Jueves 11 de febrero de 2021 Edición Nro. 10984

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Loja-Ecuador www.cronica.com.ec diariocronica @cronicaloja 0997262566 Edición Nº 10984

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Lasso supera a Pérez Incrementar el costo de la recolección de la basura afecta a los lojanos (Pág. 4)

19,69% 19,52% (Pág. 12)

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l candidato presidencial de la alianza CREO-PSC, Guillermo Lasso, ha superado al de Pachakutik, Yaku Pérez, en el conteo de votos del Consejo Nacional Electoral (CNE).

Zamora Chinchipe

Asambleístas electos coinciden que los mineros artesanales sean regularizados

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a provincia de Zamora Chinchipe eligió a sus dos nuevos asambleístas: Isabel Enrriquez Jaya, de Alianza por la Dignidad, y Diego Esparza Aguirre, de Alianza Honestidad.

Las científicas de carrera aún enfrentan prejuicios de género

(Pág. 11)

Ningún candidato del partido de Gobierno entró como asambleísta

(Pág. 5)

(Pág. 4) (Pág. 26)

Precios desde el 11 de febrero 2021 y rigen hasta el 10 de marzo 2021

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Transportistas rechazan el Loja concluye con el alza de combustible y piden 100% de las actas de escrutinio procesadas moratoria a las deudas Siendo las 02:07 del miércoles 10 de febrero, la Junta Provincial Electoral de Loja (JPEL) culminó con el procesamiento y validación del 100% de las actas de escrutinio de las Elecciones Generales 2021, realizadas el domingo 7 de febrero.

•• Representantes de las cooperativas marcharon hasta la Gobernación de Loja.

Con una marcha pacífica y la paralización de un gran número de unidades (buses y taxis) el sector de la transportación pidió a las autoridades: frenar el alza del combustible, control al transporte informal, moratoria de las deudas en las entidades financieras y autorizar el aforo al 100%. Situación El presidente de la Federación de Cooperativas de Loja, Fredi Guerrero Lapo, expresó que el decreto ejecutivo permite liberar o en otras palabras eliminar el subsidio del precio del combustible. El cual supera el 30% y anoche nuevamente subió el costo del galón de diésel. “Hay que advertir a la ciudadanía que en estos momentos se regula el precio del diésel, pero en poco tiempo empezará a subir la gasolina, porque la normativa establece que debe llegar a un costo internacional”, dijo.

El Gobierno quiere que suban los pasajes, “pero nosotros como transportación insistimos que tiene que existir la focalización del subsidio del combustible para el transporte público y comercial para no afectar a la ciudadanía, ya que la mayoría no cuenta con dinero por la crisis derivada de la pandemia y aplicar el incremento no es lo lógico”. A ello, se suma que la reactivación esta lenta y lo que actualmente están solo cubriendo los gastos operativos y por esa razón es que hablan de una moratoria con las entidades financieras, porque los ingresos no les permiten cumplir con los compromisos, sin embargo, la banca sabe que somos deudores de buena fe, ya que siempre han cumplido con los pagos de un crédito. Otro de los factores que existe, son las variaciones en el costo de algunos repuestos, es por ello que

piden la importación de los mismos sin aranceles para poder aplacar en algo los gastos operativos de las unidades de transporte. También que el aforo sea el 100%, ya que estadísticamente no se ha demostrado que el transporte público sea un foco de contaminación del virus. Por su parte, Marco Coronel Bravo, presidente de la Unión Provincial de Cooperativas de Taxis de Loja, indicó que pide al Municipio de Loja no de paso a la creación de más cooperativas o compañías de taxis en la ciudad de Loja, puesto que esto afectaría mucho más al sector que se encuentra debidamente organizado y afectado por la pandemia. A decir, del presidente del Consorcio de Transportistas “Ciudad de Loja”, José Maldonado Quezada, la informalidad e ilegalidad ha venido incrementándose en la ciudad, provincia y en el país, a vista y pa-

Se validaron las actas de escrutinio a las dignidades de Presidente y Vicepresidente, Asambleístas Provinciales, Asambleístas Nacionales y Parlamentarios Andinos. Leonardo León, presidente de la Junta Provincial Electoral de Loja, con beneplácito recordó que la mañana del martes 9 de febrero, se reinstalaron en la Sesión Permanente de Escrutinio, para resolver las más de 600 inconsistencias numéricas y falta de firmas que se presentaron en algunas Juntas Receptoras del Voto (JRV) durante el procesamiento de las actas. En estas Elecciones Generales, hubo el tratamiento de 1.278 actas que se han generado en función de las 1.270 Juntas Receptoras del Voto que existen en la provincia de Loja, sumadas 6 del Voto en Casa y 2 de las Personas Privadas de la Libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada (PPL). En total fueron sumadas 5.112 actas, entre las cuatro dignidades que se eligió, las que la JPEL procedió a aprobar en el desarrollo de la Sesión Permanente de Escrutinio. Los vocales de la JPEL se autoconvocaron para reinstalarse en la sesión, a las 12h00 de este miércoles 10 de febrero, para verificar si aún existe reclamos de las

Organizaciones Políticas, pero al no existir, se aprobó el acta de desarrollo y consecuentemente el cierre y clausura de las Sesión Permanente de Escrutinio. Es así que, en la provincia de Loja, los porcentajes alcanzados por las 17 organizaciones políticas para la dignidad de Asambleístas Provinciales son: Unión por la Esperanza (Listas 1-5) 16. 63%, Alianza Minka por la Vida (Listas 2-18) 18.50 %, Partido Sociedad Patriótica “21 de Enero” 1.55 %, Movimiento Ecuatoriano Unido 1.18%, Partido Social Cristiano 6.62%, Alianza te convocamos a avanzar 1.37%, Movimiento Justicia Social 1.06%, Partido Izquierda Democrática 14.82%, Alianza Honestidad 3.90%, Unión Ecuatoriana 1.95%, Movimiento Democracia Sí 2.02%, Movimiento Creo, Creando Oportunidades 10.83%, Partido Político Sociedad Unida Más Acción 2.10%, Movimiento Nacional Podemos 2.33%, Loja Primero 5.95%, Movimiento Acción Regional por la Equidad ARE 4.93%; y, Movimiento Alianza Popular Latinoamericana APLA 4.27%. Estos porcentajes se obtienen de un total de 309.250 sufragantes, que corresponde el 78.67% y un ausentismo de 83 862 votantes que equivale el 21.33%. Asimismo, hubo 35 752 votos blancos y 28 320 votos nulos. Cabe resaltar que los resultados entregados son provisionales ya que luego que se cumplan los plazos que son vía administrativa y jurisdiccional, serán resultados firmes.

ciencia de las autoridades de tránsito y de la Policía Nacional; tal es así que, vehículos particulares sin tener la autorización de la Agencia Nacional de Tránsito o de los GAD, públicamente y en redes sociales ofertan los servicios de transporte, sin que exista un control. “El tema ha sido denunciado a nivel local, provincial

y nacional durante todo el tiempo; sin embargo, las autoridades no han dado una respuesta; todo lo contrario, se han tornado permisivas y es por eso es que cada día se incrementa de forma desmedida y consecuentemente da como resultado que los ingresos del sector del transporte formal se hayan reducido en un 45%”, destacó.(I).(FJC).


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Incrementar el costo de la recolección de la basura afecta a los lojanos El 02 de febrero con 7 votos a favor y 4 en contra se aprobó en primer debate el proyecto de reforma a la Ordenanza que establece la tasa por el servicio de aseo público y recolección de desechos sólidos en el cantón Loja. Según ediles el incremento no es el camino, sino cambiar el modelo de gestión tanto en la institución como en la ciudadanía. Circunstancias El concejal Darío Loja Reyes no está de acuerdo con que se incremente la tasa por el servicio de recolección de basura en tres veces más, ya que no mejorará el sistema de la recolección de la basura, porque el problema va más allá de la taifa y tiene que ver con el modelo de gestión, la clasificación domiciliaria y reutilización.

Dato Del proceso de la basura se obtienen otros rubros: USD 31.000 por la venta de humus y USD 93.000 en productos reciclables. El costo de la recolección de la basura se paga en la planilla del agua potable y depende de las categorías: Categoría residencial: comercial: industrial: •• Incremento del costo de la recolección de la basura podría aprobarse en los próximos meses.

Indicó que el déficit que atraviesa el Municipio no debe resolverse apuntando a revisar la economía de ciudadano, sino dar solución al tema. Sin embargo, el justificativo que presentó el alcalde de Loja para el proyecto, es que en la actualidad se está recaudando USD 919.000 al año por el tema de la recolección de

la basura y lo que gasta la entidad son USD 2’669.000 existiendo un déficit de USD 1’750.000”. “Incrementar la tasa de recolección en 3 veces más, no tiene nada de lógico, si vamos a tener los mismos resultados”. Por ejemplo, plantean en la categoría residencial que en promedio paga USD 1,37 al mes, con

la propuesta es que ahora cancelen USD 4,12; comercial, abonan USD 5,02 y ahora paguen USD 15.07; e, industrial, en estos momentos tiene un costo de USD 140,82, luego tendrán que abonar USD 422.47. Además, Loja Reyes puntualizó que el Municipio tiene una barredora mecánica que prestaba sus servicios, pero en la actualidad está arrimada en las instalaciones del relleno sanitario y

Número de medidores 46.241 4.982 12 cada día que está paralizada es un perjuicio para la institución. A decir, de la concejala Karina González Loján, incrementar el costo de la recolección de la basura en los actuales momentos no es adecuado, ya que a pocos días tendrá que empezar a pagar la contribución especial de mejoras por el proyecto Regenerar y posterior el asfaltado de los 14 barrios.(I).(FJC).

Zamora Chinchipe

Asambleístas electos coinciden que los mineros artesanales sean regularizados La provincia de Zamora Chinchipe eligió a sus dos nuevos asambleístas en los comicios desarrollados el 07 de febrero. Ellos serán posesionados en mayo del presente año y una vez en funciones tratarán que realizar una reforma a la Ley de Minería con el objetivo de que los mineros artesanales sean regularizados. Trabajo La asambleísta electa, Isabel Enrriquez Jaya, mencionó el resultado del trabajo realizado en minga desde las bases, en cada uno de los sectores de la provincia, se refleja en los resultados que están a la vista, es decir, tener una amplia votación y el respaldo de los ciudadanos, razón por la cual “con toda la responsabilidad haré un excelente trabajo en la Asamblea Nacional de la mano del pueblo zamorano chinchipense”. “Empezaré trabajando para

darle la regularización a los pequeños mineros artesanales, porque son quienes dan mayor movimiento económico y plazas de trabajo que las mismas transnacionales”. En ese sentido, se hará cumplir la transitoria sexta realizada en el 2013 y que al momento el Gobierno Nacional no ha cumplido. También estarán pendientes que se cumplan todo ese trabajo ambiental que debe tener las mineras con respecto a la zona de influencia y se respeten los derechos laborales de los trabajadores. A su vez que cumplan con la Ley Especial Amazónica, la cual establece que el 60% de la mano de obra debe ser del mismo lugar de donde se extrae los recursos. Agregó que planteará un proyecto de ley para bajar las tasas de interés a menos de un dígito, ya que actualmente para los productores es del 18% hasta el

25%, pero una vez bajados se podrá reactivar la economía y la producción. Además, hará cumplir una parte de la Ley Especial Amazónica donde establece la creación de una universidad, porque la provincia tiene derecho a una educación superior de calidad. Por su parte, Diego Esparza Aguirre, expresó que está muy agradecido con la provincia de Zamora Chinchipe, sus 9 cantones y las 29 parroquias, ya que sus habitantes depositaron la confianza para ser representados desde el legislativo. “Viene una tarea de mucha responsabilidad, pero con ayuda de la ciudadanía

•• Isabel Enrriquez Jaya y Diego Esparza Aguirre, asambleístas electos de Zamora Chinchipe.

sabré hacer el trabajo adecuadamente y es así que se trabajará en una reforma a la Ley Orgánica de Discapacidad para garantizar la inserción laboral. También plantear cambios a la Ley Orgánica de Educación Superior y exigir para que Zamora Chinchipe tenga una universidad”, dijo. En cuanto a la minería se buscará los mecanismos para que las personas que

se dedican a la actividad artesanal sean reguladas, ya que ha pasado más de 7 años y no se ha cumplido. Unión Los dos asambleístas buscarán unirse con los demás colegas de la frontera para trabajar en conjunto, realizar leyes o reformas a algunas normativas, las cuales sean de beneficio a la región sur.(I).(FJC).

Dato Asambleísta Isabel Enrriquez Jaya Diego Esparza Aguirre

Organización Alianza por la Dignidad de Zamora Chinchipe Alianza Honestidad

Porcentaje Votos 31,91% 18.764 16,43%

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Ningún candidato del partido de Gobierno entró como asambleísta La Alianza Loja primero conformada por el Movimiento Alianza PAIS Patria Altiva i Soberana y el Movimiento Construye en la provincia de Loja no logró el apoyo requerido y sus candidatos se quedaron sin una curul en la Asamblea Nacional. La situación se repitió en casi todo el país. Rechazo Según Carlos Guerrero Abad, analista político y económico, la no obtención de representantes en el legislativo es un claro mensaje del pueblo ecuatoriano al movimiento de Gobierno porque no está de acuerdo con las políticas de carácter neoliberal que se han estado aplicando, como el recorte del presupuesto para la inversión social, productiva, educación, salud, entre otros. También fue el rechazo a

Dato Alianza Loja primero Porcentaje Votos 5.95% 14.586

• Carlos Guerrero Abad y Alonso Ríos Hidalgo, analistas políticos..

las políticas económicas, porque hubo las alianzas con los sectores de la derecha y el Gobierno; eso fue el

resultado que solo logra un candidato a nivel nacional. A decir, del político Alonso Ríos Hidalgo, estos resulta-

dos fueron el reflejo de lo que ha significado 14 años (10 años del correísmo y 4 del actual gobierno) que

han sido de lo mismo, es decir, más de corrupción, saqueo, robos y más. “Por ejemplo, acabamos de vivir con la crisis sanitaria una situación de corruptela jamás vista en la historia del Ecuador, ya que no se respetó ni el dolor humano, porque se siguieron cometiendo actos terribles como los sobreprecios en los insumos médicos, mascarillas, funda de los cadáveres, entre otros. Además, es por no haber cumplido su oferta de campaña y por ende, tanto en la ciudad de Loja como en todo el país, solo logra una minúscula participación en la Asamblea.(I).(FJC). P

EL COLEGIO DE NOTARIOS DE LA PROVINCIA DE LOJA Ante el sensible fallecimiento de quien en vida fuera distinguido caballero de nuestra sociedad, señor:

Diego Julián Rodríguez Rojas Presentan su sentida nota de pesar y solidaridad a todos sus familiares, por tan grande e irreparable pérdida y de manera especial a su hijo Abogado Juan José Rodríguez Granja, Notario Décimo del cantón Loja, distinguido miembro de nuestro Colegio. PAZ EN SU TUMBA Loja, 10 de febrero de 2021 P/


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La muestra fotográfica “Sinfonía de la piel” se expone en la sala Ángel Rubén Garrido El 9 de febrero se realizó la inauguración de la exposición “Sinfonía de la piel” del fotógrafo Renato Agila Torres. La muestra se presenta en la Sala de Exposiciones Ángel Rubén Garrido de la CCE Núcleo de Loja. Renato Agila Torres es uno de los más sobresalientes fotógrafos lojanos, posee una gran pasión por su trabajo, lo que le ha permitido desarrollar importantes proyectos artísticos. Su amor por este arte va más allá de retratar una imagen. La Administración de Salas de Exposiciones de la CCE Núcleo de Loja, acoge esta propuesta compuesta por una interesante selección de piezas que muestran los intereses y afectos del autor. La muestra reúne potentes piezas del nutrido repertorio de cinco años de su trabajo. Diego Naranjo Hidalgo, director provincial CCE Núcleo de Loja, felicitó la

obra del expositor, destacó la perseverancia y el talento depositado en esta propuesta que muestra la belleza del ser humano. “La sencillez del artista se multiplica en la capacidad creativa. El arte es la mejor respuesta a los momentos difíciles que vive la sociedad”, enfatizó.

Sobre el concepto de la propuesta, Renato Agila señala que con esta exposición se materializa un anhelo personal, pues siempre fue su deseo construir una nueva visión del desnudo artístico, que permitan quitarle el morbo de la figura femenina y masculina, y exaltarla en un nivel de libertad. La

Casmul promociona feria artesanal El Centro de Apoyo Social Municipal de Loja (Casmul) a través del Almacén Artesanal Municipal este jueves, viernes y sábado realizará una feria artesanal por motivo del 14 de febrero en la que se promocionará los productos que realizan artesanos del cantón. “Tenemos el agrado de invitarles a que vengan estos días a la feria en las instalaciones del Almacén Artesanal; es importante consumir lo de Loja para que la economía se reactive”, mencionó Cecilia Moscoso, presidenta del Casmul. Durante esta feria se encontrará mercadería novedosa nativa de la ciudad y con grandes promociones. “El objetivo de esta feria

mayor parte de estas fotografías se desarrollan en escenarios naturales donde los elementos vitales como agua, luz, tierra y aire, componen una sinfonía con la piel. En las fotografías, las anatomías femeninas participan su timidez, su pudor, su cautela, tan propia del

ámbito local, ellas comulgan con los paisajes imponentes y libres que marcan un contraste de elegante riqueza. El evidente dominio de la composición, de la luz, el atinado gusto en la selección de locaciones y texturas dan cuenta de su constante experimentación y el rigor técnico con el que ejecuta las fotografías. El fotógrafo Roberto González (Rogo), a quien le debemos una gran oleada de entusiastas de la fotografía en el sur del país, expresó su satisfacción por la evolución alcanzada y el sello personal que logra plasmar en cada proyecto que desarrolla. Fue parte del equipo de selección de fotografías que se exponen. La exposición está abierta del 9 al 25 de febrero en la Sala Ángel Rubén Garrido. La ciudadanía podrá visitar la muestra de forma presencial, en horarios de 9h00 -13h00 y de 15h00 17h00. P

CASA EN VENTA O ARRIENDO CONJUNTO HABITACIONAL PALACIO ANDALUZ 185m de construcción, 3 dormitorios, cuarto de estudio, 4 baños completos. Casa interna Nro. 7 con garaje. Calle 8 de diciembre y Tribuno, junto a INAPESA. INFORMES: CEL 0987499529 022921312 Quito - 072560267 Loja P/F4760

es promover la economía con la exhibición de los productos y artesanías”, resaltó Adriana Jaramillo, coordinadora técnica del Casmul. Por este motivo, el concejal Pablo Burneo destacó que la “mejor forma de apoyar

a los lojanos es comprando lo que nosotros mismos hacemos, esto será una oportunidad y ventana para poder apoyar a nuestra gente”, sostuvo. Productos Se expenderán

produc-

tos como: llaveros, jarros, postales, tejidos, cajitas de madera, vasos decorativos, pimenteros, porta inciensos y una gran variedad de artículos para el hogar o el trabajo que cuentan con identidad netamente lojana. (I).

Dato •

Los horarios en los que se llevará a cabo esta feria artesanal son jueves y viernes de 09h00 a 18h00 y el sábado de 09h00 a 14h00.


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Sucesos

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Ayuda internacional Resoluciones del para refugiados Coe Cantonal venezolanos en Macará de Loja Ofrecerán apoyo humanitario para los refugiados venezolanos que están llegando a Macará, en las últimas semanas, y que hasta el momento suman alrededor de 1500 personas, incluidos niños y adultos, que en algunos casos han continuado su movilidad a Perú y Chile, y en otros están diseminados en distintos puntos de la ciudad Frente a esto, el alcalde de Macará, Alfredo Suquilanda Valdivieso, gestiona con los representantes del Alto Comisionado de los Derechos Humanos para los Refugiados, del Programa Mundial de Alimentos, ONG

El COE Cantonal, mediante sesión de este miércoles 10 de febrero de 2021, resolvió:

Adra y representantes de la Cruz Roja. Con la ayuda habilitarán, según el caso lo amerite, albergues, cuyas adecuaciones las realizará el Municipio y con el respaldo de estos organismos nacionales e internacionales, para el equipamiento

Vicepresidente del CNE dice que elecciones se ganan hasta con un voto de diferencia Las autoridades del Consejo Nacional Electoral (CNE) se comprometen a respetar cada voto expresado en las elecciones generales. Así lo aseguró Diana Atamaint, presidenta del organismo, este miércoles 10 de febrero del 2021. “El resultado final será esa genuina expresión que la gente dio”. Minutos antes, el vicepresidente, Enrique Pita, habló desde Quito y aseguró que el procesamiento de las actas con novedades se realiza con la presencia de los delegados de las organizaciones políticas. Pidió no confundir la proyección del conteo rápido con los resultados que salen del proceso de escrutinio en las 24 juntas provinciales electorales y la del exterior. “El proceso electoral se gana o se pierde hasta con un voto, no se gana con presión que se pueda ejercer ante las autoridades electorales o por más ruido o más alboroto que se pueda hacer en las calles para sostener una po-

sición”, manifestó Pita. Agregó que cuando un candidato pide la revisión de un acta, tiene que presentar un documento de respaldo, ya sea la copia de la misma acta descargada del sistema del CNE o la que recogieron en el escrutinio. “Si hay contradicción, es obligación de la junta provincial electoral abrir y recontar”. Con el 99,41% de actas procesadas el candidato Andrés Arauz, de la Alianza Unión por la Esperanza (Unes) obtiene el 32,44% de votos, con lo que gana la primera vuelta y asegura su presencia en el balotaje para definir al futuro Jefe de Estado. La pugna por el segundo lugar se estrecha cada vez más. Hasta las 16h40 de este miércoles 10 de febrero, Yaku Pérez, presidenciable de Pachakutik, logra el 19,65% de votación (1’765.654). Mientras que Guillermo Lasso, de la alianza Creo-Partido Social Cristiano, suma el 19,60% de sufragios válidos (1’761.168).(I)

correspondiente. El objetivo es la asistencia humanitaria que permita un tránsito con dignidad para los hermanos venezolanos, que continúan llegando al cantón, debido a la crisis que azota a este país latinoamericano, dijo Suquilanda.(I)

• Exhortar a la ciudadanía a evitar lugares de aglomeración masiva por el 14 de febrero y feriado de carnaval. • Recordar a la población que están prohibidos eventos masivos y la ocupación del espacio público, durante el feriado de carnaval. • Desplegar operativos de control interinstitucionales permanentes en las vías del cantón Loja, del 12 al 16 de febrero.

• Garantizar el estricto cumplimiento de los protocolos de bioseguridad en las hosterías y lugares de alojamiento, recordando que el aforo permitido es del 50%, expendio de bebidas de moderación y NO está permitido la realización de eventos de cualquier índole. • Continuar con el cumplimiento del plan piloto de reapertura de los centros de tolerancia, de lunes a sábado, en el horario de 11h00 a 19h00, expendio de bebidas de moderación y respetando el aforo del 30%.

Fybeca presenta su primer Dermocenter Fybeca, consciente de que el cuidado diario de la piel es importante, presenta al mercado ecuatoriano el primer Dermocenter del país. El Dermocenter es un espacio exclusivo ubicado en los principales puntos de venta Fybeca a nivel nacional, se enfocan en el cuidado de la salud de la piel de toda la familia. Están a cargo de Dermoconsejeras, expertas en dermocosmética, quienes brindan de manera gratuita asesoría personalizada a cada cliente, identificando afecciones en la piel, recomendando los productos idóneos y el tratamiento completo para cada patología. Además, ofrecen una guía a las personas en la compra de su receta dermatológica o de productos para el cuidado general de la piel. Reconocidas marcas nacionales e internacionales, especializadas en el cuidado de los diferentes tipos de piel, como: Eucerin, Bioderma, La Roche Posay, Bassa, Heliocare, Endocare, Photocare, Avene, Cetaphil, Isdin, Isis Pharma, entre otras, forman parte

•• Miguel Celedón, presidente Ejecutivo de Corporación GPF; Bibiana Sabransky, gerente de Compras de Belleza y Cuidado Personal - Fybeca; Gabriela Ponce, gerente Retail de Belleza y Cuidado Personal – Fybeca y Dermoconsejera, durante el lanzamiento del primer Dermocenter de Fybeca en el país.

del amplio portafolio de productos de cada Dermocenter, que contribuyen a los tratamientos y ofrecen una solución integral para el cuidado y salud de la piel. Gracias a su tecnología y principios activos pueden tratar las diferentes problemáticas cutáneas como el acné, manchas, arrugas, piel seca, entre otras. Además, cuentan con el respaldo científico de estudios realizados para su elaboración y eficacia que ha sido comprobada clínicamente. Con el lanzamiento del pri-

mer Dermocenter en el país, Fybeca mantiene alianzas con dermatólogos, permitiendo que sus pacientes tengan la confianza y seguridad de encontrar los productos necesarios para su tratamiento en cada Dermocenter y de igual manera, en el caso de que la persona presente una afección mayor que requiera de una consulta más extensa, será dirigido a los dermatólogos aliados con el objetivo de que las recomendaciones y tratamiento siempre sean los más adecuados. (I)


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Ciencia

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Las científicas de carrera aún enfrentan prejuicios de género, según un estudio de la UNESCO A pesar de la escasez de competencias en la mayoría de los campos tecnológicos que impulsan la Cuarta Revolución Industrial, las mujeres siguen representando sólo el 28% de los licenciados en ingeniería y el 40% de los licenciados en informática y computación, según el próximo Informe de la UNESCO sobre la Ciencia, cuyo capítulo sobre el género en la ciencia, titulado Para ser inteligente, la revolución digital tendrá que ser inclusiva, se publica el 11 de febrero con motivo del Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia. “Todavía hoy, en el siglo XXI, las mujeres y las niñas son marginadas en la esfera científica debido a su sexo”, afirma la Directora General de la UNESCO, Audrey Azoulay. “Las mujeres deben saber que tienen un lugar en la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas y que tienen derecho a participar en el progreso científico”, añadió. La proporción de mujeres entre los licenciados en ingeniería es inferior a la media mundial en muchos países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Es el caso, por ejemplo, de Australia (23,2%), Canadá (19,7%), Chile (17,7%), Estados Unidos (20,4%), Francia (26,1%), Japón (14,0%), la República de Corea (20,1%) o Suiza (16,1%). Además, no existe un patrón regional definido. Algunas de las proporciones más elevadas de mujeres graduadas en ingeniería se encuentran en los Estados árabes, por ejemplo en Argelia (48,5%), Marruecos (42,2%), Omán (43,2%), Siria (43,9%) y Túnez (44,2%), y en América Latina, donde las mujeres representan el 41,7% de los graduados en ingeniería en Cuba, el 47,5% en Perú y el 45,9% en Uruguay. También se observan grandes disparidades entre los países de una

misma región. El capítulo también destaca el hecho de que las mujeres no se benefician plenamente de las oportunidades de empleo abiertas a los expertos altamente formados y cualificados en campos de vanguardia como la inteligencia artificial, donde solo uno de cada cinco profesionales (22%) es una mujer, según un estudio de 2018 del Foro Económico Mundial sobre la Brecha Global de Género. Asimismo, las mujeres fundadoras de start-ups siguen teniendo dificultades para acceder a financiación y, en las grandes empresas tecnológicas, siguen estando infrarrepresentadas tanto en los puestos de dirección como en los técnicos. También son más propensas que los hombres a abandonar el campo de la tecnología, y a menudo citan las malas perspectivas de carrera como motivo clave para su decisión. Sin embargo, la actitud de las empresas hacia las mujeres está evolucionando, ya que los estudios relacionan la confianza de los inversores y los mayores márgenes de beneficio con la existencia de una plantilla diversa. Las mujeres deben formar parte de la economía digital para evitar que la Industria 4.0 perpetúe los prejuicios tradicionales de género. A medida que aumenta el impacto de la inteligencia artificial en las prioridades de la sociedad, la escasa representación de la contribución de las mujeres a la investigación y el desarrollo supone que probablemente se pasen por alto sus necesidades y perspectivas en el diseño de productos que repercuten en nuestra vida cotidiana, como las aplicaciones para teléfonos inteligentes. El techo de cristal también sigue siendo un obstáculo para las carreras de las mujeres en el mundo académico, a pesar de algunos avances. A nivel mundial, las mujeres han alcanzado la paridad nu-

mérica (45-55%) en los niveles de estudio de grado y máster y están en puertas de conseguirla en los niveles de doctorado (44%), según el Instituto de Estadística de la UNESCO. La brecha de género se amplía a medida que las mujeres avanzan en su carrera académica, con una menor participación en cada peldaño sucesivo del escalafón, desde la estudiante de doctorado hasta la profesora asistente, pasando por la directora de investigación o la profesora titular. En general, las investigadoras suelen tener carreras más cortas y peor pagadas. Su trabajo está poco representado en las revistas de alto nivel y a menudo no se las tiene en cuenta para los ascensos. Las mujeres suelen recibir becas de investigación más modestas que sus colegas masculinos y, aunque representan el 33,3% de todos los investigadores, sólo el 12% de los miembros de las academias científicas nacionales son mujeres. El sesgo de género también se constata en los procesos de revisión por pares y en los congresos científicos, en los que se invita a hombres a hablar en paneles científicos dos veces más que a mujeres. (Los datos sobre la proporción mundial de mujeres investigadoras se basan en la información recopilada en 107 países en el periodo 2015-2018 por el Instituto de Estadística de la UNESCO). Esta persistente desigualdad es contraria al artículo 24 de la Recomendación de la UNESCO sobre la Ciencia y los Investigadores Científicos (2017), que afirma que los Estados deben velar por que los investigadores científicos disfruten de condiciones equitativas de trabajo, contratación y promoción, evaluación, formación y remuneración sin discriminación. La base de datos Request a Woman Scientist es una de las respuestas a la discriminación de género en

la ciencia. Forma parte de la organización 500 Women Scientists. Conecta una red multidisciplinar de mujeres científicas profesionalmente avaladas con cualquier persona que necesite identificar, consultar, invitar o colaborar con una mujer especializada. Los premios de prestigio son otra forma de mostrar la excelencia y desafiar los estereotipos negativos sobre las mujeres en la ciencia. Un ejemplo es el programa L’Oréal-UNESCO La Mujer y la Ciencia, que a lo largo de los últimos 23 años ha dado a conocer a investigadoras destacadas mediante la atribución anual de premios y becas de investigación con el fin de cambiar actitudes y proporcionar modelos femeninos positivos. En 2019, el programa amplió sus propios premios y becas internacionales para incluir las matemáticas y las ciencias de la computación, en reconocimiento de la falta de visibilidad de las mujeres en campos que están en el centro de

la Cuarta Revolución Industrial. El 11 de febrero se anunciarán cinco nuevas galardonadas, una de cada continente. Asimismo, los Premios de la Fundación OWSDElsevier para las mujeres científicas que inician su carrera, cuyas cinco galardonadas de 2021 recibirán sus premios en una ceremonia en línea el 9 de febrero. Desde 2013, la UNESCO y la Fundación Elsevier conceden anualmente premios a mujeres de países en desarrollo que han superado obstáculos considerables para alcanzar la excelencia en la investigación. El informe completo de la UNESCO sobre la ciencia: La carrera contra el tiempo para un desarrollo más inteligente, se publicará en abril de este año. Cada cinco años, el informe hace un seguimiento de las tendencias y la evolución de la gobernanza de la ciencia en todo el mundo. La próxima edición se centrará en los Objetivos de Desarrollo Sostenible de 2030 y en la Cuarta Revolución Industrial. P


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Cinco consejos para desarrollarte como docente investigadora Según un estudio realizado por la UNESCO en 2016, a nivel global, el 30% de investigadores científicos son mujeres, resaltando la importancia de involucrar a más mujeres en la ciencia para crear una igualdad de género que aporte al desarrollo sostenible. Es por esto que la ONU el 11 de febrero de cada año, conmemora el Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia, para apoyar a las mujeres científicas y promover el acceso de mujeres y niñas a la educación, capacitación e investigación en ciencia y tecnología. Para lograr esta participación de la mujer en la ciencia es fundamental conocer el proceso, que inicia por la formación académica e interés por la investigación, para luego formar parte de instituciones de educación superior donde pueda desarrollar sus investigaciones. Silvia González, vicerrectora de investigación de la UTPL, comparte 5 consejos para las mujeres que deseen convertirse en docentes investigadoras y liderar procesos de producción de

conocimiento a nivel local y nacional: 1. Cursar una carrera que le apasiona Toda carrera profesional que elegimos cursar es especial, única e intransferible como cada persona. Por lo tanto, debes elegir el campo profesional que te apasiona, en el que te gustaría aportar soluciones para el bienestar social. Lo fundamental es la motivación ya que desarrollar ciencia en cualquier campo del conocimiento presenta retos por la competencia y las condiciones adversas que puedan existir, pero alguien apasionado en su ámbito profesional no se dejará vencer. 2. Adquirir habilidades La mujer que se dedica la ciencia debe poseer algunas cualidades como: • Sensibilidad y creatividad para distinguir lo que aún no se ha descubierto en su rama de conocimiento. • Perseverancia en el estudio, fortaleza, valentía y confianza en sí misma para describir con honestidad lo relevante.

Enfermedad acaba con la vida de la leona Shanga La leona Shanga, de aproximadamente veinte años de edad, falleció la tarde del miércoles 10 de febrero, en el Centro de Conservación de la Vida Silvestre “Orillas del Zamora”, ubicado en el norte de la ciudad. Su condición geriátrica y dificultades de salud ocasionaron su muerte. Desde hace un par de meses los médicos veterinarios detectaron en la leona problemas en la médula ósea e insuficiencia renal, lo que deterioraron su salud, se hizo todos los esfuerzos para recuperar al ejemplar. Incluso esta novedad fue comunicada con antelación a la zonal del Ministerio del Ambiente, que con sus técnicos verificaron las condiciones en las que se encontraba. Hay que recordar que Shanga fue traída a esta ciudad

en el año 2015, proveniente del Centro de Rescate de Guayabillas de Ibarra, de no haberla acogido se le hubiera practicado eutanasia, ya que el centro que los protegía se cerró. Desde que el felino llegó a Loja recibió el cuidado para que continúe su estadía, siempre hubo valoración médica y alimento, sin embargo, la condición longeva de la leona avanzaba. Jhon Castillo, médico veterinario, indicó que una vez determinada la afectación del animal brindaron cuidados especiales. Pese a todos los esfuerzos no pudieron salvar la vida de Shanga porque está en el límite de la edad promedio de los leones, que son quince años. Hoy se dará a conocer el informe técnico por parte de los especialistas.(I)

• Buena comprensión lectora y habilidades de comunicación escrita y oral. • Eficiencia, humildad y optimización de recursos como el tiempo y sobre todo flexibilidad para trabajar en equipo. 3. Relacionarse con expertos Una vez que cuente con una formación académica sólida y fortalezca las habilidades, se debe trabajar en grupo y relacionarse con otros investigadores pues al trabajar con expertos se adquiere buenos hábitos de trabajo, además de conocimiento. Es importante distinguir oportunidades de desarrollo, como las experiencias en grupos de investigación que trabajan temas relevantes y realizan aportaciones interesantes desde diferentes posiciones, permitiendo aprender metodologías adecuadas; participar en eventos, entablar vínculos y posibles colaboraciones.

4. Investigar temas de interés Si deseas publicar artículos científicos en revistas indexadas a bases de datos e incrementar tu experiencia como investigadora, lo principal es indagar temáticas que sean de tu interés, adquirir una metodología propia, convertirte en experta en el tema, mediante la lectura y la convivencia con expertos, así adquirirás una visión de lo que hace falta aportar y podrás enfocar en ello tu trabajo. 5. Vencer los retos Una de las principales dificultades para la mujer al desarrollarse en la ciencia es fusionar el campo laboral y profesional con las aspiraciones personales, familiares y sociales, ya que la mujer tiene responsabilidades familiares y sociales diferentes a las de un hombre, por lo que se tiene la creencia de que deberás renunciar a aspectos importantes de tu vida, sin embargo, si logras

•• Silvia González, vicerrectora de investigación de la UTPL

cultivar todos los ámbitos de forma integral, se puede vivir una vida equilibrada y satisfactoria. En el ámbito científico, la mujer aporta cualidades interesantes como sensibilidad, adaptabilidad, ver los problemas más allá de lo simple, con una mirada fresca y original. En la UTPL se fomenta la inclusión de la mujer en el ámbito científico, tanto en docentes como estudiantes, por medio de becas, recursos didácticos, laboratorios de última tecnología e incentivos a su labor. Si tu interés es generar un impacto a través de la investigación, esta casa de estudios te brinda la oportunidad, conoce más de la labor que se realiza en investigacion.utpl.edu.ec (I)

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CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA INDUSTRIA LICORERA EMBOTELLADORA LOJA S.A. ILELSA De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías y los estatutos sociales de la compañía, se convoca a los señores Accionistas, a Junta General Extraordinaria de Accionistas a llevarse a efecto el día lunes 22 de febrero del 2021, a las 18h00, en su domicilio ubicado en la Av. Salvador Bustamante Celi y Homero Idrovo de esta ciudad de Loja, para tratar los siguientes puntos: 1. Conocer y resolver sobre la designación de los miembros del directorio de la compañía. Nota: Los accionistas que deseen comparecer por medios telemáticos deberán comunicar dicho requerimiento al presidente de la compañía. De conformidad con lo que dispone el estatuto, los accionistas podrán hacerse representar por mandatarios acreditados mediante carta poder dirigida al Representante Legal de la compañía; o mediante Poder debidamente otorgado ante Notario, cuando el compareciente no sea accionista de la compañía ILELSA. Loja, 11 de febrero del 2021. Ing. Felipe H. Burneo Álvarez. PRESIDENTE INDUSTRIA LICORERA EMBOTELLADORA LOJA S.A. ILELSA P/


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Lasso supera a Pérez

•El candidato de CREO-PSC tiene el 19.69% de votos y el de Pachakutik tiene 19.52%.

que Pérez tiene un 19.52% (1’779.476 votos). Es decir hay una diferencia de: 15.218 votos. Así se pudo conocer en la página del CNE que minuto a minuto actualiza los resultados de las elecciones realizada el pasado domingo. Lasso tiene un 19.69% Además del 0.11% de ac(1’794.694 votos), mientras tas por escrutar, hay otro El candidato presidencial de la alianza CREO-PSC, Guillermo Lasso, ha superado al de Pachakutik, Yaku Pérez, en el conteo de votos del Consejo Nacional Electoral (CNE) que ya lleva el 99.89% de las actas escrutadas.

1.76% de actas con novedades (inconsistencias) que deben ser revisadas y luego computadas para conocer el resultado final. Hasta la mañana de ayer, Pérez mantenía una ventaja de 12.159 votos sobre Guillermo Lasso, cuando se habían procesado el 99,54%. La lucha por el segundo lugar en las

elecciones presidenciales ha estado reñido desde la noche del domingo cuando aparecieron los primeros resultados oficiales. Ambos candidatos han pedido esperar hasta que se oficialicen los resultados finales y afirmaron que están vigilantes para que el resultado sea el que el pueblo decidió en las urnas.(I)

Andrés Arauz pide ‘preservar la integridad del proceso electoral’ El candidato presidencial por Unes, Andrés Arauz, aseguró este miércoles 10 de febrero de 2021 que no tiene preferencias para competir en una segunda vuelta por Carondelet y llamó a “preservar la integridad del proceso electoral”. “Nosotros nos enfrentaremos en la segunda vuelta a quien el pueblo ecuatoriano decida. No voy a dar preferencias ni al uno ni al otro, sino que simplemente se cumpla la voluntad popular”, expresó en la emisora Teleradio. Arauz demandó “que se respete la voluntad popular, que finalice el conteo de votos, (y) que no se quiera atentar en contra del proceso electoral, por ejemplo, destruyendo material electoral”. Aunque sin entrar en detalles, el candi-

dato advirtió que “hay gente que está interesada en crear caos, en que esto no se resuelva nunca, de que por allí haya la tentación de que se generen incidentes que logren suspender las elecciones”. “Aquí se tiene que mantener la paz, se tiene que procesar todos los conflictos en términos del conteo electoral en el marco de la ley, que

es el Código de la Democracia, y en el marco de los tribunales electorales”, insistió. Arauz desmintió un presunto complot entre el correísmo y otros sectores para impedir que vaya a la segunda vuelta Yaku Pérez, de Pachakutik, quien enfrenta un conteo voto a voto con Guillermo Lasso (Creo) para el balotaje. El candidato consideró que

si Lasso pasa a la segunda vuelta, eso “permitiría contrastar de mejor manera” las posiciones de Unes “con las posiciones de una propuesta neoliberal que ha venido privilegiando el capital financiero”. “Pero nosotros no tenemos miedo a poder enfrentar en segunda vuelta a quien sea. Si es que es el señor Yaku Pérez, bienvenido sea. Pero nosotros queremos que se cumpla la voluntad popular y todavía hay un 5% de la votación del país que está pendiente por ser incorporada al cómputo”, agregó. Arauz acotó que ya ha reiniciado conversaciones con organizaciones aliadas para la campaña y que incluso se ha reunido con jóvenes que apoyaron la candidatura de Xavier Hervas, de la Izquierda Democrática.(I)

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UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA PROVINCIA DE LOJA CITACION JUDICIAL CITO con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite de la misma, y demás constancias procesales que anteceden, a los herederos presuntos y desconocidos del causante señor MANUEL ENRIQUE SILVA GUAMAN, que en extracto es como sigue: ACTOR: ELISA MARIA RIVERA ARMIJOS. DEMANDADOS: MARÍA DOLORES CALDERÓN SILVA, JOSÉ ALBERTO CALDERÓN SILVA, ROCÍO DEL CARMEN CALDERÓN SILVA, MARÍA ISABEL CALDERÓN SILVA y GONZÁLO ISRAEL CALDERÓN SILVA, CARLOS ALBERTO SILVA MEDINA, LUIS ALFREDO SILVA MEDINA, SEGUNDO MANUEL SILVA MEDINA, MARÍA CECILIA SILVA MEDINA, JUDITH DEL ROSARIO SILVA MEDINA Y CARMEN LUCÍA SILVA MEDINA. TRAMITE: ORDINARIO. OBJETO DE LA DEMANDA: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO. CUANTIA: Indeterminada. JUICIO: Nro. 11333-2019-03527. JUEZ: Dra. Talía Margarita Maldonado Castro. AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA PROVINCIA DE LOJA. Loja, lunes 3 de febrero del 2020, las 11h39, VISTOS: Cumplido lo dispuesto, la demanda presentada por la señora Elisa María Rivera Armijos, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los demandados: MARÍA DOLORES CALDERÓN SILVA, JOSÉ ALBERTO CALDERÓN SILVA, ROCÍO DEL CARMEN CALDERÓN SILVA, MARÍA ISABEL CALDERÓN SILVA y GONZÁLO ISRAEL CALDERÓN SILVA, en el domicilio señalado. A los señores: CARLOS ALBERTO SILVA MEDINA, LUIS ALFREDO SILVA MEDINA, SEGUNDO MANUEL SILVA MEDINA, MARÍA CECILIA SILVA MEDINA, JUDITH DEL ROSARIO SILVA MEDINA Y CARMEN LUCÍA SILVA MEDINA, herederos del señor Manuel Enrique Silva Guamán, en el domicilio señalado; y, a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR MANUEL ENRIQUE SILVA GUAMÁN, por la prensa conforme al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, COGEP. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 291 ibídem, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo.- Cítese al Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Loja, en las personas del Alcalde y Procurador Sindico, en sus despachos.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Loja, en los inmueble de inscripción Nro. 7240 repertorio 13979 y 7241, repertorio 13980, del 27 noviembre del 2008, para lo cual remítase el correspondiente despacho legal.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- Dra. Talía Margarita Maldonado Castro JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA. Particular que comunico para los fines de ley. Loja, 18 de diciembre del 2020 Ab. Lina Luzuriaga Maldonado. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA PROVINCIA DE LOJA. P/F


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Organizaciones indígenas inician movilización a Quito y Guayaquil Las organizaciones indígenas que apoyan a Yaku Pérez confirman que iniciaron su movilización a Quito y Guayaquil para defender lo que llaman su victoria electoral. Algunos líderes aseguran que al principio serán delegaciones de dirigentes, tampoco tienen claro cuántas personas llegarán, aunque al menos 200 personas ya están en la capital. Los dirigentes de las organizaciones amazónicas ya llegaron a Quito. Ellos también confirman el inicio de las movilizaciones, pero señalan que por ahora de su lado no serán masivas. Mientras tanto, desde el Consejo Nacional Electoral (CNE) dicen que la preocupación de las organizaciones políticas debe concentrarse en las delegaciones provinciales. Sin embargo, desde el movimiento indígena responsabilizan al CNE de lo que pueda pasar. Por ahora, en Quito ya se puede observar a algunos simpatizantes del candidato Yaku Pérez, que se encuentran en las afueras

•• El candidato a la presidencia Yaku Pérez llega a los exteriores de la Delegación Provincial Electoral del Guayas.

de la Delegación Provincial, donde ya terminaron los escrutinios presidenciales. Mediante un comunicado el movimiento indígena llamó a sus bases, organizaciones políticas y ciudadanía a movilizarse para defender “la voluntad popular y la democracia” por los votos que respaldan a Yaku Pérez, quien se disputa pasar a la segunda vuelta electoral con Guillermo Lasso, candidato por la alianza CREO - PSC. En el informe denuncian un “pacto oligárquico entre Lasso, Correa y Nebot” durante el conteo de las actas con inconsistencias en la

delegación provincial del Guayas. Yaku Pérez mantiene una ventaja pequeña de votos sobre Guillermo Lasso, cuando se ha procesado el 99,54% de las actas de las elecciones presidenciales del pasado domingo en Ecuador, aunque aún faltan por computar actas que han presentado alguna incidencia. A primeras horas de este miércoles 10 de febrero, Pérez tenía 19,72% de los votos y Lasso había acumulado 19,59%, según las estadísticas del Consejo Nacional Electoral (CNE).

Apagón en bodega interrumpió recuento de votos en El Oro La noche del martes 09 de febrero se registró un apagón de 5 horas en la bodega del Centro de Procesamiento Electoral de El Oro, donde permanecen almacenados los 535.815 votos. Delegaciones políticas denuncian que los cables de energía eléctrica habrían sido cortados por lo que piden investigar un posible fraude electoral. Técnicos de la empresa eléctrica encontraron una escalera en la parte posterior de la bodega y los cables de energía eléctrica cortados. Mario Ruano, director del Consejo Electoral, indica que esto pudo ser intencional. “Alguien nos saboteó la bo-

•• Delegaciones políticas denuncian que los cables de energía eléctrica habrían sido cortados. CNE

dega, nos cortaron un cable que conecta directamente a las bodegas pero el sistema de trasmisión está correctamente funcionando”, dijo Ruano. El recuento de los votos para

presidente y vicepresidente fue suspendido, mientras técnicos de la empresa eléctrica de Machala reparaban el daño. Mientras que integrantes de las organizaciones políticas permanecen en los exteriores del centro electoral en vigilia. Finalmente, el daño eléctrico fue reparado después de 5 horas y se reinstaló el conteo de votos. Según datos del Consejo Electoral de El Oro, en esta bodega reposan 1.664 paquetes electorales que son monitoreado con cuatro cámaras de seguridad que en las próximas 24 horas serán analizadas para determinar si existió algun tipo de manipulación.(I)

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Las actas con novedad del Guayas serán cruciales en las elecciones A las 16h20 de este miércoles 10 de febrero del 2021, tres días después de las elecciones presidenciales, Ecuador contaba con el 96,70% de “actas computadas”, con las cuales pasa a segunda vuelta el candidato del correísmo Andrés Arauz (Unes) con el 32,44% de la votación. Su contendiente aún no se ha definido. El cuencano Yaku Pérez (Pachakutik) tiene 19,65%, con un margen de apenas 0,05 sobre Guillermo Lasso (Creo) con 19,60%. Frente a esta corta distancia entre ambos contendientes, los resultados electorales se definirán con base en 1.101 actas con novedad, que representan a escala nacional el 2,75% y un porcentaje menor de 0,55% de actas por procesar, que corresponde a 220. Es muy probable, que el Consejo Nacional Electoral (CNE) termine el procesamiento de estas actas en la jornada de este miércoles y se conozca cuál es el segundo candidato que acompañará a Arauz para disputar la Presidencia. Las actas con novedad que aún no están resueltas se concentran principalmente en Guayas: 948 de las 1.101 del país, es decir, 86%. En esta localidad Arauz lidera la votación, seguido de Las-

so con 25,30% de los votos, mientras que Pérez está muy distante con 8,71%. Frente a este panorama, la tensión se concentra principalmente en el CNE del Guayas, en donde están por resolverse estas 948 actas y 1 por procesar (1,40%). Las otras provincias en donde todavía se registran este tipo de actas, pero con un porcentaje menor son: Los Ríos, Esmeraldas, Manabí y Morona Santiago. En esta última hay 90 actas por procesar que representan un 14,90%. De los dos candidatos que están batallando por pasar al segundo tiempo electoral se ve que en EE.UU. y Canadá la votación se inclina más por Lasso, mientras que, en los países europeos, asiáticos y de Oceanía hay una mayor aceptación por el candidato indigenista. En América Latina y África, Lasso gana ampliamente, incluso, por encima de Arauz. Quiénes pasen a segunda vuelta tendrán dos desafíos adicionales: alentar a la población a acudir a las urnas, pues el ausentismo es superior al 18% y, por otro lado, hay dos grupos no menos importantes que corresponden a las actas nulas y en blanco, que representan 1,3 millones de personas (12,6%).(I)Comercio

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NOTARÍA PRIMERA DEL CANTÓN LOJA AVISO Doctora Gina Calva Tapia, Notaria Primera del cantón Loja me permito poner en conocimiento de la ciudadanía, conforme a ley: a) Que mediante escritura pública celebrada el dieciocho de enero de dos mil veintiuno, en la Notaría Primera del cantón Loja, se procedió a la liquidación y cancelación de la compañía en nombre colectivo EGUIGUREN - SUAREZ CONSTRUCTORA y COMPAÑIA, una vez que fue disuelta la Compañía, mediante escritura pública celebrada en la Notaría Primera del cantón Loja, el veintiséis de noviembre de dos mil veinte, e inscrita legalmente en el Registro Mercantil del cantón Loja, con el número mil cuatro y tres mil setecientos setenta y seis del repertorio del veintiuno de diciembre de dos mil veinte; Compañía que fue constituida mediante escritura pública celebrada en la Notaría Segunda del Cantón Loja el treinta y uno de agosto de dos mil, y luego de su aprobación realizada por el señor Juez Primero de lo Civil de Loja, se la inscribió en el Registro Mercantil del cantón Loja, bajo la partida número quinientos sesenta y cuatro, y anotada en el repertorio con el número dos mil setecientos treinta y uno, del treinta y uno de Octubre de dos mil; b) Que se ha presentado en esta misma Notaria Primera del cantón Laja, la petición pertinente para la aprobación de dicha escritura de liquidación y cancelación, en atención a la Disposición Reformatoria Décima Quinta, numeral ocho del Código Orgánico General de Procesos, que faculta a los señores Notarios “aprobar la constitución o reforma de sociedades civiles y mercantiles y demás actos atinentes con la vida de éstas y oficiar al Registrador Mercantil para su inscripción .. “; y, c) de conformidad con la Ley de Compañías, y de acuerdo al numeral 29 del art. 18 de la Ley Notarial, se pone en conocimiento de la ciudadanía para los fines legales pertinentes. Loja, 21 de enero de 2021 Dra. Gina Calva Tapia NOTARIA PUBLICA PRIMERA DEL CANTÓN LOJA P/F4753


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Fiscalía pide vincular a Yunda en investigación de presunto peculado La Fiscalía General del Estado anunció que “ha encontrado elementos de convicción suficientes sobre una presunta responsabilidad del alcalde Jorge Y.” en la investigación que lleva a cabo por presunto delito de peculado en la compra de pruebas para COVID-19 por parte de la Secretaría de Salud del Municipio de Quito. Así lo anunció el organismo a través de su cuenta oficial de Twitter. Y agregó que “por esta razón se ha desplazado el proceso a la Fiscalía Provincial de Pichincha, a fin de que se solicite fecha y hora para su vinculación al mismo”. Yunda compareció ante

la Fiscalía hace dos días para ampliar su versión en relación a esta investigación. El alcalde aseguró en ese momento que su comparecencia fue de forma voluntaria. La instrucción fiscal de este caso se abrió el 13 de noviembre pasado por orden del juez penal de Pichincha Máximo Ortega. Él también ordenó, en ese momento, la prisión preventiva para el exsecretario de Salud del Municipio de Quito, Lenín Mantilla, y Alejandro V. Las autoridades siguen el origen de la compra de 100 mil pruebas para COVID-19 con sobreprecio adquiridas en el mes de abril del 2020, en el momento más crítico de la pandemia.(I)

•• El alcalde de Quito no se ha pronunciado tras esta decisión. Foto: API

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Asamblea devolvió el proyecto de Ley para la Defensa de la Dolarización El Consejo de Administración Legislativa (CAL) de la Asamblea Nacional devolvió al Ejecutivo este miércoles 10 de febrero del 2021 el proyecto de Ley para la Defensa de la Dolarización que reforma el Código Monetario y Financiero. A los 20 minutos de instalarse la sesión del CAL, con siete votos a favor, se decidió no calificar y devolver el proyecto porque “no cumple con los requisitos de la Constitución y la Ley”. Patricio Donoso, miembro del CAL, explicó que el documento se devuelve porque existen errores que el Gobierno debe aclarar. “En algunos artículos no hace mención a la Ley que se está reformando”. Sin em-

bargo, el legislador indicó que se tratan de problemas de forma y no de fondo. El legislador indicó que, luego de los cambios, el Ejecutivo podrá volver a remitir el proyecto. Entre hoy y mañana se remitirá el nuevo texto, según Donoso. El proyecto, que fue remitido el pasado 8 de febrero, busca, entre otros, proteger la dolarización. La normativa tiene también como objetivo dotar de autonomía al Banco Central del Ecuador (BCE) para evitar manejos políticos e “irresponsables” que busquen utilizar las reservas internacionales para financiar el gasto del Estado. Así, se busca proteger los recursos del sector público y de los ciudadanos, que están depositados en esta entidad.(I)

En una segunda incursión electoral

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Políticos que no alcancen el 4% de votos deberán devolver fondo para propaganda Los cientos de candidatos que participaron en los últimos comicios y que no alcanzaron los votos para ocupar alguna dignidad deberán repensar una nueva participación, porque de no alcanzar el 4% de votos en un segundo proceso electoral tendrán que devolver el 50% del dinero que el Estado invierta en su propaganda. Así se estableció en las reformas al Código de la Democracia. El artículo 97 señala: “Las organizaciones políticas o candidatos que hayan recibido financiamiento del Estado a través del Fondo de Promoción Electoral deberán reintegrar el 50% de los valores luego de la segunda elección, cuando el mismo candidato no obtenga al menos el 4% de los votos válidos en la respectiva dignidad, binomio o lista”. ​ Es decir, aquellos candidatos que participaron en estas elecciones y que no alcanzaron ninguna dignidad,

la siguiente ocasión que busquen postularse deberán alcanzar el 4% de votos, sino devolverán los recursos asignados. Esta norma fue resaltada por la candidata presidencial de AP, Ximena Peña, cuando era asambleísta y presidenta de la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional que impulsó la aprobación de la reforma. Ahora ella es parte de un grupo de 11 de los 16 candidatos a Carondelet que no alcanzaron el 2% de votos válidos en los últimos comicios. “A ​los ciudadanos les preocupa que sus recursos vayan a financiar campañas sin éxito. Ya no más aventuras políticas a costa de los fondos públicos”, dijo Peña un 3 de diciembre de 2019, cuando el pleno aprobó los cambios legales. Aclaró que si en una primera elección el candidato no gana, “no pasa nada, pero si por una segunda vez quiere volver a ser candidato y recibe fondos públicos y no

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tiene votación del 4% tendrá la obligación de devolver los recursos”, advirtió apuntando a aquellos que “saben que no tienen la posibilidad de ganar”. Para ejemplificar este escenario, está la votación de los 16 candidatos presidenciales, según el escrutinio oficial del Consejo Nacional Electoral (CNE). Luego de los primeros cuatro puestos, el quinto superó el 2%, que fue Pedro Freile, de Amigo, con el 2,14%. Debajo están Isidro Romero (Avanza) con 1,80%; Lucio Gutiérrez (PSP) 1,78%; Ger-

son Almeida (Ecuatoriano Unido) 1,68%; Ximena Peña (AP) 1,53%; Guillermo Celi (SUMA) 0,90%; Juan Fernando Velasco (Construye) 0,81%. Le siguen César Montúfar (alianza Honestidad) o,63%; Gustavo Larrea (Democracia Sí) 0,40%; Carlos Sagnay (0,28%). Y Giovanny Andrade, de Unión Ecuatoriana, y Paúl Carrasco, de Juntos Podemos, quienes se disputan el último lugar, al tener un empate del 0,22% de votos. Al consultarle a Freile si volverá a postularse, dijo que sí lo hará en el 2025. “No-

sotros no utilizamos dinero para esta campaña electoral. Y yo pienso correr por la Presidencia en las próximas elecciones con total tranquilidad, sobre todo por la certeza de que tenemos seguidores reales y de voto consciente”, señaló. En tanto, en el tercer día de escrutinio, hasta las 18h30, con el procesamiento de 39.793 actas de escrutinio, correspondiente al 99,52%, los primeros cuatro lugares lo ocupan el candidato de Unión por la Esperanza (UNES), Andrés Arauz, que tenía el 32,10% de votos. (I)


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COE Nacional:

Se extiende teletrabajo y suspenden retorno a clases

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Casos de coronavirus en Ecuador: 260.076 confirmados y 15.116 fallecidos El Ministerio de Salud Pública (MSP) del Ecuador reportó 293 nuevos casos confirmados de coronavirus y 30 muertes adicionales relacionadas con esta enfermedad, este miércoles 10 de febrero de 2021. El MSP presentó hoy los resultados de apenas 1.370 pruebas procesadas en las últimas 24 horas. De estas, el 21% (293) tuvo resultado positivo. Con esto, los casos

•• Retorno a clases presenciales continuará suspendido hasta el 28 de febrero en el área urbana.

En la sesión del martes 09 de febrero, el Comité Nacional de Operaciones de Emergencias (COE) adoptó varias resoluciones relacionadas con el teletrabajo, la suspensión del regreso a clases presenciales en las zonas urbanas, las solicitudes de retorno progresivo a clases de algunas instituciones de Educación Superior, ente otros temas. Con base en estas solicitudes y en los análisis técnicos sobre la condición epidemiológica y la capacidad hospitalaria, el COE Nacional resolvió: Extender la vigencia de la modalidad de teletrabajo en las instituciones de la Función Ejecutiva hasta el próximo 28 de febrero, en todas aquellas actividades cuya naturaleza así lo permita. Además, se exhorta a las autoridades de las demás funciones del Estado y del sector privado, acoger esta disposición. El presidente del COE Nacional y director general del Servicio Integrado de Seguridad ECU911, Juan Zapata, indicó que “el teletrabajo se mantiene para

evitar la movilidad en las áreas urbanas y en el transporte público, esta medida se toma como apoyo a la solicitud del Ministerio de Salud Pública y para favorecer los aforos reducidos. De los 500 mil funcionarios en el Ejecutivo, 287 mil se acogen al teletrabajo y representan el 55%”. La resolución también contempla mantener suspendidas las autorizaciones emitidas a las solicitudes presentadas por el Ministerio de Educación, para el retorno progresivo a clases presenciales de los estudiantes en las zonas urbanas, hasta el 28 de febrero. Sin embargo, la entidad resolvió autorizar bajo la figura de plan piloto, los Planes Institucionales de Continuidad Educativa presentadas por el ministerio del ramo para el retorno progresivo a clases presenciales de los estudiantes en 168 instituciones educativas; y autorizar la solicitud presentada por la Federación de Nacionalidades SHUAR - Pastaza para implementar el retorno progresivo a clases presenciales de los estudiantes en 22 instituciones educativas rurales.

Los representantes legales de los estudiantes decidirán de forma voluntaria el retorno presencial o no a las instalaciones educativas. También se autorizó, bajo la figura de plan piloto, las solicitudes presentadas por las instituciones de Educación Superior, para el retorno progresivo a las actividades académicas de las siguientes entidades: Instituto Tecnológico Universitario Argos, Universidad de las Artes, Instituto Superior Tecnológico Libertad, Instituto Tecnológico Superior San Isidro, Universidad UTE y Universidad Técnica Particular de Loja. La fecha para el retorno a actividades presenciales y la vigencia de esta medida se evaluarán en la plenaria del COE Nacional y se informará el 28 de febrero de 2021. El Presidente del COE Nacional también señaló que “se aprobó el inicio de la Liga Amateur Femenina, que comenzará el 12 de febrero, y se autorizó el inicio del Campeonato de la Liga Pro para este 19 de febrero, sin público y cumpliendo las medidas de bioseguridad”.(I)

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confirmados ascienden a 260.076. En las últimas dos semanas, se ha registrado un mayor aumento de casos en Bolívar, donde crecieron el 11%; y Los Ríos, el 10%. Con el reporte de este miércoles, los fallecidos relacionados al COVID-19 subieron a 15.116; 10.413 decesos confirmados por causa del virus y 4.703 probables con la enfermedad.(I)

Ratifican libre movilidad en todo el país durante Carnaval

El director general del ECU 911 y presidente del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, Juan Zapata, ratificó este miércoles 10 de febrero que habrá libre movilidad en todo el territorio ecuatoriano durante el feriado de Carnaval, que inicia este sábado 13 y se extiende hasta el martes 16 de febrero. Desde Quito, en rueda de prensa, Zapata señaló que el COE Nacional no ha recibido “ningún reporte de ningún GAD (municipio) generando medidas restrictivas en cuanto a la libre movilidad”, por lo que la circulación no será limitada. Sin embargo, el funcionario pidió que los COE Cantona-

les se reúnan a la brevedad posible para que emitan sus resoluciones con el fin de controlar la velocidad de propagación del COVID-19 en el país, en estos días de asueto. Zapata destacó casos como el de Guayaquil y otros cantones que ya han dado a conocer sus resoluciones. En el Puerto Principal, por ejemplo, se ha prohibido la instalación de piscinas desmontables en el área pública y se ordenó reducir, al menos por seis días, el horario para la venta de bebidas alcohólicas. El director del COE Nacional aseguró que 6.500 cámaras de videovigilancia del ECU 911 estarán activas durante el feriado y que 3.263 funcionarios de esta institución estarán operativos.(I)


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Liga Pro define los horarios de la primera y segunda fecha Los horarios de la fecha 1 y 2 de la Liga Pro en su temporada 2021 tiene previsto arrancar el próximo viernes 19 de febrero con la Universidad Católica vs Olmedo, subiendo el telón del fútbol ecuatoriano.

19h00 Manta vs Barcelona SC. Domingo 21 de febrero 13h00 Orense vs Independiente. 15h30 Técnico U. vs Delfín. 18h00 Emelec vs D. Cuenca.

La nueva campaña que tiene además al Manta FC y 9 de Octubre como los ‘nuevos’, tras ascender de la Serie B tendrán un complejo debut, ya que chocarán contra Barcelona SC y Liga de Quito, actuales campeón y vicecampeón respectivamente. Por su parte, el cuadro de Emelec recibe al D. Cuenca y luego le tocará visitar a un reforzado Aucas en el estadio Chillogallo de Quito. Cabe recordar que el formato del torneo se mantiene igual que el año pasado, dos etapas de todos contra todos, dejando

FECHA 2 Viernes 26 de febrero 19h00 D. Cuenca vs Guayaquil City

Judiciales

DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes AURELIO CASTILLO VILLALOBOS Y ROSA MARGARITA REINOSO BRAVO, que en extracto es como sigue: ACTOR: MANUEL BALENTÍN CASTILLO REINOSO DEMANDADOS: CARLOS AURELIO CASTILLO REINOSO, ROSA MÉLIDA CASTILLO REINOSO GAVIDIA HERMINIA CASTILLO REINOSO JOSÉ MIGUEL CASTILLO REINOSO GRACIELA CASTILLO REINOSO VIRGINIA SOFÍA REINOSO CASTILLO JORGE GONZALO CASTILLO BRICEÑO HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES AURELIO CASTILLO VILLALOBOS ROSA MARGARITA REINOSO BRAVO OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS TRÁMITE: Procedimiento voluntario CUANTÍA: Indeterminada. JUICIO: Nro. 11203-2020-02642 JUEZ: Dr. Norman Pardo Torres. AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.- “UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA.- Loja, miércoles 2 de diciembre del 2020, las 12h09, Juez, Norman J. Pardo Torres, en relación a la solicitud de inventario que antecede, dicto el siguiente: AUTO DE

Sábado 27 de febrero 14h00 U. Católica vs Manta 16h30 Macará vs Independiente 19h00 Aucas vs Emelec •• El trofeo del campeón de la Liga Pro EC.

a los ganadores de cada etapa como los finalistas para definir al monarca nacional. Aquí las fechas: ACEPTACIÓN La solicitud de inventario presentada por Manuel Balentín Castillo Reinoso, para que se realice el inventario de los bienes dejados por los causantes Aurelio Castillo Villalobos y Rosa Margarita Reinoso Bravo, la califico de completa de sus requisitos de forma que exige el Art. 142 del COGEP; por lo que se dispone su tramitación en procedimiento voluntario previsto en el Art. 335 ibídem, disponiendo la práctica de los siguientes diligenciamientos: 1.- CITACIÓN. Cítese a los herederos e interesados Carlos Aurelio; Rosa Mélida; Gavidia Herminia; José Miguel, Graciela Castillo; Virginia Sofía Reinoso Castillo y Jorge Gonzalo Castillo Briceño, en sus respectivos domicilios señalados en la solicitud, para lo cual se comisiona al señor Teniente Político de la Parroquia Quinara, del Cantón Loja. Se le remitirá despacho en forma, para lo cual el interesado obtendrá las copias necesarias. De conformidad con el Art. 56 y 58 del COGEP se dispone la citación por tres mensajes radiales en fechas distintas en uno de las emisoras de la ciudad de Loja a los herederos presuntos y desconocidos de los referidos causantes. El señor secretario conferirá un extracto de demanda y auto de calificación. 2.- INVENTARIO: Procédase al avalúo y alistamiento de los bienes mencionados en la demanda. Para el efecto oportunamente se designará perito y fecha para la diligencia de inventario; 3.- ANUNCIO DE PRUEBA APAREJADA A LA DEMANDA: a.- Téngase en cuenta el anuncio de toda la prueba que hace la parte solicitante, cuya admisibilidad se resolverá en audiencia; 4.- DOMICILIO JUDICIAL.- Tómese en cuenta el domicilio judicial señalado y la autorización que se concede a su abogado.- No es necesario en este tipo de causa contar ni con la entidad que solicita, lo cual no se atiende en base al principio de celeridad procesal. Notifíquese.-f). Dr.

FECHA 1 Viernes 19 de febrero 16h30 U. Católica vs Olmedo. 19h00 LDU vs 9 de Octubre. Norman Pardo Torres., Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja. Particular que pongo a conocimiento para los fines de ley.- Loja 10 de diciembre 2020.-El Secretario.Dr. José Simancas Merino SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. P/F EXTRACTO POR LA PRENSA REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio Ejecutivo, en contra de los señores: FRANCO VITELIO CANGO MATAILO Y ENRIQUE MANUEL CRISOSTOMO SOTO, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: BANCO DE LOJA S.A. DEMANDADOS: FRANCO VITELIO CANGO MATAILO Y ENRIQUE MANUEL CRISOSTOMO SOTO OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: $9221,42 JUICIO: Nro. 11333-2020-00935 JUEZ: Dra. Glenda del Carmen Castillo Ordoñez CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA. Loja, lunes 29 de junio del 2020, las 12h46, VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda que antecede, en virtud del sorteo que consta en la misma y en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Loja y en mérito al escrito que antecede y documentos que se anexan.- En lo principal, la demanda incoada por la señora AB. MARÍA VANESSA JARAMILLO VAL-

Sábado 20 de febrero 14h00 Mushuc Runa vs Aucas. 16h30 Guayaquil City vs Macará. DIVIESO, en su calidad de Procurador Judicial del BANCO DE LOJA S.A., conforme lo acredita con el documento que se anexa, en contra de los señores FRANCO VITELIO CANGO MATAILO y ENRIQUE MANUEL CRISOSTOMO SOTO, se la califica de clara, completa y precisa de sus requisitos legales, razón por la que se la admite al procedimiento EJECUTIVO que le corresponde.- Por lo tanto se dispone que los demandados dentro del TÉRMINO DE QUINCE DÍAS, conforme lo determinan los artículos 333 y 355 del Código Orgánico General de Procesos, paguen la obligación adeudada, más los intereses correspondientes y las costas procesales o formulen la oposición respectiva con las excepciones de ley, conforme lo determinan los artículos 351, 352 y 353 del Código antes mencionado.- Cítese a los demandados en el domicilio señalado, mediante la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta ciudad de Loja, debiendo la parte actora interesarse en obtener las copias respectivas, en la Ventanilla de Archivo.- Agréguese a los autos los documentos que se anexan.- Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y correo electrónico señalado por la parte actora.- Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA: Loja, jueves 14 de enero del 2021, las 16h39, VISTOS: DRA. GLENDA CASTILLO ORDOÑEZ, en mi calidad de Jueza de Primer Nivel de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Loja, designada mediante Resolución No. 300-2014, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, de fecha 21 de noviembre del 2014, con Acción de Personal por traslado administrativo No. 2296-DNTH-2020-JT de fecha 10 de noviembre del 2020, en funciones desde el 1 de diciembre del 2020. En lo principal: 1.- Agréguese a los autos toda la documentación que se adjunta, por la parte actora. 2.- En atención al escrito que antecede se dispone que la Dra. María Vanessa Ja-

Domingo 28 de febrero 13h00 9 de Octubre vs Mushuc Runa. 15h30 Olmedo vs LDU. 18h00 Barcelona vs Técnico U. Lunes 1 de marzo 19h00 Delfín vs Orense. ramillo Valdivieso, en calidad de Procuradora Judicial de Procesos del Banco de Loja S.A., comparezca a esta Unidad Judicial Civil, en días hábiles de 14h00 a 17h00, previa coordinación con el señor secretario del despacho, a rendir el Juramento a que se refiere el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, con el fin de que declare bajo juramento desconocer el domicilio e individualidad de los demandados, señores: FRANCO VITELIO CANGO MATAILO Y ENRIQUE MANUEL CRISOSTOMO SOTO, conforme así se lo ha solicitado.- Hágase Saber.- OTRA PROVIDENCIA: Loja, miércoles 27 de enero del 2021, las 15h31, VISTOS: En lo principal, toda vez que la Dra. María Vanessa Jaramillo Valdivieso, en calidad de Procuradora Judicial de Procesos de la Dra. Doris Alexandra Ruiz Roa, Procuradora Judicial del Ing. Leonardo Guillermo Burneo Muller, Gerente General del Banco de Loja S.A., ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de los demandados, señores: FRANCO VITELIO CANGO MATAILO Y ENRIQUE MANUEL CRISOSTOMO SOTO, se dispone citarlos por uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual extiéndase el extracto respectivo para la publicación por el periódico.- Hágase Saber.- DRA. GLENDA DEL CARMEN CASTILLO ORDOÑEZ, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA. Particular que se pone en conocimiento del público en general para fines de ley.Loja, 29 de enero del 2021. Dra. María Eugenia Sánchez Montero SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LOJA

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Entretenimiento

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Acuario

Enero 20 a febrero 19 Luna nueva en tu signo hoy que propicia ciertas novedades en tu vida. Quizá sea conocer a alguien nuevo y muy interesante o ganas de romper alguna atadura que ya se te está haciendo muy larga. En cualquier caso, será una pequeña revolución.

Nació inventor Thomas Alva Edison Thomas Alva Edison (n. Milán, Ohio, el 11 de febrero, 1847 - 18 de octubre, 1931) Importante inventor y hombre de negocios de los Estados Unidos. Entre sus más importantes inventos se encuentran: el fonógrafo (primer aparato capaz de grabar y reproducir sonido), la lámpara incandescente (primera forma en que se generó luz a partir de energía eléctrica), en sociedad con J.P. Morgan fundó General Electric (famosa empresa transnacional de electrodomésticos). En Estados Unidos se le considera como una de las más importantes mentes inventoras del siglo XX, con más de mil patentes, lo que significó una transformación en la actividad de inventar, desde un simple entretenimiento a la creación de una empresa. Es importante mencionar también que Edison contaba con un volumen elevado de ingenieros muy sobresalientes trabajando para su compañía, lo que nos indica que muchos de esos inventos fueron solo firmados por él pero inspirados por otros.

Piscis

Febrero 20 a marzo 20 Cuando quieres, sabes ser muy complaciente y es lo que va a suceder hoy con un hijo o un niño pequeño al que tienes mucho cariño. Lo pasarás bien y te encantará todo lo que te puede enseñar. No dejes de estar pendiente de tu alimentación, te compensará.

Aries

Marzo 21 a abril 20 Si hace poco que has empezado una relación amorosa que está siendo muy agradable, no dejes que otros asuntos de tu vida la enturbien y dedícale todo el tiempo que puedas. Es importante para tu felicidad y para encontrar un camino de futuro.

Tauro

Abril 21 a mayo 20 Puedes disfrutar de una afición o de algo que te gusta mucho hacer cuando termines algunos asuntos pendientes. Tienes una oportunidad de acercarte a un tema que te interesa a través de alguien nuevo, alguien que probablemente llegue a través de la tecnología.

Géminis

Además...

Muere el filósofo René Descartes

El Pacto o Tratado de Letrán del 11 de febrero de 1929 proporcionó el reconocimiento mutuo entre el entonces Reino de Italia y la Santa Sede. El pacto fue negociado entre el Cardenal y Secretario de Estado Pietro Gasparri en nombre de la Santa Sede y Benito Mussolini, el líder fascista y primer ministro italiano. El tratado establecía lo siguiente: reconocer la independencia y soberanía de la Santa Sede y la Ciudad del Vaticano, Un concordato a fin de definir las relaciones civiles y religiosas entre el gobierno y la iglesia en Italia (lo cual se resumió en “Iglesia libre en Estado libre”), y una convención financiera que proporcionara a la Santa Sede una compensación por sus pérdidas en 1870.

René Descartes moría un día como hoy en 1650 en Estocolmo, Suecia, a los 53 años de edad. El filósofo, matemático y físico nació el 31 de marzo de 1596 en La Haye en Touraine, Francia, hoy llamada Descartes en su honor. Es considerado el fundador de la filosofía moderna y el padre de la geometría analítica. En cuanto a las matemáticas, su aporte se basó en la fusión del álgebra y la geometría, y en la creación del sistema de coordenadas cartesianas. Respecto de la filosofía, es mundialmente conocido por su desarrollo del principio “cogito ergo sum” (pienso, luego existo), elemento clave del racionalismo occidental. Luego de estudiar derecho y medicina en la Universidad de Poitiers y de un breve período en el ejército, Descartes decidió dedicar su vida a la investigación. Su interés por la matemática y la física se había despertado en 1618, cuando conoció al filósofo y científico Isaack Beeckman. Su primera obra, “Reglas para la dirección del espíritu”, es 10 años posterior, y fue publicada mucho después de su muerte, en 1701. En 1637 publicó su obra principal: “Discurso del método para conducir bien la propia razón y buscar la verdad en las ciencias”, conocida sencillamente como el Discurso del método. Falleció en 1650, supuestamente a causa de una neumonía. Esto fue puesto en duda muchos años después, ya que los síntomas que Descartes presentaba eran similares a los del envenenamiento por arsénico.

Fuente: https://latam.historyplay.tv/hoy-en-la-historia

Jueves 11 de Febrero de 2021 N.ª S.ª de Lourdes FARMACIAS DE TURNO DEL 6 DE FEBRERO AL 13 DE FEBRERO DE 2021

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Mayo 21 a junio 21 Vas a tener la paciencia suficiente para explicarle a alguien lo que debe de hacer en un asunto relativo a los estudios. Esto te llevará tiempo y cierto desgaste emocional, pero sabes que va a merecer la pena. Te preocupa su futuro y te solidarizas.

Cáncer

Junio 22 a julio 23 Si te dedicas hoy a tus asuntos más personales y dejas todo lo que es exterior o superfluo, lo que es adorno social o presunción, te sentirás mucho mejor y más en la senda de lo auténtico. Vive tu vida, no la de otros. Cada una es única e irrepetible.

Leo

Julio 24 a agosto 23 Tienes una preocupación por un asunto económico o cierto pago que debes de hacer y es lógico, pero ya verás como no va a resultar solucionarlo tan complicado como parece. Hay aspectos que mejoran mucho y puedes aprovecharte de ellos.

Virgo

Agosto 24 a Septiembre 23 No te importará estar muy a tu aire, en casa o pendiente de tus asuntos más cercanos y particulares porque sabrás sacarle partido a esos momentos en los que puedes disfrutar sin depender de nadie. Es una experiencia muy gratificante.

Libra

Septiembre 24 a octubre 23 Desecha cualquier idea que pudiera ser triste o negativa, aparta de tu mente cualquier pensamiento de ese tipo, déjalo pasar sin darle más eco y conseguirás más tranquilidad interior. Es lo que más te conviene. Prueba con la meditación o el yoga.

Calendario Santoral

NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO

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Horóscopo

Hoy en la historia...

Se firmó el Tratado de Letrán

JUEVES 11 DE FEBRERO DE 2021

DIRECCIÓN 18 DE NOVIEMBRE Y LOURDES CALLE: MACHALA NUMERO: 18-32 INTERSECCION: GUARANDA Y ANCON

CALLE: MACHALA NUMERO: 02-80 INTERSECCION: ANCON

CALLE: MERCADILLO NUMERO: 12-06 INTERSECCION: 18 DE NOVIEMBRE AV UNIVERSITARIA SN JUAN DE SALINAS

TELÉFONO 072584999 / 0985143631 2585589 / 0991637720 2585589 / 0990330074 2565338 72578003

AV. PIO JARAMILLO SN Y ARGENTINA

072564092

BARRIO: SAN VICENTE CALLE: PABLO PALACIOS SN 8 DE DICIEMBRE CALLE: IBARRA NUMERO: SN INTERSECCION: Y MACHALA

2568244 097942133 / 0980765459

AV SALVADOR BUSTAMANTE CELI NUMERO: SN INTERSECCION: ENTRE CHONE Y AZOGUEZ

72722100

Escorpio

Octubre 24 a nov. 22 Abre tus ojos a todo lo que te puede ofrecer la vida, que a pesar de algún momento de bajón que puedas tener, es mucho incluso en condiciones adversas. Hoy algo te hará sonreír y sentir bien. Olvidarás ciertos temas tristes o melancólicos.

Sagitario

Noviembre 23 a dic. 21 Tu capacidad para demostrar tu empuje y tu fuerza, hoy no te van a faltar. Serás capaz de mostrar a todo el mundo lo que puedes hacer cuando te lo propones. Alguien se quedará muy sorprendido. Aprovecha para hacerte notar.

Capricornio

Diciembre 22 a Enero 19 Si ves que hay una persona cercana que no se siente bien con lo que dices o que te pone mala cara, no dejes que eso enturbie la relación con ella, porque no merece la pena. Da un paso al frente y dile lo que piensas, evitarás malentendidos.


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Opinión

JUEVES 11 DE FEBRERO DE 2021

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El voto en plancha José Bolívar

Castillo V.

chatojobol@hotmail.com

Elementos esenciales de una democracia son: la libre participación ciudadana en el poder público, la separación y autonomía de las funciones del Estado. La democracia es propia de ciudadanos y no de partidos o movimientos que solo pueden ser útiles para canalizar la opinión pública hacia la toma de decisiones electorales o plebiscitarias, pero que jamás pueden sustituir ni limitar la libertad ni la participación del ciudadano. Oportunamente lo advertimos, cuando a última hora al apuro o al susto, el “établissement” o farándula política nacional se empeñó en extraer, de esta vergüenza de Asamblea Nacional y Gobierno que tenemos, unas reformas al Código de la Democracia que permitan que el país vuelva al imperio de la

partidocracia. Por lo visto en la patraña estaban de acuerdo todos toditos que se complotaron en encubrir la maniobra. La pretensión fue arrebatarle al ciudadano la facultad de elegir los ciudadanos de su confianza y verse obligado en las elecciones pluripersonales a votar por planchas o paquetes cerrados que son armados por los partidos, por lo regular con fementidas democracias intrapartidistas que incluyen compromisos para el reparto de la cosa pública, y el manejo clientelar y corrupto del electorado Al país le costó mucho salir de la partidocracia, inclusive tuvo que darse un referéndum para que lo ciudadanos puedan participar como candidatos sin ser obligatoriamente afiliados a los partidos. Se abrió entonces paso a la libertad del ciudadano para elegir de entre listas a las personas de su confianza. Para preservar el manipuleo partidista, se introdujo enton-

ces las fórmulas extranjeras de distribución de escaños en elecciones de cuerpos colegiados, que en la realidad falsifican y malversan la voluntad popular cuando lo único democrático es asignar las curules a los más votados encuéntrense en la lista o en el puesto que se encuentren. Que esto genera dispersión, precisamente de eso se trata en un cuerpo deliberativo o normativo, donde los consensos no vienen prefabricados e impuestos sino que brotan de un diálogo en que la discrepancia no constituye indisciplina. Eso no quita la importancia de las ideologías y la consecuencia que ciudadanos libres tienen frente a ellas. Basta ya de cabildos donde los concejales son comensales y parlamentos donde se reparten contratos, aduanas, burocracia y prebendas. La separación indispensable de las funciones del Estado queda anulada cuando el paquete o la plancha

cerrada pertenece al ejecutivo sea este Presidente o Alcalde. Entonces son representantes no del pueblo sino del partido y del ejecutivo. En la realidad se obliga al ciudadano que al votar por el Ejecutivo vote por la plancha cerrada que le pertenece en el legislativo y ello trae como consecuencia obvia la ingobernabilidad e inestabilidad y la sistemática superposición de todas las funciones del Estado, incluida la politización de la justicia y los órganos de control del Estado. Tan pronto como con la complicidad de la gran prensa promulgaron semejantes reformas, cumplí con el deber ciudadano de presentar ante la Corte Constitucional la Demanda de Inconstitucionalidad, la misma que al medio año, para disimular la obvia denegación de justicia, la admitieron a trámite pero que hasta la fecha no ha sido resuelta para no romper la estrategia acordada.

legiado del “partido”, corrupción, impunidad… y muy poco en beneficio del pueblo oprimido: sin salud, educación, seguridad, trabajo decente, justicia ni esperanza… 3) Los cuatro candidatos a presidente de la república con mayor aceptación (Arauz, Pérez, Lasso y Hervas) alcanzaron cerca del 88% de la votación, frente a los 12 restantes que obtuvieron el 12,3%, porcentaje apenas inferior a la suma de votos nulos (9,48%) y blancos (3,06%). Datos que acusan a la legislación electoral amañada y perversa que nos rige, vergonzosamente permisible, no sólo en exigencias en cuanto a calidad sino hasta en número de candidatos. 4) Con el escrutinio realizado, las cifras relativas para asambleístas nacionales, asociadas de alguna manera al candidato triunfador, también indican que la Nueva Asamblea se instalará sin una ma-

yoría absoluta. De ahí que el próximo gobierno deberá realizar alianzas y consensos adecuados para lograr una mejor gobernabilidad, que fortalezca la débil democracia y la rota unidad nacional. 5) El contendor de Arauz se conocerá luego de varios días, cuando se termine de evaluar las actas con inconsistencias. Mientras tanto se vive un clima de incertidumbre, inquietud y hasta desconfianza y por los dimes y diretes que aseguran, con fundamento, que la cúpula correísta estaría más tranquila si el balotaje es con Lasso antes que con Pérez. 6) Esperemos que estas elecciones sean lo suficientemente transparentes para no alterar el clima de poca tranquilidad y esperanza que aún tenemos. ¡Qué se respete la voluntad ciudadana y prime la cordura y sensatez antes que oscuros intereses ligados a nefastos propósitos!

Primera vuelta electoral: lectura Numa P.

Maldonado maldonadonuma3919@gmail.com

La referencia del 99% y pico del escrutinio del CNE sobre las elecciones del 7 de febrero pasado no permite vislumbrar aún el contendor del candidato Arauz (32,10% de la votación) en el balotaje previsto para el próximo 11 de abril: Yaku Pérez (19,94%), o Guillermo Lasso (19,58%). Sobre los resultados de este evento hay varias lecturas, pero las más serias, según mi criterio, coinciden en los siguientes puntos: 1) El espectro partidista asoma con tres tendencias: el populismo correísta, una centro izquierda emergente y la centro derecha, detectables en proporciones más o menos parejas: alrededor de un tercio cada una. Aunque se advierte que tanto el populismo como la derecha, no han

podido rebasar las cifras relativas de las elecciones anteriores (demuestran un estancamiento), o mejor, se han situado en niveles inferiores, mucho más en el caso de la tendencia de derecha. Mientras la centro izquierda tiende a emerger alrededor de los candidatos Yaku Peréz (Pachakutik) y Xavier Hervas (Izquierda Democrática). 2) Los votos alcanzados por Pachakutik (20%) y la Izquierda Democrática (16%), agrupaciones políticas que podrían ubicarse en la centro izquierda, señalan que el pueblo ecuatoriano reconoce y valora la gestión de los últimos años, tanto de la derecha como del populismo, varios de ellos representados por pseudo-partidos con dueños inamovibles, pero todos convergiendo hacia lugares comunes: neoliberalismo directo o disfrazado, demagogia, gobierno para el círculo de poder o un segmento privi-


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Opinión

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El agua, fuente de vida Vicente Paúl

Maldonado maldonadopaul1967@gmail.com

El agua es única entre nuestros recursos naturales, porque, aunque es renovable, no es reemplazable. Disponemos de diversos sustitutos para las fuentes de energía y para la mayoría de los productos básicos, pero no los hay para el agua. Cuando se pierde o se degrada por la sobreutilización o la contaminación, no se la puede reemplazar. El agua limpia, sin contaminación, bacterias u otros agentes degradantes es el pilar sobre el que se apoyan las sociedades sostenibles, prósperas y equitativas. Una buena gobernanza de los ecosistemas que ofrecen agua potable de calidad es un requisito fundamental y en el que intervienen la cooperación de las empresas del sector privado, el gobierno a todos los niveles, las instituciones públicas, las comunidades indígenas y locales, las ONG y otros actores pertinentes. Desde que éramos pequeños, en la escuela y colegio, nos enseñaron que el agua es fundamental para el desarrollo y existencia de nuestras vidas. El agua es esencial para la vida. Pero para millones de personas es un recurso muy escaso; por eso en todo el mundo se lucha diariamente para conseguir agua apta para el consumo y de esta manera poder atender a sus necesidades básicas. Millones de niños siguen falleciendo a causa de enfermedades transmitidas por el agua que en la actualidad si se pueden prevenir. Los desastres naturales relacionados con el agua, cobran un alto precio en vidas y sufrimiento de las personas. Y con demasiada periodicidad, la sequía azota a algunos de los países más pobres del mundo y agudiza el hambre, la miseria y la desnutrición. En años anteriores se registraron adelantos importantes en la tarea de proporcionar a la población el acceso al agua potable libre de impurezas y a los servicios de saneamiento básicos. Pero todavía hace falta realizar un esfuerzo para ampliar esos servicios esenciales a las personas que todavía no cuentan con ellos y que en su inmensa mayoría son pobres y débiles. El cumplimiento de las metas con el agua y el saneamiento es un paso decisivo hacia el objetivo final de abastecer de agua potable apta para el consumo y de servicios de saneamiento a todos los habitantes de nuestro planeta. Proporcionar acceso al agua y a los servicios de saneamiento es

también fundamental para lograr los demás Objetivos de Desarrollo Sostenible como: mitigación de la pobreza, el hambre y la desnutrición, reducción de la mortalidad infantil, aumento de la igualdad entre los sexos, más oportunidades de educación y sostenibilidad del medio ambiente. Además de satisfacer necesidades básicas, el agua contribuye al desarrollo sostenible en otras formas importantes. Es una de las principales fuentes de energía en algunas partes del mundo, mientras que en otras su potencial como fuente de energía todavía no se está aprovechando al máximo. El agua es necesaria también para la agricultura y para muchos procesos industriales y, en algunos países, forma parte integrante de los sistemas de transporte. El aumento de los conocimientos científicos ha hecho que la comunidad internacional llegue a apreciar mucho más los valiosos servicios que prestan los ecosistemas relacionados con el agua, desde el control de las inundaciones hasta la protección contra las tormentas y su purificación. Aunque algunos analistas predicen futuros conflictivos en relación con el agua, muchos países comparten con éxito cuencas fluviales, mares interiores y otros recursos hídricos, lo que demuestra que este elemento puede ser también un poderoso catalizador de la cooperación internacional. El agua, fuente de vida constituye una magnífica oportunidad para que la comunidad internacional procure elaborar un enfoque verdaderamente integrado de la gestión de los recursos hídricos del mundo, valore sus múltiples contribuciones al desarrollo, se dedique a buscar soluciones a los principales problemas de la disponibilidad de agua dulce y asegure la utilización sostenible de los recursos hídricos para las generaciones venideras. Como sugerencia al presente es necesario una promoción eficaz y sostenida del agua, el saneamiento y la higiene a todos los niveles. Promocionar programas de educación sobre el tema en todas las escuelas y colegios, esto con seguridad surtirán un profundo efecto en la salud de los niños, en la enseñanza y el entorno del aprendizaje. Invertir en infraestructura de los servicios de saneamiento. La aprobación y el compromiso de la comunidad con el saneamiento han demostrado ser un factor decisivo para el logro de proyectos relacionados con el agua y el saneamiento. Las comunidades con poder de decisión deben administrar programas de abastecimiento de agua y saneamiento con resultados perdurables. ¡A cuidar del Agua!

JUEVES 11 DE FEBRERO DE 2021

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ENTRE BROMA Y EN SERIO Efrén

Sarango

efrensarangopalacios@gmail.com

Pero con moderación… Poco a poco van llegando los acuosos aguaceros que me temo mi parcero que se vienen y mojando. Ayayay, es agradable el sonido de las gotas que se caen como notas en un éxtasis deseable El problema, mi sargento, que el exceso es peligroso, delirante y licencioso que nos clava cruel tormento. Con la lluvia los cultivos cobra vida y se solazan, los ardores se amordazan y nos hacen sentir vivos Con la lluvia la pradera se retuerce de contenta aunque luego la tormenta amenace las laderas. Sin embargo no reclamo y bendigo la esperanza de la lluvia y su pujanza en los piélagos paisanos Todo es bueno y moderado sin salirse de la norma si la lluvia es la reforma de los suelos agostados. Con la lluvia nos mojamos los vecinos, los cuñados, los abuelos, entenados y con gusto nos “secamos” Con la lluvia el infinito reverdece cual cascada que se lanza desbocada bajo soles de granito. Con el agua y sus vertientes es fecunda la existencia de la prole y sus vivencias son manzana muy sonriente Lic. Ismael E. Betancourt, DIRECTOR Ing. Paola Betancourt Mora, GERENTE Teléf.: (+5937) 2732003 Cel.: 0997262566 - 0992416701

Pasaje Cinchona Nro.207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay (Sector 24 de Mayo) gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec / www.cronica.com.ec

El editorial es la opinión oficial de Crónica. Los artículos periodísticos y caricatura que contienen nombres y apellidos son el pensamiento de sus autores y reflejan criterios de pluralidad e independencia de este Diario.

Fundado el 1 de Noviembre de 1979


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JUEVES 11 DE FEBRERO DE 2021

Cartas Será posible que unan fuerzas los cuatro asambleístas lojanos Las ingentes necesidades que cada vez son más agudas, más difíciles y complejas en la ciudad y provincia de Loja, especialmente en el sector rural o campesino, vienen desde hace algunas décadas y hoy más que nunca, requerimos con urgencia que sean tratadas y resueltas con el debate y la participación activa de nosotros mismos. Ante este requerimiento, el pueblo de Loja altivo y soberano, acaba de elegir a sus cuatro asambleístas y con ello les hemos entregado una altísima responsabilidad para que nos representen ante el segundo poder del Estado Ecuatoriano pero ante todo les hemos entregado la responsabilidad de ser los principales líderes de la provincia, por lo tanto, hoy tienen la ineludible obligación de consolidar la UNIDAD con la participación ciudadana, sin excepción ni discriminación, para trazar la ruta por donde es que tenemos que transitar y las metas que debemos cumplir para que Loja resuelva sus problemas y alcance su desarrollo. Para que esto suceda y dejemos atrás la mal acostumbrada rutina de siempre, de trabajar individualmente, cada uno por su lado defendiendo simplemente sus propios intereses, a vista y paciencia nuestra: será posible que unan fuerzas los cuatro Asambleítas Lojanos, que trabajen juntos, unidos por Loja. Para devolverle la esperanza y la confianza a los Lojanos exigimos que los cuatro asambleístas electos, hagan un pronunciamiento público de trabajar juntos por Loja, respetando sus principios ideológicos y políticos pero también respetando las demandas y exigencias que Loja requiere. Si esto sucede, será un hecho trascendental e histórico, una demostración que están dispuestos avanzar, a cumplir con su papel estratégico de líderes luchando palmo a palmo con su pueblo. Entonces reverdecerá la esperanza, la confianza y el optimismo que tanto necesitamos para vivir dignamente en comunidad. Atentamente. Dr. Rómulo Acaro G. Exconsejero provincial de Loja

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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PINDAL PINDAL – LOJA- ECUADOR 2019-2023 GERMÁN VICENTE SÁNCHEZ GONZÁLEZ, Alcalde del Cantón Pindal, Conforme lo establece el artículo 45 de la ORDENAZA QUE REGULA LA VENTA, TITULARIZACIÓN. DONACIÓN. COMODATOS Y PERMUTAS DE LOS BIENES PÚBLICOS DE DOMINIO PRIVADO DEL GAD MUNICIPAL DE PINDAL; PARTICIÓN ADMINISTRATIVA. ADJUDICACIÓN Y REGULARIZACIÓN DE ASENTAMIENTOS HUMANOS CONSOLIDADOS EN EL CANTÓN PINDAL: Pongo en pleno conocimiento del público en general el trámite que se está llevando a cabo en las oficinas del GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN PINDAL, seguido por la señora: Rosa Eulidia Erraes, con cédula de ciudadanía número: 1100432309, domiciliada en la Parroquia y Cantón Pindal Provincia de Loja, quien ha solicitado la adjudicación de un predio dentro del área urbana del Cantón Pindal, ubicado en la calle Danilo Ortiz Lapo e Isidro Ayora, con clave catastral N° 1114500102016007000, con los siguientes linderos: POR EL NORTE desde el punto 1 hasta el punto 2 con el señor Bolívar Rogel; POR EL SUR desde el punto 3 hasta el punto 4 con calle Isidro Ayora; POR EL ESTE desde el punto 2 hasta el punto 3 con calle Danilo Ortiz Lapo; POR EL OESTE desde el punto 4 hasta el punto 1 con el señor Jaime Moncayo. El proceso reposa en la oficina de Procuraduría Sindica del Cantón Pindal, Provincia de Loja, contiene lo siguiente: 1). Solicitud al señor Alcalde del GADM-PINDAL en hoja valorada N°04429. 2). Notificaciones a los colindantes del predio. 3). Plano de levantamiento planimétrico del predio con nombre, firma y registro del profesional que asume la responsabilidad de los datos consignados. 4). Ubicación geográfica: cuadriculas de coordenadas de ubicación; Escala de la representación geométrica; cuadro de coordenadas de ubicación espacial de los vértices del polígono; WGS 84; Rumbo de los lados del polígono de linderación; dimensiones del polígono del deslinde predial y nombre de los colindantes. 5). Declaración juramentada ante el Notario Público en la cual consta el tiempo, el modo y el medio en cómo se ha obtenido la posesión del predio. Particular que se pone en conocimiento del público en general, a fin de quien se crea afectado en sus derechos, presente oposición de forma escrita dentro del plazo de 30 días posteriores a la publicación, ante esta autoridad administrativa. Ab. Fabiola del Rocio Zapata SECRETARIA GENERAL DEL CONCEJO DEL GADM PINDAL. P/F CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA EXTINCIÓN DE ALIMENTOS PARTES ACTORA: ESPINOZA MEJIA FRANCISCO JAVIER. DEMANDADOS: CRISTIAN JAVIER ESPINOZA MINGA y EMILY DAYANA ESPINOZA MINGA. OBJETO: EXTINCIÓN DE ALIMENTOS JUICIO: Nro. 11951-2009-0214 JUEZ: Dr. Luis Patricio Jaramillo Reyes “…Loja, miércoles 3 de febrero del 2021, las 17h45, Frente al pedido de extinción del derecho de alimentos que realiza el Señor ESPINOZA MEJIA FRANCISCO JAVIER, se dispone: UNO: Notifíquese a los titulares del derecho de alimentos CRISTIAN JAVIER ESPINOZA MINGA Y EMILY

DAYANA ESPINOZA MINGA, con la presente providencia y por cuanto el accionante FRANCISCO JAVIER ESPINOZA MEJIA, bajo juramento manifiesta la imposibilidad de poder determinar la individualidad o residencia del demandado Cristian Javier Espinoza Minga y Emily Dayana Espinoza Minga, se dispone sea citados por medio de la prensa local, se dispone sea citado en esta ciudad de Loja, de conformidad a lo prescrito en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Para el cumplimiento de dicha solemnidad confiérase el extracto respectivo.DOS: Se le concede al alimentado CRISTIAN JAVIER ESPINOZA MINGA Y EMILY DAYANA ESPINOZA MINGA, el término perentorio de cinco (5) días, para que presente prueba que demuestre encontrarse en la excepcionalidad prevista en los numerales 2 y 3 del Art. Innumerado 4 de la Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia; esto es justificará bajo los principios de buena fe y lealtad procesal encontrarse cursando estudios en cualquier nivel educativo que le impida o dificulte dedicarse a una actividad productiva y carezcan de recursos propios y suficientes; y/o que padezca de una discapacidad o sus circunstancias físicas o mentales le impida o dificulte procurarse los medios para subsistir por sí mismo, conforme conste del respectivo certificado emitido por el Consejo Nacional de Discapacidades CONADIS, o de la institución de salud que hubiere conocido del caso que para el efecto deberá presentarse. Se recuerda que vencido el término con el justificativo o no el suscrito proveerá lo que corresponda. Lo anterior se sustenta en el Oficio Circular No. 00605-P-CNJ-208, de fecha 24 de abril de 2018, suscrito por la señora Presidenta de la Corte Nacional de Justicia, quien en acatamiento a la Resolución con fuerza de Ley de la Corte Nacional de Justicia No. 032018, del catorce de marzo de dos mil dieciocho, se pronuncia con respecto al “Procedimiento para la extinción del derecho de alimentos”. Hágase saber.-…”.-Firma Ilegible.- DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 04 de febrero del 2021 Dra. Manuel Eduardo Lozada Ramirez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante SAMUEL FRANCISCO ÁVILA GRANDA, que en extracto es como sigue: ACTORES: EDISON ROLANDO ÁVILA MACACHÍ, DANNY JAVIER ÁVILA MACACHÍ, WILMER DAVID ÁVILA MACACHÍ DEMANDADO: Herederos presuntos y desconocidos del causante SAMUEL FRANCISCO ÁVILA GRANDA. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario. TRÁMITE: Voluntario. CUANTÍA: Indeterminada. JUICIO: Nro. 11203-2021-00302 JUEZ: Dr. David Alberto Astudillo Celi. AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.- “UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NINEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL

www. CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, miércoles 3 de febrero del 2021, las 09h49, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente demanda en calidad Juez Titular de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Loja, designado mediante acción de personal Nro. 3645-DP11-2016-FA, de fecha 15 de noviembre del 2016.En lo principal, la demanda de inventario presentada por los señores EDISON ROLANDO ÁVILA MACACHÍ, DANNY JAVIER ÁVILA MACACHÍ, WILMER DAVID ÁVILA MACACHÍ, a través de la Procuración Judicial otorgada al Abg. Luis Felipe Carpio Gutiérrez; por cumplir con los requisitos de ley, se la califica y admite a trámite mediante el procedimiento voluntario, determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos.En tal virtud por el fallecimiento del señor SAMUEL FRANCISCO ÁVILA GRANDA, conforme se justifica con la inscripción de su defunción de (fs. 21), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por mi Autoridad, al efecto se dispone lo siguiente: 1).- Cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados: 1.1).- Con el compareciente en calidad de herederos e interesados; 1.2).- Con los herederos presuntos y desconocidos del causante SAMUEL FRANCISCO ÁVILA GRANDA, cíteselos por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1), del Código Orgánico General de Procesos.- Confiérase el extracto respectivo; 2).- Téngase en cuenta la prueba que anuncian y presentan con su demanda, cuya pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la audiencia a convocarse.- Téngase en cuenta la cuantía, casillero judicial y/o dirección de correo electrónico señalados por los demandantes y la autorización que le confieren a su Abogado defensor.- Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda.- HÁGASE SABER.- ” f). Dr. David Alberto Astudillo Celi, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja.Loja, 05 de Febrero del 2021.Dra. Carmen Paladines Criollo SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. P/F DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite a la misma y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante MANUEL ANTONIO BARRERA GUERRERO que en extracto es como sigue: SOLICITANTE: ANGEL RAUL SALAZAR ALDEAN y AURA GEORGINA BRICEÑO GAONA DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE MANUEL ANTONIO BARRERA GUERRERO JUICIO: NRO. 11203-2020-02826 TRAMITE: VOLUNTARIO ASUNTO: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: DRA. YHELENNA LOJAN AR-

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MIJOS UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA.- AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.- Loja, miércoles 9 de diciembre del 2020, las 16h25, VISTOS: La solicitud de ALISTAMIENTO Y AVALUO DE LOS BIENES DEL EXTINTO SR. MANUEL ANTONIO BARRERA GUERRERO, presentada por los CESIONARIOS: ANGEL RAUL SALAZAR ALDEAN y AURA GEORGINA BRICEÑO GAONA, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite al trámite voluntario.- Cuéntese con los accionantes en calidad de interesados.- Cítese a la cónyuge sobreviviente MATILDE SALAZAR ALDEAN; así como a las herederas conocidas JUANA LAURA BARRERA SALAZAR y ELIDA BENI BARRERA SALAZAR en el domicilio determinado en el libelo de demanda, para lo cual se COMISIONA al señor Teniente Político de la parroquia Quinara del cantón Loja, a quien se le remitirá legal y suficiente despacho, confiriéndole el termino de 8 días, en razón de la distancia.- Cítese a los herederos presuntos y desconocidos del extinto Sr. MANUEL ANTONIO BARRERA GUERRERO, de conformidad a lo previsto en el Art. 56 numeral 1ero.- UNO: Tómese en cuenta el anuncio probatorio detallado así como los documentos agregados.- CUATRO.-Se designa como perito para el alistamiento solicitado al Ing. EDQIN GEOVANNY PALLO PULLAGUARI cuyos honorarios los regulara de forma privada con los interesados; el día de audiencia oral, exhiba su inscripción que lo acredite como tal. 2).- El prenombrado profesional (perito) de aceptar la designación hará conocer su aceptación por escrito en este expediente; a quien además se le recuerda su obligación de asistir a la audiencia oral que se convoque, conforme lo previsto en el Art. 345 del COGEP.- 3).- Una vez cumplido el acto de citación por la prensa y fenecido el término de 20 días contados desde la fecha de la última publicación, se señalará día y hora de la diligencia de alistamiento, con la intervención de la perito designada y los interesados, conforme a lo previsto en el Art. 341 y 342 del COGEP.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.OTRA PROVIDENCIA.- Loja, jueves 7 de enero del 2021, las 11h57, Avoco conocimiento del presente proceso en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, encargado del despacho de la Dra. Yhelenna Angélica Loján en virtud de la acción de personal No. 1745-DP-112020-RR, de fecha 21 de diciembre del 2020. En lo principal.- En virtud de las facultades previstas en el Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial., por cuanto en auto de aceptación a trámite de fecha 9 de diciembre del 2020, las 16h25 en su parte pertinente se ha hecho constar que “….Se designa como perito para el alistamiento solicitado al Ing. EDQIN GEOVANNY PALLO PULLAGUARI; sin alterar el contenido del auto antes indicado se CONVALIDA el mismo en el sentido de que el nombre correcto del perito es: EDWIN GEOVANNY PALLO PULLAGUARI y no como erróneamente se ha hecho constar., en lo demás estese a lo dispuesto en el auto que se convalida. Notifíquese.- Particular que se pone en conocimiento del público en general para los fines de ley.Loja, 04 de febrero de 2021 Dr. Antonio Quito Sanmartín SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL P/F


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DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales al señor HUGO RENE ASTUDILLO, que en extracto es como sigue: ACTORA: Maria Leonor Yaguache Chace. DEMANDADO: HUGO RENE ASTUDILLO. OBJETO DE LA DEMANDA: Divorcio. TRÁMITE: Sumario. CUANTÍA: Indeterminada. JUICIO Nro.: 11203-2020-02808 JUEZ: Dr. David Alberto Astudillo Celi AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.- “UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA.- Loja, martes 15 de diciembre del 2020, las 11h08, VISTOS: Avoco conocimiento del presente proceso en calidad Juez Titular de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Loja, designado mediante acción de personal Nro. 3645-DP112016-FA, de fecha 15 de noviembre del 2016.- En lo principal; y, por reunir los requisitos legales generales, y especiales aplicables al caso, se la acepta al procedimiento sumario que le corresponde, de conformidad con lo establecido en el Art. 332.4 del Código Orgánico General de Proceso, la demanda de divorcio contencioso que ha deducido por la señora MARIA LEONOR YAGUACHE CHACE en contra de HUGO RENE ASTUDILLO.- En consecuencia, se dispone: 1) En vista que bajo juramento la actora ha reconocido que es imposible determinar la individualidad el domicilio o residencia de la demandada; quien además ha efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a quien se pide citar, como obra del proceso; cítese al demandado, conforme lo dispone el Art. 56.1 del COGEP, para que la conteste dentro del término de quince días previsto en el Art. 333.3 y con los requisitos señalados en el Art. 151 del invocado cuerpo normativo; caso contrario, se le previene que se procederá en rebeldía; el mismo que deberá señalar casilla judicial en esta ciudad y correo electrónico para ulteriores notificaciones; 2) Téngase en cuenta la prueba documental y testimonial que anuncia y presenta con su demanda la actora; sobre cuya pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la primera fase de la audiencia única a convocarse en el curso ulterior del procedimiento.- Incorpórese al expediente la documentación aparejada a la demanda, escrito aclaratorio y documentos adjuntos al mismo.- Téngase en cuenta la

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7) FAICÁN CANGO ALBA LUCIA; y, 8) FAICÁN CANGO JORGE ENRIQUE Por cumplir con los requisitos legales mínimos previstos en el Art.142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos(COGEP), se la acepta al procedimiento VOLUNTARIO que le corresponde y conforme lo señala el Art.334.4 del COGEP.- Por lo que se dispone: 1.- Por el fallecimiento de los causantes MARÍA MERCEDES CANGO CHAMBA y VICTORIANO FAICÁN conforme consta de las partidas de defunción que se adjuntan, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes desde el momento de su fallecimiento, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de sus bienes y, en la forma prevista el Art.341 y 342 del Código Orgánico General de Procesos.- 2.- Para la formación del inventario, una vez que fuesen citados todas las partes, el juzgador designará perito para que proceda a su formación y avalúo en presencia de los interesados y, señalará el día y la hora para tal diligencia.3.- Cuéntese en el presente proceso con los comparecientes quienes dicen hacerlo en sus calidades hijos de los causantes.- CITESE con el contenido de la demanda y el presente auto, a la parte accionada y en los lugares que se indica en el libelo inicial, a: 1) FAICAN CANGO CÉSAR AUGUSTO 2) SALINAS CARAGUAY MARIA AUXILIA; y, 3) MANUEL ANTONIO CANGO CHAMBA Amparado en el Art.1 de la Resolución de la CORTE NACIONAL DE JUSTICIA No.16-2017, de fecha 27 de Octubre de 2017, para la citación a la parte demandada FAICAN CANGO CÉSAR AUGUSTO se COMISIONA al Señor Teniente Político de la Parroquia Chantaco, cantón y provincia de Loja, para lo cual envíese el despacho correspondiente.- La citación a SALINAS CARAGUAY MARIA AUXILIA y, MANUEL ANTONIO CANGO CHAMBA efectivícese a través del señor Analista de Citaciones de esta Unidad Judicial, 4.- Al amparo de lo determinado en el Art.58 del Código Orgánico General de Procesos; se DISPONE la CITACIÓN a los herederos desconocidos de los causantes MARÍA MERCEDES CANGO CHAMBA y VICTORIANO FAICÁN; esto en la forma determinada en el Art.56, numeral 1, del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual concédase el extracto respectivo.- 5.- Respecto a las pruebas que han sido anunciadas por la parte accionante, el momento procesal para calificar las mismas, es en la fase pertinente de la Audiencia Única y, conforme el Art. 160 y Art. 335 del COGEP.- 6.- El informe pericial debe contener todos y cada uno de los puntos que se contienen en el Art.342 del COGEP y debe realizarse y levantarse con la presencia y el conocimiento previo en su contenido de todos los interesados.- El perito antes de hacer llegar su informe cuidará para que el mismo cumpla con ésos requisitos.- Téngase en cuenta

JUEVES 11 DE FEBRERO DE 2021 la pretensión, cuantía, el domicilio judicial para notificaciones señalado por la parte accionante y, la autorización que le confiere a su Abogada defensora.- Cuéntese en la prosecución del proceso en calidad de Procurador Común con FAICÁN CANGO ÁNGEL BENIGNO.- Agréguese al proceso con notificación contraria toda la documentación adjunta la parte actora al libelo de demanda inicial.- Hágase Saber, Cítese y Cúmplase”.- f).- DR. LUIS ERASMO SAMANIEGO MUÑOZ, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA.- Particular que pongo en conocimiento de la ciudadanía en general, para los fines de Ley consiguientes. Loja, 15 de Enero de 2021 Dr. Ulises Fernando Chacón Guamo, SECRETARIO ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA. P/F4749 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE GENERAL CON SEDE EN EL CANTON PALTAS CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales, a los herederos desconocidos y presuntos del causante JOSÉ ANTONIO SANMARTIN JAYA. Conforme a los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General del Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: MARIANO DE JESUS SANMARTIN MUIMA (PROCURADOR COMUN) DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DEL CAUSANTE, JOSÉ ANTONIO SANMARTIN JAYA. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. TRAMITE: VOLUNTARIO. CUANTIA: INDETERMINADA. JUICIO NRO. 11314-2020-00398. JUEZ: DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN. AUTO DE ACEPTACION A TRÁMITE: VISTOS: Avoco conocimiento y competencia de la presente causa en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Paltas, provincia de Loja, en virtud a la Resolución 258-2014 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura con fecha, 8 de octubre del 2014; así como a la Acción de Personal Nro. 8181-DNTH-2014 de fecha, 14 de octubre del 2014; y, LA RESOLUCIÓN Nro. CJ-DG-2020-055, de fecha 07 de noviembre del 2020. EL INFORME TÉCNICO Nro. 097-UPTHL-2020, de fecha 11 de diciembre del 2020, respecto a la recuperación de los días no laborados por la Pandemia, se efectué los días sábados. En lo principal la demanda de Inventarios, reúne los

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requisitos de forma exigidos por los Arts. 142 y 143 del COGEP, por lo que se la califica y se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334.4 y 335 del Código Orgánico General de Procesos. Consecuentemente, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por JOSE ANTONIO SANMARTIN JAYA desde el momento de su fallecimiento, disponiéndose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 y 342 del COGEP, en presencia de los interesados y del Perito, que será designado una vez que se cite en legal forma a todos los demandados, Así como se señalará fecha para la práctica de la referida diligencia. CITESE.- A los herederos desconocidos y presuntos del causante JOSE ANTONIO SANMARTIN JAYA conforme a los Arts. 56.1 y 58 del COGEP, mediante publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de la localidad, confiérase el respectivo extracto. Cuéntese en este proceso: a) Con los comparecientes señores: MARIANO DE JESUS SANMARTIN MUIMA, quien comparece con PODER ESPECIAL.- Otorgado por la señora VICTORIA LEONOR MUIMA QUEZADA, en calidad de cónyuge sobreviviente; MANUEL DE JESUS SANMARTIN MUIMA, FRANCISCO AGUSTIN SANMARTIN MUIMA, FLOR MARIA SANMARTIN MUIMA y JESUS PASTOR SANMARTIN MUIMA, en calidad de hijos; b) CUÉNTESE Y NOTIFÍQUESE, a los siguientes funcionarios: 1) Señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD de Paltas; 2) Con el Señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja; 3) Con el MAGAP en Loja, en sus Despachos, para la notificación a los referidos funcionarios en Loja, se Depreca a uno de los señores Jueces de la Niñez del cantón Loja, ofreciendo reciprocidad en casos similares, remítase el respectivo despacho. Téngase en cuenta: Como Procurador Común al señor MARIANO DE JESUS SANMARTIN MUIMA, quien comparece además con PODER ESPECIAL, La prueba anunciada contenido del Acápite VIII, de su escrito de demanda, el Perito se designara en el momento oportuno, en cuenta la cuantía de la acción, la casilla judicial y la dirección del correo electrónico señalado y la autorización conferida a su Defensor. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. NOTIFIQUESE.- FIRMA.- DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PALTAS. Particular que pongo en conocimiento de los interesados y público en general, para los fines legales pertinentes. Paltas, jueves 17 de diciembre de 2020.- Lo certifico.- EL SECRETARIO.Ab. Juan Pablo Ortega Parra. SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL P/F4756

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JUEVES 11 DE FEBRERO DE 2021

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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN GONZANAMÁ RESOLUCIÓN Nro. 006-A-GADMCG-2021 Ing. Norman Omar Espinoza Luna ALCALDE

CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República, en su artículo 76, numeral 7, literal l), establece que las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho. Los actos administrativos, resoluciones o fallos que no se encuentren debidamente motivados se consideraran nulos. Las servidoras o servidores responsables serán sancionados; Que, el artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce y garantizará a las personas: 2. El derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, vivienda, saneamiento ambiental, educación, trabajo, empleo, descanso y ocio, cultura física, vestido, seguridad social y otros servicios sociales necesarios; Que, el Art. 226 de la Constitución de la República del Ecuador indica que las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal, ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley; Que, la Constitución de la República del Ecuador en el Art. 227 establece “La administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”; Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana…”; Que, el Art. 253 del mismo cuerpo legal reconoce que: “… La alcaldesa o alcalde será su máxima autoridad administrativa…” dentro de un Municipio Que, el artículo 5 del inciso primero del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, señala que la autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados comprende el derecho y la capacidad efectiva de este nivel para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios, bajo su responsabilidad, sin intervención de otro nivel de gobierno en beneficio de sus habitantes, ratificándose tal naturaleza en el contenido del artículo 53; Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en su Art. 54 señala como una de las funciones de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales: a).- Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales; (…..) f) Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la Constitución y la ley y en dicho marco, presentar los servicios públicos y construir la obra pública cantonal correspondiente, con criterios de calidad, eficacia y eficiencia, observando los principios de universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad, solidaridad, interculturalidad, subsidiariedad, participación y equidad…; Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en su Art. Art. 55 define que los gobiernos autónomos descentralizados municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: …d) Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley; Que, el artículo 60 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, establece las atribuciones del alcalde, literal i) Resolver administrativamente todos los asuntos correspondientes a su cargo; Que, de acuerdo al Art. 47 del Código Orgánico Administrativo “La máxima autoridad administrativa de la correspondiente entidad pública ejerce su representación para intervenir en todos los actos, contratos y relaciones jurídicas sujetas a su competencia. Esta autoridad no requiere delegación o autorización alguna de un órgano o entidad superior, salvo en los casos expresamente previstos en la ley”; Que, La Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo, en su artículo 66 establece: “Anuncio del proyecto. El anuncio del proyecto es el instrumento que permite fijar el avalúo de los inmuebles dentro de la zona de influencia de obras públicas, al valor de la fecha del anuncio público de las respectivas obras, a fin de evitar el pago de un sobreprecio en caso de expropiaciones inmediatas o futuras. El anuncio será obligatorio y se realizará mediante acto administrativo que será publicado en un diario de amplia circulación en la localidad donde se realizará la obra, en la página electrónica institucional, y será notificado al propietario del predio, la dependencia de avalúos y catastros del respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano y al registrador de la propiedad, en el que se establecerá el área de influencia del proyecto y su plazo de inicio, que no será superior a tres años desde su notificación. En el caso de no concretarse el proyecto anunciado, en el plazo establecido en el inciso anterior, el acto administrativo quedará de oficio sin efecto, debiendo notificarlo a la dependencia de avalúos y catastros del respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano, a los propietarios de los predios afectados y al registrador de la propiedad.”; Que, mediante Memorando Nro. 005-DOP-GADMG- de fecha 06 de enero de 2021 el Ing. Álvaro Armando Pacheco Jiménez Director de Obras Públicas del GADMG, hace entrega de varios proyectos que requieren la Declaratoria de Utilidad Pública e Inicio del Procedimiento pertinente entre ellos para la expropiación de los terrenos necesarios para la apertura (prolongación) de la calle Guillermo Bravo desde la calle Loja hasta la vía principal a Cariamanga; Que, existe los Informes Técnicos de afectación sobre las propiedades de los señores León Emil Manrique, Camacho Camacho Rosa Inés y Jaramillo Quirola Víctor, emitido por el señor ingeniero Galo Piedra, jefe de Planificación Municipal mediante memorandos Nro. 017-JP-GADMG, 018-JP-GADMG y 019-JPGADMG, todos de fecha 18 de enero de 2021; Que, mediante Certificado de Registro de la Propiedad de fecha 18 de enero del año 2020 el Registrador de la Propiedad y Mercantil del Cantón Gonzanamá CERTIFICA que (…) por sentencia de partición, protocolizada el 17 de diciembre de 1997 ante el Notario Público Segundo del cantón Gonzanamá, señorita Rosario Espinoza Figueroa, se le adjudica a favor de los señores JARAMILLO QUIROLA VÍCTOR MANUEL, CASTILLO SARI GENOVEVA DE JESÚS, el lote Número UNO, denominado El Refugio, perteneciente a la parroquia y cantón Gonzanamá, provincia de Loja.- Inscripción número TRES MIL CINCUENTA Y UNO (3051) del Registro de la Propiedad y Nro. 506 del Repertorio, de fecha 18 de Diciembre de 1997. La propiedad se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos POR LA CABECERA, con la carretera que conduce al Faical; POR UN COSTADO, con terrenos de propiedad de Andrés Castillo, cerco de alambre por zanjilón en división; POR EL PIE, con terrenos de propiedad de Javier Castillo Torres, cerco de alambre por división; y, POR EL ÚLTIMO COSTADO, con la carretera que conduce a Cariamanga, con terrenos de Esperanza Jiménez, Manuel Bravo, Empresa Eléctrica, Complejo Ferial, Manrique León, cerco de alambre por división, sigue este lindero con la calle Loja, con terrenos de Bolívar Ludeña García, de herederos de Gil Herrera y con lote donde se construyó la casa de Predesur, cercos de alambre por división. En este lote se incluye una casa de habitación de 5 piezas en construcción. Con una cabida total de CINCO HECTÁREAS aproximadamente. La propiedad en referencia soporta los siguientes gravámenes: Una HIPOTECA ABIERTA, a favor del BANCO DE LOJA S.A., inscrita bajo el Nro. TRECE (13) del Registro de Hipotecas y Nro. 154 del Repertorio, del 17 de marzo del 2011; y, una PROHIBICIÓN DE ENAJENAR, a favor del BANCO DE LOJA S.A., inscrita bajo el Nro. VEINTICINCO (25) del Registro de Hipotecas P/F4309


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y Nro. 155 del Repertorio, del 17 de marzo del 2011, a más de los gravámenes antes mencionados la propiedad no se encuentra embargada, ni en poder de tercer poseedor o tenedor con título inscrito. Que, mediante Certificado de Registro de la Propiedad de fecha 18 de enero del año 2020 el Registrador de la Propiedad y Mercantil del Cantón Gonzanamá CERTIFICA que (…) mediante escritura pública del 10 de Septiembre de 2001, celebrada ante el Notario Público Primero del cantón Gonzanamá, señor Carlos Alberto Ojeda Torres, los señores LEÓN EMIL MANRIQUE, CASTILLO OLGA MARÍA venden a favor de la señora CAMACHO CAMACHO ROSA INÉS, de estado civil soltera, un lote de terreno urbano, perteneciente a la parroquia y cantón Gonzanamá, provincia de Loja.- Inscripción número QUINIENTOS SETENTA Y DOS (572) del Registro de la Propiedad y Nro. 577 del Repertorio, de fecha 10 de Septiembre de 2001. La propiedad se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos POR EL FRENTE: en la extensión de diez metros, con la vía a Cariamanga; POR EL COSTADO SUR, con propiedad del señor Edmundo Piedra Sarmiento y esposa, en la longitud de 15 metros; luego, cinco metros más, con la propiedad de los vendedores; POR LA CABECERA, en la extensión de diez metros, igualmente con los vendedores; POR EL NORTE, en la extensión de veinte metros con propiedad de los vendedores, tomando desde el filo del bordillo de la carretera Panamericana. Dando un total de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS. La propiedad en referencia a la fecha no se encuentra hipotecada, embargada, ni en poder de tercer poseedor o tenedor con título inscrito. Que, mediante Certificado de Registro de la Propiedad de fecha 18 de enero del año 2020 el Registrador de la Propiedad y Mercantil del Cantón Gonzanamá CERTIFICA que mediante escritura pública del 07 de Agosto de 1978, celebrada ante el Notario Cuarto del cantón Quito, doctor Edmundo Cueva, los señores BETANCOURT MALLA LINO EMILIANO, LOAIZA BETANCOURT CORINA, venden a favor de los señores LEON EMIL MANRIQUE, de estado civil casado, un lote de terreno ubicado en el sitio denominado “HIGUERON”, perteneciente a la parroquia y cantón Gonzanamá, provincia de Loja.- Inscripción número TRESCIENTOS VEINTICINCO (325) del Registro de la Propiedad y Nro. 504 del Repertorio, de fecha 15 de Agosto de 1978. La propiedad se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos: POR LA CABECERA: con la calle Loja; POR EL UN COSTADO, con los herederos de Abel Abeatar Quevedo; POR EL PIE: con terrenos de propiedad municipal; y, POR EL OTRO COSTADO: con propiedad de herederos de Adolfo Castillo, en una parte, en otra parte con propiedades de Humberto Herrera y finalmente con la carretera que conduce a la ciudad de Cariamanga. La propiedad en referencia a la fecha, ha sufrido disminución de cabida por venta realizada: a la Señorita Rosa Inés Camacho Camacho, un lote de terreno de urbano de una cabida de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS.- Inscrito bajo el número (572) del Registro de la Propiedad y Nro. 577 del Repertorio de fecha 10 de Septiembre de 2001. Lo reservado en referencia a la fecha no se encuentra hipotecado, embargado, ni en poder de tercer poseedor o tenedor con título inscrito. En uso de las atribuciones constantes en el literal I) del artículo 60 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización; y, artículo 66 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo.

RESUELVE: Art. 1.- Anunciar el proyecto para la “APERTURA (PROLONGACIÓN) DE LA CALLE GUILLERMO BRAVO DESDE LA CALLE LOJA HASTA LA VÍA PRINCIPAL VÍA A CARIAMANGA”. Área de Influencia: Área Urbana del cantón Gonzanamá, en lo que respecta a la apertura de la Calle Guillermo Bravo desde la Calle Loja hasta la vía principal de la Vía a Cariamanga. El plazo de inicio correrá a partir de la fecha de notificación y no podrá ser superior a 3 años. Art. 2.- Fijar el avalúo de los inmuebles dentro de la zona de influencia, conforme al avaluó constante en la Jefatura de Avalúos y Catastros del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Gonzanamá, para el área de influencia de “APERTURA (PROLONGACIÓN) DE LA CALLE GUILLERMO BRAVO DESDE LA CALLE LOJA HASTA LA VÍA PRINCIPAL VÍA A CARIAMANGA”, conforme al siguiente detalle: PROPIETARIO

JARAMILLO QUIROLA VÍCTOR MANUEL

NOMBRE DEL PREDIO

EL REFUGIO

CLAVE CATASTRAL

1107500040074

ÁREA TOTAL (MTS).

14.21 m2

AVALUO TOTAL

$ 93.93

PROPIETARIO

CAMACHO CAMACHO ROSA INÉS

NOMBRE DEL PREDIO

S/N

CLAVE CATASTRAL

11075001010110160001

ÁREA TOTAL (MTS).

29.35 m2

AVALUO TOTAL

$ 1,004.36

PROPIETARIO

LEÓN EMIL MANRIQUE

NOMBRE DEL PREDIO

S/N

CLAVE CATASTRAL

11075001010060040001, 11075001010110010001, 11075001010120150001

ÁREA TOTAL (MTS).

1.819,26 m2

AVALUO TOTAL

$ 27,452.63

Art. 3.- La Secretaría General del GAD Municipal del Cantón Gonzanamá, realizará la publicación de la presente resolución, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Gonzanamá donde se construirá la obra, así como en la página electrónica institucional. Art. 4.- Por medio de Secretaría General del GAD del cantón Gonzanamá NOTIFÍQUESE la presente resolución a las siguientes personas: a) Los titulares de los predios señores: JARAMILLO QUIROLA VÍCTOR MANUEL, CAMACHO CAMACHO ROSA INÉS, LEÓN EMIL MANRIQUE y/o a sus herederos; b) La Jefatura de Avalúos y Catastros; y, c) Al Registrador de la Propiedad y Mercantil del cantón Gonzanamá. Dado y firmado en el despacho de Alcaldía Municipal el día de hoy jueves veintiocho de enero del año dos mil veintiuno. Ing. Norman Omar Espinoza Luna ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN GONZANAMÁ P/F4309

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Judiciales

UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales del juicio de Inventarios 11203-2021-00164 a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes señores Guillermo Quizhpe Uchuari y María Teresa Tamay López, cuanto de los extintos herederos Oswaldo Quizhpe Tamay y María Lucrecia Quizhpe Tamay; que en extracto es como sigue: ACTORA: MARÍA GUILLERMINA QUIZHPE TAMAY y otros DEMANDADOS: Herederos desconocidos y presuntos de los causantes Guillermo Quizhpe Uchuari y María Teresa Tamay López, cuanto de los extintos herederos Oswaldo Quizhpe Tamay y María Lucrecia Quizhpe Tamay OBJETO DE LA DEMANDA: Inventarios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 2021-00164 JUEZ: Dr. Víctor Alberto Burneo Herrera UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA.Loja, miércoles 27 de enero del 2021, las 07h57, VISTOS: Por cumplido oportunamente con lo dispuesto en providencia del 19 de enero de 2021 una vez examinada, y por considerar que si reúne con los requisitos legales generales, y especiales aplicables al caso, como tal se califica la demanda de inventario propuesta por los ciudadanos: MARÍA GUILLERMINA QUIZHPE TAMAY, ZOILA VICTORIA QUIZHPE TAMAY, MANUEL EDUARDO QUIZHPE TAMAY, MARCOS RODRIGO QUIZHPE TAMAY, MAURO QUIZHPE TAMAY, BOLIVAR QUIZHPE TAMAY, GABRIELA BEATRIZ QUIZHPE TAMAY, ROSA MARÍA MEJIA QUIZHPE, PEDRO MANUEL MEJIA QUIZHPE, ANA PATRICIA MEJIA QUIZHPE, JOSÉ IGNACIO MEJIA QUIZHPE, BLANCA RUTH MEJIA QUIZHPE, GUILLERMO RODRIGO MEJIA QUIZHPE Y SANDRA PAOLA MEJIA QUIZHPE; en mérito de lo cual se la acepta al procedimiento voluntario que le corresponde, conforme a lo previsto en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En consecuencia, se declara abierta la sucesión intestada de quienes en vida fueran: Guillermo Quizhpe Uchuari y María Teresa Tamay López, quienes han dejado de existir: el 17 de junio de 2012, en la parroquia Sucre, cantón y provincia de Loja; y el 11 de julio de 2020, en la misma parroquia, cantón y provincia, en su orden. Por tanto, procédase al inventario y avalúo de sus bienes, conforme a ley.- Cuéntese en este procedimiento con las siguientes personas: A) Con los comparecientes, en la calidad invocada; B) Con los herederos desconocidos y presuntos: tanto de los causantes: Guillermo Quizhpe Uchuari y María Teresa Tamay López, cuanto de los extintos herederos Oswaldo Quizhpe Tamay y María Lucrecia Quizhpe Tamay, que se manda citarlos por la prensa local, en la forma prevista en los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, debiendo el señor Secretario conferir el extracto pertinente; caso de no estarse editando este medio de comunicación, en su lugar, se lo hará por mensajes que se trasmitirán en la forma reglada en el Art. 56, ordinal 2 del mismo cuerpo normativo; y, C) Con el señor Procurador Tributario de Loja, funcionario que se lo citará en su Despacho. A todos los interesados se los conmina a señalar casillero judicial en esta ciudad, y correo electrónico, para efecto de ulteriores notificaciones; previniéndoles que se resolverá en rebeldía de quienes no comparecieren a juicio en la forma señalada en el Art. 151 del COGEP.- Téngase en cuenta la prueba anunciada en la demanda, sobre cuya admisibilidad relacionada con pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la audiencia única a convocarse en el curso ulterior del procedimiento.- Para la citación al prenombrado funcionario llamado a intervenir en esta causa, se dispone que la parte actora, dentro del término de tres días, proporcione al Gestor de Archivo, las copias pertinentes, en la forma reglada en el Art. 4 de la Resolución 62-2020 del Consejo de la Judicatura; de su parte, el señor Secretario y Ayudante Judicial, cumplirán con las obligaciones que cons-

ta de la misma disposición; y, luego, pase el expediente a la Oficina de Citaciones y Notificaciones.- Agréguese al expediente los documentos aparejados a la demanda. Téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial y correo electrónico señalados por los demandantes, más la autorización que le conceden a su patrocinador; y, que constituyen procurador común en la persona de María Guillermina Quizhpe Tamay.- NOTIFÍQUESE. Dr. Víctor Burneo Herrera, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja”.Loja, 4 de febrero del 2021. Abg. Jaime Riofrio Tacuri SECRETARIO U.J.F.M.N.A.L. P/F4761 CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante: JUAN JOSE SARMIENTO GUAMAN, que en extracto es como sigue: ACTORA: INÉS BACILIA JARA MAZA y OTROS. DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del causante: JUAN JOSE SARMIENTO GUAMAN. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2020-03019 JUEZ: DR. PABLO VINICIO MUÑOZ ABARCA EXTRACTO DEMANDA: Loja, lunes 11 de enero del 2021, las 11h05, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede y la documentación adjunta.- En lo principal, una vez cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento del señor JUAN JOSÉ SARMIENTO GUAMÁN conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- 1.1. Con el solicitante la Sra. INÉS BACILIA JARA MAZA por sus propios y personales derechos y en calidad de madre y representante legal de sus hijos ANA GABRIELA SARMIENTO JARA y CARMEN VICENTA SARMIENTO JARA, además los señores JANETH MARICELA SARMIENTO JARA y CARLOS FABRICIO SARMIENTO JARA por lo que comparecen en calidad de cónyuge sobreviviente e hijos y por lo tanto herederos del causante. 1.2. Con los herederos conocidos señores EDWIN EFRÉN SARMIENTO JARA, JENNY ALEXANDRA SARMIENTO JARA y JOHAN ALEXIS SARMIENTO JARA en calidad de hijos y por lo tanto herederos del causante, a quienes se los citará en la dirección del domicilio señalado en la solicitud. 1.3. Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, funcionario que deberá ser citado en su respectivo despacho en la dirección indicada. Para su cumplimiento, cítese con el contenido de la solicitud, documentación adjunta escrito aclaratorio y el presente auto, y se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones, a los herederos indicados del numeral 1.2 mediante comisión al señor Teniente Político de la Parroquia Malacatos del cantón y provincia de Loja, a quien se le ofrece reciprocidad en casos similares. Envíese despacho en forma. Mientras al funcionario indicado en el numeral 1.3 de forma telemática a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINE) administrado por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos esto de conformidad a lo establecido en el Art.

53.1 del COGEP (Artículo agregado por Disposición Reformatoria Quinta, numeral 2 de Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 345 de 8 de Diciembre del 2020); o en su defecto en caso de no estar funcionando aún dicho sistema, la diligencia de citación hágaselo en su respectivo despacho, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para la práctica de la citación, la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020. Para la práctica de la citación, la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 0612020, de fecha 10 de junio de 2020. 1.4. Cítese a los herederos desconocidos del causante JUAN JOSÉ SARMIENTO GUAMÁN, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que le conceden a su defensor técnico.- Acogiendo el pedido de los actores y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra en calidad de Procurador Común a la Señora Inés Bacilia Jara Maza, con quien se contará en el proceso.- NOTIFIQUESE.- Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja. – Loja, 12 de enero del 2021 Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F4762 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos y del causante ANTONIO GRANDA QUIZHPE y ROSA MARGARITA POMA BENITES que en extracto es como sigue: ACTOR: GRANDA POMA ANGEL ALBINO y otros. DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de los causantes ANTONIO GRANDA QUIZHPE y ROSA MARGARITA POMA BENITES, y también con los herederos presuntos y desconocidos de los fallecidos hijos de los causantes señores: EFRAÍN GRANDA POMA; CÉSAR AGUSTO GRANDA POMA y SILVANIA MARGARITA GRANDA POMA. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00182 JUEZ: Dr. Luis Patricio Jaramillo Reyes “…Loja, miércoles 20 de enero del 2021, las 10h37, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, Provincia de Loja, conforme a la Acción de Personal Nro.2894DP11-2019-FA, de fecha 02 diciembre 2019, que me traslada a esta Unidad Judicial.- En lo principal, la solicitud de inventario de bienes sucesorios presentada por: ÁNGEL ALBINO GRANDA POMA; SEGUNDO JOAQUÍN GRAN-

www. DA POMA; MELVA MARIANA GRANDA POMA es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la solicitud y se admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP, por lo que se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Por el fallecimiento de los señores ANTONIO GRANDA QUIZHPE y ROSA MARGARITA POMA BENITES, conforme consta de las partidas de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de sus bienes sucesorios, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección de un perito que será designado oportunamente por esta Unidad Judicial. SEGUNDO.- Cuéntese en éste proceso con los comparecientes: 2.1. ÁNGEL ALBINO GRANDA POMA; SEGUNDO JOAQUÍN GRANDA POMA; MELVA MARIANA GRANDA POMA. 2.2.- Con los herederos presuntos y desconocidos de los causantes señores ANTONIO GRANDA QUIZHPE y ROSA MARGARITA POMA BENITES; y también con los herederos presuntos y desconocidos de los fallecidos hijos de los causantes que se señalan no dejaron descendencia señores: EFRAÍN GRANDA POMA; CÉSAR AGUSTO GRANDA POMA y SILVANIA MARGARITA GRANDA POMA, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicación, esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58, en concordancia a lo señalado en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Los accionados de conformidad a la ley, podrán oponerse al procedimiento hasta antes de convocarse a la audiencia correspondiente. TERCERO.- 3.1.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya producción y pertinencia se resolverá en audiencia. CUARTO.- En cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que conceden los peticionarios a su defensor técnico.- QUINTO.- Téngase en cuenta la designación en calidad de procuradora común de la señora MELVA MARIANA GRANDA POMA.- Agréguese a los autos la documentación adjunta.NOTIFÍQUESE.-…”.-Firma Ilegible.- DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 21 de enero del 2021. Dr. Manuel Eduardo Lozada Ramirez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4763 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los Herederos desconocidos y presuntos de la extinta MARIANA DE JESÚS NAMICELA JAPÓN, que en extracto es como sigue: ACTOR: GERMAN BOLÍVAR ESPARZA, como procurador común. DEMANDADOS: Herederos desconocidos y presuntos de la extinta MARIANA DE JESÚS NAMICELA JAPÓN OBJETO: INVENTARIO TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00201 JUEZ: Dr. Víctor Santín Salazar. Loja, lunes 25 de enero del 2021, las 07h58, VISTOS.- Dr. Víctor Santín Salazar Mgs., avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Loja, designado mediante Acción de Personal No. 2386-DP11-2019-FA, de fecha 30 de septiembre del 2019, suscrita por la Sra. Directora Provincial del Consejo de Loja y por el sorteo de ley. En lo principal, estimase de clara, precisa y com-

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pleta la demanda deducida por los Sres: GERMAN BOLÍVAR ESPARZA, MARÍA MERCEDES ESPARZA NAMICELA, EDY EFRÉN ESPARZA NAMICELA, SANDRA JANETH ESPARZA NAMICELA, MARÍA ISABEL ESPARZA NAMICELA, ELVIA ESTHER ESPARZA NAMICELA, CARMEN GERMANIA ESPARZA NAMICELA, EDINSON HERNÁN ESPARZA NAMICELA, LUIS HUMBERTO ESPARZA NAMICELA y ESMERALDA ENRIQUETA ESPARZA NAMICELA, petición que al reunir los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la acepta al trámite Voluntario que le corresponde a los Inventarios. En consecuencia conforme a la partida de defunción de: MARIANA DE JESÚS NAMICELA JAPÓN (+), partidas de matrimonio, y partidas de nacimiento de los herederos, escrituras públicas y más anexos se DECLARA ABIERTA LA SUCESIÓN de los bienes de la extinta MARIANA DE JESÚS NAMICELA JAPÓN, particular que se manda poner en conocimiento de los herederos ausentes, desconocidos, presuntos y del público en general, conforme a Ley y en base a lo establecido en el Artículo 58 en concordancia con el Artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos. Para lo cual se dispone lo siguiente: a) Cuéntese en el procedimiento con los comparecientes en la calidad que señala cónyuge sobreviviente y herederos (hijos) respectivamente; b) Cuéntese con el Procurador de Servicio de Rentas Internas de Loja, como indica en la demanda, a quien se lo citara en el lugar señalado en la demanda, para cuyo efecto pasen los autos al señor Analista de la Oficina de Citaciones para los fines de ley, a quienes se le advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de sus futuras notificaciones; c) Con los herederos PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS y más personas interesadas en la presente sucesión, a quienes se los citara por un periódico de amplia circulación de esta ciudad CONFORME LO INDICAN EN EL LIBELO INICIAL- al tenor del Art. 58 del COGEP concédase el extracto para las publicaciones.- Fórmese el inventario y correspondiente avalúo de los bienes dejados por el causante, con la intervención del perito que se designará UNA VEZ CUMPLIDA LAS CITACIONES quien será sorteado en el sistema para este fin, a quien se lo notificará para que tome legal posesión del cargo, de conformidad a Ley y al Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial (Resolución No. 040-2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura), se le fijará así mismo los honorarios que correspondan, que serán cubiertos por la parte accionante. d). El inventario debe realizarse conjuntamente con el perito y en presencia de los interesados de conformidad al Art.341 del COGEP. e) Téngase en cuenta para el señalamiento de la audiencia respectiva lo que preceptúan los Arts.345, 335, inc. 3ero, y, 225 parte final, Ibídem; h) Se previene al señor perito, que los bienes a inventariarse, son aquellos que estén debidamente justificados o acreditados con el respectivo título de propiedad, caso contrario no podrán comprenderse en este inventario; f) De conformidad al Art.76 del COGEP, se dispone que el señor perito, luego de citado la parte demandada, en el término de diez días presente a la unidad judicial el alistamiento y avalúo realizado, bajo los parámetros y prevenciones de ley; y, g) Agréguese a los autos la documentación que se acompaña, téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial, correo electrónico, como la autorización dada a su abogada patrocinadora, para que asuma la defensa en el presente asunto; y, finalmente, tómese en cuenta el anuncio de prueba que ofrecen los comparecientes para justificar su pretensión.- Es un juicio inventario, tramite Voluntario avaluó y alistamiento.- Téngase en cuenta al señor GERMAN BOLÍVAR ESPARZA, como procurador común conforme al Art. 37 del COGEP.- Llámese a intervenir al Abg. Juan Carlos Mateus Jumbo como Secretario de Unidad Judicial.- CITESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.Loja, 26 de Enero del 2021. Ab. Juan Carlos Mateus Jumbo. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F4764


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Judiciales

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE GENERAL CON SEDE EN EL CANTON PALTAS CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales, a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes LAURA FLORA SANCHEZ ERAS Y JOSÉ MIGUEL GONZALEZ TANDAZO. Conforme a los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General del Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: MÓNICA MAGALI GONZALEZ CAÑAR Y JAIME ROBERTO GONZALEZ CAÑAR DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DE LOS CAUSANTES, LAURA FLORA SANCHEZ ERAS Y JOSÉ MIGUEL GONZALEZ TANDAZO. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. TRAMITE: VOLUNTARIO. CUANTIA: INDETERMINADA. JUICIO NRO. 11314-2020-00295. JUEZ: DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN. AUTO DE ACEPTACION A TRÁMITE: VISTOS: Avoco conocimiento y competencia de la presente causa en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Paltas, provincia de Loja, en virtud a la Resolución 258-2014 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura con fecha, 8 de octubre del 2014; así como a la Acción de Personal Nro. 8181-DNTH-2014 de fecha, 14 de octubre del 2014. La demanda de Inventarios, reúne los requisitos de forma exigidos por los Arts. 142 y 143 del COGEP, por lo que se la califica y se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334.4 y 335 del Código Orgánico General de Procesos. Consecuentemente se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por los causantes LAURA FLORA SANCHEZ ERAS y JOSE MIGUEL GONZALEZ TANDAZO desde el momento de su fallecimiento, disponiéndose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 y 342 del COGEP, en presencia de los interesados y del Perito, que será designado una vez que se cite en legal forma a todos los demandados, Así como se señalará fecha para la práctica de la referida diligencia. CITESE a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes LAURA FLORA SANCHEZ ERAS y JOSE MIGUEL GONZALEZ TANDAZO; Así como de los herederos fallecidos ISMENIA CESAREA GONZALEZ SANCHEZ, MARIA CORINA GONZALEZ SANCHEZ y SERVIO JAIME GONZALEZ SANCHEZ conforme a los Arts. 56.1 y 58 del COGEP, mediante publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de la localidad, confiérase el respectivo extracto. Cuéntese en este proceso: a) Con los comparecientes señores: MONICA MAGALI GONZALEZ CAÑAR y JAIME ROBERTO GONZALEZ CAÑAR, en calidad de nietos de los causantes.- CITESE.- A los herederos YANETH BEATRIZ GONZALEZ SANCHEZ y FANNY DORALIZA GONZALEZ SANCHEZ, en los domicilios señalados, para lo cual se Depreca a uno de los señores Jueces de una de las Unidades Judiciales de Familia Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Guayaquil provincia del Guayas.-Por el fallecimiento de los herederos ISMENIA CESAREA GONZALEZ SANCHEZ, MARIA CORINA GONZALEZ SANCHEZ y SERVIO JAIME GONZALEZ SANCHEZ, CITESE a sus hijos en los domicilios señalados en la siguiente forma: A) Hijos de ISMENIA CESAREA GONZALEZ SANCHEZ: MARICELA RAQUEL, ERCI DEL CARMEN, NARCISA ITSMENIA, ROSA DOMITILA, LIDIA MARIANA, OSWALDO MARCOS AGILA

.com.ec GONZALEZ, para lo cual se Depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de Familia Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Santa Rosa provincia del Oro; B) Hijos MARIA CORINA GONZALEZ SANCHEZ: ALEXANDER VINICIO, TATIANA CECIBEL, JOHANNA ELIZABETH, MARIUXI JESSENIA, DIANA PATRICIA, ANA MARIA, AMPARO SOLEDAD y HUGO JOSEPH FLORES GONZALEZ, para lo cual se Comisiona a la señora Comisaria de Policía Nacional de este cantón Paltas; C) Hijos del heredero fallecido SERVIO JAIME GONZALEZ SANCHEZ: JOSE MIGUEL GONZALEZ CAÑAR y JUAN PABLO GONZALEZ CAÑAR, en el domicilio señalado en este cantón Paltas, para lo cual se Comisiona a la señora Comisaria de Policía Nacional del cantón Paltas. Para efectos de la Citación dispuesta remítase los respectivos Despachos, a los señores Jueces que avoquen conocimiento se les ofrece reciprocidad en casos similares. b) CUÉNTESE Y NOTIFÍQUESE, a los siguientes funcionarios: 1) Señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD de Paltas; 2) Con el Señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja; 3) Con el Director del MAGAP en Loja, en sus Despachos, para la notificación a los referidos funcionarios en Loja, se Depreca a uno de los señores Jueces de la Niñez del cantón Loja, ofreciendo reciprocidad en casos similares, remítase el respectivo despacho. Téngase en cuenta: Como Procurador Común a la señora MONICA MAGALI GONZALEZ CAÑAR, La prueba anunciada contenido en el Acápite IX de su escrito de demanda, el Perito se designara en el momento oportuno, en cuenta la cuantía de la acción, la casilla judicial y la dirección del correo electrónico señalado y la autorización conferida a su Defensor. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. OTRO AUTO: A petición de parte y de conformidad al Art. 130.8 del COGEP, se convalida el auto de aceptación a trámite en el sentido que por error mecanográfico se ha hecho constar como ERCI DEL CARMEN, siendo lo correcto MERCY DEL CARMEN AGILA GONZALEZ. NOTIFIQUESE.- FIRMA.- DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PALTAS. Particular que pongo en conocimiento de los interesados y público en general, para los fines legales pertinentes. Paltas, viernes 18 de diciembre de 2020.- Lo certifico.- EL SECRETARIO.Ab. Juan Pablo Ortega Parra. SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL P/F4757 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE GENERAL CON SEDE EN EL CANTON PALTAS CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales, a los herederos desconocidos y presuntos del causante JORGE SIMON SANTOS. Conforme a los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General del Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: MARIO ANTONIO SANTOS TORRES (PROCURADOR COMUN). DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DEL CAUSANTE, JORGE SIMON SANTOS. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. TRAMITE: VOLUNTARIO. CUANTIA: INDETERMINADA. JUICIO NRO. 11314-2020-00404. JUEZ: DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN. AUTO DE ACEPTACION A TRÁMITE: VISTOS: Una vez que me reintegro a mis funciones. Avoco conocimiento y competencia de la presente causa en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón

Publicidad Paltas, provincia de Loja, en virtud a la Resolución 258-2014 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura con fecha, 8 de octubre del 2014; así como a la Acción de Personal Nro. 8181-DNTH-2014 de fecha, 14 de octubre del 2014; En lo principal la demanda de Inventarios, reúne los requisitos de forma exigidos por los Arts. 142 y 143 del COGEP, por lo que se la califica y se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334.4 y 335 del Código Orgánico General de Procesos. Consecuentemente, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por JORGE SIMON SANTOS desde el momento de su fallecimiento, disponiéndose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 y 342 del COGEP, en presencia de los interesados y del Perito, que será designado una vez que se cite en legal forma a todos los demandados, Así como se señalará fecha para la práctica de la referida diligencia. CITESE.- A los herederos desconocidos y presuntos del causante JORGE SIMON SANTOS, conforme a los Arts. 56.1 y 58 del COGEP, mediante publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de la localidad, confiérase el respectivo extracto. Cuéntese en este proceso: a) Con los comparecientes señores: 1) LORENZA ROSARIO TORRES CAPA, en calidad de cónyuge sobreviviente; 2) FAUSTO EFREN SANTOS TORRES; 3) OBER YOVAGNI SANTOS TORRES; 4) ARMANDO RODRIGO SANTOS TORRES; 5) KLEVER ALCIVAR SANTOS TORRES; 6) MARIO ANTONIO SANTOS TORRES; 7) MAYRA EDID SANTOS TORRES; 8) GRACE MARIBEL SANTOS TORRES y 9) JORGE ADALBERTO SANTOS TORRES, en calidad de hijos; b) CUÉNTESE Y NOTIFÍQUESE, a los siguientes funcionarios: 1) Señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD de Paltas; 2) Con el Señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja; 3) Con el MAGAP en Loja, en sus Despachos, para la notificación a los referidos funcionarios en Loja, se Depreca a uno de los señores Jueces de la Niñez del cantón Loja, ofreciendo reciprocidad en casos similares, remítase el respectivo despacho. Téngase en cuenta: Como Procurador Común al señor MARIO ANTONIO SANTOS TORRES, La prueba anunciada contenido del Acápite V, de su escrito de demanda, el Perito se designara en el momento oportuno, en cuenta la cuantía de la acción, la casilla judicial y la dirección del correo electrónico señalado y la autorización conferida a su Defensor. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. NOTIFIQUESE.- FIRMA.DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PALTAS. Particular que pongo en conocimiento de los interesados y público en general, para los fines legales pertinentes. Paltas, viernes 11 de enero de 2021.- Lo certifico.- EL SECRETARIO.Ab. Juan Pablo Ortega Parra. SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL P/F4758 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los Herederos desconocidos y presuntos del extinto VIRGILIO ABERTANO LUDEÑA TANDAZO, que en extracto es como sigue: ACTOR: Darlin Virgilio Ludeña Sánchez como su Procurador Común. DEMANDADOS: Herederos desconocidos y presuntos del extinto VIRGILIO ABERTANO LUDEÑA TANDAZO OBJETO: INVENTARIO

JUEVES 11 DE FEBRERO DE 2021 TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00160 JUEZ: Dr. Víctor Santín Salazar. Loja, miércoles 20 de enero del 2021, las 11h13, VISTOS.- Dr. Víctor Santín Salazar Mgs., avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Loja, designado mediante Acción de Personal No. 2386-DP11-2019-FA, de fecha 30 de septiembre del 2019, suscrita por la Directora Provincial del Consejo de Loja y por el sorteo de ley. En lo principal, la demanda presentada por los Sres. DARLIN VIRGILIO LUDEÑA SÁNCHEZ, PATRICIA DEL CARMEN LUDEÑA SÁNCHEZ, DIANA MARITZA LUDEÑA SÁNCHEZ, NIETZSCHE VIRGILIO LUDEÑA LEON, Mónica Vanesa Freire Vivar, madre y representante legal de la heredera menor de edad AHAHI ALEJANDRA LUDEÑA FREIRE; y ELVA CARMITA SÁNCHEZ OJEDA, petición que al reunir los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la acepta al trámite Voluntario que le corresponde a los Inventarios. En consecuencia conforme a la partida de defunción de: VIRGILIO ABERTANO LUDEÑA TANDAZO (+), partidas de nacimientos y escrituras públicas y más anexos se DECLARA ABIERTA LA SUCESIÓN de sus bienes, particular que se manda poner en conocimiento de los herederos ausentes, desconocidos, presuntos y del público en general, conforme a Ley y en base a lo establecido en el Artículo 58 en concordancia con el Artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos. Para lo cual se dispone lo siguiente: a) Cuéntese en el procedimiento con los comparecientes en la calidad que señala de herederos y cónyuge sobreviviente; b) Cuéntese con el Procurador de Servicio de Rentas Internas de Loja, como indica en la demanda, a quien se lo citara en el lugar señalado en la demanda, para cuyo efecto pasen los autos al señor Analista de la Oficina de Citaciones, se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de sus futuras notificaciones; c) Con los herederos PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS y más personas interesadas en la presente sucesión, a quienes se los citara por un periódico de amplia circulación (Digital) de esta ciudad CONFORME LO INDICAN EN EL LIBELO INICIAL al tenor del Art. 58 del COGEP concédase el extracto para las publicaciones.- Fórmese el inventario y correspondiente avalúo de los bienes dejados por la causante, con la intervención del perito que se designará UNA VEZ CUMPLIDA LAS CITACIONES quien será sorteado en el sistema para este fin, a quien se lo notificará para que tome legal posesión del cargo, de conformidad a Ley y al Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial (Resolución No. 040-2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura), se le fijará así mismo los honorarios que correspondan, que serán cubiertos por la parte accionante. d). El inventario debe realizarse conjuntamente con el perito y en presencia de los interesados de conformidad al Art.341 del COGEP. e) Téngase en cuenta para el señalamiento de la audiencia respectiva lo que preceptúan los Arts.345, 335, inc. 3ero, y, 225 parte final, Ibídem; f) Se previene al señor perito, que los bienes a inventariarse, son aquellos que estén debidamente justificados o acreditados con el respectivo título de propiedad, caso contrario no podrán comprenderse en este inventario; g) De conformidad al Art.76 del COGEP, se dispone que el señor perito, luego de citado la parte demandada, en el término de diez días presente a la unidad judicial el alistamiento y avalúo realizado, bajo los parámetros y prevenciones de ley; y, h) Agréguese a los autos la documentación que se acompaña, téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial, correo electró-

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Libretas BANCO INTERNACIONAL Por haberse extraviado el CERTIFICADO DE INVERSIÓN emitido por el BANCO INTERNACIONAL S.A. Nº. 050115100 por el valor de US $35.013.74, con vencimiento al 21 de enero de 2021, se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre este certificado, deberá presentar por escrito su reclamo al Banco, dentro de los 15 días contados desde la última publicación de este aviso. Atentamente FIRMA AUTORIZADA P/P4304

PÓLIZA EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A., procederá a anular la Póliza Nº 147112 de la Cta. Cte. Nro. 2102002239, perteneciente a JIMENEZ VALAREZO DORIS MAGDALENA, con C.I. 1103182919, beneficiario JIMENEZ VALAREZO DORIS MAGDALENA en razón de haberse extraviado. P/4678/CDP001

ANULACION DE COMPROBANTE PROVISIONAL DE DEPOSITO “CREDIFE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A.” informa al público en general que el comprobante provisional de depósito “CPD” de la siguiente numeración, queda anulado por haberse extraviado. Nro 0754635 “CREDIFE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A.” no se responsabiliza del uso que terceras personas puedan darle al documento antes señalado. Loja febrero 8, 2021 FIRMA AUTORIZADA P/P/F4742

nico, como la autorización dada a su abogado patrocinador, para que asuma la defensa en el presente asunto; y, finalmente, tómese en cuenta el anuncio de prueba que ofrecen los comparecientes para justificar su pretensión.- Conforme lo previsto en el Art. 37 del COGEP, téngase en cuenta al señor Darlin Virgilio Ludeña Sánchez como su Procurador Común.- Desglósese los documentos en la forma que solicita.- Llámese a intervenir al Abg. Juan Carlos Mateus Jumbo como Secretario de Unidad Judicial.- CITESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.- Loja, 27 de Enero del 2021. Ab. Juan Carlos Mateus Jumbo. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F4759


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JUEVES 11 DE FEBRERO DE 2021

Judiciales

CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante: MARCELO PUCHAICELA PUCHAICELA, que en extracto es como sigue: ACTORA: LAURA LUZMILA TENE VIÑAMAGUA DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de la causante: MARCELO PUCHAICELA PUCHAICELA. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2021-00139 JUEZ: DR. PABLO VINICIO MUÑOZ ABARCA EXTRACTO DEMANDA.- Loja, miércoles 20 de enero del 2021, las 08h53, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, Provincia de Loja, conforme a la resolución Nro. 157-2012 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 8 de noviembre del 2012, resolución Nro. 050-2013, de 30 de mayo del 2013 aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, y acción de personal Nro. 3186-DP11-2016-FA de fecha 20 de septiembre de 2016. Se llama a intervenir a la Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz, en calidad de Secretaria de la Unidad Judicial.- En lo principal, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento del señor MARCELO PUCHAICELA PUCHAICELA conforme se justifica con los certificados de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- 1.1. Con la solicitante LAURA LUZMILA TENE VIÑAMAGUA por lo que comparecen en calidad de cónyuge del causante. 1.2. Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, funcionario que deberá ser citado con el contenido de la solicitud, documentación adjunta y el presente auto de forma telemática a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINE) administrado por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos esto de conformidad a lo establecido en el Art. 53.1 del COGEP (Artículo agregado por Disposición Reformatoria Quinta, numeral 2 de Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 345 de 8 de Diciembre del 2020); o en su defecto en caso de no estar funcionando aún dicho sistema, la diligencia de citación hágaselo en su respectivo despacho en la dirección indicada, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para la práctica de la citación, la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020. 1.3. Cítese a los herederos desconocidos del causante MARCELO PUCHAICELA PUCHAICELA, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notifica-

ciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que le concede a su defensor técnico. Agréguese a los autos la documentación adjunta.- NOTIFIQUESE.- Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja. - Loja, 25 de enero del 2021 Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA UJFMNA/CPSG C.C. expediente/SATJE P/F4765 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPTENTE DE LOJA CON SEDE EN EL CANTON SARAGURO CITACIÓN JUDICIAL CITO: con el contenido del escrito de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante, SEGUNDO VICTOR MOROCHO, el mismo que en extracto comprende lo siguiente: ACTOR: Carmen Guadalupe Celí Dota. DEMANDADOS: Herederos Presuntos y Desconocidos del causante Segundo Víctor Morocho. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios. TRAMITE: Voluntario. JUICIO Nro.: 11313-2021-00057 JUEZ: Dr. Shubert Omar Castro Tamay. AUTO DE ACEPTACIÓN.- Saraguro, martes 26 de enero del 2021, las 11h11, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi condición de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente con Sede en el Cantón Saraguro, por haber correspondido al suscrito por sorteo de ley.- En lo principal, por cumplir con las exigencias señaladas en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se considera que la demanda de inventarios que antecede, propuesta por la señora CARMEN GUADALUPE CELI DOTA, cumple con las exigencias señaladas en los Arts. 142 y 143 del Código General de Procesos, por lo que se la califica de clara y completa, admitiéndola para el trámite establecido el Art. 335 del indicado Cuerpo de Leyes; por lo tanto se declara abierta la sucesión intestada de los bienes hereditarios de quien en vida se llamó SEGUNDO VICTOR MOROCHO, bienes de los cuales se formará el correspondiente inventario y avalúo de los mismos, a través del perito o peritos que resulten nombrados para el efecto, conforme lo dispone el Art 341 del COGEP. Cuéntese en el procedimiento con la compareciente, en su calidad de cónyuge sobreviviente y del extinto. Cuéntese también con los herederos: OLGUER GILBERTO MOROCHO CELI, RENAN GUSTAVO MOROCHO CELI, DARWIN RENE MOROCHO CELI, IRMA VALENTINA MOROCHO CELI Y VICTOR MANUEL MOROCHO CELI, en su calidad de hijos también del mismo extinto. Cuéntese igualmente con los herederos presuntos y desconocidos del causante Segundo Víctor Morocho.Se contará además con el señor Director Provincial del Servicio de Rentas Internas de la ciudad de Loja, funcionario que será citado mediante deprecatorio a enviarse a uno de los señores Jueces de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la mencionada ciudad, a quien se ofrece reciprocidad en casos similares. Del mismo modo se contará con los señores: Alcalde y Procurador Síndico del GAD del Cantón Pasaje, provincia de El Oro. Del mismo modo se contará con los señores: Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del Cantón Saraguro, quienes serán citados a través del funcionario de citaciones de esta unidad judicial.- A todas las personas mandadas a citar se les previene de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial en esta unidad judicial para sus notificaciones.- Para la

Publicidad citación a los representantes legales del GAD Municipal de Pasaje, así como de los herederos: Olguer Gilberto, Renán Gustavo, Irma Valentina y Víctor Manuel Morocho Celi, se depreca con despacho en forma a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la mencionada ciudad, a quién se le ofrece reciprocidad de acciones y servicios.- A los herederos presuntos y desconocidos del extinto, se dispone citarlos a través de publicaciones que se efectuarán en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Loja, en la forma prevista en el Art. 56 del COGEP.- Se tendrá en cuenta para contestar la demanda el plazo previsto en la misma norma legal indicada.- Téngase en cuenta la prueba que anuncia el accionante para la audiencia respectiva. En cuenta también el domicilio judicial que señala para recibir notificaciones, y la autorización que confiere a su defensor. Agréguese a los autos la demanda y los documentos aparejados.- HAGASE SABER.- Particular que se pone en conocimiento de los interesados y del público en general. Saraguro, 27 de Enero del 2021. Dr. Darwin René Morocho Celi. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON SARAGURO P/F4766 UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL CITO con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales al demandado: CARLOS GARDEL MOROCHO PUCHA, que en extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DE LOJA S.A. DEMANDADO: CARLOS GARDEL MOROCHO PUCHA TRAMITE: EJECUTIVO Nro. 113332019-01828 ASUNTO: Cobro de dinero Pagaré CUANTIA: $ 146018,04 JUEZ: Dr. Ramiro Arévalo Malo UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE

www. EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, miércoles 19 de junio del 2019, las 16h21, VISTOS: Juez Ponente: Dr. Ramiro Augusto Arevalo Malo.- Avoco conocimiento de la presente demanda, en virtud del sorteo precedente.- En lo principal, se estima que la demanda presentada por la Dra. María Verónica Medina Sotomayor, en calidad de PROCURADORA JUDICIAL DE PROCESOS DEL BANCO DE LOJA S.A., como lo acredita con los documentos que anexa, en contra del señor CARLOS GARDEL MOROCHO PUCHA, cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en PAGARE A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los Arts. 347 y 348 del COGEP; por lo que se la admite al PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- Por lo tanto, se dispone que la parte demandada dentro del TÉRMINO DE QUINCE DÍAS, como determinan los Arts. 333 y 355 del Código Orgánico General de Procesos, pague la obligación adeudada o formulen las excepciones de que se crea asistido, como prevé el Art. 353 del COGEP, bajo prevención de sentencia.Cítese al demandado, en el lugar indicado en la demanda, para lo cual se depreca virtualmente a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de lo Civil del cantón Machala, provincia de El Oro, ofreciendo reciprocidad en casos análogos.- La interesada dará las facilidades para el cabal cumplimiento.-Téngase en cuenta la cuantía, casillero judicial y correo electrónico señalado por la parte actora.- Agréguese los documentos aparejados.- Hágase saber.-.-f) ILEGIBLE Dr. Ramiro Arévalo Malo.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA.- Otra Providencia. Loja, jueves 8 de octubre del 2020, las 11h49, Por cuanto la Dra. DORIS ALEXANDRA RUIZ ROA, ha comparecido a esta Unidad Judicial a rendir el juramento de desconocer el domicilio o residencia del demandado CARLOS GARDEL MOROCHO PUCHA, se dispone citarlo por la

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Libretas

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO VICENTINA “MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA” LTDA., COOPMEGO AVISO DE ANULACIÓN DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO Se comunica al público en general que se procederá a anular el certificado de depósito Nro.0011PRP00048852, por lo que se permite notificar a la (s) persona (s) que considere (n) tener derecho sobre dicho certificado de depósito, para que presente (n) a la Cooperativa su reclamo en el plazo de ocho días calendario, contados a partir de la publicación de este aviso, vencido el cual, quedará anulado sin responsabilidad alguna para esta Entidad Financiera. Loja, 9 de febrero de 2021 FIRMA AUTORIZADA

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prensa, conforme al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Entréguese extracto.- Notifíquese. f ) ILEGIBLE Dr. Ramiro Arévalo Malo.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA.- Particular que se pone en conocimiento para los fines de ley.Loja, 12 de octubre del 2020 Dr. Hugo Mora Palacios SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA P/F4767

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I

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Justicia

Condenado por el abuso sexual cometido contra su hija En audiencia de juicio, la Fiscalía General del Estado presentó los elementos probatorios necesarios para que un Tribunal de Garantías Penales de Loja dicte sentencia de trece años y cuatro meses de pena privativa de libertad para Juan K., quien fue declarado culpable del delito de abuso sexual cometido en contra de su hija de 4 años. Además, el Tribunal resolvió, como parte de la reparación integral a la víctima, que el sentenciado pierda la patria potestad de la menor. Los hechos investigados por Fiscalía ocurrieron en varias ocasiones, iniciando cuando la familia residía en Estados Unidos, siendo la última agresión en enero

de 2020, en el domicilio de la abuela materna de la víctima, en la ciudad de Loja. La denuncia fue presentada por parte de la madre de la menor, quien observó comportamientos inusuales en su hija, por lo que la llevó para que fuera examinada por varios médicos y psicólogos, que le sugirieron informar a las autoridades sobre un presunto delito. Con esos antecedentes, la Fiscalía General del Estado obtuvo abundante prueba, que fue presentada ante los magistrados que integraron el Tribunal de juzgamiento. Entre los elementos más importantes se cuentan el testimonio anticipado de la víctima, los testimonios del médico legista, de la perito que realizó la experticia psicológica y de un perito

psicólogo que practicó la pericia de valoración psicológica de rasgos de personalidad al procesado, que determinó características de un perfil de agresor sexual. Además, se presentaron los documentos que sustentaron dichos informes, así como la denuncia de la madre, entre otros. Este caso fue juzgado y sancionado con base en lo tipificado en el artículo 170, inciso tercero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con la agravante del artículo 48, numeral 5, por ser el padre biológico de la víctima.(I) El procesado, además, tiene otro proceso penal por el mismo delito, presuntamente cometido en contra de su otra hija, una menor de 10 años.

En Paltas

Incautan 71 tacos de dinamita

JUEVES 11 DE FEBRERO DE 2021

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Aprehendidos por presunto delito contra la propiedad Este 08 de febrero, en las calles Bolívar y Mercadillo, aproximadamente a las 18h40, servidores policiales del eje preventivo, aprehendieron a dos ciudadanos por el presunto delito contra la propiedad. El Grupo de Operaciones Motorizadas (GOM), al momento que patrullaban el sector de San Sebastián, fueron alertados

de que los ciudadanos Jhonatan T.M. y Víctor C.E. habrían sustraído algunas prendas de vestir desde un local comercial, conforme la denuncia de la perjudicada. Por tratarse de una infracción flagrante se procedió a su inmediata aprehensión de los ciudadanos quienes fueron puestos a órdenes de la autoridad competente.(I)

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CONTACTOS: 0997262566 / 0992416701 / 2732003 gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec Pasaje Cinchona 207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay, sector 24 de Mayo Twitter: CronicaLoja Facebook: DiarioCronica Instagram: DiarioCronica Issuu: CronicaLoja WhatsApp: 0997262566 DiarioCronica

w w w. c r o n i c a . c o m . e c

Por información proporcionada por el Destacamento de Inteligencia Militar Loja se llevó a cabo una operación militar conjuntamente con el Centro de Control de

Armas, quienes decomisaron material explosivo en una concesión minera ubicada en la parroquia Catacocha del cantón Paltas, al no contar con los permisos

correspondientes. El personal militar tomó contacto con los funcionarios del Ministerio del Ambiente y Agua de Loja,

quienes de acuerdo a sus competencias realizaron una inspección física a la concesión minera, así mismo el personal militar del Centro de Control de Armas, de acuerdo a lo que estipula la Ley de Control de Armas y Explosivos, inspeccionaron el polvorín de dicha concesión minera, donde se corroboró que los

permisos se encontraban caducados. Se decomisaron 500 metros de mecha lenta y 71 tacos de dinamita, quedando a custodia del Centro de Control de Armas, quienes emitieron el acta de entrega-recepción a sus propietarios, a fin de dar inicio a los trámites de ley correspondientes.(I)


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JUEVES 11 DE FEBRERO DE 2021

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P/F4275


Justicia

JUEVES 11 DE FEBRERO DE 2021

Localizan a Ginnatha en el Perú

Preso por abuso sexual contra una menor de edad Loja. César A.T.J., de 64 años de edad fue puesto a órdenes de la autoridad competente por presunto delito de carácter sexual (abuso sexual) contra una niña de 10 años de edad.

A través del servicio de la Dirección Nacional de Delitos Contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestros, (Dinased) se localizó a la ciudadana Ginnatha R.J., quien estaba desaparecida de su hogar, ubicado en la ciudad de Loja, en el mes de septiembre de 2020.

Caso En horas de la mañana del martes 09 de febrero, personal investigativo de la Dirección Nacional de Policía Especializada para Niños, Niñas y Adolescentes (Dinapen) de Loja fueron alertados por un padre de familia, que su hija mientras se encontraba transitando por las calles de la urbe lojana fue interceptada por César A.T.J., el mismo que bajo engaños habría procedido a ingresarla a un local comercial y abusó de ella. Luego la habría amenaza-

personas desaparecidas, mediante técnicas de recolección de información y más diligencias investigativas, se logró localizar a la ciudadana en la ciudad de Chiclayo, República del Perú. Mediante llamada telefónica, la presunta desaparecida dijo a la Policía y a sus familiares que está radicada en el vecino país del sur, goza de buena salud y que vive con su pareja sentimental; decisión que la habría tomado por la incomprensión de sus familiares, así lo informó Renato Cevallos Núñez, comandante de la Subzona de Policía Loja No. 11. (I).

Ginnatha frisa los 21 años de edad, a decir de sus preocupados familiares, el 08 de septiembre del año pasado salió de su hogar, con el propósito de cancelar un impuesto, sin embargo no regresó iniciándose la preocupación imperante en sus allegados. El 26 de enero del presente año, su madre acudió a la Policía Nacional a poner la respectiva denuncia. Luego de aplicar los protocolos de búsqueda e investigación de

• Sujeto aprehendido en el centro de la ciudad.

do para que no diga nada, sin embargo, la menor le contó todo a su padre, quien de inmediato denunció el hecho. Los agentes tras tareas investigativas dieron con el paradero del sujeto y posterior lo aprehendieron por el presunto delito de carácter sexual. Tras llevarlo a una casa de salud para sacarle el certificado

médico lo trasladaron al Centro de Detención Provisional de Loja para luego se desarrolle la audiencia de flagrancia y formulación de cargos. Durante la aprehensión, entre su ropa le encontraron un celular, el cual fue ingresado al centro de acopio de la Policía Judicial mediante cadena de custodia.(I).(FJC).

COVID-19 Casos confirmados por cantón CASOS

9.333 962 8.090 281 Positivos

Activos

Recuperados

Fecha de corte: Miércoles 10 de febrero de 2021 Fuente: Ministerio de Salud Pública

SARAGURO

Fallecidos

290

MUESTRAS

26.217 16.214 670 Tomadas

Negativas

27

En espera

2.188 2.945

Personas en CERCO Epidemiológico

Personas en A.P.O.

6.965

CHAGUARPAMBA

AISLAMIENTOS

102

PINDAL

Edad

Contagiados

0-11 meses

22

1-4 años

54

5 - 9 años

91

10 -14 años

206

15 - 19 años

335

20 - 49 años

5.749

50 - 64 años

1.627

más de 65 años

1.249

OLMEDO

PUYANGO

Personas en aislamiento domiciliario

Provincia de Loja Casos positivos por rango de edades

10

112

932

383

ZAPOTILLO

PALTAS

MACARA

263

GONZANAMA

SOZORANGA

602 48

CATAMAYO

32

106 CELICA

101

221 CALVAS

7

QUILANGA

64 PROVINCIA DE LOJA / CONTAGIOS POR GÉNERO

4.811 Hombres

I

4.522 Mujeres

ESPINDOLA

LOJA


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