CRONICA 09 ABRIL 2021 11030

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Loja-Ecuador www.cronica.com.ec diariocronica @cronicaloja 0997262566 Edición Nº 11030

VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021

Jardines del Punzara: iniciará la construcción

del sistema sanitario

Peruanos residentes en Loja y Zamora deciden el futuro de su país (Pág. 5)

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l temporal invernal que soportó la ciudad de Loja paralizó los trabajos de apertura de vías en el proyecto de vivienda Jardines del Punzara que impulsa el Municipio de Loja, sin embargo, prevén terminar este mes y en mayo iniciarán con la construcción del sistema de agua potable y alcantarillado sanitario y pluvial.

Militares vacunados con la primera dosis y médicos recibieron la segunda

Hasta el 26 de abril se mantienen suspendidas las clases presenciales (Pág. 4)

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al como estaba previsto en el plan de vacunación, este jueves 8 de abril, los militares fueron inmunizados con la primera dosis, mientras que, el personal médico de la red complementaria y parte privada recibió la segunda. En este último caso hubo aglomeración.

(Pág. 2) (Pág. 20)

Aún sin fecha para audiencia de protección de concejal de Paltas

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Loja la ciudad más cara con una canasta básica de USD 742,96 (Pág. 13)

Hoy circula Placa IMPAR


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Varios

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Militares vacunados con la primera dosis y médicos recibieron la segunda Tal como estaba previsto en el plan de vacunación, este jueves 8 de abril, los militares fueron inmunizados con la primera dosis, mientras que el personal médico de la red complementaria y parte privada recibió la segunda. En este último caso hubo aglomeración. Inoculación El proceso de vacunación de los uniformados de la Brigada de Infantería Motorizada Nº 7 Loja, quienes han permanecido en primera línea desde que inició la emergencia sanitaria por la COVID-19, se desarrolló en el Fuerte Militar “Cabo Minacho”. A decir de las autoridades, ellos recibieron la primera dosis de la vacuna AstraZeneca, con la finalidad de reducir los índices de contagio en el personal militar que cumple diariamente operaciones militares en apoyo a las diferentes instituciones del Estado en la provincia de Loja. En esta ocasión solo fueron inmunizados 500 militares

•• Militares recibieron la primera dosis de la vacuna contra la COVID.

y la próxima semana serán los 1300 restantes, ya que ellos se encuentran en los diferentes recintos electorales dando seguridad para las elecciones del domingo. Médicos Por otra parte, en el Coliseo Ciudad de Loja también se desarrolló el proceso de inoculación del personal médico de la parte privada y red complementaria (médicos, enfermeras, internistas, auxiliares de enfermería, odontólogos, entre otros).

A decir de, Darwin Armijos Ríos, responsable Zonal de Vigilancia de la Salud, tal como estaba establecido en la fase 1 de vacunación el personal fue convocado previa coordinación con los gremios o las casas de salud donde laboran. Sin embargo, aún faltan más profesionales por ser vacunados, pero en las próximas semanas llegarán a ellos. Solo en ese lugar fueron inmunizados 1020 profesionales con la segunda dosis. Con esta cantidad esta presente semana se suspende

la vacunación y retomarán el martes o miércoles de la siguiente. Durante el proceso de la colocación de las dosis no hubo novedades de reacciones secundarias. Un especialista en Imagenología (se reservó dar su nombre) puntualizó que a pesar de haber superado varios inconvenientes como el tema de la larga espera todavía falta coordinación, porque tras el llamado hubo extensas filas de profesionales (sin respetar el distanciamiento) en los exteriores del coliseo y bajo

un fuerte sol. Sin embargo, en cuanto a la inoculación, esta nos ayudará a estar más protegidos contra el virus, pero debemos seguir protegiéndonos hasta que genere anticuerpos.(I).(FJC).

Dato •

Personal médico de la red complementaria y privada recibieron la segunda dosis.

Aún sin fecha para audiencia de acción de protección a favor de Yennifer López Han pasado 11 días desde que la concejala Yennifer Nathalia López Córdova presentó una demanda de acción de protección a través de sus abogados defensores: Patricio Valdivieso Espinosa y Gilbert René Robles por vulneración a sus derechos al cesarla de las funciones de vicealcaldesa, pero hasta la fecha no ha sido notificada para la audiencia. Situación El 17 de marzo de 2021, vía sesión virtual fue cesada de sus funciones de vicealcaldesa por parte del Concejo Cantonal, ante ello, en horas de la tarde del lunes

29 de marzo presentó la acción de protección. En dicha demanda solicita al juez de la Unidad Multicompetente del cantón Paltas, se declare la vulneración del derecho a la Seguridad Jurídica; las Garantías del debido Proceso; el Principio de la Motivación; y los Principios de Aplicación de los Derechos, luego se la restituya a su persona como vicealcaldesa de esta jurisdicción, respetando la paridad de género tal como lo establece el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, el Código de la Democracia y la Constitución.

La acción de protección contra el alcalde de Paltas, Jorge Luis Feijoó; Joffre Valarezo Valdez, procurador Síndico del Municipio; los ediles Francisco José Mora y Yovanna del Carmen Quevedo (Suplente del edil William Balcázar Vargas) y la Procuraduría General del Estado. El miércoles 7 abril los demandados fueron citados. “Este tipo de demandas son inmediatas, por ende, me sorprende que se esté demorando, pero creo que es por la situación de la pandemia que está en una situación complicada”. Aclaró que no se aferra al cargo, pero es su deber moral hacer respetar el derecho

•• Yennifer Nathalia López Córdova presentó una demanda de acción de protección por cese de funciones como vicealcaldesa.

de las mujeres en el cantón (tengo el apoyo de ellas) y más aún cuando es la única edil que forma parte del concejo municipal. López Córdova mencionó que el lunes 5 de abril la Defensoría del Pueblo mediante el “Amicus Curiae” se sumó al caso para poder reforzar la defensa a su favor. Además, el Defensor del Pueblo a nivel nacional sea informado periódica-

mente de cómo avanza el proceso para brindar todo su apoyo.(I).(FJC).

Dato •

Desde marzo del 2020, en las innumerables ausencias del burgomaestre no le ha encargado la alcaldía a la exvicealcaldesa.


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“No existen políticas claras de salud y hay desorganización” El presidente de la República, Lenín Moreno Garcés, pidió la renuncia este miércoles 07 de abril a Mauro Falconí, ministro de Salud, debido a la desorganización en la vacunación de adultos mayores en los hospitales de Quito. Médicos señalan que no existen políticas claras y eligen representantes sin el conocimiento necesario. Según el presidente de la Sociedad Ecuatoriana de Salud Pública (SESP), Núcleo de Loja, Ramón Aguirre Castillo, se está terminando este Gobierno y realmente los ministros que van 3, cada 19 días cada uno, es la radiografía exacta de una desorganización total, es decir, no existen políticas de salud, pero sí hay amigos del presidente que los nombra, pero no poseen

•• Salida de autoridades trastoca los programas establecidos, en este caso el de vacunación.

una carrera sanitaria o de salud. En cuanto a las coordinaciones zonales, si bien dependen directamente del representante del ejecutivo en esta Cartera de Estado, no siempre pueden dejar sus funciones, en este caso de Loja la coordinadora que renunció pudo haberse

quedado hasta que culmine el mandato el presidente. “Porque el cambio de una autoridad de manera brusca sea esta nacional o local trastoca toda una planificación que hubo o se estaba haciendo, es decir, se tiene que reformular las estrategias lo cual impacta en los

programas ya instalados y en este caso al proceso de vacunación, el cual no llega ni al 3% en todo el país”, dijo. En cambio, René Samaniego Idrovo, especialista en Imagenología, indicó que la permanencia de los ministros se veía claramente que era por la intromisión de otras autoridades externas a la parte de salud, quienes tratan de hacer arreglos para ayudar a personas que no están en la primera línea de atención al paciente. “Esto ha hecho que muchos funcionarios se retiren y dejen el camino libre para que otras personas ocupen ese cargo. Es así que el exministro Falconí lo denunció tras su salida”. Por ejemplo, “conozco colegas que han sido relegados de la vacunación y en vez

•• Ramón Aguirre Castillo, presidente de la Sociedad Ecuatoriana de Salud Pública (SESP), Núcleo de Loja.

de ellos hay otras personas que nada tiene que ver con la salud, pero son familiares de directivos de entidades”, puntualizó.(I).(FJC). P

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“Jardines del Punzara” En mayo prevén iniciar la construcción del sistema sanitario y pluvial

•• Aperturas de vías se culminaría a finales del mes de abril.

El temporal invernal que soportó la ciudad de Loja paralizó los trabajos de apertura de vías en el proyecto del Jardines de Punzará que impulsa el Municipio de Loja, sin embargo, prevén terminar este mes y en mayo iniciar con la construcción del sistema de agua potable y alcantarillado sanitario y pluvial. Obra A decir del gerente de la Em-

presa Municipal de Vivienda (Vivem), Patricio León Ojeda, mencionó que el tema de apertura de vías lleva un 80% de avance y esperan que este mes de abril se concluyan los trabajos, para iniciar con la otra fase. En ese sentido, el siguiente trabajo a realizar es la construcción del agua potable, alcantarillado pluvial y sanitario, por ende, “en este momento estamos en

la etapa de calificación de las 30 ofertas presentadas, debido a la gran cantidad nos vamos a demorar un poco, pero estamos seguros que se adjudicará la obra a finales del mes para que la empresa ganadora empiece los trabajos en mayo”. A la par, también empezarían con la construcción de las 350 viviendas planificadas para este 2021 y para el resto de las 813,

es decir, 463 el 2022, por ende, ya están estableciendo los presupuestos iniciales, los cuales superan el USD 1 millón. Invitó a la ciudadanía a visitar la casa modelo, la cual fue concluida. “Es una vivienda amplia y muy segura en su infraestructura”. Jurídico El gerente de Vivem al ser consultado sobre los proce-

sos judiciales que se ventilan en las cortes, indicó que los mismos continúan a buen ritmo, pero en lo personal destaca que es algo normal, ya que existen personas interesadas en que no se desarrolle el proyecto, “pero una muestra de que hemos hecho las cosas bien es que se ha superado dos acciones de protección y avanzamos con la obra”, destacó.(I).(FJC).

Hasta el 26 de abril se mantienen suspendidas las clases presenciales El Ministerio de Educación informa a la comunidad educativa que, el COE Nacional en su resolución del miércoles 07 de abril dispuso que hasta el 26 de abril se mantienen suspendidas las clases presenciales en las provincias de Azuay, El

Oro, Esmeraldas, Guayas, Loja, Manabí, Pichincha, Santo Domingo de los Tsáchilas de los pilotajes previamente autorizados. También señala que, de igual manera los docentes y rectores de las unidades edu-

cativas, que no tengan sus planes piloto debidamente aprobados, mantendrán la modalidad de teletrabajo hasta el 26 de abril de 2021. Todo esto con el objetivo de precautelar la salud y el bienestar de la población ecuatoriana; poniendo es-

pecial atención en los grupos vulnerables. Por esta razón, los estudiantes de dichas instituciones educativas continuarán con su proceso de aprendizaje bajo la modalidad del Plan Educativo COVID-19 “Aprendemos Juntos en Casa”.

Esta cartera de Estado ratifica que todas las acciones concernientes al Sistema Educativo Nacional se dispondrán en atención a lo que establezcan las autoridades del COE Nacional mientras dure la emergencia sanitaria.


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Sucesos

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Votos de peruanos residentes en Loja y Zamora Chinchipe deciden el futuro de su país Este domingo 11 de abril el Perú decide su futuro, más de veinticinco millones de peruanos elegirán a sus nuevas autoridades del Poder Ejecutivo y Legislativo en comicios electorales que se ha denominado Elecciones del Bicentenario puesto que este 28 de julio se cumplirá 200 años de su independencia nacional. En las provincias de Loja y Zamora Chinchipe residen nacionales del país hermano y se encuentran registrados en el Padrón Electoral peruano en un número de 522 electores quienes sufragarán en

la sede del Consulado General del Perú en Loja. Luis Armando Monteagudo Pacheco, Cónsul General del Perú, afirmó que en estas elecciones los peruanos podrán sufragar portando su DNI en el que conste una dirección ubicada en las provincias de Loja y Zamora Chinchipe, que se encuentran bajo su jurisdicción; asimismo, podrán votar el DNI caducado y con el DNI amarillo los ciudadanos que hayan cumplido 18 años de edad y aún no haya renovado este documento.

2.015 casos en un día y acumula 341.619 positivos de COVID-19

Los peruanos elegirán a un nuevo Presidente de la República para el periodo 2021 – 2026, igualmente 2 vicepresidentes, 130 congresistas y 5 representantes ante el Parlamente Andino. La actual legislación electoral peruana contempla un distrito electoral único para los residentes peruanos que domicilian fuera de su país, y será la primera vez que más de 977 mil peruanos con capacidad de voto, elijan a 2 representantes ante el Congreso Nacional de ese país hermano. “Los peruanos tenemos

• Luis Armando Monteagudo Pacheco, cónsul peruano responsable de proceso electoral peruano para las provincias de Loja y Zamora Chinchipe.

este domingo una gran responsabilidad al elegir a nuestras nuevas autoridades, somos una nación que se caracteriza por respetar el estado de derecho a través de procesos electorales libres y transparentes”, señalo el cónsul peruano. El diplomático instó a sus connacionales a acudir este domingo a la sede consular a ejercer su derecho al voto, precisando que se cumplirá

con todas las medidas sanitarias y de bioseguridad dispuestas por las autoridades nacionales del COE así como las impartidas por la Oficina de Procesos Electorales del Perú (ONPE). Recomendó además asistir cubierto con su mascarilla, respetar el distanciamiento social en el local de votación y sugirió a los votantes portar un lapicero azul para ejercer su derecho al voto.

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COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA CAFETALERA OLMEDO, “EN LIQUIDACIÓN”

C O N V O C AT O R I A A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGRICOLA CAFETALERA OLMEDO “EN LIQUIDACIÓN” Se convoca a todos los socios de la Cooperativa de Producción Agrícola Cafetalera Olmedo, “En Liquidación”, a una Junta General Extraordinaria de Socios, la misma que se llevará a cabo el día viernes, 16 de abril de 2021, a partir de las 10h00, en las instalaciones de la Cooperativa ubicadas en el Cantón Olmedo, Provincia de Loja para tratar el siguiente orden del día: 1. 2. 3. 4.

• Los hospitales de Guayaquil son unos de los más saturados en pacientes COVID-19.

Ecuador sumó en el último día 2.015 nuevos casos de COVID-19 y acumuló hasta este jueves 341.619 positivos desde que empezó el registro de la pandemia, mientras que los fallecidos ascienden a 17.115, según el Ministerio de Salud Pública. El registro de decesos sumó 58 nuevos casos y se ubicó en 12.208 confirmados por pruebas PCR y 4.907 fallecidos probables, precisó la cartera sanitaria en su parte oficial diario. Pichincha es la de mayor incidencia con 118.736 casos acumulados, 848 más que el miércoles, a la que sigue Guayas, con 44.593, tras in-

cluir 350 nuevos positivos. Les siguen las provincias de Manabí (26.152 contagios), Azuay (19.341), El Oro (15.853), Loja (13.165), Tungurahua (11.296), Imbabura (9.939), Los Ríos (9.838), Santo Domingo de los Tsáchilas (9.573), Cotopaxi (9.285) y Esmeraldas (7.248), entre las más afectadas. Acerca de la situación en los cantones o municipios, el informe oficial detalla que Quito es la ciudad más golpeada por la pandemia con 109.716 casos, 767 nuevos en 24 horas, seguida de Guayaquil, con 29.659 contagios, 237 más que la víspera. Los municipios de Quito y Guayaquil acordaron con el

Constatación del quórum e instalación de la sesión; Informe sobre el proceso de liquidación; Liquidación de haberes a los socios y formas de pago; Aprobación del Acta y Clausura.

Nota: “De no contar con el quórum reglamentario se dará inicio a la sesión una hora más tarde con los socios presentes conforme lo dispuesto en el artículo 12 de la Resolución No. MCDS-EPS-004-2013. Las decisiones que se adopten serán de obligatorio cumplimiento”. “El socio que no pudiere concurrir a una asamblea general, podrá delegar su asistencia por escrito a otro socio, con voz y voto y para cada asamblea. Los delegados no podrán representar a más de un socio... En caso de ausencia permanente debidamente justificada, el socio podrá delegar a un apoderado el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la cooperativa…” Atentamente, CPA. Juan Tapia Padilla LIQUIDADOR DE LA COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA CAFETALERA OLMEDO, EN LIQUIDACIÓN SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA P/F5135

Ministerio de Salud sendos programas de vacunación masiva a 1,6 y 1,8 millones de habitantes, respectivamente, tras comprometerse a facilitar la logística que permita la

aplicación de dichos planes. El portal gubernamental Plan Vacunarse indicaba este jueves que 244.159 personas habían sido vacunadas con las primeras dosis hasta el 6 de

abril, mientras que 112.624 recibieron las segundas. En Ecuador, actualmente, se vacuna a más 30.000 personas diarias, según fuentes oficiales.(I)


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Con siembra de “mucuna” buscan recuperar suelo agrícola en Sumaypamba y Yúluc En coordinación con los gobiernos parroquiales de Sumaypamba y San Sebastián de Yúluc, cantón Saraguro, se entregó semilla de mucuna para aplicar abonadura verde en suelos agrícolas de esta zona de influencia del Proyecto Eólico Minas de Huascachaca, que ejecuta Elecaustro. La finalidad de esta actividad es la recuperación de suelos agrícolas de manera amigable con el ambiente, como parte de los compromisos asumidos en el desarrollo del proyecto Fomento agropecuario sustentable que llevan adelante la Prefectura de Loja y Elecaustro. Varias actividades de capacitación y asesoramiento se han efectuado en las dos parroquias, como talleres, días de campo y seguimiento para el mejoramiento y diversificación de la productividad agrícola de esta zona. Una de las recientes acciones constituye la entrega a los agricultores de “semilla de mucuna”, leguminosa que aporta biomasa rica en nitró-

geno al suelo que, debido al monocultivo, o uso excesivo de componentes químicos han deteriorado su calidad, la mucuna permite recuperar los suelos garantizando la productividad agrícola. Siembra Juan Sigüenza, técnico agrícola, señala que luego de la entrega de semilla, se decidió fortalecer el trabajo ancestral de las mingas, para iniciar con la siembra en las parcelas, para ello se asesoró a los agricultores de Sumaypamba y de la Asociación de Productores Agropecuarios de Uchucay (Yúluc), para realizar la siembra adecuada. Agricultores como Juan, Da-

niel y Carlos se muestran optimistas con la siembra de mucuna, “nos permitirá recuperar sus suelos, el terreno… por muchos años cultivados y con malas cosechas, ahora veremos los resultados en la próxima cosecha de cebolla”, coinciden. El programa contempla la aplicación de Buenas Prácticas Agrícolas (BPA), ello se facilita con la entrega del Manual del BPA y Calendario Agrícola 2021, elaborados por técnicos de Desarrollo Productivo de la Prefectura; se tiene previsto además el uso de abonos orgánicos como Nutrisano, en las fases posteriores de cultivos.

Fedeloja entrega combustible para piscina del Bernardo Valdivieso El jueves 08 de abril del presente año, se procedió a realizar la cuarta carga de combustible para continuar con el calentamiento del agua en la piscina de la Unidad Educativa “Bernardo Valdivieso”, que corresponden a tres mil galones de diésel, con un egreso de USD 6.075, llegando a un global de USD 16.87, desde agosto del 2020 hasta abril del 2021, que la rectora del deporte lojano a través de la empresa Vepamil y bajo el proceso Catastro Industrial como lo determina la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero, viene invirtiendo para que los deportistas en la disciplina de natación puedan seguir sus entrenamientos diarios. Jorge Feijó Zaruma, Administrador General de Fede-

loja, supo manifestar que a pesar de no existir los recursos económicos que corresponden al 2021, se ha venido realizando autogestión a través del Banco de Loja, una institución que siempre ha demostrado su apoyo al deporte lojano, lo que ha permitido acceder a un préstamo para no paralizar el mantenimiento y uso de la piscina. Además, se está en la espera de la incorporación de un destacado profesional

en la natación, que tendrá a su cargo la piscina del Colegio de Bachillerato “Beatriz Cueva de Ayora”, la misma que se pondrá en funcionamiento cuando se apruebe el Plan Operativo Anual y se pueda recibir los dineros que se encuentran pendientes por parte de la cartera del estado e inclusive asumir el pago de los haberes de quienes forman parte de la planta administrativa y técnica, añadió en su alocución.(D)

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En segunda vuelta electoral sufragaron 54 PPL

La segunda vuelta de las Elecciones Generales 2021, empezó este jueves 8 de abril del año en curso, con el sufragio de las Personas Privadas de Libertad (PPL) sin sentencia condenatoria ejecutoriada. Fueron 6 mujeres y 48 hombres los que ejercieron democráticamente su derecho al voto, en las dos juntas instaladas para el cumplimiento de esta actividad. Luis Cisneros Jaramillo, director Provincial Electoral de Loja, indicó que en compañía de los vocales de la Junta Provincial Electoral, con resguardo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, se procedió a trasladar las urnas y paquetes electorales hacia el Centro de Rehabilitación Social Loja (CRSL) para seguridad del proceso electoral. “Hemos culminado el proceso sin ninguna novedad y luego de esto y el llenado de actas, se procedió nuevamente a llevar los paquetes electorales a la bodega electoral donde permanecen en custodia de las Fuerzas Armadas y también en vigilancia constante de las cámaras del ECU

911”, manifestó. Por su parte, Santiago Torres Rivera, director del CRSL, aseveró que desde hace 15 días se hizo la coordinación pertinente con la Delegación Provincial del Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de garantizar que el ejercicio del derecho al voto de las PPL sea seguro y bioseguro. Carmen P., una de las internas, calificó de buena la oportunidad de que las PPL puedan sufragar, ya que a futuro no serán sancionados con una multa; y, también tienen el derecho de elegir a las autoridades. Quien también mostró su satisfacción por poder ejercer su derecho al voto fue el interno José C. “Ha sido una buena opción que nos tomen en cuenta y ejercer nuestro derecho al voto. Todo ha surgido con normalidad y con las medidas de bioseguridad”. Con el inicio de la jornada de sufragio de segunda vuelta electoral el llamado es a la ciudadanía para que en todos los espacios del proceso electoral cumpla las restricciones y protocolos de bioseguridad para evitar contagios de la Covid-19.


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Nuevas tendencias que marcan a la Comunicación Estratégica Los cambios que enfrentamos como sociedad ubican a la comunicación estratégica como una acción que conecta comunidades según las nuevas realidades de interacción. Expertos en esta área, comparten aportes que se sintetizan en la Colección de Comunicación Estratégica 2020.

La adaptación a los nuevos escenarios comunicativos, acelerados en sus cambios debido a la pandemia por covid-19 durante el último año, representa un impacto alto para las acciones de empresas y emprendimientos. Desde esta perspectiva la comunicación estratégica ha visto nuevos escenarios como retos, para impulsar acciones que conecten a comunidades con la realidad actual. En este contexto, el Grupo de Investigación de Comunicación Estratégica de la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL), presenta experiencias, aportes, reflexiones y contribuciones que enriquecen la mirada sobre la comunicación estratégica. Esta colección se enfoca en tres líneas temáticas: Tendencias de la comunicación estratégica, Comunicación interna e Influencers y comunicación. Tendencias de la comunicación estratégica En este fragmento se evidencia la gestión de la comunicación estratégica con una perspectiva de proyección, el cambio del comportamiento del consumidor, la innovación académica y todos los avances que trae la tecnología como: los chatbots, la automatización, el big data, la mentalidad mindset digital, como la formación y los conocimientos que deben tener los profesionales para afrontar una comunicación digital actual y futura. En los aportes de los diferentes expertos, se analiza la transformación digital que va desde una comunicación 2.0, que tiene como objetivo

• La colección de Comunicación Estratégica es de acceso libre.

fortalecer la relación entre el consumidor y la empresa a través de la creación de contenido de calidad y de valor, hasta llegar a una comunicación semántica o 3.0, que utiliza los datos de sus usuarios para personalizar las conexiones con sus públicos y generar en ellos nuevas experiencias. Influencers y comunicación En este bloque se explica el protagonismo que tienen dichas figuras en los medios sociales gracias a factores logrados por medio de gestionar la confianza y cercanía al interactuar con sus seguidores. Asimismo, brinda al lector las mejores estrategias para desarrollar la visibilidad de una empresa por medio de influencers. También se abarcan temas como: tips para elegir los partners adecuados, estrategias de contenido digital y los efectos de la influencia en los consumidores. Comunicación interna En esta última parte se examina la importancia de responder a las necesidades del público interno como un elemento de alto

• “El lograr combinar estos aportes en una sola colección nos deja un libro con una riqueza profesional amplía y de alto valor para los profesionales, estudiosos y académicos de la comunicación estratégica”. Cesibel Valdiviezo.

valor para las organizaciones. Esto establece a la comunicación como una aliada a la productividad gracias al valor que hoy se les da a los colaboradores para fortalecer la cultura organizacional. Dentro de este apartado se desarrollan contenidos como: herramientas para los diálogos internos, buenas prácticas, buenos hábitos de comunicación interna en empresas, del comunicador interno a business partner, entre otros. Cesibel Valdiviezo, una de las coordinadoras de la colección y miembro del Grupo de Investigación Gestión de la Comunicación Estratégica de la UTPL, comenta que el aporte principal es el análisis actualizado del camino de la comunicación estratégica hacia el futuro. Además, destaca la participación de una gama alta de expertos en comunicación estratégica en sus diferentes áreas, mismos que incitan al lector a reflexionar sobre las acciones comunicacionales y su innovación. Por otro lado, el libro cuenta con una variedad de casos desarrollados por gestores de la comunicación estratégica. Así como, académicos investigadores que compactan lo científico, con lo práctico y real de la comunicación.

Dato • Para descargar la Colección de Comunicación Estratégica 2020 y conocer más sobre el trabajo de los Grupos de Investigación en Comunicación de la UTPL puede acceder a: observacomutpl.ec. • Desde la función académica, la UTPL ofrece la formación de grado a través de la carrera de Comunicación y de posgrado por medio de la Maestría en Comunicación Estratégica, mención Comunicación Digital. Para mayor información visitar: utpl.edu.ec


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Nacional

Seis ministros en Salud en el periodo de Moreno

•• La noche del miércoles 7 de abril, el Gobierno anunció que Camilo Salinas es el nuevo titular de Salud.

Seis ministros han pasado por la cartera de Salud en el periodo de Lenín Moreno. Nunca antes hubo tal cantidad de funcionarios al frente de ese ministerio. Verónica Espinosa fue designada como ministra de Salud en el gobierno de Rafael Correa y continuó en el cargo durante el mandato de Lenín Moreno, hasta su salida en junio de 2019 en medio de críticas a su gestión por presuntos insumos médicos contaminados y pruebas de VIH con falencias. Dos meses después de dejar el cargo fue censurada por la Asamblea Nacional, tras un juicio político por incumplimiento de funciones. Al ministerio llegó otra mujer, Catalina Andramuño, pero permaneció en el cargo sólo 8 meses. Su salida se dio en medio de una emergencia mundial por la aparición del COVID-19 declarado como pandemia y con más de 500 casos confirmados en nuestro país. Sin embargo, otro escándalo rodeo su gestión: la emisión irregular de carnés de discapacidad que puso al descubierto redes de corrupción dentro de la cartera a su cargo y que la puso

en la mira de la Asamblea que amenazó con el juicio político. Lo que vino desde allí ha sido prueba y error. Enfrentar la emergencia por coronavirus estuvo en manos del nuevo ministro, el médico Juan Carlos Zevallos. También cuestionado por alcaldes por su manejo de la crisis y criticado por su supuesta falta de reacción para asumir decisiones en los momentos más críticos de la pandemia. Pero, tras 11 meses como ministro llegaron acusaciones relacionadas al Plan de Inmunización, los vacunados vip, entre ellos sus familiares y amigos. Además, la falta de transparencia en este proceso y una desorganización en el cronograma de adquisición de las dosis y cómo serían aplicadas. El 26 de febrero renunció, tras ponerse la vacuna, y de inmediato salió del país. Llamaron a Rodolfo Farfán para que asuma el cargo a menos de 3 meses de que concluya el Gobierno de Moreno, pero su permanencia fue de sólo 18 días, en los que alcanzó a vacunarse, y también se fue en medio de escándalos por la aplicación de las dosis en el país, aunque en su carta

de despedida alegó que se iba por problemas personales. Sin embargo, dos días antes de renunciar, la Fiscalía allanó el Ministerio de Salud en una investigación por las denuncias contra el Plan de Inmunización. En esta tensa situación, Mauro Falconí dejó Arcsa y fue designado en reemplazo de Farfán en esta cartera de estado. En su primera intervención reveló que el Gobierno no tenía un plan para vacunar, no había información real y las disposiciones no se cumplían. Incluso elevó la tensión: se filtró un audio en el que le gritaba a sus mandos medios por estos problemas. Pero dos semanas después fue cesado por la desorganización en la vacunación, la falta de coordinación en las jornadas de inmunización y el desorden en la entrega de las dosis. La noche del miércoles 7 de abril, el Gobierno anunció que Camilo Salinas es el nuevo titular de Salud, exgobernador de Los Ríos, cuestionado entonces por su manejo de la emergencia en su provincia y los cercos epidemiológicos, tras la aparición del paciente cero, en Bahahoyo.(I)

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Votación en la segunda vuelta se inició con privados de libertad La votación en la segunda vuelta de las elecciones presidenciales de Ecuador se inició este jueves con la primera jornada adelantada en la que votan más de 8.300 personas privadas de libertad en 70 juntas electorales de 20 provincias. “Nos encontramos en esta segunda vuelta electoral que arranca precisamente con esta jornada anticipada de votación”, anunció la presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Diana Atamaint, en la ceremonia inaugural de la elección. La responsable electoral consideró que “el voto que ejercen las personas privadas de la libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada, coloca al Ecuador a la vanguardia de las iniciativas que garantizan los derechos de participación e inclusión”. Detalló que 8.307 presos están habilitados para votar en un país donde el sufragio es obligatorio, de los que 7.862 son hombres y 445 mujeres. El CNE ha reforzado los procedimientos adoptados en la primera vuelta electoral celebrada el 7 de febrero e incorporado “las lecciones aprendida y recomendaciones”, dijo Atamaint. Para ello, las autoridades electorales ecuatorianas han establecido estrictos protocolos de bioseguridad con el objetivo de disminuir los riesgos de contagio de la COVID-19, en momentos en los que ocho provincias del país se encuentran en estado de excepción que incluye

•• El voto inició con los privados de libertad.

un toque de queda, dada la alta incidencia de casos y la saturación hospitalaria. Por su parte, el coronel Jorge Navarrete, subdirector del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI), recordó que el cometimiento de un delito no impide a los privados de libertad “ser parte de un proceso que evidenciará los destinos de esta nación”. La votación tuvo lugar ayer en 39 penitenciarias repartidas en 20 provincias, acotó el responsable del SNAI, quien recordó que los directores de los centros presidieron muchas de las mesas en un proceso que fue supervisado por 1.472 agentes de seguridad penitenciaria para garantizar el derecho al voto. El vicepresidente del CNE, Enrique Pita, matizó que la actividad que se inicia en las prisiones, es producto de una planificación de los funcionarios del órgano electoral y que cuenta con el apoyo de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas, entre otros organismos.(I)

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8.383 muertes en exceso durante el primer trimestre de 2021

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12 detenidos por sicariato y narcotráfico en 3 provincias

La inscripción de la defunción es un requisito, en Ecuador, para sepultar un cadáver. Es decir, está cifra retrata el número exacto de muertes, independientemente, de la causa. Por esta razón, ante las deficiencias en el diagnóstico del COVID-19, durante la pandemia este registro se convirtió en la principal herramienta para conocer el número de muertes en exceso. Y aproximarse a la cifra real de fallecidos por el coronavirus. Así, por ejemplo, se supo que en 2020 hubo: 45.519 fallecidos más que en 2018. 41.083 muertes más que en 2019. La cifra más alta de muertes exceso de 2020, con relación a 2019, fue en abril: hubo 15.003 defunciones adicionales. Ese fue el pico de la primera ola de contagios del virus. En mayo de ese año, el registro de muertes en exceso bajó a 2.230 y tuvo un nuevo pico en junio y julio de 2020, con 5.195 y 4.826 fallecimientos adicionales, respectivamente. En los siguientes siete meses, si bien hubo muertes en exceso, la cifra se mantuvo en un promedio de 1.873 defunciones adicionales por mes.

Pero, en marzo de 2021, las cifras volvieron a crecer. Ese mes hubo 4.023 muertes en exceso. La cifra se aproxima a los picos de junio y julio de 2020. Marzo, además, coincide con un repunte de contagios de COVID-19 asociado al feriado de carnaval y a las elecciones presidenciales. El promedio diario baja Entre enero de 2019 y febrero de 2020, antes de la pandemia, Ecuador tenía un promedio diario de 215 muertes. Pero desde marzo de 2020 hasta marzo de 2021, ya con la pandemia, el promedio diario creció a 344 muertes. El incremento es del 60%. En marzo de 2021, con la nueva ola, el promedio diario de muertes llegó a 351.

Incluso, por encima del promedio de toda la pandemia. Sin embargo, en los primeros días de abril de 2021, parece haber una tendencia a la baja. Entre el 1 y 4 de abril, en Ecuador se registraron 502 defunciones. Es decir, en promedio, diariamente hubo 126 fallecidos. En el mismo período de marzo de 2021, entre los días 1 y 4, en cambio, hubo 1.204 defunciones. El promedio diario llegó a 301. El decrecimiento es del 58%. Sin embargo, todavía resta por conocer si está tendencia se ratificará. Hay que tener en cuenta que en los datos globales de abril, en cuanto a contagios y muertes, se evidenciarán los resultados del feriado de Semana Santa y de la segunda vuelta electoral. (I) Primicias

•• Detenidos registran antecedentes penales por robos, asesinatos y tráfico de sustancias. Referencial

Doce detenidos fue el saldo de un operativo desarrollado en Guayas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Manabí. En esta última provincia fue capturado un hombre quien, según la Policía, encabezaba una estructura ligada a la banda de Los Choneros. Se los investiga por sicariato y narcotráfico. De los 19 allanamientos ejecutados, 11 se desarrollaron en Manta. Agentes de la Unidad de Inteligencia Antidelincuencial estaban tras la pista de una organización delicitiva presuntamente ligada a la banda Los Choneros. Además de Manabí, se

operó en Guayas y Santo Domingo de los Tsáchilas. El resultado total fue una docena de detenidos. El general de Policía, Ramiro Ortega, resaltó la importancia de este golpe por cuanto se trataría de un brazo operativo de Los Choneros. Entre las evidencias encontradas hay 52 mil dólares en efectivo, 5 vehículos de alta gama valorados en 300 mil dólares, municiones y armas de fuego, una incluso que traspasa superficies blindadas. 4 de los detenidos registran antecedentes penales por robos, asesinatos y tráfico de sustancias. También fue arrestada una mujer.(I)

MSP habilitó página web para vacunación contra la COVID-19: citas.med.ec En Ecuador se desarrolla la fase 1 del plan de vacunación contra la COVID-19. En esta etapa, quienes reciben las dosis son servidores médicos, adultos mayores, policías, fuerza pública, bomberos, personal de aseo, docentes, personas con discapacidad y males catastróficos. Para ser inoculado en esta fase, el aspirante debe registrarse en la página www. planvacunarse.ec. Luego de varias horas, o incluso días, a su celular llegará un mensaje de texto por par-

te del Ministerio de Salud Pública (MSP) indicando la fecha, hora y lugar donde será vacunado. Esta cartera de Estado habilitó un portal web en el cual se puede verificar el agendamiento de la cita para recibir la dosis de vacuna contra el coronavirus. Al ingresar a www.citas. med.ec, el usuario seleccionará el botón Verifica tu cita de vacunación. Para corroborar la información que recibió en el mensaje de texto de su celular se establecieron tres opciones. La primera es ingresar el número de cédula de la per-

•• Adultos mayores y personal de la fuerza pública están incluidos en la fase 1 de vacunación contra la COVID-19.

sona inscrita. En la segunda opción se colocará la fecha de expedición de dicho

documento. Al confirmarse los datos, los usuarios confirmarán la información

recibida en el mensaje de texto por celular. Caso contrario, saldrá el mensaje “¡Lo sentimos! La cédula ingresada aún no cuenta con una cita agendada para el Plan de Vacunación. Recuerda estar atento a las fases y grupos objetivos priorizados que son comunicados por el MSP”. Según datos del Ministerio de Salud, hasta el 4 de abril 211.720 personas habían recibido la primera dosis de la vacuna contra el COVID-19, mientras que la segunda dosis fue aplicada a 89.349 ciudadanos. (I)


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Sucesos

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Loja la ciudad Cómo diferenciar la COVID-19 de una gripe más cara con una

canasta básica de USD 742,96

BBC Mundo La llegada del nuevo coronavirus a América Latina ha generado dudas sobre la diferencia entre los síntomas de la enfermedad COVID-19 y los de una gripe común. En Google, los términos de búsqueda como “mocos” y “estornudo” también han aumentado en relación con “síntomas de coronavirus” en el último mes, lo que puede indicar que existe una cierta confusión entre los síntomas del nuevo coronavirus y otros síndromes respiratorios leves como rinitis alérgica y resfriado. “La gente debe ser consciente de que COVID-19 es realmente un tipo de gripe, por lo que tiene muchos síntomas en común”, dijo a BBC Mundo Paulo Sergio Ramos, especialista en enfermedades infecciosas de la Fiocruz Recife, instituto de investigación médica y científica de Brasil. “Hay que estar alerta si siente una dificultad para respirar. Esto indica que la enfermedad se está complicando por lo que sería necesario buscar ayuda médica”, explica el especialista. En caso de duda, consulta y sigue la guía de actuación de tu municipio, estado o país. Diferencias entre el coronavirus y la gripe común La enfermedad que causa el virus SARS-Cov-2, llamada COVID-19, es una infección respiratoria que comienza con síntomas como fiebre y tos seca y, después de una semana, puede causar dificultad para respirar. Según un análisis de la Organización Mundial de la Salud basado en un estudio con 56.000 pacientes, el 80% de los infectados desarrollan síntomas leves (fiebre, tos y, en algunos casos, neumonía), el 14% síntomas graves (falta de aire y dificultad para respirar) y el 6% enfermedades graves (insuficiencia pulmonar, shock séptico, falla multiorgánica y riesgo de muerte). Entre los síntomas presentados por los pacientes, los

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), cumpliendo con su calendario estadístico, publicó el reporte de índices de precios al consumidor, correspondiente a la variación mensual de marzo 2021.

•• Diferencias entre el coronavirus y la gripe común.

más comunes fueron la fiebre (aproximadamente 88% de los casos), la tos seca (casi 68%) y el cansancio (38%). La dificultad para respirar ocurrió en casi el 19% de las personas, mientras síntomas como el dolor de garganta y el dolor de cabeza aparecieron en un 13% de los casos. Un 4% de los pacientes con el nuevo coronavirus tuvo diarrea. Sin embargo, muchos otros virus pueden causar tos, fiebre, dolor en la garganta y la cabeza y una sensación de fatiga. Los expertos consultados dicen que los síntomas deben ser monitoreados y si permanecen leves, pueden ser tratados en casa. Hay que tener especial atención en el caso de los ancianos y las personas con baja inmunidad y consultar con un profesional médico en caso de duda. ¿Y el resfriado y las alergias? En el caso del resfriado, los síntomas tienden a ser aún más leves y, en general, solo respiratorios: mocos, congestión nasal, tos y dolor de garganta, pero no siempre todos al mismo tiempo.

“Si la persona tose y tiene otros síntomas leves, no debe olvidarse de usar una mascarilla al entrar en contacto con otras personas y limpiar las superficies con las que tiene contacto. Puede que no tenga COVID-19, pero, en un momento como este, todos los cuidados son bienvenidos”, dice el infectólogo. Los síndromes respiratorios alérgicos como la rinitis alérgica estacional, comunes en períodos como el otoño y la primavera, pueden causar secreción y congestión nasal, comunes también en resfriados, gripe y COVID-19. Pero generalmente estos síndromes se caracterizan por los estornudos y es poco probable que causen tos o fiebre, explica Paulo Sergio Ramos. “Lo importante es que las personas, incluso si sufren de alergias, resfriados o gripe común, mantengan una distancia de un metro de los demás al toser o estornudar. También es esencial que usen su antebrazo o un pañuelo (que deben desechar) cuando tosen o estornudan y que tras hacerlo siempre se laven las manos para evitar la propagación de otros virus”, advierte.(I)BBC Mundo.

Canastas básicas La entidad explica que el cálculo de la inflación debe integrarse con un conjunto de bienes y servicios que consumen los hogares mensualmente; a este conjunto se denomina canastas familiares. Se distinguen dos tipos de canastas: la básica familiar, en la que se incluyen 75 productos, y la vital, que contiene 73 productos. El ingreso familiar mensual promedio (compuesto por las remuneraciones nominales y los sobresueldos mensualizados; no incluye los fondos de reserva) de un hogar tipo (4 miembros con 1,6 perceptores de una remuneración básica unificada), en marzo de 2021 fue de

746,67 dólares. La Canasta Básica familiar en marzo de 2021 costó USD 711,80; lo cual implica que el ingreso familiar promedio cubre el 104,90% del costo total de la canasta familiar básica. El costo de la canasta básica disminuyó en un -0,04% en referencia al mes anterior. El valor de la Canasta Familiar Básica en la región Sierra fue de USD 723,85, la de la Costa es USD 699,74, siendo Loja la ciudad más cara con una canasta básica de USD 742,96. Por su parte la Canasta Vital tuvo un costo de USD 501,17, generándose un excedente de USD 245,50 del ingreso familiar. El costo de la canasta vital disminuyó en -0,02% en referencia al costo del mes anterior. El valor de la Canasta Vital en la Sierra es de USD 497,10, la de la Costa es de USD 505,24. Manta posee la canasta vital más elevada con un valor de USD 534,39.

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El único proceso de paz que vale la pena es educar Campos

Ortega

campolin2010@hotmail.com

La educación es el medio más efectivo y eficiente de transformación social, es el puente que acerca a los ciudadanos con sus valores más intrínsecos. Es así mismo, el instrumento más óptimo que lleva al ser humano a su esencia más pura y noble, es la fuerza que amalgama las virtudes del individuo, que nos conduce a ser personas más tiernas y más humanas Desde la estimulación temprana hasta los años universitarios nos encontraremos con unas personas que influirán nuestras vidas tanto de manera positiva como negativa. Quizás recordamos a algunos con temor, rencor, rabia. Tal vez alguno nos hizo llorar o nos avergonzó. Pero hay esos seres especiales que nos sirvieron de guía e inspiración, que nos retaron a desarrollar nuestra creatividad e iniciativa, que nos motivaron a desarrollar nuestra personalidad y a ser mejores humanos. Son esos que nos hi-

cieron sentir importantes, comprendidos, valiosos, que supieron ver nuestras cualidades para realzarlas y nos hicieron conocer nuestros defectos para superarlos, esos personajes son los llamados maestros. Recordamos que el presidente Alfredo Baquerizo Moreno decretó, en el año de 1920 que el 13 de abril (el día en que nació el famoso e inmortal escritor ambateño Juan María Montalvo Fiallos en 1832) sea el Día del Maestro Ecuatoriano. El Día del Maestro y Maestra es sinónimo del Día del Apóstol, porque la enseñanza, la educación es una necesidad pública, una responsabilidad de Estado, que todo gobierno debe impulsar. Y todo ser que se incline por la docencia, sabe que es una hermosa actividad de servicio. Más allá del lucro está la estabilidad de un país, fundado en una excelente educación. El Día del Maestro y Maestra, constituye una fecha especial, donde todas las inteligencias de una nación se unen para destacar la trascendencia de la enseñanza; para el progreso

de un país, que arranca con la gran preparación intelectual de la gente. Todos hacemos un alto en nuestras labores habituales para rendir un merecido homenaje a los maestros: principales personajes del gran cambio social. Colegimos que: “no hay profesión u oficio que no se construya sin ellos. Porque, ser maestro o maestra es también una vocación que va más allá de un título profesional, son aquellos que se esmeran en compartir su conocimiento y buscan diversas formas de compartirlo” En este homenaje, consideramos la misión de maestros y maestras como un altar donde se sacrifican exaltados y solemnes la noble tarea del apóstol. A ustedes dignos maestros les tributamos con cariño nuestro emocionado homenaje como prueba y testimonio a su sacrificada tarea de educadores y de segundos padres muchas veces que guían nuestras indecisiones y flaquezas. Samuel Arango; escritor colombiano, define como un buen docente a aquel que: “tiene conciencia de que el mejor y casi único proceso de paz que

vale la pena, es educar”. Recordamos las certezas y vigentes palabras del gran epistemólogo Jean Piaget: “La meta principal de la educación es crear hombres que sean capaces de hacer cosas nuevas no simplemente de repetir lo que otras generaciones han hecho; hombres que sean creativos, inventores y descubridores. La segunda meta de la educación es la de formar mentes que sean críticas, que puedan verificar y no aceptar todo lo que se les ofrece”.. La historia de la educación dice que los maestros se dan a conocer por su actitud luchadora, sabia y reflexiva, por sus discursos convincentes y colmados de conocimientos, capaces de transformar la sociedad. Nuestro respeto y admiración a cada uno de los maestros y maestras a su pensamiento a su dedicación en la labor docente, al valor humano que representan, una práctica de vida que se construye y se constituye en la esperanza de los más excluidos de nuestra patria. Salud Maestros ecuatorianos en su día. Así sea.

Elecciones en pleno rebrote de la pandemia Antonio C.

Maldonado

a.maldonado2010@hotmail.com

El domingo 11 de abril de 2021, contra viento y marea pero en cumplimiento de la ley, el CNE, se llevarán a efecto las elecciones de segunda vuelta para elegir Presidente y Vicepresidente de la República; la campaña electoral concluyó el día jueves 8 del mes en curso, infortunadamente debido al contagio creciente del coronavirus que ha colapsado la atención en hospitales de todo el país que se origina por la indisciplina ciudadana que desafía intolerante las disposiciones restrictivas emanadas del COE y autoridades seccionales, en particular, en los llamados feriados que como en el viernes santo no se trató de feriado sino de disposición constante en la ley, como acontecerá el próximo

día lunes 24 de mayo, fecha del cambio de mando del Ejecutivo, lo que requiere un replanteo para estas celebraciones que gravitan pesadamente en el sector turístico; todas estas acotaciones y muchas más como la embrollada atención en los Centros de Salud a los discapacitados, personas de la tercera edad y en especial a los Jubilados del IESS, pese al anuncio de las autoridades de salud sobre la llegada de vacunas para la inoculación inmediata, una de ellas anunciada para el miércoles 7, del mes en curso; esperamos que todos estos sucesos no influyan disminuyendo la concurrencia de la ciudadanía a ejercer su derecho a elegir en las urnas sus nuevos dignatarios, lo que reitero debe respetarse porque es la expresión de la soberanía popular. Infortunadamente en la corta campaña, los candidatos no han podido visitar gran parte de nuestra división territorial, ni siquiera

varias capitales provinciales, teniendo que informarse los posibles sufragantes por el sistema virtual, siempre que dispongan de tiempo y de los aparatos tecnológicos; como el rebrote del virus no se frena y la mayoría de la población no está vacunada pero si aterrorizada por la permanente e incontrolada delincuencia de todo orden lo que posiblemente afecte la concurrencia a los locales de votación. Como vivimos en el mundo globalizado el virus también copó el globo terrestre, provocando insólitos contrastes en la economía mundial y el cambio radical en la vida social que ha determinado la obligación de los gobernantes y recobren la visión y la sordera preocupándose de solucionar las desigualdades existentes alejándose de los dictados doctrinarios de un capitalismo decadente que conduce al desastre de la humanidad. Según la OMS, tres de cada cua-

tro vacunas producidas sirven a los diez países más ricos del mundo que pueden atender el 76% de su población, lo que ha determinado que 177, Estados impulsen la vacunación, aunque la mayoría a niveles ínfimos, como el nuestro que avanzará en la inoculación total hasta el 2022, y, 37 no han comenzado el proceso produciéndose este fenómeno inhumano porque los industriales de la medicina tienen registradas patentes de propiedad intelectual que impone que ninguna otra empresa pueda producirlas. Ante esta calamitosa situación esperemos que estén al alcance de todos sin discriminación de ninguna clase, ya que es un derecho que nos asiste por igual; pues, si no se vacuna toda la humanidad nadie estará a salvo, con mayor razón si ya está presente en el globo terráqueo y en nuestro país la nueva cepa que puede diezmar en igual o mayor forma.


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Opinión

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Tu voto, nuestro presidente Diego

Lara León

@dflara

Los seres humanos siempre buscamos puntos de inflexión para renovar la esperanza, las energías, los anhelos, los objetivos y compromisos. Estos puntos de inflexión en la mayoría de las veces coinciden con el fin de un periodo e inicio de otro. Lo congruente es que, al culminar un periodo, analicemos lo se hizo bien, lo se hizo mal, lo que no se pudo y lo que no se quiso hacer. Analizar los por qué, los cómo, los quizá. Cuando un periodo presidencial termina queda “mucha tela que cortar”, mucho por corregir, algo por replicar y fortalecer, en fin, queda tanto por hacer, porque siempre en un país es más lo que falta que lo queda realizado. Lo sensato es que todos de forma objetiva analicemos lo bueno y malo, siendo justos, siendo críticos, pero sobre todo siendo honestos con nosotros y con los demás. ¿Qué vamos a elegir el domingo? Obviamente vamos a elegir a un líder que se ponga al frente del nuevo gobierno y enrumbe a este país hacia aquel desarrollo tan anhelado. Pero este líder no podrá hacerlo todo de forma individual, va a necesitar de todos, de nuestro aporte desde cada uno de nuestros espacios, requerirá tiempo, un voto de confianza, por supuesto crítica de la buena, necesitará también oposición, ojalá oposición sensata y madura, pero sobre todo va a necesitar nuestro apoyo. El presidente que elijamos el domingo 11 de abril no será el Presidente de sus electores, será el Presidente de todos los ecuatorianos. El ciudadano ungido por el voto popular pasará de ser un candidato a ser nuestro Presidente por los próximos cuatro años. Esperamos del nuevo mandatario muchas cosas, quizá esperamos demasiado, recordemos que nadie podrá solucionar todos los problemas del Ecuador en un periodo de 4 años. Queremos que este líder sea un demócrata, que garantice los derechos y las oportunidades para todos, que los grupos sociales puedan expresarse con libertad, que el periodismo cumpla su rol de forma libre, que

asegure que al finalizar su periodo habrá una democracia más fuerte y nuevamente vayamos a las urnas, pues se habrá cumplido un ciclo. Esperamos de éste líder transparencia, que la corrupción sea una fea excepción en su gobierno y no el común denominador. Esperamos trabajo en equipo, que entienda que el gobierno no puede hacerlo todo, que sea un motivador, un facilitador, un regulador coherente, pero sobre todo sea cercano a la sociedad. Buscamos un gobierno que no confunda su rol, que no pretenda ser empresario, que no juegue a ser Dios, que no manipule la esperanza de todos. Esperamos un gobierno que impulse la innovación, el emprendimiento, que no juegue con la cantaleta de “quitar la dolarización”, que promueva la apertura de mercados, que brinde estabilidad. Esperamos un gobierno que priorice el control de la pandemia, que haga un programa serio de vacunación. Esperamos un gobierno que descentralice no solo competencias, sino recursos y decisiones. Esperamos un gobierno incluyente, respetuoso y motivador. No buscamos un gobierno perfecto, no existen los gobiernos perfectos, pero nos merecemos uno bueno. Para conseguir un buen gobierno debemos involucrarnos, si nos quejamos que la política es mala, quizá sea porque no nos hemos involucrado en ella, el ser candidato no es la única manera de involucrarse en política. Acudir a las urnas y decidir nuestro voto es la primera forma de participar de la política y ser ejercer nuestra obligación y derecho al ser ecuatorianos. No podemos ser indiferentes, nunca dará lo mismo elegir a cualquiera, siempre hay que escoger la mejor opción de las que tenemos disponibles. Acudamos a votar, con todo el cuidado, usemos mascarilla, ojalá también un protector facial, usemos alcohol antiséptico, llevemos nuestro propio esferográfico, guardemos el distanciamiento físico y al regresar a casa lavémonos las manos. El domingo 11 de abril de 2021 decidimos una buena parte del futuro, ¡que nos vaya bien, que elijamos bien!!!

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Usted formó mi corazón para la libertad, la justicia y lo grande… Rafael

Riofrío

rafaelsfa@hotmail.com

En enero de 1824 el Libertador Simón Bolívar envió una carta al maestro venezolano Simón Rodríguez, recordándole su admiración y agradecimiento por haberle inculcado los valores de libertad y justicia que rigieron su vida, allí le afirmaba mantener intactas las enseñanzas dadas por él: “Usted formó mi corazón para la libertad, la justicia y lo grande, para lo hermoso… No puede figurarse cuán hondamente se han grabado en mi corazón las lecciones que usted me ha dado: no he podido borrar siquiera una coma de las grandes sentencias que usted me ha regalado.”. Con estas sencillas palabras, Simón Bolívar sintetizó la labor diaria de los y las docentes, y ahora en la distancia temporal se convierten en un homenaje al Maestro y Maestra. Parecería inútil referirse a la figura del gran patriota y escritor ambateño Juan Montalvo Fiallos, pues es conocida por todos. En honor a él, a su dedicación por las letras, a la defensa de la dignidad, la libertad, la justicia y a su permanente lucha contra la corrupción, en el año de 1920 el presidente Alfredo Baquerizo, estableció el 13 de Abril, como fecha de celebración del Día del Maestro ecuatoriano. Cada 13 de abril transcurre sobre nuestra memoria de una manera especial la evocación a Juan Montalvo, y junto a él, el recuerdo de Eugenio Espejo, Eloy Alfaro, Benjamín Carrión; Manuela Sáenz, Matilde Hidalgo, Dolores Cacuan-

go, Rosita Paredes,… y el otros maestros y maestras cuyos ideales aún siguen inspirando la lucha por la unidad, por los derechos de los pueblos y por la defensa de la educación pública. Ellos y ellas siempre realizaban un balance de la enseñanza a la niñez y juventud en la perspectiva del mejoramiento de las condiciones de vida de todo el pueblo. Esa sigue siendo la tarea actual del y la docente ecuatorianos. El magisterio ecuatoriano a lo largo de la historia ha fraguado heroicas jornadas de unidad y lucha defendiendo la educación pública, sus propios derechos, la dignidad y la vida. Hoy los y las docentes junto a su gremio, la UNE, demandan del Presidente de la República ponga el ejecútese a las reformas a la LOEI aprobadas por la Asamblea Nacional. En ellas se recogen y recuperan importantes beneficios para la niñez y juventud, se crean mejores condiciones para la tarea educativa, se revaloriza la labor docente reconociéndoles un salario digno. Exigen además desde la Coordinadora Nacional de Jubilados Alfonso Yánez Monteros, la validación de todas las carpetas y el pago en efectivo de su estímulo por jubilación. Al acercarse la fecha que inspira la unidad y la defensa de la educación pública, el 13 de Abril, Día del Maestro ecuatoriano, saludo la entereza y dignidad de los Maestros y Maestras, y me hago eco de su lucha y exigencia, para que el Presidente Lenin Moreno, como un homenaje por su Día clásico, promulgue las reformas a la LOEI y atienda el reclamo de los miles de jubilados.

Lic. Ismael E. Betancourt, DIRECTOR Ing. Paola Betancourt Mora, GERENTE Teléf.: (+5937) 2732003 Cel.: 0997262566 - 0992416701

Pasaje Cinchona Nro.207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay (Sector 24 de Mayo) gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec / www.cronica.com.ec

El editorial es la opinión oficial de Crónica. Los artículos periodísticos y caricatura que contienen nombres y apellidos son el pensamiento de sus autores y reflejan criterios de pluralidad e independencia de este Diario.

Fundado el 1 de Noviembre de 1979


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Entretenimiento

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Enero 20 a febrero 19 Día bastante rutinario en general, aunque por la tarde puedes obtener buenas respuestas a algunas preguntas que has hecho en los estudios o en un proyecto conjunto. Si hay sorpresas serán favorables a lo que te has propuesto.

Un día como hoy, en el año 1959, la Administración Nacional de la Aeronáutica y del Espacio (NASA), presentaba ante la prensa a los primeros astronautas estadounidenses. De los 32 candidatos a participar en el Programa Mercury, primer programa espacial tripulado de Estados Unidos, fueron elegidos siete: Scott Carpenter, L. Gordon Cooper Jr., John H. Glenn Jr., Virgil “Gus” Grissom, Walter Schirra Jr. , Alan Shepard Jr., y Donald Slayton. El proceso de selección fue duro: los 32 pilotos fueron sometidos a exhaustivos exámenes médicos y psicológicos e intensas pruebas. Estas incluían permanecer durante una hora en una cámara de presión que simulaba una altura de 20 kilómetros y dos horas en una cámara que llegaba a una temperatura de 55º centígrados. Menos de un mes después de que el soviético Yuri Gagarin se convirtiera en el primer ser humano en viajar al espacio, el Proyecto Mercury envió a Alan Shepard en un vuelo suborbital. El 20 de febrero de 1962, el astronauta John Glenn se convirtió en el primer estadounidense en orbitar la Tierra. 36 años después de su

Piscis

Febrero 20 a marzo 20 Generalmente no lo haces y tiendes a despistarte un poco y estar a tu aire, pero hoy debes controlar un tema familiar en el que has hecho una inversión importante. Será muy revelador y sorprendente lo que está sucediendo y deberás frenarlo.

Aries

Marzo 21 a abril 20 No te van a faltar hoy motivos para estar alegre y sentir una corriente de afecto y cariño importante a tu alrededor. Alguien te demuestra lo mucho que te quiere, y eso es algo que no tiene precio para ti. Será un día especialmente agradable y feliz.

Tauro

Abril 21 a mayo 20 Si tomas una decisión hoy, puede que alguien te la reproche después. Si es algo relacionado con el hogar, deberás consultar a quienes vivan contigo o compartan algún espacio. Es lo más adecuado y justo y así se mantendrá la armonía.

primer vuelo, John Glenn, de 77 años de edad, realizó otro viaje al espacio en el que se estudió, entre otras cosas, la relación del proceso de envejecimiento con los vuelos espaciales.

Además...

El asesinato del líder colombiano Eliécer Gaitán inicia una violenta revuelta

Colombia se desliza hacia un ambiente de violencia política por los enfrentamientos entre liberales que siguen a Eliécer Gaitán y los partidarios del presidente conservador Mariano Ospina Méndez. Gaitán representaba las ideas de cambio y contaba con fuerte llegada en los sectores populares. El 9 de abril de 1948 al mediodía un alienado llamado Juan Roa Sierra intercepta a Gaitán a la salida de su oficina y lo asesina de tres balazos. Luego de linchar al asesino, una multitud comienza a atacar edificios y transportes públicos convencida que el gobierno se halla detrás del ataque. En las horas siguientes Bogotá es envuelta en llamas y la intervención del ejército provoca una masacre entre los que participan en la revuelta. Se estima que durante los tumultos fueron asesinadas entre 500 y 3.000 personas. Entre los que participan de la rebelión se encuentra un joven político cubano de visita en la ciudad llamado Fidel Castro y un periodista que recién comienza su carrera como cronista: Gabriel García Márquez.

Fuente: https://latam.historyplay.tv/hoy-en-la-historia

Viernes 9 de Abril de 2021

Santa Casilda de Toledo FARMACIAS DE TURNO DEL 3 DE ABRIL AL 10 DE ABRIL DE 2021

AMAZONAS NORTE

DIRECCIÓN

AV. 8 DE DICIEMBRE SN JAIME ROLDÓS CIUDADELA: RÍO BLANCO MANZANA: FARMACIA FARMALIANZA C 10 32 CALLE: CALLE ORDALOS NÚMERO: B19 INTERSECCIÓN: C 10 32 CALLE: BOLÍVAR NÚMERO: SN SAN FRANCISCO INTERSECCIÓN: IMBABURA CALLE: JUAN DE SALINAS NÚMERO: 154FARMACIAS CRUZ AZUL 60 INTERSECCIÓN: 18 DE NOVIEMBRE AV. UNIVERSITARIA NUMERO: 12-00 SU FARMACIA ANGÉLICA INTERSECCIÓN: MERCADILLO SU FARMACIA ANGELICA SUCURSAL BERNARDO VALDIVIESO Y GONZÁLEZ SUÁREZ AV MANUEL AGUSTÍN AGUIRRE S/N Y FARMACIAS MIA ML003 COLÓN FARMACIA NATALY CALLE: 8 DE DICIEMBRE SN SANTIAGO

Géminis

Mayo 21 a junio 21 Hay una situación en lo profesional que te favorece porque de repente cambian ciertos personajes que no te estaban haciendo ningún favor. Debes aprovechar para regresar a tu posición original y dejar ver todo lo que puedes hacer.

Cáncer

Junio 22 a julio 23 Si intentas solucionar un problema relacionado con la tecnología, es mejor que no quieras solventarlo sin consultar con alguien que realmente sepa. Es cierto que para eso debes invertir algo de dinero, pero no te debe importar invertir en ello.

Leo

Julio 24 a agosto 23 Cuidado con cierta parte de tu carácter, ese que sale muchas veces, que puede ser algo hiriente o impositivo y convertirse en algo bastante desagradable. Tienes que trabajar más para controlarlo. Es una tarea que debes empezar cuanto antes.

Virgo

Agosto 24 a Septiembre 23 Hay algunas fuerzas que hoy no te van a fallar y físicamente te sentirás bastante mejor que en días pasados. Respira hondo la primavera y deja que te llene de energía y ganas de moverte. Si puedes, no te quedes en casa, sal a la calle.

Libra

Septiembre 24 a octubre 23 Si alguien te sugiere hacer alguna clase de ejercicio o deporte, no se te ocurra decir que no, ya que estás en el momento oportuno de recuperar esas costumbres que tan bien le sientan a tu organismo. Al principio te costará, pero después te alegrarás.

Calendario Santoral

NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO

E

Acuario

Programa Mercury: se presentan los primeros astronautas de la NASA

El 9 de abril de 1952, el gobierno de Hugo Ballivian es derrocado por la revolución nacional boliviana, comenzando un período de reforma agraria, voto universal y nacionalización ciertas industrias. En los años previos a la revolución, la economía boliviana se fue deteriorando y su población se desmoralizó. El país estaba gobernado por una junta militar encabezada por el general Hugo Ballivian, cuyo gobierno fue renuente de reducir el gasto social, resultando en una alta inflación. Viendo una clara oportunidad por el momento social del país, el Movimiento Nacionalista Revolucionario trató de ganar poder. Lanzó una rebelión en La Paz, distribuyendo armas a civiles. Luego de tres días y 600 muertos, el ejército se rindió y el fundador del MNR, Victor Paz Estenssoro, retornó del exilio y asumió la presidencia.

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Horóscopo

Hoy en la historia...

Revolución nacional boliviana

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Escorpio

Octubre 24 a nov. 22 Buscarás tiempo para esa ocupación o ese entretenimiento que tanto te gusta y es que vas a poder acabar la semana así, con una espíritu bastante tranquilo y un humor que favorece la comunicación personal. Todo irá como la seda hoy.

Sagitario

Noviembre 23 a dic. 21 Quizá tu humor estará un poco bajo hoy ya que la jornada puede resultar bastante ardua en el terreno profesional porque te van a exigir otro nuevo esfuerzo. Intenta obtener alguna compensación ya sea en tiempo libre o en dinero.

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Capricornio

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Judiciales PALTAS UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPENTE GENERAL CO SEDE EN EL CANTON PALTAS CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales, a los herederos desconocidos y presuntos del causante SIXTO JACINTO BOSA BRAVO. Conforme a los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: RONAL NICOLAS BOSA QUICHIMBO (PROCURADOR COMÚN) DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DEL CAUSANTE, SIXTO JACINTO BOSA BRAVO. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS TRÁMITE: VOLUNTARIO CUANTÍA. INDETERMINADA JUICIO NRO. 11314-2021-00027 JUEZ: DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE: VISTOS: Avoco conocimiento y competencia de la presente causa en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Paltas, provincia de Loja, en virtud a la Resolución 2582014 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura con fecha, 8 de octubre del 2014; así como a la Acción de Personal Nro. 8181-DNTH-2014 de fecha, 14 de octubre del 2014. La demanda de Inventarios, reúne los requisitos de forma exigidos por los Arts. 142 y 143 del COGEP, por lo que se la califica y se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334.4 y 335 del Código Orgánico General de Procesos. Consecuentemente, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por SIXTO JACINTO BOSA BRAVO desde el momento de su fallecimiento, disponiéndose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 y 342 del COGEP, en presencia de los interesados y del Perito, que será designado una vez que se cite en legal forma a todos los demandados, Así como se señalará fecha para la práctica de la referida diligencia. CITESE a los herederos desconocidos y presuntos del causante SIXTO JACINTO BOSA BRAVO conforme a los Arts. 56.1 y 58 del COGEP, mediante publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de la localidad, confiérase el respectivo extracto. Cuéntese en este proceso: a) Con los comparecientes señores: MARIA ELIODORA CELI en calidad de cónyuge sobreviviente; NORMAN HOMERO, MARIA FRANCELA, MARTHA ELIZABETH, RICHARD RENAN, RONAL NICOLAS, BETI MARIZOL, JESSENIA ALICIA, IMELDA JANETH, ASDRUBAL RENE y ROSMAN ARTEMAN BOSA QUICHMBO, en calidad de hijos, téngase en cuenta el Poder Especial adjunto; b) CUÉNTESE Y NOTIFÍQUESE, a los siguientes funcionarios: 1) Señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD de Paltas; 2) Con el Señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja; 3) Con el Director del MAGAP en Loja, en sus Despachos, para la notifica-

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.com.ec ción a los referidos funcionarios en Loja, se Depreca a uno de los señores Jueces de la Niñez del cantón Loja, ofreciendo reciprocidad en casos similares, remítase el respectivo despacho. Téngase en cuenta: Como Procurador Común al señor RONAL NICOLAS BOSA QUICHIMBO, La prueba anunciada contenido en de su escrito de demanda, el Perito se designara en el momento oportuno, en cuenta la cuantía de la acción, la casilla judicial y la dirección del correo electrónico señalado y la autorización conferida a su Defensor. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. NOTIFIQUESE.- FIRMA.- DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PALTAS. Particular que pongo en conocimiento de los interesados y publico en general, para fines legales pertinentes. Paltas jueves 11 de marzo de 2021.- Lo certifico.- EL SECRETARIO.Ab. Jonathan Alfredo Lavanda Martínez SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL P/F5118 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales a los herederos desconocidos del causante ELSIDO PATRICIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, conforme lo dispuesto en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTORES: 1) MANUEL DE JESÚS GONZÁLEZ y CARMEN LEONILA GONZÁLEZ MOROCHO. DEMANDADOS: EDGAR IVÁN GONZÁLEZ GONZÁLEZ, DIRECTOR DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS EN LOJA y herederos desconocidos del causante señor ELSIDO PATRICIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ. OBJETO: Inventario de Bienes Sucesorios. TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: No. 11203-2021-00498. JUEZ: Dr. Luis Erasmo Samaniego Muñoz. AUTO DE ACEPTACIÓN: UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON LOJA: Loja, viernes 26 de febrero del 2021, las 10h48, VISTOS.- Luis Erasmo Samaniego Muñoz, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja; y conforme el Art.172 de la Constitución de la República del Ecuador, en relación con el Art.160, numeral 1, y Art.234 del Código Orgánico de la Función Judicial, avoco conocimiento del presente proceso.- Se llama a intervenir al Dr. Ulises Chacón, en calidad de secretario asignado a esta Unidad Judicial.- EN LO PRINCIPAL.- Aclarada y/o completada que ha sido; la demanda de Inventarios y Avalúo de Bienes Sucesorios propuesta por: 1) GONZÁLEZ MANUEL DE JESÚS y, 2) GONZÁLEZ MOROCHO CARMEN LEONILA Por cumplir con los requisitos

legales mínimos previstos en el Art.142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos(COGEP), se la acepta al procedimiento VOLUNTARIO que le corresponde y conforme lo señala el Art.334.4 del COGEP.- Por lo que se dispone: 1.Por el fallecimiento del causante ELSIDO PATRICIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ conforme consta de la partida de defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes desde el momento de su fallecimiento, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de sus bienes y, en la forma prevista el Art.341 y 342 del Código Orgánico General de Procesos.2.- Para la formación del inventario, una vez que fuesen citados todas las partes, el juzgador designará perito para que proceda a su formación y avalúo en presencia de los interesados y, señalará el día y la hora para tal diligencia.- 3.- Cuéntese en el presente proceso con los comparecientes quienes dicen hacerlo en sus calidades padre y madre del causante.CITESE con el contenido de la demanda y el presente auto, a la parte accionada en los lugares que se indica en el libelo inicial, a: 1) ÉDGAR IVÁN GONZÁLEZ GONZÁLEZ, 2) Al señor DIRECTOR DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS EN LOJA.- A quienes se los citará en la ciudad de Loja y, a través del señor Analista de Citaciones de ésta Unidad Judicial.4.- Al amparo de lo determinado en el Art.58 del Código Orgánico General de Procesos; se DISPONE la CITACIÓN a los herederos desconocidos del causante ELSIDO PATRICIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ; esto en la forma determinada en el Art.56, numeral 1, del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual concédase el extracto respectivo.- 5.- Respecto a las pruebas que han sido anunciadas por la parte accionante, el momento procesal para calificar las mismas, es en la fase pertinente de la Audiencia Única y, conforme el Art. 160 y Art. 335 del COGEP.- 6.- El informe pericial debe contener todos y cada uno de los puntos que se contienen en el Art.342 del COGEP y debe realizarse y levantarse con la presencia y el conocimiento previo en su contenido de todos los interesados.- El perito antes de hacer llegar su informe cuidará para que el mismo cumpla con ésos requisitos.- Téngase en cuenta la pretensión, cuantía, el domicilio judicial para notificaciones señalado por la parte accionante y, la autorización que le confiere a su abogado defensor.- Agréguese al proceso con notificación contraria toda la documentación adjunta la parte actora al libelo de demanda inicial.- Los accionantes en el término de tres(3) días y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del COGEP, deben constituir un procurador común, pero lo harán en uno de los accionantes y no en una tercera persona como imperfectamente lo designan los demandantes.- Hágase saber y cúmplase”.- f).- DR. LUIS ERASMO SAMANIEGO MUÑOZ, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA.- Particular que pongo en conocimiento de la ciudadanía en general, para los fines de Ley consiguientes. Loja, 5 de Marzo de 2021 Dr. Ulises Fernando Chacón Guamo, SECRETARIO ENCARGADO DE LA

VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021 UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA. P/F5119 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTON LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto inicial de aceptación a trámite y más constancias procesales, a los herederos ausentes, desconocidos y presuntos de quienes en vida fueran señores: SAMANIEGO VALDIVIESO VICTOR CORNELIO y VALDIVIESO RIOFRIO MARIA CRISTINA, cuyo extracto de demanda es como sigue: ACCIONANTE: MACIAS MOREIRA FREDELINDA MARGARITA Demandados: Objeto de la demanda RECTIFICACIÓN DE NOMBRE Trámite de la demanda: VOLUNTARIO. Cuantía: INDETERMINADA Juicio Nro. 11333-2020-01310 Juez: Dr. GONZALO AGUIRRE VALDIVIESO Secretaria: DRA. LUZ MARIA LEDESMA RODRIGUEZ AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTON LOJA.- El Juez Civil y Mercantil del Cantón Loja Dr. GONZALO I. AGUIRRE VALDIVIESO, con auto inicial de fecha: Loja, miércoles 19 de agosto del 2020, las 09h17, VISTOS:-Ordena Agregar a los autos el escrito presentado por la accionante. En lo principal y una vez que se ha dado cumplimiento al auto que antecede, presentada por los señores Fredelinda Margarita Macías Moreira y Libio Isaías Curipoma Reinoso, ha sido considerada como clara, precisa y de cumplir con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que la ha calificado y admitido a trámite mediante procedimiento Voluntario. Ordena la citación de los señores Víctor Cornelio Samaniego Valdivieso, María Cristina Valdivieso y señora Registradora de la Propiedad del cantón Loja, mediante la Oficina de Citaciones de conformidad con lo establecido en el Art. 426 ibídem. Ordena agregar los documentos presentados, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 4, numeral 4.2 de la Resolución Nro. 061-2020 de fecha 10 de junio del 2020, a través de la cual el Pleno del Consejo de la Judicatura resolvió: EXPEDIR EL REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN DE CITACIONES JUDICIALES, dispone que la parte accionante en el término de tres días, obtenga nueve ejemplares, para la elaboración de las boletas de citaciones. “Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días, deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación, adjunto al “formulario de entrega de copias para citación”. Dicha entrega quedará registrada en el sistema SATJE con una razón sentada por parte de la o el secretario a cargo del proceso, en la cual se especificará la fecha de recepción de las copias para citación, en un término máximo de un (1) día después de recibido el formulario en mención”. En cumplimiento de lo dispuesto en el Memorando CircularCJ-DNGP-2018-0289-MC, suscrito por el señor Director Nacional de Gestión Procesal, previamente a remitir el proceso a la Oficina de Citaciones, dispone se lo remita al Archivo Centralizado de la Unidad Judicial Civil, con el objeto de que la parte accionan-

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Libretas BANECUADOR LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se pone en conocimiento del público en general que se ha extraviado la LIBRETA DE AHORRO NRO 0480076590 de NARRO ARMIJOS JAIRO LEONEL emitida por BanEcuador. Loja ABRIL 8, 2021 FIRMA AUTORIZADA BANECUADOR P/F5146 te preste las facilidades para obtener las copias que se requieren para la elaboración de las boletas necesarias para la citación de la parte demandada.- Ordena agregar la documentación aparejada a la demanda al juicio. Tomar en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- NUEVO AUTO.- Loja, jueves 10 de diciembre del 2020, las 14h27, VISTOS.- En atención al escrito presentado por los accionantes ciudadanos: FREDELINDA MARGARITA MACÍAS MOREIRA y LIBIO ISAIAS CURIPOMA REINOSO, ha dispuesto: 1.) Incorpórense a los autos del proceso las compulsas de las partidas de defunción de los accionados ciudadanos: VÍCTOR CORNELIO SAMANIEGO VALDIVIESO y MARÍA CRISTINA VALDIVIESO RIOFRÍO, de las cuales se advierte que han fallecido con fechas 09 de septiembre del 2004 y 30 de julio de 1974 respectivamente. 2.) En virtud de la información constante en los documentos que se adjuntan al escrito que se atiende; y, en estricta aplicación a lo dispuesto en los Artículos: 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone contar con los herederos desconocidos y presuntos de los extintos: VÍCTOR CORNELIO SAMANIEGO VALDIVIESO y MARÍA CRISTINA VALDIVIESO RIOFRÍO, para lo cual se los citará a través de uno de los medios de comunicación en la forma prevista en el referido cuerpo legal; para el efecto, confiérase por secretaría el respectivo extracto.- 3.) La parte accionante se servirá indicar los nombres de los herederos conocidos de los extintos VÍCTOR CORNELIO SAMANIEGO VALDIVIESO y MARÍA CRISTINA VALDIVIESO RIOFRÍO, presentando las respectivas partidas de nacimiento y consignando la dirección de los domicilios en donde deberán ser citados.- Notifíquese.- Particular que me permito poner en del público en general, para los fines legales consiguientes. Loja, a 14 de diciembre del año 2020. Dra. LUZ MARIA LEDESMA RODRIGUEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTON LOJA meag P/F5121

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VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021

Judiciales

EXTRACTO POR LA PRENSA REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio Ordinario, a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA SEÑORA: LUZ MARINA ESPEJO ARMIJOS, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), cuyo extracto es como sigue: ACTOR: ANIBAL GONZALO ANDRADE MEDINA DEMANDADOS: LUZ MARINA ESPEJO ARMIJOS Y DIEGO MARTIN JARAMILLO ESPEJO OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE DINERO TRAMITE: JUICIO ORDINARIO CUANTIA: $8000,00 JUICIO: Nro. 11333-2019-00631 JUEZ: Dra. Glenda Castillo Ordoñez CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA. Saraguro, lunes 28 de octubre del 2019, las 16h05, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi condición de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente con Sede en el Cantón Saraguro, por haber correspondido al suscrito por sorteo de ley.- En lo principal, la demanda sobre cobro de dinero que antecede, propuesta por el señor: ANÍBAL GONZALO ANDRADE MEDINA contra los señores: DIEGO MARTIN JARAMILLO ESPEJO Y LUZ MARINA ESPEJO ARMIJOS, es clara y precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO ORDINARIO. En consecuencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo, deduciendo las excepciones de que se crean asistidos, y anunciando los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, en conformidad a lo dispuesto en el Art. 152 del COGEP, bajo apercibimiento en rebeldía. Cítese a los demandados en el lugar que se indica en la demanda, para lo cual se adjuntará copias certificadas de la demanda, de los documentos adjuntos y este auto inicial, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial en esta unidad judicial de Saraguro, para sus notificaciones. Dichas diligencias las cumplirá el funcionario encargado citaciones de esta unidad judicial, a quien se le remitirán las copias que sean necesarias.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba que ofrece el actor para acreditar los hechos.- Téngase en cuenta también el domicilio judicial y la cuantía del asunto fijadas por el mismo demandante, así como la autorización que le concede a su abogada defensora, para que en su nombre suscriba escritos posteriores.- Por no ser procedentes, no se atienden las medidas cautelares solicitadas.- Agréguese a los autos la demanda y los documentos aparejados a la misma.- Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA.- Loja, martes 11 de febrero del 2020, las 12h23, VISTOS: Avoco conocimiento del presente juicio, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Loja y en virtud del sorteo que consta en la misma.- En lo principal, una vez que se ha cumplido con lo ordenado en auto de fecha 10 de febrero del 2020, por considerar legalmente fundamentada la excusa presentada por el señor Ab. Shubert Omar Castro Tamay, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente, con sede en el cantón Saraguro, provincia de Loja, se la califica de procedente, se la acepta y se la declara impedida de continuar en el conocimiento del presente asunto, en conformidad con lo establecido en el Art. 22 del Código Orgánico General de Procesos; en consecuencia, se dispone notificar a las partes en el casillero judicial y correo electrónico señalado, la recepción de la presente causa.- Notifíquese a la señor Ab. Shubert Omar Castro Tamay, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente, con sede en el cantón Saraguro, provincia de Loja, para los fines legales consiguientes, mediante correo electrónico.- Una vez cumplido lo ordenado en el presente auto, vuelvan los autos para proveer lo que fuere de ley.- Llámese a intervenir en este proceso al señor Ab. Pablo Jaramillo Villamagua, en calidad de Secretario Subrogante, mientras dure la ausencia del Titular.- Notifíquese.- OTRA PROVIDENCIA.- Loja, martes 30 de marzo del 2021, las 08h47, VISTOS: En atención al escrito presentado por la parte accionante, se dispone:- 1) Se dispone la citación a los herederos conocidos de la señora LUZ MARINA ESPEJO ARMIJOS, en la dirección consignada en el escrito que antecede, por medio de la oficina de citacio-

nes de ésta Unidad Judicial, previamente la parte interesada deberá consignar las copias respectivas. 2) Se dispone la citación por la prensa digital local a los herederos desconocidos de la accionada señora LUZ MARINA ESPEJO ARMIJOS mediante tres publicaciones en días distintos conforme a lo previsto en el Art. 56.1 del COGEP, debiendo adjuntar la certificación que corresponde en la cual consten la edición digital integra; para el efecto confiérase por Secretaría el extracto respectivo.- Hágase saber.DRA. GLENDA DEL CARMEN CASTILLO ORDOÑEZ, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA. Particular que se pone en conocimiento del público en general para fines de ley.Loja, 01 de abril del 2021. Dra. María Eugenia Sánchez Montero SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LOJA P/F5132 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos, presuntos y desconocidos de la causante IRMA GRISERIA FERNANDEZ GUTIERREZ cuyo extracto es como sigue: ACTOR: VICTOR RAUL TAMBO CARAGUAY Y MARIA LUISA CHALACO MOROCHO DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE IRMA GRISERIA FERNANDEZ GUTIERREZ JUICIO: 11333-2020-01740 TRAMITE: ORDINARIO ASUNTO: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO CUANTIA: $44.502,96 JUEZ: DR. LUIS FIGUEROA SIMANCAS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA PROVINCIA DE LOJA. Loja, jueves 11 de febrero del 2021, las 16h51, V I S T O S:- Agréguese a los autos el escrito que antecede. En lo principal, la demanda presentada por VICTOR RAUL TAMBO CARAGUAY y MARIA LUISA CHALACO MOROCHO, en contra de los señores LUZ AMERICA FERNANDEZ GUTIERREZ, RAQUEL EMERITA FERNANDEZ GUTIERREZ, IRMA GRISERIA FERNANDEZ GUTIERREZ (fallecida), se contará con sus herederos LUZ AMERICA FERNANDEZ GUTIERREZ, LAURA MARIA FERNANDEZ GUTIERREZ, LOURDES ANTONIETA FERNANDEZ GUTIERREZ, MARTHA PIEDAD FERNANDEZ GUTIERREZ, ROSA JOSEFINA FERNANDEZ GUTIERREZ y SERVIO TULIO FERNANDEZ GUTIERREZ y los herederos presuntos y desconocidos, cumple los requisitos legales previstos en los arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en la documentación que se adjunta, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. Cítese a los demandados: LUZ AMERICA FERNANDEZ GUTIERREZ, RAQUEL EMERITA FERNANDEZ GUTIERREZ, IRMA GRISERIA FERNANDEZ GUTIERREZ (fallecida), se contará con sus herederos LUZ AMERICA FERNANDEZ GUTIERREZ, LAURA MARIA FERNANDEZ GUTIERREZ, LOURDES ANTONIETA FERNANDEZ GUTIERREZ, MARTHA PIEDAD FERNANDEZ GUTIERREZ, ROSA JOSEFINA FERNANDEZ GUTIERREZ y SERVIO TULIO FERNANDEZ GUTIERREZ y los herederos presuntos y desconocidos, de la extinta IRMA GRISERIA FERNANDEZ GUTIERREZ, de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Conforme a lo dispuesto en el Art. 291 de dicho COGEP., se concede a dichos demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el Art. 151 del mismo COGEP. Agréguese los documentos presentados. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad. Cuéntese con el señor DARIO JAVIER CORDOVA CORDOVA, en calidad de curador de la herencia yacente de los herederos de la copropietaria IRMA GRISERIA FERNANDEZ GUTIERREZ. Cuéntese con el señor ALCALDE y PROCURADOR SINDICO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTON LOJA, a quienes se los citará en legal forma. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad, debiéndose notificar a la Registradora de la Propiedad de Loja. Tómese en cuenta la cuantía, casillero judicial y correo electrónico señalado y la autorización que le concede a la abogada patrocinadora. Pasen los autos a la oficina de citaciones.- Con el fin de dar cumplimiento con la citación se dispone que la parte actora , facilite la copias que se requieren con el objeto de cumplir con la diligencia.- Hágase saber Particular que pongo en conocimiento del público en general para los fines legales pertinentes. Loja, 09 de marzo de 2021 Ab. Verónica Carrión Guerrero SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL

CIVIL DEL CANTON LOJA P/F5133 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON LOJA. EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos de los señores LUIS ALFREDO TAPIA y JULIA VEINTIMILLA QUEZADA, que en extracto es como sigue: ACTORES: PEDRO ORLANDO TAPIA VEINTIMILLA y otros DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de los señores LUIS ALFREDO TAPIA y JULIA VEINTIMILLA QUEZADA OBJETO: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00921 JUEZ:. Víctor Santín Salazar. Loja, martes 30 de marzo del 2021, las 07h51, VISTOS.- Dr. Víctor Santín Salazar Mgs., avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Loja, designado mediante Acción de Personal No. 2386-DP11-2019-FA, de fecha 30 de septiembre del 2019, suscrita por la Directora Provincial del Consejo de Loja y por el sorteo de ley. En lo principal, estimase de clara, precisa y completa la demanda deducida por los Sres: PEDRO ORLANDO TAPIA VEINTIMILLA, ALONSO OBANDO TAPIA VEINTIMILLA, CARMEN EFIGENIA TAPIA VEINTIMILLA y RITA ISABEL TAPIA VEINTIMILLA, se la acepta al trámite Voluntario que le corresponde a los Inventarios. En consecuencia conforme a las partida de defunción de: LUIS ALFREDO TAPIA (+) y JULIA VIENTIMILLA QUEZADA (+), partidas de defunción y partidas de nacimiento de los herederos, escrituras públicas y más anexos se DECLARA ABIERTA LA SUCESIÓN de los bienes de los prenombrados extintos, particular que se manda poner en conocimiento de los herederos ausentes, desconocidos, presuntos y del público en general, conforme a Ley y en base a lo establecido en el Artículo 58 en concordancia con el Artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos. Para lo cual se dispone lo siguiente: a) Cuéntese en el procedimiento con los comparecientes en calidad de herederos; b) Cuéntese con el Procurador de Servicio de Rentas Internas de Loja, como indica en la demanda, a quien se lo citara en el lugar señalado en la demanda, para cuyo efecto pasen los autos al señor Analista de la Oficina de Citaciones para los fines de ley, a quienes se le advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de sus futuras notificaciones; c) Con los herederos PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS y más personas interesadas en la presente sucesión, a quienes se los citara por un periódico de amplia circulación de esta ciudad CONFORME LO INDICAN EN EL LIBELO INICIAL al tenor del Art. 58 del COGEP concédase el extracto para las publicaciones.- Los demandados podrán comparecer a juicio señalando casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones, en caso de oposición deberá cumplir los requisitos de contestación a la demanda y antes de la convocatoria audiencia.- Fórmese el inventario y correspondiente avalúo de los bienes dejados por los causantes, con la intervención del perito que se designará UNA VEZ CUMPLIDA LAS CITACIONES quien será sorteado en el sistema para este fin, a quien se lo notificará para que tome legal posesión del cargo, de conformidad a Ley y al Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial (Resolución No. 040-2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura), se le fijará así mismo los honorarios que correspondan, que serán cubiertos por la parte accionante. d). El inventario debe realizarse conjuntamente con el perito y en presencia de los interesados de conformidad al Art.341 del COGEP. e) Téngase en cuenta para el señalamiento de la audiencia respectiva lo que preceptúan los Arts.345, 335, inc. 3ero, y, 225 parte final, Ibídem; f) Se previene al señor perito, que los bienes a inventariarse, son aquellos que estén debidamente justificados o acreditados con el respectivo título de propiedad, caso contrario no podrán comprenderse en este inventario; g) De conformidad al Art.76 del COGEP, se dispone que el señor perito, luego de citado la parte demandada, en el término de diez días presente a la unidad judicial el alistamiento y avalúo realizado, bajo los parámetros y prevenciones de ley; y, h) Agréguese a los autos la documentación que se acompaña, téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial, correo electrónico señalados para sus notificaciones y la autorización concedida a su defensor; y, finalmente, tómese en cuenta el anuncio de prueba que ofrecen los comparecientes para justificar su pretensión.- Es un juicio inventario, tramite Voluntario avaluó y alistamiento.Conforme al Art. 37 del COGEP téngase en cuenta como procurador común a la Sra. Rita Isabel Tapia Veintimilla.- Llámese a intervenir al Abg. Juan Carlos Mateus Jumbo

www. como Secretario de Unidad Judicial.- CITESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.- OTRA PROVIDENCIA.- Loja, martes 30 de marzo del 2021, las 16h28. En lo principal, advirtiéndose que dentro del auto de aceptación a trámite de fecha 30 de marzo de 2021, las 07h51, constante a (fs. 50) del proceso, se ha hecho constar inadvertidamente el primer apellido de la causante Julia Veintimilla Quezada como Vientimilla, cuando de la revisión del expediente y del documento adjunto al proceso; esto es, la partida de defunción de la causante constante a (fs. 7) se evidencia que el primer apellido de la causante es VEINTIMILLA, por lo cual de conformidad al Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se CONVALIDA, dicho apellido en todo el contenido del auto antes indicado; consecuentemente en donde se lee Vientimilla, se entienda VEINTIMILLA; en tal virtud, el nombre completo de la causante es JULIA VEINTIMILLA QUEZADA, el resto queda inalterable.- Hágase saber. Abg. Juan Carlos Mateus Jumbo SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. P/F5134 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante FRANCISCO JABIER OCHOA, que en extracto es como sigue: ACTORES: BERNARDA OCHOA MARTÍNEZ, ESPERANZA HERMELINDA OCHOA OCHOA, LUZ MARIA OCHOA OCHOA, LILIA VICENTE OCHOA OCHOA, ABRAHAN FRANCISCO OCHOA OCHOA, MARCOS WENCESLAO OCHOA OCHOA, DULIA BENIGNA OCHOA OCHOA, TERESA ADELAIDA OCHOA OCHOA, DIEGO EDUARDO OCHOA OCHOA, MARIA ISABEL OCHOA OCHOA. DEMANDADO: Herederos presuntos y desconocidos del causante FRANCISCO JABIER OCHOA. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario. TRÁMITE: Voluntario. CUANTÍA: Indeterminada. JUICIO: Nro. 11203-2021-00746 JUEZ: Dr. David Alberto Astudillo Celi. AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.“UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NINEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, miércoles 17 de marzo del 2021, las 09h57, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente demanda en calidad Juez Titular de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Loja, designado mediante acción de personal Nro. 3645-DP11-2016-FA, de fecha 15 de noviembre del 2016.- En lo principal, la demanda de inventario presentada por los señores BERNARDA OCHOA MARTÍNEZ, ESPERANZA HERMELINDA OCHOA OCHOA, LUZ MARIA OCHOA OCHOA, LILIA VICENTE OCHOA OCHOA, ABRAHAN FRANCISCO OCHOA OCHOA, MARCOS WENCESLAO OCHOA OCHOA, DULIA BENIGNA OCHOA OCHOA, TERESA ADELAIDA OCHOA OCHOA, DIEGO EDUARDO OCHOA OCHOA, MARIA ISABEL OCHOA OCHOA; por cumplir con los requisitos de ley, se la califica y admite a trámite mediante el procedimiento voluntario, determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos.- En tal virtud por el fallecimiento del señor FRANCISCO JABIER OCHOA, conforme se justifica con la inscripción de su defunción de (fs. 13), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por mi Autoridad, al efecto se dispone lo siguiente: 1).- Cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados: 1.1).- Con los compareciente en calidad de herederos e interesados; 1.2).- Con los herederos presuntos y desconocidos del causante FRANCISCO JABIER OCHOA, cíteselos por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1), del Código Orgánico General de Procesos.- Confiérase el extracto respectivo; 2).- Téngase en cuenta la prueba que anuncian y presentan con su demanda, cuya pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la audiencia a convocarse; 3) Téngase en cuenta la designación de Procurador Común que hacen los actores con fundamento en el Art. 37 del COGEP, a favor del actor Diego Eduardo Ochoa Ochoa; 4) Vista la naturaleza del proceso, no es necesario contar con las entidades solicitadas.- Téngase en cuenta la cuantía, casillero judicial y/o dirección de correo electrónico señalados por los demandantes y la autorización que le confieren a su Abogado defensor.- Agréguese al proceso la documentación

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adjunta al libelo de demanda.- HÁGASE SABER.-” f). Dr. David Alberto Astudillo Celi, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja.Loja, 19 de Marzo del 2021.Dra. Carmen Paladines Criollo SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. P/F5138 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales a los herederos desconocidos de la causante ROSA ANGÉLICA LÓPEZ VIVAR, conforme a lo dispuesto en los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: LUZ MARIA CORONEL LOPEZ y otros DEMANDADOS: Herederos desconocidos de la causante ROSA ANGÉLICA LÓPEZ VIVAR OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00470 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo AUTO DE CALIFICACIÓN A TRÁMITE: “… Loja, viernes 19 de febrero del 2021, las 10h59, VISTOS: Agréguese a los autos el memorial que antecede. En lo principal, como se ha dado cumplimiento a la providencia inicial la solicitud cumple con los requisitos de ley, razón por la cual se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el fallecimiento de la señora ROSA ANGÉLICA LÓPEZ VIVAR, conforme se justifica con la inscripción de su defunción ( fs. 2 ), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: UNO: 1.1- Con los solicitantes LUZ MARÍA CORONEL LÓPEZ; ROSA ELENA CORONEL LÓPEZ; MARÍA LUCÍA CORONEL LÓPEZ; MANUEL ALBERTO CORONEL LÓPEZ Y ROSA ELVIRA CORONEL LÓPEZ, en calidad de hijos de la causante. 1.2.- Con el señor MANUEL ASUNCION CORONEL Y DIRECTOR DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DE LOJA, quienes deberán ser citados con el contenido de la demanda, documentación adjunta, memorial que antecede y el presente auto en el domicilio referido en la demanda, croquis e imagen que se acompaña (ver fs. 16) y en su respectivo despacho; actos que los cumplirá la oficina de citaciones de la Unidad. Para el efecto la parte accionante en aplicación al principio dispositivo deberán cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020. 1.3.- Con los herederos desconocidos de la causante ROSA ANGÉLICA LÓPEZ VIVAR, a quienes ordeno citarlos a través de uno de los medios de comunicación esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Por último se les recuerda la obligación de determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos. DOS: En cuenta los medios de prueba que se anuncia su práctica y pertinencia se resolverán en audiencia. Agréguese a los autos la documentación presentada. Además, en cuenta también la cuantía, casillero judicial y direcciones de correos electrónicos señalados por los solicitantes y la autorización que le conceden a su defensor técnico. No obstante, se dispone que los solicitantes con fundamento en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos en el término de cinco días constituyan un procurador común.- Respecto a la sugerencia del Perito se atenderá oportunamente. Finalmente actúe en calidad de secretario del despacho el Dr. Servio Paúl Velepucha Espinosa. Hágase saber…”.- Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley.- Loja, 05 de abril del 2021 Dr. Servio Velepucha Espinosa SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F5140


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DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos del señor JORGE WASHINGTON AZUERO GUERRERO, que en extracto es como sigue: ACTORES: DAYSI MARIBEL CARRION UNDA y otros DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del señor JORGE WASHINGTON AZUERO GUERRERO OBJETO: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00997 JUEZ: Dr. Víctor Santín Salazar. Loja, martes 30 de marzo del 2021, las 07h46, VISTOS.- Dr. Víctor Santín Salazar Mgs., avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Loja, designado mediante Acción de Personal No. 2386-DP11-2019FA, de fecha 30 de septiembre del 2019, suscrita por la Directora Provincial del Consejo de Loja y por el sorteo de ley. En lo principal, estimase de clara, precisa y completa la demanda deducida por los Sres: DAYSI MARIBEL CARRION UNDA, TATIANA KATHERINE AZUERO CARRIÓN, ANGÉLICA STEFANIA AZUERO CARRIÓN y YASOLY THALIA AZUERO CARRIÓN, se la acepta al trámite Voluntario que le corresponde a los Inventarios. En consecuencia conforme a la partida de defunción de: JORGE WASHINGTON AZUERO GUERRERO (+), partidas de matrimonio, defunción y partidas de nacimiento de los herederos, escrituras públicas y más anexos se DECLARA ABIERTA LA SUCESIÓN de los bienes del prenombrado extinto, particular que se manda poner en conocimiento de los herederos ausentes, desconocidos, presuntos y del público en general, conforme a Ley y en base a lo establecido en el Artículo 58 en concordancia con el Artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos. Para lo cual se dispone lo siguiente: a) Cuéntese en el procedimiento con los comparecientes en calidad de cónyuge sobreviviente y herederos respectivamente; b) Cuéntese con el Procurador de Servicio de Rentas Internas de Loja, como indica en la demanda, a quien se lo citara en el lugar señalado en la demanda, para cuyo efecto pasen los autos al señor Analista de la Oficina de Citaciones para los fines de ley, a quienes se le advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de sus futuras notificaciones; c) Con los herederos PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS y más personas interesadas en la presente sucesión, a quienes se los citara por un periódico de amplia circulación de esta ciudad CONFORME LO INDICAN EN EL LIBELO INICIAL al tenor del Art. 58 del COGEP concédase el extracto para las publicaciones.- Los demandados podrán comparecer a juicio señalando casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones, en caso de oposición deberá cumplir los requisitos de contestación a la demanda y antes de la convocatoria audiencia.- Fórmese el inventario y correspondiente avalúo de los bienes dejados por el causante, con la intervención del perito que se designará UNA VEZ CUMPLIDA LAS CITACIONES quien será sorteado en el sistema para este fin, a quien se lo notificará para que tome legal posesión del cargo, de conformidad a Ley y al Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial (Resolución No. 0402014 del Pleno del Consejo de la Judicatura), se le fijará así mismo los honorarios que correspondan, que serán cubiertos por la parte accionante. d). El inventario debe realizarse conjuntamente con el perito y en presencia de los interesados de conformidad al Art. 341 del COGEP. e) Téngase en cuenta para el señalamiento de la audiencia respectiva lo que preceptúan los Arts.345, 335, inc. 3ero, y, 225 parte final, Ibídem; f) Se previene al señor perito, que los bienes a inventariarse, son aquellos que estén debidamente justificados o acreditados con el respectivo título de propiedad, caso contrario no podrán comprenderse en este inventario; g) De conformidad al Art. 76 del COGEP, se dispone que el señor perito, luego de citado la parte demandada, en el término de diez días presente a la unidad judicial el alistamiento y avalúo realizado, bajo los parámetros y prevenciones de ley; y, h) Agréguese a los autos la documentación que se acompaña, téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial, correo electrónico señalados para sus notificaciones y la autorización concedida a su defensor; y, finalmente, tómese en cuenta el anuncio de prueba que ofrecen los comparecientes para justificar su pretensión.- Es un juicio inventario, tramite Voluntario avaluó y alistamiento.- Conforme al Art. 37 del COGEP los actores en el término de tres días desig-

.com.ec nen un procurador común.- Llámese a intervenir al Abg. Juan Carlos Mateus Jumbo como Secretario de Unidad Judicial.- CITESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.Abg. Juan Carlos Mateus Jumbo SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. P/F5123 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales al señor Walter Enrique Gallo Sarmiento, que en extracto es como sigue: ACTOR: María Esther Beltrán Atocha. DEMANDADO: Walter Enrique Gallo Sarmiento. OBJETO DE LA DEMANDA: Alimentos. TRÁMITE: Sumario. JUICIO: NRO. 11203-2013-1261 JUEZ: DR. HÉCTOR EFRÉN BURNEO SAAVEDRA. EXTRACTO DEMANDA.- “Loja, martes 19 de enero del 2021, las 11h23, VISTOS: En lo principal, habiéndose dado cumplimiento a lo ordenado en providencia anterior, y por reunir los requisitos determinados en los Arts. 142 y siguientes del COGEP, la demanda para declarar ALIMENTOS a OBLIGADOS SUBSIDIARIOS en favor del menor DAVID ENRIQUE GALLO BELTRAN presentada por la Sra. MARIA ESTHER BELTRAN ATOCHA y que ha sido planteada en contra del Sr. WALTER ENRIQUE GALLO SARMIENTO como Obligado principal y al Sr. WALTER HERNAN GALLO QUEZADA como Obligado Subsidiario al ser clara y reunir los requisitos de ley, por lo que se la acepta al PROCEDIMIENTO SUMARIO establecido en el Art. 332 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos. En consecuencia, se dispone citar al obligado principal Sr. WALTER ENRIQUE GALLO SARMIENTO en su domicilio singularizado en la demanda y para lo cual intervenga la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, funcionarios quienes prevendrán al accionado de la obligación de señalar casillero judicial y correo electrónico. Cítese también al Sr. WALTER HERNAN GALLO QUEZADA como Obligado Subsidiario, en el lugar señalado en la demanda, y para lo cual remítase el proceso a la Oficina de citaciones, funcionarios quienes explicarán al accionado, de su obligación de señalar casillero judicial y correo electrónico para recibir notificaciones. Los accionados, podrán dar contestación a la acción propuesta en su contra por escrito, en la forma y en el término señalado en el Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellas únicamente en los casos que le haya sido imposible obtenerlos, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 159 Ibídem.- Téngase en cuenta las pruebas que han sido anunciadas por la demandante, mismas que serán discutidas y aprobada su pertinencia.-Téngase en cuenta la casilla judicial y dirección de correo electrónico señalado por la parte actora y la autorización que le concede a su defensor.NOTIFÍQUESE. Otro auto: Loja, jueves 25 de marzo del 2021, las 09h59, Una vez que la señora María Esther Beltrán Atocha, ha declarado bajo juramento la imposibilidad de determinar la individualidad del domicilio o residencia del accionado, por lo que se dispone citar al señor Walter Enrique Gallo Sarmiento, por un periódico de amplia circulación de la localidad, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto concédase por intermedio de secretaria un extracto para la publicación por la prensa.- Notifíquese.” Dejo constancia de este particular, para los fines de ley.Loja, 26 de marzo del 2021. Dra. Karina Torres Maldonado. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F5124 NRO. 11203-2018-03569 UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a: Herederos Presuntos y Desconocidos de los extintos TEODORO EMILIANO DELGADO LALANGUI Y ALEX LEONARDO DELGADO ARMIJOS, que en extracto es como sigue: ACTOR: NICANOR ROBERTO LALANGUI CARRION y CARMITA ENRIQUETA CARRIÓN GALVEZ. DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES TEODORO EMILIANO DELGADO LALANGUI Y ALEX LEONARDO DELGADO ARMIJOS OBJETO DE LA DEMANDA: PARTICIÓN DE BIENES SUCESORIOS TRÁMITE: VOLUNTARIO JUICIO Nro: 11203-2018-03569 JUEZ: Dr. SANDRA JENNY VIDAL RODRÍ-

Publicidad GUEZ EXTRACTO DEMANDA.- Loja, jueves 3 de enero del 2019, las 10h18, VISTOS.- Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, de clara y precisa se califica la demanda de partición de los bienes sucesorios de los causantes NICANOR LALANGUI IÑIGUEZ y LUZ VICENTA CARRION APOLO por cumplir con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), propuesta por NICANOR ROBERTO LALANGUI CARRION y CARMITA ENRIQUETA CARRIÓN GALVEZ en contra de ZOILA MARGARITA LALANGUI CARRION, JOSE ANDRES LALANGUI CARRION, BENIGNO MODESTO LALANGUI CARRION, y TEODORO EMILIANO DELGADO LALANGUI, y AURA ELIZABETH DELGADO LALANGUIA hijos de la heredera fallecida MARIA AGRIPINA LALANGUI CARRIÓN; HOLGA VICENTA LALANGUI CARRION, ENMA GRACIELA LALANGUI CARRION, BLANCA GEORGINA LALANGUI CARRION y ELSA LUCIA LALANGUI CARRION, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario de conformidad a lo establecido en el numeral 5 del Art. 334 del Código Orgánico General de Procesos. Cuéntese en este proceso con los señores NICANOR LALANGUI IÑIGUEZ y LUZ VICENTA CARRION APOLO en calidad de actores; y con los mencionados señores ZOILA MARGARITA LALANGUI CARRION, JOSE ANDRES LALANGUI CARRION, BENIGNO MODESTO LALANGUI CARRION, HOLGA VICENTA LALANGUI CARRION, ENMA GRACIELA LALANGUI CARRION, BLANCA GEORGINA LALANGUI CARRION y ELSA LUCIA LALANGUI CARRION, y por el fallecimiento de la heredera MARIA AGRIPINA LALANGUI CARRIÓN se contará con sus hijos y TEODORO EMILIANO DELGADO LALANGUI, y AURA ELIZABETH DELGADO LALANGUI; cuentéese con el señor Alcalde y Procurador Síndico del Municipio de Loja, Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, a quienes se los notificará en sus despachos por medio de la Oficina de Citaciones y Notificaciones de ésta Unidad Judicial.-Cítese a los herederos, presuntos y desconocidos de los extintos NICANOR LALANGUI IÑIGUEZ y LUZ VICENTA CARRION APOLO y MARIA AGRIPINA LALANGUI CARRIÓN por uno de los medios de la prensa local, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 56 numeral 1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos.- A los mencionados herederos se los citará de la siguiente forma: a la señora ZOILA MARGARITA LALANGUI CARRION en el domicilio que indica en la demanda mediante deprecatorio a uno de los Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Zamora, Provincia de Zamora Chinchipe a quien se le enviará suficiente despacho, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos; al señor JOSE ANDRES LALANGUI CARRION en el domicilio que indica en la demanda mediante deprecatorio a uno de los Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Santo Domingo, provincia de Los Tásichilas a quien se le enviará suficiente despacho; concediéndoles a los jueces deprecados el término de diez días en razón de la distancia para lo cual el Secretario de éste despacho tendrá en cuenta la Directriz de Deprecatorio Virtual remitida mediante Memorando circular CJ-DNGP-2018-0121-MC por la Directora Nacional de Gestión Procesal del Consejo de la Judicatura.- A los señores BENIGNO MODESTO LALANGUI CARRION, TEODORO EMILIANO DELGADO LALANGUI, y AURA ELIZABETH DELGADO LALANGUIA hijos de la heredera fallecida MARIA AGRIPINA LALANGUI CARRIÓN se los citará en el domicilio que se indica en la demanda para lo cual se dispone remitir el proceso a la Oficina de Citaciones de ésta Unidad Judicial.- A los señores HOLGA VICENTA LALANGUI CARRION, ENMA GRACIELA LALANGUI CARRIÓN, BLANCA GEORGINA LALANGUI CARRION y ELSA LUCIA LALANGUI CARRION se las ciará en el domicilio que se indica en la demanda, mediante Comisión al Teniente Político de la Parroquia Malacatos, a quien se le enviará suficiente despacho, concediéndole el término de cinco días en razón de la distancia.-Atendiendo la prueba presentada por la actora se dispone lo siguiente: PRUEBA DOCUMENTAL: 1) Certificados de defunción de los causantes NICANOR LALANGUI IÑIGUEZ y LUZ VICENTA CARRION APOLO, 2) Certificado de matrimonio de los causantes NICANOR LALANGUI IÑIGUEZ y LUZ VICENTA CARRION APOLO, 3) Certificado de defunción de la heredera MARIA AGRIPINA LALANGUI CARRIÓN; 4) Certificado de nacimiento de los hijos de la heredera fallecida (MARIA AGRIPINA LALANGUI CARRIÓN), señores TEODORO EMILIANO DELGADO LALANGUI, y AURA ELIZABETH DELGADO LALANGUI, 5) Partidas de nacimiento de todos los herederos, 6) Escrituras Públicas de Inmuebles a partirse, 7) Escrituras de protocolización del Informe Técnico de Nueva Linderación del denominado “segundo lote”, 8) Copias de Escritura Pública de Compraventa de gananciales de “segundo lote”; 9)Cartas de pago de inmuebles a partirse, 10)Certificados historiados y linderados de inmuebles a partirse “primer lote” y “segundo lote”; 11) Certificación de la Jefatura de Patrimonio Cultural y Centro

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Histórico del GAD Municipal sobre imposibilidad de subdivisión de inmuebles, 12) Certificado de prescripción de pago del impuesto a herencias y legados; 13) Copias certificadas de juicio de inventarios nro. 2013-0092, 14) Copias de Escrituras Públicas de compraventa de derechos y acciones.-De conformidad a lo establecido en el Art. 146, inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Loja.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f). DRA. SANDRA VIDAL RODRIGUEZ.-JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA.- OTRA PROVIDENCIA.- Loja, viernes 17 de julio del 2020, las 16h09, Agréguese a los autos los escritos presentados por las partes procesales y en lo principal se dispone.- 1) Téngase en cuenta la comparecencia al presente proceso por parte de la señora Verónica Paulina Delgado Armijos, hija del extinto heredero señor TEODORO EMILIANO DELGADO LALANGUI, así como también el casillero judicial y la autorización de la que le concede la accionante al Abg. Mery Elizabeth Palta Sánchez, para que suscriba escritos en el presente asunto.2) Por consiguiente cítese a los herederos, presuntos y desconocidos del extinto heredero TEODORO EMILIANO DELGADO LALANGUI por uno de los medios de la prensa local, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 56 numeral 1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, esto a fin de que hagan valer sus derechos en la presente causa.- 3) Conforme a lo solicitado por los accionantes ofíciese conforme lo requieren en escrito que se despacha.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.OTRA PROVIDENCIA.- Loja, viernes 26 de marzo del 2021, las 10h29, En virtud del escrito que antecede, y de la revisión de las constancias procesales, se establece que no se ha procedido a realizar la citación correcta a los herederos presuntos y desconocidos del extinto heredero TEODORO EMILIANO DELGADO LALANGUI, por un error involuntario dentro del extracto correspondiente, por lo expuesto y a fin de evitar nulidades posteriores, cítese a los herederos, presuntos y/o desconocidos del extinto heredero TEODORO EMILIANO DELGADO LALANGUI, así como también a los herederos presuntos y/o desconocidos del extinto ALEX LEONARDO DELGADO ARMIJOS, de conformidad a lo establecido Art. 56, numeral 2 del Código Orgánico General de Procesos y 58 ibídem, por medio de: “ Mensajes que se transmitirán en tres fechas distintas, por lo menos tres veces al día, en una radiodifusora de la localidad, en un horario de seis a veintidós horas y que contendrán un extracto de la demanda o solicitud pertinente. La o el propietario o la o el representante legal de la radiodifusora emitirá el certificado que acredite las fechas y horas en que se realizaron las transmisiones de mensajes y una copia del audio”.- Sin perjuicio que las partes puedan hacerlo en uno de los diarios de ésta ciudad de Loja que están habilitados, y se adjunte la captura de pantalla e impresión de la publicación digital con la certificación del representante legal del medio.- NOTIFIQUESE Dejo constancia de este particular, para los fines de ley.Loja, 29 de marzo del 2021 Dra. Gabriela Altamirano Salcedo SECRETARIA (e) DE LA UNIDAD JUDICIAL P/F5127

PALTAS UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE GENERAL CON SEDE EN EL CANTON PALTAS CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales, a los herederos desconocidos y presuntos del causante SANTOS VENTURA YAGUACHI. Conforme a los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General del Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: ENMA YOLANDA CAMPOVERDE CORONEL (PROCURADOR COMUN). DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DEL CAUSANTE, SANTOS VENTURA YAGUACHI. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. TRAMITE: VOLUNTARIO. CUANTIA: INDETERMINADA. JUICIO NRO. 11314-2021-00018. JUEZ: DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN. AUTO DE ACEPTACION A TRÁMITE: VISTOS: Avoco conocimiento y competencia de la presente causa en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Paltas, provincia de Loja, en virtud a la Resolución 258-2014 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura con fecha, 8 de octubre del 2014; así como a la Acción de Personal Nro. 8181-DNTH-2014 de fecha, 14 de octubre del 2014. Reintegrado a mis funciones. La demanda de PARTICION DE BIENES SUCESORIOS reúne los requisitos de forma exigidos por los Arts. 142 y 143 del COGEP, por lo que se la califica y se la admite a trámite en procedimiento VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334.5 y 335 del Código Orgánico General de Procesos. Consecuentemente, se declara abierta

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Libretas PÓLIZA EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A., procederá a anular la Póliza Nº 152597 de la Cta. Cte. Nro. 2901295847, perteneciente a DIAZ VACA JOSE PABLO, con C.I. 1103917330, beneficiario DIAZ VACA, JOSE PABLO en razón de haberse extraviado. P/4951/CDP01 PÓLIZA EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A., procederá a anular la Póliza Nº 64050 de la Cta. Cte. Nro. 2901483557, perteneciente a AGUILAR CUEVA KATTERINE DEL ROCIO, con C.I. 1104266265, beneficiario AGUILAR CUEVA, KATTERINE DEL ROCIO en razón de haberse extraviado. P/4952/CDP02 PÓLIZA EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A., procederá a anular la Póliza Nº 154687 de la Cta. Cte. Nro. 2901100471, perteneciente a ORDOÑEZ GONZALEZ LEIDY CARINA, con C.I. 1104868599, beneficiario ORDOÑEZ GONZALEZ, LEIDY CARINA en razón de haberse extraviado. P/4953/CDP03 la sucesión intestada de los bienes dejados por SANTOS VENTURA YAGUACHI, desde el momento de su fallecimiento, teniéndose en cuenta que el alistamiento y avaluó de los mismos constan dentro del proceso de Inventarios Nro. 11314-2018-00028, como lo exigen los Arts. 341 y 342 del COGEP, con la presencia de los interesados. Se dispone CITESE.- A los herederos desconocidos y presuntos del causante SANTOS VENTURA YAGUACHI, conforme a los Arts. 56.1 y 58 del COGEP, mediante publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de la localidad, confiérase el respectivo extracto. Cuéntese en este proceso: a) Con los comparecientes ENMA YOLANDA CAMPOVERDE CORONEL en calidad cónyuge sobreviviente; YOBANA ESPERANZA YAGUACHI COMPOVERDE en calidad de heredera; Ab. JOSELO VICENTE SARAGURO AGILA en calidad de Procurador Judicial de las herederas señoras ENMA INDOLFA YAGUACHI CAMPOVERDE y MERCY BERTHA YAGUACHI CAMPOVERDE y LORGIA CRISTINA YAGUACHI CAMPOVERDE, Acorde al Art. 56 del COGEP, CITESE.- En la siguiente forma: 1) A JAIME FILEMON YAGUACHI COAMPOVER en el domicilio señalado, para lo cual se Comisiona al señor Teniente Político de la parroquia Casanga; 2) a FRANCO SERAPIO YAGUACHI CAMPOVERDE; CARLOTA ROMELIA YAGUACHI CAMPOVERDE; y, MERCEDES EULOGIA YAGUACHI CAMPOVERDE en los domicilios señalados para lo cual se Depreca a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial de Familia del cantón Quito provincia del Pichincha; 3) a SANTOS HOLGER CAMPOVERDE en el domicilio señalado para lo cual se Depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad de Familia del cantón Guayaquil provincia del Guayas; 4) a la heredera señora ROSA MARIA YAGUACHI CAMPOVERDE, cítese en la dirección señalada, mediante EXHORTO al Cónsul General del Ecuador en la ciudad de NEW YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, sin perjuicio que se los cite en el lugar que se los encuentre. Remítase los respectivos despachos, ofreciendo reciprocidad a quienes avoquen conocimiento en casos similares, la gestión de copias y citación a cargo de la parte interesada; b) CUÉNTESE Y NOTIFÍQUESE, a los siguientes funcionarios: 1) Con el Señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja; en sus domicilio mediante Deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad de Familia de Loja, ofreciendo reciprocidad en casos similares, remítase el Despacho respectivo; 2) Con los señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD de Paltas; y, 3 ) Inscríbase la demanda en el Registro de Propiedad de Paltas acorde Art. 146, 5ro inciso del COGEP. Téngase en cuenta el Anuncio de LOS MEDIOS DE PRUEBA del actor contenido en el Acápite V) de su demanda. Téngase como Procurador Común a la señora ENMA YOLANDA CAMPOVERDE CORONEL, en cuenta la cuantía de la acción, la casilla judicial y la dirección del correo electrónico señalado y la autorización conferida a su Defensor. NOTIFIQUESE.- FIRMA.- DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PALTAS. Particular que pongo en conocimiento de los interesados y público en general, para los fines legales pertinentes. Paltas, lunes 05 de abril de 2021.- Lo certifico.EL SECRETARIO.Ab. Juan Pablo Ortega Parra. SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL P/F5128


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Judiciales PALTAS UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales, a los herederos desconocidos y presuntos de la causante ELINA MARIA JARAMILLO JIMENEZ. Conforme a los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General del Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: EUDALDO GONZALO ROJAS GALVÁN (PROCURADOR COMUN) DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DE LA CAUSANTE, ELINA MARIA JARAMILLO JIMENEZ. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. TRAMITE: VOLUNTARIO. CUANTIA: INDETERMINADA. JUICIO NRO. 11314-2021-00052. JUEZ: DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN. AUTO DE ACEPTACION A TRÁMITE: VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Chaguarpamba; encargado de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Paltas mediante Acción de Personal Nro. 339-DP112021-RR, de fecha 25 de Febrero del 2021. En lo principal, reunir los requisitos de ley la solicitud de inventarios presentada por los señores Eudaldo Gonzalo Rojas Galván, Ana Lucia Rojas Jaramillo, Daniela Beatriz Rojas Jaramillo, Carmen Cecibel Rojas Jaramillo, Claudia Inés Rojas Jaramillo, Juan Pablo Rojas Jaramillo y Carlos Antonio Rojas Jaramillo, se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En consecuencia, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por la causante señora Elina Maria Jaramillo Jiménez, desde el momento de su fallecimiento, disponiéndose se proceda a su formación y avalúo, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente. Cítese a los herederos desconocidos y presuntos de la causante señora Elina Maria Jaramillo Jimenez, y de los herederos fallecidos señores Manuel Ulpiano Rojas Galván, Mariana de Jesús Galván Arias, Luz Victoria Rojas Galván y Segundo Manuel Rojas Galván por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, conforme a lo dispuesto en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, en relación a lo establecido en el Art. 56 numeral 1 del citado Código. Confiérase el respectivo extracto. Cuéntese en este proceso, con los comparecientes señores Eudaldo Gonzalo Rojas Galván, Ana Lucia Rojas Jaramillo, Daniela Beatriz Rojas Jaramillo, Carmen Cecibel Rojas Jaramillo, Claudia Inés Rojas Jaramillo, Juan Pablo Rojas Jaramillo y Carlos Antonio Rojas Jaramillo; con el señor Alcalde y Procurador Sindico del GAD Municipal del cantón Paltas, funcionarios que deberán ser citados en sus respectivos despachos; para el efecto, remítase el expediente al señor Funcionario Encargado de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial; con el señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja y Director del Ministerio de Agricultura y Ganadería MAG de Loja, funcionarios que deberán ser citados en sus respectivos despachos; para el efecto, se depreca dicha diligencia, a uno de los señores Jueces de la Unidad de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. Por Secretaría emítase el respectivo despacho virtual. Con los señores Elina María Rojas Galván, Wilmer Eduardo Rojas Galván, Elsa Marina Rojas Galván, Honorio Joel Rojas Galván y María Gabriela Rojas Yaguana. Para cuya citación se COMISIONA a la señora Comisaria de Policía del cantón Paltas. Téngase en cuenta la cuantía de

la acción, el casillero y correo electrónicos señalados por los accionantes, así como la autorización que le conceden a su abogado defensor para que firme escritos relacionados en el patrocinio de su defensa. Agréguese al proceso la documentación adjunta y téngase en cuenta la prueba documental y pericial, anunciada en su libelo de demanda. De conformidad a lo previsto en el artículo 37 del Código Orgánico General de Procesos se nombra Procurador común de los demandantes al señor Eudaldo Gonzalo Rojas Galván. NOTIFIQUESE.- FIRMA.- DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PALTAS. Particular que pongo en conocimiento de los interesados y público en general, para los fines legales pertinentes. Paltas, miércoles 10 de marzo de 2021.- Lo certifico.- EL SECRETARIO.Ab. Jonathan Alfredo Lavanda Martínez. SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL P/F5129 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los señores GIOVANNI XAVIER JUMBO ENCARNACION y GEOVANNY ANDRES JUMBO OBACO, que en extracto es como sigue: ACTOR: GOMEZ MACAS BRIGGETTE JANINA. DEMANDADO: GIOVANNI XAVIER JUMBO ENCARNACION y GEOVANNY ANDRES JUMBO OBACO. OBJETO DE LA DEMANDA: ALIMENTOS. TRÁMITE: SUMARIO. JUICIO: NRO. 11203-2017-03069 JUEZ: DR. HÉCTOR EFRÉN BURNEO SAAVEDRA. EXTRACTO DEMANDA.“Loja, viernes 17 de julio del 2020, las 08h25, VISTOS: En lo principal, luego de haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior, y por reunir los requisitos determinados en los Arts. 142 y siguientes del COGEP, la demanda INCIDENTAL para fijarse alimentos a los obligados subsidiarios para el pago de pensión alimenticia presentada por la Sra. BRIGGETTE JANINA GOMEZ MACAS en contra del obligado principal , el señor GIOVANNI XAVIER JUMBO ENCARNACION, así como de los obligados subsidiarios GEOVANNY ANDRES JUMBO OBACO y Sra. LAURA MAGALI ENCARNACION CAMPOS, quienes son abuelos paternos de la derechohabiente, la menor SOFIA ISABELLA JUMBO GOMEZ por quien se solicita alimentos, al cumplir con todos los requisitos legales, se la acepta al PROCEDIMIENTO SUMARIO establecido en el Art. 332 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos. En consecuencia, se dispone citarlos, tanto al obligado principal señor GIOVANNI XAVIER JUMBO ENCARNACION, así como de los obligados subsidiarios GEOVANNY ANDRES JUMBO OBACO y Sra. LAURA MAGALI ENCARNACION CAMPOS, en el domicilio singularizado en la demanda, y para lo cual se enviará atento DEPRECATORIO AL SR. JUEZ MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PINDAL, de la provincia de Loja, autoridad quien explicará a dichos accionados, de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir futuras notificaciones, así como dar contestación a la acción propuesta en su contra por escrito, en la forma y en el término señalados en el Art. 333.3 del Código Orgánico General de Procesos, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellas únicamente en los casos que le haya sido imposible obtenerlos, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 159 Ibídem. Téngase en cuenta las pruebas que han sido anunciadas por la demandante, mismas que en la respectiva audiencia serán discutidas y aprobada su pertinencia.- Agréguese al proceso la documentación que se adjunta. Téngase en cuenta la casilla judicial y dirección de correo electrónico señalado por la actora y la autorización que les concede a sus defensores.- NO-

TIFÍQUESE. OTRO AUTO: Loja, martes 16 de marzo del 2021, las 10h21, En atención al escrito que antecede, se dispone: Conforme consta de la revisión del expediente (fs. 256), la señora BRIGGETTE JANINA GOMEZ MACAS, ha procedido a declarar bajo juramento la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia del obligado principal del señor GIOVANNI XAVIER JUMBO ENCARNACION, así como del obligado subsidiario GEOVANNY ANDRES JUMBO OBACO; y que ha efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar el domicilio de los demandados. Por lo tanto se dispone citar a los señores GIOVANNI XAVIER JUMBO ENCARNACION y GEOVANNY ANDRES JUMBO OBACO, por un periódico de amplia circulación de la localidad, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto concédase por intermedio de secretaria un extracto para la publicación por la prensa.- Notifíquese.” Dejo constancia de este particular, para los fines de ley.Loja, 23 de marzo del 2021. Dra. Karina Torres Maldonado. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F5130

CATAMAYO UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CATAMAYO CITACIÒN JUDICIAL Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite y más constancias procesales.- CITO: A los herederos desconocidos y presuntos del causante ARCESIO MARIO SUING UREÑA, el mismo que en extracto comprende lo siguiente: ACTORES: ALICIA JUDITH JARAMILLO ROMERO y SCHUBERT VLADIMIR SUING JARAMILLO. DEMANDADOS: Herederos desconocidos y presuntos del causante ARCESIO

www. MARIO SUING UREÑA. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario. TRÀMITE: Voluntario. JUICIO Nro. 11331-2021-00172 CUANTÍA: Indeterminada. JUEZ: Dr. Franco Olivar Astudillo Montalvan. AUTO DE ACEPTACIÒN.- Catamayo, jueves 18 de marzo del 2021, las 16h28, JUEZ PONENTE.- DR. FRANCO OLIVAR ASTUDILLO MONTALVAN.- VISTOS: Por estimarse que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en el primero auto de sustanciación, estimase clara y completa la demanda de inventarios que antecede presentada por la señora: ALICIA JUDITH JARAMILLO ROMERO y SCHUBERT VLADIMIR SUING JARAMILLO, por lo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 142, 143, 335, 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, que le corresponde, y, en virtud del fallecimiento de quien en vida fuera el señor ARCESIO MARIO SUIG UREÑA, conforme consta la partida de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes y se dispone: PRIMERO.- Fórmese el inventario solemne y el avalúo de los bienes sucesorios en la forma prevista por la Norma Adjetiva invocada. SEGUNDO. 2.1.- Cuéntese en el presente proceso con los demandantes ALICIA JUDITH JARAMILLO ROMERO, en su calidad cónyuge sobreviviente; y, con el señor SCHUBERT VLADIMIR SUING JARAMILLO, hijo del causante. 2.2.Con el señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja y para su citación se depreca en forma virtual a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Tercera de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, ofreciéndole reciprocidad de servicios en casos similares. 2.3. Con el señor Alcalde y Procurador Síndico Municipal, a quienes se los citará en esta ciudad de Catamayo y en la dirección que se indica, con la intervención del señor citador de esta Unidad Judicial. Los accionantes den las facilidades

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de las copias pertinentes para que se cumpla con las diligencias ordenadas. TERCERO. Cítese a los herederos desconocidos y presuntos del extinto en un diario de la ciudad de Loja, por no existir este medio de publicidad en esta Ciudad, en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos. CUARTO. ANUNCIO DE PRUEBAS. 4.1.-DOCUMENTALES. Documentos personales de los comparecientes. Certificado de defunción del causante; partida de matrimonio; certificado de nacimiento; escritura y certificado del Registro de la Propiedad del Cantón Catamayo y cartas de pago del impuesto predial. 4.2.- PERICIAL. El perito judicial sustentará su Informe en la audiencia. QUINTO. Una vez que se haya cumplido con las citaciones ordenadas por la prensa a los herederos desconocidos y presuntos del causante, Funcionario llamado a intervenir, se nombrará perito para que realice la diligencia de Inventario y Avalúo de Bienes y se señalará día, fecha y hora para que se lleve a cabo dicho diligencia.- Téngase en cuenta la designación del procurador común en la persona del señor SCHUBERT VLADIMIR SUING JARAMILLO. Agréguese al proceso la documentación adjunta y téngase en cuenta la cuantía, casillero, la insinuación dl perito, y correo electrónico señalado por los demandantes para recibir sus notificaciones, así como la autorización que le confieren a su Abogado Defensor para que firme escritos en su nombre.Intervenga en calidad de Secretario subrogante el Abg. William Hipólito Calva Solano, en cumplimiento con el contrato de servicios -501-DP11-2021-RR, de fecha 18 de Marzo de 2021.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Catamayo, a treinta de marzo de 2021.Abg. Héctor Benigno Figueroa Agurto SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CATAMAYO. P/F5131

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Judiciales REMATE CALVAS REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON CALVAS PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL. CITO.- Con el contenido PUBLICACION Y FECHA PARA REMATE, se pone conocimiento del público en general el REMATE JUDICIAL EN LÍNEA que se llevará efecto el día 4 DE JUNIO DEL 2021, DESDE LAS 00H00 HASTA LAS 23H59, cuyo contenido en extracto es como sigue: JUICIO NRO. 11335-2019-00245 ACCIÓN: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN TIPO DE PROCESO: EJECUTIVO ACTOR: GONZALO ALFREDO PAZ TINITANA, en su calidad de Procurador Judicial del BANCO DE LOJA S.A DEMANDADO: CEVALLOS RODRIGUEZ JACKSON GONZALO CUANTÍA: $32234.48 (liquidación de fs. 49 a 51) JUEZ: Dr. Marco Vinicio Romero Ávila Calvas, miércoles 24 de marzo del 2021, las 14h07, VISTOS: En atención al escrito que antecede y en cuenta la razón que obra a 145 vuelta del proceso, y en consideración del informe técnico pericial (retaza de fojas 157 a 160), señálese para el día 4 DE JUNIO DE 2021, desde las 00h00 hasta las 23h59, para que se realice el REMATE JUDICIAL EN LÍNEA, SEGUNDO SEÑALAMIENTO, del bien inmueble cuyas características son: LOTE DE TERRENO RUSTICO, signado con el nro. 5, ubicada en la vía que conduce a la mina de lastre, barrio Santa Teresa, de la parroquia Cariamanga, cantón Calvas, provincia de Loja, de las siguientes características: Inmueble de topografía y forma regular, se encuentra en el sector rústico, no tiene cultivos, se encuentra cubierto con vegetación propia del sector parcialmente con bosque primario, no tiene servicios básicos, existe una vía de acceso; en el inmueble no se observa ninguna construcción. El bien inmueble tiene una cabida total de treinta mil doscientos dieciocho metros cuadrados; conforme consta en el acta de ejecución del embargo y en el informe pericial realizado por el perito Ing. Víctor Oswaldo Armijos, de fojas 157 a 163, debidamente sorteado y posesionado para tal efecto. El avalúo del bien, determinado en el informe pericial, asciende a la cantidad de VEINTICINCO MIL QUINIENTOS DIEZ DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON VEINTE Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR ($25.510,27). En atención al artículo 399 del COGEP, se dispone que el secretario publique el aviso de remate en la plataforma única de la página web del Consejo de la Judicatura, con el término de al menos veinte (20) días de anticipación a la fecha del remate. Las posturas presentadas no podrán ser inferiores al 100% del avalúo pericial efectuado, de conformidad al artículo 400 del COGEP. Por tratarse del remate de un bien inmueble se admitirán posturas a plazos considerando las condiciones previstas artículo 401 del COGEP. Los interesados deberán registrar sus posturas el día de realización del remate, en el horario antes indicado, únicamente en la plataforma del sistema de remates judiciales en línea y luego de haber realizado la consignación correspondiente mediante depósito bancario, en efectivo o cheque, o transferencia electrónica, en la forma que a continuación se detalla: a) Los interesados deberán consignar el 10% de la postura realizada. Para conocimiento de todos los interesados, el Reglamento del Sistema de Remates Judiciales en Línea de la Función Judicial, contenido en la Resolución No. 222-2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura; y, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 584, de jueves 10 de septiembre de 2015; y, demás instructivos y manuales de uso del sistema, se encuentran disponibles

.com.ec en la página web del Consejo de la Judicatura.- Procédase a la fijación de carteles en los parajes más frecuentes de la ciudad de la ubicación del bien inmueble de conformidad al Art. 399 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- Cariamanga, 01 de Abril del 2021 Dr. Daniel Alfredo Riofrío Reyes, SECRETARIO P/F5141 EXTRACTO POR LA PRENSA REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio Ejecutivo, en contra de los señores: DANNY BERNARDO ARMIJOS CASTILLO, JENNY MARÍA BARREIRO ZAMBRANO Y ELIOMIRA CASTILLO CUEVA, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: BANCO DE LOJA S.A. DEMANDADOS: DANNY BERNARDO ARMIJOS CASTILLO, JENNY MARÍA BARREIRO ZAMBRANO Y ELIOMIRA CASTILLO CUEVA OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: $38500,00 JUICIO: Nro. 11333-2020-00121 JUEZ: Dra. Glenda del Carmen Castillo Ordoñez CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA. Loja, martes 14 de enero del 2020, las 08h57, VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda que antecede, en virtud del sorteo que consta en la misma y en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Loja.- En lo principal, la demanda incoada por el señor DR. CARLOS VINICIO CAMPOVERDE GONZAGA, en su calidad de Procurador Judicial del BANCO DE LOJA S.A., conforme lo acredita con el documento que se anexa, en contra de los señores DANNY BERNARDO ARMIJOS CASTILLO, JENNY MARÍA BARREIRO ZAMBRANO y ELIOMIRA CASTILLO CUEVA, se la califica de clara, completa y precisa de sus requisitos legales, razón por la que se la admite al procedimiento EJECUTIVO que le corresponde.- Por lo tanto se dispone que los demandados dentro del TÉRMINO DE QUINCE DÍAS, conforme lo determinan los artículos 333 y 355 del Código Orgánico General de Procesos, paguen la obligación adeudada, más los intereses correspondientes y las costas procesales o formulen la oposición respectiva con las excepciones de ley, conforme lo determinan los artículos 351, 352 y 353 del Código antes mencionado.- Cítese a los demandados en el domicilio señalado; para lo cual, se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil, con sede en Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsachilas, a quien se le enviará suficiente despacho virtual, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.Agréguese a los autos los documentos que se anexan.- Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y correo electrónico señalado por la parte actora.- Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA: Loja, miércoles 17 de marzo del 2021, las 17h03, VISTOS: Atenta a lo solicitado por la parte actora y en virtud de lo dispuesto en la Resolución 0742020, expedida por el pleno del Consejo de la Judicatura mediante la cual se sustituye el Art. 11 de la Resolución 057-2020, se dispone que la diligencia Juramento a que se refiere el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se realice el día LUNES 22 DE MARZO DEL 2021, a las 14H10, se efectuará a través de medios telemáticos (SISTEMA ZOOM) lo cual garantiza el derecho a la salud y la seguridad que asiste a los intervinientes; al efecto las partes procesales sin excepción se tendrán que conectar vía zoom desde su domicilio y/o lugar en donde tengan acceso a internet, sin la necesidad de acudir a las instalaciones del Complejo Judicial, para el efecto la señora Secretaria del despacho notificará con los datos de conexión al profesional en

Publicidad derecho que lo ha requerido.- Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA.- Loja, veinte y dos de marzo del 2021, a las 14h10.- Comparece ante la Doctora Glenda Castillo, Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Loja y la suscrita Secretaria. Ab. María Eugenia Sánchez, el Doctor Carlos Campoverde, Procurador Judicial del Banco de Loja, a través de medio telemático (ZOOM), con la finalidad de rendir el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.Verificada su identidad por Secretaría, conforme lo dispone el protocolo para video-audiencias, se procedió a recibirle el juramento de Ley, preguntado que fue, al respecto manifestó: “Que pese a las averiguaciones que ha realizado le ha sido imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de la demandada BARREIRO ZAMBRANO JENNY MARIA y que ha efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicarla e incluso ha acudido a los registros de público acceso”.- La presente acta queda debidamente suscrita conforme lo dispone la Ley por la señora Secretaria de la Unidad Judicial Civil del cantón Loja, la misma que da fe de su contenido.- Lo Certifico.OTRA PROVIDENCIA: Loja, martes 23 de marzo del 2021, las 15h34, VISTOS: Por haberse rendido juramento de imposibilidad y justificarse las diligencias efectuadas para ubicar el domicilio de la demandada se dispone la citación por la prensa digital local a la demandada, mediante tres publicaciones en días distintos conforme a lo previsto en el Art. 56.1 del COGEP, debiendo adjuntar la certificación que corresponde y CD en la cual consten la edición digital integra; para el efecto confiérase por Secretaría el extracto respectivo.- Hágase saber.- DRA. GLENDA DEL CARMEN CASTILLO ORDOÑEZ, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA. Particular que se pone en conocimiento del público en general para fines de ley.Loja, 31 de marzo del 2021.

VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021 NA MATILDE CHAMBA; y, por su fallecimiento se contara con sus hijos, en tal virtud.- CÍTESE.- A los demandados señores DELIA DELFICA SARAGURO CHAMBA, en el domicilio señalado, a SERGIO EVARISTO SARAGURO CHAMBA en el domicilio señalado para lo cual se Depreca a uno de los señores jueces de lo Civil o Multicompetente del cantón Arenilla provincia del Oro, ofreciendo reciprocidad en casos similares, remítase el Despacho en forma, y ASTERIA MARINA SARAGURO CHAMBA en la calidad que se invoca, en los domicilios señalados; y, a los Herederos presuntos y desconocidos de los señores JOSE NATIVIDAD SARAGURO y JUANA MATILDE CHAMBA, por la prensa acorde al Art. 56.1 y 58 del COGEP. Cuéntese y Notifíquese: a los señores Arq. RAMIRO MAITA y Dr. LUIS ALFREDO YAGUANA, en calidad de Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal de Paltas, en sus Despachos debiéndose adjuntar la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial.- Conforme a lo dispuesto en el Art. 291 del COGEP, se concede a la parte demandada, el término de TREINTA DÍAS, para que conteste la demanda, a la que acompañaran los medios probatorios con los que cuente; se realizará con las formalidades determinadas en el Art. 53 y siguientes del COGEP.-. De conformidad al Art. 146, 5to inciso Ibídem, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Paltas, para lo cual se notificará a su titular, diligencia que se cumplirá antes de la citación a la parte demanda.-Téngase en cuenta LA PRUEBA ANUNCIADA POR LA PARTE ACTORA, Documental, Testimonial, y Pericial contenida en su escrito de demanda contenida en ocho numerales, la misma que se tramitará en el momento procesal oportuno, se le recuerda a la actora que por la naturaleza del proceso y conforme solicita en su numeral 7, debe practicarse la Inspección Judicial al inmueble con intervención de Perito y se señalara fecha para dicha

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diligencia una vez citados los demandados.- En la sustanciación del proceso conforme se hace conocer fallece la Actora del presente proceso señora TERESA ALEJANDRINA MAZA SARAGURO. A fin que se continúe con el impulso del proceso conforme solicitan los señores BENIGNO EDGAR RUEDA MERINO cónyuge sobreviviente; KARLA MARIA RUEDA MAZA, YANINA TERESA RUEDA MAZA, EDGAR NICOLAS RUEDA MAZA y LUIS FERNANDO RUEDA MAZA, en calidad de herederos quien designan como Procuradora Común a KARLA MARIA RUEDA MAZA para la continuación del proceso.- En atención a lo solicitado y de conformidad a lo previsto en los Arts. 68.1 de la Ley Reformatoria al COGEP y por el fallecimiento de la Actora del presente proceso señora TERESA ALEJANDRINA MAZA SARAGURO. A fin que se continúe con el impulso del proceso notifíquese y publíquese por la prensa conforme lo establecen los Arts. 68.1 de la Ley Reformatoria al COGEP y 56 Ibídem, al efecto concédase el extracto respectivo. En la continuación del presente proceso, téngase en cuenta la comparecencia de los señores BENIGNO EDGAR RUEDA MERINO cónyuge sobreviviente; KARLA MARIA RUEDA MAZA, YANINA TERESA RUEDA MAZA, EDGAR NICOLAS RUEDA MAZA y LUIS FERNANDO RUEDA MAZA, en calidad de herederos quien designan como Procuradora Común a KARLA MARIA RUEDA MAZA, y la autorización concedida a su defensor. Agréguese al proceso los documentos adjuntos NOTIFIQUESE.- FIRMA.DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PALTAS. Particular que pongo en conocimiento de los interesados y público en general, para los fines legales pertinentes. Paltas, miércoles 07 de abril de 2021.- Lo certifico.- EL SECRETARIO.Ab. Juan Pablo Ortega Parra. SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL P/5144

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Dra. María Eugenia Sánchez Montero SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LOJA P/F5142

PALTAS UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE GENERAL CON SEDE EN EL CANTON PALTAS CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales, a los herederos desconocidos y presuntos del causante TERESA ALEJANDRINA MAZA SARAGURO. Conforme a los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General del Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: KARLA MARIA RUEDA MAZA (PROCURADOR COMUN). DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DE LA CAUSANTE, TERESA ALEJANDRINA MAZA SARAGURO. OBJETO DE LA DEMANDA: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO. TRAMITE: ORDINARIO. CUANTIA: INDETERMINADA. JUICIO NRO. 11314-2019-00147. JUEZ: DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN. AUTO DE ACEPTACION A TRÁMITE: VISTOS: Reintegrado a mis funciones, continuo conociendo el presente proceso, en virtud a lo manifestado por la señora KARLA MARIA RUEDA MAZA en el escrito que inmediatamente antecede. En lo principal Teniendo en cuenta que por cumplir con los requisitos establecidos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se califica la demanda de clara, precisa y acepta a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO presentada por la señora TERESA ALEJANDRINA MAZA SARAGURO en contra de los señores: JOSE NATIVIDAD SARAGURO y JUA-

CONTACTOS: 0997262566 / 0992416701 / 2732003 gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec Pasaje Cinchona 207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay, sector 24 de Mayo Twitter: CronicaLoja Facebook: DiarioCronica Instagram: DiarioCronica Issuu: CronicaLoja WhatsApp: 0997262566 DiarioCronica

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Justicia

Mujer trabajaba en prostíbulo clandestino

• Lugar que era utilizado para ejercer actividades de prostitución.

Calvas. Las autoridades acudieron a un domicilio ubicado en la ciudad de Cariamanga por una denuncia de carácter reservada en donde se estaría ejerciendo actividades de prostitución clandestina.

una mujer de nacionalidad peruana. Ella de manera voluntaria supo manifestar que en dicho lugar realizaba actividades de prostitución. Además, en el cuarto encontraron ropa, electrodomésticos (televisor y radio) y varios sobres de preservativos. Con estos antecedentes las autoridades iniciaron el procedimiento correspondiente dirigido al propietario de la vivienda, debido a que la casa está siendo utilizada para actividades fuera de la ley.(I).(FJC).

Los agentes de la Dirección General de Inteligencia (DGI) junto con Intendencia General de Policía, Fiscalía una vez obtenido la orden de allanamiento por parte del juez de la Unidad Judicial ingresaron al bien inmueble y encontraron a

VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021

Local que comercializaba tanques de oxígeno con irregularidades fue allanado en Machala Este jueves 8 de abril se ejecutó un operativo de control con personal de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa), Unidad de Nacional de Investigación de Delitos Aduaneros y Régimen de Desarrollo (Unidard) y Comisaría Nacional de Policía, quienes acudieron a un establecimiento ubicado en el centro de la ciudad de Machala, provincia de El Oro, el cual carecía de permiso de funcionamiento para comercializar o envasar oxígeno gaseoso medicinal. Ante la negativa del propietario al ingreso al establecimiento por parte de las entidades de control, intervino la Fiscalía General del Estado para el respectivo allanamiento, lo cual permitió la identificación de nueve cilindros blancos con oxígeno gaseoso medicinal, de los cuales dos no contenían etiqueta que permita verificar

el Registro Sanitario, fecha de elaboración, caducidad, lote, entre otros; además, se constató inadecuadas condiciones de almacenamiento y carecía de la certificación en Buenas Prácticas de Almacenamiento, Distribución y Transporte (BPA, D y T), constituyéndose en un potencial riesgo para el consumo humano. Los medicamentos fueron decomisados por Unidard para investigar el contenido de los productos, dando custodia a criminalística. Es oportuno indicar que el establecimiento ya lleva un proceso administrativo con Arcsa, debido a que en me-

ses anteriores fue reportado a través de una denuncia ciudadana en donde se identificaron varios incumplimientos a la Ley Orgánica de Salud. Ante la demanda de estos productos en esta emergencia sanitaria por COVID-19, Arcsa solicita adquirirlos en lugares autorizados, así como verificar el etiquetado de los mismos para consumir medicamentos seguros y de calidad. De presentarse irregularidades sanitarias, solicita reportarlas a través de la aplicación de descarga gratuita Arcsa Móvil, disponible en Play Store y Apple Store.

COVID-19 Casos confirmados por cantón CASOS

12.653 1.876 10.383 394 Positivos

Activos

Recuperados

Fecha de corte: Jueves 8 de abril de 2021 Fuente: Ministerio de Salud Pública

SARAGURO

Fallecidos

352

MUESTRAS

35.771 21.131 988 Tomadas

Negativas

En espera

Cantones con semáforo epidemiológico en ROJO

9.285

CHAGUARPAMBA

Edad

Contagiados

0-11 meses

24

1-4 años

70

5 - 9 años

117

10 -14 años

281

15 - 19 años

479

20 - 49 años

7.723

50 - 64 años

2.266

más de 65 años

1.693

OLMEDO

PUYANGO

Personas en aislamiento domiciliario

Provincia de Loja Casos positivos por rango de edades

10

133

1.907 2.945 1.792 Personas en A.P.O.

27

Cantones con semáforo epidemiológico en AMARILLO

AISLAMIENTOS

Personas en CERCO Epidemiológico

I

113 PINDAL

549

ZAPOTILLO

169

Hombres

55

SOZORANGA

839

56

MACARÁ

PROVINCIA DE LOJA / CONTAGIOS POR GÉNERO

6.476

378

PALTAS

CELICA

159

CATAMAYO

6.177 Mujeres

GONZANAMÁ

374 CALVAS

39

QUILANGA

115 ESPÍNDOLA

LOJA


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