Viernes 19 de febrero de 2021 Edición Nro. 10989

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Loja-Ecuador www.cronica.com.ec diariocronica @cronicaloja 0997262566 Edición Nº 10989

VIERNES 19 DE FEBRERO DE 2021

En sector rural piden regreso

de los niños a las aulas

Marielena Japa: “Aún existe desconocimiento acerca del autismo” (Pág. 2)

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a pandemia obligó a los estudiantes a formarse desde sus casas a través de diversas plataformas, sin embargo, en el sector rural las brechas tecnológicas y la falta de preparación de los padres para ayudar a sus hijos en ciertas asignaturas los han obligado a solicitar el regreso a las aulas.

Centros artesanales afectados por gabinetes de belleza que ofertan cursos

Suspenden audiencia en el caso UCOT

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os representantes de los centros de formación artesanales particulares señalaron que están siendo afectados por ciertos gabinetes de belleza que ofertan cursos de máximo 5 meses con un certificado que no tiene la misma validez que un título artesanal.

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Desesperación Ordenanza que beneficia por encontrar a adultos mayores fue camas UCI en Guayaquil(Pág. 10) aprobada en primer debate (Pág. 6)


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Centros artesanales afectados por gabinetes de belleza que ofertan cursos Los representantes de los centros de formación artesanales particulares señalaron que están siendo afectados por ciertos gabinetes de belleza que ofertan cursos de máximo 5 meses y que les entregan un certificado, el cual les indicaría a los clientes que tiene la misma validez que un título artesanal. La representante del Centro de Formación Artesanal Sagrado Corazón, Dolores Gualán Cuenca, expresó que en la ciudad de Loja existen 6 centros constituidos legalmente y son los únicos que pueden otorgar títulos avalados por la Junta del Artesano y el Ministerio de Trabajo. El tiempo de formación es de 20 meses. Los estudiantes al salir llevan los conocimientos necesarios, así como el documento con el cual pueden trabajar y poner sus propios emprendimientos, pero también les sirve si desean poner un centro de formación, ya que

•• Fabián Pacheco Zumba, Janneth Muñoz Villavicencio, Doris Rivera Rivera, Dolores Gualan Cuenca y Alex Cárdenas Rodríguez (centro).

es un requisito principal para otorgarles el permiso de funcionamiento. “En cuanto a los cursos o talleres que ofertan ciertos lugares de belleza, ellos solo pueden entregar un certificado, pero este no les servirá para obtener ningún tipo de permiso para formar personas. Además, creo que estos negocios están

quebrantando la normativa debido a que no es la actividad que está registrada en el RUC o RISE”, dijo. En ese sentido, lo denominada como una publicidad engañosa, porque a los futuros profesionales de estos gabinetes no van a tener el sustento legal para abrir un negocio o algún centro ni el conocimiento necesario.

Por su parte, Fabián Pacheco Zumba, director del Centro Artesanal Lideratta, indicó que el perjuicio no es solo a las academias o centro de formación sino a la ciudadanía, porque están aprendiendo en lugares no autorizados, ni tampoco son avalados por entidades del Estado. En cambio, la gerente del

Centro de Formación Arte y Diseño, Doris Rivera Rivera, dijo que cada uno de los centros autorizados tiene una resolución interinstitucional y son avalados por el Ministerio de Trabajo y La Junta del Artesano, dándoles más credibilidad y prestigio a las personas que se forman. Por ello, llaman a los lojanos a acercarse a los centros de formación para pedir la información requerida y asegurarse que es un lugar que cumple con todos los requisitos. A decir, de Alex Cárdenas Rodríguez, representante del Ministerio de Trabajo a la Comisión Artesanal, el apoyo que dan a los centros es acompañamiento y el asesoramiento para que formen a los futuros profesionales en adecuadas instalaciones y bajo estrictas normas, por ende, piden a la ciudadanía si en el caso de querer formarse en cierto lugar, pregunten si están autorizados para otorgar el servicio.(I).(FJC).

Marielena Japa: “En la sociedad aún existe mucho desconocimiento acerca del autismo” Cada 18 de febrero se conmemora el Día Internacional del Síndrome de Asperger, un tipo de trastorno del aspecto autista que es un conjunto de alteraciones en la interacción social, la comunicación y los intereses A decir, de Marielena Japa Hurtado, presidenta de la Asociación de Padres de Personas con Autismo Loja (APPAL), la gran mayoría de padres se sienten orgullosos y bendecidos de tener estos niños brillantes, empáticos, con sentimientos a flor de piel, que no conocen la maldad, la mentira e ironía y que son pequeños que nos vienen a dar lecciones de vida. Sin embargo, existen mu-

chos mitos sobre este síndrome, por ejemplo, no soportan que los abracen, no gustan de los colores como el amarillo, entre otros, pero hay que recordar que cada persona es diferente y nunca presentan esas condiciones. Por ello, es necesario un diagnóstico de manera temprana para

que con un tratamiento adecuado puedan incluso hacer su vida casi normal como estudiar, tener familia y más. Loja “A la fecha, esta asociación cuenta con 30 miembros”, dijo. Japa Hurtado añadió que

han solicitado al Ministerio de Salud Pública cifras de cuántas personas padecen este mal, pero no tienen una estadística real. Enfatizó que aún existe en la sociedad mucho desconocimiento sobre este síndrome y por esta razón uno de los objetivos de la APPAL es educar, capacitar y visibilizar a las personas con autismo a la sociedad para lleguen a comprenderlos; ellos también tienen

•• Marielena Japa Hurtado, presidenta de la Asociación de Padres de Personas con Autismo Loja.

los mismos derechos que todos.(I).(FJC).

Dato • • •

El 18 de febrero se conmemora el Día Internacional del Síndrome de Asperger. APPAL cuenta con 30 integrantes. Para contactar a la asociación pueden hacerlo a través del número de celular 0999180813.


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UN GRUPO DE COMPAÑEROS DE LA PROMOCIÓN DE EGRESADOS 1959 -1965 DEL COLEGIO “BERNARDO VALDIVIESO” Ante el sensible fallecimiento en la ciudad de Loja de quien en vida fuera señora

Marianita Villavicencio de Jiménez

Expresa su más sentido pesar a todos sus familiares de manera especial a nuestro querido compañero Dr. Víctor Hugo Jiménez Maldonado y a su distinguida familia por tan irreparable pérdida. Loja, Febrero de 2021 Alfonso Benavides Aldeán Alonso Carpió Febres Norman Iñiguez Salcedo Franco Muñoz Luzuriaga Marcial Ludeña Tandazo Germán Mosquera Vásquez Giovanni Puertas Coello Ángel Ramón Montoya Yolanda González de Ledesma Diamantina Palacios de Salcedo Isauro Rodríguez Moreno Víctor Hugo Samaniego Rentería José Sánchez Paladines Ramiro Abel Valarezo García Ulpiano Salazar Ochoa Sebastián Valdivieso Cueva Máximo Ramón Camón

Rosita Ontaneda Daysi Riofrío Carlota Celi Graciela Valdivieso Margarita Muñoz Esperanza Coronel

Clarita Bravo Livia Toledo Mireya Puertas Lilia Popova Patricia Ulloa Cecilia Vega Lida Martínez P/F4845

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Padres de familia del sector rural piden el regreso de sus hijos a las aulas La pandemia obligó a los estudiantes a formarse desde sus casas a través de diversas plataformas, sin embargo, en el sector rural las brechas tecnológicas y la falta de preparación de los padres para ayudar a sus hijos en ciertas asignaturas los han obligado a solicitar el regreso a las aulas. Solicitudes A decir de la Coordinadora Zonal 7 de Educación, Magda Salazar González, desde septiembre del 2020 solicitaron a todas las instituciones educativas que elaboren el Plan Institucional de Continuidad Educativa (PICE), en el cual consultan a los padres de familia si desean o no el retorno progresivo de las aulas. “Tenemos recibidos los PICE de casi todas las institucio-

nes de la zona, en cuanto al sector urbano solicitan mantenerse a distancia bajo la modalidad Aprendamos juntos en casa, pero en la parte rural en cambio, la mayor parte están solicitando regresar a las aulas”, dijo. En la zona son 102 educativas que tiene el PICE aprobado por el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, de las cuales 64 son en Loja y en los 16 cantones. Las unidades educativas cuentan entre 2 a 30 estudiantes, pero la mayor parte 12. Más pedidos Desde la semana pasada, las coordinaciones del Ministerio de Educación pueden dar o no autorización de regreso a las aulas, sin embargo, deberán tomar en cuenta las resoluciones del

•• Niños del sector rural a la espera de la autorización para regresar a las escuelas.

Ministerio de Salud sobre la situación de contagios en los lugares rurales. En ese sentido, “tenemos cerca de 100 instituciones en la zona que han pedido el regreso a clases presenciales, siendo el mayor porcentaje la provincia de Loja, pero cada día llegan más solicitu-

des”, dijo Salazar González. Enfatizó que los padres en el sector rural están valorando mucho que no hay contagios activos y necesitan que sus hijos tengan acompañamiento de los docentes. Reconoció que existen grandes brechas de acceso a la conectividad, en

muchos lugares ni siquiera hay cobertura de telefonía celular. También que los padres de familia tienen un nivel de formación que no les ayuda a poder orientar a sus hijos sobre ciertos contenidos esenciales que es parte de la formación actual. Además, no hay ningún tipo de plataforma, ni equipo tecnológico que pueda reemplazar a los docentes. Por su parte, José Chunchi Acaro, padre de familia, indicó que el temor a que los hijos se contagien está latente, pero es mucho peor que ellos no se formen y se queden con esos vacíos. En su caso no pudo acabar la primaria, lo cual le es imposible ayudarle a su pequeño, porque los temas que actualmente los niños reciben son muy diferentes a los que él recibió.(I).(FJC).

Dirigida por el músico lojano Diego Carrión

La Orquesta Joven de la Integración, de Moscú-Rusia, alista concierto de premiación

La Young Orchestra Of Integration (Orquesta Joven de la Integración), de Moscú-Rusia, dirigida por el músico lojano, Diego Fernando Carrión Granda, pule detalles de lo que será el concierto de premiación de las obras ganadoras del segundo concurso internacional de composición Gerardo Guevara. El evento musical en vivo está previsto para el jueves 25 de febrero de 2021, a través de la plataforma digital: www. yoiorchestra.com; el horario para Ecuador es a las 11h00, para otros países consultar la zona horaria del lugar de

residencia que están disponible desde la misma página web de la orquesta. Diego Carrión informa que, el año pasado, se cumplió el segundo concurso internacional de composición, denominado “Gerardo Guevara”. Y el concierto con el estreno de las obras ganadoras será este 25 de febrero, y estará dedicado a dar homenaje al compositor ecuatoriano Luis H. Salgado. En el concierto se presentarán las obras musicales de Luis H. Salgado, Gerardo Guevara, el lojano Martín Lozano, Christian Arias, Mateo Terán, Juan Fajardo, Xavier Beteta y Ricardo Mon-

•• El concierto especial se cumplirá el 25 de febrero.

teros, bajo la dirección del maestro Diego F. Carrión Granda. Cabe destacar que los intérpretes, que deleitarán virtualmente al público de todo el mundo, proceden de los países de Chi-

le, Rusia, Guatemala y Ecuador. El lojano invita a los amantes de la música de los diversos países, especialmente de Loja Ecuador, a asistir virtualmente al evento de premiación.


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Suspenden audiencia en el caso UCOT No ubicación del lugar de residencia de uno de los involucrados y que otro estaría en el exterior provocaron que la audiencia de formulación de cargos contra las 18 personas por el presunto delito de peculado cometido en la Unidad de Control Operativo de Tránsito (UCOT) del Municipio de Loja, sea suspendida. Diligencia Pasadas las 09h30 de este jueves 18 de febrero se instaló la diligencia judicial en el auditorio “Manuel Carrión Pinzano” de la Corte de Justicia de Loja. Allí estuvieron presente los abogados de los acusados de delito. Sin embargo, durante la lectura se conoció que dos de los sospechosos no fueron notificados debido a que uno no fue posible hallar su residencia, mientras que el otro, según versiones de los familiares que habrían dado a las autoridades estaría fuera del país. La fiscal de Loja, Bella Castillo Hidalgo, mencionó que la entidad (Fiscalía) ha estado agotando todos los esfuerzos, en cuanto a las notificaciones de estas dos personas, en el primero, han conseguido una nueva dirección; mientras que, el segundo, el Sistema de Migración no han podido confirmar su salida del país debido a que no ha sido reportado hasta el momento. Ante ello solicitó que la audiencia sea suspendida y que a estas dos personas les asignen un defensor público para que los represente a José P. L. y Stalin Ch.P. El jurista Rodrigo Cajas Encalada, mencionó que tiene a cargo la representación de 5 agentes de tránsito que fueron convocados

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para ser objeto de formulación de cargos en la investigación. Ante ello, llevan todos los argumentos jurídicos y de carácter fáctico que les permitirá demostrar que los funcionarios no cometieron el delito que se les trata de atribuir. Caso En las investigaciones desarrolladas por la Fiscalía se descubrió que, durante el período del 1 de junio del 2014 al 28 de febrero 2018, se utilizaban documentos falsos para obtener la autorización de salida de vehículos que habían sido retenidos por haber cometido diferentes infracciones. Además, se habrían falsificado firmas de jueces y fiscales; y para justificar el pago en el patio del Centro de Retención Vehicular clonaban documentos que correspondían a otros conceptos, por decir, el predio urbano, esto causaba perjuicio al Municipio; pero otra de las aristas es que se anularon boletas de infracciones del sistema informativo de la Agencia Nacional de Tránsito sin justificación real. Los sospechosos de cometer este delito son: Juan M.C., Wilson A.Y., John A.L., Maritza U.M., John M.P., José P.L., Edwin G.M., María E.I., Jaime E.G., Kelvin M.M., Luis R.V., Fernando A.C., Jefferson P.S., Stalin Ch.P., Luis B.M., Evelyn E.C., Johnny Q.R., y Sandra A.Ch. (I).(FJC).

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Sahari Trujillo, ganó el primer lugar en concurso de audiojuegos Juan Pablo Arrobo, docente del departamento de Ciencias de la Comunicación de la Universidad Técnica Particular de Loja, explicó que el concurso surgió de un proyecto de buenas prácticas docentes y con la finalidad de que los estudiantes adquieran nuevas habilidades a través de alternativas como es el campo de los audiojuegos, un espacio que aún no ha sido explotado al 100%. Participaron 30 ítems presentados por estudiantes de las dos modalidades

presencial y a distancia. En cada uno se consideró la creatividad, uso de recursos sonoros, usabilidad y complejidad para quedar entre los primeros puestos. La coordinadora de la titulación, Kruskaya Ordoñez, mencionó que en este ciclo

académico la escuela planteó 5 proyectos de innovación, uno de ellos es este concurso con la temática “Cuidados y precauciones en tiempos de pandemia”, bajo la iniciativa de las asignaturas de Radio, Semiótica y Radio y Nuevas Tecnologías

Dato Ganadores Lugar Ganador Enlace del audiojuego Temática 1 Sarahi Trujillo https://cutt.ly/akWzEMC “¿Qué tanto sabes tú de tu cuidado?” 2 Jacinto Rocha https://cutt.ly/ikWzTTn Quiz informativo sobre el Covid-19 (Musical) 3 Paola Coello https://cutt.ly/JkWzUz8 ¡Descubre al asesino silencioso! En la página web radio.utpl.edu.ec, en la sección ‘Ganadores audiojuegos 2021’ se puede visualizar los 30 trabajos.(I)

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Dato •

Al momento todavía no hay fecha para retomar la audiencia de formulación de cargos. P/F


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Feria de Vinculación mostrará Canchas de uso el accionar social de la UTPL Las instituciones de educación superior tienen tres elementos sustantivos: academia, investigación y vinculación con la sociedad. El accionar de este último elemento, se mostrará el 23 y 24 de febrero de 2021 en la primera Feria de Proyectos de Vinculación de la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL). Aquí se expondrán 25 iniciativas ideadas y desarrolladas por estudiantes y docentes de la universidad con alcance local, regional y nacional. Además, habrá conferencias y foros con expertos en vinculación e innovación social. Durante estos dos días a través de @utpleventos se mostrará la transferencia de conocimiento desde la academia a la sociedad, para que la comunidad universitaria y ciudadanía en general conozca los resultados de los proyectos de vinculación y el aporte a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Los proyectos se presentarán en cinco mesas temáticas: seguridad alimentaria y gestión de ecosistemas; ciudades inclusivas y sostenibles; salud y bienestar; educación de calidad; y crecimiento y desarrollo sostenible. Estos proyectos se cumplieron con la participación activa de la ciudadanía y junto a organizaciones públicas y privadas, entre ellas el Municipio de Loja, Ministerio de Educación, Ministe-

múltiple para Colinas del Norte y Carigán Central

rio del Ambiente, Ministerio de Salud Pública, Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA), Agencia Nacional de Tránsito, Barrios San Cayetano y La Florida de la ciudad de Loja y más. Temáticas de exposición Algunas temáticas que se expondrán son: economía de hogar, optimización de recursos económicos familiares; identificación de áreas susceptibles de incendios forestales y propuesta de acciones de prevención y mitigación; tele atención y recursos de psi coeducación en la emergencia COVID-19; fortalecimiento de capacidades locales en el manejo de conflictos en barrios del Ecuador; formación de conductores responsables, entre otras iniciativas. Ana Santos, directora de vinculación de la UTPL, explica que en esta feria se mostrará los resultados de los proyectos desarrollados en 2019 y 2020, con la participación de estudiantes

de Modalidad Presencial y a Distancia, de todo el país. Con exposiciones en mesas temáticas, foros y el apoyo de varios recursos digitales como imágenes, videos e infografías se mostrarán los resultados del trabajo de campo de estudiantes y docentes en la sociedad. Además, resalta que los proyectos responden a varios ODS, entre ellos: al ODS 3 de Salud y Bienestar, al 4 de Educación de Calidad, al ODS 8 de Trabajo Decente y Crecimiento Económico y al ODS 11 de Ciudades y Comunidades Sostenibles, entre otros. Menciona que los 17 ODS están relacionados y de forma directa o indirecta se aporta a todos. Agenda Durante los dos días del evento a más de la exposición de proyectos en mesas temáticas habrá conferencias magistrales que abordarán la innovación social desde la academia, dictadas por expertos de México y Colombia. (I)

Los proyectos de desarrollo comunitario que impulsa el Municipio de Loja han permitido mejorar la imagen de algunos barrios de la ciudad, por ello los trabajos se han centrado en reconstrucción de canchas e intervención en áreas verdes. Bajo este proyecto se ha construido una cancha de uso múltiple con cubierta e iluminación en el barrio

Carigán Central, trabajo que se complementó con el adecentamiento de áreas verdes, con juegos biosaludables e infantiles. Un trabajo similar se llevó a cabo en el sector Colinas del Norte, obra que está lista para ser entregada, indicó José Guarnizo, jefe de Promoción Popular. Estas dos canchas serán inauguradas el sábado 20 de febrero. P

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Ordenanza que beneficia a adultos mayores fue aprobada en primer debate El proyecto de Ordenanza tributaria que reconoce los beneficios de las personas adultas mayores, presentado por la administración municipal, fue aprobado en primer debate por el Cabildo en pleno, que se reunió el jueves 18 de febrero. El objetivo es establecer normas que regulen la aplicación de la exoneración de los pagos de impuestos o descuentos en ciertos tributos por parte de los adultos mayores. Estos beneficios tienen que ver con predio urbano, al-

cabalas, pago de servicios básicos, entre otros rubros más que constan en la ley de los adultos mayores. La exposición del proyecto de ordenanza la hizo Máximo Quizhpe, director Financiero, quien dio a conocer que para elaborar esta propuesta se tomó como base las leyes tributarias, de adultos mayores y discapacidades con el fin de que este cuerpo normativo se sustente en bases legales que están vigentes en el territorio nacional. El proyecto fue aprobado con diez votos, en primer debate, y pasó a la comi-

sión que analizó en el mes de diciembre de 2020 la ordenanza del adulto mayor. Esta agrupación tiene un plazo de treinta días para analizar la propuesta, socializarla e incorporar sugerencias emitidas por los concejales y presentarla para segundo debate. Traspaso terreno Además, se aprobó el traspaso de dominio de los terrenos del nuevo Terminal Terrestre y el Centro de Transferencia Comercial Mayorista de Loja, a la Empresa Gestión y Desarrollo EP-GEDES.(I)

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Se acorta el plazo para retiro de propaganda electoral

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Marcelo Soto, comisario de Ornato, conmina a los candidatos y a los movimientos políticos a retirar los afiches en el plazo estipulado. De acuerdo a la ordenanza, luego del proceso electoral las agrupaciones tienen un plazo de quince días para realizar esta acción, en este caso el tiempo empezó a transcurrir a partir del 8 de febrero. Si hasta la fecha establecida no se quitan los elementos propagandísticos, el Municipio asumirá el retiro y se multará con 50 dólares por cada afiche, además se sancionará al movimiento político con el pago de uno a tres salarios básicos unificados, dependiendo de la infracción.(I)

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Asociaciones mejoran su organización La Prefectura de Loja, a través de la Dirección de Desarrollo Productivo, ejecuta el Proyecto Economía Popular y Solidaria en la provincia, una de sus actividades es asesorar y apoyar a los productores para la obtención de personería jurídica y elaboración de reglamentos internos. Con la Asociación Cafetalera “El Airo”, en el cantón Espíndola, se trabaja en la elaboración del reglamento interno, acompañamiento en el proyecto Emprende para el mejoramiento de los cultivos de café, también con el proyecto de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) en donde se dan los talleres para la obtención de notificación sanitaria, para que el productor pueda comercializar sus productos. Con los emprendedores de miel de abeja, café, manualidades, juguetes de madera del cantón Calvas se realizó la socialización de la Ley de Economía Popular y Solidaria, especialmente, en

En el recorrido que los inspectores de las comisarías municipales realizaron a las parroquias rurales detectaron que la propaganda electoral está intacta en estas zonas y por ello se hace el llamado para que retiren estos elementos hasta el 22 de febrero.

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lo relacionado con la obtención de personería jurídica, sostiene Mireya Rivas, técnica de la Prefectura. En la parroquia Guachanamá del cantón Paltas el apoyo lo recibe la Asociación “ASOPROHORTAG” con quienes se trabaja en el ingreso de nuevos socios

para posteriormente registrar la Directiva, la Junta de Vigilancia y el Administrador para que continúen con el proceso en la Súper Intendencia de Economía Popular y Solidaria, también se los apoya con la aplicación de BPM para la obtención del Registro Sa-

nitario de la pasta de ajo que producen y así puedan comercializarla. El proyecto busca el fortalecimiento organizacional para que las asociaciones estén en constante cambio con la renovación de directivas, reglamentos internos e ingreso de socios.(I)

INSTITUTO EUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL HOSPITAL GENERAL MANUEL YGNACIO MONTEROS

INVITACIÓN El Hospital General Manuel Ygnacio Monteros de la ciudad de Loja, convoca a las personas naturales y jurídicas o asociaciones, a que presenten sus ofertas para el “ARRENDAMIENTO DE BODEGA EXTERNA PARA COLOCAR BIENES INSTITUCIONALES DEL HOSPITAL GENERAL MANUEL YGNACIO MONTEROS”. Para mayor información el pliego del proceso Nro. PE-HGMYM-001-2021 se encontrará publicado en el portal institucional del SERCOP. El calendario del procedimiento se realizara de acuerdo a los siguientes plazos: ETAPA

FECHA LIMITE

HORA

Publicación

19/02/2021

13H00

Preguntas / Respuestas y claraciones

22/02/2021

13H00

Recepción de oferta

24/02/2021

12H00

Apertura de la oferta

24/02/2021

13H00

Adjudicación estimada

25/02/2021

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La telemedicina resuelve el 75% de padecimientos más comunes Según la Organización Mundial de la Salud y un estudio realizado por la Asociación Médica Americana, el 75 por ciento de los padecimientos mas comunes, pueden ser tratados con la telemedicina, es decir, se pueden atender los problemas de salud que con más frecuencia se presentan entre la población. La pandemia ha permitido que la gente descubra el potencial de la telemedicina, que implica la prestación de servicios de atención médica por parte de los profesionales de la salud a distancia y sus beneficios, como el de evitar el colapso de centros de salud con consultas que pueden ser resueltas a distancia o el acceder a un diagnóstico profesional desde cualquier lugar y sin restricción de horarios. Según el Dr. Alejandro De la luz, director médico de Family Card Health, el 80%

del diagnóstico, es la entrevista clinica y la realizacion de un historial medico cuidadoso, por lo que la telemedicina no busca sustituir la figura del médico presencial, sino apoyar en aquellos casos en los que la evidencia científica demuestra que los resultados virtuales son equivalentes; como es el caso en la medicina general, nutrición y psicología. A través de la telemedicina los pacientes pueden ser atendidos de forma inmediata, omitir tiempo de traslado y reducir costos, y sobre todo reducir el alto riesgo de contagio de COVID 19 que se produce al visitar algún centro clínico, facilitando el acceso a la salud. El número de consultas telemedicas, en Latinoamérica, se ha incrementado en un 45%, desde la aparición del coronavirus, y se espera que esta tendencia no pare de crecer a nivel regional y mundial.

Es necesario que las aplicaciones de telemedicina cumplan con los lineamientos de los ministerios de salud y códigos internacionales para garantizar una atención de calidad a los pacientes, brindándoles un diagnóstico certero y la prescripción adecuada para mejorar las condiciónes de salud, agrega el Dr. De la Luz. Existen 2 tipos principales de telemedicina: sincrónica o en tiempo real y asincrónica que no tiene una respuesta inmediata, sin embargo, ambas tienen un rol beneficioso para la atención sanitaria remota y lo mas importante, reducen los costos de visitar un centro clínico y por ende reducen también el riesgo de contagio. Hay que perderle miedo a la tecnología ya que es una herramienta excelente para ayudar a los países a mejorar los servicios de salud, finaliza el Dr. De la Luz.

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Ejército redobla seguridad en frontera con Colombia

•• El Ejército ecuatoriano redobla la seguridad en la parroquia fronteriza de Tufiño en la provincia de Carchi.

La parroquia de Tufiño, perteneciente al cantón Tulcán se encuentra bajo resguardo militar, luego de que en territorio colombiano se registró un enfrentamiento armado entre guerrilleros del ELN y la fuerza pública, que dejó como saldo dos policías de Colombia muertos. Ante esto, el Ejército ecuatoriano implementó un dispositivo militar en la zona. “Es por eso que también nuestra presencia fue inmediata en este sector para reforzar el dispositivo y para evitar que estos elementos intenten pasar a nuestro territorio a resguardarse o tal-

vez hacer alguna actividad propia de estos individuos”, comentó Pablo Merino, comandante de la Brigada 31 Andes. En el límite de frontera entre Ecuador y Colombia están las poblaciones de Tufiño y Chiles de lado colombiano, apenas a 3 kilómetros se suscitó este enfrentamiento armado. En la comunidad de Tufiño los habilitantes están alertas ante la cercanía en la que se produjo este enfrentamiento. Mientras que los habitantes del poblado colombiano Nazaret, narran que se encuentran atemorizados, y que de momento es imposible transitar por la zona. (I)

Desesperación por encontrar camas UCI en Guayaquil Por horas deben recorrer los familiares de los pacientes con coronavirus para encontrar una cama en Guayaquil en las Unidades de Cuidados Intensivos. Los hospitales tienen al 100% estas áreas y temen que la situación empeore en unas semanas, cuando se generen los efectos de la indisciplina ciudadana del feriado de Carnaval. Este es el caso de Djalma Blum, hace pocos días, su madre Eloisa Rodríguez, se contagió de COVID-19. El cuadro médico de la mujer, de 72 años se volvió crítico, luego de varios días de tratamiento. Admite que lo más doloroso hasta ahora, además de ver a su madre enferma, ha sido la búsqueda en Guayaquil de un cupo para hospitalizar a Eloisa.

Djalma explica que el contagio ocurrió, a pesar de guardar las medidas de bioseguridad y de mantenerse en casa. Ahora, no solo su

madre, sino tres hermanos, y otros familiares tienen el virus. El drama de Djalma lo viven decenas de familiares

de pacientes con COVID-19 en Guayaquil, donde los hospitales no tienen más espacio para recibir a mas contagiados.

Es el caso de la Clínica Alcívar, donde la Unidad de Cuidados Intensivos para estos pacientes está al borde de su capacidad, como lo explica Stenio Cevallos, director de esta área. En las clínicas privadas de Guayaquil, de las 74 camas destinadas para pacientes con COVID-19, solo hay dos disponibles. Los especialistas temen que la situación empeore pues hasta el momento, están recibiendo a aquellos que se contagiaron en los feriados de Navidad y fin de año. Se espera que exista un fuerte impacto en el sistema sanitario del puerto principal, que actualmente registra 15 fallecidos diarios por COVID-19. Se esperan los efectos del proceso electoral y el feriado de Carnaval, marcados por la indisciplina ciudadana.(I)


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CNE ratifica que resultados se proclamarán el fin de semana

Arauz se reúne con el FMI para hablar sobre la economía ecuatoriana

Tras el fracaso del acuerdo político entre los candidatos presidenciales Guillermo Lasso y Yaku Pérez, para el recuento de votos en 17 provincias, el Consejo Nacional Electoral (CNE) prevé proclamar resultados preliminares este fin de semana, una vez que llegue todo el material de las juntas del exterior.

El Fondo Monetario Internacional (FMI) señaló que la reunión sirvió para conocer las prioridades de política económica del candidato correísta. El candidato a la Presidencia de la República por el correísmo, Andrés Arauz, se reunió con representantes del Fondo Monetario Internacional (FMI), en Washington, la tarde del 17 de febrero de 2021.

“Urnas que no nos han llegado desde Estados Unidos, que por culpa del clima, DHL no ha podido transportarlas. Mientras no cerremos eso, que puede ser no más allá de 300 votos, no podemos cerrar todo el proceso y proclamar resultados”, dijo el vicepresidente del CNE, Enrique Pita. “Si es que llegaran el día viernes yo creo que para el sábado en la noche o domingo en la mañana podemos estar dando resultados preliminares”, complementó el consejero José Cabrera. Una vez que se proclame estos resultados, los candidatos presidenciales que se disputan el paso a la segunda vuelta, podrán presentar los recursos administrativos ante el CNE, como el recuento de votos. “En este caso debe ser en sede administrativa porque somos

• Esto se da tras no concretarse el reconteo de votos. Foto: API

nosotros los que estamos proclamando resultados. Y disponer el reconteo de los votos pertinentes”, agregó Pita. Para estas importantes decisiones el pleno del Consejo Electoral no contará con la presencia de la consejera Esthela Acero, quien mediante memorando dirigido a la presidenta del organismo, Diana Atamaint, solicitó “...Se sirva autorizar a mi favor un permiso imputable a vacaciones durante los días que van desde el 17 de febrero al 2 de marzo, tiempo que emplearé para atender mi tratamiento médico...”. El reemplazo de Acero será la primera consejera suplente, María Elena Nájera. En caso de excusarse, le tocará participar al segundo, Andrés León, por orden de prelación.(I)

Ecuador llegó a 269.860 casos de COVID-19 Ecuador llegó este jueves a 269.860 positivos acumulados de COVID-19 con 1.641 contagios registrados en las últimas 24 horas, mientras que los fallecidos sumaron 15.444, con 50 nuevos registros, notificó el Ministerio de Salud Pública. De acuerdo a los datos oficiales, los decesos en el país se reparten entre 10.714 confirmados por pruebas PCR y 4.730 probables con la enfermedad. Pichincha, se mantiene como la que registra mayor incidencia de casos, 94.664, lo que supone 621 nuevos desde el miércoles. A esta le sigue Guayas que, al inicio de la emergencia sanitaria fue epicentro de contagios. En las últimas

24 horas la provincia contabilizó 277 casos nuevos, alcanzando los 34.137 positivos desde el 29 de febrero del año pasado, cuando comenzaron los registros de la pandemia. Por número de casos acumulados les siguen Manabí, con 19.055; Azuay, con 16.819; El Oro, con 11.772; Loja, con 9.779; Tungurahua, con 9.752; Imbabura, con 8.194; Cotopaxi, con 7.662; Santo Domingo de los Tsáchilas, con 7.230; Los Ríos, con 6.859, y Esmeraldas, con 5.773. Respecto a las defunciones, en las provincias de Guayas (3.759) y Manabí (2.605) se constata el mayor número entre confirmadas y probables, seguidas de Pichincha con 2.469 muertos.(I)

Tras la cita el FMI informó a PRIMICIAS que la reunión con Arauz fue una oportunidad para intercambiar puntos de vista sobre las perspectivas económicas de Ecuador y conocer más sobre las prioridades de política económica del candidato. El FMI informó que está comprometido a ayudar a Ecuador a superar la pandemia y construir un camino hacia la recuperación económica, al mismo tiempo que apoya al empleo y a los grupos más vulnerables. “Estamos dispuestos a continuar nuestro trabajo y

ayudar al país a lograr un crecimiento sólido, duradero e inclusivo”. Fondo Monetario Internacional El encuentro ocurrió pese a las críticas de Arauz hacia el FMI y de las reiteradas amenazas de que no cumpliría el acuerdo suscrito con Ecuador, que permite al país acceder a un programa de financiamiento de USD 6.500 millones, de los que USD 4.000 millones ya se desembolsaron en 2020. Antes de entrar a la reunión con el FMI, Arauz reiteró que preservará la dolarización y explicó cómo sería su re-

lación con Estados Unidos, en el caso de ser elegido Presidente. “Las relaciones con Estados Unidos van a estar súper bien, obviamente, que nos respeten así como nosotros respetamos a los otros; y que nos dejen seguir construyendo la unidad latinoamericana”, dijo Arauz. El candidato correísta sigue esperando por un rival para la segunda vuelta electoral del 11 de abril, entre el candidato de la alianza Creo-PSC, Guillermo Lasso y el candidato de Pachakutik, Yaku Pérez, quienes están inmersos en una disputa por el conteo de los votos de la primera vuelta.(I) P

BANECUADOR B.P ZONAL 7

CONVOCATORIA BanEcuador B.P Zonal 7, dando cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 365 de la Codificación y Actualización de las Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP), invita a las personas naturales y jurídicas, legalmente domiciliadas en Ecuador, estén o no habilitadas en el Registro Único de Proveedores, a fin de que presenten su oferta en el Procedimiento de Arrendamiento de Bienes Inmuebles, signado con el código PE-BEZ7-003-2021, que contiene el proceso de contratación para el “ARRENDAMIENTO DE LOCAL PARA LA OFICINA DE LA AGENCIA CATACOCHA DE LA ZONAL 7 DE BANECUADOR B.P”. Las especificaciones técnicas, pliegos y cronograma del proceso en referencia lo podrán encontrar en el Portal de Contratación Pública, se adjudicará el contrato para el arrendamiento del bien inmueble a la mejor oferta, tomando en consideración el cumplimiento de las condiciones previstas en los pliegos. Los interesados presentaran su propuesta conforme el cronograma del proceso a la hora indicada en los pliegos que serán publicados en el portal institucional del SERCOP www.compraspublicas.gob.ec Loja, 19 de febrero de 2021 Sra. Patricia de los Angeles Coello León GERENTE ZONAL 7 BANECUADOR B.P P/F4850


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Crecen las preguntas tras polémico Desarticulan al Cuartel acuerdo para reconteo de votos de las Feas, brazo armado de Los Lagartos Ecuador se encamina hacia un balotaje presidencial que por el momento ha arrojado resultados decepcionantes para casi todos los involucrados mientras el país, golpeado por los problemas económicos incluso antes de la pandemia, trata de encontrar su rumbo.

La propuesta de la izquierda que ganó las cuatro últimas elecciones generales, aparentemente es la favorita para la segunda vuelta del 11 de abril pero su candidato, Andrés Arauz, logró 32,72% de los votos en la elección del 7 de febrero. Un conservador que perdió en los dos últimos comicios presidenciales, Guillermo Lasso, sacó 19,74%, lo que le da un mínimo margen para lograr el otro puesto en la boleta del balotaje. En tanto Yaku Pérez, aspirante de un movimiento ambientalista e indígena, obtuvo un inesperado buen resultado, 19,38%, pero por el momento está por detrás de Lasso en la cerrada pugna para entrar a la segunda vuelta. Eso ha provocado acusaciones de fraude por parte de Pérez, que forma parte de un poderoso movimiento que enfrentó una serie de gobiernos desde 1990 y derrocó a presidentes en al menos dos ocasiones en las últimas décadas. Pérez dijo en rueda de prensa que sus rivales aseguran que no es legal el recuento general de votos “pero, ¿desde cuándo no es legal que sea transparente un proceso electoral, que se abran las urnas?” y aseveró que esta vez los ecuatorianos “tenemos bien abiertos los ojos... y no nos van a hacer trampas, no nos van a hacer fraude”. Carlos Sucuzhañay, presidente de la Ecuarunari, la mayor organización de indígenas de la región andina, dijo a periodistas que “vamos a iniciar una movilización en defensa de la democracia... vamos a rechazar públicamente lo que ha venido actuando el Consejo Electoral; el pueblo ecuatoriano no puede tener un presidente deslegitimado por un fraude electoral”. La marcha comenzó en la ciudad de Loja, 425 kilómetros al sur de la capital, y recorrerá la región andina hasta llegar a Quito la próxima semana. No se sabe cuántas personas podrían integrar esa movilización, aunque en octubre de 2019 miles de indígenas y estudiantes protagonizaron en Quito una violenta protesta contra el alza

de los combustibles, lo que llevó al país al filo del rompimiento democrático. Acerca de la movilización, Pérez dijo que se hará guardando todas las medidas de precaución para evitar la propagación del coronavirus, pero advirtió “sin la movilización social es muy difícil que acepten la verdad de nuestros pueblos”. Las autoridades electorales seguían sin decidir el alcance y las reglas para un recuento parcial de los votos de la primera ronda que determine si será Pérez o Lasso quien se mida con Arauz en abril. Un nuevo intento por dar una salida por parte del Consejo Electoral terminó la noche del martes sin resultados debido a que no hubo consenso entre sus integrantes. El consejero de ese organismo, Luis Verdesoto, dijo a la red de televisión Teleamazonas que “esto simplemente me lleva a activar una extrema desconfianza con lo que está ocurriendo al interior de este Consejo”. No importa quien gane. “El panorama es muy oscuro desde este momento”, dijo Grace M. Jaramillo de la Universidad de la Columbia Británica, quien antes dirigió el Departamento de Relaciones Internacionales de una importante universidad ecuatoriana. “Bajo los tres diferentes escenarios, Ecuador va a enfrentar un momento muy difícil en los próximos cuatro años. Hay mucho pesimismo con Arauz, Yaku o Lasso”. Arauz cuenta con el apoyo del expresidente Rafael Correa (2007-2017). Arauz propone hacer que los ricos paguen más impuestos, reforzar las protecciones al consumidor, la banca pública y las organizaciones locales de crédito y ahorro y alejarse de los acuerdos con el Fondo Monetario Internacional. La versión de las políticas de izquierda de Correa solía chocar con la de los movimientos indígenas y ambientalistas, alarmados por los avances petroleros y

mineros. El partido Pachakutik, de Pérez, y otros movimientos han convocado protestas, algunas de las cuales terminaron con importantes disturbios, contra el gobierno de turno. “Están totalmente en contra de cualquier candidato que esté con Rafael Correa”, dijo Jaramillo sobre los grupos indígenas y sus seguidores. “Esta es una votación en contra de alguien, no a favor de nadie”. En octubre de 2019 las comunidades indígenas encabezaron protestas que obligaron al gobierno de Moreno a dar marcha atrás una iniciativa para poner fin a los subsidios al combustible. Pérez y Lasso acordaron la semana pasada solicitar un recuento total para la provincia costera de Guayas, donde el candidato conservador tiene un fuerte apoyo, y pedir la verificación del 50% de los votos en otras 16 provincias. Pero Lasso pareció retirar su respaldo a algunos de esos recuentos. El Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), visiblemente dividido, no logró los votos suficientes para aprobar el informe y dar paso a la revisión del 100% de actas en Guayas y del 50% en 16 provincias, como se anunció al país. Guillermo Lasso publicó en sus redes sociales: “Las coincidencias son más que las diferencias. Hoy el país nos necesita unidos, en un mismo frente”. En la audiencia de escrutinio nacional, el Pleno del CNE ya conoció los resultados de las 24 provincias. Solamente están pendientes siete actas con novedades del exterior. Según el CNE, entre el sábado y domingo ya se proclamarían resultados de la primera vuelta y se abriría un espacio de reclamos, tanto administrativos como jurisdiccionales, ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE). Quien gane el balotaje del 11 de abril reemplazará a Moreno desde el 24 de mayo para un período de cuatro años.(I)

•• Agentes de Policía trasladando a los detenidos.

La banda denominada ‘El Cuartel de las Feas’, fue desarticulada en el Guasmo, sur de Guayaquil, tras un golpe de los agentes de la Policía Nacional. Según investigaciones de las autoridades, ‘Las Feas’, eran un brazo armado de Los Lagartos, que además se dedicada al microtráfico de drogas en la ciudad, siendo una agrupación de alto riesgo. Profundizando, Marlo Karolys, jefe de la Subdirección de investigaciones de

Delitos contra el Derecho a la Propiedad (Siprobac), asegura que las investigaciones partieron hace más de un mes, y tras varios allanamientos se terminó deteniendo a dos mujeres y tres hombres. Las féminas se dedicaban al alquiler de armas para el cometimiento de varios delitos. Los hombres eran quienes ejecutaban los robos, aseguró el jefe policial. Un total de cinco armas de fuego, municiones y varios dosis de drogas, fue lo que incautaron los agentes.(I)

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Venezuela comienza a vacunar contra la COVID-19

Venezuela comenzó este jueves la “primera etapa” de su inmunización contra la COVID-19 con la inoculación de las primeras dosis de la vacuna rusa Sputnik V al personal sanitario. La vicepresidenta ejecutiva de Venezuela, Delcy Rodríguez, dijo en un acto televisado que el personal sanitario recibe las primeras dosis como una manera de rendir homenaje a quienes “han estado en la primera fila” del combate contra esta enfermedad, que ha matado a casi 1.300 personas en la nación sudamericana. “Estamos muy contentos”, dijo Rodríguez después de que el canal público Venezolana de Televisión (VTV) emitiera imágenes en las que se aprecia la vacunación a una mujer. “Rendimos nuestro homenaje de esta manera a todo el personal de salud (...), llegó el momento de que nosotros los cuidemos a ellos”, agregó la funcionaria. El proceso de vacunación se inicia después de que arribaran a Venezuela las primeras 100.000 dosis de

la vacuna Sputnik V el pasado sábado. Rodríguez dijo que el proceso no toma más de tres minutos, por cuanto se estima 20 vacunas por hora. Además, indicó que el Gobierno de Nicolás Maduro espera haber vacunado al 70% de la población antes finalizar el año y aseveró que esta tasa ofrece “inmunidad de rebaño”. De acuerdo con las imágenes que emitió VTV, las primeras dosis de la vacuna se aplicaron en un hospital del céntrico estado de Miranda -cercano a Caracasque funciona como “centinela” para atender casos de la COVID-19. El gobernador de esta región, el oficialista Héctor Rodríguez, dijo en la misma transmisión televisiva que en ese centro se ha atendido a unas 80.000 personas contagiadas con el coronavirus SARS-COV-2, que causa la COVID-19, y que al menos 700 de ellas requirieron de cuidados intensivos Asimismo, apuntó que, “en esta primera etapa”, unos 7.000 trabajadores sanitarios serán vacunados en esta región.

La vacuna «más segura» Por su parte, el ministro venezolano para la Salud, Carlos Alvarado, señaló que la Sputnik V es “la vacuna más segura” que tiene el mundo hasta ahora, al tiempo que envió un “mensaje de tranquilidad” a la población al asegurar que más dosis están en camino. “Si todo sale según lo esperado, podremos llegar (a vacunar) al 70% de la población venezolana, que es la meta que tenemos para llegar a la inmunidad de rebaño”, dijo. El presidente Nicolás Maduro señaló el miércoles que Venezuela compró a Rusia diez millones de vacunas, para lo cual desembolsó 200 millones de dólares. Además, adelantó que espera que para abril Venezuela esté en “una fase de vacunación masiva”, y que el país pueda contar con las vacunas que desarrolla Cuba, China, Rusia y el Mecanismo Covax, aunque destacó que será el Instituto Nacional de Higiene “quien dé la última palabra” acerca de su posible aprobación. (I)

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El rover Perseverance de la NASA logra aterrizar en Marte El vehículo Perseverance aterrizó en Marte este jueves tras superar con éxito los “siete minutos de terror” que implicaron atravesar la delgada atmósfera del planeta rojo y descender en la superficie rocosa del cráter Jezero, confirmó la NASA. El “rover” tocó suelo marciano sobre las 15.56 hora de Ecuador (20.56 horas GMT), según la agencia espacial estadounidense, y se convierte en el quinto de estos vehículos que explora el planeta vecino, en este caso con la meta de descubrir signos de vida en el pasado. Cinco minutos después de aterrizar en Marte, Perseverance se encontraba ya listo para iniciar su exploración luego de enviar la primera imagen de la superficie marciana que registra, después publicada en la cuenta oficial en Twitter del robot acompañado del mensaje: “Hola Mundo. Mi primer vistazo al que será mi hogar para siempre”. El vehículo, de 6 ruedas, cerca 3 metros de largo y de 1.025 kilogramos, buscará en Marte señales de vida microbiana pasada y recolectará muestras selectas de rocas y sedimentos para su envío futuro a la Tierra. El robot científico descendió en Marte tras reducir en siete minutos una velocidad de 20.000 kilómetros por hora y

•• ‘’Hola Mundo. Mi primer vistazo a mi hogar para siempre’’. Este fue el primer mensaje del vehículo Perseverance tras aterrizar en Marte. Foto: NASA

con ayuda de una grúa aérea que le permitió descender suavemente, una operación que los científicos de la NASA habían calificado de peligrosa. “Qué equipo tan increíble para trabajar a través de todas las adversidades y desafíos que conlleva el aterrizaje de un rover en Marte, además de los desafíos de COVID”, señaló poco después del amartizaje el administrador interino de la NASA Steve Jurczyk. Perseverance carga dos micrófonos, que por primera vez captarán el sonido de Marte, y un helicóptero de cuatro patas y menos de 2 kilogramos de peso, el Ingenuity Mars, que intentará llevar a cabo el primer vuelo controlado y con motor en otro planeta. Asimismo, allanará el camino para la futura exploración humana más allá de la Luna. (I)

CONSTRUCTORA VIPACAS CÍA. LTDA. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS Se convoca a los socios de la compañía CONSTRUCTORA VIPACAS CIA. LTDA, a Junta General Extraordinaria de Socios de la compañía a llevarse a cabo el día sábado 27 de febrero de 2021, a las 10h30 en las oficinas de la compañía ubicadas en las calles Macará 207 - 32 entre Miguel Riofrío y Azuay, con el fin de tratar el siguiente orden del día: 1. Informe de Gerencia General sobre las acciones realizadas por el socio y Presidente de la compañía CASTILLO CASTILLO PABLO JOSÉ. 2. Resolver sobre la destitución del Presidente de la compañía; 3. Nombramiento de nuevo Presidente de la compañía; 4. Resolver sobre la destitución del socio CASTILLO CASTILLO PABLO JOSÉ. Loja 18 de febrero de 2021 Atentamente, Walter Ramiro Vivanco Torres GERENTE GENERAL CONSTRUCTORA VIPACAS CÍA. LTDA. P/F4844

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Bolivia devolverá al FMI un crédito millonario BBC Mundo

Bolivia no quiere el dinero del Fondo Monetario Internacional. Al menos no el facilitado por el FMI durante el gobierno interino de Jeanine Áñez. El Banco Central de Bolivia anunció el miércoles la devolución de un crédito millonario acordado después de la intempestiva salida de la presidencia de Evo Morales y su reemplazo por Áñez, el primer préstamo concedido al país en años. Y la institución también anunció que emprenderá las acciones administrativas, civiles y penales que correspondan «en contra de todos los servidores y exservidores públicos que resultasen con indicios de responsabilidad por su participación en el proceso de negociación, suscripción y operación del mencionado financiamiento con el FMI». Según el BCB, el préstamo de US$327,7 millones para enfrentar la pandemia de COVID-19 fue “gestionado irregularmente por el gobierno de facto en abril de 2020”. Según un comunicado de la institución financiera, “este préstamo, además de ser irregular y oneroso por las condiciones financieras, generó costos económicos adicionales y millonarios al

•• Entre otras cosas, el préstamo buscaba apoyar los gastos médicos derivados de la epidemia de COVID-19.

Estado Boliviano». De hecho, a febrero de este año los costos adicionales ya sumaban US$24,3 millones, US$19,6 millones por variación cambiaria y US$4,7 millones en comisiones e intereses. Así que para hacer efectiva la devolución del préstamo el BCB se vio obligado a desembolsar US$351,5 millones al FMI. La institución, que dijo actuar en defensa de la soberanía económica de Bolivia y el respeto a la Constitución Política del país, aseguró además en el comunicado que el crédito

conllevaba condiciones inaceptables. “El denominado Instrumento de Financiamiento Rápido (IFR) del FMI condicionó a una serie de imposiciones fiscales, financieras, cambiarias y monetarias con el FMI», se lee en el mismo. Y según las actuales autoridades del Banco Central, esto iría contra lo establecido los artículos 158 y 322 de la Constitución boliviana “y otras normas conexas vigentes, vulnerando de esa manera la soberanía e intereses económicos del país”. Según una nota de prensa del FMI de abril del año

pasado, el objetivo del crédito era ayudar a Bolivia “a satisfacer las necesidades de balanza de pagos derivadas del estallido de la

pandemia de COVID-19, y apoyar los gastos médicos y las medidas de socorro que se requieren con urgencia para proteger el bienestar de la población”. Y, en la misma, el Director Gerente Adjunto del FMI, Mitsuhiro Furusawa, también destacó la “determinación” de las autoridades de turno “de asegurar la estabilidad macroeconómica y la sostenibilidad de la deuda una vez superada la crisis”. “Para ello, se comprometen a alcanzar un déficit fiscal sostenible en el mediano plazo, sin dejar de mantener un fuerte apoyo al gasto social, y a adoptar otras medidas macro y financieras según sea necesario», declaró entonces Furusawa. Y, por el momento, las autoridades bolivianas no parecen interesadas en tener deudas con el FMI.(I) P

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•• El gobierno de Arce no quiere deudas con el FMI.

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En busca de un líder Diego

Lara León

@dflara

La vieja escuela de negociación enseñaba la formula “yo gano tu pierdes”, gracias a esa escuela se volvieron famosos los “lobos de Wall Street”, los “negociadores duros” y aquellos que se sentían triunfadores cuando quebraban a sus proveedores o a sus competidores. Con la evolución de la sociedad y la interdependencia cada vez mas fuerte entre todos los actores de la cadena de valor, nos hemos dado cuenta que un proveedor bueno y un gran competidor son fundamentales para el crecimiento, evolución y consolidación de una empresa. Desde hace varios años se ha dejado la vieja escuela de

negociación y se ha puesto de moda la negociación del “ganar ganar”. Una negociación es exitosa si todos quienes intervienen se mueven a un lugar diferente de su posición ideal, un lugar donde se sientan bien y obtengan beneficio. En la sociedad actual las sinergias son fundamentales para consolidar el desarrollo, las sinergias requieren que las fuerzas se unan, cediendo sus posiciones individuales y trabajando por un objetivo en común. Un buen líder sabe que, para cumplir sus objetivos, necesita de un equipo de trabajo convencido, comprometido y preparado para los retos. Pero también un líder necesita de un entorno amigable, recordemos que una planta puede crecer en un ambiente hostil y hasta dar frutos, pero si el entorno le ayuda, esa

planta será una máquina de entregar frutos de calidad. Un líder no debe ser egoísta, debe ser empático, debe aprender a ceder y debe ser humilde en el triunfo. Con preocupación escuché hace pocos días a un político decir (palabras más, palabras menos) “si yo gano tú me apoyas, si tú ganas olvídate de mi apoyo”, así no se construye país, así no se tienden puentes. El País necesita unirse, necesita bajar el nivel de confrontación, la grave pandemia, la gran crisis económica y los temas fundamentales que afrontamos como sociedad no se superarán con indivualismos, no se lograrán con construir muros, no se conseguirán con sectarismos, con creer que solo yo y mis seguidores somos los buenos y los otros son los malos. La convivencia y el hacer país

nos exige acompañar a quien lidera al Estado, trabajar de la mano todos y ser tolerantes con el que piensa diferente. Existen muchos artículos escritos sobre las cualidades que debe tener un líder, yo me quedo con las siguientes: Un líder debe saber escuchar, no solo a quienes piensan como él, sobre todo a quienes piensan diferente. Un líder debe tener flexibilidad para adaptar su estilo de liderazgo a la sociedad que dirige, una sociedad es cambiante y sus líderes deben saberlo. Un líder debe ser honesto y cuando digo honesto no me refiero únicamente a no robar, me refiero a saber sus limitaciones y dejarse ayudar. Hago votos porque esta búsqueda de un líder nacional nos una, nos haga más tolerantes y nos permita tomar las mejores decisiones.

de la letra. Mientras en los recintos electorales se contaban los votos y enviaban las actas a los organismos provinciales y nacional del CNE, en la plataforma se subían resultados distintos en perjuicio de Yaku Pérez. El viernes 12 de febrero ante la serie de dudas y atropellos a la frágil democracia ecuatoriana, los candidatos Yaku Pérez y Guillermo Lasso, con la presencia de observadores de la OEA y el pleno del CNE lograron un acuerdo para el recuento del 100% de votos en la provincia del Guayas y del 50% en otras 16. Sin embargo, Guillermo Lasso quebrantó el acuerdo y seguidamente Diana Atamaint presidenta del CNE junto a los demás consejeros dieron marcha atrás. Así lo que circulaba de boca en boca, hizo crecer la incertidumbre y confirmaba el fraude en contra

de Yaku Pérez, torciendo la voluntad popular. En estas circunstancias, la Ecuarunari junto a varias organizaciones gremiales y sociales, inició desde Loja “una marcha por la paz en democracia” rumbo a la ciudad de Quito, para “exigir el recuento de votos y no permitir un fraude forjado desde el Consejo Nacional Electoral a favor de los candidatos Arauz y Lasso”, o lo que es lo mismo, a favor de Rafael Correa y la derecha progresista entre comillas como se han dado en llamar últimamente. La tarea es forjar la unidad, para defender la democracia y enderezar el país, rescatar la institucionalidad, eliminar la corrupción, recuperar el dinero robado, reestructurar el sistema de salud y la economía a fin de sacar de la pobreza a millones de ecuatorianos.

Marcha por la paz en democracia Rafael

Riofrío

rafaelsfa@hotmail.com

En el Ecuador, la democracia es una catedra inconclusa, la revolución correísta en complicidad con la derecha dispuso la conciliación de clases a su favor. A esta situación antidemócrata y cuasi dictatorial nos condujo el expresidente Correa, quien disfrazado del ropaje moderno del absolutismo monárquico de “yo soy el jefe de todos los poderes”, convirtió en utopía la independencia de poderes. Disfraz que le sirvió para institucionalizar la corrupción e intentar perpetrarse en el gobierno. No conozco precedentes de inconformidad en los resultados de elecciones para la presidencia del Ecuador, a tal punto, que se han creado

dudas y la idea de un fraude anunciado. Duda sembrada desde el mismo día del nombramiento y posesión de los consejeros del Consejo Nacional Electoral, quienes por más que se esfuerzan, lo único que han conseguido con sus acciones, es que el pueblo no se sienta representado por ellos, ya que en ellos solo cabe el acatamiento a los grupos de poder. Sobre el pasado proceso electoral se ciernen graves denuncias de haber trastocado los resultados de las elecciones. Esta vez no fueron los apagones, ahora se aplicó la frase atribuida a Josef Stalin, de que “las elecciones las ganan quienes cuentan los votos”. Emulando a la “Guga Ayala”, Rafael Correa vaticinó que los candidatos Arauz y Lasso desplazarían a Yaku Pérez al tercer lugar; la profecía del Mashi se cumplió al pie


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Opinión

Ecuador país de las maravilllas Campos

Ortega

campolin2010@hotmail.com

Alicia en el país de la maravillas, es el conocido libro de Lewis Carroll, donde narra cómo Alicia, la protagonista principal enfrenta una serie de aventuras y difíciles situaciones que debe resolver con inteligencia e ingenio. Sin embargo, hasta una heroína de cuento puede llegar a sentir una terrible frustración ante ciertas circunstancias como aquella en que el sonriente gato de Cheshire le comunica que en este país están locos y la Duquesa -un poco menos exagerada que el gato- confirma que al menos la mitad de la población esta rayada. Si el autor citado habría situado su obra en este nuestro país de las maravillas en los actuales momentos, el Gato de Cheshire habría estado totalmente en lo cierto y Alicia habría vivido las más inverosímiles situaciones en medio de lo que aparenta ser una locura generalizada. Así es, locos debemos estar los ecuatorianos puesto que sin inmutarnos aceptamos todo lo que vemos suceder a nuestro alrededor como la cosa más normal del mundo. Aunque no contamos con el sutil ingenio del famoso Gato y su habilidad para el juego de palabras, bien podríamos tratar al menos de analizar qué es lo que está pasando y a qué se debe esta epidemia de locura. ¿Será acaso, nosotros, que somos la mayoría los que hemos perdido la razón o tenemos razón al pensar que la única cuerda “floja” es la del reloj? Aquella famosa frase, lema de un sanatorio para enfermos mentales: “no están todos los que son, ni son todos los que están” es muy ilustrativa de lo difícil que a veces puede ser detectar quién mismo es el que esta fuera de foco. De allí que sea en ocasiones mejor “hacerse el loco” para de esta forma evitarse males mayores. Sería de todas maneras interesante tratar al menos en “chiquis” de analizar un poco las últimas locuras colectivas y a sus fieles seguidores

en torno al escándalo político que protagonizan: El Consejo Nacional Electoral del Ecuador, los partidos políticos: Creo y su líder Guillermo Lasso y Packakutik con su líder: Yaku Pérez, que exige el conteo total de votos de la elección para Presidente del Ecuador, por cuanto al decir de él hay fraude, y el otro candidato Lasso, que exige sé proceda de acuerdo a lo que señala la Ley Si todos recordamos, todos absolutamente todos los candidatos a la Presidencia y Asambleístas fueron elegidos en las urnas, mediante el voto popular, por el pueblo soberano y digno, y por lo mismo los ecuatorianos, incluyendo a los políticos, debemos respetar la decisión ciudadana, por ello consideramos fuera de foco la campaña de guerra fría, de los políticos que se niegan aceptar los resultados, constituye una acción que consideramos pueda ser un poco anacrónica, en término de campaña negativa, que no contribuye en nada a la Democracia. Para poder saber de qué lado está la cordura y de cual la sinrazón, quizás sea ilustrativo reproducir otro episodio de la historia de Alicia cuando trataba de determinar, ante las mutuas acusaciones de locura que se hacían el Lagarto y la Oruga, quien tenía la razón: “La Oruga cree que tanto ella como el Lagarto están locos. Si la Oruga fuera cuerda sería falso que ella y el Lagarto estuvieran locos, por tanto la Oruga (al estar cuerda) no podría creer este hecho falso. Por consiguiente la Oruga debe estar loca. Como está loca, su creencia está equivocada, así que no es verdad que estén locos ambos. De modo que el otro (el Lagarto) debe estar cuerdo. La Oruga está loca y el Lagarto está cuerdo” De manera que si una entidad social o política se toma la molestia de buscar mejoras para todos los ecuatorianos, deben y tienen que reconocer las reglas del juego y sumarse a la mayoría que merece el respeto y apoyo de todos quienes pensamos estar, al menos, algo cuerdos, para salir adelante con la lid electoral. Así sea.

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ENTRE BROMA Y EN SERIO Efrén

Sarango

efrensarangopalacios@gmail.com

El próximo campeonato de fútbol Ya se alistan los conjuntos de segunda y de primera para entrarle a la carrera en procura de los puntos. Los millones invertidos son la prueba más palmaria de solvencia monetaria o de préstamos vencidos. Ya se alistan los quiteños, los de El Oro, los guayacos, los amigos, los morlacos, positivos y risueños. Ya se alista nuestra Liga a luchar con gran denuedo a decirnos: “yo sí puedo” trabajando como hormiga. Los contratos son a diario y el billete va saliendo, el bolsillo va sonriendo con un tinte lapidario. Los promesas de trabajo son la fruta edulcorada que persiguen las hinchadas calle arriba, calle abajo. Lo quieren el dirigente es entrega y buenas metas, es sudar la camiseta sin posturas displicentes. De seguro que la hinchada volverá con alegría por el ZOOM en pocos días con el alma renovada. Los señores futbolistas de seguro que se entregan con pasión y no doblegan sus anhelos optimistas. Este asunto se resuelve entre todos, mis bonitos; o nos vamos derechito al panteón y se disuelve. Lic. Ismael E. Betancourt, DIRECTOR Ing. Paola Betancourt Mora, GERENTE Teléf.: (+5937) 2732003 Cel.: 0997262566 - 0992416701

Pasaje Cinchona Nro.207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay (Sector 24 de Mayo) gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec / www.cronica.com.ec

El editorial es la opinión oficial de Crónica. Los artículos periodísticos y caricatura que contienen nombres y apellidos son el pensamiento de sus autores y reflejan criterios de pluralidad e independencia de este Diario.

Fundado el 1 de Noviembre de 1979


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La valiente diáspora lojana Santiago

Armijos V.

safaarva@gmail.com

Por la masiva utilización de las redes sociales, llámese Facebook, Instagram, Twitter; he podido dimensionar el gran número de paisanos ausentes de Loja; quienes, desde hace años y décadas, han decidido residir en otras latitudes en la búsqueda permanente y justificada de mejores días y oportunidades. Unos lo han hecho en Quito, Guayaquil, Santo Domingo, Machala y demás ciudades ecuatorianas; y otros, en lejanos países como España, EE. UU., Italia, Canadá y Reino Unido. La gran mayoría ha logrado surgir y progresar personal, patrimonial y profesionalmente como resultado de enormes sacrificios, de su valentía inquebrantable y de sus ganas incontenibles de trabajar y forjarse un destino de triunfo. Muchos han formado familias junto a connacionales o extranjeros, han forjado destacadas carreras universitarias y han triunfado en actividades comerciales y empresariales; lo cual, les ha impuesto, en muchos casos, la necesidad de ausentarse de Loja para siempre. ¿Por qué se fueron? o ¿por qué no han regresado? Hay muchas razones y motivos, pero principalmente por los grandes desastres sociales provocados, en gran medida, por la necia, irresponsable y errónea gestión pública de los

gobiernos centrales de turno y de los diferentes gobiernos seccionales. A esto se suma el hecho de que nuestra tierra ha sido y sigue siendo una de las provincias más apartadas, olvidadas y afectadas por la indolencia del poder centralista que, lamentablemente, impera en el Ecuador. Por todo esto, siempre que entablo conversaciones -sea presencial o virtual- con algunos de mis valientes coterráneos ausentes, sueño en cómo sería Loja con su presencia, con su contingente, con su ingenio y con su voluntad para sacarla adelante. Sin embargo, me ubico en la realidad y tomo consciencia de que nuestra hermosa y entrañable campiña, dadas las características socio políticas y económicas que la afectan; siempre ha estado disminuida por las limitaciones propias de una ciudad de provincia alejada del poder central. De ahí, la importancia y necesidad de que muchos hijos de Loja se hayan atrevido a vivir y trabajar en otros países y ciudades porque al hacerlo; no solo que han tenido la posibilidad de expandir sus conocimientos y crecer económicamente, sino que han podido demostrar que todo es posible en el teatro de la existencia cuando las metas y objetivos se riegan con los nutrientes de la acción, la superación, la honestidad y el esfuerzo. Precisamente por ello, me alegra en partida doble, cuando mis conciudadanos que se fueron, a pesar de los triunfos alcanzados fuera del terruño y desafiando el implacable paso del tiempo; jamás olvidaron

Pero allá tengo todo, mi ayer, mi hoy, mi futuro./ allá lo tengo todo, mi ayer, mi hoy, mi futuro/ Quiero partir, quiero partir…/.

sus raíces, ni a la tierra que los vio nacer; y, al contrario; han regresado y siguen regresando a Loja para respirar con el gran cariño de siempre, los mismos vientos que inflaron los pulmones de su niñez, de su juventud y de sus más entrañables querencias. Estoy seguro que al hacerlo, dan sentido y honran con afectividad esa fabulosa receta lojana para sanar el alma contenida en el poema: Canción del Retorno de Benjamín Carrión Mora, en la que, con afecto y sabiduría se identifica el antídoto para curar el mal de corazón que se produce cuando se extraña a la patria chica:

La sonrisa de amor de la hermana,/ el perfume de rosas del huerto,/ la paz provinciana,/ el tañer de la vieja campana/ la elegía del pasado ya muerto…/ Voy a bañar mi espíritu en la ciudad querida/ donde nació la vida/ mi verso y mi oración…/ El sol y el agua aldeanos remediarán la herida/ y volveré curado del mal de corazón…/”.

“Voy a volver bañando mi espíritu en la aldea/ allá tengo agua clara de la fuente/ y buen sol, allá alardea/ mejor sus buenas eras del poniente,/ y allá, tranquilamente,/ sin un dolor, sin una idea-/ viviré mi vivir, sencillamente…/.

Por este mal trazado artículo, rindo mi homenaje de admiración a todos y cada uno de mis coterráneos valientes; quienes, pese a vivir ausentes de Loja y sin importar cuan grandes han sido sus logros conseguidos en lejanos parajes; siguen teniéndola presente en su corazón, amándola e identificándose con sus problemas, angustias y sueños. No se trata de chovinismo alguno; simplemente lo hacen como el producto de un espontáneo latir del corazón que se identifica con la tierra sencilla y pequeña, en la que abrieron sus ojos por primera vez para absorver el caudaloso afecto de los padres, de los ancestros, de los hermanos y de los amigos de la infancia y de la juventud.

Un paréntesis claro al dolor y a la vida,/ Un paréntesis fresco al amor…/ La beatitud aldeana al buen soñar convida,/ soñaré con la historia de la infancia perdida…/ El sol y el agua aldeanos remediarán la herida,/ Y volveré curado del mal de corazón…/. Volveré...Si. Unos ojos dormidos en regozo oscuro,/ fijan en mí sus largas miradas al partir…/

COVID-19 Casos confirmados por cantón CASOS

9.727 900 8.541 286 Positivos

Activos

Recuperados

Fecha de corte: Jueves 18 de febrero de 2021 Fuente: Ministerio de Salud Pública

SARAGURO

Fallecidos

293

MUESTRAS

27.150 16.854 569 Tomadas

Negativas

27

En espera

AISLAMIENTOS

1.678 2.945

Personas en CERCO Epidemiológico

Personas en A.P.O.

7.318

CHAGUARPAMBA

114

860

102

PINDAL

Edad

Contagiados

0-11 meses

22

1-4 años

56

5 - 9 años

93

10 -14 años

209

15 - 19 años

352

20 - 49 años

5.996

50 - 64 años

1.712

más de 65 años

1.287

OLMEDO

PUYANGO

Personas en aislamiento domiciliario

Provincia de Loja Casos positivos por rango de edades

10

386

ZAPOTILLO

GONZANAMA

SOZORANGA

606 48 MACARA

274

33

107 CELICA

113

PALTAS

CATAMAYO

221 CALVAS

7

QUILANGA

68 PROVINCIA DE LOJA / CONTAGIOS POR GÉNERO

5.006 Hombres

4.721 Mujeres

ESPINDOLA

LOJA


E

www.

Entretenimiento

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Acuario

Nace Cristina Fernández de Kirchner, primera mujer elegida presidente de Argentina

Enero 20 a febrero 19 Quizá no tengas muchas ganas, pero no debes descuidar tu imagen ya que puede ser importante a la hora de rehacer ciertos aspectos de tu vida privada o incluso profesional. Pon cuidado en ello e intenta disfrutar con una renovación.

El 19 de febrero de 1953 nacía en La Plata, Provincia de Buenos Aires, la política, abogada Cristina Fernández de Kirchner. Cursó sus estudios de derecho en la Universidad Nacional de la Plata. Allí conoció al que sería su esposo, Néstor Kirchner (1950-2010), presidente de la Argentina entre 2003 y 2007. Durante la dictadura militar de Jorge Videla, Cristina y Néstor decidieron trasladarse a la Santa Cruz, donde formaron un estudio jurídico. En 1989 fue electa diputada provincial de Santa Cruz y en 1995 senadora nacional de la misma provincia. Dos años después renunció, y pasó a ocupar el cargo de diputada nacional por Santa Cruz. En ambas instancias sostuvo fuertes diferencias con el gobierno de Carlos Saúl Menem. Desde 2001 a 2005 se desempeñó como presidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales. En 2005 fue elegida senadora por la provincia de Buenos Aires, cargo que ejerció hasta

Piscis

Febrero 20 a marzo 20 Recordarás algo que hiciste y que te supuso mucho esfuerzo pero también mucha recompensa. No creas que ya no eres capaz de hacerlo. Dentro de poco tendrás otra oportunidad muy interesante y lo más importante es que sepas aprovecharla.

Aries el año 2007, cuando se convirtió en la primera mujer en ganar las elecciones presidenciales del país. De su mandato se destacan medidas como la reestatización de la empresa YPF, la Ley de Matrimonio Igualitario y la Asignación Universal por Hijo. En las elecciones presidenciales de 2011, con el 54,11% de los votos, accedió a un segundo mandato.

Además...

La masacre de Ramree: 900 soldados devorados por cocodrilos en la Segunda Guerra Mundial

Horacio Silvestre Quiroga Corteza, nació en Salto, Uruguay el 31 de diciembre de 1878 notable cuentista, dramaturgo y poeta uruguayo. Fue el maestro del cuento latinoamericano, de prosa vívida, naturalista y modernista. La vida de Quiroga, marcada por la tragedia, los accidentes de caza y los suicidios, culminó por decisión propia el 19 de febrero de 1937, al beber voluntariamente un vaso de cianuro en un hospital de Buenos Aires - Argentina a los 58 años de edad. Quiroga se sintió atraído por temas que abarcaban los aspectos más extraños de la Naturaleza, a menudo teñidos de horror, enfermedad y sufrimiento para los seres humanos. Muchos de sus relatos pertenecen a esta corriente, cuya obra más emblemática es la colección Cuentos de amor de locura y de muerte (1917). Entre sus más destacados trabajos también se encuentran: Arrecifes de coral (poesía 1901), Historia de un amor turbio (novela 1908), Anaconda (cuentos 1921) y Los desterrados (cuentos 1926).

En 1945 tuvo lugar una de las peores tragedias causadas por animales de la historia. Tropas británicas atacaron una base militar, ocupada por fuerzas japonesas desde 1942, en la isla de Ramree, Birmania. Tras la victoria aliada, los nipones prefirieron escapar por la jungla antes que entregarse como prisioneros. Un batallón formado por casi 100 soldados japoneses emprendió la retirada hacia el interior de la isla por un pantano. Al caer el sol comenzó la masacre: miles de cocodrilos de agua salada, los reptiles más grandes y agresivos del mundo, atacaron a los hombres. El naturalista y soldado británico Bruce Wright describió la terrorífica escena: “La noche del 19 de febrero de 1945 fue la más terrible que los miembros de los Royal Marines hemos experimentado. Los reiterados disparos de rifle en el negro pantano acompañaban los alaridos de hombres destrozados entre las mandíbulas de enormes reptiles y el sonido de los cocodrilos girando en el agua, realizaban una cacofonía infernal que rara vez fue duplicada en la Tierra. Al amanecer los buitres llegaron para limpiar lo que los cocodrilos habían dejado…de los casi 1.000 soldados japoneses que se internaron en los pantanos de Ramree, sólo 20 fueron hallados con vida”.

Fuente: https://latam.historyplay.tv/hoy-en-la-historia

Viernes 19 de Febrero de 2021 San Gabino FARMACIAS DE TURNO DEL 13 DE FEBRERO AL 20 DE FEBRERO DE 2021

SU BIENESTAR FARMACIAS FARMAMEDICA FARMACIA SAN VICENTE SAN GREGORIO FARMACIA LA PRADERA FARMACIA MIPHARMA FARMACIAS CRUZ AZUL MEDI HOSPITAL

DIRECCIÓN AV. PIO JARAMILLO ALVARADO Y JOSE MARIA PEÑA AV 08 DE DICIEMBRE SN Y VICENTE RAMON ROCA AV. UNIVERSITARIA NUMERO: SN INTERSECCION: IMBABURA Y QUITO CALLE: ARTURO ARMIJOS AYALA NUMERO: SN INTERSECCION: CANOA CALLE: ROMERILLOS NUMERO: 2380 INTERSECCION: CIPRES LEOPOLDO PALACIOS NUMERO: 1370 INTERSECCION: BERNARDO VALDIVIESO CALLE: JUAN JOSE PEÑA NUMERO: S/N INTERSECCION: LOURDES ESQUINA AV. EUGENIO ESPEJO SN SHUARAS

Marzo 21 a abril 20 Sabrás organizar a la perfección algo que te solicitan en el trabajo e incluso solventarás algunos problemas que se presenten sobre la marcha. Esto te va a generar una imagen excelente delante de alguien con poder. Exhíbela sin ninguna modestia.

Tauro

Abril 21 a mayo 20 Descubrir lo que piensa alguien de ti no te va a hacer mucha gracia porque te darás cuenta de que no te tiene en tanta estima como suponías. Alguien te descubre la verdad, pero debes disimular todo lo que puedas y no llevarte un disgusto tonto.

Géminis

Mayo 21 a junio 21 La luna creciente en tu signo hoy te va a dotar de una nueva manera de mirar las cosas, y te atraerá todo lo que sea distinto o diferente, en cualquier sentido. Observa bien todo lo que sucede. Lo misterioso o el lado oscuro te interesará.

Cáncer

Junio 22 a julio 23 Te dedicarás a hacer algo que te trae paz y puede ser que sea algo muy simple como cocinar o escuchar música que te lleve mentalmente a un lugar relajante. Eso también contribuye a tu descanso espiritual y aunque no lo creas, incluso físico.

Leo

Julio 24 a agosto 23 Te interesa hoy descansar, dar carpetazo cuanto antes a cualquier asunto del trabajo o incluso si no estás en él, a cualquier tema farragoso o pesado. Tu mente necesita despejarse y no pensar en nada. Prueba con la meditación, te vendrá bien.

Virgo

Agosto 24 a Septiembre 23 Si te planteas vender algún bien porque necesitas efectivo, debes de no precipitarte en absoluto ya que alguien puede tratar de aprovecharse de ti. Ve con cuidado y pide una opinión sincera. Si es necesario, contrata a alguien experto.

Libra

Septiembre 24 a octubre 23 Estarás con la energía en ascenso, con ganas de hacer cosas y con la imaginación muy activa e inspirada. Esto te hará pasar un día muy entretenido en el que tendrás una sensación de plenitud. Aprovecha para renovar tu entorno más cercano.

Calendario Santoral

NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO

21

Horóscopo

Hoy en la historia...

Se suicidó el escritor uruguayo Horacio Quiroga

VIERNES 19 DE FEBRERO DE 2021

TELÉFONO 981058561 984076051 967005488 2547586 2564092 72565949 4103162 2580515

Escorpio

Octubre 24 a nov. 22 Esperabas este día con mucha ilusión porque vas a ver a alguien a quien echabas de menos y lo vivirás todo con mucha pasión. Tendrás la oportunidad de establecer una relación afectiva o una aventura. Déjate llevar, disfruta sin tensiones.

Sagitario

Noviembre 23 a dic. 21 Hacerse ilusiones con algo que no es real es la mejor manera de llevarse un chasco. Si se trata de alguien que has conocido hace poco o por un app, ten cuidado y vigila que lo que aparenta sea cierto. Tener precaución no significa desconfiar.

Capricornio

Diciembre 22 a Enero 19 Si te marcas una estrategia para hacer algo profesional, como intentar mantenerte donde estás ahora, lo debes hacer con cuidado y procurando no perjudicar a nadie, Eso es muy importante para tu futuro porque con el tiempo, todo se sabe.


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VIERNES 19 DE FEBRERO DE 2021

Judiciales

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos y del causante EDUARDO PACHECO BRITO que en extracto es como sigue: ACTOR: CASTILLO CARMEN y otros. DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de los causantes EDUARDO PACHECO BRITO. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00198 JUEZ: Dr. Luis Patricio Jaramillo Reyes “…Loja, jueves 21 de enero del 2021, las 10h13, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, Provincia de Loja, conforme a la Acción de Personal Nro.2894-DP11-2019-FA, de fecha 02 diciembre 2019, que me traslada a esta Unidad Judicial.- En lo principal, la solicitud de inventario de bienes sucesorios presentada por: CARMEN CASTILLO (Cónyuge sobreviviente) RUTH ENITH PACHECO CASTILLO; JACKELINE PACHECO CASTILLO; HENRY EDUARDO PACHECO CASTILLO es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la solicitud y se admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP, por lo que se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Por el fallecimiento del señor EDUARDO PACHECO BRITO, conforme consta de la partida de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de sus bienes sucesorios, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección de un perito que será designado oportunamente por esta Unidad Judicial. SEGUNDO.Cuéntese en éste proceso con los comparecientes: 2.1. CARMEN CASTILLO (Cónyuge sobreviviente) y sus hijos RUTH ENITH PACHECO CASTILLO; JACKELINE PACHECO CASTILLO; HENRY EDUARDO PACHECO CASTILLO. 2.2.- Con los herederos presuntos y desconocidos del causante señor EDUARDO PACHECO BRITO; a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicación, esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58, en concordancia a lo señalado en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el

extracto respectivo. Los accionados de conformidad a la ley, podrán oponerse al procedimiento hasta antes de convocarse a la audiencia correspondiente. 2.3.- Por haberlo solicitado cuéntese en el proceso con el señor Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal; y, con el Director del Servicio de Rentas Internas a quienes se los notificará en las oficinas institucionales señaladas en la solicitud. TERCERO.- 3.1.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya producción y pertinencia se resolverá en audiencia. CUARTO.- En cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que conceden los peticionarios a su defensora técnica.- QUINTO.- Téngase en cuenta la designación en calidad de procuradora común de la señora RUTH ENITH PACHECO CASTILLO, conforme el Art 37 del COGEP.- Agréguese a los autos la documentación adjunta.NOTIFÍQUESE.-…”.-Firma Ilegible.- DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 22 de enero del 2021. Dr. Manuel Eduardo Lozada Ramirez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4815 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA CON SEDE EN EL CANTON SARAGURO CITACIÓN JUDICIAL CITO: con el contenido del escrito de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de la causante, MARÍA CARMELINA PAGUAY YANSAGUANA, el mismo que en extracto comprende lo siguiente: ACTOR: Jorge Eduardo Guamán Paguay y otros. DEMANDADOS: Herederos Presuntos y Desconocidos de la causante María Carmelina Paguay Yansaguana. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios. TRAMITE: Voluntario. JUICIO Nro.: 11313-2020-00544. JUEZ: Dr. Shubert Omar Castro Tamay. AUTO DE ACEPTACIÓN.- Saraguro, lunes 11 de enero del 2021, las 09h33, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi condición de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente con Sede en el Cantón Saraguro, y en virtud del sorteo de ley.- En lo principal, por cumplir con las exigencias señaladas en los Arts. 142 y 143 del Código General de Procesos, se considera que la demanda de inventarios que antecede propuesta por los señores: JORGE EDUARDO GUAMÁN PAGUAY, ÁNGEL AUGUSTO GUAMÁN PAGUAY, CARMEN MATILDE GUAMÁN PAGUAY, TERESITA DE JESÚS GUAMÁN PAGUAY, Y MELINA MAGDALENA PAGUAY ORDOÑEZ, es clara

y completa, por lo que se la califica y se la admite al trámite del PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO establecido en el Art. 335 del indicado Cuerpo de Leyes; por lo tanto se declara abierta la sucesión intestada de los bienes hereditarios de quien en vida se llamó ron MARIA CARMELINA PAGUAY YANSAGUANA, bienes de los cuales se formará el correspondiente inventario y avalúo de los mismos, a través del perito o peritos que resulten nombrados para el efecto, conforme lo dispone el art 341 del COGEP. Cuéntese en el procedimiento con los comparecientes, en sus calidades de hijos de la extinta, a excepción de la compareciente Melina Magdalena Paguay Ordóñez, quien es hija del extinto Jaime Rolando Paguay, hijo a su vez de la misma causante.- Cuéntese así mismo con los herederos presuntos y desconocidos de la causante María Carmelina Paguay Yansaguana y del Sr. Jaime Rolando Paguay. Se contará además con el señor Director Provincial del Servicio de Rentas Internas con sede en la ciudad de Loja, funcionario que será citado mediante deprecatorio a enviarse a uno de los señores Jueces de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la misma ciudad, ofreciéndole reciprocidad en casos similares. Del mismo modo se contará con los señores: Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del Cantón Saraguro, quienes serán citados a través del funcionario de citaciones de esta unidad judicial.- Cítese a los herederos y funcionarios llamados a intervenir en los lugares y forma indicados en la demanda, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial en esta unidad judicial para sus notificaciones. A los herederos presuntos y desconocidos de los fallecidos, se dispone citarlos a través de publicaciones que se efectuarán en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en la ciudad de Loja, en la forma prevista en el Art. 56 del COGEP.- Se tendrá en cuenta para contestar la demanda el plazo previsto en la misma norma legal indicada.- Téngase en cuenta la prueba que anuncian las accionantes para la audiencia respectiva. En cuenta también el domicilio judicial que señalan para recibir notificaciones, y la autorización que confieren a su defensora. En cuenta también la designación de procurador común que hacen en persona de la co accionante Carmen Matilde Guamán Paguay, con quien se contará en su representación.Agréguese a los autos la demanda y los documentos aparejados.- HAGASE SABER.- Particular que se pone en conocimiento de los interesados y del público en general. Saraguro, 05 de febrero del 2021. Dr. Darwin René Morocho Celi. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPTENTE DEL CANTON SARAGURO P/F4817 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN

www. EL CANTON CALVAS PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL. CITO.- A los herederos, presuntos; y, desconocidos de la causante BLANCA OLIVIA AGUILAR LOAIZA con el contenido de la demanda, autos aceptación a trámite y demás constancias procesales de conformidad al Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos reformado por el Art. 12 de la Ley Orgánica Reformatoria del COGEP, cuyo contenido en extracto es como sigue: JUICIO NRO. 11335-2020-00499 MATERIA: FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA TIPO DE PROCESO: VOLUNTARIO ACCION: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. ACTOR: SALAZAR ROMERO KATY MARIBEL CUANTÍA: Indeterminada. JUEZ: Dr. Marco Vinicio Romero Ávila. Calvas, jueves 28 de enero del 2021, las 14h49, VISTOS: Dr. Marco Vinicio Romero Ávila, Mg. Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Calvas, provincia de Loja, en mérito del sorteo de ley, por radicada la competencia, y habiéndose cumplido con el requerimiento ordenado en el auto de sustanciación que inmediatamente antecede AVOCO conocimiento de la demanda de inventario de bienes sucesorios presentada por la señora Ab. SALAZAR ROMERO KATY MARIBEL, quien comparece por sus propios derechos, es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la admite al trámite VOLUNTARIO solicitado y determinado en los artículos 334 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por cuanto con la inscripción de defunción adjunta al libelo inicial se ha justificado el fallecimiento de quien en vida fue BLANCA OLIVIA AGUILAR LOAIZA; se dispone: I. Se declara abierta la sucesión hereditaria intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento; II. Procédase a la Facción de Inventarios y Avalúo de los Bienes de la Sucesión de BLANCA OLIVIA AGUILAR LOAIZA con la concurrencia de los herederos e interesados en la sucesión y del perito que oportunamente será nombrado por sorteo por el suscrito Juez. III.- Con el contenido de la demanda y auto de calificación de la misma, cítese a los demandados: a) LEONIDAS SEGUNDO SALAZAR NEIRA; MARIA OLIVIA SALAZAR AGUILAR; CESAR ALBERTO SALAZAR AGUILAR; PATRICIA SALAZAR AGUILAR; BLANCA OLIVIA SALAZAR AGUILAR; Y, CARMEN IRALDA SALAZAR AGUILAR, en la dirección indicada en la demanda mediante deprecatorio electrónico a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Quito D.M., provincia de Pichincha, ofreciendo reciprocidad en casos análogos, para el efecto remítase el despacho suficiente; b) SEGUNDO RODRIGO SALAZAR AGUILAR, en la dirección indicada en la demanda, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de ésta Unidad Judicial; y, c) ROMMEL FLORENCIO PARDO VALLADARES,

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en la dirección indicada en la demanda, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de ésta Unidad Judicial. IV. Por cuanto la accionante Ab. SALAZAR ROMERO KATY MARIBEL, ha declarado bajo juramento que pese a las averiguaciones realizadas le ha sido imposible determinar la individualidad y residencia o domicilio de los presuntos y desconocidos herederos de quien en vida fue BLANCA OLIVIA AGUILAR LOAIZA, es inoficioso acudir a los registros públicos para intentar recabar información de personas cuya identidad o individualidad se desconoce, por lo que resulta contradictorio al principio de celeridad, el requerir certificación alguna al Ministerio de Relaciones Exteriores; en tal virtud, a los herederos presuntos y desconocidos de quienes en vida fue BLANCA OLIVIA AGUILAR LOAIZA, en el marco de los Artículos 56 y 58 del Código General de Procesos, cíteselos con un extracto de la demanda inicial y este auto, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la provincia de Loja, con la prevención de que transcurridos veinte días contados desde la última publicación comenzará a transcurrir el término para contestar la demanda.- Confiérase el extracto respectivo; V.- Cuéntese: a) Con el Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal de Calvas, para lo cual se dispone que el citador asignado a esta Unidad Judicial realice la notificación correspondiente en sus despachos; b) Con el señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, a quien se le notificará con el contenido de la demanda y este auto mediante deprecatorio electrónico a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Loja, ofreciendo reciprocidad en casos análogos, para el efecto remítase el despacho suficiente; VI.- Se advierte a la parte citada de su obligación de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial Multicompetente con sede en cantón Calvas, y de conformidad al artículo 66 ibídem en concordancia con el Art. 56 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, señalen domicilio judicial electrónico en un correo electrónico, de un/a abogado/a, para futuras notificaciones; VII.- Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda y téngase en cuenta los medios de prueba que anuncia, sobre cuya pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la primera fase de la audiencia única a convocarse en el curso ulterior del procedimiento.Actúe el Dr. César Enríquez Loaiza, en calidad de Secretario (e) del despacho. CITESE Y NOTIFIQUESE. Cariamanga, 29 de Enero del 2021. Dr. César Enríquez Loaiza SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON CALVAS PROVINCIA DE LOJA P/F4818

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Judiciales UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL CITO con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales al demandado LEODAN ALCIDES RODRIGUEZ LEON, que en extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DE LOJA S.A. DEMANDADO: LEODAN ALCIDES RODRIGUEZ LEON OBJETO DE LA DEMANDA: Concurso de Acreedores (INSOLVENCIA) TRAMITE: Concursal CUANTIA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11333-2020-00061 JUEZ: Dr. Vinicio José Bravo Merchán Loja, miércoles 8 de enero del 2020, las 10h17, VISTOS: En lo principal, la demanda que antecede presentada por el Abogado Miguel Enrique Luna Bravo, en calidad de Procurador Judicial de Procesos del BANCO DE LOJA S.A., como justifica con la documentación que acompaña; en contra del señor LEODAN ALCIDES RODRIGUEZ LEON, es clara, completa y precisa, por cuanto reúne los requisitos de admisibilidad establecidos en el Libro V, Título II, Capítulo I, del Código Orgánico General de Procesos; y, sus artículos 142, 414, 416, 422 y 424; razón por la cual se la admite al trámite correspondiente.- De la documentación que se anexa en autos, se establece que en la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Loja, se sustanció el juicio ejecutivo signado con el No. 11333-2018-01856, seguido por la entidad accionante BANCO DE LOJA S.A. en contra del señor Leodan Alcides Rodríguez León, llegando al estado de haberse dictado mandamiento de ejecución, en donde el prenombrado accionado, dentro del término ordenado por la Juez de dicha causa, no ha pagado la obligación reclamada en primera, así como tampoco ha dimitido bienes para el cobro. La obligación que se reclama asciende a la cantidad de USD.8191,17 dólares; por tanto, se establece su INSOLVENCIA y como consecuencia, se declara haber lugar al concurso necesario, y para ello se ordena: a) Citar al accionado Leodan Alcides Rodríguez León, con copia de la demanda y auto en ella recaído, en el lugar señalado en el libelo de la demanda, citación que se realizará a través de la Oficina Técnica de Citaciones y Notificaciones; debiéndose indicar que la convocatoria a junta de acreedores tendrá lugar en la audiencia que se fijará en el momento procesal oportuno.- b) El demandado Leodan Alcides Rodríguez León, deberá presentar todos los documentos previstos en el artículo 421 de este Código Orgánico General de Procesos; esto es: 1. Una relación detallada de todos sus bienes y derechos; 2. Un estado de todas sus deudas con expresión de su procedencia, con el vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor y los libros de cuentas si los tiene; 3. Los títulos de crédito activos; 4. Una memoria sobre las causas de su presentación.- En virtud de lo actuado, por ser legal y procedente, se dispone: c) Citar en su domicilio a las o los acreedores, quienes quedan convocados a la junta de acreedores la misma que se realizará en la audiencia que se fije en forma oportuna.- d) En virtud del sorteo realizado a través del sistema SATJE, se designa como sindico al Ing. Boris Rafael Jiménez Punín, quien de conformidad con el artículo 434 del Código Orgánico General de Procesos y una vez notificado con este auto tiene el termino de 24 horas para que acepte o se excuse del nombramiento, la notificación al síndico deberá efectuarse una vez que haya sido citado el demandado y transcurrido el término dispuesto en el Art. 426 del COGEP. Se fija en doscientos cincuenta dólares de los Estados Unidos de América el honorario del síndico de quiebra. e) El embargo de todos los bienes muebles o inmuebles de propiedad del fallido Leodan Alcides Rodríguez León, conforme a las reglas generales establecidas en el presente Código.- f) Se ordena la anotación de la insolvencia del señor Leodan Alcides Rodríguez León, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura.- g) Se ordena la publicación del auto que declara haber lugar a la formación del concurso del fallido Leodan Alcides Rodríguez León en la página web del Consejo de la Judicatura.- h) Se ordena la acumulación de los procesos que contengan obligaciones pendientes en los que formen parte el fallido Leodan Alcides Rodríguez León.- i) Se ordena la inscripción en el Registro de la Propiedad del Cantón Loja, del auto que ordena la formación del concurso del fallido Leodan Alcides Rodríguez León.- j) Notifíquese a la Fiscalía General del Estado en esta

.com.ec ciudad de Loja, para que proceda a realizar las respectivas investigaciones que se determinan en la ley para este tipo de asuntos.- k) Se prohíbe que el deudor Leodan Alcides Rodríguez León, se ausente del territorio nacional, para lo cual hágase saber a la Dirección Nacional de Migración para que se cumpla con esta orden.- De conformidad con el numeral segundo del inciso primero del Art 424 del Código Orgánico General del Procesos, se declara LA INTERDICCION del deudor Leodan Alcides Rodríguez León, observándose las normas previstas en el Art. 423 del mismo cuerpo legal. No obstante, la declaración de haber lugar al concurso o a la quiebra, el deudor, en el término de diez días a partir de la citación con esta demanda y auto recaído en ella, podrá oponerse pagando la deuda, de conformidad con lo establecido en el artículo 426 ibídem. Téngase en cuenta la casilla judicial y los correos electrónicos que señala la parte actora para sus notificaciones. Agréguese a los autos la documentación presentada.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f ) ILEGIBLE Dr. Vinicio Bravo Merchán.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA.- OTRA PROVIDENCIA.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA.Loja, miércoles 3 de febrero del 2021, las 13h17, Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma.- En lo principal, y, Toda vez que la accionante Abogado Miguel Enrique Luna Bravo, en calidad de Procurador Judicial de Procesos del BANCO DE LOJA S.A, ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia del demandado: LEODAN ALCIDES RODRIGUEZ LEON., se dispone citarla por la prensa por uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Extiéndase el extracto respectivo para la publicación por el periódico.- Hágase saber.- Lo que comunico a usted para los fines de ley.Loja, 09 febrero 2021 Abg. Milton Filiberto Alvarado Alvarado SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA P/F4819 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a ARROBO ARMIJOS DUVAL MAURICIO, que en extracto es como sigue: ACTOR: LEON OCHOA LUCELIA ZENILDA DEMANDADO: ARROBO ARMIJOS DUVAL MAURICIO OBJETO: AUMENTO DE PENSIÓN ALIMENTICIA JUICIO: Nro. 11203-20142235 JUEZ: Dr. Víctor Santín Salazar. Loja, miércoles 23 de diciembre del 2020, las 11h54, VISTOS.- Dr. Víctor Santín Salazar Mgs, Juez de la Unidad Judicial de Familia Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Loja.- En lo principal, la demanda incidental Aumento de pensión alimenticia propuesta por la Sra. LUCELIA ZENILDA LEON OCHOA, en contra el Sr. DUVAL MAURICIO ARROBO ARMIJOS, que por reunir con los requisitos de ley, se la acepta al trámite SUMARIO establecido en el Art. 332 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos.- En consecuencia, para cumplir con la solemnidad de la citación al demandado en la dirección señalada en el libelo del incidente, para el efecto conforme el Art. 72 del Código Orgánico General de Procesos se DEPRECA a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de Familia Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsachilas, remítase un Deprecatorio Virtual, con suficiente despacho y en forma; ofreciéndole reciprocidad a la autoridad deprecada.- Se advierte al demandado la obligación de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior, dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito, en el término máximo de diez días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 151 del Código Orgánico General de Procesos, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos únicamente en los casos que se requiera la intervención

Publicidad de esta judicatura. Bajo prevención de proseguir en rebeldía por su falta de comparecencia. Tómese en consideración los anuncios de prueba que formula la actora en su libelo de demanda, cuya pertinencia utilidad y conducencia era debatida en la audiencia correspondiente.- Ofíciese al IESS en la forma que solicita, requiriendo a dicha institución que el termino de tres días entregue la documentación requerida.- Conforme lo previsto en el Art. 169 inciso cuarto del Código Orgánico General de Procesos, el alimentante, deberán justificar sus ingresos económicos.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción fijada por la compareciente, así como el correo electrónico señalados para sus notificaciones y la autorización concedida a su abogado defensor.- Agréguese a los autos la documentación adjunta.- Llámese a intervenir al Abg. Juan Carlos Mateus Jumbo como Secretario de Unidad Judicial.- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.OTRA PROVIDENCIA.- Loja, viernes 5 de febrero del 2021, las 09h29, Una vez que la parte actora bajo juramento ha declarado de que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado señor ARROBO ARMIJOS DUVAL MAURICIO, se dispone citarlo por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación existente en esta ciudad, con fundamento en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo.NOTIFÍQUESE.Loja, 05 de Febrero del 2021. Ab. Juan Carlos Mateus Jumbo. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F4820 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN MACARÁ PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes TEODORO VACA VEINTIMILLA y GUILLERMINA CHAMBA TORRES de conformidad al Art. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: ILDA MARIA VILLALTA CHAMBA, ROSA ELVIRA ORTIZ CHAMBA, MARIA MAGDALENA VACA CHAMBA y YOLANDA ARTEMIZA VACA CHAMBA. DEMANDADO: Herederos desconocidos y presuntos de los causantes TEODORO VACA VEINTIMILLA y GUILLERMINA CHAMBA TORRES TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA. INDERMINADA JUICIO: 11332-2021-00026 JUEZ: Dr. GUIDO RAÚL CASTILLO ABAD UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN MACARÁ, PROVINCIA DE LOJA.- Macara, miércoles 20 de enero del 2021, las 10h27, VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial, de conformidad con la Resolución NO. 102-2017 de fecha 17 de julio de 2017 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, que crea la Unidad Judicial Multi-competente con sede en el cantón Macará, provincia de Loja.- EN LO PRINCIPAL: El Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos a la letra dice: “Presentada la demanda, la o el juzgador, en el término máximo de cinco días, examinará si cumple los requisitos legales generales y especiales que sean aplicables al caso. Si los cumple, calificará, tramitará y dispondrá la práctica de las diligencias solicitadas.- Si la demanda no cumple con los requisitos previstos en este Código, la o el juzgador dispondrá que la o el actor la complete o aclare en el término de cinco días...”.- Revisada la solicitud, se observa que no cumple los requisitos señalados en los artículos 142 numeral 2, 7 y 13 y Art. 143 numeral 7 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, previo a admitir la solicitud a trámite se dispone que dentro del término de cinco días, el peticionario la complete y/o aclare específicamente en los siguientes requisitos: 1. Debe hacer constar todos los datos que estipula el numeral 2 del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos de los accionantes, en especial de la señora Yolanda Artemiza Vaca Chamba; 2. Debe adjuntar a la demanda las escrituras públicas del o los bienes inmuebles a inventariarse y avaluarse de manera que se acredite el dominio; de manera

VIERNES 19 DE FEBRERO DE 2021 que se dé cumplimiento a lo previsto en las normas antes indicadas, bajo prevenciones de ley.- Se llama a intervenir como Secretario al Ab. Manuel Eduardo Sauca Moncayo, conforme así ha sido dispuesto por Recursos Humanos de la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Loja.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Otro auto.- Macara, martes 2 de febrero del 2021, las 12h06, VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial, de conformidad con la Resolución NO. 102-2017 de fecha 17 de julio de 2017 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, que crea la Unidad Judicial Multi-competente con sede en el cantón Macará, provincia de Loja.- EN LO PRINCIPAL: Una vez que la parte actora ha aclarado y completado la demanda dentro del término legal concedido; La demanda presentada por los señores: ILDA MARIA VILLALTA CHAMBA, ROSA ELVIRA ORTIZ CHAMBA, MARIA MAGDALENA VACA CHAMBA y YOLANDA ARTEMIZA VACA CHAMBA; sobre juicio de INVENTARIO, se la califica de clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario acorde al Art. 334.4 del COGEP. En consecuencia con la acción propuesta se declara abierta la sucesión intestada de los bienes de los causantes TEODORO VACA VEINTIMILLA y GUILLERMINA CHAMBA TORRES, disponiéndose formar el alistamiento y avalúo de los mismos con la intervención de un perito que será designado oportunamente al inventario.- Cuéntese en este proceso con los comparecientes ILDA MARIA VILLALTA CHAMBA, ROSA ELVIRA ORTIZ CHAMBA, MARIA MAGDALENA VACA CHAMBA y YOLANDA ARTEMIZA VACA CHAMBA; sobre juicio de INVENTARIO; en su calidad de hijos, y herederos de los causantes, respectivamente. Cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Macará, a quienes se los citará en sus respectivos despachos, para lo cual se dispone que el expediente pase a manos del funcionario citador para su cumplimiento; además cuéntese con el señor Delegado de la Secretaría Regional del Servicio de Rentas Internas de Loja, a quien para su citación, se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, enviándole despacho en forma y ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. Cítese a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes TEODORO VACA VEINTIMILLA y GUILLERMINA CHAMBA TORRES, por la prensa conforme a lo estipulado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Loja por no existir diarios escritos en esta ciudad de Macará; y, considerando que en la actualidad la gran mayoría de diarios son digitales, y con la finalidad de garantizar aún más los derechos de los herederos presuntos o desconocidos que pudieran existir, publíquese también un extracto mediante transmisión de mensajes en una radiodifusora de la localidad conforme lo prescribe el Art. 56 numeral 2 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el Art. 58 ibídem.- Téngase en cuenta las pruebas anunciadas por los accionantes.- Se ordena la citación de todas las personas interesadas o de quienes puedan tener interés en el asunto de acuerdo a la información proporcionada en la solicitud.Agréguese la documentación que ha sido aparejada a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero y correo electrónico señalados para sus notificaciones; así como la designación de la Procuradora Común que hacen los accionantes en la persona de la señora Yolanda Artemiza Vaca Chamba, de conformidad con el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. AB. MILTON IGNACIO JARAMILLO GRANDA SECRETARIO DE LA UJM-MACARÁ. P/F4821 UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL EXTRACTO DE CITACIÓN Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales, a la demandada MANUEL SERVILIO ARMIJOS HERRERA, cuya demanda en extracto es como sigue: Actor: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO VICENTINA “MANUEL ESTE-

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BAN GODOY ORTEGA” LTDA. Demandados: MANUEL SERVILIO ARMIJOS HERRERA y FLEYDI VERONICA CUEVA ANDRADE. Objeto de la demanda: Cobro de Dinero con fundamento en Pagare a la Orden Trámite de la demanda: Procedimiento Ordinario. Cuantía: $ 12.374.27 Juicio Nro. 11333-2020-01573. Juez: Dr. Vinicio José Bravo Merchán AUTO: Loja, lunes 7 de septiembre del 2020, las 16h04, VISTOS: Avoco conocimiento de la presenta causa en legal y debida forma.- En lo principal, revisada la demanda presentada se observa que no cumple con los requisitos señalados en el artículo 142 numeral 9 del Código Orgánico General de Procesos. Por lo expuesto, previo a admitir la demanda a trámite, de acuerdo a lo establecido en el artículo 146 del COGEP, inciso segundo, se dispone que dentro del término de cinco días, el accionante la complete y aclare, específicamente en: Art. 142: Numeral 9, determinar la pretensión en forma clara y precisa; debiendo solicitarla en base a la narración de los hechos y a los documentos base de la acción; de manera que se dé cumplimiento a lo previsto en las normas antes indicadas, bajo prevenciones de ley. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) DR. VINICIO JOSE BRAVO MERCHAN, JUEZ.- Otro Auto: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, jueves 17 de septiembre del 2020, las 10h36, VISTOS: Habiéndose dado cumplimiento al auto de sustanciación, se determina que la demanda que antecede presentada por el Dr. Alberto Geovanny Bustos Parra, en su calidad de Gerente de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO VICENTINA “MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA” LTDA., en contra de los señores, MANUEL SERVILIO ARMIJOS HERRERA y FLEYDI VERONICA CUEVA ANDRADE; cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. Se ordena la citación de los demandados Manuel Servilio Armijos Herrera y Fleydi Verónica Cueva Andrade, en el domicilio señalado, para lo cual se comisiona al Teniente Político de la Parroquia Timbara, cantón Zamora, Provincia de Zamora Chinchipe, a quién se remitirá despacho en forma.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados, el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) DR. VINICIO JOSE BRAVO MERCHAN, JUEZ.- Otro Auto: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, viernes 11 de diciembre del 2020, las 16h02, Vista la petición que antecede se dispone: 1.- Por cuanto de manera inadvertida en el auto de fecha miércoles 2 de diciembre del 2020, las 13h54, se ha hecho constar el primer nombre del demandante como Jaime Ernesto Hurtado Reyes, amparado en lo que determina el numeral 8 del Art. 130 de Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida el referido auto, en el sentido de que el nombre correcto del accionante es JAMIL ERNESTO HURTADO REYES, Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Vicentina Manuel Esteban Godoy Ortega Ltda.- En lo demás, se estará a lo dispuesto; 2.- Toda vez que el demandante Dr. Jamil Ernesto Hurtado Reyes en su calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Vicentina “Manuel Esteban Godoy Ortega” LTDA., ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia del demandado: MANUEL SERVILIO ARMIJOS HERRERA, se dispone citarlo por la prensa por uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.Extiéndase el extracto respectivo para la publicación en el periódico.- Hágase saber.- Lo que comunico a usted para los fines de ley.Loja, 21 diciembre 2020 Abg. Milton Filiberto Alvarado Alvarado SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA P/F4822


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VIERNES 19 DE FEBRERO DE 2021

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DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes MANUEL ENCARNACIÓN CHUNCHO e ISABEL PUGLLA MACAS, que en extracto es como sigue: ACTORES: SEGUNDO MANUEL CHUNCHO PUGLLA, JOSÉ GONZALO CHUNCHO PUGLLA, LUIS MARCELO CHUNCHO PUGLLA, CESAR AUGUSTO CHUNCHO PUGLLA DEMANDADO: Herederos presuntos y desconocidos de los causantes MANUEL ENCARNACIÓN CHUNCHO e ISABEL PUGLLA MACAS. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario. TRÁMITE: Voluntario. CUANTÍA: Indeterminada. JUICIO: Nro. 11203-2021-00299 JUEZ: Dr. David Alberto Astudillo Celi. AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.“UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NINEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, viernes 5 de febrero del 2021, las 12h24, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente demanda en calidad Juez Titular de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Loja, designado mediante acción de personal Nro. 3645-DP11-2016-FA, de fecha 15 de noviembre del 2016.- En lo principal, la demanda de inventario presentada por los señores SEGUNDO MANUEL CHUNCHO PUGLLA, JOSÉ GONZALO CHUNCHO PUGLLA, LUIS MARCELO CHUNCHO PUGLLA, CESAR AUGUSTO CHUNCHO PUGLLA, por cumplir con los requisitos de ley, se la califica y admite a trámite mediante el procedimiento voluntario, determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos.- En tal virtud por el fallecimiento de los señores MANUEL ENCARNACIÓN CHUNCHO e ISABEL PUGLLA MACAS, conforme se justifica con la inscripción de su defunción de (fs. 7, 8), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por mi Autoridad, al efecto se dispone lo siguiente: 1).- Cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados: 1.1).- Con las compareciente en calidad de herederos e interesados; 1.2).- Con los demandados HÉCTOR BOLÍVAR CHUNCHO PUGLLA, ROSA ALBA CHUNCHO PUGLLA, en el lugar indicado en la demanda por intermedio de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial, (En base a las Directrices constantes en el memorando circular No. C.J.DN GP2018-0289- MC, TR:CJ-INT-2018-16413, de fecha 18 de Julio de 2018, en cual en la parte pertinente dice: “Una vez calificada la demanda por la o el juzgador, la o el actor deberá acercarse al archivo de la dependencia judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación; esto es, tres (3) ejemplares para adjuntar a las boletas de citaciones. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar tres (3) ejemplares de la demanda por cada persona demandada”; se dispone que la parte interesada, preste las facilidades a fin de que se obtengan las copias necesarias, a fin de que se proceda a dar cumplimiento a dicha solemnidad); 1.3) Con los herederos presuntos y desconocidos de los causantes MANUEL ENCARNACIÓN CHUNCHO e ISABEL PUGLLA MACAS, cíteselos por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1), del Código Orgánico General de Procesos.- Confiérase el extracto respectivo; 2).- Téngase en cuenta la prueba que anuncian y presentan con su demanda, cuya pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la audiencia a convocarse.- Téngase en cuenta la designación de Procurador Común hace los actores con fundamento en el Art. 37 del COGEP, a favor del actor José Gonzalo Chuncho Puglla.- En relación a la perito sugerida se proveerá oportunamente.-Téngase en

cuenta la cuantía, casillero judicial y/o dirección de correo electrónico señalados por los demandantes y la autorización que le confieren a su Abogado defensor.Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda.- Vista la naturaleza del proceso no es necesario contar con el Procurador Tributario de Loja.- HÁGASE SABER.-” f). Dr. David Alberto Astudillo Celi, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja.Loja, 09 de Febrero del 2021.Dra. Carmen Paladines Criollo SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. P/F4825 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos y del causante MIGUEL FRANCISCO VICENTE RUIZ ONTANEDA Y LEONILA JOVELINA QUEZADA que en extracto es como sigue: ACTOR: RUIZ QUEZADA MARIA AUGUSTA DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de los causantes MIGUEL FRANCISCO VICENTE RUIZ ONTANEDA Y LEONILA JOVELINA QUEZADA. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2020-03105 JUEZ: Dr. Luis Patricio Jaramillo Reyes “…Loja, jueves 31 de diciembre del 2020, las 09h38, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, Provincia de Loja, conforme a la Acción de Personal Nro.2894-DP112019-FA, de fecha 02 diciembre 2019, que me traslada a esta Unidad Judicial.La solicitud de inventario de bienes sucesorios presentada por la señora MARÍA AUGUSTA RUIZ QUEZADA, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la solicitud y se admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP, por lo que se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Por la solicitud voluntaria que antecede, se ordena se proceda a la formación del inventario y avalúo de los bienes de los causantes señores: MIGUEL FRANCISCO VICENTE RUIZ ONTANEDA y LEONILA JOVELINA QUEZADA, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección de un perito que será designado oportunamente por esta Unidad Judicial. SEGUNDO.- Cuéntese en éste proceso: 2.1. Con la compareciente: señora MARÍA AUGUSTA RUIZ QUEZADA. 2.2. Con los demandados señores: FREDY ALBERTO RUIZ QUEZADA; SANDRA ALICIA RUIZ QUEZADA; GUILLERMO VICENTE RUIZ QUEZADA; FANNY BEATRÍZ RUIZ QUEZADA; CARMEN ENITH RUIZ QUEZADA; MIGUEL ÁNGEL RUIZ QUEZADA; JORGE LUIS RUIZ ARMIJOS; y, CARLOS HUMBERTO OCHOA QUEZADA, a quienes se ordena citar en la dirección de su domicilio señalado en la ciudad de Vilcabamba, parroquia Vilcabamba, cantón Loja, provincia de Loja, para el efecto se comisiona la realización de la diligencia al señor Teniente Político e la parroquia Vilcabamba, para ello remítase la correspondiente comisión, a fin de que se sirva cumplir la citación a los accionados de conformidad a la ley, quienes podrán oponerse al procedimiento hasta antes de convocarse a la audiencia correspondiente. TERCERO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya admisibilidad, pertinencia, conducencia y utilidad se resolverá en audiencia respectiva. CUARTO.- Procédase a citar por la prensa de esta ciudad de Loja a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes, en la forma prevista en el Art 56.1 y 58 del COGEP, remítase para el efecto el extracto correspondiente. Por solicitar se cuente con el SRI, se ordena la notificación al señor Procurador Tributario del SRI en esta ciudad, en la dirección de las oficinas señaladas en esta ciudad de Loja. QUINTO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que la compareciente le concede

Publicidad a sus defensores técnicos.- Agréguese a los autos la documentación adjunta.NOTIFÍQUESE.-…”.-Firma Ilegible.- DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 07 de enero del 2021. Dr. Manuel Eduardo Lozada Ramirez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4830 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos y de la causante Jose maría Méndez Maita que en extracto es como sigue: ACTOR: SUAREZ ARMIJOS MONICA ELIZABETH y otros. DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de la causante Jose maría Méndez Maita. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00408 JUEZ: Dr. Luis Patricio Jaramillo Reyes “…Loja, lunes 8 de febrero del 2021, las 13h07, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, Provincia de Loja, conforme a la Acción de Personal Nro.2894-DP11-2019FA, de fecha 02 diciembre 2019, que me traslada a esta Unidad Judicial.- En lo principal, la solicitud de inventario de bienes sucesorios presentada por: MÓNICA ELIZABETH SUÁREZ ARMIJOS; JOSÉ LUIS MENDEZ SUÁREZ; SAYDA DEL CISNE MENDEZ SUÁREZ; LENIN IVÁN MENDEZ SUÁREZ y MARÍA JOSÉ MENDEZ SUÁREZ, la misma es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la solicitud y se admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP, por lo que se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Por el fallecimiento del señor JOSÉ MARÍA MENDEZ MAITA, conforme consta de la partida de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de sus bienes sucesorios, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección de un perito que será designado oportunamente por esta Unidad Judicial. SEGUNDO.- 2.1.- Cuéntese en éste proceso con los comparecientes: MÓNICA ELIZABETH SUÁREZ ARMIJOS; JOSÉ LUIS MENDEZ SUÁREZ; SAYDA DEL CISNE MENDEZ SUÁREZ; LENIN IVÁN MENDEZ SUÁREZ y MARÍA JOSÉ MENDEZ SUÁREZ 2.2.- Con los herederos presuntos y desconocidos del causante señor JOSÉ MARÍA MENDEZ MAITA, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicación, esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58, en concordancia a lo señalado en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Los accionados de conformidad a la ley, podrán oponerse al procedimiento hasta antes de convocarse a la audiencia correspondiente. TERCERO.- 3.1.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya producción y pertinencia se resolverá en audiencia. CUARTO.- En cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que conceden los peticionarios a su defensor técnico.- QUINTO.- Por así solicitarse se ordena la notificación al señor Procurador Tributario del SRI Loja, en su respectivo despacho. - Téngase en cuenta la designación en calidad de procurador común del señor JOSÉ LUIS MENDEZ SUÁREZ, conforme el Art 37 del COGEP.- Agréguese a los autos la documentación adjunta.NOTIFÍQUESE.-…”.-Firma Ilegible.- DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley.-

www. Loja, 09 de febrero del 2021. Dr. Manuel Eduardo Lozada Ramirez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4831 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales a los herederos desconocidos de los causantes JOSE LINO FIERRO QUEZADA; MARIA ROSARIO BELTRAN VILLAVICENCIO; SAUL CORCILIO FIERRO BELTRAN Y NIDIA TERESA ALVEAR CELI, conforme a lo dispuesto en los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: Fausto Ramiro Martínez DEMANDADOS: Herederos desconocidos de los causantes JOSE LINO FIERRO QUEZADA; MARIA ROSARIO BELTRAN VILLAVICENCIO; SAUL CORCILIO FIERRO BELTRAN Y NIDIA TERESA ALVEAR CELI OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de bienes sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00263 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo AUTO DE CALIFICACIÓN A TRÁMITE: “…UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, jueves 4 de febrero del 2021, las 11h21, VISTOS: Agréguese a los autos el memorial que antecede. En lo principal se califica y admite a trámite la demanda de formulada por el señor FAUSTO RAMIRO MARTINEZ, mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el fallecimiento de los señores JOSE LINO FIERRO QUEZADA; MARIA ROSARIO BELTRAN VILLAVICENCIO; SAUL CORCILIO FIERRO BELTRAN Y NIDIA TERESA ALVEAR CELI, conforme se justifica con los certificados de su defunción ( fs. 3 a 6 ), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: UNO: 1.1- Con el solicitante FAUSTO RAMIRO MARTINEZ, en calidad de adquiriente y cesionario de gananciales y derechos y acciones de la sucesión. 1.2.Con los señores NIDIA DEL CISNE FIERRO ALVEAR; LUZ AMERICA FIERRO ALVEAR; MANUEL FRANCISCO ORELLANA MENDOZA ,Y, DIRECTOR DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DE LOJA, quienes deberán ser citados con el contenido de la demanda, documentos presentados, memorial que antecede y el presente auto en el lugar indicado en la demanda y en su respectivo despacho; actos que los cumplirá la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para el efecto en aplicación al principio dispositivo el solicitante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020. 1.3.- Con los herederos desconocidos de los causantes JOSE LINO FIERRO QUEZADA; MARIA ROSARIO BELTRAN VILLAVICENCIO; SAUL CORCILIO FIERRO BELTRAN Y NIDIA TERESA ALVEAR CELI, a quienes ordeno citarlos a través de uno de los medios de comunicación esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Por último se les recuerda la obligación de determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos. DOS: Hasta antes de nombrarse el perito el solicitante deberá presentar el comprobante del pago del impuesto predial correspondiente al

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Libretas

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO VICENTINA “MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA” LTDA., COOPMEGO AVISO DE ANULACIÓN DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO Se comunica al público en general que se procederá a anular el certificado de depósito Nro.181POL00034020, por lo que se permite notificar a la (s) persona (s) que considere (n) tener derecho sobre dicho certificado de depósito, para que presente (n) a la Cooperativa su reclamo en el plazo de ocho días calendario, contados a partir de la publicación de este aviso, vencido el cual, quedará anulado sin responsabilidad alguna para esta Entidad Financiera. Loja, 17 de febrero de 2021 FIRMA AUTORIZADA P/F4842

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO VICENTINA “MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA” LTDA., COOPMEGO AVISO DE ANULACIÓN DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO Se comunica al público en general que se procederá a anular el certificado de depósito Nro.0011POL01680829, por lo que se permite notificar a la (s) persona (s) que considere (n) tener derecho sobre dicho certificado de depósito, para que presente (n) a la Cooperativa su reclamo en el plazo de ocho días calendario, contados a partir de la publicación de este aviso, vencido el cual, quedará anulado sin responsabilidad alguna para esta Entidad Financiera. Loja, 17 DE FEBRERO DE 2021 V.MENDOZA FIRMA AUTORIZADA P/F4840 presente año (2021) del inmueble que se pretende enlistar. Lo anterior tiene su justificativo en el entendido que el inventario consiste en “realizar el alistamiento, avalúo y custodia de los bienes sucesorios”. En lo demás, en cuenta los medios de prueba que se anuncia su práctica y pertinencia se resolverán en audiencia. Agréguese a los autos la documentación presentada. En cuenta también la cuantía, casillero judicial y direcciones de correos electrónicos señalados y la autorización que le concede a su defensora técnica. Finalmente actúe en calidad de secretario del despacho el Dr. Servio Paúl Velepucha Espinosa. Hágase saber…”.- Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 10 de febrero del 2021 Dr. Servio Velepucha Espinosa SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F4832


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Judiciales

CONSEJO DE LA JUDICATURA REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPTENTE DE LOJA CON SEDE EN EL CANTON SARAGURO CITACIÓN JUDICIAL CITO: con el contenido del escrito de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes, SEGUNDO ÁNGEL ROMERO ROMERO y MARÍA HERMENCIA ORDÓÑEZ, la misma que en extracto comprende lo siguiente: ACTOR: Agustin Alfredo Romero Ordóñez. DEMANDADOS: Herederos Presuntos y Desconocidos de los causantes Segundo Ángel Romero Romero Y María Hermencia Ordóñez. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios. TRAMITE: Voluntario. JUICIO Nro.: 11313-2021-00060. JUEZ: Dr. Alex Damián Torres Robalino. AUTO DE ACEPTACIÓN.- Saraguro, miércoles 3 de febrero del 2021, las 17h01, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Multicompetente del cantón Saraguro en virtud del sorteo realizado y la competencia radicada en conformidad con la ley. En lo principal, se califica como clara y completa la demanda presentada por parte de AGUSTIN ALFREDO ROMERO ORDOÑEZ, por lo que se la admite a trámite voluntario. Citese a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes SEGUNDO ANGEL ROMERO ROMERO y MARIA HERMENCIA ORDOÑEZ mediante tres publicaciones de uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Loja, previo al juramento ante este juzgador de desconocer otros herederos que deba ser citados. Citese señor Alcalde y Procurador Sindico del GAD Municipal de Saraguro, por intermedio de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial. Citese al señor Director Regional del Servicio de Rentas Internas en la ciudad de Loja por intermedio de uno de los señores Jueces de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Loja a quien se la depreca la práctica de la diligencia ofreciéndose reciprocidad en casos análogos. Se declara abierta la sucesión de SEGUNDO ANGEL ROMERO ROMÉRO y MARIA HERMENCIA ORDOÑEZ. En cuenta los anuncios de prueba, como la cuantía y los domicilios judiciales señalados para posteriores notificaciones. Citese y Notifiquese. Particular que se pone en conocimiento de los interesados y del público en general. Saraguro, 11 de febrero del 2021. Dr. Ángel Marcelo Sarango Andrade. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON SARAGURO P/F4835 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales a los herederos desconocidos del causante FABIAN ENRIQUE GALVEZ MORENO, conforme a lo dispuesto en los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: GLORIA KARYNA BANDA ALVAREZ, por sus propios y personales derechos y como madre y representante legal de su hijo el adolescente JORGE ENRIQUE GALVEZ BANDA ,Y, ADRIANA KARYNA GALVEZ BANDA, por sus propios derechos y en sus calidades de cónyuge sobreviviente e hijos del causante respectivamente DEMANDADOS: Herederos desconocidos del causante FABIAN ENRIQUE GALVEZ MORENO OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de bienes sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00234 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo AUTO DE CALIFICACIÓN A TRÁMITE: “… UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, lunes 1 de febrero del 2021, las 12h51, VISTOS: Agréguese a los autos los memoriales que anteceden. En lo principal como se ha dado cumplimiento a la providencia inicial la solicitud cumple con los requisitos de ley, razón por la cual se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el fallecimiento del señor FABIAN ENRIQUE GALVEZ MORENO, conforme se justifica con el certificado de su defunción ( fs. 4 ), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a

.com.ec su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: UNO: 1.1- Con las solicitantes GLORIA KARYNA BANDA ALVAREZ, por sus propios y personales derechos y como madre y representante legal de su hijo el adolescente JORGE ENRIQUE GALVEZ BANDA ,Y, ADRIANA KARYNA GALVEZ BANDA, por sus propios derechos y en sus calidades de cónyuge sobreviviente e hijos del causante respectivamente. 1.2.- Con el Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, quien deberá ser citado en su respectivo despacho; acto que lo cumplirá la oficina de citaciones de la Unidad. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020. 1.3.- Con los herederos desconocidos del causante FABIAN ENRIQUE GALVEZ MORENO, a quienes ordeno citarlos a través de uno de los medios de comunicación esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Por último se les recuerda la obligación de determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos. DOS: En cuenta los medios de prueba que anuncian los solicitantes su práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. Agréguese a los autos la documentación presentada. Además, en cuenta también la cuantía, casillero judicial y direcciones de correos electrónicos señalados y la autorización que le conceden a su defensor técnico. No obstante, con fundamento en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, atendiendo su pedimento se nombra a la accionante GLORIA KARYNA BANDA ALVAREZ, en calidad de procuradora común; debiendo contarse con ella en el proceso. Finalmente actúe en calidad de secretario del despacho el Dr. Servio Paúl Velepucha Espinosa. Hágase saber…”.- Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 09 de febrero del 2021 Dr. Servio Velepucha Espinosa SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4836 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN CALVAS PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL CITO.- Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del extinto Amilcar Pardo Lima, cuyo contenido en extracto es como sigue: ACTOR: OLIVIA MARIELA ROMERO CALVA y PORFIRIO SOLANO SARANGO. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios. JUICIO NRO. 11335-2020-00126 TRAMITE: Voluntario. CUANTÍA: Indeterminada. JUEZA: Dra. Lethy Krupskaya Paccha Soto. Calvas, martes 9 de junio del 2020, las 09h20, VISTOS.- Avoco conocimiento del presente juicio en mi calidad de Jueza la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Calvas, Provincia de Loja, de conformidad a lo que dispone el Art. 244 y 245 del Código Orgánico de la Función Judicial en relación al Registro Oficial Nro. 748. Suplemento de fecha 5 de mayo del 2016. Por el cual se creó la Unidad Multicompetente en este cantón. Llámese a intervenir a la Abogada Nadegda Muñoz, en calidad de secretaria encargada del despacho. En lo principal por cuanto la solicitud de inventario de los bienes del causante Amilcar Pardo Lima, cumple con los requisitos legales generales y especiales aplicables al caso contemplados en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); por lo que se la acepta al procedimiento voluntario previsto en el Art. 335 ibídem. En consecuencia se dispone la citación a los herederos desconocidos y más personas que puedan tener interés en el asunto, debiéndoselos citar por medio de tres publicaciones en fechas distintas conforme al Art. 58 y 56.1 de la antes mencionada norma legal.- Cítese a los señores ANGEL URBANO PARDO PARDO; COSME ALEJANDRO PARDO PARDO; MILTON EFREN PARDO PARDO; FRANCIS-

Publicidad CO PORFIRIO PARDO PARDO; MERCY BEATRIZ PARDO PARDO; CARLOS RAUL PARDO y ORFA MARIA PARDO LIMA, en la dirección proporcionada por la parte actora, para el efecto se depreca al uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Catamayo, a quien se enviará despacho suficiente mediante la herramienta digital de deprecatorio electrónico, ofreciendo reciprocidad en casos análogos.- Cítese a los señores LUZ ELVIA PARDO y FRANKLIN PATRICIO PARDO PARDO, en la dirección proporcionada por la parte actora, de igual forma notifíquese al señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja, para el efecto se depreca al uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón y provincia de Loja, a quien se enviará despacho suficiente mediante la herramienta digital de deprecatorio electrónico, ofreciendo reciprocidad en asuntos similares.- Cítese al señor AMABLE VICENTE PARDO, en la dirección indicada en el libelo de la demanda, y además notifíquese a los señores Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Calvas, a través de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial, al efecto con base a las Directrices constantes en el memorando circular No. C.J.DN GP- 2018-0289- MC, TR:CJ-INT-2018-16413, de fecha 18 de Julio de 2018, en cual en la parte pertinente dice: “Una vez calificada la demanda por la o el juzgador, la o el actor deberá acercarse al archivo de la dependencia judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación”; en tal virtud, se dispone que la parte interesada, preste las facilidades a fin de que se obtengan las copias necesarias, a propósito de que se proceda a dar cumplimiento a dicha solemnidad. Una vez realizadas las citaciones ordenadas y cumplidos los plazos legales, se procederá a realizar el inventario y avalúo con la intervención de perito designado por sorteo; inventario que se pondrá en conocimiento de las partes y se convocará a la audiencia respectiva para resolver lo que corresponda conforme a lo previsto en el Art. 345 del COGEP.- Confiérase al interesado el extracto a publicarse por la prensa.- PRUEBA APAREJADA A LA DEMANDA.- Téngase en cuenta la documentación adjunta a la demanda para que sea presentada legalmente en el día de la

VIERNES 19 DE FEBRERO DE 2021 audiencia, así como la prueba igualmente anunciada.- CÍTESE, NOTIFIQUESE Cariamanga, 19 de junio del 2020. Ab. Nadegda Muñoz Montero. SECRETARIA ENCARGADA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN CALVAS P/F4837 EXTRACTO PARA CITACION POR LA PRENSA REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido del auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio ORDINARIO, a los herederos desconocidos de la señora Magda Delia Ruiz Sánchez, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: RUIZ SANCHEZ JAIME HIPOLITO Y SERVIO HIPÓLITO RUIZ SÁNCHEZ DEMANDADO: ESTERFILIA OBDULIA RUIZ SÁNCHEZ, MAURO HERIBERTO RUIZ SÁNCHEZ, LUCÍA MATILDE RUIZ SÁNCHEZ, FRANCISCO TIMOLEÓN RUIZ SÁNCHEZ, NOTARIA PRIMERA DEL CANTÓN LOJA, REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN LOJA, GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE LOJA. OBJETO DE LA DEMANDA: NULIDAD DE CONTRATO TRAMITE: ORDINARIO CUANTIA: INDETERMINADA JUICIO: NRO. 11333-2020-00542 JUEZ: DRA. GLENDA DEL CARMEN CASTILLO ORDOÑEZ CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA.- Loja, jueves 29 de octubre del 2020, las 13h33, VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda que antecede, en virtud del sorteo que consta en la misma y en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Loja y en mérito al AUTO EMITIDO POR LOS SEÑORES JUECES DE LA SALA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTIFICA DE LOJA, de fecha 18 de junio del 2020.- En lo principal, la demanda incoada por la señora Ab. Karina Cecibel Ochoa Romero, en sus calidad de Procuradora Judicial de los señores JAIME HIPÓLITO RUIZ SANCHEZ y SERVIO HIPÓLITO RUIZ SÁNCHEZ, conforme lo acredita con el

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documento que se anexa a la demanda, en contra de los señores ESTERFILIA OBDULIA RUIZ SÁNCHEZ, MAURO HERIBERTO RUIZ SÁNCHEZ, LUCÍA MATILDE RUIZ SÁNCHEZ, FRANCISCO TIMOLEÓN RUIZ SÁNCHEZ, NOTARIA PRIMERA DEL CANTÓN LOJA, REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN LOJA, GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE LOJA, través de sus personeros Alcalde y Procurador Síndico, se la califica de clara, completa y precisa de sus requisitos legales, razón por lo que se la admite al procedimiento ORDINARIO que le corresponde.- Por tanto se corre traslado con el contenido del escrito de la demanda a los demandados, para que lo contesten en el término de TREINTA DIAS, en que podrán oponer las excepciones de que se creyeren asistidos, cumpliendo con lo previsto en el Art. 151 del Código Orgánico General de Procesos.Cítese a la parte demandada en el domicilio señalado, mediante la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta ciudad de Loja, para lo cual la parte actora deberá acercarse a la Ventanilla de Archivo, a fin de brindar las facilidades necesarias.- Cuéntese en este proceso con los herederos desconocidos de la señora Magda Delia Ruiz Sánchez, a quienes se los citará por la prensa, conforme lo determina el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos.- Por así solicitarlo la parte actora, se dispone contar en el presente proceso con la señora Delegada del señor Procurador General del Estado en Loja, funcionaria que deberá ser citada mediante la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta ciudad de Loja, debiendo la parte actora, dar las facilidades necesarias, para sacar las copias respectivas.- Agréguese a los autos los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta la cuantía, el correo electrónico y el casillero judicial señalado por la parte actora.- Llámese a intervenir en este proceso al señor Ab. Carlos Gallo Carrión, en calidad de Secretario Subrogante, mientras dure la ausencia del Titular.- Hágase saber. F) DRA. ROSA BEATRIZ LEON OJEDA JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA. Particular que se pone en conocimiento del público en general para los fines de ley. LO CERTIFICO.Loja, 07 de enero de 2021 Ab. Carlos Gallo Carrión SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LOJA P/F4834

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VIERNES 19 DE FEBRERO DE 2021

Judiciales R del E CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA CON SEDE EN CHAGUARPAMBA CITACIÓN JUDICIAL AB. DEF. DR. GONZALO GERMAN LAVANDA GONZÁLEZ Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales, cito: A los herederos, desconocidos y presuntos herederos del fallecido MANUEL TARQUINO OCHOA ONTANEDA, en la forma que determina el Art. 56 numeral 1 y Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, la misma que en extracto comprende lo siguiente: ACTORES: JULIO ADRIANO REYES CARRERA y SANDRA DEL ROSARIO LIMA MACAS. DEMANDADOS: Herederos presuntos y/o desconocidos del causante; MANUEL TARQUINO OCHOA ONTANEDA OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO TRÁMITE: Voluntario. CUANTÍA: $ 19.77, 31. JUICIO: 11337-2021-00007 JUEZ: DR. HUMBERTO OSWALDO SARITAMA NAULA. VISTOS: Continuando con la sustanciación de la presente causa, previa notificación de las partes; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 254 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con lo dispuesto en el Art. 130, Núm. 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, de oficio, se deja sin efecto, el auto de fecha jueves 28 de enero del 2021, a las 17h49, ya que por un lapsus cálami se ha descrito de forma errónea el nombre de uno de los actores; por cuanto en su lugar se dicta el siguiente: Avoco conocimiento del presente asunto en mi calidad de Juez titular de la Unidad Judicial Multicompetente de Loja con sede en Chaguarpamba y con competencia en la ciudad de Olmedo, provincia de Loja.En lo principal, una vez revisada la demanda de INVENTARIO, presentada por los señores JULIO ADRIANO REYES CARRERA y SANDRA DEL ROSARIO LIMA MACAS, en los bienes dejados por el extinto MANUEL TARQUINO OCHOA ONTANEDA, se estima que la misma es clara, completa y precisa, la que por reunir los requisitos de ley determinados en los Arts. 142 y siguientes del COGEP, se la califica y admite a trámite mediante el PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos.- En tal virtud, se dispone la actuación de las siguientes diligencias: 1).- Por el fallecimiento del señor MANUEL TARQUINO OCHOA ONTANEDA, conforme se justifica con la inscripción de su defunción (fs. 1), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado de conformidad con lo prescribe el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos. 1.1).- Cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados y funcionarios: a).- Con los actores JULIO ADRIANO REYES CARRERA y SANDRA DEL ROSARIO LIMA MACAS; b).- Con la señora Livia Natalia Loyola Aldean, en calidad de conyugue sobreviviente y los señores Alicia Virginia Ochoa Loyola, Livia Patricia Ochoa Loyola, Freddy Virgilio Ochoa Loyola, Jhon Salvador Ochoa Loyola, Soraya Jackeline Ochoa Loyola y Manuel Estuardo Ochoa Loyola, en su calidad de hijos del extinto, quienes serán notificados con el presente auto y más constancias procesales en el domicilio señalado el libelo de la demanda, para el efecto pase el proceso a la oficina de citaciones/notificaciones a fin de que se cumpla con esta disposición; c).- Con los herederos del causante MANUEL TARQUINO OCHOA ONTANEDA, cuya residencia sea imposible determinar, a quienes se los citará por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58, en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia se dispone conferir el respectivo extracto; d).- Con el Ing. Darwin Esmith Díaz Campoverde y Abg. Galo Ramiro Sarango Jumbo, en sus calidades de Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del cantón Chaguarpamba, quienes serán notificados en sus respectivos despachos, para lo cual remítase el proceso a la Oficina de Citaciones; e).- Con el Sr. Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja, quien será notificado en su despacho, mediante deprecatorio virtual dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, ofreciéndoles reciprocidad en casos análogos; 2).- Téngase en cuenta la cuantía; y, las pruebas documentales y testimoniales que han sido debidamente anunciadas por la parte demandante, las cuales serán discutidas y aprobadas, en cuanto a utilidad, pertinencia y conducencia se refiere, en la respectiva Audiencia; 3).- En cuanto a la prueba pericial ésta será atendida en el momento procesal oportuno; 4).- Acorde a lo prescrito en el Inc. 1 del Art. 37 del COGEP, de oficio se nombra al Sr. JULIO ADRIANO REYES CARRERA, para que actué en calidad de procurador común en el presente proceso; 5).- Agréguese a los autos, los documentos anexados al escrito de demanda; 6).- Téngase

en cuenta el correo electrónico señalado y la autorización que le conceden al Dr. Gonzalo German Lavanda Gonzalez, para que los represente en el desarrollo del presente asunto.Llámese a intervenir en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Chaguarpamba a la Abg. Teresa de Jesús Hidalgo Chamba, conforme al Contrato de Servicios Ocasionales Nro. DP11UPTH-094-2020, de fecha 10 de julio de 2020.Hágase saber.- F).- Ilegible. Dr. Humberto Oswaldo Saritama Naula Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Loja con sede en Chaguarpamba.- Particular que pongo en conocimiento de las partes para los fines de Ley.Chaguarpamba, al 02 días del mes de febrero del 2021. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA SEDE CHAGUARPAMBA P/F4838 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales a los herederos desconocidos de la causante ISABEL MARÍA RODRÍGUEZ SILVA, conforme a lo dispuesto en los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: José Guillermo Medina Benitez DEMANDADOS: Herederos desconocidos de la causante ISABEL MARÍA RODRÍGUEZ SILVA OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2020-03039 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo AUTO DE CALIFICACIÓN A TRÁMITE: “… UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, miércoles 23 de diciembre del 2020, las 10h39, VISTOS: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, en mérito del sorteo de ley y por radicada la competencia AVOCO conocimiento de la solicitud que antecede y como la misma cumple con los requisitos de ley, se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el fallecimiento de la señora ISABEL MARÍA RODRÍGUEZ SILVA, conforme se justifica con el certificado de su defunción ( fs. 5 ) se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: UNO: 1.1- Con el solicitante JOSÉ GUILLERMO MEDINA BENITEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente. 1.2.- Con los señores WILLIAM ALCIVAR MEDINA RODRIGUEZ, TANYA MARITZA MEDINA RODRIGUEZ, HENRY PATRICIO MEDINA RODRIGUEZ Y SANDRA MARIA MEDINA RODRIGUEZ, en calidad de hijos de la causante. 1.3.- Con la señora ROSA AMABLE MEDINA BENITEZ, en calidad de cesionaria de gananciales y derechos y acciones de la sucesión. 1.4.- Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja.- A las personas referidas en los numerales anteriores se los citará con el contenido de la demanda, documentos que se acompañan y el presente auto en el lugar indicado en la demanda. Respecto al funcionario se lo citará en su respectivo despacho; actos que los practicará la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020. 1.3.- Con los herederos desconocidos de la causante ISABEL MARÍA RODRÍGUEZ SILVA, a quienes ordeno citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Por último se les recuerda la obligación de determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos. DOS: En cuenta los medios de prueba que anuncian el solicitante su práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. Agréguese a los autos la documentación presentada y en lo demás, en cuenta también la cuantía, casillero judicial y direcciones de correos electrónicos señalados y la autorización que le concede a su defensor técnico. Finalmente actúe en calidad de secretario del despacho el Abogado Alberto Xavier Yaguana Soto. Hágase saber…”.- Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 31 de diciembre del 2020

Publicidad Dr. Servio Velepucha Espinosa SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4843 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio Ejecutivo, seguido por el PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE LOJA DR. MICHAEL AUGUSTO TOSCANO CUEVA en contra de CABRERA QUITUIZACA CARMEN YESSICA y SANMARTIN SANMARTIN JULIO FREDY cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE LOJA DR. MICHAEL AUGUSTO TOSCANO CUEVA DEMANDADO: CABRERA QUITUIZACA CARMEN YESSICA y SANMARTIN SANMARTIN JULIO FREDY OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE DINERO CUANTIA: $5000 JUICIO: Nro. 11333-2017-02550 JUEZ: Dr. Luis Figueroa Simancas V I S T O S: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil del cantón Loja, mediante Resolución No.004-2016, de fecha 4 de Enero del 2016. En lo principal, la demanda presentada por el Dr. MICHAEL AUGUSTO TOSCANO CUEVA, PROCURADOR JUDICIAL DE PROCESOS, en representación de la Dra. DORIS ALEXANDRA RUIZ ROA, en su calidad de PROCURADORA JUDICIAL, del Ing. LEONARDO GUILLERMO BURNEO MULLER, GERENTE GENERAL DEL BANCO DE LOJA S.A. en contra de CABRERA QUITUIZACA CARMEN YESSICA, deudora principal y SANMARTIN SANMARTIN JULIO FREDY, garante solidario, cumple los requisitos legales previstos en los arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el PAGARE A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los arts. 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. Cítese a los demandados CABRERA QUITUIZACA CARMEN YESSICA y SANMARTIN SANMARTIN JULIO FREDY, en el domicilio señalado para el efecto, en aplicación del Art. 54 y de los de los arts. 333, numeral 3 y 355 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que dichos demandados, propongan alguna de las excepciones taxativas del Art. 353 del código citado. Agréguese los documentos presentados. Tómese en cuenta la cuantía, casillero judicial y correo electrónico señalado. Pasen los autos a la oficina de citaciones.- Con el fin de dar cumplimiento con la citación se dispone que la parte actora , facilite la copias que se requieren con el objeto de cumplir con la diligencia. Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA: VISTOS: En lo principal, toda vez que el señor: Señor PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE LOJA DR. MICHAEL AUGUSTO TOSCANO CUEVA ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de la parte demandada, señores CABRERA QUITUIZACA CARMEN YESSICA y SANMARTIN SANMARTIN JULIO FREDY se dispone citarlos por uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual extiéndase el extracto respectivo para la publicación por el periódico.- Hágase Saber.- Particular que se pone en conocimiento del público en general para fines de ley.Loja, 12 de febrero de 2021 Ab. Verónica Carrión Guerrero SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LOJA P/F4847 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos y del causante HECTOR POLIVIO MARTÍNEZ TACURI que en extracto es como sigue: ACTOR: LALANGUI DOLORES MARIA y otros. DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de los causantes HECTOR POLIVIO MARTÍNEZ TACURI. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00323 JUEZ: Dr. Luis Patricio Jaramillo Reyes “…Loja, martes 2 de febrero del 2021, las 11h05, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, Provincia de Loja, conforme a la Acción de Personal Nro.2894-DP11-2019-FA, de fecha 02 diciembre 2019, que me traslada a esta Unidad Judicial.- En lo principal, la solicitud de inventario de bienes sucesorios presentada por: DOLORES MARÍA LALANGUI (Cónyuge sobreviviente); MERCY LORENA MARTÍNEZ ROJAS; XIMENA JANETH MARTÍNEZ LALANGUI; HUGO

www. VICENTE MARTÍNEZ LALANGUI; HÉCTOR DAVID MARTÍNEZ LALANGUI; JUAN ALFREDO MARTÍNEZ LALANGUI; y, ANDRÉS SANTIAGO MARTÍNEZ LALANGUI es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la solicitud y se admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP, por lo que se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Por el fallecimiento del señor HÉCTOR POLIVIO MARTÍNEZ TACURI, conforme consta de la partida de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de sus bienes sucesorios, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección de un perito que será designado oportunamente por esta Unidad Judicial. SEGUNDO.- Cuéntese en éste proceso con los comparecientes: 2.1. DOLORES MARÍA LALANGUI (Cónyuge sobreviviente) y sus hijos MERCY LORENA MARTÍNEZ ROJAS; XIMENA JANETH MARTÍNEZ LALANGUI; HUGO VICENTE MARTÍNEZ LALANGUI; HÉCTOR DAVID MARTÍNEZ LALANGUI; JUAN ALFREDO MARTÍNEZ LALANGUI; y, ANDRÉS SANTIAGO MARTÍNEZ LALANGUI. 2.2.- Con los herederos presuntos y desconocidos del causante señor HÉCTOR POLIVIO MARTÍNEZ TACURI; a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicación, esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58, en concordancia a lo señalado en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Los accionados de conformidad a la ley, podrán oponerse al procedimiento hasta antes de convocarse a la audiencia correspondiente. 2.3.- Por haberlo solicitado cuéntese en el proceso con el señor Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal; y, con el Director del Servicio de Rentas Internas a quienes se los notificará en las oficinas institucionales señaladas en la solicitud. TERCERO.- 3.1.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya producción y pertinencia se resolverá en audiencia. CUARTO.- En cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que conceden los peticionarios a su defensor técnico.- QUINTO.Téngase en cuenta la designación en calidad de procuradora común de la señora DOLORES MARÍA LALANGUI, conforme el Art 37 del COGEP.- Agréguese a los autos la documentación adjunta.- NOTIFÍQUESE.-…”.-Firma Ilegible.DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley.- Loja, 05 de febrero del 2021. Dr. Manuel Eduardo Lozada Ramirez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4848 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE GENERAL CON SEDE EN EL CANTON PALTAS CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales, a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes MARIA EUSEBIA DIAZ YAGUANA y VICTOR EMILIANO YAGUANA GALLEGOS. Conforme a los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General del Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: VICTOR HUGO YAGUANA DIAZ (PROCURADOR COMUN). DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DE LOS CAUSANTES, MARIA EUSEBIA DIAZ YAGUANA y VICTOR EMILIANO YAGUANA GALLEGOS. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. TRAMITE: VOLUNTARIO. CUANTIA: INDETERMINADA. JUICIO NRO. 11314-2020-00380. JUEZ: DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN. AUTO DE ACEPTACION A TRÁMITE: VISTOS: Avoco conocimiento y competencia de la presente causa en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Paltas, provincia de Loja, en virtud a la Resolución 258-2014 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura con fecha, 8 de octubre del 2014; así como a la Acción de Personal Nro. 8181-DNTH-2014 de fecha, 14 de octubre del 2014. La demanda de Inventarios, reúne los requisitos de forma exigidos por los Arts. 142 y 143 del COGEP, por lo que se la califica y se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334.4 y 335 del Código Orgánico General de Procesos. Consecuentemente, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por los causantes MARIA EUSEBIA DIAZ YAGUANA y VICTOR EMILIANO YAGUANA GALLEGOS desde el momento de su fallecimiento, disponiéndose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 y 342 del COGEP, en presencia de los interesados y del Perito, que será designado una vez que se cite en legal forma a todos los demandados, Así como se señalará fecha para la práctica de la referida diligencia. CITESE a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes MARIA EUSEBIA DIAZ YAGUANA y VICTOR EMILIANO YAGUANA GALLEGOS

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conforme a los Arts. 56.1 y 58 del COGEP, mediante publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de la localidad, confiérase el respectivo extracto. Cuéntese en este proceso: a) Con los comparecientes señores: MAUEL IGNACIO YAGUANA DIAZ, CARMEN DICELINA YAGUANA DIAZ, VICTOR HUGO YAGUANA DIAZ, MIGUEL TOMAS YAGUANA DIAZ, ANGEL MONFILIO YAGUANA DIAZ y FELIX HUMBERTO YAGUANA en calidad de hijos; b) CUÉNTESE Y NOTIFÍQUESE, a los siguientes funcionarios: 1) Señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD de Paltas; 2) Con el Señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja; en sus Despachos, para la notificación a los referidos funcionarios en Loja, se Depreca a uno de los señores Jueces de la Niñez del cantón Loja, ofreciendo reciprocidad en casos similares, remítase el respectivo despacho. Téngase en cuenta: Como Procurador Común al señor VICTOR HUGO YAGUANA DIAZ, La prueba anunciada contenido en el Numeral 7 de su escrito de demanda, el Perito se designara en el momento oportuno, en cuenta la cuantía de la acción, la casilla judicial y la dirección del correo electrónico señalado y la autorización conferida a su Defensor. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda.- OTRO AUTO.- Paltas, martes 12 de enero del 2021, las 16h35, Una vez que me reintegro a mis funciones, continúo conociendo el presente proceso. En virtud a lo manifestado en el escrito que se despacha, de conformidad al Art. 130. 8 del COFJ, e convalida el auto de aceptación a trámite de fecha 4 de diciembre del 2020 fjs 20 de los autos. En el sentido, que se Cuente en este proceso: a) Con los comparecientes señores: MANUEL IGNACIO YAGUANA DIAZ, CARMEN DIOCELINA YAGUANA DIAZ, VICTOR HUGO YAGUANA DIAZ, MIGUEL TOMAS YAGUANA DIAZ, ANGEL MONFILIO YAGUANA DIAZ y FELIX HUMBERTO YAGUANA en calidad de hijos, por lo demás queda inalterable dicho auto, para los fines legales consiguientes. NOTIFIQUESE.- FIRMA.- DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PALTAS. Particular que pongo en conocimiento de los interesados y público en general, para los fines legales pertinentes. Paltas, lunes 18 de enero de 2021.- Lo certifico.- EL SECRETARIO.Ab. Juan Pablo Ortega Parra. SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL P/F4849 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN GONZANAMÁ. CITACIÓN JUDICIAL. Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite de la misma y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del difunto señor JORGE AGUSTÍN GRANDA LUZÓN, cuyo extracto es como sigue: JUICIO Nº 00009-2021. ACTOR: HUGO ALEXANDER GRANDA CUEVA DEMANDADOS: Herederos del extinto señor JORGE AGUSTÍN GRANDA LUZÓN. OBJETO: IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD. TRAMITE: ORDINARIO. UNIDAD: JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN GONZANAMA. JUEZ: DR. EDGAR FLORES CRIOLLO AUTO: Gonzanamá, viernes 5 de febrero del 2021, a las 17h17. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede presentada por la seño HUGO ALEXANDER GRANDA CUEVA es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que la admito a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación del demandado JORGE AGUSTÍN GRANDA LUZON y por el fallecimiento del mismo, se ordena la citación de su estirpe: Sres. YESENIA DEL CARMEN y DARWIN AGUSTIN GRANDA CUEVA, en la forma y en los domicilios señalados, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. Para la citación a los demandados se COMISIONA al Sr. Teniente Político de la parroquia Purunuma, enviándose un despacho en forma, para lo cual la parte interesada dará las facilidades del caso; y, finalmente, se dispone citar a los herederos desconocidos o presuntos del difunto señor JORGE AGUSTÍN GRANDA LUZON por la prensa en un periódico de amplia circulación por tres fechas distintas, de conformidad al Art.56.1 en concordancia con el Art.58 del COGEP. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta la prueba que anuncia el accionante para justificar su pretensión a ser calificada en el momento procesal oportuno, y téngase en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados para notificaciones y la autorización a su abogado defensor para su defensa técnica. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.Gonzanamá, 10 de febrero del 2021. Ab. Marlon Francisco Pacheco Herrera SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA EN GONZANAMÁ Y QUILANGA (E) P/F4851


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VIERNES 19 DE FEBRERO DE 2021

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Justicia

Ciudadano arrastrado por la corriente del río Macará Macará. Aproximadamente a las 13h00 del martes 16 de febrero, José P. O., de 58 años de edad, nacionalidad peruana, pero residente desde hace muchos años en Ecuador, al intentar cruzar el río Macará resbaló y fue arrastrado. Hasta las 17h00 de ayer aún no era localizado. Según versión de la Policía Nacional, el ciudadano habría tratado de atravesar la frontera por el río junto con un amigo. Este último habría cruzado sin complicaciones, pero José P. O., quien al parecer llevaba algún artículo, resbaló y cayó al afluente, que en ese instante estaba un poco crecido.

Dato •

•• Organismos de socorro buscan al ciudadano.

Lamentablemente, tras el suceso, los familiares del

El ciudadano vivía en Macará con su familia (esposa e hijos).

ciudadano desaparecido informan a la Policía, en horas de la noche lo que hizo imposible la búsqueda. Sin embargo, hasta el momento se han desplegado un gran contingente de bomberos, policías y familiares en la búsqueda del desaparecido, pero sin resultados, razón por la cual piden a la ciudadanía que en el caso de observar algún cuerpo flotando en el río dar aviso al ECU 911. (I).(FJC).

Incautan armas y material explosivo

Renato Cevallos Núñez, comandante de la Subzona Loja, expresó que, este 17 de febrero, la Policía Judicial en coordinación con la Dirección General de Inteligencia, logró la aprehensión de una ciudadana involucrada presuntamente en la tenencia de armas de fuego y municiones. En cumplimiento a una orden judicial, el personal investigativo ejecutó un allanamiento en el circuito IV Centenario, centro de la ciudad de Loja, en donde se aprehendió a la ciudadana Lilian P.E. de nacionalidad ecuatoriana, 46 años de edad, quien no posee antecedentes personales ni procesos judiciales. Entre los indicios incautados que presuntamente relacionan a la ciudadana consta:

• 4 armas de fuego. • 493 municiones de diferente calibre • 2200 unidades de fulminantes • 8 libras y media de pólvora • 12 libras de perdigones La mujer fue puesta a órdenes de la autoridad competente; mientras que los indicios ingresados al Centro de Acopio y Evidencias de la Policía Judicial, para continuar con los trámites respectivos de Ley. Cevallos Núñez dijo además que, en otra acción policial ejecutada por los servidores policiales de la Unidad de Control Operativo Fronterizo, la noche del 17 de febrero se procedió a la aprehensión de explosivos para mina, consistente en mecha lenta. Señaló que el operativo se desarrolló en el tramo: Catamayo - San Pedro de la Ben-

dita, donde se observa que, a una considerable distancia del lugar del control policial, el conductor de una camioneta de manera sospechosa detuvo su marcha y en precipitada carrera ingresa a unos matorrales con rumbo desconocido, confabulándose lo agreste del terreno para impedir su aprehensión. Al inspeccionar el automotor se observa que en su plataforma de carga transportaba diez sacos color gris en cuyo interior se descubrieron 30 rollos de explosivos para mina, conocido en el ámbito minero como mecha lenta. Se presume que esta ilegal mercancía sobrepasa los 30 mil dólares. Cabe indicar que el operativo se extendió hasta avanzadas horas de la noche donde se realizaron aproximadamente 29 registros más. (I)

VIERNES 19 DE FEBRERO DE 2021

I

ACESS clausuró establecimiento sin permiso de funcionamiento en Loja

La clausura preventiva de un establecimiento y el aislamiento de más de 7000 productos irregulares fueron el resultado de un operativo conjunto entre la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) y la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (ACESS). Este 17 de febrero, de forma simultánea se intervino dos locales, uno en la ciudad de Loja y otro en la parroquia Vilcabamba, que ofrecían servicios de atención médica como citas de controles prenatales, partos, pospartos, cuidados del recién nacido, etc. La Delegada Provincial de ACESS – Loja, Mayra Viñán Montaño, indicó que estos locales no contaban con permiso de funcionamiento, como lo determina la Ley Orgánica de Salud. Además, durante la inspección se identificó inadecuada gestión de desechos sanitarios y productos, entre medicamentos, insumos y dispositivos médicos, sin Registro Sanitario o Notificación Sanitaria, varios de los cuales estaban caducados. Como medida preventiva, para proteger la salud de la población y garantizar la seguridad de los pacientes, se adoptaron las medidas administrativas que la Ley Orgánica de Salud establece,

de acuerdo a los hallazgos registrados en cada local. La funcionaria explicó que la ACESS es la entidad encargada de la habilitación, vigilancia y control de los establecimientos y los profesionales de salud, en el territorio ecuatoriano. En este sentido, los interesados pueden acceder a la asesoría técnica que la Agencia brinda previo a la implementación de servicios en establecimientos de salud. Luego de verificar el cumplimiento de estándares mínimos de calidad en cuatro componentes: infraestructura, equipamiento, talento humano y normativa sanitaria, el establecimiento recibe su permiso anual de funcionamiento. Cabe indicar que cada establecimiento debe contar con una cartera de servicios acorde al nivel de atención y tipología, e incluir entre su recurso humano a profesionales de salud habilitados a través del registro de su título en la ACESS. El trámite para obtener el permiso de funcionamiento es gratuito y se realiza a través de la página www. calidadsalud.gob.ec/ acessenlinea. También se puede acceder a asesorías en la Oficina Técnica ubicada en las calles Santo Domingo de los Colorados entre Riobamba y Quevedo, Edificio de la Coordinación Zonal 7 – Salud, planta baja.


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