERTINA GONZALEZ ESPINOSA; se la estima clara y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts.142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); la que se fundamenta en PAGARE A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los Arts.347 y 348 del COGEP; por lo que se la admite al procedimiento EJECUTIVO.- Cítese a los demandados en el domicilio señalado en la demanda, en aplicación del Art. 53 y 63 del COGEP, para lo cual, se dispone que pasen los autos a la Oficina de Citaciones de la Unidad.- Como lo prevé los Arts.333 numeral 3, y 355 del COGEP, se concede a los demandados el término de quince (15) días, para que propongan las excepciones de que se crean asistidos, conforme al Art.353 ibídem, con prevención de sentencia.- Agréguese los documentos presentados. Téngase en cuenta la cuantía, casillero judicial y correos electrónicos señalados.- Con el fin de dar cumplimiento con la citación, se dispone que la parte actora, facilite la copias que se requieran para el evento.- Hágase saber-f) ILEGIBLE Dr. Ramiro Arévalo Malo.JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA.- Otra Providencia.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, viernes 29 de noviembre del 2019, las 14h30, Por cuanto el señor DR. PAÚL FERNANDO GRANDA CUEVA, en calidad de Procurador del Banco de Machala ha comparecido a esta unidad judicial a rendir el juramento, de desconocer el domicilio o residencia de los demandados GUAMO GONZÁLEZ JORGE LEONARDO, GUAMO GONZÁLEZ CARLOS ALFREDO y GONZÁLEZ ESPINOSA MARÍA ALBERTINA, se dispone: citarlos por la prensa, esto conforme al Art. 56 y 62 del Código Orgánico General de Procesos.- Hágase saber.- Particular que se pone en conocimiento para los fines de ley.- Loja, 6 de Diciembre del 2019 Lcda. Tanya Teresa Apolo Galarza SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA RAZON.- Siento como tal y se deja constancia para los fines de ley, que el día de hoy, consigno en la casilla nro.773 el extracto correspondiente al presente proceso.- Particular que comunico para los fines de ley.- Loja 06 de diciembre del 2019.EL SECRETARIO P/3094 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON MACARA PROVINCIA DE LOJA JUICIO Nro. 11332-2019-00338 CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del extinto VICTOR MANUEL LOPEZ VALTIERRA de

www.cronica.com.ec conformidad al art 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, que en extracto es como sigue: ACTORES: ROY FITZGERALD LOPEZ CARRERA, DEMANDADOS: BIENES SUCESORIOS DE VICTOR MANUEL LOPEZ VALTIERRA TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminado JUICIO: 11332- 2019-00338 JUEZ: Dr. Guido Raúl Castillo Abad UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON MACARA, PROVINCIA DE LOJA.- Macara, viernes 6 de septiembre del 2019, las 15h24, VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial, de conformidad con la Resolución NO. 102-2017 de fecha 17 de julio de 2017 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, que crea la Unidad Judicial Multi-competente con sede en el cantón Macará, provincia de Loja.- EN LO PRINCIPAL: La demanda presentada por el Ab. OSWALDO FRANCISCO RODRIGUEZ RODRIGUEZ en calidad de Procurador Judicial del señor ROY FITZGERALD LOPEZ CARRERA, conforme el documento habilitante de Poder Especial con Procuración Judicial que adjunta a la demanda, y la señora JANINA ELOISA LOPEZ CARRERA, sobre juicio de INVENTARIO, se la califica de clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario acorde al Art. 334.4 del COGEP. En consecuencia con la acción propuesta se declara abierta la sucesión intestada de los bienes del causante señor VICTOR MANUEL LOPEZ VALTIERRA, disponiéndose formar el alistamiento y avalúo de los mismos con la intervención de un perito que será designado oportunamente al inventario. Cuéntese en este proceso con los comparecientes Ab. OSWALDO FRANCISCO RODRIGUEZ RODRIGUEZ por los derechos que representa del señor ROY FITZGERALD LOPEZ CARRERA y JANINA ELOISA LOPEZ CARRERA, en calidad de únicos y universales herederos del causante, conforme lo afirman en su demanda; cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Macará, a quienes se citará en sus respectivos despachos; además cuéntese con el señor Delegado de la Secretaría Regional del Servicio de Rentas Internas de Loja, a quien para su citación, se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, enviándole suficiente despacho y ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. Cítese a los herederos desconocidos y presuntos del causante por la prensa conforme a lo estipulado en el Art. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Loja por no existir diarios escritos en esta ciudad de Macará.- Téngase en cuenta las pruebas anunciadas por la accionante.- Se ordena la citación de todas las personas interesadas o de quienes puedan tener interés en el asunto de acuerdo a la información proporcionada en la solicitud.- Agréguese la documentación que ha sido aparejada a la demanda.- Tómese en cuenta la designación de Procurador Común, que hacen los accionantes en la persona de la señora JANINA ELOISA LOPEZ CARRERA.- Tómese en cuenta el casillero y correo electrónico señalados para sus notificaciones.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. LO CERTIFICO.- Macara 16 de septiembre del 2019.EL SECRETARIO.AB. MILTON ALVARADO ALVARADO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON MACARA P/3105 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos de los causantes señores Juan Arcadio Espinosa y Rosa Francisca Villa Tene, así como a los herederos desconocidos de la cesionaria Mercedes Josefina Espinosa Ordóñez, que en extracto es como sigue: ACTORA: Rosa Fidelia Cuenca Villa. DEMANDADOS: a los herederos desconocidos de los causantes señores Juan Arcadio Espinosa y Rosa Francisca Villa Tene, así como a los herederos desconocidos de la cesionaria Mercedes Josefina Espinosa Ordóñez OBJETO DE LA DEMANDA: Inventarios de bienes sucesorios TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-201903848 JUEZ: Dra. Blanca Georgina Mendoza Guzman EXTRACTO DEMANDA.- “Loja, martes 7 de enero del 2020, las 16h54, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto anterior y por reunir los requisitos de ley la solicitud de inventarios presentada por los señores Rosa Fidelia Cuenca Villa, Laura Isabel Cuenca Villa, Julio César Cuenca Villa, Luz Amada Cuenca Villa, Patricia Villamagua Espinosa, Marco Vladimir Villamagua Espinosa, Stalin Eugenio Villamagua Espinosa y Carmen Guadalupe Villamagua Espinosa, por sus propios derechos y como Procuradora Judicial de la señora Carlota Graciela Espinoza Villa, se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En consecuencia, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por los causantes señores Juan Arcadio Espinosa y Rosa Francisca Villa Tene, desde el momento de su fallecimiento, disponiéndose se proceda a su formación y avalúo, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente. Cítese a los herederos desconocidos de los causantes señores Juan Arcadio Espinosa y Rosa Francisca Villa Tene, así como a los herederos desconocidos de la cesionaria Mercedes Josefina Espinosa Ordóñez, por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, conforme a lo dispuesto en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, en relación a lo establecido en el Art. 56 numeral 1 del citado Código. Confiérase el respectivo extracto. Cuéntese en este proceso, con los comparecientes Rosa Fidelia Cuenca Villa, Laura Isabel Cuenca Villa, Julio César Cuenca Villa, Luz Amada Cuenca Villa y Carlota Graciela Espinoza Villa, en calidad de hijos de los causantes; con los señores Patricia Villamagua Espinosa, Marco Vladimir Villamagua Espinosa, Stalin Eugenio

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Villamagua Espinosa y Carmen Guadalupe Villamagua Espinosa, en calidad de hijos de la cesionaria Mercedes Josefina Espinosa Ordóñez; por así solicitarlo los demandantes con los señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del cantón Loja; y, con el señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja, Funcionarios que deberán ser citados en sus respectivos despachos. Para el efecto, remítase el expediente a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial. De conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra como Procurador Común de los hijos de los causantes a la señora Carlota Graciela Espinoza Villa y por los herederos de la cesionaria a la Ab. Carmen Guadalupe Villamagua Espinosa. Téngase en cuenta la cuantía de la acción, el casillero electrónico y la dirección del correo electrónico señalado por los accionantes, así como la autorización que le conceden a su defensora para que firme escritos a su nombre. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. Se deja constancia que la suscrita Jueza hizo uso de vacaciones desde el 23 de diciembre del año 2019 al 6 de enero del año 2020. Hágase saber”.- F) Dra. Blanca Georgina Mendoza Guzman, Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja.- Lo Certifico.- Loja, 08 de enero del 2020. Ab. Jonathan Pardo Loaiza, SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. P/3096 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales al señor: EDDIE DANIEL TUMBACO BURGA, el mismo que en extracto comprende: ACTORA: ANGIE DANIELA CUENCA TOAPANTA DEMANDADO: EDDIE DANIEL TUMBACO BURGA OBJETO: Alimentos TRAMITE: Sumario. CUANTÍA: Indeterminada. JUICIO: Nro. 11203-2019-01516. JUEZ: Dr. Víctor Santín Salazar. Loja, jueves 31 de mayo del 2018, las 08h09, 2018-001516 VISTOS: avoco conocimiento en el presente caso en calidad de Juez Titular de la Unidad Tercera de la familia Mujer Niñez y Adolescencia de Loja. - En lo principal: por reunir los requisitos de ley la demanda de fijación de pensión alimenticia presentada por ANGIE DANIELA CUENCA TOAPANTA a favor de su hijo ASHLY MICHELLE TAMBACO CUENCA en contra del señor, EDDIE DANIEL TAMBACO BURGA ,se la acepta al procedimiento sumario establecido en el Art. 332 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos. En consecuencia, se dispone citar al accionado en el domicilio singularizado en la demanda, a quien se le previene que de no comparecer se procederá en rebeldía y de la obligación de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir futuras notificaciones, así como dar contestación a la acción propuesta en su contra por escrito, en el término máximo de diez días, contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellas únicamente en los casos que le haya sido imposible obtenerlos, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 159 Ibídem. Para el efecto, ENVIESE el expediente a la oficina de Citaciones de la Unidad. De conformidad con el inciso tercero del Art. 146 del citado Código, se fija como pensión provisional de alimentos la suma de CIENTO OCHO DÓLARES CON 54/100 MENSUALES, que deberá pagar el demandado, a favor de su hijo más los beneficios de ley, obligación que correrá a partir de la presentación de la demanda ( 28 de mayo de 2018) y que deberá depositarla por mensualidades anticipadas, dentro de los primeros cinco días de cada mes, a través del código Supa. Que le será asignado, debiendo vincularse a la cuenta que la actora ha señalado en el formulario de demanda y a fs. 5 del expediente, debiendo advertirse que a través de este código el accionado está obligado a pagar las prestaciones alimenticias. Téngase en cuenta las pruebas que han sido anunciadas por la demandante: Prueba Documental: 1) Partida de nacimiento 2) DOCUMENTOS PERSONALES; que se exhiba los roles de pago de los 3 meses últimos.-3); Prueba Testimonial.- 1) LA DECLARACION DEL DEMANDADO .- Agréguese al proceso la documentación que se adjunta. Téngase en cuenta la casilla judicial y dirección de correo electrónico señalado por la actora y la autorización que le concede al Abogado para que firme escritos a su nombre. Notifíquese. OTRA PROVIDENCIA. Loja, viernes 8 de noviembre del 2019, las 11h58, Una vez que la actora señora Bangie Daniela Cueca Toapanta ha dado cumplimiento a las exigencias establecidas por la Corte Constitucional, en su resolución publicada en el Suplemento al Reg. Of. No. 228 del lunes 5 de julio de 2000, y las determinadas en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos; de manera especial, mediante la diligencia evacuada el 08 de noviembre del 2019, a la que ha comparecido y ha declarado bajo juramento haberle sido imposible determinar la residencia del demandado EDDIE DANIEL TUMBACO BURGA.En consecuencia, se dispone que el demandado sea citado por la prensa en un periódico de alta circulación de esta localidad cantonal, conforme a lo establecido en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos; para lo cual el señor Secretario confiera el extracto respectivo.- Previniéndole al accionado su obligación de señalar casillero judicial y/o dirección de correo electrónico para efectos de notificación y de no comparecer al proceso se procederá en rebeldía.- HÁGASE SABER.- F) DR VICTOR SANTIN SALAZAR JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA Loja, 11 de noviembre del 2019 Dr. Antonio Patricio Quito S. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/3101


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JUEVES 16 DE ENERO DE 2020

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Loja – Guayaquil Guayaquil – Loja

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Loja – Machala Machala – Loja

00h00 – 03h30 14h30 – 00h30

Loja – Huaquillas Huaquillas – Loja

00h30 05h00

TURNO INTERNACIONAL Loja – Piura Piura – Loja

00h00 20h00

08h00 – 14h30 - 17h00 – 17h30 – 19h00 19h30 – 20h00 - 21h00 – 22h00

Loja – Guayaquil

06h00 – 10h00 - 13h30 – 20h00 – 21h00 22h00 – 23h00 - 24h00

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JUEVES 16 DE ENERO DE 2020

Judiciales REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales recaídas en el presente Procedimiento Ejecutivo al señor ALCIVIADES JIMENES, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: Banco de Loja S.A. DEMANDADO: ALCIVIADES JIMENES. JUICIO: N°11333-2019-03565. CUANTÍA: $28.000,00 USD ASUNTO: Cobro de dinero (Contrato de Préstamo de Amortización). TRÁMITE: Procedimiento Ejecutivo. JUEZA: DRA. SARA SALOMÉ TANDAZO VALAREZO. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, sábado 4 de enero del 2020, las 11h21. VISTOS: La demanda que antecede presentada por el Banco de Loja S.A., es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el contrato de mutuo o préstamo de amortización que adjunta a fs. 1, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contienen una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. En aplicación del artículo 351 numeral quinto del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que el demandado Sr. ALCIVIADES JIMENES, en su calidad de deudor, cumpla con la obligación demandada o proponga excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia misma que no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del cuerpo legal indicado. Cítese al Sr. Alciviades Jimenes por uno de los periódicos de esta ciudad de Loja conforme lo determina el Art. 56 del COGEP.- Por secretaria extiéndase el extrato para la publicación respectiva. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Notifíquese. f) Ilegible. DRA. SARA SALOMÉ TANDAZO VALAREZO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Particular que comunico para los fines de ley. Loja, 06 de Enero del 2019. Atentamente, DR.PAÚL SOLÓRZANO CUEVA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/3072 EXTRACTO POR LA PRENSA REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON LOJA NOTIFICACION JUDICIAL Notifico con el contenido del escrito de demanda, y más constancias procesales a los herederos desconocidos de los causantes Ángel Asterio Iñiguez Ochoa y Eloisa Herminda Astudillo Iñiguez, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: HUGO TEODORO PINEDA IÑIGUEZ. DEMANDADO: HEREDEROS CONOCIDOS DE LOS FALLECIDOS ÁNGEL ASTERIO IÑIGUEZ OCHOA; Y ELOISA HERMINDA ASTUDILLO IÑIGUEZ, SEÑORES: NIMIA ENITH IÑIGUEZ ASTUDILLO; LIDA IDAURA IÑIGUEZ ASTUDILLO; Y LOIDA OLIVIA IÑÍGUEZ ASTUDILLO; LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DE LOS CAUSANTES ÁNGEL ASTERIO IÑIGUEZ OCHOA Y ELOISA HERMINDA ASTUDILLO IÑIGUEZ. OBJETO DE LA DEMANDA: NOTIFICACION DE HEREDEROS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS, A FIN DE QUE MANIFIESTEN SI ACEPTAN O REPUDIAN LA HERENCIA. TRAMITE: DILIGENCIA PREPARATORIO CUANTIA: INDETERMINADA. JUICIO: Nro. 00127G-2019. JUEZ: Dra. Martha Jaramillo Jumbo UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE LOJA. Loja, viernes 29 de noviembre del 2019, las 09h57, VISTOS: La solicitud de diligencia preparatoria presentada por Hugo Teodoro Pineda Iñíguez, es clara y completa, puesto que cumple los requisitos legales generales y especiales que son aplicables al caso, determinados en los artículos 120 y 121 del COGEP, por tal motivo se califica, se admite a trámite la diligencia preparatoria para determinar la legitimación pasiva, para proceso de demarcación de linderos.- En tal virtud, procédase a NOTIFICAR a los herederos conocidos de los fallecidos Ángel Asterio Iñiguez Ochoa; y Eloisa Herminda Astudillo Iñiguez, señores: Nimia Enith Iñiguez Astudillo; Lida Idaura Iñiguez Astudillo; y Loida Olivia Iñíguez Astudillo; los herederos desconocidos y presuntos, a fin de que en el plazo de cuarenta días DECLAREN SI ACEPTAN O REPUDIAN LA HERENCIA que les corresponde en la sucesión de sus extintos padres.- La notificación debe realizarse mediante citación en el domicilio señalado en la demanda, a través de la Oficina Técnica de Citaciones y Notificaciones, Nimia Enith Iñiguez Astudillo; y Loida Olivia Iñíguez Astudillo; mediante comisión que será enviada al Teniente Político de la parroquia Santiago a la heredera Lida Idaura Iñiguez Astudillo, en la forma que señalan los Arts. 53; 58; y 63 del Código Orgánico General de Procesos, previo el paso por la ventanilla cinco de la Unidad Judicial a fin que la parte solicitante facilite las copias necesarias para cumplir con este acto procesal. A los HEREDEROS DESCONOCIDOS, de los causantes Ángel Asterio Iñiguez Ochoa; y Eloisa Herminda Astudillo Iñiguez, se dispone, NOTIFICARLOS por la prensa, en un periódico de amplia circulación de la provincia, de conformidad con el Art. 58 del Código Orgánico General de Proceso, para lo cual se dispone que el peticionario comparezca a la sala de audiencias Nro. 11 del Complejo Judicial de Loja a rendir el juramento, de imposibilidad de determinar la individualidad y residencia de los herederos desconocidos, el día 05 de diciembre de 2019 a las 09h10.- NOTIFÍQUESE.- OTRA PROVIDENCIA.- Loja, jueves 12 de diciembre del 2019, las 15h43, VISTOS: Toda vez que el PINEDA IÑIGUEZ HUGO TEODORO ha rendido el ju-

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P/2616/5 ramento sobre la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia de los HEREDEROS DESCONOCIDOS, de los causantes Ángel Asterio Iñiguez Ochoa; y Eloisa Herminda Astudillo Iñiguez, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone NOTIFICARLOS por la prensa, en un periódico de amplia circulación de la provincia, mediante una publicación. El actuario del despacho, elabore el extracto citatorio respectivo. NOTIFÍQUESE.- Dra. MARTHA JARAMILLO JUMBO.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON LOJA. Particular que se pone en conocimiento del público en general para fines de ley.- Loja, 13 de Diciembre del 2019. Abg. Juan Manuel Jimenez SECRETARIO

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REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA AVISO JUDICIAL Se pone en conocimiento de la ciudadanía en general que el señor SEGUNDO RICARDO LOAIZA CUEVA no tiene la libre administración de sus bienes, y por consiguiente se ha nombrado CURADOR PROVISIONAL al señor JUAN CARLOS LOAIZA REYES, para que bajo tal designación represente a su padre. Dicho auto fue dictado con fecha 19 de junio del 2019, las 10h35 por el Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, dentro del Proceso Sumario de Interdicción signado con el Nro. 11203-2019-00711. Aviso que se pone en conocimiento del público para los fines legales pertinentes y en la forma prevista en el Art. 468 del Código Civil. Loja, 13 de agosto de 2019. LO CERTIFICO. DRA. NUVIA FLORES RUIZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA P/3074 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales al demandado JOSÉ GUILLERMO MOROCHO BESERRA, que en extracto es como sigue: ACTORA: Julia Narciza Allasiche Medina. DEMANDADO: JOSÉ GUILLERMO MOROCHO BESERRA. OBJETO DE LA DEMANDA: Disolución de la sociedad conyugal. TRÁMITE: Voluntario. CUANTÍA: Indeterminada. JUICIO: Nro. 11203-2019-02130. JUEZ: Dr. David Alberto Astudillo Celi. AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.- “UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA.- Loja, viernes 5 de julio del 2019, las 10h22, VISTOS: Avoco conocimiento del presente proceso en calidad Juez Titular de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Loja, designado mediante acción de personal Nro. 3645-DP11-2016-FA, de fecha 15 de noviembre del 2016.- En lo principal, una vez examinada, y por reunir los requisitos legales generales, y especiales aplicables al caso, se acepta al procedimiento voluntario que le corresponde, de conformidad con lo establecido en el Art. 334 del Código Orgánico General de Proceso, la demanda de disolución de la sociedad conyugal que ha deducido por la señora JULIA NARCIZA ALLASICHE MEDINA en contra de JOSE GUILLERMO MORCHO BESERRA.- En consecuencia, se dispone: 1) Citar al demandado, conforme lo dispone el Art. 56.1 del COGEP, vista a la actora juramento a señalado desconocer el domicilio del demandado.- Por Secretaria, confiérase él extracto correspondiente; quien podrá oponerse de considerarlo pertinente, de la forma prevista en el Art. 336 del COGEP; 2) Téngase en cuenta la prueba que anuncia y presenta con su demanda el actor; sobre cuya pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la primera fase de la audiencia única a convocarse en el curso ulterior del procedimiento.- Incorpórese al expediente la documentación aparejada a la demanda; téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial y correos electrónicos señalados por el demandante, más la autorización que le concede a su patrocinador.- NOTIFÍQUESE.-” f). Dr. David Alberto Astudillo Celi, Juez de la Unidad Judicial.- OTRO AUTO.- “UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA.- Loja, jueves 8 de agosto del 2019, las 12h53, De conformidad con lo previsto en el numeral 8 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función judicial, se convalida el auto de calificación de fecha 5 de julio del 2019 a las 10h 22 (fs. 23), en el sentido que, de forma inadvertida se ha hecho constar en forma errónea el primer apellido del demandado como “MORCHO”, siendo lo correcto MOROCHO; en tal consecuencia, para efectos de citación se deberá tener en cuenta que el demandado es el Sr. JOSÉ GUILLERMO MOROCHO BESERRA. Los demás datos considerados en el auto de referencia permanecerá iguales e inalterables.- Además, confiérase el extracto respectivo con la finalidad de citar a la parte demandada.- Finalmente, in-

corpórese al proceso las publicaciones que se anexan al memorial que antecede, las mismas que no serán tomadas en cuenta en lo posterior.- NOTIFÍQUESE.-” f). Dr. David Alberto Astudillo Celi, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja.- Loja, 12 de Septiembre del 2019.Dra. Carmen Paladines Criollo SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. P/3081 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos del causante JUAN ANTONIO GONZALEZ CHUNCHO, que en extracto es como sigue: ACTOR: GONZALEZ POMA DIANA ELIZABETH. DEMANDADO: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DEL CAUSANTE SEÑOR JUAN ANTONIO GONZALEZ CHUNCHO. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. TRÁMITE: VOLUNTARIO. JUICIO: NRO. 11203-2019-03856 JUEZ: DR. HÉCTOR EFRÉN BURNEO SAAVEDRA. EXTRACTO DEMANDA.- “Loja, martes 7 de enero del 2020, las 08h26, VISTOS: En lo principal, en razón de haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior, y porque se la estima de clara, completa y precisa la demanda de Inventarios presentada por la Srta. DIANA ELIZABETH GONZALEZ POMA en su calidad de heredera, y al cumplir con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la admite a la misma al trámite mediante PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO.- Por no tratarse de un asunto controvertido, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de los bienes del causante JUAN ANTONIO GONZALEZ CHUNCHO desde el momento de su fallecimiento, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de sus bienes y, en la forma prevista el Art. 341 y 342 del Código Orgánico General de Procesos.- Para la formación del inventario, una vez que fuesen citados todos los interesados, este juzgador designará al perito sugerido para que proceda a su formación y avalúo en presencia de los interesados; y señalará el día y la hora para tal diligencia.- Cuéntese en este asunto con: 1) Con la Srta. DIANA ELIZABETH GONZALEZ POMA en su calidad de heredera.- 2) Con la Sra. DELFINA ISABEL POMA YUNGA en su calidad de cónyuge sobreviviente a quien se le citará en el lugar indicado en la demanda y para lo cual intervenga la Oficina de Citaciones de esta unidad, funcionarios quienes explicarán a la accionada de su obligación de señalar casillero judicial y correo electrónico para futuras notificaciones.- 3) Con el señor Procurador Tributario de Loja, a quien se le notificará en su despacho y para lo cual intervenga la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad.- 4).- A los herederos presuntos y desconocidos del causante JUAN ANTONIO GONZALEZ CHUNCHO cíteselos de conformidad con lo previsto en el Art. 58 del Código Orgánico General de procesos.- Los accionados y cualquier interesado tienen la obligación de señalar casillero y correo electrónico para futuras notificaciones, y en caso de oposición podrán hacerlo por escrito en la forma y en el término señalados en el Art. 336 del COGEP.- Téngase en cuenta la anunciación de pruebas de la parte accionante, tal como lo ha solicitado en su demanda, pruebas que en la respectiva audiencia serán discutidas y aprobada su pertinencia.- Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y correo electrónico señalado por los accionantes. Agréguese los documentos que se adjuntan.- HÁGASE SABER.” Dejo constancia de este particular, para los fines de ley.- Loja, 08 de enero del 2020. Dra. Karina Torres Maldonado. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/3082 CITACION JUDICIAL CITO, con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias que anteceden a los deudores solidarios señores JAIME MANUEL ARCAYA JACOME, MARIANA NARCIZA FAJARDO CARDENAS, MAURO FRANCISCO AJILA FALQUEZ Y ROSA MARIA QUISPHE PINTO, así como también a los herederos, presuntos y desconocidos de la extinta María Victoria Olaya, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO VICENTINA” MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA” LTDA DEMANDADOS: MARIA VICTORIA OLAYA, Y POR SY FALLECIMIENTO A SUS HEREDEROS CONOCIDOS HAYDEE MARIA SUSANA ARIAS OLAYA, WILLIANS EDUARDO ARIAS OLAYA, EDWIN JOSE ARIAS OLAYA Y MARITZA ALEXANDRA ARIAS OLAYA Y A LOS SEÑORES JAIME MANUEL ARCAYA JACOME, MARINA DE NARCIZA FAJARDO CARDENAS, MAURO FRANCISCO AJILA FALQUEZ Y ROSA MARIA QUISHPE PINTO JUICIO EJECUTIVO NRO. 11333-2014-1292 CUANTIA: $ 15.000,00 JUEZ: Dra. Sarita azucena Ochoa Tamay

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TRANS SARAGURO

Dirección:

Saraguro: calle Azuay entre El Oro y 10 de Marzo Telf.: 0959173183 Loja: Terminal Terrestre Telf.: 0993283997 General de Procesos (COGEP), se la admite al trámite del Procedimiento Sumario previsto en el Art. 332 y 333 del mismo cuerpo normativo. En consecuencia, con el contenido de la demanda y este auto de admisión, se corre traslado a los demandados para que en el término de quince dias la contesten deduciendo las excepciones de que se crean asistidos, y anunciando los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, precisando toda la información que sea necesaria para su actuación, en conformidad a lo dispuesto en el Art. 152 del COGEP, bajo apercibimiento en rebeldía.-Cuéntese en el procedimiento con los señores alcalde y procurador sindico del GADMIS Mnicipal de Saraguro, a quienes se les corre traslado por el término legal de treinta días.- Citese a los demandados y funcionarios llamados a intervenir en sus domicilios y despachos ubicados en los lugares que se indica en la demanda, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial para sus notificaciones.- Para la citación de los demandados Manuel Vicente Arias y Hortencia Florentina Pinos, se comisiona al Sr. Teniente político de la parroquia San Sebastián de Yúluc, a quien se remitirá despacho en forma concediéndole el termino de ocho días. La citación a los personaros del GADMIS Municipal de Saraguro, la practicara el Sr. Funcionario encargado de citaciones de esta unidad judicial. Por cuanto el accionante Dr. Patricio Armijos Idrobo, bajo juramento afirma desconocer el domicilio del demandado HÓLGER JAVIER GUACHISACA CARCH, se dispone citarlo a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan la ciduad de Loja, en la forma y con los efectos previstos en el art. 56 del COGEP.- Inscribase la demanda en el registro de la propiedad del cantón Saraguro, para lo cual se notificara a su titular previamente.- Téngase en cuenta la prueba que anuncian los accionantes para la audiencia respectiva, para cuya obtención se remitirá las comunicaciones solicitadas, En cuenta también el domicilio judicial señalado para recibir notificaciones, y la autorización que confieren a su defensor Agréguese a los autos la demanda y los documentos aparejados.-Hágase saber.Dr. Darwin René Morocho Celi SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN SARAGURO P/3107

Póliza Extraviada PÓLIZA EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la Póliza Nº 131089 de la Cta. Cte. Nro. 2900399273 perteneciente a SILVA MONTAÑO ERNESTO con C.I.-RUC 1100630993 beneficiario SILVA MONTAÑO ERNESTO en razón de haberse extraviado. P/2968/CDP78


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Judiciales

REPUBLICA DEL ECUADOR CITACION JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DEL CANTON LOJA. Cito con el escrito de demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales, a DARWIN GABRIEL BARZALLO CASTILLO, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CONSTRUCCIÓN, COMERCIO Y PRODUCCIÓN COOPCCP LTDA DEMANDADOS: DARWIN GABRIEL BARZALLO CASTILLO TRAMITE: CONCURSAL(CONCURSO DE ACREEDORES) CUANTIA: INDETERMINADA JUICIO No. 03237-2019 JUEZ: Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima AUTO.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, viernes 15 de noviembre del 2019, las 09h20, VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de lo Civil y Mercantil del cantón Loja, en mérito del sorteo de ley y por radicada la competencia, de la demanda que antecede y que ha sido presentada por la señora DRA. LAURA ISABEL VALAREZO BRAVO, en su calidad de Procuradora Judicial de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CONSTRUCCIÓN, COMERCIO Y PRODUCCIÓN COOPCCP LTDA., conforme justifica con la documentación que adjunta, en contra del señor DARWIN GABRIEL BARZALLO CASTILLO, la misma que por reunir los requisitos exigidos por la ley y a lo establecido en el Libro V, Título II, Capítulo I, del Código Orgánico General de Procesos; en sus artículos 142, 414, 416, 422 y 424; se la admite al trámite correspondiente. De la documentación que se anexa en autos, se establece que sustanciado el procedimiento ejecutivo No. 11333-20130722, el demandado no ha pagado la obligación, así como tampoco ha dimitido bienes para el cobro, por tanto, se presume su INSOLVENCIA y como consecuencia, se declara haber lugar al concurso necesario, y para ello se ordena: a) Citar al accionado con copia de la demanda y auto en ella recaído, en el lugar indicado en la demanda mediante la oficina de citaciones del complejo judicial de Loja, para ello se dispone que la parte actora acuda hasta la oficina de copias con el fin de que brinde las facilidades para efectuar la citación correspondiente; debiéndose indicar que la convocatoria a junta de acreedores tendrá lugar en la audiencia que se fijará en el momento procesal oportuno.- b) El demandado deberá presentar todos los documentos previstos en el artículo 421 del Código Orgánico General de Procesos; esto es: 1. Una relación detallada de todos sus bienes y derechos; 2. Un estado de todas sus deudas con expresión de su procedencia, con el vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor y los libros de cuentas si los tiene; 3. Los títulos de crédito activos; 4. Una memoria sobre las causas de su presentación.- En virtud de lo actuado, por ser legal y procedente, se dispone: c) Citar en su domicilio a las o los acreedores, quienes quedan convocados a la junta de acreedores la misma que se realizará en la audiencia que se fije en forma oportuna.- d) En virtud del sorteo realizado a través del sistema SATJE, se designa como sindico a la Dra. Gloria Nancy Calva Jiménez, quien de conformidad con el artículo 434 del Código Orgánico General de Procesos y una vez notificada con este auto tiene el termino de 24 horas para que acepte o se excuse del nombramiento, la notificación al síndico deberá efectuarse una vez que haya sido citado el demandado y transcurrido el término dispuesto en el Art. 426 del COGEP. Se fija en doscientos dólares de los Estados Unidos de América el honorario del síndico de quiebra. e) El embargo de todos los bienes muebles o inmuebles de propiedad del fallido, conforme a las reglas generales establecidas en el presente Código.- f) Se ordena la anotación de la insolvencia del señor Darwin Gabriel Barzallo Castillo, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura.- g) Se ordena la publicación del auto que declara haber lugar a la formación del concurso del fallido señor Darwin Gabriel Barzallo Castillo en la página web del Consejo de la Judicatura.- h) Se ordena la acumulación de los procesos que contengan obligaciones pendientes en los que formen parte el fallido. i) Se ordena la inscripción en el Registro de la Propiedad del Cantón Loja, del auto que ordena la formación del concurso del fallido.- j) Notifíquese a la Fiscalía General del Estado en esta ciudad de Loja, para que proceda a realizar las respectivas investigaciones que se determinan en la ley para este tipo de asuntos.- k) Se prohíbe que el deudor señor Darwin Gabriel Barzallo Castillo, con número de cédula 1715014039, se ausente del territorio nacional, para lo cual hágase saber a la Dirección Nacional de Migración para que se cumpla con esta orden.- De conformidad con el numeral segundo del inciso primero del Art 424 del Código Orgánico General del Procesos, se declara LA INTERDICCION del deudor señor Darwin Gabriel Barzallo Castillo, observándose las normas previstas en el Art. 423 del mismo cuerpo legal. No obstante la declaración de haber lugar al concurso o a la quiebra, el deudor, en el término de diez días a partir de la citación con esta demanda y auto recaído en ella, podrá oponerse pagando la deuda, de conformidad con lo establecido en el artículo 426 ibídem. Téngase en cuenta la casilla judicial y los correos electrónicos que señala la parte actora para sus notificaciones. Agréguese a los autos la documentación presentada.- Hágase saber.- f).- Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima, JUEZ. Loja, 09 de enero del 2020. Ab. René Fabricio Agila Guamán SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA Sergio. P/3084 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales recaídas en el presente Procedimiento Concursal al señor ALESSANDER RAMIRO YAGUANA JIMÉNEZ, cuyo extracto es el siguiente: ACTORA: Dra. Laura Isabel Valarezo Bravo, Procuradora Judicial de Procesos del Banco de Loja S.A. DEMANDADO: ALESSANDER RAMIRO YAGUANA JIMÉNEZ. JUICIO: N°11333-2019-01088. CUANTÍA: Indeterminada.

ASUNTO: Concursal. TRÁMITE: Procedimiento Concursal. JUEZ: DR. GONZALO IVÁN AGUIRRE VALDIVIESO. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, miércoles 10 de abril del 2019, las 10h45. VISTOS: Dr. Gonzalo Aguirre Valdivieso, Juez Titular de la Unidad Judicial Civil de Loja, encontrándome legalmente en mis funciones de conformidad con lo establecido en los Arts. 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, publicado en el Registro Oficial No. 544 del 9 de Marzo del 2009, en mérito al sorteo de ley, avoco conocimiento de la presente causa en esta fecha.- En lo principal, la demanda presentada por la Dra. Laura Isabel Valarezo Bravo, Procuradora Judicial de Procesos del Banco de Loja S.A., en contra del señor ALESSANDER RAMIRO YAGUANA JIMÉNEZ, es clara, completa y precisa, por cuanto reúne los requisitos de admisibilidad establecidos en el Libro V, Título II, Capítulo I, del Código Orgánico General de Procesos; y, sus artículos 142, 414, 416, 422 y 424; razón por la cual se la admite al trámite correspondiente. De la documentación que se anexa en autos, hace conocer: que en el proceso ejecutivo No. 113332013-1450, tramitado en la Unidad Especializada de la Civil y Mercantil del Cantón Loja, se ha obtenido sentencia, liquidación, auto de pago y la razón que el demandado en calidad de deudor no ha pagado ni ha dimitido bienes suficientes para el embargo y que según liquidación adeuda la suma de SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO DOLARES CON 24/100. Hasta la presente fecha no ha cancelado el valor adeudado, por lo tanto, se presume su INSOLVENCIA y como consecuencia, se declara haber lugar al CONCURSO NECESARIO, y para ello se ordena: a) Citar al accionado, con copia de la demanda y auto en ella recaído, en el lugar señalado, para el efecto.- b) Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, para que proceda a realizar las respectivas investigaciones que se determinan en la ley para este tipo de asuntos.- c) Se prohíbe que el señor ALESSANDER RAMIRO YAGUANA JIMÉNEZ, se ausente del territorio nacional, debiéndose comunicar a la Dirección Nacional de Migración para que se cumpla con esta orden.- d) Se ordena la acumulación de los procesos que contengan obligaciones pendientes en los que formen parte el fallido.- e) Se ordena la inscripción en el Registro de la Propiedad del Cantón Loja, del auto que ordena la formación del concurso de la fallida.- f) Se ordena la anotación de la insolvencia de ALESSANDER RAMIRO YAGUANA JIMÉNEZ, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura.- g) El embargo de todos los bienes muebles o inmuebles de propiedad de la fallida, conforme a las reglas generales establecidas en el presente Código.- h) El demandado deberá presentar todos los documentos previstos en el Art. 421 de este Código Orgánico General de Procesos COGEP., esto es: 1. Una relación detallada de todos sus bienes y derechos; 2. Un estado de todas sus deudas con expresión de su procedencia, con el vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor y los libros de cuentas si los tiene; 3. Los títulos de crédito activos; 4. Una memoria sobre las causas de su presentación.- i) Citar en su domicilio a las o los acreedores, quienes quedan convocados a la junta de acreedores la misma que se realizará en la audiencia que se fije en forma oportuna.- j) La designación de sindica o sindico se realizará una vez que haya sido citado el demandado y transcurrido el término dispuesto en el Art. 426 de la COGEP.- k) Se ordena la publicación del auto que declara haber lugar la formación del concurso del fallido ALESSANDER RAMIRO YAGUANA JIMÉNEZ, en la página web del Consejo de la Judicatura.- De conformidad con el numeral segundo del inciso primero del Art. 424 del Código Orgánico General del Procesos, se declara LA INTERDICCION del deudor, observándose las normas previstas en el Art. 423 del mismo cuerpo legal. No obstante la declaración de haber lugar al concurso o a la quiebra, el deudor, en el término de diez días a partir de la citación con esta demanda y auto recaído, podrá oponerse pagando la deuda, de conformidad con lo establecido en el Art. 426 ibídem. Agréguese los documentos presentados.En cumplimiento de lo dispuesto en el Memorando circular-CJ-DNGP-2018-0289-MC, suscrito por el señor Director Nacional de Gestión Procesal, previamente a remitir el proceso a la Oficina de Citaciones, se dispone remitirlo a la Ventanilla de copias, con el objeto de que la parte accionante preste las facilidades para obtener las copias necesarias para la citación de la demandada.- Tómese en cuenta la cuantía, casillero judicial y correos electrónicos señalados.- Hágase saber.-f) Ilegible. DR. GONZALO IVÁN AGUIRRE VALDIVIESO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. OTRA PROVIDENCIA.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, miércoles 18 de diciembre del 2019, las 12h16. VISTOS.- Por cuanto la compareciente y accionante Doctora Laura Isabel Valarezo Bravo, Procuradora Judicial de Procesos del Banco de Loja S.A., ha rendido la declaración bajo juramento con fecha 17 de diciembre del 2019 a las 10h00, en la cual manifiesta: “Declaro bajo juramento que personalmente he realizado las investigaciones o averiguaciones en orden a establecer la individualidad el domicilio o residencia del demandado ciudadano: : ALESSANDER RAMIRO YAGUANA JIMÉNEZ; y, pese a las múltiples diligencias y averiguaciones que he realizado, como acudir a los registros de público acceso, me ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia actual del prenombrado demandado”, se dispone la citación del demandado ciudadano: ALESSANDER RAMIRO YAGUANA JIMÉNEZ, portador de la cedula de ciudadanía Nro. 1710045780, en uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos; para el efecto, por intermedio de secretaría confiérase el respectivo extracto.- Notifíquese.- f) Ilegible. DR. GONZALO IVÁN AGUIRRE VALDIVIESO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Particular que comunico para los fines de ley. Loja, 09 de Enero del 2020. Atentamente, DRA.LUZ MARÍA LEDESMA RODRÍGUEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/3088 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PUYANGO CITACION JUDICIAL

CITO:- Con la demanda y auto de aceptación a trámite, a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes: VICTORIA MATILDE CORDOVA VELEZ. ACTORES.- Mercy Yolanda Villalta Cordova, Oscar Rodrigo Villalta Córdova, Raúl Villalta Córdova, Bertha María Villalta Córdova, Hilmo Simón Villalta Córdova, Julio Arturo Villalta Córdova, Engie Malena Villalta Mendoza , Lester Lenin Villalta Mendoza, Sulema María Villalta Córdova. OBJETO DE LA DEMANDA:- INVENTARIO, AVALUO, ALISTAMIENTO Y TASACION DE LOS BIENES HEREDITARIOS DEJADOS POR LA CAUSANTE: VICTORIA MATILDE CORDOVA VELEZ CUANTIA:- $ 16.756.37 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica JUICIO Nro. 11317-2019-00319 TRAMITE:- PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO. JUEZ: - Dr. Marlón Ray Santorum Montero. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PUYANGO.- NOSOTROS:- Mercy Yolanda Villalta Córdova, Oscar Rodrigo Villalta Córdova, Raúl Villalta Córdova,Bertha María Villalta Córdova, Hilmo Simón Villalta Córdova, Julio Arturo Villalta Córdova, Engie Malena Villalta Mendoza, Lester Lenin Villalta Mendoza, Sulema María Villalta Córdova, todas las comparecientes con correo electrónico noraeli.velascjuezguerrero961@ gmail.com y casillero electrónico 1103026561 de nuestra defensora privada, comparecemos en calidad de hijos de la extinta VICTORIA MATILDE CORDOVA VELEZ, quien falleció el día 07 de noviembre de 2017, en la Parroquia Alamor, Cantón Puyango, para proponer la presente demanda de AVALUO Y ALISTAMIENTO de los bienes dejados por nuestra recordada madre, predio denominado “GUARARAS” único bien inmueble que lo adquirió en la sucesión de bienes de sus padres, mediante escritura Pública de PARTICION EXTRAJUDICIAL, celebrada el 01 de Diciembre de 2000, ante el Notario Primero del Cantón Puyango en la sucesión de bienes de los señores CORDOVA VERA JUAN FRANCISCO y VELEZ MERCHAN JUANA DOLORES. Nuestra demanda la fundamentamos en lo que establecen los artículos 334 numeral 4, Art.335 en concordancia con el Art. 341, 342,345 del Código Orgánico General de Procesos, en relación con el art 406 y 407 del Código Civil, medios probatorios: Anunciamos que produciremos el certificado de defunción de nuestro recordada madre CORDOVA VELEZ MATILDE VICTORIA, produciremos los nueve certificados de los herederos conocidos, produciremos la inscripción de defunción de nuestro fallecido hermano, VICENTE RENE VILLALTA COPRDOVA, produciremos los certificados de nacimiento de los herederos por representación ENGIE MALENA VILLATA MENDOZA y LESTER LENIN VILLALTA MENDOZA, produciremos el certificado del Registrador de la Propiedad y Mercantil del Cantón Puyango, produciremos el certificado de avalúo catastral conferido por la Jefe de Avalúos y catastros del Gobierno Autónomo Descentralizado de Puyango, anunciamos que en la audiencia respectiva produciremos el informe pericial respecto del bien inmueble a inventariarse elaborado por el perito Judicial designado, cítese a los siguientes funcionarios :Al señor Procurador Tributario del servicio de Rentas Internas de la ciudad de Loja, Alcalde del Cantón Puyango y Procurador Sindico, en sus oficinas en esta ciudad de Alamor, Cítese por la prensa a los herederos desconocidos y presuntos de la extinta CORDOVA VELEZ MATILDE VICTORIA, Los comparecientes por no tener intereses contrapuestos, tenemos a bien constituir procurador a JULIO ARTURO VILLATA CORDOVA, autorizándolo para que asista a cualquier clase de diligencias o audiencias, al amparo de lo dispuesto en el Art.37 del Código Orgánico General de Procesos Dígnese atendernos.-Puyango, martes 3 de diciembre del 2019, las 12h29, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Puyango, nombrado mediante acción de personal Nro. 9306-DNTH-2014-KP, del Consejo de la Judicatura.- En lo principal, estimase clara, precisa y completa, la demanda propuesta por los señores: MERCY YOLANDA; OSCAR RODRIGO; SULEMA MARÍA; HILMO SIMÓN; RAUL; BERTHA MARÍA; JULIO ARTURO; Y, VICENTE RENE VILLALTA CÓRDOVA, por el fallecimiento del último de los nombrados sus herederos conocidos: ENGIE MALENA Y LESTER LENIN VILLALTA MENDOZA, en calidad de hijos y nietos de la causante, por lo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 142,143, 335, 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, que le corresponde y en virtud del fallecimiento de quien en vida fue señora: VICTORIA MATILDE CÓRDOVA VÉLEZ, conforme consta de la partida de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes.-Fórmese el inventario y el avalúo de los bienes sucesorios cumpliendo la normativa legal pertinente.- Cuéntese en el presente proceso con los demandantes; con los herederos conocidos; desconocidos y presuntos de la causante, y con el señor PROCURADOR TRIBUTARIO DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DE LOJA Y ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO DEL GADM-PUYANGO, para la citación del primer funcionario llamado a intervenir en el proceso se depreca a uno de los señores Jueces (as) de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, enviándole suficiente despacho y ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- A los representantes municipales de Puyango, en sus despachos.- Cítese a los herederos desconocidos y presuntos de la extinta: VICTORIA MATILDE CÓRDOVA VÉLEZ, en un diario de la ciudad de Loja, por no existir este medio de comunicación en esta ciudad, atento a lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Inscríbase la demanda en el Registro Municipal de la Propiedad y Mercantil del cantón Puyango, atento a lo previsto en el artículo 146 inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos.-Téngase en cuenta el anuncio de pruebas que realizan los accionantes.- Una vez que se haya citado a todos los intervinientes en la causa, se señalará día y hora para la diligencia de Inventario y Avalúo de Bienes.- Agréguese al proceso la documentación adjunta y téngase en cuenta la cuantía y correo electrónico, señalado por los demandantes para recibir sus notificaciones, así como la autorización que le confieren a su abogada defensora.- Por solicitado, se nombra Procurador Común, al señor JULIO ARTURO VILLALTA CÓRDOVA, con quien se contara en lo posterior.- Interviene el Abg. Carlos Cañarte Sisalima, Secretario de la Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-f: SANTORUM MONTERO MARLON, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN PUYANGO.-

JUEVES 16 DE ENERO DE 2020

Lo que comunico a usted para los fines de ley.Alamor. Diciembre 27 de 2019 Ab. CAÑARTE SISALIMA CARLOS BAYARDO SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PUYANGO P/3089 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PUYANGO CITACION JUDICIAL. CITO:- Con la demanda y auto de aceptación a trámite, a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes: JOSE ENRRIQUE GUZMAN GUEVARA y MARIA LAURA PEÑA PEÑA. ACTORES.- SANTOS SEGUNDO GUZMAN PEÑA, MARIANA DE JESUS GUZMAN PEÑA, MARIA ANCELMA GUZMAN PEÑA, CELSO ISIDRO GUZMAN PEÑA, SANTOS AMABILIA GUZMAN PEÑA, MARIA GRIMANEZA GUZMAN PEÑA, ROSA ESTERCELINA GUZMAN PEÑA, JACINTO ELEUTERIO GUZMAN PEÑA, OLIVIA AMADA GUZMAN PEÑA, GABINO JUVENCIO GUZMAN PEÑA, SANTOS REINERIO GUZMAN PEÑA, HERNAN ENRIQUE GUZMAN PEÑA. OBJETO DE LA DEMANDA:- INVENTARIO, AVALUO, ALISTAMIENTO Y TASACION DE LOS BIENES HEREDITARIOS DEJADOS POR LOS CAUSANTES: JOSE ENRRIQUE GUZMAN GUEVARA y MARIA LAURA PEÑA PEÑA CUANTIA:-$ 189.334,49 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica JUICIO Nro. 11317-2019-00318 TRAMITE:- PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO. JUEZ: - Dr. Marlón Ray Santorum Montero. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PUYANGO.- NOSOTROS.-Nosotros: SANTOS SEGUNDO GUZMAN PEÑA, MARIANA DE JESUS GUZMAN PEÑA, MARIA ANCELMA GUZMAN PEÑA, CELSO ISIDRO GUZMAN PEÑA, SANTOS AMABILIA GUZMAN PEÑA, MARIA GRIMANEZA GUZMAN PEÑA, ROSA ESTERCELINA GUZMAN PEÑA, JACINTO ELEUTERIO GUZMAN PEÑA, OLIVIA AMADA GUZMAN PEÑA, GABINO JUVENCIO GUZMAN PEÑA, SANTOS REINERIO GUZMAN PEÑA, HERNAN ENRIQUE GUZMAN PEÑA, ante su Autoridad comparecemos, deducimos la presente demanda de inventarios y Alistamiento de bienes de los extintos JOSE ENRRIQUE GUZMAN GUEVARA y MARIA LAURA PEÑA PEÑA, narración de los hechos detallados,: conforme consta de las partidas de defunción que adjuntamos, demostramos que nuestros padres JOSE ENRRIQUE GUZMAN GUEVARA y MARIA LAURA PEÑA PEÑA, dejando como herederos conocidos a los comparecientes, mediante escritura adquirió el predio denominado POTRERILLOS NARANJAL, el predio rustico denominado POTRERILLOS, el terreno NARANJAL-GUANDOS, terreno llamado GENTIL una propiedad denominada GUANDOS, UNA CASA DE HABITACIÓN Y SOLAR, ubicado en el perímetro urbano de la ciudad de Alamor, un terreno denominado GUANDOS, Un vehículo Marca Toyota Modelo Stout año 1992, cabina simple color blanco, de Placas PLF0426 de uso particular, Los fundamentos son los siguientes: Art. 334 numeral 4), Art. 335, 341, 342 y 345 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con los Art. 603,993, 995, 996, 1004, 1005, 1021, 1023, 1028 y 1278 del Código Civil y Art. 69.2 de la Constitución de la República, medios probatorios: produciremos los certificados de defunción de los causantes, los certificados de nacimiento de los 12 herederos conocidos, produciremos los 7 Certificados del Registro de la Propiedad del Cantón Puyango, los certificados de Avalúos y Catastros del GAD Municipal del Cantón Puyango, produciremos el certificado Único Vehicular, respecto del vehículo Marca Toyota Modelo Stout año 1992. Con estos antecedentes en calidad de herederos conocidos y amparados en las disposiciones legales y constitucionales invocadas demandamos el JUICIO DE INVENTARIOS, solicitándole a su Autoridad se digne declarar abierta la sucesión intestada de quienes en vida fueron JOSE ENRRIQUE GUZMAN GUEVARA y MARIA LAURA PEÑA PEÑA, por el hecho de su fallecimiento y mediante sentencia se apruebe el inventario, alistamiento y avaluó de los bienes sucesorios Solicitamos se digne nombrar un Perito acreditado para la diligencia de inventario, alistamiento y avalúo de los bienes. Se dispondrá la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Puyango, Se contará además en este proceso con los señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del Cantón Puyango, Se contará también con el señor Procurador Tributario del SRI en Loja, Los herederos presuntos y desconocidos que pudieran existir, solicitamos que sean citados por un periódico de amplia circulación de la Provincia de Loja, por no tener intéreses contrapuestos, tenemos a bien designar como procurador a SANTOS REINERIO GUZMAN PEÑA,.- Puyango, martes 3 de diciembre del 2019, las 12h42, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Puyango, nombrado mediante acción de personal Nro. 9306-DNTH-2014-KP, del Consejo de la Judicatura.- En lo principal, estimase clara, precisa y completa, la demanda propuesta por los señores: SANTOS SEGUNDO; MARIANA DE JESÚS; MARÍA ANCELMA; CELSO ISIDRO; SANTOS AMABILIA; MARÍA GRIMANEZA; ROSA ESTERCELINA; JACINTO ELEUTERIO; OLIVIA AMADA; GABINO JUVENCIO; SANTOS REINERIO; Y, HERNÁN ENRIQUE GUZMÁN PEÑA, en calidad de hijos de los causantes, por lo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 142, 143, 335, 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, que le corresponde y en virtud del fallecimiento de quienes en vida fueron señores: JOSÉ ENRRIQUE GUZMÁN GUEVARA Y MARÍA LAURA PEÑA PEÑA, conforme consta de las partidas de defunción que se adjuntan, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes.- Fórmese el inventario y el avalúo de los bienes sucesorios cumpliendo la normativa legal pertinente.- Cuéntese en el presente proceso con los demandantes; con los herederos conocidos; desconocidos y presuntos de los causantes, y con el señor PROCURADOR TRIBUTARIO DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DE LOJA Y ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO DEL GADM-PUYANGO, para la citación del primer funcionario llamado a intervenir en el proceso se depreca a uno de los señores Jueces (as) de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, enviándole suficiente despacho y ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- A los representantes municipales de Puyango, en sus despachos.- Cítese a los herederos desconocidos y presuntos de los extintos:

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JOSÉ ENRRIQUE GUZMÁN GUEVARA Y MARÍA LAURA PEÑA PEÑA, en un diario de la ciudad de Loja, por no existir este medio de comunicación en esta ciudad, atento a lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Inscríbase la demanda en el Registro Municipal de la Propiedad y Mercantil del cantón Puyango, atento a lo previsto en el artículo 146 inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos.- Téngase en cuenta el anuncio de pruebas que realizan los accionantes.- Una vez que se haya citado a todos los intervinientes en la causa, se señalará día y hora para la diligencia de Inventario y Avalúo de Bienes.- Agréguese al proceso la documentación adjunta y téngase en cuenta la cuantía y correo electrónico, señalado por los demandantes para recibir sus notificaciones, así como la autorización que le confieren a su abogada defensora.- Por solicitado, se nombra Procurador Común, al señor SANTOS REINERIO GUZMÁN PEÑA, con quien se contara en lo posterior.- Interviene el Abg. Carlos Cañarte Sisalima, Secretario de la Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f: SANTORUM MONTERO MARLON, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN PUYANGO.-Lo que comunico a usted para los fines de ley.- Alamor, Diciembre 27 de 2019 Ab. CAÑARTE SISALIMA CARLOS BAYARDO SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PUYANGO P/3090 EXTRACTO POR LA PRENSA REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio Ejecutivo, en contra de los señores: MARÍA BALVINA GUALAN MACAS Y SEGUNDO FRANCO MACAS MACAS, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “CRISTO REY” LTDA. DEMANDADOS: MARÍA BALVINA GUALAN MACAS Y SEGUNDO FRANCO MACAS MACAS OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: $16000,00 JUICIO: Nro. 11333-2019-00842 JUEZ: Dr. Luis Figueroa Simancas CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA. Loja, lunes 25 de marzo del 2019, las 10h34, VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda que antecede, en virtud del sorteo que consta en la misma y en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Loja, encargada del despacho del señor Dr. Luis Figueroa Simancas, Juez de la Unidad antes mencionada, mediante acción de personal 0637-DP11-2019-RR, de fecha 19 de marzo de 2019.- En lo principal, la demanda incoada por el señor ALCIVAR ESPINOZA ORDOÑEZ, en su calidad de Gerente de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cristo Rey Ltda., conforme lo acredita con el documento que se anexa, en contra de los señores SEGUNDO FRANCO MACAS MACAS y MARÍA BALVINA GUALÁN MACAS, se la califica de clara, completa y precisa de sus requisitos legales, razón por la que se la admite al trámite del procedimiento EJECUTIVO que le corresponde. Por lo tanto se dispone que los demandados dentro del TÉRMINO DE QUINCE DÍAS, conforme lo determinan los Arts. 333 y 355 del Código Orgánico General de Procesos, paguen la obligación adeudada, más los intereses correspondientes y las costas procesales o formulen la oposición respectiva con las excepciones de ley, conforme lo determinan los Arts. 351, 352 y 353 del Código antes mencionado. Cítese a los demandados en el domicilio señalado, mediante la Oficina de Citaciones y Notificaciones, de esta ciudad de Loja, debiendo la parte actora comparecer a la Ventanilla de Archivo, a fin de que brinde las facilidades necesarias. Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y correo electrónico señalado por la parte actora. Agréguese a los autos los documentos que se anexan.- Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA: Loja, jueves 19 de diciembre del 2019, las 16h06, VISTOS: Previo a continuar con el trámite del proceso, se dispone que el peticionario comparezca esta Unidad judicial de lo Civil de Loja, el día lunes 23 de diciembre a las 15h00, para que dé cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso.- Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA: Loja a veinte y tres de diciembre del dos mil diecinueve, a las 15h30.- Comparece ante el señor Dr. Luis Alfredo Figueroa Simancas, Juez de la Unidad Judicial Civil del cantón Loja y el señor Secretario, el señor ALCIVAR ESPINOSA ORDOÑEZ, con cédula Nro. 1100137965 con la finalidad de rendir el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de los demandados, señores: MARÍA BALVINA GUALAN MACAS Y SEGUNDO FRANCO MACAS MACAS, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. El señor Juez le ha recibido el juramento legal, a lo que, con el juramento que tiene rendido manifiesta: Que pese a las averiguaciones que ha realizado le ha sido imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de los demandados, señores: MARÍA BALVINA GUALAN MACAS Y SEGUNDO FRANCO MACAS MACAS, en el país y en el extranjero y que ha efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicarlos en los registros públicos.- Leída el acta se ratifica en lo expuesto y para constancia suscribe la misma con el señor Juez y secretario que da fe y certifica.- OTRA PROVIDENCIA: Loja, martes 24 de diciembre del 2019, las 16h32, VISTOS: En lo principal, toda vez que el SR. ALCIVAR ESPINOSA ORDOÑEZ, en calidad de Gerente de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Cristo Rey” Ltda., ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de los demandados, señores: MARÍA BALVINA GUALAN MACAS Y SEGUNDO FRANCO MACAS MACAS, se dispone citarlos por uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual extiéndase el extracto respectivo para la publicación por el periódico.- Hágase Saber.-Dr. LUIS FIGUEROA SIMANCAS, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA. Particular que se pone en conocimiento del público en general para fines de ley.- Loja, 26 de diciembre del 2019. Dr. Yandrhy Chávez Córdova SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LOJA P/3100


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Judiciales UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PUYANGO CITACION JUDICIAL. CITO:- Con la demanda y auto de aceptación a trámite, a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes: LUIS BAQUERIZO PALADINEZ VELEZ y MARIANA DE JESUS QUÉZADA RAMON ACTORES.-YOLANDA ESPERANZA PALADINEZ QUEZADA, LUIS HOMERO PALADINEZ QUEZADA, ILDA EMERIDA PALADINEZ QUEZADA, HERNAN OLIDES PALADINEZ QUEZADA, ELSA MARIELA PALADINEZ QUEZADA, ESTALIN MINOS PALADINEZ QUEZADA, YENI MARILU PALADINES QUEZADA, BERTHA FLORINDA PALADINEZ QUEZADA, AMANDA DE JESUS PALADINEZ QUEZADA. OBJETO DE LA DEMANDA:- INVENTARIO, AVALUO, ALISTAMIENTO Y TASACION DE LOS BIENES HEREDITARIOS DEJADOS POR LOS CAUSANTES: LUIS BAQUERIZO PALADINEZ VELEZ y MARIANA DE JESUS QUEZADA RAMON CUANTIA:-$ 50.493,85 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica JUICIO Nro. 11317-2019-00299 TRAMITE:- PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO. JUEZ: - Dr. Marlón Ray Santorum Montero. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PUYANGO.- Nosotras: YOLANDA ESPERANZA PALADINEZ QUEZADA, LUIS HOMERO PALADINEZ QUEZADA, ILDA EMERIDA PALADINEZ QUEZADA, HERNAN OLIDES PALADINEZ QUEZADA, ELSA MARIELA PALADINEZ QUEZADA, ESTALIN MINOS PALADINEZ QUEZADA, YENI MARILU PALADINES QUEZADA, BERTHA FLORINDA PALADINEZ QUEZADA, AMANDA DE JESUS PALADINEZ QUEZADA, correo electrónico noraeli.velasquezguerrero961@gmail.com de nuestra defensora privada, deducimos la presente demanda de inventarios y Alistamiento de bienes de nuestros extintos padres los señores: MARIANA DE JESUS QUEZADA RAMON Y PALADINEZ VELEZ LUIS BAQUERIZO, predios denominados “LOS HOYOS”, parte del predio denominado los Hoyos, un terreno LLAMADO “LOS HOYOS” inmueble ubicado en el solar 5 manzana 12 ubicado en la Cooperativa Colinas del Hipódromo, sector Mapasingue Oeste, Parroquia Tarqui. Conforme consta de las partidas de defunción que adjuntamos, demostramos a su autoridad que nuestros recordados padres PALADINEZ VELEZ LUIS BAQUERIZO Y QUEZADA RAMON MARIANA DE JESUS, se encuentran fallecidos, el primero con fecha 14 de abril del año 2018, en la Parroquia Alamor del Cantón Puyango y nuestra madre falleció con fecha 29 de abril del 2008, en la ciudad de Guayaquil.- medios probatorios: Certificado de Matrimonio de nuestros extintos padres, Certificado de defunción. Certificados de nacimiento de los nueve herederos conocidos, Certificados del Registro de la Propiedad del Cantón Puyango y Registro de la Propiedad del Cantón Guayaquil, Provincia del Guayas, Certificados de Avalúos y Catastros del GAD Municipal del Cantón Puyango, y del Cantón Guayaquil, Provincia del Guayas, Solicitamos se digne nombrar un Perito acreditado al Consejo de la Judicatura para la diligencia de inventario, alistamiento y avalúo de los bienes de la sucesión que señale su Autoridad con la intervención

de los comparecientes, los testigos y las demás personas que tengan interés. Con estos breves antecedentes en nuestra calidad de hijos de los extintos LUIS BAQUERIZO PALADINEZ VELEZ y MARIANA DE JESUS QUEZADA RAMON, comparecemos ante su Autoridad y amparados en las disposiciones legales y constitucionales invocadas en el punto VI de nuestra petición, demandamos el JUICIO DE INVENTARIOS, solicitándole a su Autoridad se digne declarar abierta la sucesión intestada de quienes en vida fueron LUIS BAQUERIZO PALADINEZ VELEZ y MARIANA DE JESUS QUEZADA RAMON, por el hecho de su fallecimiento y mediante sentencia se apruebe el inventario, alistamiento y avaluó de los bienes sucesorios. En este procedimiento se contará con los comparecientes en calidad de hijos y universales herederos conocidos, Se dispondrá la inscripción de la presente demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Puyango,. conforme al inciso quinto del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, aunque no se discute en este proceso dominio o posesión. Se contará además en este proceso con los señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del Cantón Puyango, también con el señor Procurador Tributario del SRI en Loja, para cuya notificación solicito se depreque a unos de los señores Jueces de Familia de la Unidad Judicial de Loja, los herederos presuntos y desconocidos que pudieran existir, solicitamos que los mismos sean citados por un periódico de amplia circulación de la Provincia de Loja, conforme a lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Dígnese atendernos.- Puyango, viernes 22 de noviembre del 2019, las 15h26, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Puyango, nombrado mediante acción de personal Nro. 9306-DNTH-2014-KP, del Consejo de la Judicatura.- En lo principal, estimase clara, precisa y completa, la demanda propuesta por los señores: YOLANDA ESPERANZA; LUIS HOMERO; ILDA EMERIDA; HERNAN OLIDES; ELSA MARIELA; ESTALIN MINOS; YENI MARILU; BERTHA FLORINDA; Y, AMANDA DE JESÚS PALADINEZ QUEZADA, en calidad de hijos de los causantes, por lo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 142,143, 335, 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, que le corresponde y en virtud del fallecimiento de quienes en vida fueron señores: LUIS BAQUERIZO PALADINEZ VÉLEZ Y MARIANA DE JESÚS QUEZADA RAMÓN, conforme consta de las partidas de defunción que se adjuntan, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes.- Fórmese el inventario y el avalúo de los bienes sucesorios cumpliendo la normativa legal pertinente.- Cuéntese en el presente proceso con los demandantes; con los herederos conocidos; desconocidos y presuntos de los causantes, y con el señor PROCURADOR .TRIBUTARIO DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DE LOJA Y ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO DEL GADM-PUYANGO, para la citación del primer funcionario llamado a intervenir en el proceso se depreca a uno de los señores Jueces (as) de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, enviándole suficiente despacho y ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- A los representantes municipales de Puyango, en sus despachos.- Cítese a los herederos desconocidos y presuntos de los extintos: LUIS BAQUERIZO PALADINEZ VÉLEZ Y MARIANA DE JESÚS QUEZADA RAMÓN, en un diario de la ciudad de Loja, por no existir este medio

Publicidad de comunicación en esta ciudad, atento a lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Inscríbase la demanda en el Registro Municipal de la Propiedad y Mercantil del cantón Puyango, atento a lo previsto en el artículo 146 inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos.- Téngase en cuenta el anuncio de pruebas que realizan los accionantes.- Una vez que se haya citado a todos los intervinientes en la causa, se señalará día y hora para la diligencia de Inventario y Avalúo de Bienes.- Agréguese al proceso la documentación adjunta y téngase en cuenta la cuantía y correo electrónico, señalado por los demandantes para recibir sus notificaciones, así como la autorización que le confieren a su abogada defensora.- Por solicitado, se nombra Procurador Común, al señor HERNAN OLIDES PALADINEZ QUEZADA, con quien se contara en lo posterior.- Interviene el Abg. Carlos Cañarte Sisalima, Secretario de la Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-f: SANTORUM MONTERO MARLON, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN PUYANGO.-Lo que comunico a usted para los fines de ley. Alamor, Diciembre 23 de 2019 Ab. CAÑARTE SISALIMA CARLOS BAYARDO SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PUYANGO P/3091 UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DEL CANTON Y PROVINCIA DE LOJA EXTRACTO DE NOTIFICACION Notifico con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y con el auto de fecha 10 de enero del 2020, en donde se dispuso que previo a conferir las copias que se solicitan, conforme lo establece el art. 211 del COGEP, se notifique a los demandados, y más constancias procesales recaídas en el presente juicio Ejecutivo, se notifica al accionado señor LIDER ARTEMIO MEDINA CAPA y MARIA FIDELINA SARANGO ABAD, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: BANCO DE LOJA S.A. DEMANDADOS: KAREN PAOLA MARTÍNEZ MALDONADO; LÍDER ARTEMIO MEDINA CAPA; Y MARÍA FIDELINA SARANGO ABAD. JUICIO: 2017-02158 CUANTÍA: $ 3.895,96 JUEZ: DRA. MARTHA JARAMILLO JUMBO ASUNTO: Cobro de Pagare. TRÁMITE: Ejecutivo CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DEL CANTON LOJA.- Loja, miércoles 12 de Julio del 2017, las 09h48. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede presentada por la Dra. María Verónica Medina Sotomayor, en calidad de Procuradora Judicial del Banco de Loja S.A., en contra de Karen Paola Martínez Maldonado; Líder Artemio Medina Capa; y María Fidelina Sarango Abad, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en Pagaré a la Orden con tabla de pagos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de los demandados en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia

www.cronica.com.ec certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial de conformidad con lo que señala el Art. 53 del Código Orgánico General de Procesos. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.OTRA PROVIDENCIA. Loja, viernes 10 de enero del 2020, las 12h47, VISTOS: Incorpórese a los autos el escrito presentado por la parte accionante al respecto, 1) La razón que solicita ya se encuentra sentada a fs. 83vta y 98 del proceso, 2) Previo a conferir las copias que se solicitan, conforme lo establece el art. 211 del COGEP, se dispone notificar a los accionados señores LIDER ARTEMIO MEDINA CAPA y MARIA FIDELINA SARANGO ABAD, por una sola publicación en un diario de esta ciudad, para lo cual por secretaria confiérase el extracto de notificación, toda vez que de la revisión del proceso se establece que el accionado ha sido citado por la prensa. 3) Previo a conferir las copias que se solicitan, conforme lo establece el art. 211 del COGEP, con notificación a la parte contraria se dispone notificar a la accionada señora KAREN PAOLA MARTINEZ MALDONADO, mediante la oficina de citaciones y notificaciones de esta unidad por una sola boleta en la dirección señalada en la demanda inicial, previo el paso por la ventanilla de copias de esta unidad, a fin de que la parte interesada facilite las copias necesarias para el cumplimiento de la diligencia de notificación, 4) Atendiendo lo solicitado en el numeral 3 y 4 del escrito antecede y de conformidad a lo dispuesto en el art. 365 del COGEP, ofíciese en la forma solicitada, para fines de Ley. f) Dra. MARTHA JARAMILLO JUMBO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON Y PROVINCIA DE LOJA. Particular que comunico para los fines de ley. Loja, 10 de Enero del 2020 Atentamente. ABG. JUAN MANUEL JIMENEZ SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON LOJA P/3109 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio Concursal a la señora SUSANA BEATRIZ PANANA JAUREGUI cuyo extracto es el siguiente: ACTORA: BANCO DE LOJA. DEMANDADO: SUSANA BEATRIZ PANANA JAUREGUI. JUICIO: N°11333-2018-02826. CUANTÍA: INDETERMINADA. JUEZA: DRA. ROSA BETARIZ LEON OJEDA. ASUNTO: CONCURSO DE ACREEDORES. TRÁMITE: PROCEDIMIENTO CONCURSAL. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, lunes 1 de octubre del 2018, las 09h45, VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda que antecede, en virtud del sorteo que consta en la misma, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Loja y en mérito al escrito que antecede, EL MISMO QUE RECIÉN CON ESTA FECHA SE PONE A MI CONOCIMIENTO, POR PARTE DEL PERSONAL ENCARGADO.- En lo principal, la demanda incoada por la señora DRA. MARIA VERONICA MEDINA SOTOMAYOR, en su calidad de Procuradora Judicial del BANCO DE LOJA S.A., conforme lo acredita con el documento que se anexa, en contra de la señora SUSANA BEATRIZ PANANA JAUREGUI, se la califica de clara, completa y precisa de sus requisitos legales, razón por la que se la admite al trámite del PROCEDIMIENTO CONCURSAL que le corresponde; en consecuencia, de la documentación presentada se presume la insolvencia del demandado, por lo que se declara abierta con lugar la formación del CONCURSO NECESARIO; ASÍ COMO, LA INTER-

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DICCIÓN DEL DEUDOR, de conformidad con lo previsto en el Art. 424 del Código Orgánico General de Procesos.- Por lo tanto se dispone: 1.- Cítese a la parte demandada, en el domicilio señalado, con el contenido de la demanda que antecede y auto de aceptación a la misma; para el efecto, remítase el proceso a la Oficina de Citaciones y Notificaciones.La Audiencia de Conciliación se convocará, una vez cumplidas todas las diligencias ordenadas en el presente auto; 2.- El deudor deberá presentar los documentos previstos en el Art. 421 del Código Orgánico General de Procesos; esto es, a) La relación detallada de todos sus bienes y derechos; b) El estado de deudas con expresión de procedencia, vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor y los libros de cuentas si los tuviere; y, c) Los títulos de créditos activos; 3.- Se designa a la señora Dra. CARMEN DELIA QUIZHPE CHAMBA, para que intervenga en este proceso en calidad de Síndico de Quiebras, quien a su vez será depositario de los bienes de la deudora; para lo cual, deberá notificarse al mencionado profesional en el correo electrónico señalado, por intermedio de Secretaría, quien se encuentra en la obligación de asistir a la audiencia respectiva; así como tomar posesión del cargo conferido y presentar su informe, en virtud de lo dispuesto en los artículos 434 y 435 del Código Orgánico General de Procesos.- Se regula en CIENTO NOVENTA DOLARES AMERICANOS, los honorarios profesionales, de conformidad con lo que establece el Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial; 4.- De conformidad con lo previsto en el Art. 376 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, se ordena el embargo de todos los bienes muebles e inmuebles de propiedad del fallido; 5.- Inscríbase la insolvencia o quiebra del fallido en el Registro virtual del Consejo de la Judicatura; 6.- Publíquese en la página web del Consejo de la Judicatura, el presente auto que declara la insolvencia o quiebra del fallido señora SUSANA BEATRIZ PANANA JAUREGUI; 7.- Se ORDENA LA ACUMULACIÓN DE PLEITOS seguidos en contra del deudor; para lo cual, el señor Secretario del Despacho, certificará sobre los procesos que se tramitando en esta Unidad Judicial Civil del cantón Loja; 8.- Inscríbase el presente auto en el Registro de la Propiedad del cantón Loja y en el Registro Mercantil del cantón Loja, para los fines legales consiguientes; 9.- Remítase atento oficio al señor Fiscal General del Estado, haciéndole conocer sobre el presente auto, para que se realicen las respectivas investigaciones; 9.- Se prohíbe que el demandado SUSANA BEATRIZ PANANA JAUREGUI, se ausente del país; para lo cual, remítase la comunicación respectiva al señor Coordinador del Sistema de Apoyo Migratorio Loja (SAM-L).- Agréguese a los autos los documentos que se anexan a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por el peticionario.- Hágase saber. DRA. ROSA BEATRIZ LEON OJEDA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. OTRA PROVIDENCIA.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, lunes 16 de diciembre del 2019, las 11h17, VISTOS.- En virtud del juramento rendido por el Ing. Leonardo Guillermo Burneo Muller, en su calidad de Gerente del Banco de Loja S.A., se dispone citar a la demandada SUSANA BEATRIZ PANANA JAUREGUI por la prensa conforme lo determina el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos., para el efecto por secretaria confiérase el extracto pertinente, a fin de que se publique en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad. Llámese a intervenir en este proceso al señor Dr. Juan Carlos Sanchez Coronel, en calidad de Secretario Subrogante, mientras dure la ausencia del Titular.- Hágase saber.-DRA. ROSA BEATRIZ LEON OJEDA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Particular que comunico para los fines de ley. Loja, 10 de enero del 2020. Atentamente, Ab. Maria Eugenia Sanchez Montero SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/3110

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Entretenimiento

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Sudoku

Sopa de letras

Solución sopa de letras

Solución Sudoku

Horóscopo: Acuario

Enero 20 a febrero 19 Si piensas en empezar a practicar alguna disciplina para conocerte mejor, estás en el buen camino. El yoga o la meditación pueden ser pasos muy importantes en ese sendero que te traerá mucha paz interior. Hazlo con profesionales, no aficionados.

Piscis

Febrero 20 a marzo 20 Debes apoyarte en tus recursos emocionales internos o en alguien a quien le cuentes tus intimidades para sobrellevar una posible discusión familiar o un disgusto. Pero no debes preocuparte demasiado, pasará pronto. Manéjalo con tranquilidad, date tiempo.

Aries

Marzo 21 a abril 20 Afectivamente no debes cerrarte a nada ni a nadie porque aunque no lo creas, siempre hay tiempo de encontrar a una persona que pueda hacerte sentir de una manera especial. Hoy deja que todo fluya y si conoces a alguien, no pongas pegas ni tengas prejuicios.

Tauro

Abril 21 a mayo 20 Las tareas o trabajos de tipo intelectual o artístico estarán hoy muy bien aspectados en tu signo, lo que va a contribuir que si te dedicas a eso, todo salga muy bien. Alguien te va a felicitar o aplaudir. Tu autoestima florece, no te reprimas.

Géminis

Mayo 21 a junio 21 Derrocharás energía y sonrisas porque te encomiendan una labor que te gusta mucho y en la que te encuentras como pez en al agua. Vas a ponerte a darlo todo y eso está muy bien, pero procura distribuir bien el tiempo para no obsesionarte con ello.

Cáncer

Junio 22 a julio 23 No te interesa para nada mezclar amor y trabajo, ya que pueden surgir conflictos si no lo sabes diferenciar bien y te llevas a casa las discusiones profesionales. Si es así, empieza a distanciar una cosa de la otra cuanto antes. Te juegas mucho con ello.

Leo

Julio 24 a agosto 23 Comunicarse con el mundo es un tarea importante para la que tienes muchas opciones. No dejes de hacerlo hoy a través de las redes sociales o personalmente, pero mantenerse en contacto con los demás merecerá la pena. Hay mucha gente que te sigue, ojo.

Virgo

Agosto 24 a Septiembre 23 Ten precaución y no seas demasiado ingenuo ni te creas todo lo que te digan. No esperes demasiado de tus compañeros de trabajo, ya que pueden fallarte a la hora de la verdad. Cada uno va a lo suyo, no lo olvides, y planifica tus pasos con antelación.

Libra

Septiembre 24 a octubre 23 Ya ves las cosas de otra manera y te has convencido de que lo mejor que has podido hacer es lo que has hecho. Date una tregua mental, no le des más vueltas y distráete todo lo que puedas con algo divertido que no tenga nada que ver con lo habitual.

Escorpio

Octubre 24 a nov. 22 Lo relacionado con la salud mejora bastante y si no es la tuya, la de alguien cercano va a empezar a ir mucho más positivamente, lo que te anima bastante y te permite estar más libre y con más tiempo para ti y para tus intereses y aficiones.

Sagitario

Noviembre 23 a dic. 21 Vas a sorprender a propios y extraños con unas palabras dichas delante de un grupo o en una reunión de trabajo que serán muy acertadas. Alguien descubre tus capacidades y te ofrece algo importante. Será tu mejor momento si sabes aprovecharlo.

Capricornio

Diciembre 22 a enero 19 Has dejado abandonado un poco todo lo relativo a una dieta más sana y te has dejado llevar por una alimentación poco correcta, así que no te extrañe empezar a notarlo ya. Pon remedio cuanto antes o la báscula empezará a subir y tu ánimo a bajar.


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Economía

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¿Útil cobrarles un impuesto a la riqueza a los multimillonarios? Multimillonarios como Jeff Bezos, Bill Gates o Mark Zuckerberg, se han convertido en un símbolo del éxito comercial y, en algunos casos, un ejemplo digno de imitar. Pero para quienes tienen una mirada crítica, sus gigantescas fortunas muestran que el capitalismo ha fallado porque la riqueza no se distribuye de una manera justa. La cuarta parte de todos los multimillonarios que hay en el mundo vive en Estados Unidos, según un informe de la consultora Wealth-X. El problema, argumentan los que defienden gravar la riqueza, es que el número de multimillonarios en ese país ha crecido rápidamente, mientras 40 millones de estadounidenses siguen dependiendo de beneficios sociales para comprar comida. Este es uno de los temas más debatidos de cara a las próximas elecciones en EE.UU. este año. Y algunos candidatos a la presidencia como Bernie Sanders o Elizabeth Warren creen que tienen la solución: crear un impuesto a la riqueza y usar ese dinero para aumentar el gasto social en salud, educación e infraestructura. Sin embargo, los opositores a la propuesta, dicen que tendría consecuencias económicas negativas con graves efectos en el empleo. ¿Pero qué es exactamente un impuesto a la riqueza? El impuesto a la riqueza, también llamado impuesto al patrimonio, grava todos los activos de una persona y no solamente sus ingresos. Es decir, grava activos como sus acciones en la bolsa, yates, propiedades, joyas y todo aquello que forme parte de su fortuna. La mayor parte de los estudios sobre el impuesto a la riqueza se han centrado principalmente en Europa. Incluso dentro de los organismos internacionales no se ha publicado, hasta ahora, una investigación que contenga una pers-

pectiva global que incluya a todos los países. Según los expertos consultados por BBC Mundo, el caso europeo es el más emblemático: en la década de los 90 hubo 12 países que utilizaban este tipo de gravamen y hoy solo quedan cuatro: Noruega, España, Suiza y Bélgica. Y en América Latina, son tres los países que cobran un impuesto a la riqueza (el cual difiere de otro tipo de gravámenes más específicos como el impuesto a la herencia o a las propiedades): Uruguay, Argentina y Colombia A continuación presentamos el extracto de dos entrevistas realizadas a expertos que tienen visiones completamente opuestas sobre el tema. Emmanuel Sáez: el impuesto a la riqueza es herramienta para disminuir la desigualdad El impuesto a la riqueza fue descartado hace varios años en Francia porque no recaudó el dinero que se esperaba. Y además los franceses más ricos sacaron sus capitales a otros países para eludir el gravamen. ¿Si no funcionó en Francia por qué funcionaría en Estados Unidos? En Europa fue bastante fácil eludir el impuesto a la riqueza, simplemente moviendo la fortuna hacia

dos hay regulaciones que fuerzan a cualquier institución financiera en el exterior a informar a las autoridades estadounidenses sobre las transacciones de sus ciudadanos. ¿Es más difícil esconder el dinero en la actualidad? Sí.

•• Emmanuel Sáez

otro país. Un parisino rico que se mudó a Londres, no tuvo que pagar el impuesto a la riqueza. En contraste, Estados Unidos tiene un sistema basado en la nacionalidad. Si eres estadounidense tienes que pagar impuestos en EE.UU. sin importar donde vives. Por otro lado, en Europa era demasiado fácil eludir impuestos al poner tu dinero en cuentas en el exterior, como por ejemplo, bancos suizos. Y las autoridades francesas no podían hacer mucho más para forzar a Suiza a entregar esa información financiera. En cambio en Estados Uni-

Pero con las revelaciones de los “Panama Papers”, quedó en evidencia que hay muchos vacíos legales que permiten esconder la riqueza... El tema de los paraísos fiscales no ha sido resuelto. En Europa ha habido un nivel de elusión tributaria muy significativo, pero esto está cambiando. Al menos para los estadounidenses es más difícil abrir cuentas en el exterior porque exponen a los bancos a tener que pagar multas de alto valor por no cumplir con la ley de EE.UU. El tema es que si creas buenas regulaciones se puede luchar contra la elusión y evasión de impuestos de manera efectiva. En el Reino Unido algunos políticos dicen que los multimillonarios no deberían existir. ¿Se está extendiendo esa misma idea en Estados Unidos? Puedes ver esto de dos ma-

neras. Primero, los multimillonarios deberían pagar al menos lo mismo que el resto de la población en relación a sus ingresos. Eso no ocurre en la práctica porque eluden el impuesto a los ingresos, haciendo crecer su fortuna dentro de la empresa. El impuesto a la riqueza es la herramienta más poderosa para restaurar la progresividad impositiva y para aumentar el pago de impuestos de los que están en la cima. Pero eso va en contra de la idea del “sueño americano”... Eso es verdad desde la época de Ronald Reagan, pero la mayoría de la gente se ha olvidado de que un sistema de tributación progresiva es un invento estadounidense. ¿Progresivo significa que los ricos pagan más que los que tienen menos recursos? Correcto. Desde el experimento económico de Ronald Reagan en los 80 hemos visto un aumento de la desigualdad. El crecimiento económico no llega al 50% de la población que tiene menos recursos. Por eso, no sería tan sorprendente que en los próximos años Estados Unidos viva una revolución impositiva.(I)BBC Mundo


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Opinión

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Eduardo Costa Maldonado tres en su pequeña finca de San Pedro de la Bendita, Numa P. agricultor aficionado, gran Maldonado caminador por los sinuosos y variopintos paisajes de las De Lalo Costa, o más familiar provincias de Loja, Azuay, y respetuosamente expresa- El Oro y Zamora-Chinchipe; do, del “doctor Lalito Costa”, insigne contador de anécdotenemos grata referencia los tas de sus múltiples correrías de mi generación, cuando en con extraordinarios amigos nuestros años mozos fuimos como los “Guanchacos” Essus alumnos de Zoología en pinosa y los Rodríguez Witt, el Colegio Bernardo Valdivie- fue también un destacado y so, allá por la década de los polifacético deportista, y gran 50 del siglo pasado. Enton- animador e impulsor del deces, cuando la emblemática porte en la ciudad de Loja institución lojana funcionaba (creador o co-creador del en su antiguo edificio y el recordado equipo de futbol número de estudiantes, ma- barrial Borusia). Jugó bien yoritariamente varones, se y hasta avanzada edad, bássituaba en alrededor de 300. quet y fútbol. En este último Recuerdo que Lalo nos daba deporte, sus actuaciones clases en un aula del tercer como singular arquero, las patio del Colegio, que tenía recuerdan con admiración animales disecados y esque- y cariño muchos amigos de letos de pequeños mamífe- su generación: al delantero ros y que, sin que por ese del equipo contrario que osatiempo la Ecología estuviera ba meterle un gol, lo seguía presentada como importante indignado a golpearlo hasta ciencia con nombre propio, media cancha… su autoformación en Cien- Trabajó profesionalmente en cias Naturales, nos abrió los el Poder Judicial, ascendienojos hacia las Ciencias de la do desde juez provincial en Tierra. De hecho, esta espon- varios cantones de Loja y en tánea y feliz afición, siempre Zamora hasta Presidente de la mantuvo a lo largo de su la Corte Superior de Justicia vida: vivió y murió con ella. en la capital provincial. InCazador de venados y palo- cursionó por corto tiempo en mas, gallero empedernido, política, como miembro descreador de animales silves- tacado del partido Izquierda

Nos encontramos en una época en donde los seres humanos buscamos alternativas que permiten reemplazar lo que se hace tradicionalmente y lo hacemos de una manera tecnológica, es decir, utilizamos herramientas que realizan el mismo trabajo, en menos tiempo o inclusive sin necesidad de hacer un esfuerzo físico. Por ejemplo, los chatbot usados por muchas empresas, es un programa informático con el que es posible mantener una conversación, tanto si se quiere pedir algún tipo de información o que lleve a cabo una acción, lo que evita que el cliente no tenga que ir físicamente. Otro ejemplo es El e-commerce o las compras online, se han convertido rápidamente en parte de nuestro diario vivir. El consumidor y especialmente

las nuevas generaciones, se descontrolan en ocasiones por el comercio en línea, por su facilidad y comodidad. Es claro que el desarrollo tecnológico permite un avance en todos los aspectos, pero también un retroceso de la comunicación que se hace frente a frente. La generalización de los mensajes instantáneos a través de dispositivos móviles y de las redes sociales, han cambiado radicalmente la forma de comunicarse y las relaciones interpersonales, y existe cierta preocupación sobre cómo esos nuevos hábitos afectan los encuentros cara a cara, que es uno de los actos más humanos, que escasamente se mantienen. Las App han reemplazado lo que se hace en la vida cotidiana. Existen aplicaciones para pedir comida, para pedir un taxi, para pedir medicina, entre otras. Además, una nueva era en

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ENTRE BROMA Y EN SERIO Democrática. Junto a su esposa, Doña María Dolores Jaramillo, procreó 10 hijos, los cuales le dieron nietos y bisnietos (su hija Lorena, es la actual gobernadora de la provincia de Loja). Pero Lalo Costa, más que cazador arrepentido (como él mismo se autocalificaba), exaltado guardavallas y gallero, ecologista convencido y juez probo, fue un buen amigo y un gran pariente, porque, como el que más, fue, sobretodo, una persona auténtica, humilde en la más pura de las acepciones: jamás demostró ninguna pretensión ni arrogancia. Se adaptó con la mayor naturalidad a cualquier situación y degustó con alegría todo plato que le ofrecieron. De esa innata y, a lo mejor, cultivada y sostenida autenticidad (mostrarse tal como fue, que pocos tienen) nació precisamente su carisma, su don de gentes y su especial afecto para con sus parientes, amigos y gente sencilla, auténtica como él. La alegría reflejada en la expresión de la cálida voz y hasta en los leves movimientos de sus eternos bigotes, cuando el casual encuentro con un buen amigo… Estimado Lalo, primo querido, descansa en Paz.(O).

El ser humano más que tecnología Joffre Daniel Minga

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la que se habla del Internet de las cosas, una conexión con objetos más que con personas. Una inteligencia artificial que, aunque no reemplazará a la inteligencia del ser humano, ya hay resultados positivos sobre conversaciones estructuradas en torno a respuestas programadas. Y así muchos casos que, desde un simple celular, el usuario se siente dueño del planeta, definiendo un estilo de vida, enfocado únicamente a su bienestar y no al de su comunidad. Sin lugar a duda, la tecnología nos ha cambiado el diario vivir, pero claro, es el ser humano el responsable de su uso y el valor que les da. Se debe ser consciente que las tecnologías siguen y seguirán contribuyendo al planeta, pero jamás el ser humano debe olvidar el valor, la virtud y la esencia de lo que es, frente a ella, a la tecnología. (O).

Efrén

Sarango

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En el turismo está el “billete” El turismo mis bonitos es la fuente inextinguible, es la forma perceptible para hacernos dolaritos. El petróleo, bien sabemos, sube y baja a su manera, no es confiable, desespera con valores que perdemos El turismo es el presente, el mañana tan preciado con prestancia manejado a favor de mucha gente. El turismo es la vitrina de los dones de esta tierra que persiste y que se aferra al verdor y vitamina Ecuador, gran hermosura, tiene todo en sus regiones para hacer muchos millones con turismo de factura. Los millones generados por concepto de turismo son reales, no espejismo, sobre todo si es planeado El petróleo generado no es que pierda su importancia si el turismo lo financia cuando cae devaluado. El turismo necesita verraquera en su manejo, es un tema no complejo que recursos agilita Falta mucho por hacerse y salir del conformismo en procura de turismo que permita envanecerse. Los lugares disponemos en la Costa, Sierra, Oriente, sólo falta que empecemos preparando a nuestra gente Los paisanos y extranjeros necesitan calidad en el campo y la ciudad y tratados con esmero. El turismo es cosa seria y amerita un digno trato, no modales de arrebato, ni amargura y caras serias

Lic. Ismael E. Betancourt, DIRECTOR Ing. Paola Betancourt Mora, GERENTE Dirección:Miguel Riofrío 162-35 entre Olmedo y Juan José Peña Teléf. (+5937) 2732003 - 2724895 Fax: 2724003 Cel.: 0992416701 - 0997262566 gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec / www.cronica.com.ec

El editorial es la opinión oficial de Crónica. Los artículos periodísticos y caricatura que contienen nombres y apellidos son el pensamiento de sus autores y reflejan criterios de pluralidad e independencia de este Diario.

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Justicia

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A los “accesoristas” les cayó la ley Loja. La noche del martes 14 de enero en el sector El Valle, Nelson Rafael S. P. de 34 años de edad y Cristian Edison C. P., de 36, fueron detenidos por el presunto delito de robo de accesorios de vehículos. Caso Los sospechosos, aproximadamente a las 18h30, al transitar por las calles Santo Domingo y Salinas, violentaron las seguridades de un automotor marca Hyundai color rojo con placas de la provincia de Loja (L), es decir rompieron el cristal del asiento del copiloto y sustrajeron el equipo de sonido, luego huyeron en precipitada carrera con rumbo desconocido. La huida no les duró mucho, ya que personal policial fue alertado del delito y tras una búsqueda minuciosa por los sectores ale-

•• Sujetos que robaron la radio por el sector El Valle.

daños, a unos 500 metros aproximadamente donde se cometió el hecho, fueron interceptados y capturados. Al realizarles un registro corporal al ciudadano Nelson Rafael S. P., en su poder le encontraron una radio musical color negro envuelto en una chompa negra, mientras que su acompañante se resistió a su aprehensión e intentó darse a la fuga, pero fue detenido. La víctima identificó a los

ciudadanos como los causantes del hecho y el accesorio de su propiedad, por lo que fueron aprehendidos. Luego de la valoración médica los ingresaron al Centro de Detención Provisional (CDP) hasta que se determine su situación legal y jurídica. La evidencia fue ingresada al Centro de Acopio de la Policía Judicial de Loja con la respectiva cadena de custodia.(I).(FJC).

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Capturan a sospechoso de muerte violenta Zamora Ch. Jintiach S. fue detenido en el cantón Zamora debido a que en su contra pesaba una boleta de captura por presunto homicidio de un ciudadano con arma de fuego, suceso ocurrido el 18 de noviembre del 2018 en el cantón Nangaritza. Circunstancias Un ciudadano fue herido con un arma de fuego por razones desconocidas y perdió la vida; al lugar acudió personal policial de las diferentes unidades especiales (Criminalística y Dinased) para el respectivo procedimiento. Agentes policiales de la Dinased luego del suceso iniciaron trabajos de investigación e inteligencia dando con el presunto sospechoso de la muerte, por lo que se extendieron una boleta de

•• Sujeto acusado de una muerte violenta.

captura. Las indagaciones los llevaron a que Jintiach S. residía en la ciudad de Zamora, por lo que tras un operativo fue detenido y llevado ante la autoridad competente para su debido proceso.(I).(FJC).

Ayudan a mujer en plena labor de parto Intentó huir pero cayó al arrozal

Macará. Un conductor de aproximadamente 23 años de edad resultó herido luego de escapar de un operativo de control de tránsito e ingresar a una plantación de arroz dejando daños materiales. Situación El hecho ocurrió en la vía hacia el Puente Internacional, sector del Colegio de Bachillerato Macará. Autoridades con la finalidad de reducir los siniestros ejecutaban un operativo de control de conductores en estado de embriaguez. Los servidores policiales a través de señales manuales solicitaron parar la marcha al conductor de una camioneta doble cabina color plateado, sin embargo hizo caso omiso

•• Bomberos trasladaban a una joven que iba a ser madre.

•• Vehículo involucrado en el siniestro.

e intentó darse a la fuga, y metros más adelante perdió el control del automotor e ingresó a una plantación de arroz. El joven conductor resultó con laceraciones en su cuerpo, por lo que los paramédi-

cos del Ministerio de Salud tras darle los primeros auxilios lo trasladaron al Hospital de Macará, donde tras los chequeos descartaron lesiones graves. La camioneta quedó retenida para los trámites de ley.(I).(FJC).

Loja. Clavida V., de 21 años de edad, fue ingresada de emergencia a una casa de salud en la parroquia Malacatos debido a que se encontraba en estado de gestación. Los organismos de socorro fueron alertados por el Ecu 911 de una persona con complicaciones en su embarazo en el sector de

Chinguilanchi, parroquia de Malacatos, cantón Loja. Efectivos del Cuerpo de Bomberos acudió a la emergencia y en una camioneta trasladaban a la mujer, pero en medio camino la ambulancia del Ministerio de Salud los encontraron, luego la traspasaron a la ambulancia para una adecuada atención.(I).(FJC).

Capturado con 164 gramos de droga Loja. Jonathan Andrés S. G. fue detenido al encontrarle con 164 gramos de droga, en el interior del Centro de Rehabilitación Social.

La sustancia envuelta en una funda plástica, que luego de los análisis químicos dio positivo para marihuana, presuntamente estaba destinada al expendio entre

los internos. El sospechoso fue aislado y puesto a órdenes de la autoridad competente para el debido proceso.(I). (FJC).

•• Droga hallada al interior de la cárcel de Loja.


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Sucesos

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Les cayó la ley a Altos índices de radiación dos accesoristas solar El Ministerio de Educación dispuso a las instituciones educativas fiscales, fiscomisionales, particulares y municipales tomar medidas para proteger a los estudiantes contra los efectos nocivos que causa en la salud la exposición prolongada a la radiación solar. Yolanda Villalba, subsecretaria de Educación del Distrito Metropolitano de Quito, indicó que se han regulado las actividades curriculares y extracurriculares que se dan al aire libre. “Todos los docentes y principalmente los de Educación Física tienen la obligación de reali-

zar las actividades en lugares cerrados y replanificar los horarios. Deben revisar los boletines emitidos por el INAMHI sobre los índices de radiación solar, porque ellos son la fuente oficial”. Entre las acciones que deben tomar las instituciones educativas están: -Evitar las actividades pedagógicas, deportivas y de otro tipo con los estudiantes al aire libre. -Flexibilidad para modificar las actividades físicas o deportivas de los estudiantes ante los niveles de radiación. Permitir el ingreso con prendas, accesorios y –elementos de protección solar.(I)

(Pág. 23) Loja. Nelson Rafael S. P. (34 años de edad) y Cristian Edison C. P. (36) fueron detenidos por el presunto delito de robo de accesorios a vehículos que se encontraban en el sector de El Valle.

Intentó huir pero cayó al arrozal

(Pág. 23)

Capturado con 164 gramos de droga Loja. Jonathan Andrés S.G. fue detenido al encontrarle con 164 gramos de droga en el interior del Centro de Rehabilitación Social.

(Pág. 23)

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