Viernes 05 de marzo de 2021 Edición Nro. 10111

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Loja-Ecuador www.cronica.com.ec diariocronica @cronicaloja 0997262566 Edición Nº 11001

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Transportistas dan

ultimátum al Gobierno

o habrá paralización

Fallece ilustre educadora, Yolanda Ruiz Ortega (Pág. 4)

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l gremio de los transportistas espera que hasta este viernes 05 de marzo se pronuncie el Gobierno Nacional sobre el incremento del costo del diésel y cuál es la compensación, caso contrario desde el jueves 11 habría paralización de actividades. Están en contra del incremento del pasaje.

Mujeres en defensa de sus derechos

Supuesta reunión secreta entre Yaku Pérez y juez electoral

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a mujer ha ganado mucho en igualdad de género y espacios, pero todavía falta que la sociedad comprenda que tiene los mismos derechos que los hombres, enfatizan Emma Patricia Pacheco Montoya, vicepresidenta del Colegio de Abogados, y Patricia Gutiérrez Durán, psicóloga clínica y actualmente trabaja en la Defensoría del Pueblo de Loja como especialista de Derechos Humanos.

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Alianza PAIS expulsa a Lenín Moreno (Pág. 11)

ISTDAB y REP firmaron convenio interinstitucional

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Mujeres en defensa de sus derechos Dos profesionales señalan que la mujer ha ganado mucho en igualdad de género y espacios, pero todavía falta que la sociedad comprenda que tiene los mismos derechos que los hombres.

Jurista Emma Patricia Pacheco Montoya, vicepresidenta del Colegio de Abogados, expresó que el rol de la mujer en el derecho es importante porque con el pasar de los días se ha ido empoderando; la profesión por muchos años se la consideró solo de hombres, incluso la estructura gramatical de la palabra abogado va dirigida hacia el varón. Sin embargo, en la actualidad las mujeres han ganado terreno y cada día hay más profesionales del

•• Emma Patricia Pacheco Montoya, vicepresidenta del Colegio de Abogados.

derecho; se puede observar juezas, fiscales y un gran número en el ejercicio de la profesión. Por ejemplo, en las aulas universitarias, antes era raro observar a una mujer siguiendo la carrera de Jurisprudencia, pero en

estos momentos hay igual número de jóvenes preparándose. “Ha sido duro y difícil tratar de que la sociedad confíe en las mujeres para defender los derechos, porque se piensa que solo el hombre va a tener ese poder, cuando eso es erróneo, ya que tenemos las mismas condiciones”, dijo. Puntualizó que todavía la mujer debe seguir luchando para hacer valer sus derechos, ya que en ciertos sectores de la función pública sino fuera por la Constitución no habría el mismo acceso a prestar sus servicios. Años atrás, un gran número de mujeres se presentaban a los concursos y nadie ganaba. Defensora Patricia Gutiérrez Durán,

•• Patricia Gutiérrez Durán, psicóloga clínica y actualmente trabaja en la Defensoría del Pueblo de Loja.

psicóloga clínica y actualmente trabaja en la Defensoría del Pueblo de Loja como especialista de Derechos Humanos, señaló que hay un montón de situaciones y desafíos de la mujer

en la actualidad para conseguir que haya igualdad de condiciones para tener las mismas oportunidades de acceso a los diferentes estamentos del Estado. La emergencia sanitaria ha aumentado los índices de precarización y segregación en derechos, por ejemplo, la sobrecarga del trabajo realizado en casa, ya que actualmente son madres y maestras al mismo tiempo. “Ese es el desafío que las mujeres debemos cambiar, en donde padres, madres e hijos se distribuyan las labores para que haya equidad y el resultado de todo será que aprendemos a ser personas funcionales. De la misma manera toca luchar para que en un espacio público tenga los mismos derechos y no sea señalada solo por ser mujer”, añadió.(I).(FJC).

ISTDAB y REP firmaron convenio interinstitucional En horas de la tarde de este jueves 4 de marzo el Instituto Superior Tecnológico Daniel Álvarez Burneo (ISTDAB) y la Red Ecuatoriana de Pedagogía (REP) firmaron el convenio interinstitucional con el cual busca tener beneficios para los docentes como capacitación, descuentos en maestrías, entre otros. Circunstancias María Isabel Ureña Torres, rectora del instituto, expresó que decidieron firmar el convenio con la REP porque les ayudará en el fortalecimiento de los procesos y

procedimientos de formación, investigación y gestión del sistema de educación. “Vimos en la REP los procesos de capacitación a los docentes mediante los procesos de: clases abiertas, clases magistrales, edúcate en casa y educación en valores, razón por la cual decidimos ser parte de la entidad, la misma que en este 2021 nos ayudará a cumplir los objetivos planteados”, mencionó. Por su parte, el presidente de la REP, Josué Habacuc Villagómez Cárdenas, indicó que, tras la firma del convenio entre las dos en-

tidades, el instituto va a tener grandes beneficios, por ejemplo, en la plataforma o el campo digital de la REP existen varios cursos en las áreas de la pedagogía, didáctica, investigación y competencias digitales que suman alrededor de 1000 horas certificadas. Los docentes pueden acceder de forma inmediata durante todo el período que dure el convenio. “Esto permitirá al docente tener una carpeta actualizada y ese conocimiento impartirlo en la práctica educativa. También vamos a acompañar a la institu-

•• María Isabel Ureña Torres, rectora del Instituto Superior Tecnológico Daniel Álvarez y Josué Habacuc Villagómez Cárdenas, presidente de la REP.

ción para que los indicadores de acreditación en torno a formación continua, promoción e investigación se puedan llevar a cabo de manera efectiva”, dijo. Además, dos docentes contarán con descuentos únicos para acceder a programas de maestrías

que cuenta la REP y una maestría internacional en el área de la Educación, así también, puedan acceder a programas doctorales con varias instituciones fuera del país con las cuales la Red Ecuatoriana de Pedagogía mantiene convenios vigentes.(I).(FJC).


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Transportistas dan ultimátum al Gobierno o habrá paralización El gremio de los transportistas espera que hasta este viernes 05 de marzo se pronuncie el Gobierno Nacional sobre el incremento del costo del diésel y cuál es la compensación, caso contrario tentativamente desde el jueves 11 habrá paralización de actividades. Están en contra del incremento del pasaje. Circunstancias A decir, del presidente de la Federación de Cooperativas de Loja, Fredi Guerrero Lapo, lo único que desean es sean atendidos los pedidos que han venido realizando todo este tiempo al Gobierno Nacional, desde el momento de la reactivación. Uno de ellos es que se dé una solución por el tema del incremento del costo del galón de diésel para el transporte interprovincial e

• Fredi Guerrero Lapo, presidente de la Federación de Cooperativas de Loja.

intracantonal, el cual cada mes viene subiendo. “Por el momento, está afectando solo al sector del transporte porque el galón de diésel es el que está variando, pero luego afectará a todo ciudadano, ya que el decreto es claro, el cual indica que el combustible de

todo tipo subirá”, dijo. Es por ello, que en reuniones efectuadas a inicios de la semana en la ciudad de Quito, han decidido que hasta el día viernes 5 de marzo dan plazo al Gobierno Nacional para que se pronuncie sobre cuál va a ser la medida compensatoria por el alza del combustible; en el caso que no se diga nada irían a una paralización, tentativamente empezaría desde el 11 de marzo, fecha en la que nuevamente se incrementa el combustible. Guerrero Lapo añadió que existen otros problemas, entre ellos, los compromisos adquiridos con las entidades financieras: cooperativa, bancos y casas comerciales en donde se financiaron los vehículos para la renovación de la flota en las diferentes ope-

• Transporte se paralizaría el 11 de marzo.

radoras de transporte y que por el momento no pueden pagar, ya que los ingresos que se generan solo les alcanza para gastos operativos y mantenimientos preventivos en el mejor de los casos. Por ende, una de las alternativas es que la banca

pública compre la deuda a la privada y una vez que se haga esto los transportistas podrían considerar las tasas de interés, ampliación de plazos, períodos de gracia, situaciones que más se necesitan para una reactivación adecuada, destacó. (I).(FJC). P

GUARDIANES DE LA MEMORIA LOJA

El Grupo de Voluntarios de Guardianes de la Memoria Loja, adscrito al Archivo Histórico Municipal de Loja, profundamente consternados ante el sensible fallecimiento de nuestra querida Presidenta, señora

Mgtr. Yolanda Aurora Ruiz Ortega Presenta su más sincera solidaridad a su familia, de manera especial a su esposo doctor Camilo Espinosa, integrante de la Asociación, a sus hijos Camilo y Raúl Espinosa Ruiz, y a todos su familiares y amigos por tan lamentable pérdida. Loja marzo 4, 2021

Que en paz descanse y de Dios goce

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Fallece ilustre educadora e investigadora lojana

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CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DEL BANCO DE LOJA S.A. Por resolución del Directorio del Banco de Loja S. A., adoptada en sesión del viernes 19 de febrero de dos mil veintiuno; y, de acuerdo a lo que determina el Código Orgánico Monetario y Financiero, la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos y el Estatuto Social del Banco, se convoca a los señores Accionistas de la Institución, así como al Auditor Externo PWC del Ecuador, y a la Auditora Interna de la entidad Ing. María José Vásconez Varea, a la sesión de JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se celebrará el viernes diecinueve de marzo del dos mil veintiuno, a partir de las 17:00 (5p.m.) en su propio local, ubicado en la esquina de las calles Rocafuerte y Bolívar en el cantón y ciudad de Loja, para tratar y resolver sobre los siguientes puntos:

• Yolanda Aurora Ruiz Ortega, ilustre educadora e investigadora.

A los 71 años de edad partió al seno del Creador, la ilustre educadora e investigadora, Yolanda Aurora Ruiz Ortega. Su deceso suscitado este jueves 4 de marzo del 2021, llenó de pesar a sus amigos, familiares y a la comunidad lojana. Trayectoria Ruiz Ortega se casó con el educador Camilo Espinosa Pereira, con quien procreó dos hijos: Camilo Isaac y Raúl Andrés Espinosa Ruiz. Laboró en el Conservatorio de Música Salvador Bustamante Celi y fue docente en el colegio La Dolorosa. Es una familia dedicada a la educación desde muchos años. Una vez, que salió de la docencia, es decir se jubiló, se involucró a la investigación y formaron con 10 personas más el grupo “Los Guardianes de la Memoria del Archivo Histórico de Loja” y ella fue nombrada presidenta del gremio. José Carlos Arias Álvarez, director del Archivo Histórico del Municipio de Loja, mencionó que una de las investigaciones importantes que apoyó Yolanda Aurora Ruiz Ortega fue en relación con las campanas de San Sebastián, en las

mismas que el 18 de noviembre de 1820 se gritó la libertad de Loja. También indagó sobre el descubrimiento de la cascarilla. Tenía en mente, varios proyectos, uno de ellos relacionados a los libros que cuenta la historia de la provincia. “Cualquier pérdida enluta no solo a la familia sino a la ciudad y más de alguien que fue inquieta y apasionada por la historia. Lamentablemente, este hecho no nos tomó por sorpresa, ya que desde hace dos años su salud recayó”, dijo. Acotó que investigadores como Ruiz Ortega hay muy pocos, porque hay que ser curiosos, tener tiempo y estar capacitado; esas virtudes no abundan en la ciudad de Loja. En ese sentido, se tiene que seguir armando la historia, así como lo hizo la investigadora, porque ese es el mejor legado que podemos dejar a nuestros herederos. “Lo importante es que las personas antes de partir de este mundo tengamos la oportunidad de dejar por escrito todo lo que hemos hecho”. Sus restos mortales serán inhumados en el camposanto “Jardines del Zamora”.(I).(FJC).

1. Conocer y resolver sobre el informe del Directorio y la Gerencia General, relativo a la marcha del Banco, correspondiente al año 2020. 2. Conocer la opinión del Directorio, de conformidad con lo que dispone el numeral 9, del Art. 410 del Código Orgánico Monetario y Financiero. 3. Conocer la opinión del Comité de Auditoría, de conformidad con lo que determina el artículo 7, de la Sección II, del Capítulo I, del Título X, de la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos. 4. Conocer el Informe del Comité de Administración Integral de Riesgos correspondiente al año 2020, en atención a lo dispuesto en la Tercera Disposición General, del Capítulo I, del Título IX, del Libro de la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos 5. Conocer el Informe Anual de la Defensora del Cliente, de conformidad con lo que determina el numeral 3, del Artículo 12, de la Sección II, del Capítulo VII, del Título XIII de la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos. 6. Conocer el Plan de Trabajo 2021 e Informe de gestión de la Unidad de Cumplimiento sobre prevención de lavado de activos y del financiamiento de delitos como el terrorismo, en atención a lo establecido en los literales d) y e) del Art.36 de la Sección VII, del Capítulo III, del Título X, del Libro I de la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos 7. Conocer y resolver sobre el informe del Auditor Externo y Comisario, y el informe del Auditor Interno, con relación al año 2020. 8. Conocer el informe sobre la gestión y cumplimiento de las prácticas de Buen Gobierno Corporativo y Código de Ética, en atención a lo dispuesto en el Art.11, de la Sección IV, del Capítulo VIII, del Título XIII, del Libro I, de la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos. 9. Conocer y resolver sobre los estados financieros del ejercicio económico 2020. 10. Resolver sobre el destino de las utilidades del ejercicio económico 2020. 11. Propuesta de Aumento de Capital Autorizado y reforma al Art. 5 del Estatuto Social 12. Elección del Auditor Externo Notas: a. Cuando el apoderado sea un accionista, bastará una comunicación al Presidente del Directorio, haciéndole saber esta delegación. Al tratarse de apoderado que no sea accionista el poder deberá ser notarial. b. En la oficina de la Secretaria General del Banco se encuentran a disposición de los señores accionistas para su conocimiento y estudio, el balance general y el estado de pérdidas y ganancias, el informe del Directorio y la Gerencia General, del Auditor Interno, del Auditor Externo y Comisario, y el resto de los informes señalados en la presente convocatoria. c. El Auditor Externo del Banco, que hace las veces de Comisario, ha sido también convocado especial e individualmente para esta Junta General, al igual que la Auditora Interna. d. ASISTENCIA DE ACCIONISTAS POR VIDEOCONFERENCIA. De acuerdo a lo establecido en el Art. 18 del parágrafo II, de la sección II del capítulo V, del Título VI, del Libro I de la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos, los accionistas pueden comparecer personalmente a las juntas generales; esto es físicamente o a través de videoconferencia. La junta general podrá instalarse, sesionar y resolver válidamente cualquier asunto de su constancia, utilizando videoconferencia, para sus efectos el accionista será responsable de que su presencia se perfeccione a través de ese medio de comunicación telemática. El accionista dejará constancia de su comparecencia de su presencia mediante un correo electrónico dirigido a la dirección electrónica: secretaria_general@bancodeloja.fin.ec Recibido el mensaje electrónico del accionista, Secretaría por esa misma vía verificará la identidad del solicitante y remitirá el enlace electrónico pertinente para la comunicación por videoconferencia. Loja, febrero de 2021.

Ing. Víctor Hugo Loaiza González PRESIDENTE DEL DIRECTORIO

Ing. Leonardo Burneo Müller GERENTE GENERAL

Dr. Santiago Armijos Valdivieso SECRETARIO DEL DIRECTORIO P/F4921


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Estudiantes destacados Proyectos para recibieron tablets fortalecer al sector productivo

En procura de contribuir a la reactivación económica de las provincias del sur del país, la Coordinación Zonal 7 de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) ejecuta dos proyectos que están dirigidos a apoyar a emprendedores y representantes de servicios de alimentación colectiva de Loja, El Oro y Zamora Chinchipe. “Califícate con Arcsa” es la primera iniciativa, que pretende otorgar la calificación higiénico-sanitaria a establecimientos de servicios de alimentación que cumplan con las prácticas correctas de higiene y manipulación de alimentos, la cual incluye capacitación, asesoramiento directo y el otorgamiento de una certificación de calidad. Mientras que el proyecto “Arcsa por un Ecuador Emprendedor” facilita, con la simplificación de trámites, la obtención de la Notificación Sanitaria de alimentos procesados de bajo y mediano riesgo; esta regularización permite la legal comercialización en tiendas y mercados a escala nacional. Verónica Loaiza, Coordinadora Zonal 7 de Arcsa, mencionó que “como parte de las estrategias establecidas para el presente año, se planificó la articulación

con los Gobiernos Autónomos Descentralizados, quienes tienen dependencias que vienen trabajando con el sector productivo con el fin de realizar acercamientos a los públicos objetivo y de esta manera socializar las iniciativas”. Es así que se han mantenido reuniones con la Prefectura de Loja y Municipios de Zamora Chinchipe, Loja, Catamayo, Macará, Zapotillo y Paltas, con los que se ha trazado una hoja de ruta para socializar las propuestas. Hasta la fecha se han ejecutado encuentros entre virtuales y presenciales con productores y propietarios de restaurantes de estos sectores. Para el mes de marzo, se prevé socializar los proyectos con los Gobiernos Autónomos Descentralizados de El Oro; del mismo modo, en esta provincia, gracias al convenio con la Universidad Técnica de Machala (Utmach) se ejecutará la iniciativa “Califícate con Arcsa”, con el involucramiento de 11 estudiantes de la carrera de Alimentos. Asimismo, emprendedores de la provincia se encuentran realizando los trámites previos para la obtención de la Notificación Sanitaria de su alimento procesado y han recibido asesoramiento en referencia a las condiciones higiénicas establecidas en la normativa sanitaria.

La Prefectura de Loja a través de la dirección de Acción Social Matilde Hidalgo, la tarde de este miércoles, en el coliseo de deportes de Cariamanga, cumpliendo con todas las normas de bioseguridad, hizo la entrega de tablets a alumnos destacados de los cantones Calvas, Espíndola, Gonzanamá, Quilanga y Sozoranga. El prefecto, Rafael Dávila junto a la viceprefecta María José Coronel y a los alcaldes de Calvas, Alex Padilla y de Quilanga, Fredy Cueva participaron de esta actividad orientada

a reconocer el esfuerzo y empeño de los jóvenes del tercer año de bachillerato destacados en el área académica, deportiva, cultural y liderazgo. Dávila durante su intervención felicitó a los estudiantes por el buen desempeño académico en sus establecimientos “este evento lo venimos realizando desde el año 2014, hemos creído conveniente premiar a los chicos más destacados del tercer año de bachillerato, pero no solo por sus aptitudes académicas, sino también reconocer el talento, el arte, la cultura, el deporte

y el liderazgo estudiantil… extiendo mis felicitaciones a ustedes por el gran papel que cumplen en la sociedad y nosotros estamos reconociendo eso”. De su parte la viceprefecta María José Coronel, destacó la importancia de esta actividad, “el día de hoy como Prefectura les decimos aquí estamos presentes para reconocer su esfuerzo y sacrificio, por destacar en cada una de sus instituciones educativas y por dejar el nombre de la provincia en alto”. Además, indicó que en la presente entrega se benefician 122 estudiantes. P

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María Gabriela Punín recibió condecoración El jueves 4 de marzo, en el auditorio Pablo Palacio de la CCE Núcleo de Loja, se entregó la condecoración “Matilde Hidalgo de Procel” a María Gabriela Punín Burneo, destacada artista, catedrática e investigadora lojana. Esta condecoración es el máximo reconocimiento que entrega el Núcleo Provincial a la mujer lojana que desarrolla una tarea cultural significativa en Loja y el país. Esta fue una de las primeras actividades que desarrolla la Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjamín Carrión Núcleo de Loja, en el marco de la IX edición del Encuentro Arte Mujer “Matilde Hidalgo de Procel” 2021. La Casa de la Cultura Ecuatoriana es consecuente con el esfuerzo, el accionar y sacrificio de la mujer en las diferentes etapas de la historia, señala Diego Naranjo Hidalgo, director provincial. Señala que, actualmente, son una institución que ha dado más espacio a la participación de las mujeres. “Todas las manifestaciones artísticas y culturales cuentan con el rostro de mujer, con ese

de pintura, porque en esta institución, mis pasos marcaron la ruta de mi vida para seguir adelante”, expresó la condecorada. Alicia Ochoa, integrante del Comité del IX Encuentro Arte Mujer, en la semblanza presentada durante el acto, expuso la amplia hoja de vida de Gabriela Punín Burneo, sus logros personales y profesionales.

espíritu extraordinario de creación que les permite desarrollarse en igualdad de condiciones”, refirió el director. Gabriela Punín Burneo, docente de la carrera de Artes Visuales de la UTPL, dijo recibir esta presea con humildad y con la convicción de que la mujer debe ser luz ante la adversidad para seguir luchando por sus sueños e ideales. Con profunda gratitud recordó que sus inicios en el arte los recibió en los talleres de formación de la Casa de la Cultura Ecuatoriana. “Siempre amé mis talleres

Perfil Posee un Ph.D en Arte y Diseño, con una Maestría de Artes Visuales; Especialista en Diseño de Proyectos y Gestión Cultural; docente universitaria por 13 años; investigadora en proyectos de nuevos materiales e instalaciones artísticas; generadora de patentes de invención en biopolímero; coordinadora del grupo de investigación Arte y Entorno, además, posee una amplia trayectoria en el campo artístico y académico, ha desarrollado varias exposiciones nacionales e internacionales; ha compartido sus conocimientos a través del desarrollo de ponencias magistrales y sus artículos se han publicado en varias revistas científicas y académicas.

Conagopare solicita donación de terreno para construir su sede La mañana del jueves 4 de marzo, el alcalde Jorge Bailón recibió la visita del presidente de Conagopare Loja con el objetivo de solicitar la donación de un terreno para la construcción de la sede de esta institución. El Consejo Nacional de Gobiernos Parroquiales Rurales del Ecuador, sede Loja, señaló que el organismo provincial acoge a 78 entidades parroquiales y no cuentan con un lugar propio para desarro-

llar sus actividades, por el momento el Gobierno Provincial les ha facilitado un espacio. Duval Cueva, presidente de Conagopare Loja, señaló que apelando a la sensibilidad del alcalde y su compromiso de trabajo conjunto, solicitó que de entre los predios municipales se done uno para edificar la sede de este organismo. La petición tuvo buena receptividad por parte del Burgomaestre lojano, quien mostró su predisposición para que se done el te-

rreno y solicitó se haga la petición por escrito con el fin de tener los elementos necesarios para ingresar la petición al Cabildo porque se requiere la aprobación de los concejales para esta donación. Cueva dijo que, de entregarse el terreno, empezarían de inmediato con los trámites respetivos para la construcción porque la mayoría de los Gobiernos Parroquiales están interesados en que esto se dé para contribuir con la cristalización del proyecto.

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Está en licitación obras de agua y alcantarillado de Jardines de Punzara En las próximas dos semanas estará lista la casa modelo del proyecto Jardines de Punzara, la cual se edifica en el terreno de quince hectáreas que se destinó para el programa de vivienda social que impulsa el Municipio de Loja a través de la Empresa de Vivienda. A la par de este trabajo se hace la apertura de vías, obra que tiene un avance del 70%. El 23 de abril culmina el plazo del contrato. Patricio León, gerente del Vivem, señaló que las labores se realizan conforme a la planificación, en estos días han tenido ligeros inconvenientes a conse-

cuencia de las lluvias, que no retrasan el cronograma establecido. Comentó que para agilizar el proyecto de vivienda está en proceso, en el Portal de Compras Públicas, la licitación para la construcción de los sistemas de agua potable, alcantarillado sanitario y pluvial del proyecto de vivienda. El monto del contrato de la instalación de los servicios básicos es de un millón quinientos cuarenta mil dólares, aspiran que el contrato se adjudique en este mes y así continuar en mayo con la edificación de 350 viviendas este año y para el 2022 culminar todo el proyecto.

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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MACARÁ EXTRACTO DE DECLARATORIA DE BIEN MOSTRENCO A FAVOR DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTON MACARÁ, DE UN BIEN INMUEBLE UBICADO EN LAS CALLES SUCRE Y TARQUI, BARRIO CENTENARIO DE LA PARROQUIA ELOY ALFARO, EN EL CANTÓN MACARÁ. Se pone en conocimiento del público en General que, el Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Macará, mediante Resolución de Concejo Nº 001-CM-GADMCM-2021, de fecha veintiún días del mes de enero de 2021, contando con todos los informes de Ley, Declaró Bien Mostrenco al predio catastrado con Nº 1108010201090002000, que se encuentra ubicado en las calle Sucre y Tarqui, del Barrio Centenario de la parroquia Eloy Alfaro, en el cantón Macará, provincia de Loja, cuyos linderos y dimensiones son los siguientes: POR EL NORTE. - Con calle Sucre en una extensión de 08.44 metros; POR EL SUR. - Con propiedad de herederos Gálvez Rodríguez en la extensión de 08,41 metros; POR EL ESTE. - Con propiedad de la señora María Espinoza Segarra, en una extensión de 06,67 metros; y, POR EL OESTE.- con propiedad de los herederos Galvez Rodríguez, en una extensión de 06.67 metros, dando una superficie total de 56.1300 m2, área de construcción 113.00 m2, cuyo avalúo del terreno es de VEINTISEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CON 41 CENTAVOS $26.787,41, a fin de que quienes se creyeren asistidos del derecho de oposición a la Declaratoria de Bien Mostrenco, del bien inmueble en referencia, puedan presentar su petición de oposición ante el señor Alcalde, Máxima Autoridad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Macará, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Art. 8 de la Ordenanza de declaratoria de Bien Mostrenco, dentro de los Treinta días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto; Fíjense los carteles en el lugar donde se encuentra ubicado el bien inmueble, para lo cual se delega al señor Comisario Municipal, para la fijación de los carteles, quien emitirá el acta de cumplimiento, hecho que sea, se agregará al expediente. De no existir oposición al Trámite de Declaratoria de Bien Mostrenco, se continuará con el trámite para la legalización, Protocolización e Inscripción el Registro de la Propiedad de este Cantón, a fin de que constituya título de propiedad a favor del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Macará, mismo que se incorporará al inventario y valoración de Bienes Municipales. Macará, 28 de Enero del 2021 Ab. Paul Alexander Montalván Loaiza PROCURADOR SÍNDICO DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN MACARÁ P/F4902


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Foro sobre enfoque de género Comienza en Ecuador la fase 1 de vacunación y derechos de las mujeres En el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer, el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), Consejo Nacional de Gobiernos Parroquiales Rurales del Ecuador (Conagopare), Fondo Ecuatoriano Populorum Progressio (FEPP) a través de la Agencia Catalana y SED (Solidaridad, Educación, Desarrollo), invitan a participar del Foro “Enfoque de género y derechos de las mujeres”. Esta actividad se desarrollará este 8 de marzo, a las 16h00, y será transmitido por el Facebook de @AgriculturaLoja. Los interesados en participar pueden registrarse en el siguiente Link: https://forms. gle/ZU2PVN2MzZosuR2j8. Una vez finalizado el foro, podrán obtener un certificado de participación. En la actividad se tratarán temas sobre: derechos de las mujeres, participación de las mujeres en las organizaciones sociales, aporte de la mujer en el sector agropecuario, política pública

con 31 mil dosis

•• Mujeres rurales de la provincia de Loja.

(Estrategia Nacional Agropecuaria para Mujeres Rurales), con la participación de expertos expositores. El objetivo es reconocer y visibilizar el trabajo, y los aportes que realizan las mujeres, a fin de apoyar su desarrollo mediante procesos de empoderamiento productivo que permitan sortear las barreras y brechas de inequidad que enfrentan de manera permanente las mujeres del sector rural. Nataly Guayllas, responsable de la Unidad de Desarrollo Rural del MAG, destacó que el respaldo a la mujer rural constituye

uno de los compromisos de política pública, y son una prioridad para el MAG. “Por eso tenemos una estrategia que permite el reconocimiento de las mujeres rurales como eje de la economía familiar campesina”, refirió. Indicó que a través de esta estrategia se trabaja junto a BanEcuador, por medio de un producto crediticio adaptado a su realidad y necesidades. Se trata de un préstamo flexible de hasta 3.000 dólares y sin garante. En la provincia de Loja ya son 233 productoras las beneficiarias por un monto de 637.278,15 dólares.

Caso Ruales: las claves para dar con el supuesto asesino Tras el asesinato del presentador de televisión Efraín Ruales el pasado 27 de enero, la Policía activó a los agentes de varias unidades para tratar de dar con los responsables del crimen. Es así que luego de revisar las grabaciones de las cámaras de vigilancia del sector donde ocurrió la violenta muerte, los uniformados identificaron el vehículo desde el cual se propinó los disparos al comunicador. La misma noche del asesinato, el vehículo azul fue abandonado en el suburbio de Guayaquil e incendiado con el objetivo de borrar huellas y evidencias. Luego el 5 de febrero, la Policía ubicó un domicilio en el sur de la urbe donde encontró ocultos en el tumbado más de 6 mil

•• Efraín Ruales, asesinado en enero del 2021.

dólares y varios celulares, además retuvieron a 3 sospechosos, entre ellos una menor de edad.

De los aprehendidos aún se encuentran con prisión preventiva en la cárcel 4 de Quito, alias ‘Casquete’ por su participación en el robo del vehículo que fue empleado para asesinar a Ruales. Continuando con las investigaciones, buzos del grupo de intervención y rescate encontraron, luego de varios intentos, la pistola usada para asesinar al presentador, el arma estaba cargada con 9 proyectiles y fue lanzada al estero salado en el sector de la Cooperativa las Mercedes en Isla Trinitaria, en el Sur de Guayaquil. Finalmente se localizó, en Río Verde, Esmeraldas, al hombre que habría asesinado a Efraín Ruales el 27 de enero y se confirmó que el arma hallada en el estero fue utilizada en el crimen.(I)

•• Las vacunas están destinadas a personal médico y de tercera edad.

Una cuarta remesa de vacunas de Pfizer llegó al país este miércoles, se trata de 31.590 dosis, con la cual se complementará la fase cero y se da inicio a la fase 1 del “Plan Vacunarse”. En la fase uno del plan ‘Vacunarse’ el objetivo es vacunar a 2 millones de personas que incluyen: • Personal de Salud (no incluido en fase 0) de toda la red pública y privada. • Fuerzas del orden y bomberos. • Profesores y docentes de todos los niveles. • Población vulnerable por discapacidades y enfermeros crónicos con diabetes, hiperten-

sión, obsesidad, asma o enfermedades pulmonares crónicas como VIH, insuficiencia renal, tuberculosis o personas en lista de espera para transplante. • Personal de recolección de desechos. • Personal de sectores estratégicos (atención de servicios públicos, justicia, seguridad complementaria, otros). • Personas de la tercera edad siendo estas el 57% del grupo objetivo por la tasa de letalidad. Las segundas dosis, se irán aplicando conforme se vayan cumpliendo los 21 días que la farmacéutica establece para su administración. (I)

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Revelan supuesta reunión secreta entre Yaku Pérez y juez electoral El aspirante presidencial indígena, Yaku Pérez, que exige un nuevo recuento de las elecciones del 7 de febrero en Ecuador, se habría reunido de forma reservada con un juez del Tribunal Contencioso Electoral (CNE) en la víspera de que la corte resuelva un recurso interpuesto por el candidato, que alegó fraude. Así lo destapó este jueves el medio digital local “La Posta”, en un video en el que fundamenta la información que apuntaría a que la reunión tuvo lugar en la tarde del miércoles en un edificio del norte de Quito en el que ni el candidato, ni el juez residen. El medio aporta fotografías en las que asegura aparecen el candidato de la organización indígena Pachakutik y su pareja sentimental, Manuela Picq, junto con otro individuo que porta un maletín, así como del vehículo oficial empleado por el juez y otro policial en el que supuestamente se desplazó Pérez. Frente a ello, a través de su cuenta oficial de Twitter, el Tribunal Contencioso Electoral publicó un comunicado, alegando que “el Pleno del TCE no ha conocido y menos autorizado reunión alguna, desconoce los tér-

minos, circunstancias y lugares en los que se habrían producido ni la secuencia en la eventualidad de que sea más de una reunión”, señala. Asimismo, la Policía Nacional se pronunció en esta red social ante el vídeo donde aparece vehículos de la institución, y aclaró que dentro de las coordinaciones con el CNE, “es brindar seguridad a todos los candidatos durante todo el proceso electoral, para garantizar la integridad de los mismos”. Reunión secreta El fundador del digital, Andersson Boscán, planteó a Efe el siguiente escenario de la supuesta reunión. “El candidato presidencial Yaku Pérez, que se encuentra impugnando el resultado electoral luego de un ajustadísimo resultado que lo deja fuera del balotaje por décimas, solicitó al TCE, la máxima autoridad”, que decida “si debe hacerse un recuento nacional de votos que podría modificar y alterar el resultado que tenemos hoy”, indicó. Boscán asegura que Pérez mantuvo el miércoles “una reunión reservada” con uno de los cinco jueces del TCE, que deben decidir por mayoría simple o absoluta sobre el caso. “Nos encontramos a pocos minutos de

que el tribunal se pronuncie en primera instancia si determina recontar los votos”. El clip colgado por el medio ecuatoriano precisa que la reunión tuvo lugar en el domicilio del exsecretario general del Consejo de Participación Ciudadana transitorio Darwin Seraquive, persona cercana a Pachakutik y al juez del TCE Ángel Torres, con el que presuntamente se habría reunido el candidato. “A horas de que suceda esto (pronunciamiento de la corte), el señor Pérez tiene una cita reservada con uno de los jueces más relevantes, por lo menos más públicos, reunión que se ha producido a las 19h00 de la noche en la ciudad de Quito, en un edificio donde no vive el juez, ni Pérez”, recalca Boscán. Recordó, además, que el juez Torres fue el que “impulsó una riña” dentro de la función electoral cuando a principios de enero en una primera instancia, destituyó en pleno al Consejo Nacional Electoral (CNE) por una denuncia planteada por el movimiento político Justicia Social, que quedó fuera de la lista de las últimas elecciones. Por otra parte, argumentó que el Consejo de Participación Social transitorio aprobó el nombramien-

Alianza PAIS expulsa a Lenín Moreno Alianza PAIS, Lista 35, no reconoció la renuncia de su organización del presidente Lenín Moreno, quien hace unos días anunció su desafiliación y decidió expulsarlo. Por medio de un comunicado, AP apuntó que no aceptó la renuncia por lo que decidió expulsarlo como militante de su agrupación política. Según detalla AP, Moreno tiene un expediente en su contra: dejar abandona-

•• Lenín Moreno, presidente de Ecuador.

da la conducción política del movimiento, al asistir a las sesiones formales ape-

nas un par de veces en 4 años, al incumplir el plan de gobierno y distribuir ilegítimamente el poder a representantes de otros partidos políticos, que no tenían una agenda de trabajo consecuente con el compromiso popular adquirido al momento de posesionarse como presidente de la República. La resolución será notificada a Moreno y al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que sea borrado, acotó AP, de sus registros.(I)

•• El candidato presidencial de Ecuador Yaku Pérez. Foto: EFE

to del juez del TCE Ángel Torres, lo que explicaría la cercanía de este con el exfuncionario del principal órgano de control social. “Los detalles de la conversación se desconocen, pero la legislación ecuatoriana prohíbe de forma terminante que un juez se reúna con una de las partes sin presencia de la otra y eso no exime a los jueces del TCE. Es una falta de ética, pero podría tener también consecuencias legales”, apuntó. Cabos sueltos Otro de los cabos sueltos que deja el episodio descrito por el medio es que se asegura que Pérez abandonó el edificio donde tuvo lugar la reunión en una patrulla policial. “Nos lleva a sospechar el apoyo del Gobierno Nacional que no puede apoyar, a través del uso de patrulleros policiales que son recursos

públicos, a un candidato en cuestión”, censuró el comunicador. El pasado lunes, el candidato presidencial presentó ante el TCE un escrito, que el juez Fernando Muñoz Benítez pidió completar y fundamentar en al menos seis aspectos incluidos en el recurso inicial, ya que de lo contrario, la demanda podría quedar archivada. Los resultados de los comicios del 7 de febrero apuntan a una segunda vuelta entre el candidato presidencial correísta Andrés Arauz, vencedor en la primera, y el centroderechista Guillermo Lasso, que quedó en segundo lugar, ligeramente por encima del candidato indígena. El juez de la causa pidió al movimiento político indígena que sustancie “de manera clara y precisa los fundamentos de su pretensión”, para proceder con el trámite.(I)Ecuavisa.

NOTARIO RODRIN ALEXANDER PALACIOS SOTO NOTARÍA QUINTA DEL CANTÓN LOJA Liquidación de la sociedad conyugal de los señores ALBERTO EDUARDO BRAVO MORENO; y, LUCIA ESPERANZA BRICEÑO DUARTE.NOTARIA QUINTA DEL CANTÓN LOJA:

Se pone en conocimiento al público en general, mediante escritura pública número 2021-11-01-005-P00693, otorgada ante el Dr. RODRIN ALEXANDER PALACIOS SOTO, Notario Quinto del Cantón Loja, el día martes dos de marzo del dos mil veintiuno, celebraron la escritura de Liquidación de bienes de la sociedad conyugal formada por el hecho de matrimonio entre los señores ALBERTO EDUARDO BRAVO MORENO; y, LUCIA ESPERANZA BRICEÑO DUARTE. Particular que hago conocer a la ciudadanía para las personas que se crean con derecho, y de ser el caso presenten su oposición, ante la Notaría Quinta del Cantón Loja, ubicado en las calles Bolívar y Rocafuerte de la ciudad de Loja, en el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la presente publicación, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo dieciocho de la Ley Notarial numeral veintitrés. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Loja 02, marzo del 2021. F.) EL NOTARIO DR. RODRIN PALACIOS SOTO NOTARIO QUINTO DEL CANTÓN LOJA P/F4925

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Sucesos

El turismo de vacunas se replica en Ecuador El turismo de vacunas para recibir las dosis contra la COVID-19 es algo que empezó desde enero de 2021. El caso del club Knightsbridge Circle que ofrece a sus socios más selectos paquetes turísticos de lujo hacia Dubái en busca de la inmunización causó polémica. La mayoría de los miembros del mencionado club residen en Reino Unido y la empresa puso a disposición de sus clientes un paquete de vacaciones soñadas a Dubái, en donde la vacunación contra la COVID-19 también es administrada por servicios privados. El tour tiene un costo aproximado de USD 60.000 por tres semanas en Emiratos Árabes Unidos para pasear e inmunizarse. Una propuesta similar de

turismo de vacunas ya opera desde el Ecuador. El denominado ‘Tour por la vida’ promete a sus clientes las dos dosis de la vacuna rusa Sputnik V en el hospital Domodedovo de Moscú. Además, el paquete incluye pasajes entre Rusia, Turquía, Emiratos Árabes. Hospedaje en hoteles cuatro y cinco estrellas, desayunos buffet, cenas en exclusivos restau-

rantes. La entrada a espectáculos bioseguros en Moscú, Estambul y Cappadocia se contemplan en el tour. En Perú también se ofrecían viajes hacia Chile para recibir la vacuna contra la COVID-19. Sin embargo, al conocer del turismo de vacunas el Gobierno chileno dijo que quienes lleguen al país con visa de turista no podrán ser vacunados. Para el epidemiólogo Daniel Ruiz, el turismo de vacunas “fomenta prácticas inequitativas en la asignación de las vacunas, favoreciendo a las élites y perjudicando a los grupos más vulnerables”. En Ecuador se han colocado 42.100 vacunas. De estas 35.886 como primeras dosis y 6.228 como segundas dosis, según menciona el nuevo ministro de Salud, Rodolfo Farfán, en un video.(I)Comercio

En 8 provincias, el CNE recontará 72 actas de dignidades de asambleístas ante recurso presentado por Pachakutik En la reinstalación de la audiencia pública de escrutinios, el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), conoció los recursos de reclamación en las actas de asambleístas nacionales. El cuerpo colegiado resolvió aceptar parcialmente la reclamación presentada por Marlon Santi, coordinador de Pachakutik respecto a la verificación de las firmas de presidente y secretario de 72 actas en las provincias de: Guayas, Esmeraldas, Santo Domingo de Los Tsáchilas, Santa Elena, El Oro, Los Ríos, Manabí y Carchi. El informe técnico jurídico señaló que 68 de las actas incurren en la causal 2 del artículo 138 del Código de la Democracia que las urnas pueden abrirse cuando en el acta de escrutinio faltaren las firmas de la o el Presidente y de la o el Secretario de la Junta Recep-

tora del Voto. Asimismo, 4 de las actas incurren en la causal 3 del mismo artículo que señala que puede existir reconteo cuando alguno de los sujetos políticos presentare copia del acta de escrutinio o de resumen de resultados suministrada por la Junta Receptora del Voto, suscrita por el Presidente o el Secretario, y aquella no coincidiere con el acta computada. La presidenta del CNE, Diana Atamaint, explicó que dentro del derecho de reclamación 2.690 actas fueron presentadas por Pachakutik, de las cuales 515 fueron repetidas; por lo que quedaron 2.175 por revisar. “Al ser verificadas, se identificó que 1.879 actas son válidas y no procedía a revisión, quedando 296 actas para verificación; y se identifican que 224 ya fueron recontadas por las Juntas Provinciales Electo-

rales, quedando solo 72 por revisar” aseguró. El cuerpo colegiado dispuso a las 8 provincias iniciar con el proceso de verificación. Por otra parte, el Pleno del CNE resolvió negar la reclamación en las actas de asambleístas nacionales realizada Fuerza Ecuador. De acuerdo con el informe técnico jurídico “la solicitud no configura en una reclamación administrativa para ser tratada en la audiencia pública de escrutinios ni se enmarca en las causales del artículo 138 del Código de la Democracia”. Asimismo, el cuerpo colegiado negó la reclamación del secretario de Alianza PAIS porque la solicitud no se enmarca en las causales del artículo 138, por tanto, se trata de presunciones subjetivas que carecen de fundamento jurídico. No se verificaron inconsistencias en las actas presentadas por el impugnante.

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Muere un policía durante una persecución vehicular

•• Imágenes compartidas por la Policía del auto dañado.

Un agente de policía falleció tras volcarse durante una persecución vehicular en la ciudad de Quito. El cabo Andrés Chávez murió en el puente de Cataguango, sobre la avenida Simón Bolívar, a la altura de La Argelia, en el sur de Quito. La persecución se produjo pasadas las 03h15 de este jueves. Se reportó en la frecuencia de radiopatrulla que era perseguido un automotor Chevrolet tipo Sail de color vino que había

sido reportado como robado en el sector de la Kennedy, en el norte de la capital. El cabo se trasladaba en un auto tipo Kia Sportage, sufrió un volcamiento en el que salió expulsado del vehículo por el parabrisas uno de los servidores policiales. El hecho le produjo un corte profundo en la cabeza del cabo que le ocasionó un trauma craneoencefálico, el cual más adelante le causó la muerte. El fallecimiento fue confirmado en el hospital de la Policía Nacional.(I)

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Incendio en bodega del km 11 vía Daule

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La tarde de este miércoles se reportó un incendio en las bodegas de la empresa Inmaconsa, en el kilómetro 11 vía a Daule. 33 unidades del Cuerpo de Bomberos de Guayaquil combaten las llamas del incendio que ya fue catalogado como estructural de

alarma 3. Miembros de la Autoridad de Tránsito Municipal (ATM) y la Policía Nacional también llegaron hasta el lugar del hecho. Según el ECU911, la emergencia se reportó a las 17h41 y se coordinó su asistencia a través de la Sala Operativa del ECU911 Guayaquil. Además, hasta el momento no se

reportan heridos ni fallecidos. Alrededor de las 19h00 se informó que el coordinador zonal 5 y 8, Wilson Gómez, llegó hasta el lugar de la emergencia para realizar las coordinaciones necesarias con las instituciones de respuesta y empresa privada para la atención del incendio.(I)

Un hombre decapita a su hija y se entrega a la Policía en India Un hombre decapitó a su hija de 18 años de edad y caminó hasta una comisaría de Policía cercana en el norte de la India portando su cabeza, al no estar de acuerdo con la relación que ésta mantenía con un joven, según informaron este jueves a Efe fuentes oficiales. Un vídeo del hombre de unos 40 años marchando para entregarse a las autoridades con la cabeza de su hija en mano fue mostrado en las televisiones indias, en un nuevo caso de violencia contra las mujeres en el estado de Uttar Pradesh. “El acusado vio a su hija en una posición comprometedora con un hombre joven y, al verlo, perdió la calma y decapitó a su propia hija”, dijo a Efe Anurag Vats, el superintendente de Policía del distrito de Hardoi donde tuvo lugar ayer el suceso. Según la fuente, el residente de la localidad de Pandeytara “fue detenido

•• El sujeto se entregó a la Policía.

mientras iba de camino a entregarse”. El estado de Uttar Pradesh ha sido escenario frecuente de casos de violencia contra las mujeres, sucesos que han generado una gran indignación en todo el país. A finales de febrero, tres jóvenes “intocables” o dalits, del escalafón más bajo del sistema de castas hindú, fueron envenenadas por un joven despechado, causando la muerte de dos de ellas, después de que la mayor lo rechazara el día de San Valentín. Un tribunal condenó en diciembre de 2019 a cadena perpetua a un parlamentario regional del BJP por

la violación en Unnao dos años antes de una adolescente, en un caso en el que también murió el padre de la joven por la supuesta paliza de seguidores del político. Ese mismo año, también en Unnao, otra mujer murió carbonizada cuando se dirigía a testificar contra sus presuntos violadores. Y el pasado septiembre, en el último caso en Uttar Pradesh que alcanzó una gran repercusión mediática en todo el país, una joven dalit fue presuntamente violada en grupo y herida gravemente en una aldea por hombres de castas superiores.(I)

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Guayas: el correísmo primero y dos nuevos actores En 2021, los principales actores políticos en la provincia de Guayas son los mismos que en 2017: el correísmo, el Partido Social Cristiano (PSC) y el movimiento Creo. Sin embargo, estas elecciones mostraron un reajuste en el tablero político y el ingreso de dos nuevos protagonistas a la contienda local: la Izquierda Democrática (ID) y Pachakutik.

•• El Cuerpo de Bomberos, en el sitio, tratando de controlar las llamas.

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Es la primera vez, desde 2009, que dos partidos de origen serrano se abren espacio en la política guayasense. Así lo demuestran los resultados legislativos, que otorgaron dos escaños al partido naranja y uno al movimiento indígena. El caso de Alianza PAIS, mientras aupaba al correísmo, es la excepción. Desde su nacimiento en 2006, se ubicó como fuerza política en la provincia. Pero, aunque su sede nacional está en la capital, Rafael Correa, quien era su líder, es guayaquileño. Es por eso que, esta vez, los escasos resultados electorales del movimiento ‘verdeflex’ confirman que los votos de sus supuestos militantes y simpatizantes siempre pertenecieron a Correa y no a la agrupación. Así, el 7 de febrero de 2021, el correísmo obtuvo nuevamente el mayor grupo de escaños: nueve de los 20 que asigna la provincia. Aunque esta vez lo hizo bajo la bandera de Centro Democrático (CD) y en alianza con Fuerza Compromiso Social (FCS). Desde 2009, el correísmo y el PSC se han disputado la mayoría de escaños guayasenses. Y, desde 2013 el ganador siempre fue el primer grupo. En 2017, Creo se metió en la contienda y se llevó tres curules. Pero ahora, por factores sociales, políticos, económicos e, incluso, matemáticos, la provincia tendrá nuevos representantes en la Asamblea Nacional, con

cinco fuerzas políticas: Guayas más allá de los escaños Si bien la repartición de las agrupaciones en las 20 curules que tiene la provincia en el Legislativo son un indicador de su fuerza política, los porcentajes de votación reflejan algunos cambios en la tendencia de Guayas. Al comparar los resultados legislativos de este periodo que termina con el que iniciará el 14 de mayo, se pueden observar tres fenómenos claros: • El correísmo, aunque bajo otra bandera, incrementa en promedio dos puntos de votación en las cuatro circunscripciones. • Las derechas van a la baja: la lista 6, PSC y su versión local Madera de Guerrero, y la 21, el movimiento Creo, pierden alrededor de siete y seis puntos en cada distrito, respectivamente. • La ID y Pachakutik se alzan como la cuarta y quinta fuerza política en la provincia. En las elecciones de 2017 Pachakutik ni siquiera presentó listas de candidatos a la Asamblea en Guayas, pero ahora se lleva una curul y un promedio de 6% de simpatizantes. Mientras que la ID participó, en el proceso anterior, en alianza con Centro Democrático, cuando esta agrupación no se vinculaban todavía con el correísmo y, entre ambas tiendas políticas, no lograron ni un escaño. Ahora, la lista 12 por su cuenta se lleva dos curules y un promedio de 7% de simpatizantes. Pese a que en estas últimas elecciones legislativas hubo 17 partidos y movimientos inscritos en la provincia, cuatro más que en 2017, las tres cuartas partes de los votantes optaron solo por cinco partidos. La otra cuarta parte de la votación se dividió entre las otras 12 agrupaciones políticas. (I) Primicias


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¿Podemos contraer COVID-19 a través de los ojos?

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Prisión preventiva contra presunto asesino de Efraín Ruales

•• ‘Alvarito’ fue capturado este miércoles 4 de marzo en Esmeraldas.

El juez de Guayas Iván Tircio dictaminó prisión preventiva para Álvaro C. A., alias “Alvarito”, por su presunta participación en el asesinato de Efraín Ruales. Así lo anunció la Fiscalía Feneral del Estado, la misma que había solicitado esta medida preventiva contra el detenido. Más temprano, el ministro de Gobierno, Patricio Pazmiño, dijo que aún se está determinando qué

función cumplió el ahora detenido dentro de este crimen. “Alvarito” habría estado dentro del vehículo desde el que dispararon a Efraín, sostuvo. El general Ramiro Ortega, director general de Investigaciones de la Policía Nacional, quien acompañó a Pazmiño, dijo que “Alvarito” registra “un antecedente policial por asesinato y cuatro procesos judiciales más: tres por asesinato y uno por tenencia ilegal de sustancias sujetas a fiscalización”.(I)

P •• La transmisión del SARS-CoV-2 a través de la superficie ocular y la lágrima es factible.

BBC Mundo El primer médico que falleció en el mundo por la COVID-19 fue el oftalmólogo chino Li Wenliang: desde sus inicios, esta especialidad médica ha estado muy ligada a la pandemia. Aunque la vía de contagio principal de la COVID-19 es la respiratoria, también puede ser transmitida por fómites mediante el contacto humano a través de las manos y de superficies contaminadas. Menos conocida es la carga viral presente en la lágrima humana, así como en las células corneales y de la mucosa conjuntival. El mecanismo de entrada de los coronavirus en las células se produce mediante el receptor de la enzima convertidora de la angiotensina 2 (ACE2). Este receptor para los coronavirus y el SARS-CoV-2 también está presente en las células oculares, y esta es la razón de que estos pacientes también puedan tener manifestaciones oculares.

Por ello, la transmisión del SARS-CoV-2 a través de la superficie ocular y la lágrima es factible. Los aerosoles infectados por el virus entran en contacto con la superficie ocular y, posteriormente, al sistema respiratorio a través del conducto. Anatómicamente, la mucosa conjuntival (ojo) y la mucosa respiratoria están conectadas a través de este conducto. ¿Cuáles son las manifestaciones oculares de la COVID-19? La mayor parte de las investigaciones clínicas se han centrado en las manifestaciones respiratorias. Sin embargo, hay un creciente número de evidencias de manifestaciones oculares. Unas producidas por el propio virus y otras derivadas de la pandemia, bien por cambios en los hábitos de vida o bien derivadas del elevado tiempo de permanencia de los pacientes en las unidades de cuidados intensivos (UCI), donde

pueden llegar a estar de tres a seis semanas con ventilación asistida y en decúbito prono. ¿Qué podemos hacer para evitarlo? Algunas publicaciones han puesto de manifiesto que los ojos (la mucosa conjuntival) son una puerta de entrada del virus en el cuerpo y una fuente potencial de contagio. Aunque se haya aislado el virus en secreciones lagrimales de pacientes sin conjuntivitis, el riesgo de transmisión por vía ocular en estos sujetos parece despreciable, ya que la carga viral es mucho menor que en la mucosa respiratoria. A pesar de estar en estado de pandemia desde hace ya más de 10 meses, no conocemos con exactitud el comportamiento de la infección. Pero es necesario ser muy prudentes. En este sentido, es fundamental el lavado de manos continuo y evitar tocarnos y frotarnos los ojos.(I)

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Opinión

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Espeluznante situación carcelaria Santiago

Armijos V.

safaarva@gmail.com

Después de lo ocurrido el martes 23 de febrero de 2021 en las cárceles de Latacunga, Guayaquil y Cuenca; ya no queda la más mínima duda que la situación penitenciaria ecuatoriana está colapsada y fallida. La muerte de setenta y nueve internos; producida en circunstancias espeluznantes, grotescas y perturbadoras; lo confirman y hacen temblar de miedo e impotencia a la ciudadanía. El solo pensar que, con desmedida facilidad, y a escasísima distancia de pobladas urbes de Cotopaxi, Guayas y Azuay, se hayan arrancado corazones humanos, mutilado cuerpos, decapitado cabezas; paradójicamente, dentro de instalaciones que se entendería son las de mayor seguridad carcelaria del Ecuador, causa escalofríos insoportables que no nos dejarán tranquilos por mucho tiempo. Así mismo, queda en cruda y lamentable evidencia, que estos mal llamados centros de rehabilitación social, en vez de sanar la conducta social de los delincuentes para reinsertarlos en la sociedad una vez cumplida la pena; son una especie de instituto de perfeccionamiento del crimen, en el que los violentos se transforman en per-

turbados, los ladrones en asesinos y los asesinos en monstruos. ¿Qué pasó? ¿Cómo llegamos a estos extremos? ¿Qué hicimos mal, como sociedad, para merecer esto? Son preguntas de difícil respuesta, pero me atreveré a escribir algunas ideas. El problema penitenciario ha estado latiendo y supurando pus espesa y hedionda desde hace años. Tiempo en el cual, los gobiernos de turno y la asamblea legislativa han hecho casi nada por revisar el gigantesco problema. De ahí que persiste el hacinamiento; el insuficiente número de guías penitenciarios; la corrupción a todo nivel; la insalubridad, la circulación de drogas, armas y aparatos de comunicación entre los internos, etc. Revisemos unos pocos datos para dar sustento a lo expresado. Para ello, me remitiré a un interesante trabajo investigativo publicado el 30 de noviembre de 2020 por el sitio digital ecuatoriano de periodismo: “PLAN V”, en el cual se revela lo siguiente: “Según cifras del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI), hasta noviembre de este año -2020- la población carcelaria sumó 38.804 personas. Eso es más del doble de lo registrado en el 2010 cuando había 16.000 presos en 25 centros. (…) Pero mientras la población carcelaria crece, el número de agentes penitenciarios

baja. Entre junio y noviembre de este año -2020- fueron desvinculados 30 miembros del Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria. Al 19 de noviembre se registraron 1.466 agentes. La norma internacional señala que, por cada 10 presos, debería existir un agente. En Ecuador, por cada 26 privados de libertad hay un agente. La SNAI confirmó que existe un déficit de aproximadamente 2.530 agentes y en octubre pasado reveló que no había presupuesto para la capacitación de más guías. Por otro lado, debe considerarse seriamente que la situación penitenciaria es una de las consecuencias de la realidad social que lastimosamente marcan a nuestra sangrante Nación; tan afectada por la falta de empleo, por las escazas oportunidades de superación para las mayorías, por la pobreza, por la desigualdad social, por una terrible corrupción en muchas esferas del poder y apabullada por una puja mezquina de intereses politiqueros que no tienen limite ni entrañas al momento de azotar los intereses colectivos para privilegiar sus alforjas e intereses electoreros. Precisamente, el antiejemplo de muchas autoridades por abrazar el camino fácil, la trampa, la astucia y la “viveza criolla” – entiéndase como antivalor para irrespetar y abusar de las normas de convivencia social para tener ventajas sobre el prójimo-; constituye un perverso

incentivo para que tantos ciudadanos estén tentados a cometer horrendos delitos. Por supuesto, los electores también tenemos gran parte de la culpa cuando elegimos y reelegimos a pésimos gobernantes y legisladores. Siendo de gran preocupación nacional el problema penitenciario ecuatoriano, corresponde que urgentemente las autoridades tomen medidas para disminuir en algo la violencia insoportable que lo caracteriza. Para hacerlo sería importante considerar las recomendaciones formuladas por el Centro para la Justicia y la Reconciliación con sede Washington: 1. Clasificación exhaustiva de los reclusos; 2. Reducir la inactividad de los internos; 3. Mejorar la sanidad; 4. Pedir asesoría y ayuda a la comunidad internacional; 5. Capacitación rigurosa a los guías penitenciarios; 6. Reuniones permanente entre las autoridades penitenciarias y la Función Judicial para agilitar la expedición de sentencias; 7. Implementación de programas de rehabilitación social; entre otras. Indiscutiblemente, todo ello está atado a una mejor asignación económica para los centros penitenciarios, que solo podrá ocurrir cuando mejoremos económica y productivamente como país y en el momento en que el despilfarro y la desviación de los fondos públicos disminuya drásticamente en todos los niveles y rincones de la patria.

La mujer, más allá de su sonrisa angelical Rafael

Riofrío

rafaelsfa@hotmail.com

La mujer, es ante todo un ser humano y social comprometida con el desarrollo de los pueblos. Si bien la historia del Día Internacional de la Mujer, nos trae a la memoria, la masacre perpetrada por los dueños de la fábrica Cotton Textil de Nueva York contra un centenar de mujeres costureras, en marzo de 1908 por el hecho de exigir la reducción de la jornada laboral y la erradicación del trabajo infantil, en esta fecha, es tarea de todos resaltar su lucha por la auténtica liberación. El 8 de Marzo, es una fecha para recordar a la mujer ecuatoriana y de todo el mundo, ratificando junto a ellas, nuestro compromiso

de romper las cadenas de la explotación y derrotar el abuso y la postergación de derechos. “Independientemente de todas las leyes que emancipan a la mujer, si no se gobierna por su verdadera incorporación al desarrollo socio económico, ella seguirá esclavizada al sistema”, palabras de Lenin, que hacen vigente la necesidad de conquistar para hombres y mujeres condiciones de vida más humanas. Federico Engels recuerda que “no hay transformación social sin la participación de las mujeres”, es decir, la historia es inconclusa sin la intervención de las mujeres en los procesos organizativos sociales y políticos. Las mujeres son parte de ese acumulado histórico por sus propias reclamaciones, pero también por las reivindicaciones a favor de los sectores populares del Ecuador y el mundo.

El sistema capitalista ha convertido el 8 de Marzo, en una fecha comercial para rendir homenaje a la mujer con una avalancha de ofertas de regalos, chocolates y flores. Pretendiendo que olvidemos la rica historia de hazañas de mujeres como Clara Zetkin, Rosa Luxemburgo, Manuela Sáenz, Matilde Hidalgo, Dolores Cacuango, Transito Amaguaña, Rosita Paredes y cientos de heroínas anónimas para las cuales me es difícil encontrar las palabras que describan esa conjunción de inteligencia, ternura, sonrisa angelical, comprensión, compromiso y dedicación por la emancipadora y la construcción de ese “otro mundo posible”. El gobierno ansioso y servil a la derecha, puso recién un supuesto plan contra la pandemia de la COVID-19, solo cuando esta se constituyó en un peligro para los intereses de los grandes empresarios,

las medidas como en toda crisis, apuntaron más a salvar sus capitales, poniendo en peligro la salud y vida de millones de personas, dejaron en la indefensión sanitaria a las clases populares, causando la muerte de cientos de miles de personas, especialmente de mujeres y adultos mayores. Hay que agregar, que durante el confinamiento buena parte de mujeres quedaron atrapadas en un infierno de violencia. El 8 de Marzo, las mujeres quieren menos discursos, aspiran un reconocimiento por medio de más acciones para eliminar las miseras condiciones de explotación, subordinación, injusticia y pobreza que padecen miles de mujeres al año. A la mujer madre, esposa, hermana, hija, amiga o compañera de trabajo, a todas ellas mi admiración, cariño y respeto, junto a mi saludo solidario.


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Opinión

Diego

Lara León

@dflara

Por primera vez en dos décadas la balanza comercial no petrolera ecuatoriana fue positiva, el incremento en el año 2020 fue del 9,7% con respecto al 2019, esto obedece al significativo crecimiento de la exportación de 13 productos, entre los principales tenemos a los productos mineros que crecieron 184%, la madera con un incremento de 87%, los productos elaborados del mar crecieron en 34,3%, el cacao sus derivados y las maderas terciarias y prensadas crecieron 22,4% y 18,8% respectivamente. Equilibrar la balanza comercial es fundamental para una economía dolarizada, el gran esfuerzo del sector industrial en un año tan complejo como el 2020, sin duda, fue un aporte sustancial a la economía nacional. El comercio mundial por otro lado tuvo una caída histórica hasta el mes de mayo del año pasado, sin embargo a finales de noviembre ya se había recuperado en un 80%, hoy el comercio mundial se encuentra a los mismos niveles del año anterior, esto como consecuencia de una gran y veloz recuperación de China y a la consolidación

entregadas, ¿será que el deterioro del empleo es mayor? Con las cifras analizadas puedo concluir que el sector productivo, sobre todo el sector industrial, pese a las enormes dificultades, en términos generales pudo estabilizarse, salvar empleo y traer divisas. También se puede inferir que el empleo nacional sin duda se ha deteriorado significativamente, urge un acuerdo nacional para recuperarlo, esto se consigue con estabilidad, políticas claras en términos tributarios, incentivos fiscales, acceso a liquidez y una adecuada legislación laboral. Señores gobernantes nunca olviden que el 90% del empleo está en el sector privado y la riqueza se genera en el sector productivo, ante esto, es necesario fortalecer desde lo público a este importante sector de la sociedad. Está bien que el Estado redistribuya la riqueza, pero para ello primero debe promover su creación. ¿Cómo promover la generación de riqueza desde el Estado? Se lo consigue haciendo una agenda común a largo plazo, siendo un Estado motivador, acompañador, generador de estabilidad, provocando innovación, dotando de servicios e infraestructura competitiva, por supuesto regulando, pero jamás jugando a ser empresario o perseguidor de empresarios, cuidado el Estado siga confundiendo su rol. Vamos juntos por la recuperación económica del país.

Cantamos a la mujer que protege la vida como milagro divino Campos

Ortega

campolin2010@hotmail.com

En la ciudad de Nueva York, el 8 de marzo de 1857 mueren 139 mujeres que lucharon por mejorar sus condiciones laborales, incluyendo la jornada de ocho horas y la eliminación del trabajo nocturno. Estas obreras de una hilandería fueron encerradas y quemadas dentro de las instalaciones fabriles, como única respuesta a sus reclamos, ante la pasiva presencia de policías y patrones. Más tarde fueron mujeres y socialistas, quienes por primera vez, recordaron a estas mártires del siglo XIX. En 1910, al realizarse la II Conferencia Internacional de Mujeres Socialistas, se propuso al 8 de marzo como jornada de lucha por los derechos de la mujer y a la vez, como recordatorio y homenaje de las obreras de Nueva York. En 1975, las Naciones Unidas proclaman el 8 de marzo como el Día Internacional de la Mujer. Acciones como estas nos recuerdan que la mujer se constituye en arquitecta de la sociedad, precisamente porque la creación de la sociedad empieza por la Mujer: la madre transmisora de vida, de valores y paradigma para sus hijas e hijos, ejemplo que reproducirán y nunca olvidarán, para bien o para mal, tanto hombres como mujeres han sido educados por la Madre,

responsable de cuidar el fuego de amor en todos los hogares del mundo. Nos recuerda que en el sistema capitalista impera una doble moral. En que los valores están impuestos por los intereses de los grupos dominantes es estricta en cuanto se refiere a la conservación de la propiedad privada, donde la familia pasa a ser el instrumento básico para la conservación del “status quo”. Es inmoral, entonces, -como ocurre con la censura cinematográfica- todo lo que atañe al sexo. Es inmoral el robo. Pero no es inmoral la explotación inmisericorde de la campesina y de la obrera. En este juego, la sociedad proscribe todo lo que atenta contra su núcleo básico. Pero es incapaz de hacer desaparecer las manifestaciones más extremas y hasta usufructúa solapadamente de ellas. Tal es el caso de la mujer –objeto-, cuyo cuerpo se explota en los espectáculos. O de la prostitución. En todas sus variantes la mujer ecuatoriana es producto y víctima del sistema imperante actual. Frente a esta cruda realidad, saludamos con el corazón en llamas a la mujer ecuatoriana, a la mujer lojana en nombre de la señora de la esquina que en el fogón hace caldos los domingos. La chiquilla del frente que tiene su primer romance tras el tapial. La mayor que esta lavando las letrinas del hotel. La campesina de la Sierra que es simultáneamente artesana, agricultora y madre. La indígena del

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ENTRE BROMA Y EN SERIO

Industria, empleo y Estado del comercio electrónico que se multiplicó en todo el mundo, esta rápida recuperación del comercio se produjo en parte porque las familias incrementaron la compra de bienes tangibles, es decir, los recursos que no pudieron gastar en comprar servicios como viajes, hoteles, restaurantes, entradas al cine y conciertos, los trasladaron a comprar equipos informáticos, muebles, ropa, etc. Pero, en el Ecuador la recuperación del comercio no es similar al comportamiento global. Por otro lado, el INEC presentó las cifras de empleo en el año 2020, estas cifras claramente demuestran el deterioro significativo del mercado laboral en nuestro país. El año pasado el porcentaje de personas con un empleo adecuado cayó en 8,8%, es decir, a la fecha solo 3 de cada 10 ecuatorianos en edad de trabajar tienen un empleo formal, más de 110.000 ecuatorianos dejaron de tener empleo estable en el 2020. Por otro lado, la tasa de desempleo subió del 3,8% en el 2019 a 5,0% al 2020, a diciembre del año pasado el 51,1% de los ecuatorianos estaban con un empleo inadecuado. Lamento que las cifras de empleo entregadas por el INEC lleguen más de 30 días después de la fecha que normalmente se publicaban, además existió un cambio en la metodología de cálculo. Esto sin duda resta credibilidad a las cifras

VIERNES 5 DE MARZO DE 2021

Oriente, la costeña que cocina los cangrejos. Aquella mulata que baila el sábado al son de la marimba. La enumeración puede ser interminable. Más aún en un país subdesarrollado y dependiente como el nuestro, por ello saludamos a todas las mujeres de nuestro país. Cantamos a la mujer madre que sentada en un rincón del patio, ve elevarse la sonrisa de sus hijos como globos de colores mientras espera… un mundo en paz para este siglo que comienza. Cantamos a la niña en la calle que sola y perdida deambula con su manita estirada en una súplica muda, mientras espera un castillo de ilusiones, cantamos a la maestra que con paciencia infinita dirige los torpes deditos de una pequeña manito en sus primeros intentos, mientras espera…el milagro de un mundo de letras, de música y sonidos con ecos, cantamos al ama de casa que en su condición de objeto aun espera… el milagro de cada día con la inocencia prístina de un rayo de sol en una gota del rocío, cantamos a la mujer ancestral que elevándose a través de los siglos protege la vida como milagro divino. Cantamos a la mujer que en su intuitiva sabiduría nos enseña a valorar la sencillez de las cosas… cantamos humildemente a la mujer anciana, la de los ojos húmedos y trasparentes, la que sentada en el atardecer espera…la ternura, el amor y no el olvido, nuestro homenaje a la mujer lojana, ecuatoriana y universal. Así sea.

Efrén

Sarango

efrensarangopalacios@gmail.com

Sería genial Sí señor, es algo justo, y lo digo sin misterio que al inmenso magisterio no lo tengan entre sustos. Me refiero compañeros a su sueldo devaluado ya por años olvidado que a la fecha es lastimero. Sí señor, lo digo claro, se precisa un incremento que nos cure del lamento dijo hoy tarde don Genaro. No es posible que los años no se tomen mucho en cuenta situación que me impacienta y me tiene con engaños. Es preciso una subida… pero pronto don ministro que la plata en suministros ya no alcanza… perra vida. El famoso escalafón no funciona y nos engaña … es tan solo una fruición que tampoco nos restaña. Ayayay, el magisterio en lugar de hacerse ameno, es cansino, no es tan bueno, sin una alza y refrigerio. Hay muchísimos “profetas” que prefieren jubilarse y tal vez a dedicarse a sentarse en las banquetas. Le aseguro que el ambiente no es tan bueno y causa tedio, sin apoyo y sin remedio con un sueldo decadente. Sin embargo, a los guambritos que comienzan la carrera 800 les espera aunque tengan dos añitos. Sí señor, es algo justo, y lo digo sin misterio que al inmenso magisterio no lo tengan entre sustos. Me refiero compañeros a su sueldo devaluado ya por años olvidado que a la fecha es lastimero. Lic. Ismael E. Betancourt, DIRECTOR Ing. Paola Betancourt Mora, GERENTE Teléf.: (+5937) 2732003 Cel.: 0997262566 - 0992416701

Pasaje Cinchona Nro.207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay (Sector 24 de Mayo) gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec / www.cronica.com.ec

El editorial es la opinión oficial de Crónica. Los artículos periodísticos y caricatura que contienen nombres y apellidos son el pensamiento de sus autores y reflejan criterios de pluralidad e independencia de este Diario.

Fundado el 1 de Noviembre de 1979


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Entretenimiento

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Enero 20 a febrero 19 Hoy puede que te enteres de algo que te aclarará muchas cosas si hace poco has roto una relación. Pero no debes obsesionarte con ello, debes dejar todo lo que ha pasado de lado y seguir sin temor. Esa información servirá para aliviar tu espíritu, aunque sea triste.

Piscis

Febrero 20 a marzo 20 No te enfades con alguien de la familia porque ese cambio que te plantea puede repercutir favorablemente en tu vida aunque ahora no lo creas. Deja libertad de acción y obtendrás buenos resultados emocionales. Cada uno debe seguir su camino.

Aries ciones por el plazo de dos días hasta que las movilizaciones populares y un sector de las fuerzas armadas leales al presidente, logran restituirlo. Su proyecto político consistía en la instauración de lo que denominó “Socialismo del Siglo XXI”, en el marco de la “Revolución Bolivariana”. Víctima de un cáncer, y como consecuencia de un “infarto fulminante”, el 5 de Marzo Nicolás Maduro, quien por entonces era el vicepresidente electo, anunciaba a las 17:20hs por cadena nacional, que el presidente Hugo Chávez había muerto.

Además...

Alberto Korda toma la mítica fotografía a Ernesto Che Guevara, considerada la imagen más reproducida de la historia El 5 de Marzo de 1960, el fotógrafo cubano Alberto Korda tomó una fotografía a Ernesto Che Guevara cuando éste se encontraba junto al resto de la dirección política cubana, en el entierro de las víctimas de la explosión de un buque fondeado en La Habana. En ese momento, el Comandante Guevara tenía 31 años de edad. La mítica fotografía fue conocida públicamente recién en Octubre de 1967, luego de la muerte de Guevara en Bolivia, debido a la publicación de un libro por parte del italiano Giangiacomo Feltrinelli, al que Korda le había cedido algunas imágenes, entre ellas la inédita captura que había hecho aquel 5 de Marzo de 1960. La célebre imagen en donde el líder revolucionario se ve con la mirada fija en el horizonte y luciendo su boina de comandante con la estrella al centro, es considerada la imagen mas reproducida de la historia de la humanidad, además de haberse convertido en un ícono contracultural, estandarte de movimientos políticos alrededor del mundo y expresión de rebeldía para muchos jóvenes. Su autor, el cubano Alberto Korda, jamás percibió un sólo dólar en concepto de derechos de propiedad intelectual por la fotografía, argumentando que “Como defensor de los ideales por los que el Che Guevara murió, no me opongo a la reproducción de la imagen para la difusión de su memoria y de la causa de la justicia social en el mundo”.

Fuente: https://latam.historyplay.tv/hoy-en-la-historia

Viernes 5 de Marzo de 2021 San Adriano FARMACIAS DE TURNO DEL 27 DE FEBRERO AL 6 DE MARZO DE 2021

EL ROSARIO SANASANA ALONSO DE MERCADILLO FARMACIA SAN GREGORIO 2 FARMACIAS MIA ML007 FARMACIA

Marzo 21 a abril 20 Acaba la semana y eso hace que ya tengas ganas de desprenderte de ciertas obligaciones poco gratas que te tienen con tensiones en el trabajo. Son tiempos algo difíciles que debes de asumir con positividad. Es lo más sabio y debes aceptarlo así.

Tauro

Abril 21 a mayo 20 Descansa y relájate, porque te van a hacer falta todas tus fuerzas muy pronto para encarar una nueva fase vital que puede tener que ver con hijos o con la familia en general. Intenta hacerlo todo con calma y proyectando todo lo bueno que traerá.

Géminis

Mayo 21 a junio 21 Los que te rodean, los más cercanos, se sentirán muy a gusto a tu lado porque te saldrá un espíritu conciliador para apaciguar ciertos ánimos alterados y lograrás reequilibrar todo a tu alrededor. Eso te hace ganar muchas simpatías.

Cáncer

Junio 22 a julio 23 Estará muy valorado ese esfuerzo que estás haciendo y ahora verás claro que no es algo que eches en saco roto, sino todo lo contrario. Es pronto aún, pero se abrirán nuevos caminos en tu trayectoria. Alguien te dice lo mucho que te aprecia profesionalmente.

Leo

Julio 24 a agosto 23 Si hay alguien que quiere crearte problemas o que te traspasa una responsabilidad que no es tuya, aunque te sea algo difícil, debes de ponerle freno. Utiliza tus habilidades para dejar clara cuál es tu postura y porqué no asumes lo que intentan hacer.

Virgo

Agosto 24 a Septiembre 23 Alguien te alerta por las redes sociales de un asunto que te puede afectar. Ten cuidado con las “fake” y no hagas caso de cualquier información. Procura averiguar de dónde proviene cada noticia. Hay algo muy importante relacionado con eso.

Libra

Septiembre 24 a octubre 23 Tu estabilidad emocional no va a tener hoy demasiados altibajos porque hay alguien que te da mucha seguridad y te apoya en un asunto delicado o te acompaña a tratar algún tema que te incomoda mucho. Así te sentirás mucho más en calma.

Calendario Santoral

REINA DE LA NUBE

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Acuario

Muere Hugo Chávez, líder político y militar venezolano

NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO

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Horóscopo

Hoy en la historia... Hugo Chávez Frías nació en Sabaneta de Barinas, Venezuela, un 28 de Julio de 1954. Ingresó al Ejército Nacional de Venezuela en 1971 donde paulatinamente comenzó a interesarse en cuestiones políticas. Fue uno de los oficiales fundadores de MBR200 (Movimiento Bolivariano Revolucionario, en donde el “200” indicaba la cantidad de oficiales del ejército que lo integraban), en medio de la crisis política, social y económica que desembocó en el llamado “caracazo” de 1989. En el año 1992, junto a parte de los integrantes del MBR-200, intenta dar un golpe de estado contra el gobierno de Carlos Andrés Pérez. El mismo no prospera y por dicha acción es enjuiciado y encarcelado. Posteriormente sería indultado. Lanzado de lleno a la actividad política, en el año 1998 gana las elecciones presidenciales y a partir de Febrero de 1999 se convierte en Presidente de Venezuela hasta la fecha de su muerte, el 5 de Marzo de 2013. En el año 2002 le toca enfrentar un intento de golpe de estado que lo desplaza de sus fun-

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DIRECCIÓN CIUDADELA: SAUCES NORTE CALLE: PABLO PICASSO SN GRECO BARRIO: LAS PITAS CALLE: VICENTE DELGADO TAPIA SN AV. PABLO PALACIOS AV. GRAN COLOMBIA 02-97 ANCÓN Y GUARANDA AV. 8 DE DICIEMBRE NÚMERO: 20-71 INTERSECCIÓN: JOSÉ LUIS TAMAYO CALLE: ANTONIO JOSÉ DE SUCRE NÚMERO: 14 - 105 INTERSECCIÓN: 10 DE AGOSTO CALLE OLMEDO NUMERO: S/N INTERSECCION: MIGUEL RIOFRIO

TELÉFONO 072542168 / 0980960919 2547586 / 0984936821 042440095 / 0999889448 2614582 3702200 0999337354

Escorpio

Octubre 24 a nov. 22 Tus facultades y aptitudes te llevarán hoy a conseguir un éxito en algún campo en el que te muevas o en un trabajo. Alguien te felicita por lo bien que lo has hecho y te sientes con mucha autoestima. Comparte esa alegría con los tuyos.

Sagitario

Noviembre 23 a dic. 21 Tendrás que asumir una nueva responsabilidad quizá relativa a algún bien que ahora pasa a tus manos por unas circunstancias que no esperabas en ningún caso. Será algo complicado al principio, pero poco a poco lograrás controlarlo.

Capricornio

Diciembre 22 a Enero 19 No es bueno que te acostumbres a dejarte llevar por una situación de nostalgia o de desgana. Debes de vivir el presente a pesar de las circunstancias. Es muy importante por tu propio bien que no mires todo desde el punto más negativo.


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Judiciales

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL CITO, con el contenido del escrito de demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales de las mismas que recaídos en el juicio voluntario de inventario de bienes sucesorios Nro. 11203-201902796, a los herederos desconocidos de la extinta señora VANNESA GERMANIA GUERRA ENRIQUEZ, cuyo contenido en extracto es como sigue: ACTOR: CARLOS PATRICIO GRANDA MASACHE DEMANDADO: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA EXTINA VANNESA GERMANIA GUERRA ENRIQUEZ OBJETO DEMANDA: INVENTARIO SOLEMNE TRAMITE: VOLUNTARIO CUANTÍA: INDETERMINADA NRO. DE JUICIO: 11203-201902796 JUEZ : DR. LUIS ERASMO SAMANIEGO MUÑOZ AUTO: El señor Juez de esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, Dr. Luis Erasmo Samaniego Muñoz, mediante auto de fecha 3 de septiembre del 2019, a las 11h14, ordena lo siguiente: “(…)VISTOS.- Yo, Dr. Luis Erasmo Samaniego Muñoz, avoco conocimiento del presente proceso en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, y en virtud del respectivo sorteo constante en la misma. Se llama a intervenir al Dr. José Simancas, en calidad de secretario asignado a esta Unidad Judicial.- EN LO PRINCIPAL.- La demanda de Inventarios y Avalúo de Bienes Sucesorios propuesta por GRANDA MASACHE CARLOS PATRICIO, por cumplir con los requisitos legales previstos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos(COGEP), se la acepta al procedimiento VOLUNTARIO que le corresponde, conforme lo señala el Art.334.4 y Art. 343 del COGEP.Por lo que se dispone: 1.- Por el fallecimiento de la causante VANNESA GERMANÍA GUERRA ENRÍQUEZ conforme consta de la partida de defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, por lo que se manda a formar el inventario solemne y avalúo de sus bienes y, en la forma prevista el Art.342 y Art. 343 del Código Orgánico General de Procesos.- 2.- Cítese por la prensa a los herederos desconocidos de la causante VANNESA GERMANÍA GUERRA ENRÍQUEZ y más perso-

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.com.ec nas que puedan manifestar interés en los bienes que deban alistarse y tasarse, esto conforme el Art. 58 y Art. 56 del COGEP; para lo cual concédase el extracto respectivo.3.- Siendo que la causante ha dejado tres hijos menores de edad JEAN CARLOS GRANDA GUERRA de 15 años de edad; ANDREA NAHOMI GRANDA GUERRA de 13 años de edad y, CARLOS JOSUE GRANDA GUERRA de 11 años de edad, siendo que éstos no pueden estar representados por el padre por haber contraposición de intereses, previo a practicarse el alistamiento y avalúo se les asignará un Curador, para lo cual cumplidas las citaciones que se ordenan se señalará día y hora a fin que los adolescentes JEAN CARLOS GRANDA GUERRA y ANDREA NAHOMI GRANDA GUERRA concurran directamente a la diligencia e insinúen el nombre de la persona que deba representarlos como Curador; así mismo en el día y hora que se señale deben concurrir dos parientes o dos personas hábiles quienes por CARLOS JOSUE GRANDA GUERRA deben sugerir el nombre del Curador. Debe concurrir la persona o las personas que serán designadas en tal calidad de Curador.- 4.- Se formará el inventario con la asistencia de los interesados, el o los curadores de los menores de edad que los representen, el secretario del juzgado, dos testigos y del perito.- 5.- Respecto a las pruebas que han sido anunciadas por la parte accionante, el momento procesal para admitir, inadmitir y calificar las mismas, es en la fase pertinente de la Audiencia Única y, conforme el Art. 160 del COGEP.- Se recuerda a las partes que el informe pericial deberá contener todos y cada uno de los puntos que se contienen en el Art. 342 del COGEP y deberá realizarse y levantarse con la presencia y el conocimiento previo en su contenido de todos los interesados.El perito antes de hacer llegar su informe cuidará para que su Informe cumpla con estos requisitos.- Téngase en cuenta la pretensión, cuantía, el domicilio judicial para notificaciones señalado por la parte accionante y, la autorización que le confiere a su Abogado defensor.- Agréguese al proceso con notificación contraria toda la documentación adjunta la parte actora al libelo de demanda inicial (…)”.- Particular que pongo en conocimiento de la ciudadanía en general para los fines de Ley consiguientes. Loja, 10 de septiembre del 2019 Dr. José Vladimir Simancas Merino SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA ( E ) P/F4918

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos y del causante ÁNGEL AMABLE CUEVA PAZ que en extracto es como sigue: ACTOR: CUEVA SALAZAR MAYRA EDITH. DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del causante ÁNGEL AMABLE CUEVA PAZ. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00459 JUEZ: Dr. Luis Patricio Jaramillo Reyes “…Loja, jueves 11 de febrero del 2021, las 10h33, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, Provincia de Loja, conforme a la Acción de Personal Nro.2894-DP112019-FA, de fecha 02 diciembre 2019, que me traslada a esta Unidad Judicial.- En lo principal, la solicitud de inventario presentada por la señora MAYRA EDITH CUEVA SALAZAR en contra de los señores OLIMPIA CONCEPCIÓN SALAZAR PÉREZ y LENNYN ALDEMAR CUEVA SALAZAR, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la solicitud y se admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP, por lo que se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Por el fallecimiento del señor ÁNGEL AMABLE CUEVA SALAZAR conforme consta de la partida de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de sus bienes sucesorios, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección de un perito que será designado oportunamente por esta Unidad Judicial. SEGUNDO.Cuéntese en éste proceso: 2.1. Con la compareciente en calidad de hija y por lo tanto heredera del causante. 2.2. Con los herederos conocidos señores: OLIMPIA CONCEPCIÓN SALAZAR PÉREZ y LENNYN ALDEMAR CUEVA SALAZAR, en calidad de cónyuge sobreviviente e hijo, por lo tanto herederos del causante, a quienes se las citará en las direcciones de sus domicilios señalados por la compareciente en su solicitud en esta ciudad de Loja. Para su cumpli-

VIERNES 5 DE MARZO DE 2021 miento, pase el proceso a la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial, a los accionados se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones. Para la práctica de la diligencia de citación, la parte accionante deberá acercarse al archivo de la dependencia judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación. 2.2. Cítese a los herederos presuntos y desconocidos del causante ÁNGEL AMABLE CUEVA PAZ, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58, en concordancia a lo señalado en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya producción y pertinencia se resolverá en audiencia. CUARTO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la designación que los comparecientes le conceden a sus defensores técnicos. Agréguese a los autos la documentación adjunta.- NOTIFIQUESE.-…”.-Firma Ilegible.- DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 22 de febrero del 2021. Abg. Walter Antonio Samaniego Arévalo SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4919 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en la diligencia preparatoria nro. 113332021-00015G seguido por GUAMAN GONZALEZ SERGIO ENRIQUE Y SIGCHO ENMA GRACIELA, en contra de MANUEL GUILLERMO GUACHIZACA MUÑOZ; JOSE JAVIER GUACHIZACA MUÑOZ; ANGEL EDUARDO PUGA MUÑOZ; ROSA MARIA PUGA MUÑOZ y PEDRO

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AGUSTIN PUGA MUÑOZ, herederos conocidos de los causantes JOSE JAVIER GUACHIZACA y ROSA MARIA MUÑOZ JADAN y otro cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: GUAMAN GONZALEZ SERGIO ENRIQUE Y SIGCHO ENMA GRACIELA DEMANDADO: MANUEL GUILLERMO GUACHIZACA MUÑOZ; JOSE JAVIER GUACHIZACA MUÑOZ; ANGEL EDUARDO PUGA MUÑOZ; ROSA MARIA PUGA MUÑOZ y PEDRO AGUSTIN PUGA MUÑOZ, herederos conocidos de los causantes JOSE JAVIER GUACHIZACA y ROSA MARIA MUÑOZ JADAN. OBJETO DE LA DEMANDA: DILIGENCIA PREPARATORIA CUANTIA: INDETERMINADA JUICIO: Nro. 11333-2021-00015G JUEZ: Dr. Luis Figueroa Simancas Loja, viernes 26 de febrero del 2021, las 16h42, V I S T O S.- Agréguese a los autos el escrito que antecede. En lo principal, estimase clara y pertinente la solicitud presentada por SERGIO ENRIQUE GUAMAN GONZALEZ y ENMA GRACIELA SIGCHO, en contra de los señores: MANUEL GUILLERMO GUACHIZACA MUÑOZ; JOSE JAVIER GUACHIZACA MUÑOZ; ANGEL EDUARDO PUGA MUÑOZ; ROSA MARIA PUGA MUÑOZ y PEDRO AGUSTIN PUGA MUÑOZ, herederos conocidos de los causantes JOSE JAVIER GUACHIZACA y ROSA MARIA MUÑOZ JADAN, cumple los requisitos legales generales y especiales que son aplicables a la DILIGENCIA PREPARATORIA establecidos en los Arts. 120 y 121 del Código Orgánico General de Procesos, COGEP; por lo que se la califica y se admite a trámite la diligencia de Notificación a herederos.En consecuencia, se dispone citar a los herederos conocidos en el domicilio señalado en el escrito inicial; y, por la prensa local, a los desconocidos, conforme lo prevé el Art. 53, 58 y 63 del COGEP; todo esto en relación con el Art.34 del COGEP, esto es para que los citados se pronuncien sobre si aceptan o repudian la herencia.- Para la citación a los demandados, herederos conocidos, pasen los autos a la Oficina de Citaciones, debiendo el interesado facilitar las copias necesarias; y, respecto a la notificación por la prensa a los herederos desconocidos, por Secretaría, se conferirá el extracto pertinente.Téngase en cuenta la cuantía, casillero judicial y correo electrónico señalado- Agréguese los documentos aparejados.- Hágase saber Particular que se pone en conocimiento del público en general para fines de ley.Loja, 01 de marzo de 2021 Ab. Verónica Carrión Guerrero SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LOJA P/4922

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Judiciales

DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del extinto señor SEGUNDO CELSO JARAMILLO MACANCHI, que en extracto es como sigue: ACTORES: ELICEO ANTONINO JARAMILLO JARAMILLO, WILSON RENE JARAMILLO JARAMILLO, JULIA INES JARAMILLO JARAMILLO, LUZ EMILIA JARAMILLO JARAMILLO, POLONIA MARIETA JARAMILLO JARAMILLO, CARMEN YOLANDA JARAMILLO JARAMILLO, BLANCA ESTHELA JARAMILLO JARAMILLO, LORENA DEL CISNE JARAMILLO CAJAMARCA, YULISA ELIZABETH JARAMILLO CAJAMARCA, MARIA INES JARAMILLO CAJAMARCA, MERCY PAOLA JARAMILLO CARRION, SEGUNDO CELSO JARAMILLO CARRION DEMANDADO: Herederos presuntos y desconocidos del causante SEGUNDO CELSO JARAMILLO MACANCHI. OBJETO DE LA DEMANDA: Partición. TRÁMITE: Sumario. CUANTÍA: Indeterminada. JUICIO: Nro. 11203-2020-02738 JUEZ: Dr. David Alberto Astudillo Celi. AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.“UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NINEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, lunes 30 de noviembre del 2020, las 07h07, VISTOS: Avoco conocimiento del presente proceso en calidad Juez Titular de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Loja, designado mediante acción de personal Nro. 3645-DP11-2016-FA, de fecha 15 de noviembre del 2016.-En lo principal, la demanda partición de bienes sucesorios del extinto Segundo Celso Jaramillo Macanchi, presentada por los señores ELICEO ANTONINO JARAMILLO JARAMILLO, WILSON RENE JARAMILLO JARAMILLO, JULIA INES JARAMILLO JARAMILLO, LUZ EMILIA JARAMILLO JARAMILLO, POLONIA MARIETA JARAMILLO JARAMILLO, CARMEN YOLANDA JARAMILLO JARAMILLO, BLANCA ESTHELA JARAMILLO JARAMILLO, LORENA DEL CISNE JARAMILLO CAJAMARCA, YULISA ELIZABETH JARAMILLO CAJAMARCA, MARIA INES JARAMILLO CAJAMARCA, MERCY PAOLA JARAMILLO CARRION, SEGUNDO CELSO JARAMILLO CARRION, cumple los requisitos legales generales y especiales que son aplicables al caso por lo que se admite a trámite del procedimiento sumario, establecido en el Art. 332.10 del COGEP. En virtud de la normativa expuesta, se dispone: 1).- De conformidad a lo establecido en el Art. 146, inciso siete y ocho del Código Orgánico General de Procesos, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Loja, para lo cual confiérase los despachos correspondientes.- La Inscripción de la demanda en el Registro de la propiedad del cantón Loja, se realizará por intermedio de la Oficina de Citaciones y Notificaciones, de esta Unidad Judicial.- Los gastos de inscripción correrán a cargo de la parte interesa; 2) Posterior a la inscripción de la demanda en los registros de la propiedad correspondientes, procédase a: 2.1.- Cítese al demandado Segundo Wilberto Jaramillo Jaramillo, en el lugar señalado en el escrito de demanda, mediante Comisión al señor Teniente Político de la parroquia Vilcabamba del cantón y provincia de Loja, al efecto, confiérase el despacho correspondiente; 2.2.- Cítese Alcalde y Procurador Síndico, del Municipio del cantón Loja, a quienes se los citara en sus despachos; 2.3.- Cítese al Servicio de Rentas Internas de Loja, a quien se lo citara en sus despachos.(En base a las Directrices constantes en el memorando circular No. C.J.DN GP2018-0289- MC, TR:CJ-INT-2018-16413, de fecha 18 de Julio de 2018, en cual en la parte pertinente dice: “Una vez calificada la demanda por la o el juzgador, la o el actor deberá acercarse al archivo de la dependencia judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación; esto es, tres (3) ejemplares para adjuntar a las boletas de citaciones. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar tres (3) ejemplares de la demanda por cada persona demandada”; se dispone que la parte interesada, preste las facilidades a fin de que se obtengan las copias necesarias, a fin de que se pro-

ceda a dar cumplimiento a dicha solemnidad), previniéndole a los demandados de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para el efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y, de dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de quince días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 151 y numeral 3 del Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos únicamente en los casos que se requiera la intervención de esta judicatura. Bajo prevención de proseguir en rebeldía por su falta de comparecencia; 2.3.- Con fundamento en el Art. 58 del COGEP, a los herederos presuntos y desconocidos del extinto señor Segundo Celso Jaramillo Macanchi, cíteselos por la prensa conforme lo determina el numeral 1 del Art. 56 del COGEP; al efecto por Secretario confiérase el despacho correspondiente; 3).Téngase en cuenta la prueba que anuncia y presenta con su demanda los actores; sobre cuya pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la primera fase de la audiencia única a convocarse en el curso ulterior del procedimiento.- Téngase en cuenta la designación de Procurador Común que realizan con fundamento en el Art. 37 del COGEP, los actores a favor de la señora Mercy Paola Jaramillo Carrión para que los presente en el presente proceso.- Téngase en cuenta el casillero judicial, y el correo electrónico para efecto de notificaciones y la autorización concedida al profesional del derecho.Hágase Saber.- Cúmplase.-” f). Dr. David Alberto Astudillo Celi, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja.Loja, 24 de Febrero del 2021.Dra. Carmen Paladines Criollo SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. P/F4924 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA CON SEDE EN PUYANGO CITACION JUDICIAL Cito: Cito con la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en la misma, Cítese a los herederos desconocidos y presuntos de la extinta: MARÍA VICTORIA FREIRE RIOFRÍO, así como a los herederos desconocidos y presuntos de los herederos conocidos fallecidos señores: LUZ AMÉRICA ROBLES FREIRE Y ROBERTO ARSECIO ROBLES FREIRE, que en extracto es como sigue. Actores: Granda Robles Telmo Enrique, Robles Freire Clotilde Filotea, Robles Freire Mariana de Jesús, Robles Freire Rosa Amada, Robles Freire Fanny Lucrecia, Robles Freire Nelson Efrén, Robles Freire Marcela Josefina. OBJETO DE LA DEMANDA Inventario, se digne declarar abierta la sucesión intestada del bien dejado por la causante: María Victoria Freire Riofrío. CUANTIA: La cuantía por su naturaleza es indeterminada de conformidad con el Código Orgánico General de Procesos. Juicio Nro. 11317-2020-00238 Procedimiento: Voluntario. Juez: Dr. Marlon Ray Santorum Montero. SEÑOR/A JUEZ/A DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN PUYANGO. TELMO ENRIQUE GRANDA ROBLES, portador de la cédula de ciudadanía número 1702314533, ecuatoriano, mayor de edad, de estado civil casado, domiciliado en las calles Roberto Robles entre Canónigo Aguirre y 10 de Noviembre, parroquia Mercadillo, del cantón Puyango, provincia de Loja, quien comparece por sus propios derechos, por representación de los derechos de quien en vida fue Luz América Robles Freire; y, CHRISTIAN ISRAEL MORENO CABRERA, portador de la cédula de ciudadanía número 1103826671, ecuatoriano, mayor de edad, de estado civil soltero, de profesión abogado, domiciliado en la ciudad de Loja, en la calle 18 de Noviembre entre Cariamanga y Celica, con número telefónico: 0980881031, correo electrónico asomorenoabg@ gmail.com, como procurador judicial, por los derechos que representa de los señores: CLOTILDE FILOTEA ROBLES FREIRE, cédula de ciudadanía número 1100006376; MARIANA DE JESUS ROBLES FREIRE, cédula de ciudadanía número 1100144235; ROSA AMADA ROBLES FREIRE, cédula de ciudadanía número 1100151438; FANNY LUCRECIA ROBLES FREIRE, cédula de ciudadanía

Publicidad número 1100673027; NELSON EFREN ROBLES FREIRE, cédula de ciudadanía número 1100694411; MARCELA JOSEFINA ROBLES FREIRE, cédula de ciudadanía número 1100420544; conforme consta en las copias certificadas de procuraciones judiciales que se agregan como documentos habilitantes para intervenir como actor dentro del presente proceso. Ante su Autoridad, comedidamente comparezco y manifiesto lo siguiente: Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 142.1 del Código Orgánico General de Procesos, la designación del Juzgador ante quien proponemos la demanda queda determinada, por cuanto es competente para conocer estas acciones; esto es, de inventarios, de conformidad a lo prescrito en el artículo 244 del Código Orgánico de la Función Judicial. En base a lo señalado en el artículo 142.2 del Código Orgánico General de Procesos, especifico nombres y apellidos, generales de ley y más datos que quedan debidamente señalados en el primer párrafo de la presente demanda. No se adjunta RUC por cuanto no es necesario. DEMANDADOS y CITACIÓN: La demanda la dirigimos en contra de los presuntos y desconocidos herederos de la causante, a quienes se dispondrá sean citados al tenor del artículo 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, por medio de la prensa escrita, por cuanto bajo juramento afirmamos que nos es imposible determinar su individualidad, su domicilio o residencia. Desde ya le manifestamos señor Juez que somos legítimos herederos del bien inmueble motivo de este inventario. Así mismo, le solicitamos que en la presente demanda se cuente con las autoridades o funcionarios públicos correspondientes; por consiguiente, le solicitamos se digne disponer que se realice la citación de conformidad a lo establecido en el artículo 60 del Código Orgánico General de Procesos. FUNDAMENTOS DE HECHO: Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 142.5 del Código Orgánico General de Procesos, la narración de los hechos detallados, pormenorizados que sirven de fundamento para las pretensiones, debidamente clasificados y numerados, son los siguientes: 1. Nuestra madre, MARIA VICTORIA FREIRE RIOFRIO, fallece el día 11 de agosto del año 1997, a la edad de 103 años, en la parroquia San Sebastián, de la ciudad, cantón y provincia de Loja. Defunción registrada en el tomo 1, página 214, acta 428, de fecha 12 de agosto del año 1997. 2. Conforme consta con la documentación que me permito acompañar, vendrá a su conocimiento que la señora MARIA VICTORIA FREIRE RIOFRÍO, al momento de su fallecimiento dejó como únicos y universales herederos a: Clotilde Filotea Robles Freire, Mariana De Jesús Robles Freire, Rosa Amada Robles Freire, Fanny Lucrecia Robles Freire, Nelson Efrén Robles Freire, Marcela Josefina Robles Freire y Telmo Enrique Granda Robles, este último por representación de los derechos de quien en vida fue Luz América Robles Freire. 3. Mediante Escritura Pública de Partición Extrajudicial celebrada el 20 de Febrero del año 1979, en la Notaría Segunda del cantón Loja, en la sucesión de bienes del señor ROBERTO ENRIQUE ROBLES OVIEDO, se adjudica a favor de la señora MARIA VICTORIA FREIRE RIOFRÍO tres terrenos denominados Mercadillo, perteneciente a la parroquia de Mercadillo, cantón Puyango, provincia de Loja; Inscripción número 161 del Registro de la Propiedad de fecha 14 de agosto del año 1979. De los terrenos en mención, ya sea por enajenación o prescripción adquisitiva de dominio, conforme consta en la documentación que se adjunta, se ha reservado un lote de terreno denominado Mercadillo, el mismo que está comprendido dentro de los siguientes linderos y dimensiones: POR EL NORTE: del punto 1-2, con una distancia de 49.4 metros, siguiendo el curso de quebrada sin nombre; del punto 2-3 con una distancia de 28.6 metros, un rumbo de S77º54’19’’E, José Eladio Ramón Sánchez. POR EL SUR: del punto 7-8, con una distancia de 29.3 metros, un rumbo de N 69º7’36” O, Teodolinda Angélica Sánchez Sánchez; del punto 8-9 con una distancia de 6.4 metros, un rumbo de N39º2’37’’O, Ocho Yaguachi, Sergio Víctor, POR EL ESTE: del punto 3-4 con una distancia de 26.5 metros, un rumbo de S43º22’44’’E, sin colindante, del punto 4-5 con una distancia de 3.5 metros, un rumbo de S13º37’15’’O, sin colindante; del punto 5-6 con una distancia de 34.3 metros, un rumbo de S13º16’40’’O, sin colindante; del punto 6-7 con una distancia de 11.1 metros, un rumbo de S8º50’11’’O, sin colindante; POR EL OESTE: del punto 9-1 con una distancia de 55.0 metros, un rumbo

www. de N53º47’56’’O, Ocho Yaguachi, Sergio Víctor. Área de terreno de 3.489,53 metros cuadrados. El lote de terreno en mención no posee construcción alguna. 4. Con fecha 23 de septiembre del año 2020, se procede a catastrar a nombre de los herederos interesados, sobre el inmueble en mención, en la Jefatura de Avalúos y Catastros Municipales del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Puyango; todo esto en base a las escrituras públicas que adjuntamos a la presente demanda. Cuya clave catastral es 11105401010130230001. FUNDAMENTOS DE DERECHO: Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 142.6 del Código Orgánico General de Procesos, los fundamentos de derecho que justifican el ejercicio de la acción, expuestos con claridad y precisión, son los siguientes: La demanda la fundamentamos en lo prescrito en la sección 1ª, Capítulo IV, artículo 334, numeral 4to, artículos 335, 336, 337 del Código Orgánico General de Procesos, en lo dispuesto en la sección 5ª, en los artículos 341, 342, 345, 346 del mismo cuerpo legal, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 1001, 1021, 1022, 1023, 1221, 1245 del Código Civil y más disposiciones conexas, comparecemos ante su Señoría para demandar a los presuntos y desconocidos herederos de la causante: MARIA VICTORIA FREIRE RIOFRÍO. ANUNCIO DE MEDIOS DE PRUEBA: Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 142.7 del COGEP, el anuncio de medios de prueba que se ofrece para acreditar los hechos, son los siguientes: PRUEBA DOCUMENTAL: Procuración Judicial que otorgan los herederos: Clotilde Filotea Robles Freire, Mariana de Jesús Robles Freire, Rosa Amada Robles Freire, Fanny Lucrecia Robles Freire, Marcela Josefina Robles Freire y Nelson Efrén Robles Freire a favor del Abogado Christian Israel Moreno Cabrera. Copias de cédula y certificado de votación de los comparecientes como de los herederos. Certificados de defunción de los cónyuges María Victoria Freire Riofrío y Roberto Enrique Robles Oviedo; y, de los herederos Luz América Robles Freire y Roberto Arsesio Robles Freire. Certificados de nacimiento de los herederos: Clotilde Filotea Robles Freire, Mariana de Jesús Robles Freire, Rosa Amada Robles Freire, Fanny Lucrecia Robles Freire, Nelson Efrén Robles Freire, Marcela Josefina Robles Freire y Telmo Enrique Granda Robles. Copias certificadas de Escritura Pública de Partición Extrajudicial del bien inmueble en mención. Certificado de Avalúo Catastral sobre el inmueble en mención. Levantamiento planimétrico emitido por Jefatura de Avalúos y Catastros Municipales del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Puyango. Certificado actualizado del Registro de la Propiedad del inmueble en mención. LA PRETENSIÓN CLARA Y PRECISA QUE SE SOLICITA: Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 142.9 del Código Orgánico General de Procesos manifestamos: Señor Juez, con el debido respeto le planteamos la demanda de Inventario, solicitándole se digne declarar abierta la sucesión intestada del bien dejado por la causante: María Victoria Freire Riofrío. Así mismo, dígnese ordenar la formación o alistamiento del INVENTARIO y AVALÚO O TASACIÓN solemne del bien dejado por la causante en mención; y, que al dictar el auto inicial, su Señoría designará el perito debidamente calificado, a fin de que realice el alistamiento y avalúo del mismo, al tenor del artículo 343 del Código General de Procesos. CUANTÍA: La cuantía por su naturaleza es indeterminada de conformidad con el Código Orgánico General de Procesos. PROCEDIMIENTO: Dando cumplimiento a lo que dispone el artículo 142.11 del Código Orgánico General de Procesos, el procedimiento que debe seguirse para sustanciar la presente demanda de inventarios es el Procedimiento Voluntario, que está regulado en la sección 1ª, Capítulo IV, artículo 334 del Código Orgánico General de Procesos. Dígnese proveer conforme lo establece el artículo 140 del Código Orgánico de la Función Judicial. Las notificaciones que nos correspondan las recibiré en el casillero judicial electrónico 1103826671 y correo electrónico asomorenoabg@gmail.com. Además, para efecto de la presente demanda se me otorgó Procuración Judicial y autorización como abogado patrocinador de la parte actora, a fin de que suscriba de manera individual posteriores escritos y comparezca a cuanta diligencia se creyera conveniente hasta la conclusión del presente proceso. Firmo autorizado y como Procurador Judicial. COMPLETANDO DEMANDA.JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN PU-

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YANGO. CHRISTIAN ISRAEL MORENO CABRERA, con cédula de ciudadanía número 1103826671, en calidad de actor y procurador judicial, dentro del juicio de inventario que se tramita en su despacho, ante su autoridad comparezco y completo la demanda en los siguientes términos: 1. A pesar de haber fallecido en la ciudad de Loja, la señora María Victoria Freire Riofrío tenía su domicilio en la parroquia Mercadillo, del cantón Puyango. 2. La causante falleció a la edad de 93 años. 3. En base a la naturaleza del proceso, no es necesario contar con ningún tipo de autoridad; ha sido un error solicitar la citación en base al artículo 60 del Código Orgánico General de Procesos. En su defecto, sí solicito proceder conforme lo estipulado en el artículo 146, incisos 7 y 8 del Código Orgánico General de Procesos, disponiendo así la inscripción de la presente demanda en el Registro de la Propiedad correspondiente. Debidamente autorizado, firmo como su abogado patrocinador y procurador judicial. Señor Juez, dígnese atender. Dígnese atender.- AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE: Puyango, lunes 28 de diciembre del 2020, las 17h15, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Puyango, nombrado mediante acción de personal Nro. 9306-DNTH-2014-KP, del Consejo de la Judicatura.- Agréguese a los autos el escrito presentado por los demandantes, para los fines de Ley.- Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto anterior, en lo principal, estimase clara, precisa y completa, la demanda propuesta por los señores: TELMO ENTRIQUE GRANDA ROBLES Y ABG. CHRISTIAN ISRAEL MORENO CABRERA, Procurador Judicial de los señores: CLOTILDE FILOTEA ROBLES FREIRE; MARIANA DE JESÚS ROBLES FREIRE; ROSA AMADA ROBLES FREIRE; FANNY LUCRECIA ROBLES FREIRE; NELSON EFRÉN ROBLES FREIRE; Y, MARCELA JOSEFINA ROBLES FREIRE, por lo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 142, 143, 335, 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, que le corresponde y en virtud del fallecimiento de quien en vida fue señora: MARÍA VICTORIA FREIRE RIOFRÍO, conforme consta de la partida de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes.- Fórmese el inventario y el avalúo de los bienes sucesorios cumpliendo la normativa legal pertinente.- Cuéntese en el presente proceso con los demandantes; con los herederos desconocidos y presuntos de la causante; con el señor PROCURADOR TRIBUTARIO DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DE LOJA Y ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO DEL GADM-PUYANGO, para la citación del primer funcionario llamado a intervenir en el proceso se depreca a uno de los señores Jueces (as) de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, enviándole suficiente despacho en forma y ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- A los representantes municipales de Puyango, en sus despachos.- Cítese a los herederos desconocidos y presuntos de la extinta: MARÍA VICTORIA FREIRE RIOFRÍO, así como a los herederos desconocidos y presuntos de los herederos conocidos fallecidos señores: LUZ AMÉRICA ROBLES FREIRE Y ROBERTO ARSECIO ROBLES FREIRE, en un diario de la ciudad de Loja, por no existir este medio de comunicación en esta ciudad, atento a lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Inscríbase la demanda en el Registro Municipal de la Propiedad y Mercantil del cantón Puyango, atento a lo previsto en el artículo 146 inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos.- Téngase en cuenta el anuncio de pruebas que realizan los accionantes.- Una vez que se haya citado a todos los intervinientes en la causa, se señalará día y hora para la diligencia de Inventario y Avalúo de Bienes.- Agréguese al proceso la documentación adjunta y téngase en cuenta la cuantía y correo electrónico señalados por los demandantes para recibir sus notificaciones, así como la autorización que le confiere el primero de los nombrados a su abogado defensor.- Interviene el Abg. Carlos Cañarte Sisalima, Secretario de la Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) Dr. Marlon Ray Santorum Montero, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN PUYANGO.Alamor, lunes 22 de febrero de 2021. Carlos Bayardo Cañarte Sisalima SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN PUYANGO P/F4917


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Judiciales REPUBLICA DEL ECUADOR SENAGUA CENTRO DE ATENCION AL CIUDADANO ALAMOR · DEMARCACION HIDROGRAFICA PUYANGO CATAMAYO CITESE A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS SUBTERRÁNEAS DE LAS QUEBRADAS DENOMINADAS “MATADEROS” Y ‘JORUPE’: UBICADAS EN LOS SECTORES SHORUPE Y JORUPE, DE LA PARROQUIA ELOY ALFARO, CANTÓN MACARÁ, PROVINCIA DE LOJA. PROCESO: Nro.- PC-AL-2019-00535-A. EXTRACTO: ACTORES: ROBERTO CARLOS VIÑÁN RUEDA, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Macará. DEMANDADOS: Jaime Alberto Jaya Vera, Rosa Tamayo Moreno, Julio Darío Herrera Jaya, Luis Alfredo Jaya, Miguel Herrera Moreno, Adonne Vicente Hidalgo Celi, Max Hidalgo Celi, Segundo Manuel Salazar, Luz América Moreno, Máximo Amador Castillo Pereira, César Julio Castillo Campoverde, Ignacio Granda, José Filoteo Herrera, Hugo Mario Jaramillo Bejarano, Carlos María Valarezo Mendieta, Julio Herrera, Augusto Hidalgo, Olivio Arturo Tandazo, Cristóbal Sanmartín, Germania Sarango, José Darío Eras Cueva, Martha Cecilia Tamayo Eras, Thuesman Andrés Tamayo Eras, Francisco Adalberto Eras Cueva, Representante de la Dirección Distrital de Educación en Macará, Luis Emilio Eras Cueva, Boniface Micaela Luna Campoverde, Thuesman Eras Jiménez, Adriano Rueda Salinas, Nelson Valle Vera, Jorge Alfredo Sotomayor Castro, Víctor Salomón Torres Guerrero, Paul Rosillo Celi, Karina del Cisne Villalta Arévalo, Rosa Alejandrina Lalangui, Narcisa de Jesús Cueva Torres, José Ramiro Luzuriaga Vargas, Edwin Fabián Luzuriaqa Robles, Sirlene Madelen Luzuriaga Robles, Jairo Patricio Morocho Calero, Representante del Ministerio de Obras Públicas en Macará, Julio César Luzuriaga Vargas, Oscar Guerrero,Julio Amador Jiménez Jiménez, Angel Agustín Jiménez Jiménez, Joaquín Vicente Calva, Olga Guillermina Eras Cueva, Luis Eduardo Tamayo Eras, Francisco Jiménez, Representante de la Diócesis de Loja en Macará, Manuel Antonio Jiménez Tillaguango, Manuel Isidro Jiménez Jiménez, Vicente Jiménez Tillaguango, Delia María Jiménez Tillaguango, Representante del BIMOT 21 Macará, Hugo Valle Acaro, Jorge Luis Román Jirón, Milton Jiménez, Juan Chamba, Efrén Jumbo, Jorge Sotomayor Castro, Julio Paladines Herrera, Stefanta Aldaz Otero, Monfilio Jaramillo, Héctor Atarihuana Ortiz, Mario Novillo Cueva, Gonzalo Valencia, Alejandro Calva, Francisco Torres, Luis Alfonso Pérez Galán, Alcalá Muñoz, Representante de la Fundación Jocotoco, Manuel Veintimilla Gallo, Representante de la Constructora Austroproce, Luis Correa, José Román, Osman Enrique Tinoco Vega, Enma Cabrera, Johana Pardo Ruiz y Representante de la Asociación de Trabajadores El Cardo. OBJETO DESOLICITUD: Autorización del derecho de uso y aprovechamiento de las aguas de las quebradas denominadas “Mataderos”y “Jorupe”, ubicadas en los sectores Shorupe y Jorupe, de la parroquia Eloy Alfaro, cantón Macará, provincia de Loja, para destinarlas en consumo humano. AUTO: SECRETARIA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE PUYANGO CATAMAYO.- CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO ALAMOR.VISTOS: Alamor, veintiocho de enero del año dos mil diecinueve, a las 11h35.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Responsable Técnico del Centro de Atención al Ciudadano Alamor de la Demarcación Hidrográfica Puyango Catamayo, en cumplimiento a la Acción de personal Nro. 00060-DHPC., de fecha 25 de Agosto del 2016, suscrita por el señor lng. José Antonio Serrano Ojeda.- EN LO PRINCIPAL, la solicitud de autorización del derecho de uso y aprovechamiento de las aguas de las quebradas denominadas “Mataderos” y “Jorupe”, ubicadas en los sectores Shorupe y Jorupe, de la parroquia Eloy Alfaro, cantón Macará, provincia de Loja, para destinarlas en consumo humano, presentada por el señor ROBERTO CARLOS VIÑÁN RUEDA, en calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado

.com.ec Municipal del cantón Macará, conforme lo justifica con la documentación adjunta, se la califica de clara, completa y precisa, por reunir los requisitos establecidos en el Art. 2 del Manual de Procedimiento para la Autorización del Aprovechamiento de las Aguas y demás Trámites Inherentes al Uso y Aprovechamiento de los Recursos Hídricos, se la acepta a trámite del PROCEDIMIENTO GENERAL conforme lo determinan la DISPOSICIÓN TRANSITORIA SÉPTIMA y los Arts. 87, 124, 125 y siguientes de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, Art. 107 del Reglamento a la citada Ley y los presupuestos de los Arts. 134 y 183 del Código Orgánico Administrativo en actual vigencia, por lo que se dispone lo siguiente: 1.- Cítese en calidad de usuarios conocidos a los señores: Jaime Alberto Jaya Vera, Rosa Tamayo Moreno, Julio Dario Herrera Jaya, Luis Alfredo Jaya, Miguel Herrera Moreno, Adonne Vicente Hidalgo Celi, Max Hidalgo Celi, Segundo Manuel Salazar, Luz América Moreno, Máximo Amador Castillo Pereira, César Julio Castillo Campoverde, Ignacio Granda, José Fileteo Herrera, Hugo Mario Jaramillo Bejarano, Carlos María Valarezo Mendieta, Julio Herrera, Augusto Hidalgo, Olivio Arturo Tandazo, Cristóbal Sanmartín, Germanía Sarango, José Dario Eras Cueva, Martha Cecilia Tamayo Eras, Thuesman Andrés Tamayo Eras, Francisco Adalberto Eras Cueva, Representante de la Dirección Distrital de Educación en Macará, Luis Emilio Eras Cueva, Boniface Micaela Luna Campoverde, Thuesman Eras Jiménez, Adriano Rueda Salinas, Nelson Valle Vera, Jorge Alfredo Sotomayor Castro, Víctor Salomón Torres Guerrero, Paul Rosillo Celi, Karina del Cisne Villalta Arévalo, Rosa Alejandrina Lalangui, Narcisa de Jesús Cueva Torres, José Ramiro Luzriaga Vargas, Edwin Fabián Luzuriaga Robles, Sirlene Madelen Luzuriaga Robles, Jairo Patricio Morocho Calero, Representante del Ministerio de Obras Públicas en Macará, Julio César Luzuriaga Vargas, Oscar Guerrero, Julio Amador Jiménez Jiménez, Angel Agustín Jiménez Jiménez, Joaquín Vicente Calva, Olga Guillermina Eras Cueva, Luis Eduardo Tamayo Eras, Francisco Jiménez, Representante de la Diócesis de Loja en Macará, Manuel Antonio Jiménez Tillaguango, Manuel Isidro Jiménez Jiménez, Vicente Jiménez Tillaguango, Delia María Jiménez Tillaguango, Representante del BIMOT 21 Macará, Hugo Valle Acaro, Jorge Luis Román Jirón, Milton Jiménez, Juan Chamba, Efrén Jumbo, Jorge Sotomayor Castro, Julio Paladines Herrera, Stefania Aldaz Otero, Monfilio Jaramillo, Héctor Atarihuana Ortiz, Mario Novillo Cueva, Gonzalo Valencia, Alejandro Calva, Francisco Torres, Luis Alfonso Pérez Galán, Alcalá Muñoz, Representante de la Fundación Jocotoco, Manuel Veintimilla Gallo, Representante de la Constructora Austroproce, Luis Correa, José Román, Osman Enrique Tinoco Vega, Enma Cabrera, Johana Pardo Ruiz y Representante de la Asociación de Trabajadores El Cardo, en los domicilios señalados para el efecto, insinuándoles la obligación que tienen de comparecer a juicio dentro de diez días posteriores a la citación, a fin de que hagan valer sus derechos y propongan las excepciones que crean conveniente; 2.- A los usuarios desconocidos y presuntos, cíteselos mediante la fijación de carteles, por diez días consecutivos, en tres de los parajes más concurridos de la parroquia y cantón Macará, carteles que contendrán un extracto de la solicitud y el presente auto de aceptación a trámite y de esta manera presenten las respectivas oposiciones que les asistan en el plazo de diez días; 3.­Para la práctica de las diligencias ordenadas en los numerales 1 y 2 de este auto, se comisiona al señor Comisario Nacional de Policía del cantón Macará, enviándole despachos suficientes y concediéndole el plazo de quince días en razón de la distancia; 4.De conformidad a lo dispuesto en el Art. 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua vigente, en atención a los principios de publicidad y competencia, se dispone la publicación por la prensa de un extracto de la demanda y auto de aceptación a trámite, mediante tres publicaciones en fechas distintas, a fin de que los interesados o usuarios de estas aguas puedan presentar sus oposiciones, adhesiones, peticiones o proyectos alternativos; 5.Oportunamente se notificará la designación del técnico de esta Entidad, quien en calidad de Perito, realizará la inspección respectiva y emitirá su informe técnico en el plazo de cinco días; 6.- Agréguense al expediente los documentos aparejados a la solicitud como habilitantes; 7.- Téngase

Publicidad en cuenta el correo electrónico señalado por el compareciente para las notificaciones correspondientes y la autorización conferida a su Abogado Defensor; y, 8.Llámase a intervenir al doctor Pepe Junior Maurad Villacrés, en su calidad de Secretario Abogado del Centro de Atención al Ciudadano Alamor de la Demarcación Hidrográfica Puyango Catamayo, en base a la Acción de Personal Nro. 00075­DHPC., de fecha 27 de Agosto del 2015.­CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.lng. Juan Carlos Cevallos Jaramillo. RESPONSABLE TÉCNICO DEL CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO ALAMOR DHPC. Particular que pongo a conocimiento del público en general para los fines de Ley consiguientes, previniéndoles a quienes interesen la obligación que tienen de señalar domicilio judicial dentro del perímetro legal de esta Coordinación. Alamor 1 de marzo de 2021 Abg. Katy Marilu Espinoza Sarango SECRETARIA ABOGADA ENCRGADA DE LA OFICINA TÉCNICA PUYANGO DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y AGUA P/F4913 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales a los herederos desconocidos de la causante IGNACIA MARIA ALVARADO inclusive del extinto y heredero LUIS BENIGNO ALVARADO ALVARADO, conforme a lo dispuesto en los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: MARÍA ROSA ALVARADO ALVARADO y otros DEMANDADOS: Herederos desconocidos de la causante IGNACIA MARIA ALVARADO inclusive del extinto y heredero LUIS BENIGNO ALVARADO ALVARADO OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de bienes sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00328 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo AUTO DE CALIFICACIÓN A TRÁMITE: “…UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, viernes 19 de febrero del 2021, las 11h26, VISTOS: Como se ha dado cumplimiento a la providencia anterior se califica y admite a trámite la demanda formulada por la señora MARÍA ROSA ALVARADO ALVARADO,y, otros, mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el fallecimiento de la señora IGNACIA MARIA ALVARADO CAMPOS, conforme se justifica con el certificado de su defunción ( fs. 5 ), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: UNO: 1.1- Con los solicitantes MARÍA ROSA ALVARADO ALVARADO; LUIS HUMBERTO ALVARADO CAMPOVERDE; JESSICA MARÍA ALVARADO CAMPOVERDE, representada a través de su Procurador Judicial el Abogado Héctor Geovanny Sánchez Torres, conforme a las constancias procesales de fs. 20 a 25; 59-61 Y YADIRA MICHELLE ALVARADO CAMPOVERDE, estos últimos hijos del extinto y heredero LUIS BENIGNO ALVARADO ALVARADO + fs. 4) y por lo tanto en calidad de hija y nietas de la causante respectivamente. 1.2.- Con los señores MANUEL ALFREDO ALVARADO ALVARADO; MARÍA IGNACIA ALICIA ALVARADO ALVARADO; MARÍA ESPERANZA ALVARADO ALVARADO; REINALDO ALVARADO ALVARADO; JOSE POLIVIO ALVARADO ALVARADO; JOSE CRUZ ALVARADO ALVARADO, en calidad de hijos de la causante ,Y, DIRECTOR DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DE LOJA, quienes deberán ser citados con el contenido de la demanda, documentos presentados y el presente auto en el lugar indicado en la demanda croquis e

VIERNES 5 DE MARZO DE 2021 imágenes que se adjuntan y en su respectivo despacho, para lo cual con fundamento en el Art. 30 del Código Orgánico de la Función Judicial y resolución No. 16-2017, expedida por la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, de fecha 27 de octubre del 2017, se comisiona al señor Teniente Político de la parroquia Malacatos del cantón y provincia de Loja. Obténgase copias a costa de los accionantes y remítase despacho debiéndose entregar a la parte actora para que gestione su resultado. Se exceptúa la citación al señor MANUEL ALFREDO ALVARADO ALVARADO Y DIRECTOR DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DE LOJA, para ellos el acto de citación lo cumplirá la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para el efecto en aplicación al principio dispositivo los solicitantes deberán cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020. 1.3.- Con los herederos desconocidos de la causante IGNACIA MARIA ALVARADO inclusive del extinto y heredero LUIS BENIGNO ALVARADO ALVARADO, a quienes ordeno citarlos a través de uno de los medios de comunicación esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Por último se les recuerda la obligación de determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos. DOS: En cuenta los medios de prueba que se anuncia su práctica y pertinencia se resolverán en audiencia. Agréguese a los autos la documentación presentada. En cuenta también la cuantía, casillero judicial y direcciones de correos electrónicos señalados y la autorización que le concede a su defensor técnico. No obstante, con fundamento en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, atendiendo su pedimento se nombra a la accionante MARIA ROSA ALVARADO ALVARADO, en calidad de procuradora común; debiendo contarse con ella en el proceso. Finalmente actúe en calidad de secretario del despacho el Dr. Servio Paúl Velepucha Espinosa. Hágase saber…”.Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 03 de marzo del 2021 Dr. Servio Velepucha Espinosa SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4926 CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante: MIGUEL ANGEL GONZALEZ, que en extracto es como sigue: ACTOR: GRICELDA CLEMENTINA SAMANIEGO SOTOMAYOR, MARÍA DE LOS ÁNGELES GONZÁLEZ SAMANIEGO, VIRGINIA YADIRA GONZÁLEZ SAMANIEGO, MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ SAMANIEGO, PATRICIA ALEXANDRA GONZÁLEZ SAMANIEGO DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del causante: MIGUEL ANGEL GONZALEZ OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2021-00523 JUEZ: DR. PABLO VINICIO MUÑOZ ABARCA EXTRACTO DEMANDA.- Loja, jueves 25 de febrero del 2021, las 10h01, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, Provincia de Loja, conforme a la resolución Nro. 157-2012 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 8 de noviembre del 2012, resolución Nro. 050-2013, de 30 de mayo del 2013 aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, y acción de personal Nro. 3186-DP11-2016FA de fecha 20 de septiembre de 2016.Se llama a intervenir al Dr. Carlos Patricio

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Sotomayor Gálvez en calidad de Secretario encargado, según Acción de personal No. 306-DP11-2021-RR, de fecha 18 de febrero del 2021.- En lo principal, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento del señor MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.1.1. Con los solicitantes GRICELDA CLEMENTINA SAMANIEGO SOTOMAYOR, MARÍA DE LOS ÁNGELES GONZÁLEZ SAMANIEGO, VIRGINIA YADIRA GONZÁLEZ SAMANIEGO, MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ SAMANIEGO, PATRICIA ALEXANDRA GONZÁLEZ SAMANIEGO por lo que comparecen en calidad de cónyuge sobreviviente e hijos y por lo tanto herederos del causante. 1.2. Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, funcionario que deberá ser citado con el contenido de la solicitud, documentación adjunta y el presente auto de forma telemática a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINE) administrado por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos esto de conformidad a lo establecido en el Art. 53.1 del COGEP (Artículo agregado por Disposición Reformatoria Quinta, numeral 2 de Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 345 de 8 de Diciembre del 2020); no obstante como se conoce que no se encuentra aún funcionando dicho sistema, la diligencia de citación hágaselo en su respectivo despacho en la dirección indicada, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para la práctica de la citación, la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020.- El Juzgador considera que no es necesario contar con los personeros del GAD Municipio del cantón Loja. 1.3. Cítese a los herederos desconocidos del causante MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que le conceden a su defensor técnico.- Acogiendo el pedido de los actores y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra en calidad de Procurador Común a la señora María de los Ángeles González Samaniego, con quien se contará en el proceso. Agréguese a los autos la documentación adjunta.- Se debe señalar que se despacha la causa en la presente fecha por cuanto el suscrito me encontraba en uso de vacaciones según la documentación que reposa en la Unidad de Talento Humano del Consejo de la Judicatura.- NOTIFIQUESE.- Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja. – Loja, 26 de febrero del 2021 Abg. Carlos Patricio Sotomayor Gálvez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F4927


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VIERNES 5 DE MARZO DE 2021

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UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN EL PANGUI CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el contenido del escrito de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del extinto señor: (+) HUMBERTO OSWALDO RAMON GODOY Y BLANCA ELINA MONTAÑO RAMON. OBJETO DE LA DEMANDA : INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS TRÁMITE : VOLUNTARIO ACTOR : RAMON MONTAÑO CLAUDIO ROLANDO DEMANDADO : RAMON MONTAÑO DARWIN PATRICIO, RAMON MONTAÑO KARINA DEL CARMEN y VELEZ MONTAÑO LISBETH MORELIA. CUANTÍA : INDETERMINADA NRO. DEL JUICIO : 19333-2021-00012 JUEZ : AB. ANA BELEN SOLANO SANCHEZ AUTO : UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE EL PANGUI. El Pangui, lunes 18 de enero del 2021, las 17h21, VISTOS.- Luego de haber dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior. La demanda para la FORMACION DE INVENTARIO Y AVALUO DE BIENES SUCESORIOS de quien se llamaba: HUMBERTO OSWALDO RAMON GODOY Y BLANCA ELINA MONTAÑO RAMON, que presenta RAMON MONTAÑO CLAUDIO ROLANDO conforme al Art. 142,143 Y 146 del Código Orgánico General de Procesos, al considerarse clara y completa se acepta a TRÁMITE VOLUNTARIO conforme el artículo 334.4 Y 341 y siguientes del COGEP. En cuenta la Cuantía. Cítese a los herederos conocidos: Cítese a RAMON MONTAÑO DARWIN PATRICIO, RAMON MONTAÑO KARINA DEL CARMEN y VELEZ MONTAÑO LISBETH MORELIA mediante el departamento de citaciones de este Cantón El Pangui en las direcciones señaladas en la demanda, adjuntando la documentación respectiva. Debiendo la parte interesada brindar las facilidades respectivas Cítese a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes: HUMBERTO OSWALDO RAMON GODOY Y BLANCA ELINA MONTAÑO RAMON, conforme lo dispone el numeral 1 del art. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, mediante tres publicaciones diferentes en un diario de amplia circulación en esta Ciudad. Citados todos los demandados conforme a ley y trascurridos los términos legales, se designará mediante sorteo legal al perito, para que realice la formación del inventario y avalúo de los bienes, quien cumplirá lo dispuesto en el Art. 342 y Art. 345 del COGEP y se procederá a convocar a las partes a LA AUDIENCIA. Se hará conocer a los demandados que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 346 ibídem podrán oponerse al inventario, hasta antes de la audiencia dentro del término judicial que se otorgará, misma que cumplirá los requisitos de la contestación que deberá ser fundamentada, anunciarán y acompañarán las pruebas que pretendan hacer valer a su favor y se procederá conforme a ley. En atención a lo dispuesto en el Art. 146 inciso quinto del COGEP se dispone PREVIA a la citación de los demandados la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad de este Cantón, debiendo el Registrador tener en consideración el contenido del Art. 71 del COGEP y 282 del COIP, se lo hará por intermedio de la Oficina de Citaciones y Notificaciones de la Unidad Judicial. Notifíquese y cuéntese con el señor Alcalde y Procurador síndico de El Pangui, el señor Registrador de la Propiedad de este cantón, con la Subsecretaría de Tierras y reforma agraria y con la Dirección Provincial del Servicio de Rentas Internas de Zamora Chinchipe, para estos dos últimos remítase deprecatorio virtual dirigido a uno de los jueves Civiles del cantón Zamora Chinchipe quienes cumplirán con la notificación correspondiente. Téngase en cuenta la prueba que adjunta y anuncia a la misma, se agrega al expediente, y será analizará en el momento procesal oportuno. NOTIFÍQUESE.- Particular que pongo en conocimiento para los fines de Ley.El Pangui, 23 de febrero de 2021 Dr. Bernardo Alejandro Hurtado Flores SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN DE EL PANGUI

P/F4904 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos y del causante GLORIA TERESA ARMAS HEREDIA que en extracto es como sigue: ACTOR: VALENCIA ARMAS CARLOS ALBERTO Y otros. DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del causante GLORIA TERESA ARMAS HEREDIA. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00507 JUEZ: Dr. Luis Patricio Jaramillo Reyes “…Loja, miércoles 24 de febrero del 2021, las 10h35, VISTOS: En lo principal, una vez que se da cumplimiento a la última providencia, la solicitud de inventario de bienes sucesorios presentada por: CARLOS VALENCIA RAMÓN; CARLOS ALBERTO VALENCIA ARMAS; GLADYS ISABEL VALENCIA ARMAS; GLORIA TERESA VALENCIA ARMAS; CARMEN DEL ROCIO VALENCIA ARMAS; y, abogada CLAUDIA PATRICIA ACHUPALLAS ESPAÑA en calidad de procuradora judicial de los herederos JORGE MARCELO VALENCIA ARMAS; WILMAN RODRIGO VALENCIA ARMAS y NARCISA ELIZABETH VALENCIA ARMAS, la misma es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la solicitud y se admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP, por lo que se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Por el fallecimiento de la señora Gloria Teresa Armas Heredia, conforme consta de la partida de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de sus bienes sucesorios, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección de un perito que será designado oportunamente por esta Unidad Judicial. SEGUNDO.- 2.1.- Cuéntese en éste proceso con los comparecientes: CARLOS VALENCIA RAMÓN; CARLOS ALBERTO VALENCIA ARMAS; GLADYS ISABEL VALENCIA ARMAS; GLORIA TERESA VALENCIA ARMAS; CARMEN DEL ROCIO VALENCIA ARMAS; JORGE MARCELO VALENCIA ARMAS; WILMAN RODRIGO VALENCIA ARMAS y NARCISA ELIZABETH VALENCIA ARMAS. 2.2.- Con los herederos presuntos y desconocidos de la causante señora GLORIA TERESA ARMAS HEREDIA, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicación, esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58, en concordancia a lo señalado en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Los accionados de conformidad a la ley, podrán oponerse al procedimiento hasta antes de convocarse a la audiencia correspondiente. TERCERO.- 3.1.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya producción y pertinencia se resolverá en audiencia. CUARTO.- En cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que conceden los peticionarios a su defensora técnica.- QUINTO.- Téngase en cuenta la designación en calidad de procuradora común a la señorita GLORIA TERESA VALENCIA ARMAS, conforme el Art 37 del COGEP.Agréguese a los autos la documentación adjunta.- NOTIFÍQUESE.-…”.-Firma Ilegible.- DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes.JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley.- Loja, 26 de febrero del 2021. Abg. Walter Antonio Samaniego Arévalo SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4907

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a JOSE DANIEL CHAMBA CUENCA, que en extracto es como sigue: ACTORA: Maria Cristina Coronel Calva. DEMANDADO: Jose Daniel Chamba Cuenca OBJETO DE LA DEMANDA: Alimentos con presunción de Paternidad. TRÁMITE: Sumario JUICIO: Nro. 11203-2019-03906 JUEZ: Doctor .Valarezo Tandazo Crosbyn Saúl. EXTRACTO DEMANDA.- Loja, jueves 19 de diciembre del 2019, las 09h13, VISTOS: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, en mérito del sorteo de ley y por radicada la competencia AVOCO conocimiento de la demanda de DECLARATORIA DE PATERNIDAD Y FIJACION DE PENSION ALIMENTICIA, presentada por la señora MARIA CRISTINA CORONEL CALVA, en contra del señor JOSE DANIEL CHAMBA CUENCA, por cumplir con los requisitos de ley, se la acepta a trámite en procedimiento SUMARIO, conforme lo determinan los Arts. 332.3 y 333 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud, se dispone lo siguiente: UNO: Cítese al demandado JOSE DANIEL CHAMBA CUENCA, con la copia de la demanda (formulario), información adicional o anexo, documentos presentados y el presente auto en el lugar indicado en el formulario, anexo, croquis e imágenes que se adjuntan; diligencia que la cumplirá la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. En lo demás, se advierte al accionado la obligación de determinar donde recibirá las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de diez días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el numeral 3 del Art. 333 ibídem, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellos únicamente en los casos que se requiera el auxilio del órgano jurisdiccional. Bajo prevención de proseguir en rebeldía por su falta de comparecencia. DOS: De conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del Art. Innumerado 9 de la Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia; inciso quinto del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, en armonía con el Art. 9 del acuerdo Ministerial No. 0672019, expedido por la Ministra de Inclusión Económica y Social que contiene la Tabla de Pensiones Alimenticias mínimas para el año 2019 ( ver. R.O. 445 13-III2019), se fija como pensión provisional mensual de alimentos la cantidad de CIENTO DIECISEIS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 19/100 (USD $ 116.19 ), que el accionado debe pagar en beneficio de la niña BRITANY MILAGROS CORONEL CALVA, a partir de la presentación de la demanda ( 18 de diciembre del 2019 fs. 10 ), más los beneficios adicionales de Ley, por mensualidades anticipadas, dentro de los cinco primeros días de cada mes. La cuenta de fs. 5, proporcionada por la demandante la oficina de pagaduría la vincule asignándole el código SUPA. Se debe aclarar que a través de este código el accionado está obligado a pagar las prestaciones alimenticias. TRES: Tómese en cuenta todos los medios de prueba que anuncia la actora tanto en el formulario como en el anexo. Se admitirá y calificará las mismas en la Audiencia respectiva dada la naturaleza del procedimiento y, conforme el Art. 160 del COGEP. Para el efecto considerando el documento de fs. 6, ofíciese como lo pide en el literal d.- del anexo (ver fs. 7vlta). A la Autoridad requerida se le concede el término de tres días de recibido el oficio para que lo conteste; recordándole la obligación de proveerlo de conformidad a lo dispuesto en el Art. 30 del Código Orgánico de la Función Judicial y Art. 71 del Código Orgánico General de Procesos. Finalmente con fundamento en el inciso segundo del Art. Innumerado 9 de la Ley Reformatoria al Código de la Ni-

www. ñez y Adolescencia, se ordena el examen comparativo de los patrones de bandas o secuencias de ácido desoxirribonucleico (ADN), diligencia que se señalará tan pronto se encuentre citado el accionado. El perito será nombrado oportunamente y está obligado a comparecer a la audiencia única a sustentar su informe. Medios de prueba que bajo el principio contradictorio se los pone a conocimiento del demandado. CUATRO: Al tenor del Art. innumerado 25 de la Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia, se decreta la prohibición de ausentarse del territorio nacional del accionado JOSE DANIEL CHAMBA CUENCA, con cédula de ciudadanía Nro. 1900210921, para lo cual ofíciese al Señor Coordinador del Servicio de Apoyo Migratorio de Loja. CINCO: Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y direcciones de correo electrónico señalados por la actora y la autorización que les concede a su defensor técnico. Agréguese a los autos la documentación presentada. Por último actúe en calidad de Secretario del despacho el Dr. Nivardo Ortiz Vásquez. Hágase saber.-OTRA PROVIDENCIA.Loja, martes 8 de diciembre del 2020, las 15h34, Una vez que la parte actora bajo juramento ha declarado de que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado señor JOSE DANIEL CHAMBA CUENCA, se dispone citarlo por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación existente en esta ciudad, con fundamento en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo.- Se llama a intervenir al Abg. Alberto Xavier Yaguana Soto, en calidad de Secretario encargado del despacho, mediante acción de personal Nro. 1567-DP11-2020-RR, de fecha 30 de noviembre del 2020.- NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley. Loja, 09 de Diciembre del 2020 Abg. Alberto Xavier Yaguana Soto SECRETARIO ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4908 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Se hace conocer al público en general la resolución emitida en este proceso del estado de interdicción provisional indicando que ya no tienen la libre administración de sus bienes el señor MIGUEL ANGEL JARAMILLO FIERRO, que en extracto es como sigue: ACTOR: MARIA TERESA ORTEGA ORDOÑEZ, ROSA CARMITA JARAMILLO ORTEGA, CARLOS PATRICIO JARAMILLO ORTEGA, TERESITA DE JESUS JARAMILLO ORTEGA, ISABEL GABRIELA JARAMILLO ORTEGA, LUIS FERNANDO JARAMILLO ORTEGA, MARIA NARCISA JARAMILLO ORTEGA MONICA MIREYA JARAMILLO ORTEGA OBJETO DE LA DEMANDA: INTERDICCIÓN TRÁMITE: Procedimiento sumario CUANTÍA: Indeterminada. JUICIO: Nro. 11203-2020-02266 JUEZ: Dr. Norman Pardo Torres. AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.“UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA.- Loja, lunes 1 de febrero del 2021, las 10h46, Juez, Norman Pardo Torres, de conformidad al Art. 89, 90 y 95 del Código Orgánico General de Procesos, en relación a la decisión adoptada en audiencia de fecha 17 de diciembre del 2020, notifico con la siguiente: CINCO.- DECISIÓN.- 1.- Se resuelve declarar la Interdicción Provisional de MIGUEL ANGEL JARAMILLO FIERRO, con cédula de ciudadanía 1100005378, consecuentemente queda privado de la administración de sus bienes. 2.-NOTIFICACIÓN POR LA PRENSA.- Notifíquese al público en general por una sola vez, mediante una publicación en un diario de amplia circulación de esta provincia, haciendo conocer del referido estado de interdicción provisional, indicando que ya no tienen la libre administración de sus bienes y además se fijarán carteles en tres de los parajes más frecuentados de esta ciudad.- El señor Secretario proceda a elaborar el extracto y fijar los carteles, de lo cual se sentará la razón correspondiente. 3.- INSCRIPCIÓN REGISTRO DE PROPIEDAD.- Inscríbase en los li-

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Libretas

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO VICENTINA “MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA” LTDA., COOPMEGO AVISO DE ANULACIÓN DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO Se comunica al público en general que se procederá a anular el certificado de depósito Nro.161POL00122456, por lo que se permite notificar a la (s) persona (s) que considere (n) tener derecho sobre dicho certificado de depósito, para que presente (n) a la Cooperativa su reclamo en el plazo de ocho días calendario, contados a partir de la publicación de este aviso, vencido el cual, quedará anulado sin responsabilidad alguna para esta Entidad Financiera. Loja, 2 de marzo 2021 FIRMA AUTORIZADA P/F4906

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO VICENTINA “MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA” LTDA., COOPMEGO AVISO DE ANULACIÓN DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO Se comunica al público en general que se procederá a anular el certificado de depósito Nro.011POL01778913, por lo que se permite notificar a la (s) persona (s) que considere (n) tener derecho sobre dicho certificado de depósito, para que presente (n) a la Cooperativa su reclamo en el plazo de ocho días calendario, contados a partir de la publicación de este aviso, vencido el cual, quedará anulado sin responsabilidad alguna para esta Entidad Financiera. Loja, 1 de marzo 2021 FIRMA AUTORIZADA P/F4906 bros correspondientes del Registro de la Propiedad del Cantón Loja, la presente resolución provisional de interdicción. Una vez cumplidas con las diligencias antes mencionadas y en el caso de no haber variaciones en su salud se declarará el estado de Interdicción Definitiva. 4.Se designa como su curadora a la señora MONICA MIREYA JARAMILLO ORTEGA hija del interdicto, con los deberes que la ley les impone en relación a su cuidado personal y de sus bienes, a quien se ha procedido a posesionar y juramentar en audiencia.- Quedando facultada para representarlo legalmente y ejercitar sus derechos, sin más restricciones que las previstas en la Ley. Notifíquese y cúmplase.-- f). Dr. Norman Pardo Torres., Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja. Particular que pongo a conocimiento para los fines de ley.- Loja, 09 de febrero del 2021.-El Secretario.Dr. José Simancas Merino SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. P/F4928


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Judiciales

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales a los herederos desconocidos de los causantes RICARDO DE JESUS GONZALEZ ORDOÑEZ Y MARÍA EDELMIRA ORDOÑEZ MONTAÑO, así como también del heredero y extinto JORGE HUGO GONZALEZ ORDOÑEZ, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: Con los solicitantes RUTH CLEMENCIA GONZALEZ ORDOÑEZ; INES EDITH GONZALEZ ORDOÑEZ; MARIA BEATRIZ GONZALEZ ORDOÑEZ, JOSEFINA PIEDAD GONZALEZ ORDOÑEZ; ENMA GUADALUPE GONZALEZ ORDOÑEZ, ERNESTO RAUL GONZALEZ ORDOÑEZ ,Y, ROGERIO GUILLERMO GONZALEZ ORDOÑEZ, en calidad de hijos de los causantes; ARMENGOL MARTIN GONZALEZ CALDERON; LUCIO BENANCIO GONZALEZ CALDERON; MARTHA ENIDT GONZALEZ CALDERON; EDITA TATIANA GONZALEZ CALDERON; JUAN IVAN GONZALEZ CALDERON; JOSE DARWIN GONZALEZ CALDERON,Y, HERMEL RUPERTO GONZALEZ CALDERON, en calidad de hijos del extinto y heredero JORGE HUGO GONZALEZ ORDOÑEZ (+ fs. 32 ) y por lo tanto nietos de los causantes. DEMANDADOS: Herederos desconocidos de los causantes RICARDO DE JESUS GONZALEZ ORDOÑEZ Y MARÍA EDELMIRA ORDOÑEZ MONTAÑO, así como también del heredero y extinto JORGE HUGO GONZALEZ ORDOÑEZ OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario y avalúo TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2020-00568 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo “…UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA...” Loja, martes 18 de febrero del 2020, las 14h05, VISTOS: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, en mérito del sorteo de ley y por radicada la competencia AVOCO conocimiento de la solicitud que antecede y como la misma cumple con los requisitos de ley, se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el fallecimiento de los señores RICARDO DE JESUS GONZALEZ ORDOÑEZ Y MARÍA EDELMIRA ORDOÑEZ MONTAÑO, conforme se justifica con los certificados de su defunción ( fs. 30 y 31 ), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: UNO: 1.1- Con los solicitantes RUTH CLEMENCIA GONZALEZ ORDOÑEZ; INES EDITH GONZALEZ ORDOÑEZ; MARIA BEATRIZ GONZALEZ ORDOÑEZ, JOSEFINA PIEDAD GONZALEZ ORDOÑEZ; ENMA GUADALUPE GONZALEZ ORDOÑEZ, ERNESTO RAUL GONZALEZ ORDOÑEZ ,Y, ROGERIO GUILLERMO GONZALEZ ORDOÑEZ, en calidad de hijos de los causantes; ARMENGOL MARTIN GONZALEZ CALDERON; LUCIO BENANCIO GONZALEZ CALDERON; MARTHA ENIDT GONZALEZ CALDERON; EDITA TATIANA GONZALEZ CALDERON; JUAN IVAN GONZALEZ CALDERON; JOSE DARWIN GONZALEZ CALDERON ,Y, HERMEL RUPERTO GONZALEZ CALDERON, en calidad de hijos del extinto

.com.ec y heredero JORGE HUGO GONZALEZ ORDOÑEZ (+ fs. 32 ) y por lo tanto nietos de los causantes. 1.2.- Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja; funcionario que deberá ser citado en su respectivo despacho, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. 1.3.- Con los herederos desconocidos de los causantes RICARDO DE JESUS GONZALEZ ORDOÑEZ Y MARÍA EDELMIRA ORDOÑEZ MONTAÑO, así como también del heredero y extinto JORGE HUGO GONZALEZ ORDOÑEZ, a quienes ordeno citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se les recuerda la obligación de determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. DOS: En cuenta los medios de prueba que anuncian los solicitantes su práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. Agréguese a los autos la documentación presentada, y, en lo demás, en cuenta también la cuantía, casillero judicial y direcciones de correo electrónicos señalados y la autorización que le conceden a su defensor técnico. No obstante, acogiendo su pedido y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra en calidad de Procuradora Común de los accionantes a la señora RUTH CLEMENCIA GONZALEZ ORDOÑEZ, con quién se contará en el proceso. Finalmente actúe en calidad de secretario del despacho el Dr. Nivardo Ortiz Vásquez. Hágase saber…”. Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 26 de octubre del 2020. Dr. Nivardo Ortiz Vásquez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4909 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON CALVAS PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL. CITO.- A los herederos, presuntos; y, desconocidos de la causante señora ANTONIETA ESPERANZA RODRIGUEZ VEGA, con el contenido de la demanda, autos aceptación a trámite y demás constancias procesales de conformidad al Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos reformado por el Art. 12 de la Ley Orgánica Reformatoria del COGEP, cuyo contenido en extracto es como sigue: JUICIO NRO. 11335-2020-00514 MATERIA: FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA TIPO DE PROCESO: VOLUNTARIO ACCION: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. ACTORES: LUIS ELVIO CHUQUIRIMA SARANGO; CARMEN CONSUELO CHUQUIRIMA RODRIGUEZ; Y, BLANCA DEL CISNE CHUQUIRIMA RODRIGUEZ CUANTÍA: Indeterminada. JUEZ: Dr. Marco Vinicio Romero Ávila. Calvas, miércoles 3 de febrero del 2021, las 19h23, VISTOS: Dr. Marco Vinicio Romero Ávila, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Calvas, provincia de Loja, en mérito del sorteo de ley, por radicada la competencia, y habiéndose cumplido el auto que inmediatamente antecede, AVOCO conocimiento de la demanda de inventario de bienes sucesorios, propuesto por los señores LUIS ELVIO CHUQUIRIMA SARANGO; CARMEN CONSUELO CHUQUIRIMA RODRIGUEZ; Y, BLANCA DEL CISNE CHUQUIRIMA RODRIGUEZ, que por cumplir con los requisitos de ley, se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), en tal virtud por el fallecimiento de la señora ANTONIETA ESPERANZA RODRIGUEZ VEGA, conforme se justifica con el certificado de su defunción que obra

Publicidad a fs. 4, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados-herederos y funcionarios: 1).- Con la parte actora LUIS ELVIO CHUQUIRIMA SARANGO; CARMEN CONSUELO CHUQUIRIMA RODRIGUEZ; Y, BLANCA DEL CISNE CHUQUIRIMA RODRIGUEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente e hijos de la causante. 2).- Con los Señores ESPERANZA BERNARDINA CHUQUIRIMA RODRIGUEZ; MANUEL BOLIVAR CHUQUIRIMA RODRIGUEZ; VICTOR JOVANI CHUQUIRIMA RODRIGUEZ; Y, LUIS JAVIER CHUQUIRIMA RODRIGUEZ; en calidad de hijos de la causante; a quienes se los citará en la dirección indicada en la demanda a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial Multicompetente de Calvas. 3).Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, a quien se lo citará mediante Deprecatorio electrónico a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Loja, ofreciendo reciprocidad en casos análogos, para el efecto remítase el despacho suficiente. Se advierte a la parte citada de su obligación de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial con sede en Calvas, y de conformidad al artículo 66 ibídem en concordancia con el Art. 56 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, señalen domicilio judicial electrónico en un correo electrónico, de un/a abogado/a, para futuras notificaciones. 4).- Cítese a los herederos presuntos y desconocidos de la causante ANTONIETA ESPERANZA RODRIGUEZ VEGA, a través de uno de los medios de comunicación, esto es, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la provincia de Loja, de conformidad a lo dispuesto en

VIERNES 5 DE MARZO DE 2021 los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. 5).- Téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial y/o dirección de correo electrónico señalados por la accionante y la autorización que le confieren a su defensor técnico. 6).- Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda y téngase en cuenta los medios de prueba que anuncia, sobre cuya pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la primera fase de la audiencia única a convocarse en el curso ulterior del procedimiento. 7).- Actúe el Dr. César Enríquez Loaiza, en calidad de Secretario (e) del despacho. HÁGASE SABER.- Cariamanga, 05 de Febrero del 2021. Dr. César Enríquez Loaiza Sánchez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON CALVAS PROVINCIA DE LOJA P/F4911 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA AVISO JUDICIAL Se pone en conocimiento del público en general que la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, previo el trámite sumario que le corresponde, mediante resolución de fecha 18 de diciembre del 2020, las 15h55; ha procedido a declarar la interdicción provisional de la señora MARIA EUGENIA VALAREZO LOAIZA, cuyo extracto es como sigue: ACTORES: JUAN ELIAZAR CEVALLOS EN CALIDAD DE PROGENITOR; Y, LOS SEÑORES JOSE VICENTE CEVALLOS TOLEDO, ALEXANDRA PIEDAD CEVALLOS TOLEDO Y PAULINA DEL CARMEN CEVALLOS TOLEDO OBJETO: DECLARACIÓN DE INTERDICCIÓN DE JUAN DIEGO CEVALLO TOLEDO. TRAMITE: SUMARIO CUANTÍA: INDETERMINADA JUICIO: 11203-2020-02383 JUEZ: DRA. YHELENNA LOJAN ARMI-

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JOS UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCECNIA DEL CANTON LOJA.- La Dra. Yhelenna Lojan Armijos, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja, mediante resolución de fecha viernes 18 de diciembre del 2020, las 15h55, VISTOS “…RESUELVE, aceptar la demanda y conforme lo estatuido en el Art. 373, 468 y 482 del Código Civil se declara la INTERDICCIÓN DEFINITIVA de JUAN DIEGO CEVALLOS TOLEDO; disponiéndose que de conformidad al Art. 468 del Código Civil se inscriba este auto resolutorio en el Libro correspondiente del Registro de la Propiedad del Cantón Loja, y la notificación al público mediante una publicación en un periódico de amplia circulación de este cantón y por carteles que se fijarán en tres de los parajes más frecuentados de ésta localidad; para lo cual, a través de Secretaría confiérase el extracto correspondiente.- En la inscripción y notificación se hará conocer que JUAN DIEGO CEVALLOS TOLEDO, domiciliado en éste cantón Loja, no tiene la libre administración de sus bienes.- Habiendo prosperado lo principal y encontrándose presentes los parientes Ludeña Diaz Mercedes Esperanza y José Vicente Cevallos Toledo, éstos son escuchados para la insinuación correspondiente, quienes sugieren a la actora Sra. ALEXANDRA PIEDAD CEVALLOS TOLEDO con cedula Nro. 1104337355 hermana del interdicto, para que lo represente en todos sus actos.- Consultada la insinuada, dice aceptar el cargo.- Ejecutoriado que sea este auto, y una vez que se presenten al Juzgado las inscripciones y publicación antes referidas, se dictará auto de designación, posesión e iniciación de la administración de bienes de la Curadora General.- Particular que se pone en conocimiento del público en general para los fines de ley.Loja, 02 de febrero de 2021 Dr. Antonio Quito Sanmartín SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F4929

P


Justicia

VIERNES 5 DE MARZO DE 2021

Casa que era utilizada como bodega se incendió Catamayo. En una vivienda ubicada dentro de la empresa Monterrey Azucarera Lojana C.A, de la ciudad del Eterno Sol, se produjo un incendio estructural que consumió parte del bien inmueble. No hubo personas afectadas. Novedad Trabajadores de la empresa alertaron al Cuerpo de Bomberos de Catamayo que una vivienda estaba en llamas. Ante ello, los funcionarios acudieron al lugar y procedieron a sofocar el fuego, el cual amenazaba con expandirse por toda la casa. Una vez sofocado el incendio, realizaron la recolección de escombros para determinar las causas, sin embargo, solo encontraron

Un vuelco de un camión se produjo en la vía QuinaraPalmira, a 500 m aproximadamente pasando el puente de la parroquia Quinara. Por razones desconocidas el conductor perdió carril de circulación y terminó al costado derecho de la vía. De lo suscitado no hubo personas heridas pero sí daños materiales de consideración en el pesado automotor.(I)

• Momento en que los bomberos sofocaron las llamas.

gran cantidad de productos y objetos inflamables, los cuales habrían incidido para que las llamas se propaguen con mayor rapidez. Afortunadamente, el suce-

so no dejó personas heridas, ya que el bien inmueble no era habitado y solo servía de bodega, pero sí hubo daños a enseres y otras pertenencias.(I).(FJC).

COVID-19 Casos confirmados por cantón CASOS

10.322 1.080 8.936 306 Positivos

Activos

Recuperados

Fecha de corte: Jueves 4 de marzo de 2021 Fuente: Ministerio de Salud Pública

SARAGURO

Fallecidos

304

MUESTRAS

28.815 17.800 693 Tomadas

Negativas

27

En espera

AISLAMIENTOS

Personas en A.P.O.

104

PINDAL

Edad

Contagiados

0-11 meses

22

1-4 años

57

5 - 9 años

96

10 -14 años

222

15 - 19 años

371

20 - 49 años

6.370

50 - 64 años

1.817

más de 65 años

1.367

OLMEDO

PUYANGO

Personas en aislamiento domiciliario

Provincia de Loja Casos positivos por rango de edades

10

123

1.017 2.945 1.028

Personas en CERCO Epidemiológico

7.752

CHAGUARPAMBA

404

ZAPOTILLO

34

108 CELICA

127

PALTAS

MACARA

297

GONZANAMA

SOZORANGA

657 48

CATAMAYO

230 CALVAS

28

QUILANGA

69 PROVINCIA DE LOJA / CONTAGIOS POR GÉNERO

5.300 Hombres

5.022 Mujeres

ESPINDOLA

LOJA

I


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