CRONICA 06 MAYO 2021 11052

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Loja-Ecuador www.cronica.com.ec diariocronica @cronicaloja 0997262566 Edición Nº 11052

JUEVES 6 DE MAYO DE 2021

Vacunación a personas con enfermedades catastróficas

inició con caos

Adriana Duclos Valdivieso, Madre Símbolo de la Cámara de Comercio (Pág. 2)

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esde este miércoles 05 de mayo, inició la vacunación a personas desde los 18 años de edad que tengan enfermedad catastrófica, sin embargo, el llamado provocó una larga fila que iniciaba en el Complejo Ferial Simón Bolívar y llegaba hasta la ciudadela La Inmaculada, exponiéndolas a un fuerte e intenso sol.

Afiliados preocupados por el incremento del interés en préstamos hipotecarios T

En Zamora Chinchipe:

Buscan a Luo Yaoyu

(Pág. 20)

ras el anuncio del nuevo tarifario para lograr préstamos hipotecarios, varios afiliados acudieron hasta las instalaciones del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) en Loja para conocer de la nueva realidad, ellos están preocupados porque tienen en trámite préstamos.

(Pág. 4) (Pág. 17)

Se suspende el Clásico del Astillero (Pág. 11)

Sicarios matan a una paciente dentro de un hospital de Guayaquil

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Vías estatales y rurales son afectadas por las fuertes lluvias Vías rurales y estatales están siendo afectadas nuevamente por la temporada invernal que se presenta en algunos cantones de la provincia de Loja. Habitantes mencionan que no han llegado las autoridades, ni por campaña, con el objetivo de dar mantenimiento a los carreteros. Situación A pesar que desde Vialsur de la Prefectura de Loja se mencionó que vienen trabajando en tareas emergencias en todas las vías rurales de la provincia con el propósito de no dejar incomunicado a ningún pueblo; moradores de algunos barrios de la parroquia Colaisaca del cantón Calvas, mencionan lo contrario, según ellos desde el inicio del invierno no han llegado y la carretera de segundo orden se está dañando. Por ejemplo, la vía desde Colaisaca- Comuna de Chinchanga-Limón está en una situación crítica. A decir de Martha Andrade, moradora de la comuna de Chinchanga, cada semana se dan entre 2 a 3 accidentes, afortunadamente hasta la fecha no hay personas fallecidas, pero sí con heridas leves. “La vía es intransitable, están en pésimo estado y en algunos tramos está al

•• En el tramo de la vía Macará-Sabiango-Sozoranga, los deslizamientos son constantes. •• Vías rurales afectadas por las lluvias.

punto de irse la mesa, por ende, solicitan la intervención inmediata”, destacó. Vías troncales Mientras que, en la parte rural las lluvias siguen causando afectaciones, en las vías estatales no es la excepción, un ejemplo, la vía Macará-Sabiango-Sozoranga, la cual es limitado

el paso vehicular por los constantes deslizamientos. Romeo Francisco Moreno, alcalde de Sozoranga, mencionó que en realidad el Ministerio de Transporte y Obras Públicas no ha cumplido con la limpieza de la vía Macará-SabiangoSozoranga, “hemos venido haciendo las gestiones desde tiempos atrás, incluso

desde el año anterior”. “Queríamos que se contrate maquinaria o personal humano para la limpieza, pero nada de nada. Es así que, con la ayuda del Municipio de Calvas, Sozoranga y la Prefectura se ha realizado la limpieza vial; cuando se estaba acabando de limpiar, recién llegó la Cartera de Estado, solo una gallineta (retroexcavadora) con lo cual no se hace nada por-

que las inclemencias del tiempo están fuertes”, dijo. Añadió que, por versiones de la gobernadora de Loja, Lorena Costa Jaramillo, la vía aún no es entregada por la compañía constructora y que están en los trámites, sin embargo, “todo mundo conoce que cuando se hace una vía luego de terminarla existe garantías como el mantenimiento y demás”.(I).(FJC).

Adriana Duclos Valdivieso, Madre Símbolo de la Cámara de Comercio A través de la plataforma virtual Zoom, el Comité de Damas de la Cámara de Comercio de Loja realizará el acto solemne de proclamación de Adriana Duclos Valdivieso como Madre Símbolo de la entidad para el período 2021-2022. “Me siento muy emocionada. No tengo palabras para descifrar la gratitud que tengo con todas las socias, es por ello, que cuando me avisaron de la nominación

fue una sorpresa”, dijo. Acotó que cada integrante del Comité son madres empoderadas y cumplen dobles hasta triples retos en la sociedad, porque a más de estar en el hogar cuidando de sus hijos, nietos y demás, ellas también efectúan trabajos ya sea en el entorno comercial u otra actividad. El Comité está conformado por 129 socias. Duclos Valdivieso añadió que comparte con cada una de ellas y todas hacen un buen equi-

po, por ende, invita no solamente a quienes conforman la Cámara de Comercio sino también a todas las madres trabajadoras que tienen negocios para que participen y se afilien al organismo porque tendrán excelentes beneficios. Trayectoria Adriana Duclos Valdivieso contó que su vida fue llena de satisfacción y alegría junto a su esposo Juan de Dios Maldonado, pero hace

24 años su existencia se eclipsó con el deceso de su pareja. Tiene dos hijos fallecidos y dos vivos. A pesar del dolor que le dejó la partida al seno del Creador de su esposo, decidió seguir adelante por el bienestar de sus retoños, los cuales tras varios años de esfuerzo ahora son profesionales y ya con sus respectivos hogares. Homenaje Invita a los lojanos a darle

•• Adriana Duclos Valdivieso, Madre Símbolo de la Cámara de Comercio de Loja periodo 2021-2022.

todo el amor a las madres porque son únicas en este mundo, pero no solo en esta fecha importante sino los 365 días del año.(I).(FJC).


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Vacunación a personas con enfermedades catastróficas inició con caos Desde este miércoles 05 de mayo, inició la vacunación a personas desde los 18 años de edad que tengan enfermedad catastrófica, sin embargo, el llamado provocó una larga fila que iniciaba en el Complejo Ferial Simón Bolívar y llegaba hasta la ciudadela La Inmaculada, exponiéndolas a un fuerte e intenso sol.

Situación A decir de David Pérez, ciudadano que padece cáncer, “la mala organización de las entidades pertinentes vuelve a lo que sucedió días atrás en otros puntos de vacunación -provocar largas filas- y no se compadecen de nosotros que tenemos una enfermedad”. Por su parte, Eusebio Castillo, quien estaba en la fila de espera para su madre que padece insuficiencia renal, indicó que “da la impresión que las autoridades de Gobierno fundamentalmente del Ministerio de Salud y Gobernación no pueden dejar de humillar o exponer a los ciudadanos

•• Largas filas para la vacunación de personas con enfermedades catastróficas.

a cuestiones climáticas, ya que la fila inicia en el área de los conciertos y finaliza en el sector de la ciudadela La Inmaculada, lo cual es totalmente inaudito”. Sin embargo, durante el recorrido del medio de comunicación se constató que habían personas que no tenían enfermedad catastrófica, pero que habían llegado por si acaso les vacunen contra la COVID-19. Rafael Dávila, prefecto de Loja y que apoya con la logística para el desarrollo de esta actividad de inmunización, expresó que hay dos factores que ha conducido

a este caos; el primero, es que quizás por nervios a que se terminen las vacu-

nas les llevó a muchas personas a acudir al Complejo Ferial (sitio donde se desa-

rrolla el proceso de vacunación). Segundo, constataron que hay mucha gente que no tenía que venir, porque no tienen ninguna enfermedad catastrófica, pero que estaban en la fila buscando ser vacunados. En ese sentido, llamó a la ciudadanía a la calma y que vayan poco a poco al Complejo para la administración de las dosis. La actividad se desarrollará de lunes a sábado de 08h00 hasta las 16h30 durante los próximos 15 días.(I).(FJC). P

Dato •

Las personas llamadas a vacunarse son las que poseen enfermedades catastróficas: diabetes tipo I y II, insuficiencia renal crónica, enfermedades respiratorias crónicas, EPOC (enfermedad pulmonar obstructiva crónica) y cáncer. P/F5202


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Afiliados preocupados por el incremento del interés en préstamos hipotecarios Tras el anuncio del nuevo tarifario para sacar préstamos hipotecarios, varios afiliados acudieron hasta las instalaciones del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) en Loja para conocer de la nueva realidad, ellos están preocupados porque tienen en trámite préstamos. Circunstancias El nuevo tarifario de intereses del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) que rige desde mayo de este año revela un incremento de 5,9% a 6,7% la tasa de interés de préstamos hipotecarios para viviendas populares. Sara Calderón,

quien desde hace un mes viene tramitando un préstamo de USD 50.000 para la construcción de una casa, mencionó que decidió llegar hasta las instalaciones del Biess para conocer cómo avanza su trámite y cómo le afectará este cambio. “La respuesta de las autoridades fueron que como es un crédito nuevo ya se aplicaría el interés del 6,7%. Los intereses que no eran superiores a USD 5000 con el porcentaje anterior, ahora llegarían hasta los USD 10.000, eso me está siendo dudar si podré pagar las cuotas mensuales”, dijo. Desde la entidad se conoció que el incremento del

•• Ciudadanos que buscan un préstamo hipotecario llegaron hasta las instalaciones del Biess.

porcentaje será efectivo para los nuevos présta-

Homenaje a la madre en Radio Matovelle 100.1

“La madre es la luz del día, la razón de la alegría y la que prodiga amor con sus cuidados”.

Radio Matovelle 100.1 rinde homenaje a las madres con un programa especial. La presentación de poe-

sía, entrevistas, música, mensajes y anécdotas es parte de esta producción periodística que se presentará el sábado 08 de mayo de 10h00 a 12h00. Su reprise es el domingo 9 de mayo en el mismo horario. Gracias al gentil apoyo de auspiciantes es posible promover esta producción para rendir pleitesía a la madre. La audiencia de Radio Matovelle puede ser parte de este programa que además se proyecta mediante redes sociales. Prevalecerá la música nacional para destacar el valioso talento de sentimentales voces del ayer que permanecen en el tiempo porque conquistaron el corazón del público que constantemente los solicitan. Pueden participar a través del 2572014.

mos hipotecarios y serán en los rangos que se encuentran las casas de los segmentos de Vivienda de Interés Social (VIS), con un avalúo comercial de hasta USD 71.064; y de Vivienda de Interés Público (VIP), con un valor comercial entre USD 71.064 y USD 91.368. A decir, de Juan Carlos García, presidente del Colegio de Ingenieros de

Loja, indicó que todo incremento de las tasas de intereses en las entidades financieras y en este caso el Biess, va a generar una reducción en la cantidad de personas que busca adquirir un préstamo, lo cual rebota en disminución de ejecución de obras y con ello fuentes de trabajo, ya que todo va encadenado. (I).(FJC).

Resoluciones del COE Cantonal Loja El COE cantonal de Loja, el miércoles 05 de mayo, resolvió • Solicitar a la ciudadanía abstenerse de realizar reuniones sociales o familiares por el Día de la Madre. • Autorizar el desarrollo de serenatas por el Día de la Madre bajo los lineamientos estrictos del COE Nacional. • Fortalecer operativos de control interinstitucional en el día y en los horarios de toque de queda. • Reforzar operativos conjuntos para vigilar el

cumplimiento de las medidas de bioseguridad y el cumplimiento estricto de lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N°1291. • Recordar a la ciudadanía que el funcionamiento de giros de venta es hasta las 19h00, excepto farmacias y centros de salud. • A partir del 20 de mayo, una vez finalizado el estado de excepción y de acuerdo a la situación epidemiológica de la pandemia en el cantón Loja, se analizará el pedido de reapertura de espacios deportivos.


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203 mil estudiantes Construyen empezarán clases en Zona 7

descarga de aguas lluvias en calle Mercadillo

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urante el año lectivo, mientras no exista una asistencia regular a las aulas, las instituciones educativas no podrán exigir la compra de uniformes Las clases en el régimen Costa empezarán el 7 de mayo bajo el Plan Aprendemos Juntos en Casa. En la provincia de El Oro son 170.735 estudiantes; mientras que, en la provincia de Loja, son 33.016 estudiantes matriculados. Estos son pasos provisionales porque todavía se encuentran vigentes varios procesos como las matrículas extraordinarias que inician el 17 de mayo. La coordinadora de Educación Zona 7, Magda Salazar González, informó que la primera tarea de los docentes es la nivelación pedagógica de los estudiantes. Puede extenderse hasta la semana 6 e incluso hasta la semana 10 en caso de ser necesario. Recordó además que, el COE Nacional en resolución de

21 de abril de 2021, dispuso la suspensión de las clases presenciales de los planes piloto previamente autorizados, hasta el 20 de mayo. En el caso de la Zona 7, existen 242 PICE (Planes institucionales de continuidad educativa) aprobados, de los cuales 111 son del régimen Costa (75 Loja y 36 El Oro). Para el caso de las instituciones educativas particulares, la Coordinadora aseguró que no existe autorización para el incremento de matrículas y pensiones. Si se presentan estos casos, los padres de familia pueden denunciar en los Distritos respectivos. Añadió que, mientras no exista una asistencia regular a las aulas, no podrán exigir la compra de uniformes. “La solicitud de útiles escolares es opcional, por lo

que no se podrá obligar a la compra de éstos”. En lo referente a los textos escolares, para Educación General Básica se deberá priorizar la adquisición de los textos que apoyen procesos en los que los y las estudiantes puedan interactuar con los mismos. Magda Salazar comentó que luego de concluir la vacunación docente, con la aplicación de la segunda dosis, las posibilidades de un retorno presencial aumentan. “Nos da mucha esperanza para que el acompañamiento pedagógico, retorno de los maestros, nivelación se puedan desarrollar de manera segura”. En la provincia de El Oro existen 560 instituciones educativas, y 8.962 docentes; mientras que, en Loja, 787 planteles educativos, y 3.390 profesores, del régimen Costa.

Resoluciones COE Nacional 05 de mayo de 2021 El COE Nacional, en sesión permanente del miércoles 05 de mayo de 2021, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió: 1. Autorizar la solicitud presentada por el Ministerio de Cultura y Patrimonio, para implementar el “Protocolo Para Que Trabajadores De La Cultura Del Campo De La Música Puedan Laborar De Manera Excepcional En La Celebración Del Día De La Madre En Mayo De 2021.”, para lo cual se establecen los siguientes lineamientos: a. Los trabajadores de la cultura que se acojan a esta modalidad deben

ser parte del Registro Único de Artistas y Gestores Culturales (RUAC). b. Esta normativa estará vigente para los días: viernes 07, sábado 08, domingo 9 de mayo de 2021 entre las 09h00 y 20h00. c. Para el traslado de los trabajadores de la cultura que se acojan a esta modalidad deberán portar un salvoconducto emitido por el Ministerio de Cultura, según el procedimiento establecido e incluyendo la siguiente información: i. Recorrido exacto que debe incluir el número de paradas

para cada día. ii. Nombres, apellidos, cédula de identidad o RUAC. iii. Contacto de los destinatarios del servicio artístico contratado: Nombre, cédula, teléfono de contacto. d. El número máximo de artistas y trabajadores relacionados con el espectáculo por presentación será de 8 y el tiempo máximo de duración será de 30 minutos. e. El espectáculo deberá realizarse únicamente en exteriores. f. No están permitidas las aglomeraciones.

En la calle Mercadillo y Manuel Agustín Aguirre se construye la descarga de alcantarillado pluvial que recogerá las aguas lluvias de los sectores Miraflores, Peñón del Oeste, avenica Eugenio Espejo que son zonas pendientes y en fuertes precipitaciones descargan bastante agua. La obra que se ejecuta corresponde a un proyecto grande de alcantarillado sanitario y pluvial de la parte occidental que va desde La Tebaida, abarca los barrios Miraflores Alto y Bajo, Peñón del Oeste y llega a la calle Juan José Samaniego. Este proyecto global tiene un costo de cinco millones de dólares y se ha empezado con la ejecución de la descarga. Rafael González, director de la Umapal, menciona que las labores se ejecutan con

fondos emergentes que se dieron tras la declaratoria de emergencia por parte del Alcalde, en este tramo se invierte 226 mil dólares. Los trabajos consisten en la colocación de 348 m de tubería, de los cuales 324 m son tubería de hormigón armado centrifugado de 1200 milímetros de diámetro interno y 1500 de diámetro externo. A decir de González es tubería de alta resistencia que tiene un periodo de vida útil de aproximadamente cien años. Además, instalarán 27 m de tubería de mil milímetros y se construirán 20 sumideros grandes, once pozos de revisión especiales, con el objetivo que de proyectarse nuevos asfaltos resistan estos trabajos y no causen problemas. La obra se entregará en un plazo de sesenta días y se ejecuta por contrato.

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UTPL oferta 17 maestrías en dos modalidades de estudio Para el periodo octubre 2021 – febrero 2022, la Universidad Técnica Particular de Loja oferta 17 maestrías en distintas áreas del conocimiento y en dos modalidades de estudio: Presencial y a Distancia. Los programas de maestría son impartidos por docentes de alto nivel, locales y extranjeros, quienes lideran metodologías de enseñanza innovadoras con herramientas tecnológicas de vanguardia. Natalia Lutsak, directora de posgrados menciona que los 17 programas de cuarto nivel se han diseñado acorde a los estándares internacionales de calidad educativa adaptando los contenidos de los módulos para dar respuesta a la sociedad pospandemia en donde es primordial el uso de la tecnología y la actualización profesional. Las maestrías que oferta la UTPL, contribuyen a elevar el nivel de eficiencia económica de sus estudiantes en distintas áreas de ocupación, favorecen el acceso a mayores y mejores oportunidades de trabajo para sus graduados y, sobre todo, incrementan su capacidad de abordar las demandas de la sociedad con soluciones innovadoras y creativas, generando desarrollo y, por ende, mejorando el entorno local y nacional. Beneficios Los profesionales en formación manifiestan que prefieren a la UTPL por su solvencia académica demostrada a lo largo de 50 años de trayectoria institucional, la misma que sigue construyéndose día a día por los docentes formados en las prestigiosas universidades del mundo con una sólida trayectoria de investigación y vinculación con la sociedad. A este elemento diferenciador se suman los laboratorios

equipados con la tecnología e infraestructura de punta necesarias para una formación de calidad. Presencialidad adaptada La Directora de Posgrados señala que por la situación de emergencia sanitaria que se vive en el país, las clases de los programas presenciales no se pueden dictar con la presencia física de los estudiantes y profesores en las aulas, por lo cual la interacción se realiza en los entornos de aprendizaje virtual de manera síncrona en tiempo real, es decir, mediante la conexión desde distintos lugares al mismo tiempo. Las herramientas tecnológicas educativas y, de manera especial, las estrategias, técnicas pedagógicas y didácticas que manejan y emplean los docentes UTPL, garantizan una formación de calidad, motivadora e inspiradora, en marco de esta nueva modalidad emergente, llamada la presencialidad adaptada. Facilidades acceso El periodo de la postulación está abierto hasta el 15 de junio de 2021, a través de la página web www.utpl.edu. ec/maestrías. Para el financiamiento de los estudios la UTPL ofrece los descuentos y facilidades como pronto pago, pago en efectivo o con tarjeta de crédito, Alumni-UTPL. Se

puede fraccionar el pago del valor del programa que se ha elegido para estudiar en dos cuotas semestrales o financiar la matrícula por medio de un crédito educativo con cualquier entidad bancaria del país. Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL) La UTPL es una institución de educación superior que sur-

ge el 3 de mayo de 1971, al sur del Ecuador, para contribuir al desarrollo sostenible del país, a través de una enseñanza de calidad en dos modalidades de estudio: presencial y a distancia, y con programas de grado, postgrado, educación continua y formación empresarial. Alineada de forma indisociable a la academia, investigación, innovación y emprendimiento, la universidad se fundamenta en el humanismo de Cristo para ser impulsora de una formación integral en valores y competencias académicas. Con 50 años de experiencia, la UTPL se consolida en un Parque Científico y Tecnológico que permite experimentar y crear el propio conocimiento a la vanguardia del siglo XXI, para finalmente —desde una visión global con aplicación local— transferirlo a la sociedad, generando soluciones innovadoras a problemáticas reales del entorno.

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Presencial

1 año


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Nacional

8 precandidatos para presidir la nueva Asamblea Nacional Hay 8 precandidatos a la presidencia de la asamblea. Las negociaciones siguen, pero nadie parece ceder a menos de 10 días para que se instale la sesión en la que se definirán las autoridades del legislativo. Las posibilidades cada día se incrementan y es que con el pasar de las horas en lugar de disminuir, los aspirantes a la presidencia de la Asamblea más bien aumentan. Por ahora las cosas están así. UNES propone a: • Pierina Correa • Sofía Espín Pachakutik a: • Salvador Quishpe• Guadalupe Llori Partido Socialcristiano: • César Rohon • Henry Kronfle • Carlos Falquez Independientes: • Virgilio Saquicela Pero, ¿cómo avanzan las

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Ordenan a delegación electoral de Manabí para que abra 137 urnas

•• Carlos Vera Mora del Partido Social Cristiano lidera el colectivo.

•• El 14 de mayo la nueva Asamblea se reunirá para designar a sus autoridades.

negociaciones? quien parece tenerlas más adelantadas es Pachakutik. Pues tiene ya un acuerdo con Izquierda Democrática y algunos independientes. Deben decidir entre Quishpe y Llori en los próximos días. Pero no les alcanza aún a los 70 votos y esperan que las conversaciones con Creo y el Partido Socialcristiano rindan frutos. Sin embargo, el partido Socialcristiano suma en sus cuentas los votos de Creo en base a la alianza que alcanzaron desde campaña. En los próximos días decidirán entre sus 3 candidatos.

No se niegan a hablar con nadie incluso con UNES. En el correísmo reconocen conversaciones con varias tiendas políticas y mantienen su postura que de el presidente o presidenta de la Asamblea debe ser de su bancada por ser la más numerosa. Pero nadie quiere ceder y a esto se suman los independientes, 11 de ellos reunidos este martes también tienen su candidato, el exalcalde de Azogues, Virigilio Saquicela. La mayoría dice que hasta el viernes deberán tener ya un panorama claro.(I)

El juez de la Unidad judicial Multicompetente de Montecristi, Vicente Pico Lozano, resolvió dar paso a una solicitud de medida cautelar de carácter constitucional solicitada por miembros del colectivo Manabí, para que se ordene a la Junta Provincial Electoral de Manabí (JPEM), a que en 48 horas abra 137 urnas con inconsistencias del distrito sur de esta provincia. Carlos Vera Mora, del Partido Social Cristiano uno de los integrantes de este colectivo político es quien reclama haber sido perjudicado en su votación que le privaría el derecho de adjudicarse uno de los cinco escaños que para legisladores de Manabí se designan al distrito sur. “Efectivamente porque acuérdese que esta resolu-

ción es de carácter constitucional, esto es primero de ejecución inmediata y no corren términos, corren horas”, aseguró Vera. “Ese expediente (resolución del TCE), que es una vía administrativa electoral fue archivado, entonces nosotros accionamos aquí este tema de orden constitucional, que son medidas constitucional de amparo para efectos de determinar el derecho que tenemos los ciudadanos manabitas a elegir y ser elegidos y la única manera de verificar el contenido de nuestra voluntad es ir a las urnas”, profundizó Vera. La mayoría de las 137 urnas que se disponen abrir pertenecen a Santa Ana, Portoviejo, Jipijapa, Montecristi y Paján, siendo los dos primeros cantones nombrados en donde se hallaron más inconsistencias.(I)

Sicarios matan a una paciente dentro de un hospital de Guayaquil Sicarios asesinaron a tiros este miércoles a una mujer, presuntamente de nacionalidad peruana, en un hospital privado de Guayaquil en lo que aparenta ser un error de identificación, en un caso que sigue bajo investigación policial. El suceso se produjo a primera hora de ayer en la clínica privada Kennedy, en el norte de la ciudad, informó la Policía, cuando los asesinos, que llegaron vestidos de agentes policiales y entraron por el corredor de emergencias, hicieron

varios disparos contra una mujer ingresada en una habitación de la segunda planta. La Policía está investigando quién era la ciudadana asesinada, cuya identidad no se ha revelado oficialmente aunque varios medios locales la identificaron como Karla Cecilia Rocheti León, de 41 años y nacionalidad peruana. El general César Zapata, comandante de la Policía Nacional en el distrito 8 de Guayas, dijo a los medios que los asesinos preguntaron por la habitación de un

individuo y cuando entraron abrieron fuego contra ella, aunque podrían haber estado buscando a otra persona. “Van directamente a esa habitación, abren la puerta y proceden a hacer los disparos. En la escena existen aproximadamente 16 restos balísticos, aparentemente de arma larga”, explicó el jefe policial, al confirmar que el individuo al que creen que buscaban los sicarios había estado en esa misma habitación. Se trataría de un hombre con antecedentes penales

•• El arma aparentemente con la cual cometieron el asesinato en el norte de Guayaquil.( Twitter )

que ya había sido blanco de otro intento de asesinato en la vecina localidad de Posorja y que “fue dado de alta ayer o antes de ayer”. “Manejamos varias hipótesis, creemos que el ataque estaba direccionado al ciudadano que anteriormente se encontraba en esa sala, porque ellos fueron directamente a averiguar dónde es la habitación 1120”, agregó el comandante. La Policía ha encontrado

un vehículo presuntamente utilizado en el crimen en la zona de Portete, un suburbio de Guayaquil. “Al momento tenemos como evidencia el vehículo y estamos viendo las cámaras. También tenemos un arma aparentemente con la cual cometieron el asesinato. De acuerdo a los videos fueron cinco personas -todos hombres- las que ingresaron a este hecho”, afirmó a las afueras de la clínica.(I)


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‘Capaya’ y WorleyParsons, otros beneficiarios del desvanecimiento de glosas Las glosas que se desvanecieron en la Contraloría General no habrían beneficiado solo a la empresa Nolimit. Otros funcionarios y contratistas de Petroecuador también se habrían librado de las sanciones económicas. Las red de corrupción -que presuntamente operó en Petroecuador, la Contraloría y en la Presidencia de la República- es más grande lo que parece. Las investigaciones de la Fiscalía, en torno al caso Las Torres, arrojan más detalles, montos, pagos y nombres de supuestos involucrados. 21 días después de que se abrió la instrucción fiscal, el expediente ya tiene más de 100 cuerpos. Es decir, hay miles de hojas y documentos que alimentan la hipótesis de la Fiscalía. Esa red de corrupción se dedicó, según la tesis fiscal, a cobrar sobornos a contratistas del Estado a cambio del pago de planillas atrasadas y del desvanecimiento de glosas establecidas tras las auditorías de la Contraloría. El pago de sobornos en Petroecuador no es algo nuevo. El mismo expediente detalla que esa fue una práctica común, realizada por las autoridades de turno de la empresa estatal, entre 2012 y 2019. Es decir durante los gobiernos de Correa y Lenín Moreno. Pero, la supresión de glosas, aunque había sospechas, es la primera vez que llega al ámbito judicial. La Fiscalía ya tiene documentos y declaraciones sobre el mecanismo que habría funcionado en la entidad para el desvanecimiento de las glosas. Estas son sanciones económicas impuestas a funcionarios y contratistas cuando la auditoría detecta perjuicios para el Estado. Por ahora, la Fiscalía ha hablado de la empresa Nolimit, proveedora de Petroecuador. Sus dueños habrían pagado sobornos a cambio del desvanecimiento de cinco glosas por USD 13 millones. Pero, esa empresa al parecer no es la

única beneficiaria de esos movimientos. La información llegó por correo Aunque las glosas se determinaron y se desvanecieron en Ecuador, fue la justicia de Estados Unidos la que encontró las primeras pistas de la corrupción. El Departamento de Justicia de ese país procesó y sentenció por lavado de activos a Raúl de la Torre, sobrino del contralor Pablo Celi y asesor de Petroecuador. Celi está procesado por el caso Las Torres y está detenido en la Cárcel 4 de Quito. En medio del juicio de De la Torre, los investigadores estadounidenses recopilaron documentos, contratos, pagos, grabaciones y más pruebas sobre esta trama. La Fiscalía ecuatoriana solicitó esa información bajo la figura de asistencia penal internacional. Los primeros datos llegaron a finales de 2020. Posteriormente, el Ministerio Público solicitó un alcance de la información. El 9 de febrero de 2021, Angela George, funcionaria del Departamento de Justicia, notificó a la Fiscalía que había enviado por correo una unidad de almacenamiento USB con toda la información del caso. Según el correo electrónico de George, la memoria USB contenía registros bancarios, registros corporativos, registros inmobiliarios, declaraciones de los testigos, contratos, resoluciones de la Contraloría ecuatoriana, fotos del dinero, recibos y grabaciones. Parte de las imágenes que envió Estados Unidos y forma parte del expediente del caso Las Torres. Primicias La Fiscalía recibió el dispositivo, lo ingresó a cadena de custodia y solicitó a la justicia su materialización. Finalmente, el 4 de marzo de 2021 se dio la audiencia privada de exhibición de la evidencia. Los documentos se materializaron y hoy forman parte de las decenas de carpetas que analiza la Fiscalía. WorleyParsons a escena Entre los documentos que

limit por los incumplimientos del cronograma para la entrega de las bombas. El exvicepresidente Jorge Glas y el exgerente de Petroecuador, Carlos Pareja Yanuzzelli, recorren la Refinería de Esmeraldas en 2015. WorleyParsons se encargó de supervisar su fallida rehabilitación. WorleyParsons se encargó de supervisar su fallida rehabilitación.

llegaron desde Estados Unidos, hay exámenes y resoluciones de la Contraloría ecuatoriana. Entre ellos figuran las resoluciones del desvanecimiento de glosas que fueron firmadas por los subcontralores encargados Luis Miño y Nelson Dueñas. En las versiones que ambos dieron a la Fiscalía aseguraron que recibieron órdenes verbales de Pablo Celi, contralor general del Estado, para firmar esos documentos. Esas resoluciones evidencian, entre otras cosas, que no solo Nolimit se benefició de esos movimientos ilegales. Unas de estas glosas, por USD 5,7 millones, se estableció por el contrato R20122048 suscrito por la empresa Nolimit y Petroecuador, en 2012. Ese contrato fue firmado por Carlos Pareja Yannuzzelli (Capaya), quien en esa época era gerente de la Unidad de Negocios de Refinación de Petroecuador, y Fernando De la Paz, gerente de Nolimit, quien representaba en Ecuador a la empresa japonesa-alemana especialista en sellos EagleBurgmann. El contrato era para la modernización del sistema de sellado, planes API, renovación y up grade de bombas, ejecución de servicios complementarios en Refinería de Esmeraldas. Inicialmente, la Contraloría había establecido tres glosas por un total de USD 5,7 millones contra: Diego Rovere, intendente de Mantenimiento de la Refinería de Esmeraldas y administrador del contrato. Se lo responsabilizaba por no haber vigilado que Nolimit cumpliera con el crono-

grama de ejecución de las obras. WorleyParsons, la empresa fiscalizadora de la obra porque no comunicó al administrador del contrato los retrasos injustificados en la entrega de los equipos rotativos, sellos mecánicos, entre otros. Nolimit por los incumplimientos en el cronograma. El 19 de septiembre de 2018, Luis Miño -por orden verbal de Pablo Celi, según dijo en su versión ante la Fiscalía- firmó el desvanecimiento de esas glosas por cuanto “no se pueden aplicar multas en base a (sic) un cronograma que no fue previsto contractualmente”. ‘Capaya’ también se salvó Otras glosas desvanecidas fueron por USD 1,9 millones. Se referían al contrato 2013024. En ese caso también estaban dirigidas contra Rovere, WorleyParsons y Nolimit. Se los señalaba por haber modificado el contrato sin el proceso y documentación de ley. Pero, el 11 de septiembre de 2018, Miño también firmó el desvanecimiento. Ese mismo 11 de septiembre, Miño había firmado otro desvanecimiento de glosas relacionado con Nolimit. Se trata de la sanción por USD 1,3 millones, referente al contrato RGER-2014054 por USD 44 millones para trabajos en la Refinería de Esmeraldas. En ese caso, los sancionados eran Samuel Vernaza, funcionario de Petroecuador asignado a la Refinería de Esmeraldas. La Contraloría lo señaló, inicialmente, por no gestionar la aplicación de multas en contra de No-

Vicepresidencia Y, la entidad de control también glosó a Pareja Yannuzzelli, quien entonces se desempeñaba como gerente de Refinación de Petroecuador. Y, según la Contraloría, autorizó los informes del administrador con la modificación de las fechas de entrega. Pero, al igual que en los otros casos, Miño desvaneció las glosas. WorleyParsons: un viejo conocido de la corrupción El nombre de Carlos Pareja Yannuzzelli es común en los casos de corrupción del sector petrolero ecuatoriano. Actualmente, el exfuncionario está detenido en la Cárcel de Ambato y acumula penas por casi 40 años. WorleyParsons tampoco es ajena a estos problemas. La empresa multinacional de origen australiano recibió un contrato de Petroecuador por más de USD 140 millones, para la supervisión y gestión del fallido programa de rehabilitación de la Refinería de Esmeradlas. Worley está vinculada con el Grupo Azul. Una de las entidades que forman parte de ese Grupo, Tecniazul, era socia directa de WorleyParsons. En 2016, la revelación de los Panama Papers, detalló que las empresas del Grupo Azul hicieron pagos irregulares al exgerente de Petroecuador, Álex Bravo, a través de empresas domiciliadas en Panamá. Además, Marco Prado, exprocurador de Petroecuador, declaró en Estados Unidos que WorleyParson y Tecnoazul recomendaron la contratación de la empresa MMR Group en junio de 2014, por parte de Petroecuador. (I)Primicias


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El 69% de los empleos en Ecuador puede ser reemplazado por robots L

a automatización golpeará a los negocios pequeños, a los adultos mayores y a las mujeres, según el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Antes de la pandemia de COVID-19 la adopción tecnológica en América Latina había sido más lenta que en otras regiones y la automatización parecía lejana, esto cambió con la aceleración digital tras la emergencia sanitaria que comenzó en 2020. En el ámbito laboral esa nueva realidad está inclinando la balanza hacia un mayor uso de robots. En el caso de Ecuador el 69% de los trabajos tiene un alto riesgo de ser automatizado en el futuro, según el reporte el futuro del trabajo en América Latina y el Caribe, del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Se entiende por automatización el proceso en el que nuevas tecnologías, como la robótica y la inteligencia artificial, reemplazan a las personas en la realización de tareas y actividades. De los 12 países que analiza el estudio, Guatemala y El Salvador son los que tienen el mayor porcentaje de empleos con probabilidad de ser reemplazados por robots, con 75% en cada caso. Aunque esas previsiones del BID aún tardarán en concretarse, si los robots llegaran hoy a América Latina, con la tecnología que hay disponible, desplazarían al 6% de la fuerza laboral. Reducir costos La eventual automatización de los empleos en Ecuador y América Latina responde a la aceleración digital, pero también a la dinámica de comercio exterior. “La automatización permite aumentar la productividad y, por consiguiente, incrementar las exportaciones de los países”, explica Christian Volpe, economista Principal en el Sector de Integración y Comercio del BID. Volpe agrega que “la automatización disminuye el costo relativo de producción en los países desarrollados y reduce las ventajas de los cos-

tos asociadas al offshoring hacia los países en desarrollo. Como consecuencia, puede haber una disminución de la participación de los países en desarrollo en las cadenas mundiales de valor”. El offshoring es la subcontratación de determinados servicios en otras zonas geográficas, con el objetivo de reducir costos. Rutina en peligro Las consecuencias de la automatización golpearán especialmente a los negocios pequeños, a los adultos mayores y a las mujeres, afirma el BID. “Las personas que realizan tareas más rutinarias y fácilmente codificables son las que sufren directamente la pérdida de trabajos por la automatización”, explica el informe. Y por la pandemia a ese grupo se suman los trabajadores que dependen del contacto presencial. El BID

reconoce que la automatización significa que habrá tareas que serán reemplazadas por máquinas, pero agrega que eso no significa menos trabajo. “Es cierto que hay empleos que se destruirán porque una máquina los realizará de forma más eficiente, pero a cambio se crearán otros trabajos que demandarán habilidades que solo los seres humanos tienen“, afirma el estudio. 10 habilidades para derrotar a los robots Por la automatización y el teletrabajo la mitad de los trabajadores en el mundo tendrá que capacitarse de nuevo, es decir desarrollar nuevas competencias y habilidades, sostiene el informe sobre el Futuro de los Empleos del Foro Económico Mundial. Pero, ¿cuáles son esas nuevas habilidades? El Foro Económico enu-

mera 10, entre las que se encuentran pensamiento analítico e innovación y uso seguimiento y control de la tecnología. Otras aptitudes que han empezado a cobrar relevancia-por la pandemia- son: • La autogestión y el aprendizaje activo, la resistencia, la tolerancia al estrés y la flexibilidad frente a la incertidumbre. • La necesidad de aprender nuevas habilidades responde al surgimiento de nuevas industrias y nuevas formas de trabajo, por la adopción de tecnología y nuevos hábitos de comportamiento. • Algunos de los empleos que ya están siendo más demandados son: Especialistas en comercio electrónico y redes sociales orientados al consumidor. Ingenieros en tecnología financiera en el área de finanzas y servicios. • Biólogos y genetistas. Y hay empleos que están siendo desplazados y, por lo tanto, sus habilidades perderán valor en el mercado laboral. • Algunos de ellos son: Contadores y auditores. Cajeros de bancos. Trabajadores de la construcción. Por ejemplo, ya existe un robot obrero capaz de colocar 1.000 ladrillos

por hora. Aunque su adopción en países de la región aún es lejana porque una empresa necesitaría invertir USD 400.000 para comprar esa máquina. Con ese monto de dinero la misma empresa podría pagar el sueldo de 10 albañiles durante ocho años en Ecuador. Los cobots Más allá del reemplazo de los trabajadores por robots, la automatización también tiene un efecto de complementariedad, afirma el BID. ¿Por qué? Porque en el mundo ya hay sectores en los que se ha observado la proliferación de cobots o robots colaborativos. “Los cobots son máquinas requieren la intervención humana para operar en un entorno en el que el trabajador y la tecnología cibernética realizan tareas complementarias”, explica el BID. Loup Venture, una empresa de capital de riesgo, prevé que para 2021 el 34% de los robots industriales será cobots. Eso significa que en cuatro años un tercio de las máquinas no reemplazarán a los trabajadores, sino que complementarán su trabajo, liberando tiempo para que los empleados desarrollen actividades más creativas e innovadoras, concluye el BID. (I)Primicias.


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Emelec jugará contra Deportes Se suspende el Clásico del Astillero Tolima el viernes 7 de mayo La Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) resolvió y comunicó a la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) que el partido que este día miércoles por la noche debían disputar, en Colombia, Deportes Tolima y Emelec, por la tercera jornada del grupo G de la Copa Sudamericana 2021, será reprogramado para el viernes 7 de mayo en el estadio Monumental de la ciudad de Lima. “En función a la falta de garantía por parte de las autoridades pertinentes que aseguren la realización del partido del día 5 de mayo entre Deportes Tolima y

Emelec por la fase de grupos de la Copa Sudamericana 2021, dicho encuentro queda suspendido en Ibagué”, inicia el comunicado firmado por el secretario general adjunto de esa entidad, al que tuvo acceso El Universo. Y continúa: “El partido será reprogramado para el próximo viernes, 7 de mayo, a las 19h00 horas horario local, en el estadio Monumental de Ate, en la ciudad de Lima”. Dicho esto por el organismo rector del fútbol sudamericano, los planteles tendrán que coordinar sus desplazamientos hacia la capital peruana. En el caso del cuadro eléc-

Las secuelas que deja la COVID-19 en pacientes leves y moderados La mayoría de pacientes leves y moderados que salen de un cuadro de COVID-19 deben continuar con un tratamiento luego de la enfermedad. Esto ayuda a prevenir la fibrosis pulmonar que en muchos casos se desarrolla tres o cuatro meses después, si no existe un manejo adecuado. Mélida tiene 30 años, hace 9 meses se contagió de coronavirus y podría decirse que su cuadro fue leve, pero aun así tuvo secuelas post COVID-19. En este caso, cuando hablamos de un cuadro de COVID-19 leve, la recuperación del paciente suele ser más rápida y se puede reintegrar inmediatamente a su vida cotidiana. Pero, ¿qué sucede con un paciente que tuvo un cuadro moderado o severo? El neumólogo Fernando Gualpa, quien estuvo inclusive en un estado complicado, explica las diferencias. “Paciente moderado es simplemente quien requiere de hospitalización con manejo de oxígeno suplementario, mientras que el paciente

severo requiere manejo en terapia intensiva con ventilación mecánica”. Lo importante indica el médico, es que en cualquiera de los dos casos el paciente requerirá un tratamiento post COVID-19 a partir de la cuarta semana de recuperación que incluye una evaluación clínica, tomográfica y de función pulmonar. Esta última se la realiza a través una espirometría. El galeno explica que esta sirve para ver cuál es el riesgo de formación de trombos en el cuerpo y si esto es positivo, se trata de un paciente que tiene más riesgos de desarrollar trombos. En una tomografía de pulmón, donde se observa manchas blancas se indica que hay una afectación por COVID-19. A partir de 3 meses, lo ideal es que desaparezcan y la imagen del pulmón sea más oscura, sin manchas. A parte del tratamiento médico, el especialista recalca que la clave es la predisposición y el estado anímico del paciente que podrá marcar la diferencia para una recuperación rápida y exitosa.(I)

trico, su presidente Nassib Neme le dijo que el viaje de retorno a Guayaquil “se hará vía aérea a Bogotá (desde Ibagué) y luego al destino final. Pero no vamos a movernos hasta saber la nueva sede del partido (de Copa Sudamericana) y cuándo ocurrirá. Esa información la tendremos en breve”. Una vez confirmada la sede para la reprogramación del compromiso, la delegación azul podrá tomar rumbo a territorio ecuatoriano para acondicionar a su plantilla, miembros del cuerpo técnico y colaboradores, y posteriormente concentrarse para el duelo contra los de Tolima. (D)

Estadio pudo conocer que el Clásico del Astillero será programado en una nueva fecha tras conocerse el aplazamiento del duelo de Emelec con Deportes Tolima por Copa Sudamericana. Desde Liga Pro EC, se pudo conocer que ante la inmediatez del juego de los azules que ahora jugará contra los colombianos en suelo neutral por las protestas que sufre Colombia, será el viernes, no tendrá el tiempo reglamentario de un duelo a otro para volver a Guayaquil y rivalizar con BSC. Con ello la directiva de la entidad deportiva está

analizando las posibles fechas para jugar el clásico. Por otro lado Conmebol reprograma el duelo de Deportes Tolima vs Emelec para el viernes en dos posibles ciudades, la más probable Asunción a las 19h30.(D)

Los celulares que se quedarán sin WhatsApp a partir del 15 de mayo La primera quincena de mayo depurará el servicio de mensajería en algunos dispositivos debido a la nueva política que trae WhatsApp. Para que nadie tenga el obstáculo de no poder entrar a la app, WhatsApp ha empezado a enviar una alerta sobre las condiciones de privacidad que actualmente posee el usuario para cambiarlas lo antes posible. Dichos mensajes se reciben al abrir la aplicación en móviles Android e iOS. Pero qué pasara, realmente. WhatsApp está obligando a sus usuarios que “residen fuera de la región europea” a que acepten que la aplicación comparta sus datos con Facebook —propietaria de la aplicación de mensajería— si quieren seguir usando el servicio. Sin embargo, la compañía aclara que aquellos usuarios que no lo acepten no perderán su cuenta. Lo que sucederá con los dispositivos es que , una vez que se cumpla la fecha plazo, las personas

que no hayan actualizado las nuevas condiciones de privacidad verán limitado su acceso a algunas de las principales funciones de esta aplicación. Es decir que, durante un breve período, podrán recibir llamadas y notificaciones pero no podrán leer ni enviar mensajes desde WhatsApp. Además, según la página web de WhatsApp, todos los teléfonos con Android 4.0.3 y versiones posteriores podrán usar la aplicación con normalidad. Lo que significa que si tienes Android Ice Cream Sandwich, la app nunca más se actualizará. Conoce en qué teléfonos Android dejará de funcionar la app el próximo año: • Samsung Galaxy S3 • Samsung Galaxy S4

• Galaxy Nexus de Google • Xperia S de Sony La empresa menciona que debes actualizar tu dispositivo móvil, en caso de que hayas recibido una nueva versión y todavía no la hayas ejecutado. En caso contrario, solo te quedaría renovar. Por otro lado, los iPhone tendrán acceso al aplicativo desde iOS 9 en adelante. Para poder revisar qué sistema operativo tienes deberás ingresar a Configuración o Ajustes. Luego desplázate hacia Sistema. En dicho apartado observarás el tipo de versión de Android que tienes, o a su vez, para conocer si tu celular es compatible en Whatsapp, puedes consultar el apartado de preguntas frecuentes del blog oficial de la aplicación. (I)


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Opinión

A mi bella y sublime madre - Luz Eufemia… Vicente Paúl

Maldonado

maldonadopaul1967@gmail.com

Mi querida Luz Eufemia, desde que aceptaste al llamado de nuestro creador, el sol ya no brilla en tu casa, ya nada es lo mismo porque con tu ausencia todo se ha vuelto incompleto. A pesar de eso yo todavía conservo toda la fuerza, la sabiduría y el coraje que me supiste inculcar. Eso nunca nadie me lo podrá arrebatar. Vivo entre la alegría de saber que me estás esperando en algún lugar y la tristeza de no poder abrazarte en estos días. Luz Eufemia, aunque ya no te pueda ver, quiero que sepas que sigues siendo lo más importante para mí, ¡mi eterno ángel de la guarda¡ Madre mía, hoy es un mes difícil de asimilar, un mes lleno de nostalgia que no sé muy bien cómo afrontarlo. Como tu bien sabes, hoy es tu mes, podría ser maravilloso si no te hubieses ido. De todas formas, en el fondo de mi corazón, para mí hoy estas tan presente como siempre, todavía te imagino recibiéndome cuando iba a casa, alegre y sonriente como estabas siempre. En días como estos solo puedo pensar en lo que sería capaz de sacrificar solamente por traerte de vuelta unos instantes, por tenerte a mi lado un ratito y poder contarte que tus nietos han sacado buenas calificaciones, que tengo un trabajo nuevo y que todo me va muy bien. Por desgracia, ya no puedo contártelo y me tengo que conformar con saber que lo estás viendo todo desde el cielo y que te alegras mucho por mí. Lucita quiero que sepas que hoy es el mes más triste de mi vida. He visto tantas veces tu risa y he escuchado tantas veces tus palabras, creía que serían eternas, que nunca me podrían abandonar. Yo aún no estoy preparado para afrontar tu marcha y solo espero que algún día sea capaz de asimilar este dolor que hoy me parece un monstruo que me devora la vida a cada instante. Mamacita, solo quisiera abrazarte, lo más fuerte que pudiese y no soltarte

nunca jamás. Ahora que soy padre me he dado cuenta de muchas cosas: Del amor incondicional que sentiste por mí, incluso antes de nacer. De los esfuerzos y sacrificios que hiciste por mí, porque ser madre es la responsabilidad más grande que se puede tener….De que en tus días grises siempre intentabas pintar un arcoíris para que no perdiera la sonrisa…De tu paciencia… que tenías aunque yo no me diera cuenta. De tus ganas de vivir, pues solo querías salud para poder estar con nosotros el máximo tiempo posible, porque el no poder estar siempre a nuestro lado te dolía inmensamente. No querías dejarnos solos. De que siempre has hecho lo mejor que has sabido y podido para que esté siempre bien. Por eso hoy mamá, aunque no te tengo a mi lado te abrazo fuerte porque te pienso cada día y reflexiono sobre ti, sobre mí, sobre la maternidad y sobre todo el amor que siempre me has regalado. Pienso en el dolor profundo que sentiste al perder a tu madre cuando yo era niño. Sabía que estabas triste pero siempre te vi una mujer fuerte…Ahora, sé el dolor profundo que se siente y te admiro aún más de lo que lo hacía antes porque seguiste luchando por tu familia con toda la entereza que contabas. Aunque siento que sigues a mi lado, por la forma en que formo a mis hijos, por los besos y abrazos que les doy… me veo reflejado en ti y eso me hace sentir el padre más orgulloso, porque tuve la mejor madre y gracias a eso soy quien soy hoy. Tu sonrisa se ve plasmada en la mía y estoy seguro de que en muchas cosas, me parezco a ti. Seguiré haciendo cosas que me hagan sentir cerca de ti como comer tu plato favorito, comprar las flores que te gustaban, salir a pasear por donde te gustaba ir, ver películas. Y les contaré a mis hijos cada día lo maravillosa que fuiste y lo feliz que me hiciste mientras pude tenerte a mi lado. Mamá te echaré de menos, cuidaré de la familia, seré fuerte, te lo prometo. Hasta pronto Luz Eufemia.

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El mandamiento del amor P. Milko René

Torres O.

milkorene@gmail.com

Comparto una frase de una persona muy cercana sobre el amor, su pasado, presente y futuro: el amor es un sentimiento muy bonito. Quiero vivirlo como hoy y como futuro. Seguramente, es una confesión íntima que revela su realidad, sus luchas y sus retos. Algunas personas manifiestan que amar es una decisión, más que un sentimiento. Es un acto de voluntad. Dos formas sensatas de ver la vida y nuestras relaciones con el prójimo y con el mundo. ¿Cuántas formas de amar existen? La respuesta a esta pregunta es compleja. ¿Cuántas formas de amar se ha inventado el hombre? ¿Qué formas de amar crea, difunde y promueve, el imperio de las redes sociales? Hay para todos los gustos. Es el supermercado de amores. Toda la variedad que encontramos no satisface nuestra exigencia. Encontraremos buenos o malos. Desde mi visión de cristiano, el amor de Jesús supera a todos. Desde aquella cena memorable, un día jueves, su amor oblativo alcanzó universalidad. Nosotros podemos encontrar en los cuatro evangelios muchas afirmaciones, dichos, palabras del gran Maestro. De la misma manera, Jesús nos enseña qué no es el amor. La persona que no lucha por encontrarse consigo mismo, y abrirse al otro, para entregar lo mejor de su vida, nunca ama de verdad, quizá porque nunca se amó. La carencia de amor es, a modo de comparación exagerada, la sinfonía inconclusa de este tiempo, desafinada, sorda e improvisada. Al hombre de

hoy le cuesta mucho amar, porque no se preocupó por conocerse profundamente. San Ignacio de Loyola escribió en sus Ejercicios Espirituales el valor del conocimiento interno de Dios. Manifiesta que no el mucho saber harta y satisface el alma, sino gustar internamente de las cosas de Dios. Es, entonces, una decisión que le corresponde a cada persona para entrar en la dinámica divina, que es la ruta correcta para llegar al corazón de la plenitud, de la felicidad, y, con ello, transformar el mundo y salvar su alma. El mandamiento del amor de Jesús va mucho más lejos de ser considerado un enunciado. Sus palabras, van más allá de lo bonito. En el corazón de Jesús encontramos ternura, riqueza, sinceridad. También, disciplina, exigencia, misión, testimonio. ¿En dónde puede estar la raíz, fuerza e identidad, de su amor? Dice la Palabra de Dios que Jesús es semejante a nosotros, menos en el pecado. En este pensamiento descubrimos su secreto: su voluntad de vivir en el mundo, sin permitir que los cantos de sirena, que tanto atraen, no cambien su ruta. Las tentaciones, honor, gloria, poder, autosuficiencia, forman parte del baratillo de ofertas que se adquieren con suprema facilidad, pero nos dejan débiles, sin fuerza, vacíos. Escucho, con frecuencia, y pondero mucho el anhelo de miles de cristianos católicos, de vivir en la imitación de Cristo. Todos los buenos deseos, intenciones y obras, merecen el apoyo y reconocimiento. ¿Qué implica imitar a nuestro Señor? Dios quiera que no nos quedemos en el intento. Jesús, en su pedagogía del amor, vivió con la fuerza de su mandamiento.

Lic. Ismael E. Betancourt, DIRECTOR Ing. Paola Betancourt Mora, GERENTE Teléf.: (+5937) 2732003 Cel.: 0997262566 - 0992416701

Pasaje Cinchona Nro.207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay (Sector 24 de Mayo) gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec / www.cronica.com.ec

El editorial es la opinión oficial de Crónica. Los artículos periodísticos y caricatura que contienen nombres y apellidos son el pensamiento de sus autores y reflejan criterios de pluralidad e independencia de este Diario.

Fundado el 1 de Noviembre de 1979


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Entretenimiento

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Acuario

Estalla el dirigible Hindenburg El dirigible Hindenburg, el más grande jamás construido, estallaba el 6 de mayo de 1937 en Nueva Jersey, Estados Unidos, provocando la muerte de 35 personas entre pasajeros y tripulantes. Este tipo de dirigible, conocido popularmente como Zeppelin, fue desarrollado por los alemanes en el siglo XIX. A diferencia de las aeronaves francesas, los dirigibles alemanes tenían un marco de vigas metálicas que protegían su interior. Uno de los dirigibles más famosos, precursor del Hindenburg, fue el Graf Zeppelin, el primero en brindar un servicio aéreo transatlántico. El primer vuelo del Hindenburg se realizó el 4 de marzo de 1936. Poco más de un año después, el dirigible despegó de Frankfurt, Alemania, con destino a la base aérea de Lakehurst, Nueva Jersey. La nave llevaba una tripulación de 61 miembros, junto con 36 pasajeros. Al intentar atracar en Lakehurst, el Hindenburg estalló repentinamente. La explosión fue provocada probablemente por una chispa que encendió su núcleo de hidrógeno. 13 pasajeros, 21 tripulantes y un miembro del personal de tierra perdieron la vida, y la mayoría de los sobrevivientes sufrieron graves lesiones. El periodista Herb Morrison, quien presenció la tragedia, pronunció en aquel momento la famosa frase “¡Oh, la humanidad!”. Un dato curioso es que la fotografía tomada al momento del incendio y posterior caída del dirigible, fue utilizada en la tapa del primer y emblemático disco de una de las bandas de rock mas importantes y significativas de toda la historia: Led Zeppelin. El album se llamó simplemente “Led Zeppelin, y marcó el comienzo de la histórica formación de Jimmy Page, Robert Plant, John Bonham y John Paul Jones.

Además...

Sigmund Freud, quien a los 22 años transformó su nombre por el de Sigmund, nació en Freiberg, en la antigua Moravia (Checoslovaquia), el 6 de mayo de 1856. Fue un médico neurólogo, creador del psicoanálisis. Comenzó su carrera interesándose por la hipnosis y su uso para tratar a enfermos mentales. Más tarde, aunque mantuvo en la terapia varios aspectos de esta técnica, reemplazó la hipnosis por la asociación libre y el análisis de los sueños, para desarrollar lo que, actualmente, se conoce como “la cura del habla”. Todo esto se convirtió en punto de partida del psicoanálisis. Las hipótesis y métodos introducidos por este médico fueron polémicos durante su vida y lo siguen siendo en la actualidad. Popularizó la llamada “cura del habla”: según este concepto, una persona podría solucionar sus conflictos simplemente hablando sobre ellos. Aunque a excepción del psicoanálisis tradicional las psicoterapias contemporáneas descartaron las teorías de Freud, este modo básico de tratamiento proviene en gran parte de su trabajo.

Asesinado presidente de Francia Paul Doumer Paul Doumer, nació el 22 de marzo de 1857 en Aurillac (localidad francesa) y fue asesinado en París el 6 de mayo de 1932. Fue un político francés, que ocupó diversos cargos en el gobierno, incluyendo el de Presidente de Francia durante el 13 de junio de 1931 y el momento de su asesinato. Fue objeto de un atentado en París por parte del médico ruso anti-bolchevique Paul Gorgulov, quien declaró posteriormente que lo hacía para vengarse de la inactividad de las democracias europeas frente a la constitución de la Unión Soviética. A este también se le vinculaba con la extrema derecha. Doumer fue inhumado en el panteón familiar en el cementerio de Vaugirard, tras recibir honras fúnebres en la catedral de Notre-Dame de París.

Fuente: https://latam.historyplay.tv/hoy-en-la-historia

Calendario Santoral

San Domingo Savio

FARMACIAS DE TURNO DEL 1 DE MAYO AL 8 DE MAYO DE 2021

FARMACIA CRUZ AZUL VICTORIA FARMACIA SU VECINA SUCURSAL

PONCE S PHARMACY S FARMACIAS CRUZ AZUL FARMACIAS CRUZ AZUL FARMACIA BOLÍVAR FARMACIAS CUXIBAMBA LAURO GUERRERO FARMACIAS CUXIBAMBA MOGROVEJO

Enero 20 a febrero 19 No descuides tu organismo ni hagas como que no tiene importancia lo que te pasa. Ni es bueno exagerar ni es bueno mirar para otro lado. Alguien te lo hará ver y llevará razón, no le discutas. Busca el consejo de un profesional.

Piscis

Febrero 20 a marzo 20 Te vas a preocupar mucho de la gente de tu entorno y estarás muy pendiente de sus deseos, necesidades y preocupaciones. Eso, en el fondo, te hace sentirte mucho mejor. Conseguirás ayudarles en algo importante, lo que te dejará con gran tranquilidad.

Aries

Marzo 21 a abril 20 No entres en el juego de la confusión que a alguien le interesa. Mantente en tus posiciones y en tus principios sin perder la calma y ganarás la partida mucho antes de lo que crees. No dejes que te altere nada que no sea de tu interés. Lo verás claro.

Tauro

Abril 21 a mayo 20 Realizas hoy alguna clase de trámite bastante importante, incluso aunque no te lo parezca. Mira bien cualquier clase de documento que firmes o tengas que enviar. Tendrá repercusión más adelante y es necesario que todo esté en orden ahora.

Géminis

Mayo 21 a junio 21 No dejes que nadie te traslade una sensación de negatividad que ahora no te viene nada bien. Es mejor que te aísles en lo posible de las personas que solo ven lo malo de cada situación, no te conviene escucharlas. Te pueden llevar a pasar un mal rato.

Cáncer

Junio 22 a julio 23 Te vendrá muy bien hacer cualquier clase de ejercicio, mover tu cuerpo aunque solo sea en casa, o dedicarte a dar un paseo o cualquier otro tipo de estímulo físico para que no hagas una vida sedentaria. Apuesta por ti y por tu bienestar.

Leo

Julio 24 a agosto 23 Todo lo que compartas hoy con los demás va a significar para ti un ejercicio de positividad que te acerca a metas muy importantes desde el punto de vista espiritual. Déjate llevar por ese camino de reconciliación. Alguien te lo va a agradecer mucho.

Virgo

Agosto 24 a Septiembre 23 Hoy ves por fin que se acerca la resolución de un tema complicado porque alguien da un paso al frente y se pone manos a la obra para ayudarte. Eso te trae calma y te reconforta. Sentirás mucha paz y alegría. Por fin vuelves a sonreír con más energía.

Libra

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NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO

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Horóscopo

Hoy en la historia...

Nació Sigmund Freud

JUEVES 6 DE MAYO DE 2021

DIRECCIÓN CALLE: LAURO GUERRERO NÚMERO: SN INTERSECCIÓN: 10 DE AGOSTO CIUDADELA LA PRADERA CALLE: CIPRÉS NÚMERO: 235-190 INTERSECCIÓN: PINOS CALLE: RAMÓN PINTO NÚMERO: SN INTERSECCIÓN: MERCADILLO AV. MANUEL AGUSTÍN AGUIRRE NÚMERO: S/N INTERSECCIÓN: COLÓN CALLE: JOSÉ ANTONIO EGUIGUREN S/N BERNARDO VALDIVIESO CALLE: SIMÓN BOLÍVAR NÚMERO: 15-24 INTERSECCIÓN: CATACOCHA CALLE: LAURO GUERRERO NÚMERO: SN INTERSECCIÓN: JUAN JOSÉ SAMANIEGO CALLE: 18 DE NOVIEMBRE NÚMERO: 1343 INTERSECCIÓN: LOURDES

TELÉFONO 2578188 2103479 2580153 4103162 4103162 072711305 / 0991382996 7258499 7258499

Septiembre 24 a octubre 23 Si has tenido un revés laboral, tirar la toalla no es una opción. Hay bastantes retos profesionales que aún te puedes plantear. No creas que ya lo sabes todo, busca en otros campos y abre tu mirada desde ya. Es importante que no pierdas la fe en ti.

Escorpio

Octubre 24 a nov. 22 Aprovechar lo negativo que te ha podido suceder para abrirte a otros aspectos de la realidad es algo que se te dará bastante bien. Verás de inmediato cómo darle la vuelta a una situación desagradable. En eso estarás muy hábil.

Sagitario

Noviembre 23 a dic. 21 Procura hoy que esas pequeñas cosas cotidianas no signifiquen discutir con alguien a quien aprecias aunque sea cierto que quizá esté mostrando una postura bastante egoísta. Díselo con buen tono y hazle ver su equivocación y su injusticia.

Capricornio

Diciembre 22 a Enero 19 Prepárate para cierta broma o comentario en las redes que no te va a hacer mucha gracia. Tomártelo con inteligencia y sentido del humor es la mejor opción que tienes. Cuéntaselo a alguien de confianza y desahógate. Y pasa página cuanto antes.


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JUEVES 6 DE MAYO DE 2021

Judiciales ZAMORA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL DE ZAMORA CHINCHIPE CITACION JUDICIAL CITO, a los herederos desconocidos del occiso ELOY VICENTE LEON ABARCA y más personas que puedan tener derechos sobre la Litis del presente juicio, cuyo extracto es como sigue: ACTORES: LEON LOJANO DAYANA GISSELA, RODONDI BORJA LUIS VICENTE DEMANDADOS: LOJANO ZAMAREÑO ELENA GERMANIA OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS JUICIO Nro.: 19332-2021-00148 JUEZ: Ab. Guillermo Alberto Ponce Fierro. ABOGADO: Dr. Omar Rodrigo Morales Tello Zamora, martes 6 de abril del 2021, las 10h56, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, la demanda que antecede, la cual por cumplir con los requisitos de ley, se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el fallecimiento del señor ELOY VICENTE LEON ABARCA, conforme se justifica con la inscripción de su defunción (fs. 6), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por mi Autoridad. Cuéntese en éste proceso, con los siguientes herederos y funcionarios: 1).- Con la señora ELENA GERMANIA LOJANO ZAMAREÑO, en calidad de cónyuge sobreviviente y demandada, a quien se la citara en la dirección señalada en la demanda, por medio de la oficina de citaciones y notificaciones de esta Unidad Judicial; 2).- Con los señores DAYANA GISSELA LEON LOJANO y LUIS VICENTE LEON RODONDI, igualmente en calidad de hijos del causante. 3).- Con el Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Zamora; y, el Señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Zamora Chinchipe; a los funcionarios del numeral 3), deberán ser citados en el domicilio señalado; y, en su respectivos despachos, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de esta Unidad Judicial. A los herederos presuntos y desconocidos del causante ELOY VICENTE LEON ABARCA, cíteselos por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. De conformidad a lo establecido en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que los actores constituyan Procurador Común. Téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial y dirección de correo electrónico señalados por los demandantes y la autorización que les confiere a su Abogado defensor para que los represente. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. En virtud de la directriz emitida por la Dirección Nacional de Gestión Procesal, a través del memorando

circular CJ-DNGP-2018-0289- MC, y resolución Nro. 61-2020 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, se dispone que la parte accionante en el término de tres (3) días, comparezca a esta Unidad Judicial a obtener las copias para la citación respectiva. Actúe en calidad de Secretario del despacho el Dr. Guillermo Paquito Piedra Ordoñez. Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA.- Zamora, miércoles 14 de abril del 2021, las 11h09, VISTOS: En lo principal con notificación a las partes se dispone: 1.- A petición de parte y con fundamento en el Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico Función Judicial, se convalida el auto de sustanciación inicial de fecha 06 de abril del 2021 a las 10h56, en el numeral 3 del referido auto en el que por un error al momento de tipiar se ha dispuesto contar con el Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del cantón Zamora cuando lo correcto es que se cuente con el Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Loja; funcionarios que deberán ser citados en sus respectivos despachos, para lo cual se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Loja, Provincia de Loja, al señor Juez deprecado se le ofrece estima y reciprocidad en casos similares, envíese despacho virtual en forma. Además la citación por publicaciones también se las realizará en un periódico de amplia circulación en la ciudad de Loja. En lo demás el auto antes singularizado queda tal cual fue dictado.- Hágase saber.- Particular que se comunica para fines legales pertinentes Zamora, 22 de Abril del 2021.

costas de la parte interesada; 2) Téngase en cuenta la prueba que anuncia y presenta con su demanda la actora; sobre cuya pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la primera fase de la audiencia única a convocarse en el curso ulterior del procedimiento.-.- Téngase en cuenta la cuantía; el casillero judicial y correo electrónico señalado por la parte actora, así como la autorización que le concede a su abogado defensor.- Agréguese al expediente la documentación aparejada a la demanda.- CUMPLASE.- NOTIFIQUESE.- OTRO AUTO.- “UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA.- Loja, martes 13 de abril del 2021, las 15h55, VISTOS.- De conformidad a lo establecido en el Art. 130, numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, y visto lo manifestado por la demandante en el escrito que antecede, se convalida el auto emitido y notificado con fecha jueves 1 de abril del 2021, las 14h27; en el sentido que: “…el presente incidente, se trata de una demanda de SUSPENSIÓN DE PATRIA POTESTAD...”; no como por un lapsus calami se ha hecho constar.Quedando en lo demás inalterable dicho auto.- NOTIFIQUESE.-” f). Dr. David Alberto Astudillo Celi, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja.Loja, 21 de Abril del 2021

Dr. Guillermo Paquito Piedra Ordóñez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL DE ZAMORA CHINCHIPE P/F5278

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales a los herederos desconocidos del causante LUIS OCTAVIO TENE CURIPOMA, conforme a lo dispuesto en los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: MARIA FRANCISCA ANGAMARCA ANGAMARCA y otros DEMANDADOS: Herederos desconocidos del causante LUIS OCTAVIO TENE CURIPOMA OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de bienes sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00790 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo AUTO DE CALIFICACIÓN A TRÁMITE: “… UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, martes 30 de marzo del 2021, las 08h45, VISTOS: Como se ha dado cumplimiento a la providencia inicial la solicitud cumple con los requisitos de ley, razón por la cual se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el fallecimiento del señor LUIS OCTAVIO TENE CURIPOMA, conforme se justifica con la inscripción de su defunción ( fs. 7 ), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y

DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a MANOLO ERNESTO ORTEGA GUTIÉRREZ, que en extracto es como sigue: ACTORA: KARINA JANELA ROMERO CHÁVEZ. DEMANDADO: MANOLO ERNESTO ORTEGA GUTIÉRREZ. OBJETO: Suspensión de Patria Potestad. TRÁMITE: Sumario. JUICIO Nro.: 11203-2016-03976 JUEZ: Dr. David Astudillo Celi AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.“UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA.- Loja, jueves 1 de abril del 2021, las 14h27, VISTOS.- En lo principal, de clara y completa se califica la demanda de ALZA DE PENSIÓN ALIMENTICIA presentada por KARINA JANELA ROMERO CHÁVEZ en contra del señor MANOLO ERNESTO ORTEGA GUTIÉRREZ, por lo que se la acepta al trámite del procedimiento sumario que le corresponde conforme lo establecido en el Art. 332 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos.- Al efecto se dispone: 1) Visto el juramento que ha realizado la actora KARINA JANELA ROMERO CHÁVEZ (fs. 456), cítese al demandado MANOLO ERNESTO ORTEGA GUTIÉRREZ, de conformidad a lo que dispone el Art. 56.1 del COGEP.- Al efecto, Secretaria confiera el extracto correspondiente.- Publicaciones que correrán a

Dra. Carmen Luisa Paladines Criollo SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. P/F5273

www. bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: UNO: 1.1- Con los solicitantes MARIA FRANCISCA ANGAMARCA ANGAMARCA; LUCIO KLEBER TENE ANGAMARCA; GLORIA TENE ANGAMARCA Y ANGEL RUFINO TENE ANGAMARCA, en calidad de cónyuge sobreviviente e hijos del causante respectivamente. 1.2.- Con el DIRECTOR DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DE LOJA, quien será citado con el contenido de la solicitud, documentación adjunta y el presente auto, en su respectivo despacho; acto que lo cumplirá la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para el efecto la parte accionante en cumplimiento al principio dispositivo deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020. 1.3.- Con los herederos desconocidos del causante LUIS OCTAVIO TENE CURIPOMA, a quienes ordeno citarlos a través de uno de los medios de comunicación esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se les recuerda la obligación de determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos. DOS: En cuenta los medios de prueba que anuncian los solicitantes su práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. En lo demás, en cuenta la cuantía, casillero judicial y direcciones de correo electrónicos señalados por la parte actora y la autorización que le confieren a su defensor técnico.- Al amparo del Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos se nombra a la señorita GLORIA TENE ANGAMARCA, en calidad de procuradora común debiéndose contar con ella en el proceso. Agréguese al expediente la documentación presentada. Finalmente actúe en calidad de Secretario del despacho el Dr. Servio Paúl Velepucha Espinosa. Hágase saber…” - Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 23 de abril del 2021 Abg. Alberto Xavier Yaguana Soto SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F5274 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos de la causante María Rosa Chalán Japón, que en extracto es como sigue: ACTORES: Marcos Vinicio Ambuludí Chalán y otros. DEMANDADOS: a los herederos desconocidos de la causante María Rosa Chalán Japón OBJETO DE LA DEMANDA: Partición Judicial TRÁMITE: Sumario JUICIO: Nro. 11203-2020-01982 JUEZ: Dra. Blanca Georgina Mendoza

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Guzman EXTRACTO DEMANDA.- “Loja, lunes 9 de noviembre del 2020, las 08h56, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto anterior y por reunir los requisitos de ley la demanda de partición judicial de los bienes dejados por la causante señora María Rosa Chalán Japón, presentada por los señores Marcos Vinicio Ambuludí Chalán, Ángel Polivio Chalán, Ángel Eduardo Chalán Japón, Luis Salvador Chalán Japón, Manuel Espíritu Chalán Japón, María Mercedes Chalán Japón; y, por el Ab. Patricio Vicente Maldonado Castillo, en su calidad de Procurador Judicial del señor Ángel Rogelio Chalán Japón, se la admite a trámite en Procedimiento sumario (no voluntario como lo solicitan los demandantes), de conformidad a lo dispuesto en el Art 332.10 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud, se dispone la práctica de las siguientes diligencias: 1) Cuéntese en la presente casusa con los siguientes Funcionarios: 1.1. Con los señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del cantón Loja; y, 1.2. Con el Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja; 2) Se recuerda a los Funcionarios la obligación de señalar casillero judicial y dirección de correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término de quince días, de acuerdo a lo que dispone el numeral 3 del Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos, adjuntando todos los medios de prueba que pretendan producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellos únicamente en los casos que se requiera la intervención del órgano jurisdiccional. Bajo prevención de proseguir en rebeldía por su falta de comparecencia; 3) Cítese a los herederos desconocidos de la causante María Rosa Chalán Japón, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de la localidad, conforme lo determinan los Arts. 58 y 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual confiérase el extracto respectivo; 4) Téngase en cuenta los medios de prueba que anuncian los actores, los que bajo el principio contradictorio se los pone a la vista de los sujetos procesales, cuya pertinencia y práctica se resolverá en la audiencia única; 5) Al amparo de lo dispuesto en el Art. 146 inciso séptimo y octavo del COGEP, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Loja, al margen de la inscripción Nro. 2327, repertorio No. 4525, del 5 de junio del año 2001, con notificación a su titular, a través de la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad.; 6) Téngase en cuenta la dirección de los correos electrónicos señalados por los demandantes y la autorización que les conceden a sus defensores para que firmen escritos a su nombre; 7) Agréguese a los autos la documentación adjunta. Una vez cumplida la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Loja, se procederá a citar a los Funcionarios llamados a intervenir en el presente proceso. Para el efecto, se adjuntará el respectivo certificado. Hágase saber”.- F) Dra. Blanca Georgina Mendoza Guzman, Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja.- Lo Certifico.Loja, 22 de abril de 2021. Dr. Pedro Ruiz Reinoso SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. P/F5275

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Judiciales GONZANAMÁ REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN GONZANAMÁ. CITACIÓN JUDICIAL. Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite de la misma y más constancias procesales al señor DANILO PARDO HERNÁNDEZ, cuyo extracto es como sigue: JUICIO Nº 00066-2020 ACTOR: PEDRO ARTURO CAMACHO DEMANDADOS: MARTHA ESPERANZA HERRERA ROJAS y DANILO PARDO HERNÁNDEZ OBJETO: COBRO DE LETRA DE CAMBIO TRÁMITE: EJECUTIVO. UNIDAD: JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN GONZANAMA. JUEZ: DR. EDGAR FLORES CRIOLLO AUTO: Gonzanamá, lunes 16 de marzo del 2020, a las 13h19. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma, presentada por el Sr. PEDRO ARTURO CAMACHO, es clara, precisa y cumpla los requisitos legales previstos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamente en una letra de cambio por el monto de $ 3.000,00 documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo Código, ya que contiene una obligación clara, pura determinada y actualmente exigible, por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de la parte demandada Sra. MARTHA ESPERANZA HERRERA ROJAS y DANILO PARDO HERNANDEZ, en su calidad de deudores principales, en el domicilio señalado, por intermedio de la funcionaria de citaciones de la Unidad Judicial. En aplicación de los artículos 355 y 333 numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevenciones que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del COGEP. En mérito de la documentación aparejada y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 126 del COGEP, se ordena la prohibición de enajenar de la propiedad de los demandados, consistente en La Hijuela Dos, del Lote 2 ubicado en la calle Sucre, barrio 24 de Mayo, perteneciente a la parroquia y cantón Gonzanamá, provincia de Loja, con inscripción Nro. 57 del Registro de Propiedad y Nro. 374 de Repertorio de fecha 03 de Julio de 2019. Para la diligencia de notificación al Sr. Registrador de la Propiedad encargado del cantón Gonzanamá para que PRACTIQUE LO ORDENADO de igual forma la realizará por la funcionaria de citaciones de la Unidad. Téngase en cuenta el anuncio de prueba que realiza la parte actora para justificar sus pretensiones, casillero judicial, correo electrónico y la autorización concedida a su Abogada Defensora. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- OTRA PROVIDENCIA de fecha Gonzanamá, martes 13 de abril del 2021, a las 10h22. En lo principal, atendiendo el escrito que antecede, y en mérito a la documentación que obra en el proceso, se dispone que la citación al demandado señor DANILO PARDO HERNANDEZ, se realice conforme lo dispuesto en el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, esto es mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar. Para lo cual por parte de Secretaría de la Unidad Judicial, se entregará el extracto correspondiente. Hágase saber.-

.com.ec Gonzanamá, 15 de abril del 2021. Ab. Marlon Francisco Pacheco Herrera SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA EN GONZANAMÁ Y QUILANGA (E) P/F5276

CATAMAYO REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CATAMAYO, PROVINCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL. Def. Dr. Juan Pablo Bautista González. Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales, cito: A los herederos presuntos y desconocidos del causante RUBEN WILFRIDO PATIÑO CARRION, cuya residencia sea imposible determinar, en la forma que determina el reformado Art. 58 en relación con el Art. 56 numeral 2 del Código Orgánico General de Procesos, la misma que en extracto comprende lo siguiente: ACTORES: Rubén Darío Patiño Vega, Ximena Del Rosario Patiño Vega y Marisue Alexandra Patiño Vega. DEMANDADOS: Gabriela del Cisne Cofre Ojeda; y, Herederos presuntos y desconocidos del causante RUBEN WILFRIDO PATIÑO CARRION. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios. TRÁMITE: Voluntario. CUANTÍA: Indeterminada. JUICIO: 11331-2021-00191. JUEZ: Dr. HERNAN RAMIRO PEÑAHERRERA DIAZ. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa civil, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del Cantón Catamayo, Provincia de Loja, y por el sorteo verificado que consta de fs. 47, examinada la demanda de INVENTARIO, presentada por los señores: RUBEN DARÍO PATIÑO VEGA, XIMENA DEL ROSARIO PATIÑO VEGA y MARISUE ALEXANDRA PATIÑO VEGA del causante señor: RUBEN WILFRIDO PATIÑO CARRION por lo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 334.4 142, 143, 335, 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, que le corresponde, y, en virtud del fallecimiento de quien en vida se llamó RUBEN WILFRICO PATIÑO CARRION, conforme consta la partida de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes y se dispone: PRIMERO.- Fórmese el inventario solemne y el avalúo de los bienes sucesorios en la forma prevista por la Norma Adjetiva invocada. SEGUNDO.- Cuéntese en el presente proceso con 1.Los comparecientes, a quienes se los notificará en el correo electrónico determinado en el escrito de demanda. TERCERO.- Con el adolescente: JULIO ANDRES PATIÑO TORRES, a quien se lo notificará con la demanda y este auto en el domicilio señalado en el libelo de demanda, para que elija a la persona que lo representará en calidad de Curador Ad-litem en este proceso y fije correo electrónico para notificaciones judiciales. Se concede el término de cinco días para que cumpla con este mandato. Luego de la citación a todos los que intervienen en el proceso se fijará fecha para la audiencia y nombrar el Curador o Curadora Ad-litem, a quien luego de posesionarlo se lo citará por los derechos que representa. CUARTO.- Con el señor PROCURADOR TRIBUTARIO DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DE LOJA, y para su citación se depreca electrónicamente a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial de Familia, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja para que dé cumplimiento de lo ordenado, al amparo de lo dispuesto en los Arts. 51 a 56 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes

Publicidad de Datos, en concordancia con el Art. 147 de la Ley Orgánica de la Función Judicial. QUINTO.- Cítese a los herederos desconocidos y presuntos del causante RUBEN WILFRIDO PATIÑO CARRION de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56.2 en armonía con el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos.- SEXTO.ANUNCIO DE PRUEBAS.- Téngase en cuenta el anuncio de pruebas que realizan los accionantes: 3.1.- Partida de defunción del causante y partida de su matrimonio 3.2.- Partidas de nacimiento de los hijos del causante.- 3.3.- Copia del certificado de depósito a plazo fijo en la Cooperativa de Ahorro y Crédito Catamayo Ltda. 3.4- Copias del movimiento de la Cuenta de Ahorros Nro. 001925, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Catamayo Ltda. SEPTIMO.- Una vez que se haya cumplido la citación a los Funcionarios a intervenir y herederos desconocidos y presuntos, se nombrará perito, para la diligencia de inventario y avalúo de los bienes materia de este juicio.- El perito deberá sustentar su Informe de conformidad a lo que prescribe el Art. 222 del COGEP., en la audiencia. OCTAVO.- Se nombra en calidad de Procurador Común al señor RUBEN DARIO PATIÑO VEGA. NOVENO.- Agréguese a los autos los documentos que se adjuntan a la demanda, y tómese en cuenta la facultad que confieren los peticionarios a su Abogado defensor para que firmen escritos en sus nombres. Hágase saber.- F).- Ilegible. Dr. Hernán Ramiro Peñaherrera Díaz, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el cantón Catamayo, provincia de Loja.- Particular que pongo en conocimiento de las partes para los fines de Ley.Catamayo, a 21 de abril del 2021.Abg. José Antonio Maldonado Solano. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CATAMAYO, PROVINCIA DE LOJA P/F5277 UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL CITO, con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias que anteceden a los demandados JUAN CARLOS VÉLEZ VALDIVIEZO, MÓNICA ROCÍO JIMÉNEZ VERA y LUIS GONZALO VÉLEZ VALDIVIEZO, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DE LOJA S. A. DEMANDADOS: JUAN CARLOS VÉLEZ VALDIVIEZO, MÓNICA ROCÍO JIMÉNEZ VERA y LUIS GONZALO VÉLEZ VALDIVIEZO. JUICIO: EJECUTIVO NRO. 113332020-01696 CUANTIA: $ 20.125, 18 JUEZ: Dra. Sarita Azucena Ochoa Tamay AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, jueves 24 de septiembre del 2020, las 12h29, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente acción en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil del cantón Loja.- En lo principal, la demanda que antecede incoada por el BANCO DE LOJA S.A., representado por la Procuradora Judicial doctora María Vanessa Jaramillo Valdivieso, conforme lo justifica con los documentos adjuntos, en contra de los señores JUAN CARLOS VÉLEZ VALDIVIEZO, MÓNICA ROCÍO JIMÉNEZ VERA y LUIS GONZALO VÉLEZ VALDIVIEZO, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 de la ley ibídem, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se dispone la citación de los demandados en la

JUEVES 6 DE MAYO DE 2021 dirección señalada a través de la Oficina Técnica de Citaciones y Notificaciones.- En aplicación de lo previsto en los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 de la ley ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.Téngase en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalados para posteriores notificaciones así como la comparecencia de la Procuradora Judicial de la entidad accionante, quien ejercerá la defensa técnica.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. F) OCHOA TAMAY SARITA AZUCENA, JUEZA UNIDAD JUDICIAL OTRA PROVIDENCIA. AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA.. Loja, jueves 15 de abril del 2021, las 09h43, VISTOS: Toda vez que el Ab. María Vanessa Jaramillo Valdivieso, en calidad de Procuradora Judicial de Procesos del Banco de Loja S.A., ha declarado bajo juramento haber efectuado todas las diligencias necesarias, como acudir a los registros de público acceso, así como haber declarado la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia de los demandados Juan Carlos Vélez Valdiviezo, Mónica Rocío Jiménez Vera y Luis Gonzalo Vélez Valdiviezo: Se dispone citar por la prensa a los señores: JUAN CARLOS VÉLEZ VALDIVIEZO, MÓNICA ROCÍO JIMÉNEZ VERA y LUIS GONZALO VÉLEZ VALDIVIEZO, conforme a lo establecido en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Para el cumplimiento de lo dispuesto, confiérase a través del actuario del despacho el extracto respectivo.- Hágase Saber. F) OCHOA TAMAY SARITA AZUCENA, JUEZA UNIDAD JUDICIAL Particular que se pone en conocimiento para los fines legales consiguientes. LOJA 26 de abril del 2021 Dra. Nuvia Apolo Pinza SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DE LOJA P/F5279 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales a los herederos desconocidos de los causantes TERESA DE JESÚS LÓPEZ QUINCHE y FRANCISCVO JAVIER MOROCHO ORELLANA, conforme lo dispuesto en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTORES: 1) MOROCHO LÓPEZ FRANCISCO LEONARDO; MOROCHO LÓPEZ CARMEN ISABEL; MOROCHO LÓPEZ CARLOS ANÍBAL y MOROCHO LÓPEZ FAUSTO GONZALO. DEMANDADOS: Herederos desconocidos de los causantes señores TERESA DE JESÚS LÓPEZ QUINCHE y FRANCISCO JAVIER MOROCHO ORELLANA. OBJETO: Inventario de Bienes Sucesorios. TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: No. 11203-2021-01124 JUEZA: Dr. Luis Erasmo Samaniego Muñoz. AUTO DE ACEPTACIÓN: UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON LOJA: Loja, lunes 12 de abril del 2021, las 11h34, VISTOS.- Luis Erasmo Samaniego Muñoz, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja; conforme el Art.172 de la Constitución de la República del Ecuador, en relación con el Art.160, numeral 1, y Art. 234 del Código Orgánico de la Fun-

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ción Judicial, avoco conocimiento del presente proceso.- Se llama a intervenir al Dr. Ulises Chacón, en calidad de secretario asignado a esta Unidad Judicial.- EN LO PRINCIPAL.- La demanda de Inventarios y Avalúo de Bienes Sucesorios propuesta por: MOROCHO LÓPEZ FRANCISCO LEONARDO; MOROCHO LÓPEZ CARMEN ISABEL; MOROCHO LÓPEZ CARLOS ANIBAL y, MOROCHO LÓPEZ FAUSTO GONZALO; por cumplir con los requisitos legales mínimos previstos en el Art.142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos(COGEP), se la acepta al procedimiento VOLUNTARIO que le corresponde y conforme lo señala el Art.334.4 del COGEP.- Por lo que se dispone: 1.- Por el fallecimiento de los causantes TERESA DE JESÚS LÓPEZ QUINCHE y FRANCISCO JAVIER MOROCHO ORELLANA conforme consta de las partidas de defunción que se adjuntan, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes desde el momento de su fallecimiento, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de sus bienes y, en la forma prevista el Art.341 y 342 del Código Orgánico General de Procesos.- 2.- Para la formación del inventario, una vez que fuesen citadas todas las partes, el juzgador designará perito para que proceda a su formación y avalúo en presencia de los interesados y, señalará el día y la hora para tal diligencia.- 3.- Cuéntese en el presente proceso con los comparecientes quienes dicen hacerlo en su calidad de hijos de los causantes.- CITESE con el contenido de la demanda y el presente auto, a la parte accionada y en los lugares que se indica en el libelo inicial, a: 1) ALCALDE DEL CANTÓN LOJA; 2) PROCURADOR SÍNDICO DEL MUNICIPIO DE LOJA 4.- Al amparo de lo determinado en el Art.58 del Código Orgánico General de Procesos; se DISPONE la CITACIÓN a los herederos desconocidos de los causantes TERESA DE JESÚS LÓPEZ QUINCHE y FRANCISCO JAVIER MOROCHO ORELLANA; esto en la forma determinada en el Art.56, numeral 1, del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual concédase el extracto respectivo.- 5.- Respecto a las pruebas que han sido anunciadas por la parte accionante, el momento procesal para calificar las mismas, es en la fase pertinente de la Audiencia Única y, conforme el Art. 160 y Art. 335 del COGEP.- 6.- El informe pericial debe contener todos y cada uno de los puntos que se contienen en el Art.342 del COGEP y debe realizarse y levantarse con la presencia y el conocimiento previo en su contenido de todos los interesados que hayan comparecido a la diligencia.- El perito antes de hacer llegar su informe cuidará para que el mismo cumpla con ésos requisitos.- 7.Cuéntese en la prosecución del proceso en calidad de Procurador Común con MOROCHO LÓPEZ FRANCISCO LEONARDO.- 8.- Téngase en cuenta la pretensión, cuantía, el domicilio judicial para notificaciones señalado por la parte accionante y, la autorización que le confiere a su abogado defensor.- 9.No se atiende el pedido de inscripción de la demanda en la forma determinada en el Art. 146 del COGEP dada la naturaleza del juicio de un simple alistamiento y tasación, en el cual no se declara ni se reconoce derechos.Agréguese al proceso con notificación contraria toda la documentación adjunta la parte actora al libelo de demanda inicial.- Hágase saber, cítese y cúmplase.- f).- DR. LUIS ERASMO SAMANIEGO MUÑOZ, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA.Particular que pongo en conocimiento de la ciudadanía en general, para los fines de Ley consiguientes. Loja, 20 de Abril de 2021 Dr. Ulises Fernando Chacón Guamo, SECRETARIO ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA. P/F5291


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JUEVES 6 DE MAYO DE 2021

Libretas LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901427416 perteneciente a FALCONI ROLDAN MANUEL FERNANDO con C.I. 601978422 en razón de haberse extraviado. P/4337/1 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2103002333 perteneciente a MARTINEZ CARRILLO JULIO ROBERTO con C.I. 700217458 en razón de haberse extraviado. P/4337/2 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900464899 perteneciente a CRUZ VILLAVICENCIO WILDER FAVIAN con C.I. 703550970 en razón de haberse extraviado. P/4337/3 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900672761 perteneciente a PUMA VALENTE JOSE MARTIN con C.I. 906406632 en razón de haberse extraviado. P/4337/4 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902606653 perteneciente a MOLINA QUERIDO JOEL DANILO con C.I. 953388378 en razón de haberse extraviado. P/4337/5 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902752843 perteneciente a ESCOBAR ROSALES MARIA PAMELA con C.I. 953412194 en razón de haberse extraviado. P/4337/6 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901717049 perteneciente a MEDIAVILLA BETANCOURT JUANMODESTO con C.I. 1000294619 en razón de haberse extraviado. P/4337/7 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101001242 perteneciente a CUEVA OCHOA ANIBAL AUGUSTO con C.I. 1100132743 en razón de haberse extraviado. P/4337/8 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900381268 perteneciente a ENRIQUEZ CRESPO ERASMO ESMELI con C.I. 1100411204 en razón de haberse extraviado. P/4337/9 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101015317 perteneciente a JARAMILLO CARRION GLORIA ESPERANZA con C.I. 1100417706 en razón de haberse extraviado. P/4337/10 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2103008072 perteneciente a RUIZ AGUILAR ALEJANDRO con C.I. 1100435179 en razón de haberse extraviado. P/4337/11 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101050642 perteneciente a CORTEZ ORTEGA EDMUNDO HERNAN con C.I. 1100626959 en razón de haberse extraviado. P/4337/12 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902253438 perteneciente a CARRION FLORES ANGEL ELEUTERIO con C.I. 1100784337 en razón de haberse extraviado. P/4337/13 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901183622 perteneciente a TRONCOSO OJEDA TOMASA con C.I. 1101067716 en razón de haberse extraviado. P/4337/14 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA

Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101072553 perteneciente a SARANGO VIVANCO ZHOFRI con C.I. 1101363628 en razón de haberse extraviado. P/4337/15 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900537354 perteneciente a CARRION SANCHEZ HUGO ORLANDO con C.I. 1101715298 en razón de haberse extraviado. P/4337/16 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902016122 perteneciente a CALLE HERRERA GONZALO con C.I. 1101745923 en razón de haberse extraviado. P/4337/17 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901358984 perteneciente a PAQUI GONZALEZ MARIA CARMELINA con C.I. 1102104344 en razón de haberse extraviado. P/4337/18 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901454986 perteneciente a CASTILLO BRICEÑO MARCO VICENTE con C.I. 1102115373 en razón de haberse extraviado. P/4337/19 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101052491 perteneciente a GUALPA CONDE WILMAN ELIAS con C.I. 1102440482 en razón de haberse extraviado. P/4337/20 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900543503 perteneciente a MAZA CHAMBA CARMITA CECILIA con C.I. 1102524137 en razón de haberse extraviado. P/4337/21 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901684081 perteneciente a BURI QUEZADA ANGEL GUILLERMO con C.I. 1102530936 en razón de haberse extraviado. P/4337/22 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901713563 perteneciente a MIRANDA ARMIJOS ANDRES con C.I. 1102616370 en razón de haberse extraviado. P/4337/23 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902077141 perteneciente a CUENCA AMBULUDI NORA IBELIA con C.I. 1102626692 en razón de haberse extraviado. P/4337/24 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901317293 perteneciente a LUNA CORDOVA ELSY VIOLETA con C.I. 1102942552 en razón de haberse extraviado. P/4337/25 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900560883 perteneciente a CUENCA SANDRA JUDITH con C.I. 1103123368 en razón de haberse extraviado. P/4337/26 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902751832 perteneciente a GUALAN ANDRADE LUZ MARIA con C.I. 1103364335 en razón de haberse extraviado. P/4337/27 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101056664 perteneciente a MORENO TELLO LEONIDAS FERNANDO con C.I. 1103430698 en razón de haberse extraviado. P/4337/28 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901846364 perteneciente a SOZORANGA QUEZADA CARLOTA JACKELINE con C.I. 1103585939 en razón de haberse extraviado. P/4337/29 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA

Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901349483 perteneciente a MERECI CARDENAS MARIA DEL ROSARIO con C.I. 1103719470 en razón de haberse extraviado. P/4337/30 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2104001180 perteneciente a MALDONADO SALAZAR ROCIO DEL PILAR con C.I. 1103738223 en razón de haberse extraviado. P/4337/31 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901522736 perteneciente a VALAREZO GUAMAN JAROL VOLTAIRE con C.I. 1103802284 en razón de haberse extraviado. P/4337/32 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901607551 perteneciente a PARDO HERRERA MARTHA CECILIA con C.I. 1104029846 en razón de haberse extraviado. P/4337/33 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902102728 perteneciente a VASQUEZ TORRES RAMIRO ANTONIO con C.I. 1104141724 en razón de haberse extraviado. P/4337/34 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901410406 perteneciente a MEDINA PINEDA JOSE JAVIER con C.I. 1104206949 en razón de haberse extraviado. P/4337/35 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901806569 perteneciente a SANCHEZ MONTAÑO JOSE ERNESTO con C.I. 1104217458 en razón de haberse extraviado. P/4337/36 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901781607 perteneciente a COBOS SISALIMA LUISA CRISTINA con C.I. 1104336787 en razón de haberse extraviado. P/4337/37 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901174354 perteneciente a SANTIN OJEDA SUSANA DE JESUS con C.I. 1104468887 en razón de haberse extraviado. P/4337/38 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901868971 perteneciente a CHALAN GUALAN MANUEL VICTORIANO con C.I. 1104627946 en razón de haberse extraviado. P/4337/39 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902222916 perteneciente a GONZALEZ MEDINA RICHARD FRANCO con C.I. 1104643166 en razón de haberse extraviado. P/4337/40 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900892608 perteneciente a ORTIZ BENITEZ JOSE LUIS con C.I. 1104656200 en razón de haberse extraviado. P/4337/41 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901785511 perteneciente a PACHECO MACAS EDWIN VINICIO con C.I. 1104669146 en razón de haberse extraviado. P/4337/42 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900632037 perteneciente a CABRERA SANCHEZ GLENDA MAGALY con C.I. 1104721368 en razón de haberse extraviado. P/4337/43 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901691693 perteneciente a ARIAS ARMIJOS FREDDY DAVID con C.I. 1104804289 en razón de

www. haberse extraviado.

P/4337/44 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902267007 perteneciente a MEDINA NARANJO JOHANNA KATHERINE con C.I. 1104863392 en razón de haberse extraviado. P/4337/45 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901969064 perteneciente a VARGAS GUAMAN DARWIN MANUEL con C.I. 1104930712 en razón de haberse extraviado. P/4337/46 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901808577 perteneciente a HERRERA OJEDA WILSON FRANCISCO con C.I. 1104993330 en razón de haberse extraviado. P/4337/47 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902311208 perteneciente a NOLE TORRES DIEGO FERNANDO con C.I. 1105025694 en razón de haberse extraviado. P/4337/48 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901323241 perteneciente a CONTENTO GUALAN MIGUEL FAUSTINO con C.I. 1105055352 en razón de haberse extraviado. P/4337/49 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902398211 perteneciente a GUAICHA RIVAS MANUEL ANTONIO con C.I. 1105059784 en razón de haberse extraviado. P/4337/50 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900951581 perteneciente a AVILA MONCAYO MARLENE PAULINA con C.I. 1105159568 en razón de haberse extraviado. P/4337/51 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901943393 perteneciente a MACAS HURTADO MARIA DEL CARMEN con C.I. 1106036245 en razón de haberse extraviado. P/4337/52 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902222688 perteneciente a VEGA QUEZADA YESSENIA VIVIANA con C.I. 1150189189 en razón de haberse extraviado. P/4337/53 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901913553 perteneciente a TAPIA GUACHISACA MONICA ELIZABETH con C.I. 1150282059 en razón de haberse extraviado. P/4337/54 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901782771 perteneciente a JIMENEZ MALACATUS DIANA DEL CISNE con C.I. 1150297636 en razón de haberse extraviado. P/4337/55 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902677337 perteneciente a SOLANO CHAMBA SANTOS JERONIMO con C.I. 1150558235 en razón de haberse extraviado. P/4337/56 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901898788 perteneciente a ACARO MATAILO EVA ABIGAIL con C.I. 1150917613 en razón de haberse extraviado. P/4337/57 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902019218 perteneciente a CABLE EXPRESS CALSALTEL CIA.LTDA. con C.I. 1191756548001 en razón de haberse extraviado. P/4337/58 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anu-

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lar la libreta de ahorros Nº 2901851735 perteneciente a SIMBAÑA MUÑOZ JOSE MIGUEL con C.I. 1708457161 en razón de haberse extraviado. P/4337/59 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902360664 perteneciente a CALERO CORREA ANGEL FABIAN con C.I. 1714256482 en razón de haberse extraviado. P/4337/60 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900574388 perteneciente a INTRIAGO GUERRA DANIEL GUILLERMO con C.I. 1716558570 en razón de haberse extraviado. P/4337/61 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900825068 perteneciente a MURILLO IBARRA FRANCISCO ALBERTO con C.I. 1716593023 en razón de haberse extraviado. P/4337/62 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901903616 perteneciente a BENAVIDES VEGA ADRIAN ALEJANDRO con C.I. 1753244829 en razón de haberse extraviado. P/4337/63 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900444423 perteneciente a REGALADO ALVAREZ GEOVANI PATRICIO con C.I. 1900159979 en razón de haberse extraviado. P/4337/64 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901792518 perteneciente a JIMPIKIT TSEREMP TOMAS FELIPE con C.I. 1900184746 en razón de haberse extraviado. P/4337/65 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901749342 perteneciente a RAMON MEDINA JASON ANTHONY con C.I. 1900439322 en razón de haberse extraviado. P/4337/66 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902299542 perteneciente a MOROCHO VASQUEZ WILIAN ORLANDO con C.I. 1900449479 en razón de haberse extraviado. P/4337/67 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901830522 perteneciente a MORILLO QUIROLA ZOILO SERVILIO con C.I. 1900455625 en razón de haberse extraviado. P/4337/68 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902297274 perteneciente a SAGBAY JIMA PATRICIA LUCIA con C.I. 1900567353 en razón de haberse extraviado. P/4337/69 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901339642 perteneciente a GONZALEZ CAMAÑO CHRISTIANJAVIER con C.I. 1900641810 en razón de haberse extraviado. P/4337/70 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900807198 perteneciente a CUEVA MERINO JENNIFER ELIZABETTH con C.I. 1900701382 en razón de haberse extraviado. P/4337/71 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902549211 perteneciente a HIDALGO PINEDA STIVANY SARAHI con C.I. 1900749472 en razón de haberse extraviado. P/4337/72 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901001612 perteneciente a SALTOS MIÑO DIEGA IRINA con C.I. 2100211909 en razón de haberse extraviado. P/4337/73


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Judiciales

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales del juicio de Inventario de Bienes Sucesorios 112032021-01094, a los herederos desconocidos y presuntos del extinto Víctor Antonio Gallegos Armijos, cuanto de la heredera extinta Glenda Marisol Gallegos Apolo que en extracto es como sigue: ACTORES: Candida María Apolo Ramírez, Stefany Jhulissa Gallegos Apolo, Johanna Del Cisne Gallegos Apolo, Alexandra Ivanova Gallegos Apolo y Vanesa Del Rocio Gallaegos Idrovo DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del extinto Víctor Antonio Gallegos Armijos, cuanto de la heredera extinta Glenda Marisol Gallegos Apolo OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de bienes sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-01094 JUEZ: Dr. Víctor Alberto Burneo Herrera UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA.Loja, viernes 16 de abril del 2021, las 08h49, VISTOS: Por cumplido en tiempo oportuno con lo dispuesto en providencia del 08 de abril de 2021; una vez examinada, y por considerar que si reúne con los requisitos legales generales, y especiales aplicables al caso, como tal se la califica la demanda de inventario propuesta por: CANDIDA MARIA APOLO RAMIREZ, STEFANY JHULISSA GALLEGOS APOLO, JOHANNA DEL CISNE GALLEGOS APOLO, ALEXANDRA IVANOVA GALLEGOS APOLO Y VANESA DEL ROCIO GALLAEGOS IDROVO, en calidad de cónyuge sobreviviente, e hijos, en su orden; por lo que se la acepta al procedimiento voluntario que le corresponde, conforme a lo previsto en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En consecuencia, se declara abierta la sucesión intestada de quien en vida fuera Víctor Antonio Gallegos Armijos, fallecido en la República de Venezuela, el 8 de diciembre de 2021. Por tanto, procédase al inventario y avalúo de sus bienes, conforme a ley.- Cuéntese en este procedimiento con las siguientes personas: A) Con los comparecientes, en calidad invocada; B) Con los herederos desconocidos y presuntos: tanto del extinto Víctor Antonio Gallegos Armijos, cuanto de la heredera extinta Glenda Marisol Gallegos Apolo, que se manda citarlos por la prensa local, en la forma prevista en los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos; caso de no estarse editando ejemplares en físico, en su lugar, se lo hará por mensajes radiales que se trasmitirán en la forma reglada en el Art. 56, ordinal 2 del mismo cuerpo normativo; debiendo el señor Secretario conferir el extracto pertinente; y, C). Con el señor Procurador Tributario de Loja, a quien se lo citará en su Despacho. A todos los interesados se los conmina a señalar casillero judicial en esta ciudad, y correo electrónico, para efecto de ulteriores notificaciones; previniéndoles que se resolverá en rebeldía de quienes no comparecieren a juicio; los mismos que deberán contestar en la forma reglada en el Art. 151 del COGEP.- Téngase en cuenta la prueba anunciada en la demanda, sobre cuya admisibilidad relacionada con pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la audiencia única a convocarse en el curso ulterior del procedimiento.- Para las citaciones a realizarse en esta localidad cantonal, se dispone que la parte actora, dentro del término de tres días, proporcione al Gestor de Archivo, las copias pertinentes, en la forma reglada en el Art. 4 de la Resolución 62-2020 del Consejo de la Judicatura; de su parte, el señor Secretario y Ayudante Judicial, cumplirán con las obligaciones que consta de la misma disposición; y, luego, pase el expediente a la Oficina de Citaciones y Notificaciones.- Agréguese al expediente los documentos aparejados a la demanda, escritos complementarios y anexos. Téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial y correo electrónico señalados por los demandantes, más la autorización que le conceden a su patrocinadora;

.com.ec los mismos que constituyen procurador común en la persona de Cándida María Apolo Ramírez.- NOTIFÍQUESE.- OTRO AUTO.- Loja, jueves 22 de abril del 2021, las 15h22, VISTOS.- De conformidad al numeral 8 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida el Auto de fecha 16 de abril del 2021, las 08h49 (fs. 71), en el sentido de que la fecha que ha fallecido el señor Víctor Antonio Gallegos Armijos, es el 8 de diciembre del 2020 y no el 8 diciembre del 2021 como erróneamente se hace constar el mencionado auto, los demás datos quedan inalterables. - Notifíquese. . Loja, 28 de abril de 2021 Ab. Jaime Riofrio Tacuri SECRETARIO P/F5292 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos del señor MILTON HOMERO JADAN SUCONOTA, así como el accionado MILTON EDUARDO JADAN VEGA que en extracto es como sigue: ACTORES: NELLY RUBI JIMENEZ ZARUMA y otros DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del señor MILTON HOMERO JADAN SUCONOTA, así como el accionado MILTON EDUARDO JADAN VEGA OBJETO: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00340 JUEZ: Dr. Víctor Santín Salazar. Loja, lunes 19 de abril del 2021, las 07h52, VISTOS.- Dr. Víctor Santín Salazar Mgs., avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Loja, designado mediante Acción de Personal No. 2386-DP11-2019-FA, de fecha 30 de septiembre del 2019, suscrita por la Directora Provincial del Consejo de Loja y por el sorteo de ley, una vez que se ha dado cumplimiento al decreto anterior. En lo principal, estimase de clara, precisa y completa la demanda deducida por los Sres: NELLY RIBI JIMÉNEZ ZARUMA; JULY ELIZABETH JADAN JIMÉNEZ; NELLY JACKELINE JADAN JIMÉNEZ; MILTON EDISON JADAN JIMÉNEZ; y, JHOSTIN STIWAR JADAN JIMÉNEZ, se la acepta al trámite Voluntario que le corresponde a los Inventarios. En consecuencia conforme a la partida de defunción de: MILTON HOMERO JADAN SUCUNUTA (+), partidas de matrimonio, defunción y partidas de nacimiento de los herederos, escrituras públicas y más anexos se DECLARA ABIERTA LA SUCESIÓN de los bienes del prenombrado extinto, particular que se manda poner en conocimiento de los herederos ausentes, desconocidos, presuntos y del público en general, conforme a Ley y en base a lo establecido en el Artículo 58 en concordancia con el Artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos. Para lo cual se dispone lo siguiente: a) Cuéntese en el procedimiento con los comparecientes en calidad de cónyuge sobreviviente y herederos respectivamente; b) Con el heredero conocido Milton Eduardo Jadan Vega, a quien y en razón de que los accionantes han declarado bajo juramento que, pese a las diligencias realizadas, les ha sido imposible determinar el actual domicilio del heredero demandado, se ordena se la cite por la prensa de la ciudad de Loja, en la forma establecida en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, en armonía con el Art. 5 de la Resolución Nro. 07-2018 de la Corte Nacional de Justicia; c) Cuéntese con el Procurador de Servicio de Rentas Internas de Loja, como indica en la demanda, a quien se lo citara en el lugar señalado en la demanda, para cuyo efecto pasen los autos al señor Analista de la Oficina de Citaciones para los fines de ley, a quienes se le advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de sus futuras notificaciones; d) Con los herederos PRESUNTOS Y DESCONO-

Publicidad CIDOS y más personas interesadas en la presente sucesión, a quienes se los citara por un periódico de amplia circulación de esta ciudad CONFORME LO INDICAN EN EL LIBELO INICIAL al tenor del Art. 58 del COGEP concédase el extracto para las publicaciones.- El/ os demandado/s podrán comparecer a juicio señalando casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones, en caso de oposición deberá cumplir los requisitos de contestación a la demanda y antes de la convocatoria audiencia.Fórmese el inventario y correspondiente avalúo de los bienes dejados por el causante, con la intervención del perito que se designará UNA VEZ CUMPLIDA LAS CITACIONES quien será sorteado en el sistema para este fin, a quien se lo notificará para que tome legal posesión del cargo, de conformidad a Ley y al Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial (Resolución No. 040-2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura), se le fijará así mismo los honorarios que correspondan, que serán cubiertos por la parte accionante. e). El inventario debe realizarse conjuntamente con el perito y en presencia de los interesados de conformidad al Art.341 del COGEP. f) Téngase en cuenta para el señalamiento de la audiencia respectiva lo que preceptúan los Arts.345, 335, inc. 3ero, y, 225 parte final, Ibídem; g) Se previene al señor perito, que los bienes a inventariarse, son aquellos que estén debidamente justificados o acreditados con el respectivo título de propiedad, caso contrario no podrán comprenderse en este inventario; h) De conformidad al Art.76 del COGEP, se dispone que el señor perito, luego de citado la parte demandada, en el término de diez días presente a la unidad judicial el alistamiento y avalúo realizado, bajo los parámetros y prevenciones de ley; i) Agréguese a los autos la documentación que se acompaña, téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial, correo electrónico señalados para sus notificaciones y la autorización concedida a su defensor; y, finalmente, tómese en cuenta el anuncio de prueba que ofrecen los comparecientes para

JUEVES 6 DE MAYO DE 2021 justificar su pretensión.- Es un juicio inventario, tramite Voluntario avaluó y alistamiento.- Conforme al Art. 37 del COGEP téngase en cuenta a la Sra. NELLY JACKELINE JADAN JIMÉNEZ como Procurador Común.- Llámese a intervenir al Abg. Juan Carlos Mateus Jumbo como Secretario de Unidad Judicial.- CITESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.OTRA PROVIDENCIA.- Loja, martes 20 de abril del 2021, las 10h52, En lo principal, advirtiéndose que dentro del auto de aceptación a tramite de fecha 19 de abril de 2021, constante a (fs. 72 a 73) del proceso, se ha hecho constar inadvertidamente el segundo nombre de la accionante como Ribi, cuando de la revisión del expediente y del documento adjunto al proceso esto es la cedula de identidad de la accionante constante a (fs. 2) se evidencia que el segundo nombre es RUBI, por lo cual de conformidad al Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se CONVALIDA, dicho nombre en todo el contenido del auto antes indicado; esto es que en donde se lee Ribi, se entienda RUBI, en consecuencia el nombre completo de la accionante es NELLY RUBI JIMENEZ ZARUMA, el resto queda inalterable.Hágase saber. OTRA PROVIDENCIA.Loja, miércoles 28 de abril del 2021, las 16h39, Atendiendo la petición que antecede, y con notificación a las partes procesales se dispone: En lo principal, advirtiéndose que dentro del auto de aceptación a trámite de fecha 19 de abril de 2021, constante a (fs. 72 a 73) del proceso, se ha hecho constar inadvertidamente el segundo apellido del causante como SUCUNUTA, cuando de la revisión del expediente y del documento adjunto al proceso (partida de defunción fs. 7), se evidencia que el segundo apellido es SUCONOTA, por lo cual de conformidad al Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se CONVALIDA, dicho apellido en todo el contenido del auto antes indicado; esto es que en donde se lee SUCUNUTA, se entienda SUCONOTA, en consecuencia el nombre completo del causante es MILTON HOMERO JADAN SUCONOTA (+),

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Libretas

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO VICENTINA “MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA” LTDA., COOPMEGO AVISO DE ANULACIÓN DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO Se comunica al público en general que se procederá a anular el certificado de depósito Nro.181POL00051743, por lo que se permite notificar a la (s) persona (s) que considere (n) tener derecho sobre dicho certificado de depósito, para que presente (n) a la Cooperativa su reclamo en el plazo de ocho días calendario, contados a partir de la publicación de este aviso, vencido el cual, quedará anulado sin responsabilidad alguna para esta Entidad Financiera. Loja, mayo 4, 2021 FIRMA AUTORIZADA P/F5290 el resto queda inalterable.- Confiérase el extracto respectivo.-NOTIFÍQUESE.Loja, 28 de Abril del 2021. Ab. Juan Carlos Mateus Jumbo. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F5294

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JUEVES 6 DE MAYO DE 2021

Judiciales PALTAS CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE GENERAL CON SEDE EN EL CANTON PALTAS CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales, a los herederos desconocidos y presuntos del causante EDUARDO GUILLERMO AGILA SOTO, conforme a los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General del Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: GLORIA FERMINA GUAJALA DIAZ. DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DEL CAUSANTE EDUARDO GUILLERMO AGILA SOTO. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS. TRAMITE: VOLUNTARIO. CUANTIA: INDETERMINADA. JUICIO NRO. 11314-2021-00093. JUEZ: DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN. AUTO DE ACEPTACION A TRÁMITE: Paltas, lunes 5 de abril del 2021, las 17h06, VISTOS.- Avoco conocimiento y competencia de la presente causa en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Paltas, provincia de Loja, en virtud a la Resolución 258-2014 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura con fecha, 8 de octubre del 2014; así como a la Acción de Personal Nro. 8181-DNTH-2014 de fecha, 14 de octubre del 2014. La demanda de Inventarios, reúne los requisitos de forma exigidos por los Arts. 142 y 143 del COGEP, por lo que se la califica y se la admite a trámite en procedimiento VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334.4 y 335 del Código Orgánico General de Procesos. Consecuentemente, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por el causante EDUARDO GUILLERMO AGILA SOTO, fallecido el 20 DE ABRIL DEL 2020, disponiéndose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 y 342 del COGEP, en presencia de los interesados y del Perito, que será designado una vez que se cite en legal forma a todos los demandados, Así como se señalará fecha para la práctica de la referida diligencia. CITESE a los herederos desconocidos y presuntos del causante EDUARDO GUILLERMO AGILA SOTO, conforme a los Arts. 56.1 y 58 del COGEP, mediante publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de la localidad, confiérase el respectivo extracto. Cuéntese en este proceso: a) Con la compareciente: GLORIA FERMINA GUAJALA DIAZ en calidad de cónyuge sobreviviente; CITESE.- A los señores: MARGARITA OLIVA AGILA SOTO, MELVA JOSEFINA AGILA SOTO, TOMASA DE JESUSAGILA SOTO, HUGO REINALDO AGILA SOTO, GONZALO CRISTOBAL AGILA SOTO, ROQUE EDGAR SOTO AGILA, SEGUNDO ALBERTO AGILA SOTO, MILTON ANIVAL AGILA SOTO, HOLGER EVARISTO AGILA SOTO, FRANCO HUMBERTO AGILA SOTO y FRANCO HUMBERTO AGILA SOTO, en los domicilios en y en la forma que se solicita; b) CUÉNTESE Y NOTIFÍQUESE, a los siguientes funcionarios: 1) Señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD de Paltas; 2) Con el Señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja; 3) Con el MAGAP, en Loja, en sus Despachos, para la notificación a los referidos funcionarios en Loja, se Depreca a uno de los señores Jueces de la Niñez del cantón Loja, ofreciendo reciprocidad en casos similares, remítase el respectivo despacho. Téngase en cuenta el Anuncio de LOS MEDIOS DE PRUEBA de los accionantes contenido en el Ordinal 6, de su demanda, la designación de Procurador Común en el Ordinal Séptimo. Téngase, en cuanta la sugerencia del perito, que designara en el momento oportuno, en cuenta la cuantía de la acción, la casilla judicial y la dirección del correo electrónico señalado y la autorización conferida a su Defensor. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. NOTIFIQUESE.- OTRO AUTO.- Paltas, martes 20 de abril del 2021, las 15h40,

VISTOS.- En atención al escrito que antecede; y, de conformidad al Art. 130.8 del COFJ, Se convalida el auto de Aceptación a trámite de fecha 05 de abril del 2021, a las 17h06, constante en fjs 56 de los autos. En el sentido que.- Avoco conocimiento y competencia de la presente causa en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Paltas, provincia de Loja, en virtud a la Resolución 258-2014 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura con fecha, 8 de octubre del 2014; así como a la Acción de Personal Nro. 8181DNTH-2014 de fecha, 14 de octubre del 2014. La demanda de Inventarios, reúne los requisitos de forma exigidos por los Arts. 142 y 143 del COGEP, por lo que se la califica y se la admite a trámite en procedimiento VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334.4 y 335 del Código Orgánico General de Procesos ; y, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por el causante EDUARDO GUILLERMO AGILA SOTO, fallecido el 20 DE ABRIL DEL 2020, disponiéndose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 y 342 del COGEP, en presencia de los interesados y del Perito, que será designado una vez que se cite en legal forma a todos los demandados, Así como se señalará fecha para la práctica de la referida diligencia. CITESE a los herederos desconocidos y presuntos del causante EDUARDO GUILLERMO AGILA SOTO, conforme a los Arts. 56.1 y 58 del COGEP, mediante publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de la localidad, confiérase el respectivo extracto. Cuéntese en este proceso: a) Con la compareciente: GLORIA FERMINA GUAJALA DIAZ en calidad de cónyuge sobreviviente; CITESE.- A los señores: MARGARITA OLIVA AGILA SOTO, MELVA JOSEFINA AGILA SOTO, TOMASA DE JESUS SOTO ENCARNACION, HUGO REINALDO AGILA SOTO, GONZALO CRISTOBAL AGILA SOTO, ROQUE EDGAR SOTO AGILA, SEGUNDO ALBERTO AGILA SOTO, MILTON ANIVAL AGILA SOTO, HOLGER EVARISTO AGILA SOTO, y FRANCO HUMBERTO AGILA SOTO, en los domicilios en y en la forma que se solicita; b) CUÉNTESE Y NOTIFÍQUESE, a los siguientes funcionarios: 1) Señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD de Paltas; 2) Con el Señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja; 3) Con el MAGAP, en Loja, en sus Despachos, para la notificación a los referidos funcionarios en Loja, se Depreca a uno de los señores Jueces de la Niñez del cantón Loja, ofreciendo reciprocidad en casos similares, remítase el respectivo despacho. Téngase en cuenta el Anuncio de LOS MEDIOS DE PRUEBA de los accionantes contenido en el Ordinal 6, de su demanda, la designación de Procurador Común en el Ordinal Séptimo. Téngase, en cuanta la sugerencia del perito, que designara en el momento oportuno, en cuenta la cuantía de la acción, la casilla judicial y la dirección del correo electrónico señalado y la autorización conferida a su Defensor. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. NOTIFIQUESE.- FIRMA.- DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PALTAS. Particular que pongo en conocimiento de los interesados y público en general, para los fines legales pertinentes. Catacocha, miércoles 28 de abril de 2021.- Lo certifico.- EL SECRETARIO.Ab. Juan Pablo Ortega Parra. SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL P/F REPUBLICA DEL ECUADOR CITACION JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA. Cito con el escrito de demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales, a JOFRE MANUEL APOLO ASANZA, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: MORA ATARIHUANA MARTHA PIEDAD. DEMANDADOS: APOLO ASANZA JOFRE MANUEL. TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: $. 6000,oo ASUNTO: COBRO DE DINERO. JUICIO No. 11333-2019-03206. JUEZ: Dr. Franco Rómulo Carrión Paz. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE

LOJA DE LOJA. Loja, viernes 15 de noviembre del 2019, las 15h54, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda presentada por la señora Martha Piedad Mora Atarihuana, en contra de JOFRE MANUEL APOLO ASANZA, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en letra de cambio, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contienen una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación al demandado JOFRE MANUEL APOLO ASANZA, en el lugar señalado, de conformidad a lo establecido en el articulo 53 del COGEP, para lo cual se dispone remitir el proceso a la Oficina Técnica de Citaciones y Notificaciones. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado JOFRE MANUEL APOLO ASANZA, proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. La medida cautelar solicitada en los términos solicitados no es procente. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- Dr. Franco Rómulo Carrión Paz.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA.- OTRA PROVIDENCIA.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, Loja, martes 13 de abril del 2021, las 14h05, Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en autos y ha rendido juramento de desconocer el domicilio de la parte demandada: JOFRE MANUEL APOLO ASANZA, se dispone su citación por la prensa escrita, conforme a lo estipulado por el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.Hágase saber.- F).- Dr. Franco Rómulo Carrión Paz.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA Loja, 20 de abril del 2021. Dr. Fabricio López Luzuriaga SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA P/F5296 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el proceso civil ejecutivo nro. 11333-202000992 seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JUVENTUD ECUATORIANA PROGRESISTA LTDA. cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JUVENTUD ECUATORIANA PROGRESISTA LTDA. DEMANDADO: PEDRO MANUEL PACHECO CARPIO, deudor principal, RUTH ELENA PUCHAICELA PINTA y SEGUNDO SAMUEL JIMENEZ MAZA, deudores solidarios. OBJETO DE LA DEMANDA: CUANTIA: $21804.96 JUICIO: Nro. 11333-2020-00992 JUEZ: Dr. Luis Figueroa Simancas V I S T O S.- Loja, jueves 23 de julio del 2020, las 17h44, V I S T O S: Agréguese a los autos el escrito que antecede. En lo principal, la demanda presentada por la Dra. DOLORES ANDREA PACHAR MONTAÑO, en su calidad de Procuradora Judicial del Ec. FLORESMILO ALVEAR ESPEJO, Gerente General y Representante Legal de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JUVENTUD ECUATORIANA PROGRESISTA LTDA., en contra de PEDRO MANUEL PACHECO CARPIO, deudor principal, RUTH ELENA PUCHAICELA PINTA y SEGUNDO SAMUEL JIMENEZ MAZA, deudores solidarios, cumple los requisitos legales previstos en los arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el PAGARE A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los arts. 347 y 348 del

www. mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. Se dispone la citación de los demandados: PEDRO MANUEL PACHECO CARPIO, deudor principal, RUTH ELENA PUCHAICELA PINTA y SEGUNDO SAMUEL JIMENEZ MAZA, en el domicilio señalado, y se les concede a dichos demandados el término de (15 ) días, para que contesten la demanda de conformidad a lo establecido en el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos COGEP. Agréguese los documentos presentados. Tómese en cuenta la cuantía, casillero judicial y correo electrónico señalado.- Pasen los autos a la oficina de citaciones.Con el fin de dar cumplimiento con la citación se dispone que la parte actora facilite la copias que se requieren con el objeto de cumplir con la diligencia.Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA: VISTOS: En lo principal, toda vez que la parte actora Ab. Richard Antonio Macas Valarezo en calidad de Procurador Judicial del Eco. Floresmilo Alvear Espejo en calidad de Gerente y Representante Legal de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JUVENTUD ECUATORIANA PROGRESISTA LTDA, ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de la parte demandada RUTH ELENA PUCHAICELA PINTA y PEDRO MANUEL PACHECO CARPIO, se dispone citarlos por uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual extiéndase el extracto respectivo para la publicación por el periódico.- Hágase Saber.- Particular que se pone en conocimiento del público en general para fines de ley.Loja, 22 de abril de 2021 Ab. Verónica Carrión Guerrero SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LOJA P/F5297 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a: los herederos presuntos y desconocidos de la que en vida se llamó JORGE HUMBERTO MOLINA PÉREZ que en extracto es como sigue: ACTOR: WILMA SUSANA CARRIÓN SÁNCHEZ, SILVIA SUSANA MOLINA CARRIÓN DEMANDADO: herederos presuntos y desconocidos de la que en vida se llamó JORGE HUMBERTO MOLINA PÉREZ OBJETO DE LA DEMANDA: ALISTAMIENTO Y AVALUOS DE BIENES (inventario) TRÁMITE: voluntario JUICIO: Nro. 11203-2021-01120 JUEZ: Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca EXTRACTO DEMANDA.- “Loja, martes 27 de abril del 2021, las 16h15, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, Provincia de Loja, conforme a la resolución Nro. 157-2012 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 8 de noviembre del 2012, resolución Nro. 050-2013, de 30 de mayo del 2013 aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, y acción de personal Nro. 3186-DP11-2016-FA de fecha 20 de septiembre de 2016. Se llama a intervenir a la Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz, en calidad de Secretaria de la Unidad Judicial.- En lo principal, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento del señor JORGE HUMBERTO MOLINA PÉREZ conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia

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de los interesados y bajo la dirección de un perito judicial sugerido quién será designado oportunamente por esta Unidad Judicial. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- 1.1. Con los solicitantes WILMA SUSANA CARRIÓN SÁNCHEZ, SILVIA SUSANA MOLINA CARRIÓN por lo que comparecen en calidad de cónyuge sobreviviente e hijo y por lo tanto heredero del causante. 1.2. Con los demandados WILMA BEATRIZ MOLINA CARRIÓN Y JORGE EDUARDO MOLINA CARRIÓN en calidad de hijos y por lo tanto herederos del causante, a quienes se los citará en la dirección del domicilio señalado en la solicitud. 1.3. Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, funcionario que deberá ser citado en su respectivo despacho. Para su cumplimiento, pase el proceso a la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial, a la parte demandada y funcionario indicado con el contenido de la solicitud, documentación adjunta y el presente auto, se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020, que en su parte pertinente dice: “Art. 4 (…) 4.1.- Una vez calificada la demanda, acto pre procesal o diligencia previa y ejecutoriado el auto respectivo, la o el actora adjuntará tres ejemplares de la misma para la elaboración de las boletas de citación. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar ejemplares de la demanda por cada persona demandada. Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación adjunto al “formulario de entrega de copias para citación”. Dicha entrega quedará registrada en el sistema SATJE con una razón sentada por parte de la o el secretario a cargo del proceso en la cual se especificará la fecha de recepción de las copias para citación en un término máximo de un (1) día después de recibido el formulario (…) 4.2.- Sentada la razón de recibidas las copias de citación por parte de la o el secretario a cargo del proceso judicial, las y los ayudantes judiciales, en el término de dos días elaborarán las boletas de citación…”. 1.4. Cítese a los herederos desconocidos del causante JORGE HUMBERTO MOLINA PÉREZ, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.- Se dispone a los comparecientes hasta antes de ordenarse el enlistamiento y avalúo de bienes, presenten la documentación de escritura pública del bien inmueble singularizado en el numeral 4.4.1 ordinal cuatro de la solicitud. CUARTO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que le conceden a su defensor técnico.- Acogiendo el pedido de los actores y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra en calidad de Procurador Común a la señorita Silvia Susana Molina Carrión, con quien se contará en el proceso. Agréguese a los autos la documentación adjunta.NOTIFIQUESE.-- f) DR. Pablo Vinicio Muñoz Abarca ( Ilegible ) DRA. NUVIA CORALIA FLORES RUIZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F


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.com.ec tancias a las que se refiere el Art. Inn. 4, ordinales 2 y 3 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia; publicada en el Reg. Of. 643 del 28 de julio de 2009; es decir, si se encuentra estudiando, o si acaso padece de alguna discapacidad o sus circunstancias físicas o mentales le impidan o dificulten procurarse los medios para subsistir por sí mismo. Para la notificación dispuesta, se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Cuenca, Provincia del Azuay, debiendo el señor Secretario de este despacho tener en cuenta la Directriz de Deprecatorio Virtual establecida por la Dirección Nacional de Gestión Procesal del Consejo de la Judicatura, de conformidad con el Memorando Circular-Cj-DNJP-2018-0289-MC, de fecha 18 de julio de 2018.- El presente auto se dicta sustentado en el criterio expuesto por la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia, mediante oficio No. 00605-PCNJ-2018 de fecha 24 de abril del 2018.- NOTIFÍQUESE. OTRA PROVIDENCIA.- Loja, jueves 29 de abril del 2021, las 11h35, Toda vez que el solicitante señor Francisco Alberto Retto Sarmiento, ha comparecido a reconocer su firma y rubrica conforme a lo dispuesto en el auto de fecha 23 de abril del 2021, en aplicación a lo establecido en el inciso 4 del Art. 56 del COGEP, por lo expuesto considerando la situación de pandemia mundial que estamos atravesando se ordena lo siguiente: 1) De conformidad a lo dispuesto en el Art. 56, numeral 2 ibídem se dispone que la notificación al requerido Santiago Nicolás Guamán Castillo se la realice por

Judiciales

NRO. 11951-2001-5496 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA CITACION JUDICIAL Notifico con el contenido de la petición de extinción de pensión alimenticia, auto de aceptación y más constancias procesales al requerido alimentario SANTIAGO NICOLAS GUAMAN CASTILLO, que en extracto es como sigue: ACTOR: FRANCISCO ALBERTO RETTO SARMIENTO DEMANDADO: SANTIAGO NICOLAS GUAMAN CASTILLO OBJETO: PETICION DE EXTINCION DE PENSION ALIMENTICIA. TRÁMITE: SUMARIO. JUICIO: NRO. 11951-2001-5496 JUEZ: DRA. SANDRA JENNY VIDAL RODRIGUEZ. EXTRACTO DEMANDA.- Loja, martes 10 de noviembre del 2020, las 18h03, Con el pedido de extinción de pensión que pretende el alimentante FRANCISCO ALBERTO RETTO SARMIENTO, se corre traslado al alimentario SANTIAGO NICOLAS GUAMAN CASTILLO; a quienes, en orden a garantizar el derecho a la defensa consagrado en los Arts. 75 y 76.7 de la Constitución de la República; en armonía con el principio de inversión de la prueba, y de conformidad con lo establecido en el Art. 76 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone notificarlo con el pedido que hace su progenitor, a quien se le concede el término de cinco días para que justifique si se encuentra en alguna de las circuns-

medio de: “ Mensajes que se transmitirán en tres fechas distintas, por lo menos tres veces al día, en una radiodifusora de la localidad, en un horario de seis a veintidós horas y que contendrán un extracto de la demanda o solicitud pertinente. La o el propietario o la o el representante legal de la radiodifusora emitirá el certificado que acredite las fechas y horas en que se realizaron las transmisiones de mensajes y una copia del audio”.- Sin perjuicio que las partes puedan hacerlo en uno de los diarios de ésta ciudad de Loja que están habilitados, y se adjunte la captura de pantalla e impresión de la publicación digital con la certificación del representante legal del medio, siguiendo las reglas del numeral 1 del Art. referido en líneas anteriores. Para el efecto confiérase el extracto correspondiente.- NOTIFIQUESE.Loja, 27 de abril del 2021. Dra. Gabriela Altamirano Salcedo SECRETARIA P/F5299 UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL CITO, con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias que anteceden al demandado BERNARDO ONOFRE CARRION CORDERO, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DE LOJA S. A. DEMANDADOS BERNARDO ONOFRE CARRION CORDERO Y OTRA. JUICIO: EJECUTIVO NRO. 113332020-02530 CUANTIA: SEIS MIL DOLARES JUEZ: Dra. Sarita Azucena Ochoa Tamay

JUEVES 6 DE MAYO DE 2021 AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, lunes 14 de diciembre del 2020, las 13h37, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente acción en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil del cantón Loja.- En lo principal, la demanda que antecede incoada por el BANCO DE LOJA S.A., representado por el Procurador Judicial doctor Carlos Vinicio Campoverde Gonzaga, conforme lo justifica con los documentos adjuntos, en contra de los señores BERNARDO ONOFRE CARRIÓN CORDERO y LINO CASTILLO ORTEGA, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 de la ley ibídem, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se dispone la citación de los demandados en la dirección señalada a través de Comisión que se remitirá al señor Teniente Político de la Parroquia Yangana, del cantón Loja, provincia de Loja y se le otorga término extraordinario de cinco días en razón de la distancia .- En aplicación de lo previsto en los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 de la ley ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será

susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados así como la comparecencia del Procurador Judicial de la entidad accionante, quien ejercerá la defensa técnica.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.. F) OCHOA TAMAY SARITA AZUCENA, JUEZA UNIDAD JUDICIAL OTRA PROVIDENCIA. AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA.. Loja, lunes 12 de abril del 2021, las 09h50, VISTOS: Toda vez que el Dr. Carlos Campoverde Gonzaga, en calidad de Procurador Judicial de Procesos del Banco de Loja S.A. ha declarado bajo juramento haber efectuado todas las diligencias necesarias, como acudir a los registros de público acceso, así como haber declarado la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia del demandado: BERNARDO ONOFRE CARRIÓN CORDERO, se dispone: 1) CITAR por la prensa al señor: BERNARDO ONOFRE CARRIÓN CORDERO conforme a lo establecido en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Para el cumplimiento de lo dispuesto, confiérase a través del actuario del despacho el extracto respectivo.- Hágase Saber.- . F) OCHOA TAMAY SARITA AZUCENA, JUEZA UNIDAD JUDICIAL Particular que se pone en conocimiento para los fines legales consiguientes. LOJA 22 de abril del 2021 Dra. Nuvia Apolo Pinza SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DE LOJA P/F5300

COVID-19 Casos confirmados por cantón CASOS

14.405 2.190 11.702 513 Positivos

Activos

Recuperados

Fecha de corte: Miércoles 5 de mayo de 2021 Fuente: Ministerio de Salud Pública

SARAGURO

Fallecidos

444

MUESTRAS

39.109 24.342 362 Tomadas

Negativas

En espera

Cantones con semáforo epidemiológico en ROJO

Edad

Contagiados

0-11 meses

28

1-4 años

80

5 - 9 años

130

10 -14 años

340

15 - 19 años

594

20 - 49 años

8.695

50 - 64 años

2.589

más de 65 años

1.949

OLMEDO

PUYANGO

Personas en aislamiento domiciliario

Provincia de Loja Casos positivos por rango de edades

10

148

2.133 2.945 2.095 Personas en A.P.O.

10.258

CHAGUARPAMBA

AISLAMIENTOS

Personas en CERCO Epidemiológico

28

Cantones con semáforo epidemiológico en AMARILLO

121 PINDAL

706

ZAPOTILLO

946

61

MACARÁ

PROVINCIA DE LOJA / CONTAGIOS POR GÉNERO

7.341 Hombres

451 87

SOZORANGA

CELICA

178

CATAMAYO

PALTAS

216

7.064 Mujeres

GONZANAMÁ

517 CALVAS

19

42

QUILANGA

192 ESPÍNDOLA

LOJA


Justicia

JUEVES 6 DE MAYO DE 2021

I

Ciudadanos sancionados por libar en la vía pública

•• Autoridades sancionan a personas que estaban bebiendo en la calle.

Loja. Los operativos por parte de las entidades de control continúan. En los sectores de Las Pitas, Carigán y El Valle sancionaron a personas, retuvieron vehículos y cerraron negocios por infringir el toque de queda.

Detalles Dos vehículos fueron retenidos e impuesto la sanción correspondiente a sus propietarios; a 4 ciudadanos los multaron por libar en la vía pública y en horario no permitido; y un local clausurado por encontrarse abier-

to en horario no permitido. Las operaciones se realizan diariamente, a fin de hacer cumplir el toque de queda y evitar la proliferación de la COVID-19, sin embargo, algunos ciudadanos continúan haciendo caso omiso a las disposiciones.(I).(FJC).

Buscan a Lou Yaoyu “Ayúdanos a encontrarla” dice a la comunidad sus amigos y compañeros de trabajo, para recolectar información referente a la ubicación de la joven Lou Yaoyu de nacionalidad china. Hasta las 20h00 del miércoles 05 de mayo se desconocía aún su ubicación. Ella tiene 22 años y es traductora de la empresa Jinguo, subcontratista de la empresa minera ECSA. Habría salido de su lugar de trabajo el martes 04 de mayo de 2021 a eso de las 08h00. Según versiones, supuestamente la mujer fue vista por última vez en el sector de El Quimi con destino a Chuchumbletza, caminando

por la vía principal. Vestía pantalón negro y chompa color roja, zapatos blancos, cartera y lentes. Desde ese momento se desconoce su paradero. El personal bomberil de El Pangui solicita a la comunidad del sector si conocen alguna novedad o información referente a este caso, reportar al número de teléfono 911 o al de la entidad de los casadas rojas 072310102. Entre la maleza La Policía Nacional del UPC Tundayme con el apoyo de Cuerpo de Bomberos de El Pangui y personal de la empresa a la cual pertenece la desaparecida; en una segunda búsqueda encontraron entre la maleza, una

tezuma y Nazca. Ya en el sitio los efectivos procedieron a ingresar a la vivienda y observaron a un hombre, quien se presume habría ingerido un líquido tóxico con la finalidad de

En la parroquia San Güillín del cantón Calvas, la mañana del miércoles 05 de mayo personal del Eje Preventivo e Investigativo de la Subzona de Policía Loja N°11, mediante técnicas especializadas de investigación y con la respectiva orden de allanamiento emitida por la autoridad competente ejecutaron un operativo.

Se allanó un domicilio de esta localidad, obteniendo como resultado la incautación de: un revólver marca Taurus serie 653918 calibre 32, un rifle carga múltiple marca Winchester modelo 290 calibre 32, con serie B1966996; un arma larga de fabricación artesanal tipo cartuchera calibre 16. P

CONTACTOS: 0997262566 / 0992416701 / 2732003 gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec

mochila color beige con documentos y pertenencias de Lou Yaoyu, esto en la comunidad Yanua Kim

Hombre quería acabar con su vida Loja. Personal de bomberos de la estación centro en horas de la madrugada de este miércoles 05 de mayo a través del Ecu911, asistieron al rescate de un ciudadano en el sector del Balcón Lojano calles Mon-

Decomisaron armas

terminar con su vida, ya que a su lado se encontró un frasco de dynamiet, insecticida agrícola. El paciente fue entregado al personal del Ministerio de Salud, para su revisión y recuperación.(I)

Pasaje Cinchona 207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay, sector 24 de Mayo Twitter: CronicaLoja Facebook: DiarioCronica Instagram: DiarioCronica Issuu: CronicaLoja WhatsApp: 0997262566 DiarioCronica

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