Miércoles 03 de marzo de 2021 Edición Nro. 10109

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Loja-Ecuador www.cronica.com.ec diariocronica @cronicaloja 0997262566 Edición Nº 10999

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CNE confirmó el calendario para la segunda vuelta electoral

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l Consejo Nacional Electoral (CNE), por medio de cadena nacional realizada la mañana del martes 2 de marzo del 2021, ratificó los resultados de la primera vuelta, dejando a Andrés Arauz y Guillermo Lasso como finalistas, pero además señaló el calendario para la realización de la segunda vuelta. La entidad informó que la campaña electoral se llevará a cabo entre el 16 de marzo y el 8 de abril del 2021.

CNT continuará con la instalación de fibra óptica en Loja

Policía Nacional celebró 83 años de profesionalización (Pág. 3)

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a Corporación Nacional de Telecomunicaciones, CNT EP, tras la realización de estudios en varios sectores de Loja, este 2021 procederá a la colocación de la red de fibra óptica con lo cual buscan dar un mejor servicio a la comunidad.

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Presidente Lenín Moreno se desafilia de Alianza PAIS

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Prefectura inició la toma de pruebas rápidas Con la toma de una prueba rápida a cada representante de un medio de comunicación, la prefectura de Loja inició con la campaña de aplicación de pruebas rápidas de la COVID-19 a los lojanos. Esperan llegar a toda la provincia durante el mes de marzo.

Circunstancias El prefecto de Loja, Rafael Dávila Egüez, mencionó que recibieron la donación de 590.000 pruebas rápidas debidamente certificadas para COVID-19 por parte de Shanghai Liangrun Biomedicine Technology Co. Ltd de China. Fue una gestión cuya aceptación les dieron

•• Rafael Dávila Egüez, prefecto de Loja; María José Coronel, viceprefecta; y Diego Álvarez, médico ocupacional de la entidad.

hace un mes y han tenido que pasar por una serie de trámites para conseguir que el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (Se-

nae) autorice la nacionalización de estos insumos sin tener que pagar los tributos correspondientes. Una vez que tuvieron la autorización de la Senae, el último el fin de semana llegaron a la ciudad. Y, a partir de las 14h00 de este lunes 2 de marzo iniciaron con el recorrido por los barrios e instituciones de la urbe lojana realizando las pruebas rápidas de manera gratuita. “La aplicación la harán con personal médico del Ministerio de Salud que además, irán recopilando datos como

niveles de contagio, inmunización, entre otros. Por ejemplo, estarán por Héroes del Cenepa, Motupe, Colinas Lojanas, San Cayetano, Ciudad Alegría, Ciudad Victoria, La Banda, Florida y más, es decir, llegarán a todos los sectores con la toma de estas pruebas”, dijo. Agregó que, en acuerdo con los municipios y los gobiernos parroquiales estas pruebas llegarán hasta el último rincón de la provincia de Loja. “En este momento estamos ayudando a la población con pruebas rápidas,

esperamos que en los próximos días sea con vacunas, para ello, ya están realizando las gestiones del caso”. Por su parte, María José Coronel Romero, viceprefecta, destacó que para la toma de las pruebas han conformado 16 brigadas con personal de la Prefectura, Instituto Bolivariano, Universidad Técnica Particular de Loja y Ministerio de Salud. “El COVID en muchos de los casos es una enfermedad silenciosa, porque hay gran cantidad de personas asintomáticas, quienes están circulando por las calles y propagando el virus, por ello, es necesario detectarlo a tiempo para que las personas sean aisladas en sus domicilios y no haya más contagios”, añadió. Con las pruebas no diagnosticarán la enfermedad, sino determinarán la presencia de antígenos de las personas que ya tuvieron el virus o que podrían tenerlo de manera reciente, de ser este último caso coordinarán con el Ministerio de Salud para el hisopado.(I).(FJC).

CNT continuará con la instalación de fibra óptica en Loja La Corporación Nacional de Telecomunicaciones, CNT EP, tras la realización de estudios en varios sectores de Loja y algunos cantones, este 2021 procederá a la colocación de la red de fibra óptica con lo cual buscan dar un mejor servicio a la comunidad. A decir, del administrador Regional 7 de CNT, Víctor Rohoden Condoy, los barrios donde la entidad cambiará de cobre a fibra son: El Rosal, Los Geranios, Pradera, Yaguarcuna, Sierra Nevada, sector del mercado Mayorista, Las Palmas, IV

Centenario, Las Peñas, Zamora Huayco, Julio Ordoñez, Capulí, Clodoveo, Las Pitas, Ciudadela El Chofer, Turunuma y Shushuhuayco. En cuantos a los cantones de la provincia están: Catamayo, Saraguro, Cariamanga, Alamor Macará hasta el momento. “El resto, a pesar que son importantes, manejan la posibilidad de poder implementar la tecnología, sin embargo, el estudio técnico-comercial que vienen efectuando les dará la pauta para poder invertir o no”, dijo. Beneficios

En otro punto, el funcionario mencionó que la entidad tiene una serie de beneficios para la ciudadanía, por ejemplo, si una persona contrata un paquete de internet de 20 megas, por cierto límite de tiempo le duplican el ancho de banda. De la misma manera, en la telefonía móvil y televisión existen grandes descuentos e inclusive regalos. En ese sentido, la atención de la ciudadanía actualmente se viene realizando mediante agendamiento virtual con el propósito de evitar aglomeraciones y las largas filas en los exterio-

res de la entidad. Sanciones Tras haber culminado los 60 días que daba la Ley de Apoyo Humanitario para que las empresas no suspendan los servicios, “nosotros, desde el 4 de diciembre para los usuarios que tienen telefonía móvil, y a partir del 13 de diciembre para internet, telefonía fija y televisión empezamos con la suspensión del servicio”, afirmó. Afortunadamente, Loja tiene bajo el 1% de morosidad, es decir, “la ciudadanía durante el tiempo

•• Víctor Rohoden Condoy, administrador Regional 7 de CNT

de pandemia hasta la actualidad se ha acercado a pagar los servicios; y, son contadas las personas que adeudan”.(I).(FJC).


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Policía Nacional celebró 83 años de profesionalización Este martes 02 de marzo, la Policía Nacional del Ecuador cumplió 83 años de Profesionalización y 175 años de Institucionalización. En 1938 se creó la escuela que lleva el nombre del “General Alberto Enrique Gallo”, desde esa época la institución ejerce con profesionalismo y entrega su trabajo en beneficio de la seguridad ciudadana y el orden público.

Sesión solemne La agenda de actividades empezó a las 10h00 con la Misa de Acción de Gracias, en la iglesia La Catedral, por la vida y la bondad de Dios con el personal policial; mientras que a las 11h30 en el Auditorio “Manuel Carrión Pinzano” del Consejo de la Judicatura de Loja se realizó la Sesión Solemne por el octogésimo tercer aniversario de profesionalización y centésimo septuagésimo quinto de institucionalización de la Policía Nacional. En el acto, el cual contó con las principales autoridades policiales, civiles y medios de comunicación de la provincia reconocieron la labor diaria del personal uniformado. Eduardo Patricio Pérez Flores, comandante de Policía de la Zona 7, señaló que constituye una fiesta verdadera el cumplir 83 años al servicio de la ciuda-

•• Sesión solemne por los 83 años de Profesionalización y 175 años de Institucionalización.

danía, siempre cumpliendo la misión institucional que es garantizar el orden y la seguridad. Además, significa mayor compromiso y responsabilidad. “Como cualquier entidad, cada día vamos mejorando tanto en el ámbito profesional y técnica. Tenemos hombres y mujeres capacitados, competentes con habilidades y destrezas únicas para ejercer la función policial”, dijo. En cuanto a la lucha contra la delincuencia utilizan los medios logísticos, recursos humanos y tecnológicos, siempre tratando de mejorar e intervenir en todos los aspectos delictivos para que la seguridad ciudadana se mantenga en todos los sectores y rincones de la patria.

En ese sentido, las estadísticas lo dicen todo, por ejemplo, los reportes de los últimos dos meses (enero y febrero) en la provincia de Loja son pasivos, es decir,

sigue a la baja en lo que se refiere a todos los delitos del Cuadro de Mando Integral, es por ello, “que esta región sigue siendo una de las más seguras

del país. Ante ello, los servidores policiales realizan su trabajo con dedicación y profesionalismo para que haya mayor seguridad”, destacó.(I).(FJC). P

Trans Peña Sur S.A CONVOCATORIA Se convoca con el carácter de obligatorio a la Junta General Ordinaria a los accionistas de la Compañía Trans Peña Sur S.A., la misma que se llevará a efecto el día JUEVES 11 de marzo del 2021, a las 20h00; en el domicilio de la compañía ubicado en las calles Jorge Castillo Carrión y Av. Manuel Benjamín Carrión en la ciudad de Loja, en la que se tratará el siguiente orden del día. 1. Constatación del Quórum 2. Palabras de bienvenida por parte del Sr. Presidente. 3. Lectura y aprobación del Acta anterior 4. Informe del Señor Presidente 5. Informe del Sr. Gerente. 6. Conocimiento y Aprobación de Estados Financieros del año 2020 7. Informe del Sr. Comisario 8. Análisis y resolución de las pérdidas o ganancias generadas en el año 2020 9. Elecciones de la directiva del periodo 2021-2023 10. Posesión de la nueva directiva periodo 2021-2023 NOTA: SE CONVOCA DE MANERA ESPECIAL AL SR. VICENTE RIOS V. COMISARIO DE LA COMPAÑÍA ; y de conformidad al Art. 292 de la ley de compañías, los Estados Financieros y Anexos estarán a disposición de los Accionistas en las oficinas de la compañía, para su conocimiento y revisión, con 15 días de anticipación a la fecha de la reunión. La presente Asamblea se llevará acabo siguiendo los protocolos de BIOSEGURIDAD que determina el COE cantonal, como es el distanciamiento social. Atentamente.

•• Misa de Acción de Gracias de la Policía Nacional.

Sr. Darwin Daniel Herrera Ochoa PRESIDENTE P/F4905


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Economistas esperan que Ley de Defensa de la Dolarización sea aprobada

•• Los economistas Raúl Miranda Delgado y Giovanni Carrión Cevallos dieron su opinión sobre el proyecto de Ley de Defensa de la Dolarización.

El presidente de la República, Lenín Moreno Garcés, envió a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley de Defensa de la Dolarización, la misma que fue rechazada por inconstitucional; según economistas, esta normativa busca independizar al Banco Central del Ecuador (BCE) para evitar las autoridades no abusen de los recursos guardados en la institución. Norma Raúl Miranda Delgado, presidente del Colegio de Economistas de Loja y Zamora Chinchipe, expresó que la ley busca de alguna manera darle independencia del BCE, lo cual a su criterio le parece correcto, siempre y cuando la entidad sea administrada por profesionales técnicos, apolíticos, es decir, gente totalmente independiente de los gobiernos de turno. “Blindar al BCE, es para de alguna forma proteger la dolarización, moneda oficial en estos días, aunque también sirve para dar directrices técnicas de cómo se debe manejar la economía en el país”, dijo. La aprobación de la normativa es para que las futuras autoridades no abusen de los dineros. “Esto en vista que cierto candidato ha señalado públicamente que su llegada a la presidencia tomará el dinero del BCE

y con ello pagará las deudas que tiene el Estado con las prefecturas, gobiernos cantonales y parroquiales, lo cual no se puede hacer, porque dejaría desfinanciado el Ecuador”. Agregó que es una excelente normativa, por lo que espera sea aprobada por la Asamblea Nacional, aunque si no lo hacen, el presidente mediante el Ministerio de la Ley la aprobará. En cambio, para el economista Giovanni Carrión Cevallos, señaló que es importante toda iniciativa encaminada a defender y sostener al sistema de la dolarización en el país, pero la Asamblea Nacional respecto al último proyecto presentado por el mandatario con el carácter de económico urgente ha recibido el rechazo de los legisladores, porque identificaron elementos de carácter inconstitucional. Con el proyecto buscan que el Banco Central sea autónomo, cuando la propia Constitución establece que debe existir una correlación entre el ejecutivo y la entidad bancaria, por ello, mientras se siga vulnerando la normativa jamás la Asamblea Nacional dará paso, aunque es necesaria para que las autoridades no abusen de los recursos que tiene la institución y haya una correcto manejo de las finanzas públicas.(I).(FJC).

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Nuevo director médico en Solca Loja El doctor Oswaldo Aguirre Valdivieso es el nuevo director médico de Solca Núcleo de Loja a partir de este 1 de marzo y fue designado por Nelson Samaniego Idrovo, actual presidente ejecutivo de esta importante entidad oncológica. El anuncio oficial se realizó al interior de institución en el contexto de una reunión de trabajo con otros funcionarios institucionales. La dirección médica de este importante centro para la detección y tratamiento del cáncer tiene a su cargo el manejo de todas las áreas de servicios de salud oncológicos y generales que •• Nelson Samaniego Idrovo y Oswaldo Aguirre Valdivieso, incluye consulta externa, presidente ejecutivo y director médico de Solca Loja, hospitalización, quimiote- respectivamente. rapia ambulatoria, radioterapia, yodoterapia, labo- su Comité Ejecutivo y es un comprometido a seguir ratorios, diagnóstico por profesional conocido en su mejorando todos los serviimagen y otros importantes desempeño público y priva- cios médicos acordes con servicios. do en el ámbito de los ser- la planificación institucioCabe destacar que Oswaldo vicios de salud y patología nal y la ruta trazada por Aguirre es miembro activo clínica, así como de organi- la administración de Solca del Consejo Directivo de zaciones de ayuda social. Loja elegida para el períoSolca Loja, forma parte de El nuevo director se ha do 2021 -2023.

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CCE Loja desarrollará Encuentro “Matilde Hidalgo de Procel” La Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjamín Carrión Núcleo de Loja desarrollará el IX Encuentro Arte Mujer “Matilde Hidalgo de Procel” 2021. Varias actividades artísticas, académicas y culturales se desarrollarán en los meses de marzo, abril y mayo. Para el director provincial, Diego Naranjo Hidalgo, es innegable el importante papel que juegan las mujeres en el campo de la cultura y el arte. Exposiciones, convocatorias de arte, ponencias académicas en educación, literatura, política y medicina, son algunas de las actividades que se desarrollarán en la novena edición, según lo señala Jeannet Coronel, analista de Fomento Artístico y Cultural de la CCE Núcleo de Loja. En este año se trabajará con dos componentes: académico y artes plásticas y visuales. El jueves 4 de marzo inician las actividades académicas. A las 10h30, en el auditorio Pablo Palacio, se

desarrollará el acto de entrega de la presea “Matilde Hidalgo de Procel” a la distinguida artista, catedrática e investigadora lojana María Gabriela Punín Burneo. El mismo día, desde las 18h00, se efectuará el conversatorio: “Matilde y su proyección social de la medicina. Tiempos de pandemia”, abordada, a manera de diálogo, por Mercedes León Ojeda y Alicia Ochoa Valdivieso. El componente académico se encuen-

tra vinculado a ponencias de mujeres formadas en el ámbito de la ciencia y otras manifestaciones artísticas culturales, quienes efectuarán sus participaciones los jueves: 11, 18 y 25 de marzo de 2021. En el componente de artes plásticas y visuales, la agenda contempla la inauguración de la exposición “Los 100 años de Guayasamín”, un espacio itinerante que, desde el 2019, recorre las provincias para mostrar la obra del maestro Oswaldo Guayasamín. La muestra se inaugura de forma virtual, el viernes 5 de marzo, desde las 20h00. Además, se encuentra abierta la convocatoria “Laboratorio de producción en artes visuales para mujeres”, una propuesta construida en base a la necesidad de potenciar a las artistas como productoras comprometidas, donde tiene cabida lo tradicional y lo contemporáneo del arte. El plazo de participación vence el 14 de marzo de 2021

Ciclovía de Loja entra a vigilancia ciudadana

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), presidido por Sofía Almeida, invita a la ciudadanía a inscribirse en la Veeduría para vigilar el buen uso de la ciclovía de la ciudad de Loja, provincia de Loja Las inscripciones se recibirán del 3 al 10 de marzo del 2021, en el correo electrónico cpccsloja@cpccs.gob.ec y/o cpccsloja@hotmail.com.

Requisitos: • Estar en goce de los derechos de participación. • En el caso de personas jurídicas u organizaciones de hecho, encontrarse debidamente reconocidas ante las entidades correspondientes, o sus comunidades. • Contar con una carta de delegación en caso de actuar en representación de organizaciones de la

sociedad. • Llenar el formulario de inscripción, adjuntando fotocopia de cédula de ciudadanía y de papeleta de votación. Una vez que concluya el plazo establecido y se realice la verificación de la información receptada, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social tomará contacto con los postulantes que hubieran remitido sus solicitudes.

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Lojana brilla en lo más alto en el exterior

Tras haber transcurrido su primer ciclo de estudios aeronáuticos para piloto comercial en Abu Dabi, Aina Palacios de origen lojano y pese a la dificultad del idioma y la adaptación a este nuevo y desconocido país, recibió el diploma y las felicitaciones por haber quedado entre los 5 mejores estudiantes del curso. A la joven siempre le apasionó la aviación. Primero obtuvo el título de azafata de clase “A” en Ámsterdam, donde continuó estudiando y trabajando hasta que le concedieron la beca para culminar su carrera en los Emiratos Árabes. No hay duda que es un ejemplo y un orgullo para la familia, para nuestra provincia y porque no decirlo para nuestro país. Nuestras sinceras felicitaciones.

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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MACARÁ EXTRACTO DE DECLARATORIA DE BIEN MOSTRENCO A FAVOR DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTON MACARÁ, DE UN BIEN INMUEBLE UBICADO EN LAS CALLES SUCRE Y TARQUI, BARRIO CENTENARIO DE LA PARROQUIA ELOY ALFARO, EN EL CANTÓN MACARÁ. Se pone en conocimiento del público en General que, el Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Macará, mediante Resolución de Concejo Nº 001-CM-GADMCM-2021, de fecha veintiún días del mes de enero de 2021, contando con todos los informes de Ley, Declaró Bien Mostrenco al predio catastrado con Nº 1108010201090002000, que se encuentra ubicado en las calle Sucre y Tarqui, del Barrio Centenario de la parroquia Eloy Alfaro, en el cantón Macará, provincia de Loja, cuyos linderos y dimensiones son los siguientes: POR EL NORTE. - Con calle Sucre en una extensión de 08.44 metros; POR EL SUR. - Con propiedad de herederos Gálvez Rodríguez en la extensión de 08,41 metros; POR EL ESTE. - Con propiedad de la señora María Espinoza Segarra, en una extensión de 06,67 metros; y, POR EL OESTE.- con propiedad de los herederos Galvez Rodríguez, en una extensión de 06.67 metros, dando una superficie total de 56.1300 m2, área de construcción 113.00 m2, cuyo avalúo del terreno es de VEINTISEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CON 41 CENTAVOS $26.787,41, a fin de que quienes se creyeren asistidos del derecho de oposición a la Declaratoria de Bien Mostrenco, del bien inmueble en referencia, puedan presentar su petición de oposición ante el señor Alcalde, Máxima Autoridad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Macará, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Art. 8 de la Ordenanza de declaratoria de Bien Mostrenco, dentro de los Treinta días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto; Fíjense los carteles en el lugar donde se encuentra ubicado el bien inmueble, para lo cual se delega al señor Comisario Municipal, para la fijación de los carteles, quien emitirá el acta de cumplimiento, hecho que sea, se agregará al expediente. De no existir oposición al Trámite de Declaratoria de Bien Mostrenco, se continuará con el trámite para la legalización, Protocolización e Inscripción el Registro de la Propiedad de este Cantón, a fin de que constituya título de propiedad a favor del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Macará, mismo que se incorporará al inventario y valoración de Bienes Municipales. Macará, 28 de Enero del 2021 Ab. Paul Alexander Montalván Loaiza PROCURADOR SÍNDICO DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN MACARÁ P/F4902


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Inició IX programa de pasantías “practiCAN” El secretario general de la Comunidad Andina, Jorge Hernando Pedraza dio la bienvenida a 74 jóvenes profesionales de 51 universidades de los países de la CAN: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, que iniciaron su periodo de prácticas en el organismo internacional. Los 13 pasantes de Bolivia, 20 de Colombia, 12 de Ecuador y 29 de Perú, quienes fueron seleccionados de un total de 803 postulantes, desarrollarán sus pasantías en las diversas áreas de la Secretaría General. Participaron en el acto de apertura de “practiCAN”, el ministro de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, José Manuel Restrepo en representación de la Presidencia Pro Témpore; el ministro de Cultura del Perú, Alejandro Neyra, quien fue pasante de la secretaría general y el viceministro de Comercio Exterior e Integración de Bolivia, Benjamín Blanco.

Asimismo, el viceministro de Comercio Exterior del Perú, Diego Llosa; la embajadora de Colombia en Perú, María Claudia Mosquera; el ministro de la Embajada de Ecuador en Perú, Juan Manuel Escalante; expasantes que ahora se desempeñan en importantes cargos: Eloy Mendoza, jefe de la Unidad de Integración Subregional del viceministerio de Comercio Exterior e Integración de Bolivia; Rocío

Notifican a propietarios de lotes baldíos La Comisaría de Ornato ha emitido notificaciones para que los propietarios de lotes baldíos construyan los cerramientos de los mismos, con el fin de precautelar la seguridad de los ciudadanos. Varias son las denuncias que se receptan en esta dependencia por lotes abandonados, que sirven de escondite para que personas ajenas a los barrios ocupen estos espacios, convirtiéndose en lugares peligrosos. Ante esta situación se ha notificado a varios ciu-

dadanos de los sectores Chontacruz, Reinaldo Espinosa, Daniel Álvarez, Alberto Zambrano, La Tebaida, Época y El Maestro II para que en un plazo de sesenta días edifiquen los cerramientos de hormigón armado o en malla electrosoldada. Marcelo Soto, comisario de Ornato, invita a la ciudadanía a construir los cerramientos de sus lotes y así eviten sanciones, pues cumplido el plazo, la Municipalidad procederá con las multas respectivas de acuerdo a la ordenanza.

Soacha, directora Jurídica de la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia y Genaro Baldeón, presidente del Consejo de Cámaras y Asociaciones de la Producción del Ecuador. Durante su intervención, el jefe del organismo, Jorge Hernando Pedraza felicitó a los 74 practicantes 2021 que realizarán sus pasantías hasta el próximo mes de agosto. Dijo que, como representantes de las nue-

vas generaciones andinas, los jóvenes tendrán la oportunidad de participar activamente del proceso de integración, contribuir al fortalecimiento de la CAN y a la recuperación económica y social de los países andinos. El ministro de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, José Manuel Restrepo, afirmó que al ser la Comunidad Andina un instrumento muy valioso para

el comercio y la integración de la región, los profesionales seleccionados para “practiCAN”, asumen la enorme responsabilidad de construir desde la CAN, programas de reactivación frente a la pandemia e impulsar el desarrollo del espíritu andino. En tanto, el ministro de Cultura peruano, Alejandro Neyra, quien realizó sus prácticas en el Servicio Jurídico entre 1997 y 1999, pidió a los jóvenes aprovechar la oportunidad de aprender con el intercambio de saberes comunitarios de los cuatro países, fortalecer sus conocimientos y experiencias. Por su parte, el viceministro de Comercio Exterior e Integración de Bolivia, Benjamín Blanco saludó la continuidad de esta iniciativa y manifestó que la cifra récord de postulaciones, demuestra que la CAN están vigente en cada uno de nuestros países, además del gran interés del público joven por vincularse al proceso andino de integración. P

PROCESO DE SELECCIÓN DE MIEMBROS DEL CONSEJO DE DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS Y DE LA NATURALEZA DEFENSORIA DEL PUEBLO - LOJA La Delegación Provincial de la Defensoría del Pueblo de Loja, realiza la publicación de los nombres y apellidos de los postulantes seleccionados para la conformación del Consejo de Defensoras y Defensores de los Derechos Humanos y de la Naturaleza, período 2021-2022, a efectos que la ciudadanía y público en general realice las impugnaciones que considere pertinentes. Los postulantes seleccionados se detallan a continuación: No.

Nombres y Apellidos

No. Cédula de Ciudadanía

1

Sebastián Rodrígo Díaz Páez

1100611712

3

José Luis Iñiguez Granda

1106023201

René Abad Albán

1104265580

2 4 5 6 7 8

Yoder Manuel Rivadeneira Díaz Ximena María Torres Sánchez Rodrigo Iván Cordero Espinosa

María de Loreto Endara Espinosa María de las Nieves Vidal

1104168941 1103003446 1102108394

De existir impugnaciones las mismas deberán remitirse hasta el día 10 de marzo del 2021, a las 17H00, por escrito a la dirección mariana.cueva@dpe.gob.ec o en físico a las oficinas de la Delegación Loja, ubicadas en el Edificio Imperio, Av. Cuxibamba 0189 entre Tena y Ancón. Nota: Los miembros del Consejo de Defensores, ejercen actividad honorífica. Atentamente, Dra. Mariana Cueva Guerrero DELEGADA PROVINCIAL DE LOJA P/F4910


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Municipio de Loja fortalece la parte productiva de las parroquias rurales Con un presupuesto de 270 mil dólares el Municipio de Loja impulsa y fortalece la parte productiva en las 13 parroquias rurales del cantón Loja. La visión es reactivar la economía en cada una de estas localidades, tomando en cuenta sus fortalezas. Convenios Guido Ortiz, técnico de la Unidad de Desarrollo Microempresarial de la Dirección de Gestión Económica, resalta que con San Lucas, Jimbilla, Santiago, Chuquiribamba, Chantaco y Taquil se trabajará con el presupuesto participativo considerando que los GAD Parroquiales priorizaron fortalecer la parte productiva. Con ellos se firmarán convenios interinstitucionales para que el Ayuntamiento pueda intervenir considerando que no se cuenta con la competencia directa. En Malacatos el alcalde Jorge Bailón ya firmó el convenio con el GAD Parroquial para impulsar el sector caprino, avícola y huertos familiares. Potencialidades En Jimbilla, San Lucas y Santiago, el Ayuntamiento

local apoyará al sector ganadero debido a la similitud de los sistemas productivos. “Fortaleceremos las buenas prácticas de ordeno y mejoramiento de pastos para fortalecer los derivados de la leche”, manifiesta Guido Ortiz. Agrega que se entrará con todos los temas de capacitación y posteriormente se entregarán kits. La idea es que el productor mejore el sector primario y posteriormente los procesos de generación de valor agregado para garantizar a la población consuma productos garantizados. Viveros En Chuquiribamba existe un vivero que permitirá multiplicar la producción de plantas hortícolas y frutícolas. Adicional, con el Gobierno Parroquial de Chuquiribamba se destinará un presupuesto que bordea los 30 mil dólares para enfocarlos en algunos proyectos como: Incubación de pollos e implementación de la planta procesadora de abonos orgánicos sólidos y líquidos para abastecer la demanda del sector. En Chantaco se laborará en la producción de plantas frutales, se hará la

dad los ejecute en territorio con presupuesto propio.

plantación de mil plantas de aguacate y se cristalizará la planta procesadora de hortalizas, para ello el Municipio de Loja empezó en el mejoramiento de suelo e iniciará los procesos de contratación de materiales para construir esta gran obra. Parte avícola Con los moradores de los barrios de Taquil se trabajará en la producción de huevos a través de la entre-

ga de gallinas de postura. La Dirección de Inclusión económica entregará pollitas de 21 días de nacidas. Asimismo, se mantiene acercamientos con el GAD Parroquial de Gualel para trabajar en la parte ganadera, apícola y avícola. En El Cisne se trabaja con los procesos de incubación de pollos criollos. El aporte también se cristaliza en la elaboración de proyectos productivos que son entregados para que la comuni-

Fortalecimiento organizacional La organización de la gente es esencial para la ejecución de proyectos. Es así que en Yangana el Municipio de Loja colabora en el fortalecimiento organizacional y en el tema productivo como los lácteos. Por pedido del GAD de Yangana el Ayuntamiento ayudará en el fortalecimiento de los procesos de incubación de pollos criollos y producción de forraje para el sector ganadero. En San Pedro de Vilcabamba cincuenta familias se benefician con la producción avícola y en la actualidad el apoyo está direccionado a la parte apícola, para ella ya se han entregado plantas forestales y melíferas. Con un presupuesto de diez mil dólares se establecerán huertos familiares en la parroquia Vilcabamba. Seguimiento Una de las acciones que generan sustentabilidad de los proyectos es el seguimiento a través de los técnicos de la Unidad de Desarrollo Microempresarial, precisa Guido Ortiz.

Diálogo educativo: Proceso previo al ‘Quiero ser maestro 7’ El proceso estará abierto para quienes cuentan con elegibilidad vigente del proceso QSM6 y quienes recuperaron su elegibilidad en noviembre de 2019 Durante la quinta emisión del Diálogo Educativo del presente año, la coordinadora de Educación Zona 7, Magda Salazar González, informó detalles del concurso de méritos y oposición Quiero Ser Maestro 7 (QSM7). En la transmisión, 2.340 estuvieron conectados en vivo. El proceso inicia con la implementación de pasos previos: Cumplimiento de la Disposición General Décima de la Ley de Educación y Cambio de Es-

pecialidad de la Elegibilidad. En los dos casos se requiere que los postulantes tengan la elegibilidad vigente. Los aspirantes que cuenten con la documentación que certifique cuatro años de trabajo de forma ininterrumpida o más en el MinEduc con contrato ocasional, nombramiento provisional o cualquier otra forma permitida hasta el 19 de mayo de 2017, pueden presentar una solicitud de validación en el siguiente link: http://bit.ly/solicitudecima hasta el 14 de marzo de 2021. Mientras que el cambio de especialidad aplica por única vez. Para este proceso el sistema se encontrará habilitado a

partir del 5 de marzo a través de la sección de Quiero Ser Maestro 7, en la página web www.educacion.gob.ec Este es un trámite voluntario. La Coordinadora dijo que el QSM7 rige desde la fase de méritos y oposición. La clase demostrativa será virtual garantizando que exista el respaldo respectivo a fin de cumplir con las medidas de bioseguridad y en vista de que el sistema educativo fiscal no opera de forma presencial en su totalidad. También que el cronograma del proceso está supeditado al desarrollo de la emergencia sanitaria y disposiciones que emitan las instancias como el COE.

•• Magda Salazar González, coordinadora de Educación Zona 7, en el diálogo educativo.


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22 instituciones educativas rurales en Loja y 9 en Zamora Chinchipe retornaron a clases La viceministra de Educación, Isabel Maldonado, visitó este martes 2 de marzo, la Escuela de Educación Básica 13 de Abril, ubicada en el cantón Pedro Moncayo, parroquia de Tocachi, comunidad Cochasquí, de la provincia de Pichincha. Este plantel educativo es uno de los 77 establecimientos del sector periférico-rural que retornaron a partir de hoy de manera progresiva, voluntaria y opcional, una vez que se levantó la suspensión de los Planes Institucionales de Continuidad Educativa (PICE). Durante su visita la Viceministra verificó el cumplimiento de todos los protocolos de bioseguridad en el retorno progresivo a esta institución, en el que regresaron voluntariamente 17 estudiantes y dos docentes, con el objetivo de garantizar su proceso de enseñanza-aprendizaje. Isabel Maldonado indi-

có, “este plantel educativo cuenta con todas las medidas de bioseguridad, gracias al apoyo de la comunidad y a los docentes, con este retorno progresivo y voluntario los mayores beneficiados son los niños, niñas y adolescentes”.

En total 3.974 estudiantes y 733 docentes retornaron este 02 de marzo, en las 77 instituciones educativas que fueron aprobadas a través de la resolución del COE Nacional del 28 de febrero de 2021, previo a la solicitud de la comunidad educativa. Estas

instituciones se encuentran ubicadas en las siguientes provincias: Loja 25, Pichincha 24, Zamora Chinchipe 9, Napo 5, Pastaza 4, Morona Santiago 3, Azuay 2, Chimborazo 2, Orellana 1, Tungurahua 1 e Imbabura 1. Cabe señalar que los pa-

dres de familia decidirán de forma voluntaria el retorno presencial o no a las instalaciones educativas. Los estudiantes que no sean parte del retorno progresivo y opcional continuarán con el Plan Educativo Aprendemos Juntos en Casa.

COVID-19 Casos confirmados por cantón CASOS

10.249 1.092 8.858 293 Positivos

Activos

Recuperados

Fecha de corte: Martes 2 de marzo de 2021 Fuente: Ministerio de Salud Pública

SARAGURO

Fallecidos

299

MUESTRAS

28.515 17.605 661 Tomadas

Negativas

27

En espera

AISLAMIENTOS

925

Personas en CERCO Epidemiológico

102

PINDAL

Edad

Contagiados

0-11 meses

22

1-4 años

57

5 - 9 años

96

10 -14 años

221

15 - 19 años

369

20 - 49 años

6.329

50 - 64 años

1.806

más de 65 años

1.349

OLMEDO

PUYANGO

Personas en aislamiento domiciliario

Provincia de Loja Casos positivos por rango de edades

10

122

2.945 1.041 Personas en A.P.O.

7.723

CHAGUARPAMBA

403

ZAPOTILLO

34

108 CELICA

127

PALTAS

MACARA

291

GONZANAMA

SOZORANGA

642 48

CATAMAYO

227 CALVAS

17

QUILANGA

69 PROVINCIA DE LOJA / CONTAGIOS POR GÉNERO

5.259 Hombres

4.990 Mujeres

ESPINDOLA

LOJA


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Publirreportaje

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El reto de la excelencia educativa en tiempos de pandemia L a llegada del Covid-19 a nuestras vidas trastocó profundamente a la educación. Para comprender estos cambios, docentes de la carrera de Educación Básica de la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL) reflexionan sobre el contexto actual que enmarca a la educación del país y cómo solventar las nuevas necesidades.

Hasta poquísimo tiempo existía una creencia generalizada acerca de la educación como un fenómeno que ocurría solamente en las aulas de clase tradicionales, sin embargo, la actual pandemia global ha obligado a varios sectores, entre ellos, el educativo a desarrollar sus actividades con el uso de tecnologías digitales. En este contexto, de un día para otro las salas, comedores, dormitorios e incluso patios se convirtieron en entornos escolares improvisados, y así, los padres de familia se transformaron en facilitadores del aprendizaje, y los estudiantes tuvieron que autocapacitarse acerca de las nuevas plataformas digitales para continuar con sus estudios. Esto llevó a un esfuerzo individual y colectivo de docentes, estudiantes, padres de familia y autoridades educativas para continuar con la educación en el país. El 12 de marzo de 2020, el Ministerio de Educación del Ecuador suspendió las clases presenciales que van retornando de

acuerdo a una previsión de actividades de recién anuncio. Las escuelas de todos el Ecuador y del mundo han pasado en cuestión de semanas a la ejecución de un modelo de educación remota de emergencia para dar respuesta a la crisis sanitaria. La improvisación fue muy visible en todos los contextos. La organizaron de las clases a distancia con una transición a un ambiente virtual en plataformas como Zoom, Moodle, Microsoft Teams, etc., sin tomar las previsiones del caso, por ejemplo, que todos los estudiantes y profesores tuvieran acceso a electricidad, internet, dispositivos electrónicos, etc, exacerbó las inequidades digitales existentes de prepandemia. La dinámica de la enseñanza y aprendizaje cambió súbitamente y sin ningún tipo de preparación, docentes y estudiantes de todo el país empezaron a enseñar y asistir a clases en línea que se diseñaron para un espacio presencial. La capacidad de innovación y de aprendizaje tanto de docentes como de estudiantes se puso a prueba principalmente durante la primera etapa de clases a distancia y se empezaron a cuestionar aspectos de este nuevo tipo de enseñanza, por ejemplo, la mantención de la integridad pedagógica de las clases, la alfabetización digital, el desarrollo de competencias digitales y el autoaprendizaje. No hay dudas de que la tecnología puede apoyar a la educación y que es muy eficaz, pero demanda planificación, análisis de recursos, adaptación de las estratégias a los distintos entornos, etc. En este contexto, vale la pena preguntarse ¿acaso estábamos listos como país para asumir la responsabilidad de educar

a nuestros niños, jóvenes y adultos por medio de clases a distancia? La respuesta ya era evidente antes de la pandemia. Segun el Banco Mundial (2019) solo el 57.3% de la población del Ecuador tiene acceso a internet. El Instituto Nacional de Estadísticas y censos (INEC, 2019) se traduce en un 45,5% de familias con acceso a internet y esta cantidad baja al 21,6% de los hogares en el área rural. No hay dudas de que estudiantes de pequeños pueblos y sin acceso a un dispositivo electrónico o internet se ven limitados ante sus necesidades educativas. De igual manera, estudiantes de grandes ciudades, de famílias de bajos recursos o con un grande número de hijos, disputando espacio para poder utilizar los dispositivos de la casa. Se trata de un escenario alarmante. Es fundamental que toda la sociedad sea solidaria y que las políticas públicas favorezcan la transformación digital de la educación, por medio de la disponibilización de dispositicos, el acceso gratuito y universal a la internet, la capacitación y valorización de los maestros. Estos son elementos que deben ser garantizados para generar la excelencia educativa en el contexto de la pandemia y de la transformación digital de la sociedad. Desde la carrera de Educación Básica apoyamos para que estas reflexiones sean parte de la formación de los nuevos docentes, que estarán en capacidad de asumir adaptaciones en pro de la educación de nuestro país.

Dato •

Para mayor información sobre la carrera de Educación Básica que se oferta en la Modalidad Abierta y a Distancia de la UTPL visita: utpl.edu.ec/carreras/basica


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CNE confirmó el calendario para El precio del cobre la segunda vuelta electoral se proyecta al alza En 2021, en un escenario optimista, se proyecta que el precio del cobre alcance los USD 4,60 por libra, debido al reinicio de las actividades económicas a nivel mundial y al desarrollo de los sectores de la construcción y nuevos proyectos de energías limpias.

•• El CNE ratificó a los dos ganadores de la primera vuelta.

El Consejo Nacional Electoral (CNE), por medio de cadena nacional realizada la mañana de este martes 2 de marzo del 2021, ratificó los resultados de la primera vuelta, dejando a Andrés Arauz y Guillermo Lasso como finalistas, pero además señaló el calendario para la realización de la segunda vuelta.

La entidad informó que la campaña electoral se llevará a cabo entre el 16 de marzo y el 8 de abril del 2021. El debate presidencial entre Arauz y Lasso será el próximo 21 de marzo. El 8 de abril se iniciarán las votaciones con el sufragio de personas privadas de la libertad. Un día después se realizará el voto en casa. Los ecuatorianos están

llamados a acudir a las urnas para la segunda vuelta el 11 de abril del 2021, fecha que “se mantiene de forma impostergable”, según el CNE. Cabe recordar que la posesión de la nueva Asamblea Nacional tendrá lugar el 14 de mayo, el 19 será la de los parlamentarios andinos y el 24 de mayo la del nuevo presidente.(I)

Examen de Acceso a la Educación Superior será el 24 de marzo

La Secretaría de Educación Superior (Senescyt) informó este martes 2 de marzo que el próximo miércoles 24 se aplicará el Examen de Acceso a la Educación Superior (EAES). Este se desarrollará 100% en línea y, además, contará con sedes presenciales equipadas con computador, cámara y acceso a internet para los 12.190 jóvenes que así lo solicitaron. En un video difundido por la Senescyt en redes sociales, su titular, Agustín Albán, explica que se trata de la evaluación correspondiente al primer período académico del 2021. En total, señaló, 266.230 personas rendirán el examen en

esa fecha. La evaluación cuenta con cuatro áreas de conocimiento, que son las mismas que constan en el currículo nacional, señaló Albán. Se refiere a matemáticas, lengua y literatura, ciencias naturales y ciencias sociales. Las sedes presenciales funcionarán, para garantizar el acceso de aquellos jóvenes que han manifestado que no cuentan con equipos, es decir el 5% de los postulantes. Para evitar intentos de copia, el secretario Albán señaló que el sistema informático cuenta con múltiples medidas de seguridad. Por ejemplo, reconocimiento facial. Por ello es obligatorio contar con una cámara habilitada el día de

la prueba. Desde el 18 de marzo los aspirantes podrán consultar la hora en la que deberán rendir el examen, en la página examenadmision.senescyt.gob.ec. El 20 de marzo se realizará el simulacro general del mismo, cuya participación es obligatoria para todas las personas inscritas, con el fin de validar sus credenciales y que los chicos puedan familiarizarse con la plataforma. El temario del examen está publicado en los canales oficiales de la Senescyt. Albán dijo a los jóvenes que se preparen responsablemente y que no se dejen engañar por personas inescrupulosas. También pidió que denuncien cualquier intento de estafa.(I)

En enero de 1999, el precio mínimo histórico del cobre se ubicó en USD 0,65 por libra, pasando por su nivel máximo de USD 4,60 por libra en febrero de 2011. Sin embargo, en la actualidad su precio fluctúa en un rango superior a USD 4 por libra. El valor actual de este metal está correlacionado con el reinicio de las actividades económicas, luego del confinamiento mundial debido a al COVID-19; y a la planificación gubernamental de potencias mundiales que promueven el desarrollo del sector de la construcción, la movilidad eléctrica y de proyectos de energías limpias y renovables; en los cuales el cobre es considerado metal principal para su ejecución. Tomando en cuenta estos factores y según las estimaciones del Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables, se proyectan tres escenarios del precio promedio del cobre para el año 2021: • Pesimista: USD 3,66 por libra. • Tendencial: USD 4,13 por libra. • Optimista: USD 4,60 por libra. Es así que el alza del precio del cobre, anclado al “mercado alcista con tintes verdes” como lo han denominado analistas de instituciones financieras internacionales como Goldman Sachs, favorecerá sin duda a los países productores de este metal. Este es el caso de Ecuador, cuyos beneficios se plasmarán en un mayor pago de las regalías para el Estado por su comercialización. Es importante indicar que Ecuador cuenta con minas

de pequeña escala que producen concentrado de cobre, así como la mina a gran escala Mirador cuyas reservas son de 3,12 millones de toneladas de cobre. Este yacimiento, ubicado en la provincia de Zamora Chinchipe, inició su producción en 2019 y se ha convertido ya en una fuente adicional de ingresos para el Gobierno Nacional y para la provincia de Zamora Chinchipe. En 2020, la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARC) otorgó, para la mina Mirador, 15 certificados de exportación por un valor comercial de USD 300 millones para la venta de más de 190 mil toneladas de concentrado de cobre. Igualmente, para la pequeña minería, la ARC entregó 180 certificados de exportación por un valor de USD 42,57 millones para la comercialización de 26 mil toneladas del concentrado de este mismo metal. En los próximos años, el país contará con nuevas minas de clase mundial que producirán concentrado de cobre como: Loma Larga (Azuay) que proyecta su inicio de producción en 2023, así como Cascabel y Llurimagua, ambas ubicadas en Imbabura. Con la producción y comercialización de minerales, más el inicio de operaciones de nuevas minas y el alza de los precios de los commodities, Ecuador podrá cumplir con sus proyecciones de exportaciones que, en un escenario tendencial, alcanzarán los USD 62.511 millones hasta 2030. La industria del cobre es una de las principales contribuyentes a la economía mundial, genera empleos y promueve un mejor nivel de vida. Este metal ha contribuido al desarrollo de la humanidad y se encuentra presente en nuestra vida cotidiana, por ejemplo, en la infraestructura, cadena alimenticia, transporte, dispositivos tecnológicos y médicos que usamos.


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Sucesos

EE.UU. acusa a ecuatorianos Chérrez y Luzuriaga de lavado de dinero El exfuncionario del Isspol John Luzuriaga, residente en Florida, fue arrestado y tuvo su primera comparecencia en una Corte federal el lunes 1 de marzo del 2021, mientras que las autoridades estadounidenses han emitido una orden de arresto contra el empresario Jorge Chérrez, quien se cree que se encuentra en México. Las autoridades estadounidenses acusaron al empresario Jorge Chérrez Miño y a John Luzuriaga Aguinaga, ambos de Ecuador, por su presunta participación en una trama de soborno y lavado de dinero que involucra el fondo de pensiones de la Policía de ese país, informó el martes 2 de marzo del 2021 el Departamento de Justicia de EE.UU. Cada uno de los acusados enfrenta un cargo de “conspiración para cometer lavado de dinero”, según las denuncias presentadas en una Corte federal del Distrito Sur de Florida tras una

investigación que implica el uso indebido de fondos del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (Isspol) de Ecuador. Luzuriaga, residente en Florida, fue arrestado el pasado 26 de febrero y tuvo su primera comparecencia en una Corte federal el lunes 1 de marzo, mientras que las autoridades estadounidenses han emitido una orden de arresto contra Chérrez, quien se cree que se encuentra en México. De acuerdo con las denuncias penales, entre los años 2014 y 2020, el consultor de inversiones Chérrez pagó más de USD 2,6 millones en sobornos a funcionarios del Isspol, entre ellos a Luzuriaga, director de Riesgos del Isspol y miembro del Comité de Inversiones de dicha entidad, y a quien entregó en total USD 1’397.066 millones. El objetivo era obtener fondos de los negocios de inversión del Isspol y en cuyo comité de inversión Luzuriaga tuvo “influencia” en las decisiones. Las

denuncias alegan que Chérrez obtuvo unos USD 65 millones en ganancias como resultado de la trama. El asesor financiero recibía pagos del negocio de inversión Isspol en una cuenta bancaria en Estados Unidos, utilizaba compañías y cuentas con sede en Florida para pagar sobornos y, según la acusación, “tomó acciones para promover el plan de sobornos mientras se encontraba en el Distrito Sur de Florida”. Con el fin de lavar el dinero ilegal y poner en funcionamiento la trama de soborno, Chérrez y Luzuriaga se valieron de compañías y cuentas bancarias con sede en Florida, incluidas numerosas compañías de fondos de inversión en EE.UU. en las que Chérrez aparecía como funcionario o director. Según las autoridades federales, Annika Miranda, fiscal federal adjunta del Distrito Sur de Florida, es la responsable del decomiso de activos relacionados a este caso. (I)

15.850 muertes por COVID-19 en Ecuador Ecuador sumó este martes 358 nuevos casos de COVID-19 por lo que la cifra de acumulados ascendió a 286.725, mientras que las muertes se sitúan en 15.850, según el último boletín diario del Ministerio de Salud Pública. Los decesos se reparten entre los 11.095 confirmados por la enfermedad y los 4.755 probables, precisa la estadística oficial. Pichincha, es la que acumula mayor incidencia de contagios con 100.687 casos, lo que supone un incremento de 115 en las últimas 24 horas. Guayas, con 36.376 contagios, que suma 23 más que el lunes, y las jurisdicciones de Manabí (20.561), Azuay (17.482), El Oro (12.648), Loja (10.358), Tungurahua (10.250),Imbabura (8.626), Cotopaxi (8.131), Santo

•• Los decesos se reparten entre los 11.095 confirmados por la enfermedad y los 4.755 probables, precisa la estadística. EFE

Domingo de los Tsáchilas (7.827), Los Ríos (7.604) y Esmeraldas (6.081). Quito es la ciudad más golpeada con 93.047 casos positivos de COVID-19, registrando un incremento de 113 contagios respecto a la víspera.

Guayaquil aparece luego con 24.541 contagios, dos más que la víspera, seguida de Cuenca (13.849), Loja (7.696), Ambato (7.106), Portoviejo (7.077), Santo Domingo (6.784), Machala (6.709) e Ibarra (4.333), entre las más afectadas.(I)

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Cifras de empleo en Ecuador

•• Según el INEC, el empleo adecuado se ubicó en 30,8%; el subempleo en 22,7%; y desempleo en 5,0% a diciembre de 2020.

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) presentó este martes los resultados de la Encuesta Nacional de Empleo, Desempleo y Subempleo (Enemdu), con corte a diciembre de 2020. Ubica al empleo adecuado en 30,8%; subempleo en 22,7%; empleo no remunerado en 12,2%; otro empleo no pleno en 28,4%; y desempleo en 5,0% a diciembre de 2020. Los datos tuvieron que publicar el pasado 25 de enero, de acuerdo al calendario

estadístico del 2021, pero el INEC, el día siguiente, anunció que la postergación porque faltaba que concluyan ciertas etapas. Finalmente, estas cifras se conocieron 36 días después y a comparación con las de septiembre de 2020, se refleja una disminución en el empleo adecuado y desempleo. En septiembre había 2.526.169 personas en el empleo adecuado y a diciembre son 2.495.719. Y en el desempleo, pasó de 522.620 ciudadanos a 401.305. (I)

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Corte Nacional de 32 de cada 100 ecuatorianos vive Justicia conforma las seis salas especializadas con menos de Conformadas las seis salas especializadas en la Corte Nacional de Justicia (CNJ), tres de los nueve jueces que ganaron el último concurso de selección y designación realizado por el Consejo de la Judicatura (CJ) e ingresaron a la institución, a finales de enero pasado, ocuparán las presidencias en las áreas Penal y Afines, Laboral y de lo Contencioso Administrativo. El juez nacional Walter Samno Macías presidirá la Sala Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado, en reemplazo de Daniella Camacho; la jueza Enma Teresita Tapia será la nueva presidenta de la Sala Especializada de lo Laboral; y al frente de la Sala de lo Contencioso Administrativo estará el juez Fabián Patricio Racines. Las salas especializadas de lo Civil y Mercantil, de la Familia, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores y de lo Contencioso Tributario estarán presididas por jueces nacionales que ya estaban dentro de la Corte Nacional: David Isaías Jacho, Wilman Gabriel Terán y Gustavo Adolfo Durango, respectivamente. Jacho y Terán fueron elegidos conjueces titulares del área penal en 2018, pero luego de superar la evaluación del CJ para finales del 2019 ocuparon cargos de jueces temporales en la Sala Penal, revisando casos como el denominado Sobornos 2012-2016 en su etapa de apelación. En cambio, Durango ingresó a la CNJ en 2012, por un periodo de nueve años, pero un año después fue separado de su cargo bajo la figura de error inexcusable por el CJ presidido por Gustavo Jalkh. El pasado 10 de junio, la Corte Nacional falló a su favor y ordenó que inmediatamente se lo reintegrara a su cargo por el lapso que le resta por cumplir del periodo para el que fue escogido.

USD 2,80 diarios

•• Un total de 15 jueces titulares participaron de la sesión ordinaria en la que se escogió al nuevo presidente de la Corte Nacional de Justicia, Iván Saquicela.

Además de Macías, la Sala Penal estará integrada por Daniella Camacho, Marco Rodríguez e Iván Saquicela, quienes tienen que cumplir periodos de jueces hasta el 2027, y Felipe Esteban Córdova, Byron Javier Guillén y Luis Adrián Rojas, profesionales que ganaron el concurso de selección para jueces nacionales que concluyó en 2021. Una vez que Saquicela fue nombrado presidente de la Corte Nacional, Luis Adrián Rojas será su reemplazo y actuará como juez encargado. Datos de la CNJ señalan que hasta enero pasado existían 7.338 procesos que aún no contaban con una resolución, es decir, están aún en trámite y en ellos están incluidos casos que vendrían de años anteriores. Solo durante el 2020, dio a conocer Paulina Aguirre durante su rendición de cuentas para dejar el cargo de presidenta de la CNJ en enero del 2021, la Corte recibió 3.174 causas nuevas y resolvió, mediante 1.118 audiencias convocadas, 6.964 causas: los jueces dieron respuesta a 2.966 y los conjueces, a 3.998. El nuevo presidente aseguró que en la CNJ no hay causas represadas, sino causas en trámite. “Estamos virtual o prácticamente al día. Todos los días ingresan causas, sin embargo, así como ingresan todos los días, todos los días despachamos”, dijo Saquicela, al tiempo que reconoció

que le preocupa el tiempo que se está llevando para entregar una resolución, el cual podría ser mejor, pero para ello se requeriría “más personal”. La Sala de lo Contencioso Administrativo, además de Racines, estará integrada por el también recién ingresado Milton Enrique Velásquez y los jueces que cumplirán su periodo en 2027, Patricio Secaira e Iván Larco. En la Sala de lo Contencioso Tributario estarán los jueces Durango, el expresidente subrogante de la Corte Nacional José Suing y Gilda Morales. Himmler Guzmán, David Jacho y Wilman Terán integrarán dos salas: la de lo Civil y Mercantil, además de la Sala de la Familia, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores. Finalmente, en la Sala de lo Laboral, presidida por Tapia, estarán también la actual presidenta subrogante de la CNJ, Katerine Betty Muñoz, María Consuelo Heredia y Alejandro Magno Arteaga. El Consejo de la Judicatura aún no ha informado oficialmente cuándo se dará inicio al nuevo proceso de selección y designación para llenar las siete vacantes de jueces que quedan en la CNJ y que no tuvieron seleccionados en el proceso que se inició en junio del 2020 y terminó en enero del 2021. Aún quedan cargos por definir, por ejemplo, en la Sala de lo Civil y Afines. (I)

32 de cada 100 ecuatorianos se encontraba en situación de pobreza a diciembre del 2020, según la última encuesta del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Inec), publicada el martes 2 de marzo del 2021. Esto significa que el 32% de la población vive con USD 2,80 diarios de ingresos. Los datos de la encuesta son de diciembre del 2020 y muestran un aumento de la pobreza, medida por ingresos, en comparación con diciembre del 2019. En ese tiempo 25 de cada 100 ecuatorianos eran pobres. Los resultados de la encuesta se debían publicar el 23 de enero, pero no se hizo. Diego Andrade, director Ejecutivo, renunció un día después, el 24 de enero pasado. La entidad explicó que no se informaron los datos en la fecha establecida porque debía incorporar sugerencias a la metodología de levan-

tamiento de datos hechas por la Comisión Económica para América Latina (Cepal). La línea de pobreza extrema también creció para diciembre del 2020. Según el Inec, 15 de cada 100 ecuatorianos vive con un ingreso de USD 1,5 al día. Comparado con diciembre del 2019, el incremento es de seis puntos, ya que ese mes la tasa se ubicó en 8,9%. El 16 de enero pasado, la ONG Human Rights Watch (HRW) publicó su reporte anual del 2020 y allí alertó que la pandemia de la COVID-19 “ha agravado las condiciones económicas en Ecuador colocando a un mayor número de personas ante el abismo de la pobreza”, alertó. El resultado de la pandemia en el país, según la entidad, es que se “han agravado las dificultades económicas existentes, en consecuencia, muchas personas están en riesgo de caer en la pobreza”.(I)

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¿Cómo han cambiado los Presidente amotinamientos en Ecuador?

Lenín Moreno se desafilia de Alianza PAIS

•• Actualmente según las autoridades el hacinamiento en cárceles llega al 30%. Foto: Jhosue Vite.

El historial de amotinamientos en el país ha cambiado. El 1 de marzo se confirmó un nuevo disturbio en la cárcel regional de Cotopaxi, tras haber motines simultáneos el pasado 23 de febrero, en las cárceles de Cuenca, Latacunga, y en dos centros de la provincia del Guayas. El hecho se convirtió en la mayor tragedia carcelaria en la historia del país dejando un total de 81 fallecidos. Ante la situación, algunas preguntas intentan entender el problema de raíz: ¿qué se considera como amotinamiento? ¿cuántos se han registrado? ¿siempre fueron tan violentos? Al buscar la definición más básica, la Real Academia Española (RAE), lo define como un “levantamiento colectivo de presos contra la autoridad penitenciaria”. Para Vianca Gavilanes, coordinadora de Gestión de la Fundación Dignidad, dedicada a defender y promover los derechos de personas en contextos de encierro, señala que la definición internacional de motín es “el rechazo a la autoridad penitenciaria por parte de las personas privadas de libertad, siempre busca la liberación, es decir, una fuga masiva, o busca el control del centro penitenciario”, explica. Sin embargo, existen hechos violentos, que no buscan ni lo uno, ni lo otro, pero que igual suelen ser clasificados por las autoridades como motines, cuando según Gavilanes, son ataques carcelarios ligados a otras problemáticas. “Des-

de el 2020 se empezaron a ver muchísimo más los ‘mal llamados amotinamientos’ a ataques de cárceles, lo cual invisibiliza los motivos, y la situación real de lo que ha sucedido en los centros penitenciarios”, dice. Así, el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH), en el 2018, contabilizó siete ataques en centros penitenciarios, mientras que, en 2019 hubo ocho ataques, seis en Guayaquil, y dos en Latacunga. Asimismo, en el 2020 según un monitoreo realizado por la Fundación Dignidad a los datos del SNAI, se registraron nueve motines y 22 hechos violentos, entre asesinatos, fugas y requisas en las cárceles del país. Ante los datos, Gavilanes alega que “de los nueve amotinamientos (registrados en 2020), igual, existe un subregistro, pues hay diferencias muy marcadas en estos amotinamientos, pues algunos responden a necesidades de las personas privadas de libertad, como huelgas de hambre que se hicieron durante el 2020 por la falta de atención durante la pandemia, y otros son riñas y peleas. Están clasificando todo alrededor de la violencia carcelaria como motín”, asegura. Ecuavisa solicitó una entrevista con Edmundo Moncayo, director general del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI), sobre el tema, pero hasta el cierre de este reportaje no hubo respuesta. ¿Han cambiado los amoti-

namientos? Sí, nunca antes habían sido tan violentos. Jorge Núñez, antropólogo y quien ha trabajado con prisioneros y ex prisioneros por 20 años, manifiesta que “lo que se puede observar en la historia de amotinamientos en cárceles ecuatorianas es que varían sustancialmente previo a la reforma de 2014 y después de la reforma”. Núñez, de hecho, en 2004 participó en un motín que duró 48 horas y fue pacífico. “Los elementos que había en ese motín eran muy claros: había un pliego de peticiones por parte de un comité de internos, había un tiempo que iba a durar el motín, y era básicamente abrir un espacio de negociación con la autoridad”, recuerda. Sin embargo, con la reforma, enfatiza el antropólogo, hubo tres factores que cambiaron la configuración de los motines, “primero se desmoviliza los comités de internos, entonces el pliego de peticiones desaparece, segundo, en la reforma de 2014, se construye tres mega cárceles y son construidas en zonas rurales, entonces, se crea una distancia geográfica. Tercero, se corta el vínculo humano que había en las cárceles, solo tres días de visita, poco contacto con las universidades, las ONG (...) en las nuevas reformas la población penitenciaria queda aislada”. Estos son los detonantes, dice, para que los motines del 23 de febrero hayan sido, “extremadamente violentos (...) han cambiado, no eran pabellones tratando de matarse en sí”. (I)

El movimiento político abrió, días atrás, un proceso disciplinario en contra de Moreno por supuestos incumplimientos de su plan de gobierno. El presidente de la República, Lenín Moreno, se desafilió de Alianza PAIS, movimiento con el que llegó a la presidencia de Ecuador, confirmaron el martes 2 de marzo dos fuentes de la agrupación. Una de ellas fue la excandidata presidencial del movimiento, Ximena Peña, quien publicó el oficio del Consejo Nacional Electoral (CNE) dirigido al secretario Ejecutivo de PAIS, Gustavo Baroja. También Diego Fuentes,

miembro de la organización y exfuncionario del régimen de Rafael Correa: En el documento, el secretario General del CNE, Santiago Vallejo, le informa que el mandatario Lenín Moreno presentó, el 27 de febrero, la solicitud de desafiliación a esa organización política. El movimiento inició un “proceso disciplinario” contra Moreno, bajo la acusación de haber incumplido el plan de Gobierno que lo llevó al poder. Ocurrió el 26 de febrero, cuando el secretario de la Comisión de Ética de PAIS, Guido Arcos, envió una carta a Moreno para notificarle el inicio del proceso interno en su contra.(I)

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Asamblea exige Webinars sobre derechos destitución de humanos, violencias y autoridades por cultura de paz crisis carcelaria

•• Los legisladores consideran que ellos tienen responsabilidad en los hechos ocurridos en cuatro cárceles del país. API/Archivo

La Asamblea Nacional exigió este lunes al presidente Lenin Moreno, que destituya al ministro de Gobierno, al jefe de prisiones y del sistema de rehabilitación, como responsables de la crisis carcelaria que se desató el pasado 23 de febrero y que dejó 79 reos muertos. Con 84 votos a favor, uno en blanco y 34 abstenciones, el pleno de la Asamblea exigió la “destitución inmediata” del ministro de Gobierno (Interior), Patricio Pazmiño; del director del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de la Libertad (SNAI), Edmundo Moncayo; y de Johana Pesántez, presidenta del Organismo Técnico de Rehabilitación Social. Los legisladores consideran que ellos tienen responsabilidad en los hechos ocurridos en cuatro cárceles del país y que a 79 reos asesinados y 19 heridos, por rencillas entre bandas rivales, según las autoridades. Asimismo, el Parlamento exigió al Ejecutivo la “adopción inmediata de medidas que garanticen la prevención, mantenimiento, control y restablecimiento del orden y la seguridad de los centros de privación de libertad”, precisó la Asamblea en un comunicado.

También demandó “una gestión y administración eficiente de los centros de privación de la libertad; el diseño y ejecución de procesos de rehabilitación y reinserción social de las personas privadas de libertad, que garanticen sus derechos”. El pleno del órgano legislativo además pidió al Ejecutivo que decrete un “estado de excepción” en las cárceles del país. La resolución de la Asamblea, promovida por el legislador Rodrigo Collahuazo, anticipa también al inicio de un juicio político de censura contra los funcionarios, por un supuesto “incumplimiento de sus funciones en el marco de la seguridad ciudadana”. El pronunciamiento de la cámara exhorta a los organismos regionales de derechos humanos a que “vigilen y desarrollen acciones de monitoreo para que el Estado ecuatoriano garantice una investigación pronta e imparcial” de los hechos. Asimismo, pide a esos organismos que brinden su “apoyo técnico para que el Gobierno nacional reconstruya políticas públicas que aborden los problemas estructurales del sistema penitenciario, que incluya enfrentar el hacinamiento, el abandono y la ausencia de respeto y garantía de los derechos humanos de la población carcelaria”.(I)

La Secretaría de Derechos Humanos del Ecuador (SDH) trabaja en la promoción de la igualdad de género, la participación y la autonomía de la mujer; en la zona 7 presentó el “Ciclo de Webinars: Derechos Humanos, Violencias y Cultura de Paz”; evento académico organizado en coordinación con la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL) y Cátedra Unesco, a través del programa de Educación Continua, dirigido a actores locales, organizaciones de la sociedad civil, servidores públicos y ciudadanía en general.

En el evento de socialización e invitación al ciclo de webinars participó la secretaria de Derechos Humanos, Cecilia Chacón, quién felicitó esta labor conjunta con la academia para promover el cambio de pensamiento, de conducta de patrones

socioculturales que no están asociados a la convivencia respetuosa y sana entre hombres y mujeres y recalcó, “este es el momento donde las alianzas estratégicas con las universidades permiten consolidar un pensamiento más abierto, de discusión formativo y también liberador”. Por su parte Santiago Acosta, rector de la UTPL, mencionó: “El organizar junto con Secretaría de Derechos Humanos este programa formativo, como preparación para el Día Internacional de la Mujer, es pertinente para profundizar una cultura de respeto y de consideración a la dignidad de las mujeres”. Roberto Beltrán, titular de la Cátedra de UNESCO de Cultura y Educación para La Paz, señaló la importancia de estos webinars indicando que, “La violencia en la sociedad se

dispara y necesitamos trabajar y generar contrapesos para comprender esta realidad que es altamente silenciosa”. El objetivo principal de esta actividad es brindar herramientas para la activación en territorio de forma técnica y humanizada ante las violencias, además, fortalecer los conocimientos en temas relacionados a derechos humanos, perspectiva de género, accionar de los operadores del Sistema Local de Protección de Derechos, perfiles de la víctima y del agresor, masculinidades positivas y cultura de paz. El ciclo de conferencias se desarrollará todos los jueves desde el 04 de marzo al 01 de abril de 2021, las personas interesadas deberán registrarse en el siguiente enlace: https:// event.webinarjam.com/ register/253/ryo6xbr4.

5 estudiantes mueren al caer del cuarto piso en universidad de Bolivia Al menos cinco estudiantes murieron y tres resultaron heridos este martes 2 de marzo del 2021 al caer desde un cuarto piso luego de que una baranda se rompió en la Universidad Pública de El Alto (UPEA) en Bolivia. Los jóvenes asistían a una asamblea extraordinaria estudiantil, que fue convocada por el Centro de Estudiantes, reunión que derivó en protestas y se registraron empujones que provocaron que la baranda cediera. “Hasta el momento tenemos el reporte de 5 personas muertas y 3 personas en terapia intensiva después de lo ocurrido en instalaciones de la UPEA”, confirmó el ministro de Gobierno de Bolivia, Carlos Eduardo del Castillo, en su cuenta de Twitter. El Ministro ordenó al Comandante

de la Policía, Jhonny Aguilera, dirigirse al centro educativo para que se realice un informe de la situación. Entre los fallecidos hay dos mujeres y un hombre, mientras que los estudiantes que resultaron heridos ya fueron trasladados a centros hospitalarios con pronóstico reservado. En un comunicado, la Universidad Pública de El Alto lamentó el “accidente fortuito” y señaló que el “hecho se encuentra en in-

vestigación por parte de la Policía Boliviana”, además, las autoridades del centro educativo también “han instruido una investigación interna”. Desde distintos sectores se cuestiona por qué se permitió que más de 60 estudiantes se agolparan en un solo piso, sin las medidas de distanciamiento y bioseguridad por la pandemia, y en qué condiciones se permitió la realización de dicha asamblea estudiantil. (I)


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Sucesos

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Analizan posible preinmunidad contra la COVID-19 en Ecuador Una investigación desarrollada en Ecuador sugiere que la presencia de un tipo de células del sistema inmunitario podría estar relacionada con una baja probabilidad de contagio del virus SARS-CoV-2 o menor posibilidad de que la infección provoque un cuadro clínico grave. Los resultados preliminares del estudio indican que una parte de la población podría tener una preinmunidad que la protegería contra infecciones de la COVID-19, dijo a Efe Jacobus de Waard, investigador de la Universidad de Las Américas (UDLA) y autor principal del estudio, en colaboración con científicos de la Universidad Central. El científico analizó las llamadas “células T de memoria”, que se generan por el organismo tras haber sufrido una infección, una defensa inmunológica que puede persistir durante años y protegería al individuo de futuros contagios. “El cuerpo tiene dos maneras de defenderse contra infecciones: una es mediante los anticuerpos y el otro sistema, del que se investiga poco, son las ‘células T’ que se activan por el sistema inmune para eliminar a las bacterias o los virus”, explicó De Waard, especialista en infectología e investigador asociado a la UDLA. Publicado recientemente en la revista científica International Journal of Infectious Diseases, el estudio analizó a 32 individuos de los cuales 17 permanecieron en un aislamiento estricto durante la pandemia mientras que los otros 15 padecieron la COVID-19. Mediante pruebas de anticuerpos se determinó que, efectivamente, ninguno de los 17 había estado en contacto con el virus y todos carecían de anticuerpos específicos contra el virus SARS-CoV-2. Posteriormente, se les realizó una prueba para identificar la posible presencia de “células T de memoria”, que apuntaría a una acción contra el coronavirus en su

•• ¿Qué significan estos hallazgos en aquellos individuos con «células T de memoria»? / EFE

sistema inmunológico. “El primer grupo desarrolló anticuerpos y una respuesta de “células T de memoria”, advirtió el científico. Pero lo que no se esperaba era que los resultados del estudio mostraron de manera sorpresiva que, aunque ninguno de los individuos investigados que no había sufrido un contagio del SARS-CoV-2, ocho de los 17 (el 45% del grupo de estudio) contaban con “células T de memoria”, que se activan cuando una persona entra en contacto con el virus. Las células T ¿Qué significan estos hallazgos en aquellos individuos con «células T de memoria»? El investigador precisó que esa “preinmunidad” podría estar relacionada con una baja probabilidad de contagio o, en caso de convertirse en positivo, una menor probabilidad de desarrollar una enfermedad sintomática. “Significa que probablemente se infectaron en el pasado con virus que se parecen mucho al SARSCoV-2”, manifestó el investigador.(I)

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Opinión

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El Ecuador flota en el vacío Benjamín

Pinza S.

benjamin_pinza@hotmail.com

“Hemos aprendido a volar como los pájaros, a nadar como los peces; pero no hemos aprendido el sencillo arte de vivir como hermanos”. M. Luther King El Ecuador es un globo de ensayo. El petróleo mareó a los gobernantes; otros países deben al petróleo su prosperidad, y sólo Irak su tragedia; pero nosotros, le debemos pereza y corrupción. Nuestro país pasó a comportarse como un paralítico que sobrevive con la venta de su sangre. Hemos tenido gobernantes débiles, sin presupuestos éticos y morales, pero audaces para cobrar por cada pinta de sangre mineral y para endeudar al país hasta las coronillas; presidentes indolentes con la soberanía nacional, que doblan la rodilla ante el amo del Norte y que no tuvieron escrúpulo alguno para matar nuestra moneda nacional. Estamos viviendo la peor etapa de crisis económica, moral y de vacío político por la carencia de auténticos patriotas. Se ha creado un sistema político excluyente para crear intencionalmente el vacío, con el fin de instaurar un monopolio político. El vacío ecuatoriano tiene otra causa, que es la ambición acaparadora de media docena de individuos, dueños del poder económico y financiero y de partidos políticos que actúan bajo un sacrosanto hermetismo. Ellos han creado una etapa de incertidumbre, desconfianza, desigualdad, pobreza, odio, división, inseguridad y violencia. Son dueños de los poderes del Estado. Desde el Poder Judicial ponen y sacan jueces al sabor y gusto de sus enfermos apetitos y dictan sentencias a través del poder mediático; son dueños del Consejo Nacional Electoral y del Tribunal Contencioso Electoral que juegan

a su antojo con la democracia; y, para remate, tenemos una Asamblea, en su mayoría, convertida en un escondrijo de discapacitados con uñas largas. Cuando un candidato invierte millones de millones en una campaña electoral, no es candidato, es un empresario y como empresario, cuando llega al poder, no solo piensa en sacar lo que invirtió sino en lucrar de ese cargo porque ese es su negocio. Desde 1995 el Ecuador atraviesa una etapa tétrica y sin horizonte. Primero fue: la guerra con el Perú; luego nos endosaron la guerra con Colombia, después la quiebra de las casas de valores; luego vino la peste que secó las piscinas camaroneras; en seguida nos cayó el feriado bancario y con ello la más indignante y dolorosa migración de nuestros compatriotas que huyeron de la estafa, la pobreza y hasta los volcanes se enfurecieron. El pueblo ecuatoriano tiene manchada su piel en su debilidad orgánica: es de ceniza y se tambalea como un país de fantasmas en harapos. Y lo más grave es que se ha destruido su estructura moral donde la violencia verbal, física, la inseguridad, el femicidio, la delincuencia, el robo, los secuestros y asesinatos pululan por doquier. Los programas de ajuste y las recetas del FMI aumentan el ejército de desocupados generando una brecha cada vez más grande entre ricos y pobres. La reducción del Estado, el deterioro de las políticas redistributivas, el peso de la deuda externa, los procesos de privatización, la crisis sanitaria, el estancamiento del aparato productivo y la angustia familiar por falta de trabajo, son las causas que van convirtiendo al Ecuador de una isla de paz, en un polvorín de inseguridad y violencia que flota en el vacío. Este no es el país que anhelamos para nuestros hijos; hay que buscar salidas, recuperar la confianza y la esperanza.

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Lo público es exclusivamente público José Bolívar

Castillo V.

chatojobol@hotmail.com

Por lo visto, estos últimos tiempos, tanto en el Ecuador, en Loja como en la patria grande, nos hace falta entender y aceptar: qué es y para qué es el Estado, es decir lo político, lo público, lo que corresponde a la “polis” como tal, que jamás puede ser usado en beneficio particular o en favor del interés de parcialidades ya sean grupos de presión económico especulativo como suele ser tan frecuente o también de gremios o de partidos o movimientos políticos o peor aún de sus facciones que pugnan por generar clientelas electorales. Ni la filantropía con fondos públicos, ni convertirlo al Estado en instrumento dócil al servicio de los grupos más influyentes, conducen a nada positivo, peor al desarrollo o la democracia. Nuestro país en circunstancias de absoluto caos económico generado por el uso del Estado al servicio del capital especulativo bancario, tuvo que adoptar como tabla de salvación al dólar de USA como su moneda. Por tanto nos deshicimos de la imprenta de billetes con la que tramposamente se emitía moneda de manera irresponsable, desatando una inflación galopante que contribuía a la pauperización del pueblo, mientras las grandes empresas especulativo bancarias sacaban los dólares acumulados a los paraísos fiscales. La dolarización les quitó esta arma letal. Sin embargo, necesitan, como el aire que respiran, contar con gobiernos sumisos y arribistas que no cometan la imprudencia o la insolencia de tratar de defender el interés colectivo de la Nación o el Bien Común General por arriba de los grupos de presión económica y sus objetivos. La otra

cara de la medalla, igualmente engañosa y letal, es el populismo en todas sus formas y versiones que cree que el Estado sus recursos y sus facultades regulatorias pueden convertirse en instrumento de partido o movimiento político, para convocarlo al pueblo a una feria de derechos, prebendas y garantías. Que indefectiblemente llevan al caos, la informalidad, la anarquía y por tanto a la resaca de la derecha. La Revolución Juliana (1925) que la presidió y orientó nuestro paisano el Dr. Isidro Ayora Cueva, se hizo precisamente en la línea de equiparlo e institucionalizarlo al Estado generando los instrumentos públicos indispensables para evitar que los grupos económicos privados sigan adoptando e imponiendo decisiones al calor de sus intereses oligárquicos y en claro perjuicio del pueblo y la nación considerada en su conjunto. No hay que olvidar que hasta la moneda la emitía el Banco Comercial y Agrícola propiedad de un hijo del General Urbina que se llamaba Dn. Francisco Urbina Jado. Hemos sido quizá muy insistentes en afirmar que así como los grupos económicos y sus negocios, los partidos y movimientos políticos no pertenecen al Estado sino a la sociedad y por tanto no deben atravesar el umbral del Estado, simplemente canalizan opinión pública hacia la toma democrática de decisiones electorales o plebiscitarias. Los ciudadanos que reciben el mandato de gobernar la cosa pública, es decir, asumen funciones de Estado, no pueden utilizarlo ni permitir que se lo utilice como instrumento de partido, de movimiento , de gremio o de grupo empresarial o bancario. Ahí está la clave de la democracia y el desarrollo: lo público lo que corresponde a la polis es exclusivamente público.

Lic. Ismael E. Betancourt, DIRECTOR Ing. Paola Betancourt Mora, GERENTE Teléf.: (+5937) 2732003 Cel.: 0997262566 - 0992416701

Pasaje Cinchona Nro.207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay (Sector 24 de Mayo) gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec / www.cronica.com.ec

El editorial es la opinión oficial de Crónica. Los artículos periodísticos y caricatura que contienen nombres y apellidos son el pensamiento de sus autores y reflejan criterios de pluralidad e independencia de este Diario.

Fundado el 1 de Noviembre de 1979


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Entretenimiento

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Acuario

Enero 20 a febrero 19 Estas fechas son propicias para una regeneración siempre y cuando sepas que te tienes que desprender de algo, como esos animales que cambian la piel por otra nueva. Conseguirás algo magnífico si te propones no quedarte anclado o anclada en el pasado.

Irak restituye la soberanía de Kuwait

Piscis

Febrero 20 a marzo 20 Elaborar un plan para saber hacia dónde quieres ir en lo profesional está bien, pero obsesionarte con ello, no. Te conviene tener la mente libre y sin ataduras de algo que no es real. Ten precaución. Un amigo te ayuda o colabora contigo en un proyecto.

Aries vadiera y anexara el Estado de Kuwait, acto que fue respondido con un bombardeo aéreo y naval, el 17 de enero de 1991. Más tarde, con un victorioso asalto terrestre, las fuerzas de

la coalición liberaron Kuwait. Sobre el fin del conflicto, la coalición internacional contabilizó la baja de 378 soldados y alrededor de mil heridos. Mientras tanto, las bajas iraquíes estuvieron en torno a los 30 mil soldados.

Además...

Se lanza el álbum de Metallica “Master of Puppets”

Primer número de la emblemática revista Time

Un día como hoy, en el año 1986, la banda de thrash metal Metallica lanzaba “Master of Puppets”, su tercer álbum, considerado uno de los más influyentes de su género. Cuenta con canciones como “Battery”, “Master of Puppets”, “Welcome Home (Sanitarium)” y “Disposable Heroes”, todas ellas lanzadas también como sencillos. “Master of Puppets” fue grabado entre septiembre y diciembre de 1985 con la producción del danés Flemming Rasmussen, a través del sello discográfico Elektra Records. A pesar de no haber alcanzado en su momento las cimas de las listas, el álbum fue el primero de la banda en convertirse en disco de oro y sus ventas han llegado a superar las 7 millones de copias. La canción que da nombre a la placa es una de las preferidas de los fanáticos de Metallica. La exitosa banda estadounidense de thrash metal fue fundada en 1981. Al momento de la grabación de “Master of Puppets” estaba compuesta por James Hetfield (voz, guitarra), Lars Ulrich (batería), Kirk Hammet (guitarra) y Cliff Burton (bajo). Este último falleció trágicamente durante la gira de presentación del álbum, al ser aplastado por el autobús que trasladaba al grupo, el 27 de septiembre de 1986.

Un día como hoy, en el año 1923, comenzaba a publicarse Time, el primer semanario de información general de Estados Unidos. La revista fue fundada por Briton Hadden, uno de los periodistas más influyentes de la década de 1920, junto con el empresario Henry Luce. Time gozó de un éxito inmediato, para el año 1927 ya se vendían aproximadamente 175.000 copias por semana. Hadden, quien ejerció como editor de la revista hasta su muerte en 1929, le imprimió un estilo de escritura original y novedoso, posteriormente bautizado como “Timestyle”. Luego del fallecimiento de Hadden, Henry Luce, decidido a ampliar la temática de las publicaciones, compró la revista de negocios Fortune. En 1989, Time se fusionó con Warner Communications, creando el grupo Time Warner. Desde 1927, la revista se destaca por su suplemento llamado “Persona del año”. En este se reconoce anualmente a las figuras más influyentes de las noticias. A lo largo de la historia, el suplemento generó grandes controversias a raíz del nombramiento de polémicos personajes como Adolf Hitler, en 1938, y Iósif Stalin, en 1939.

Fuente: https://latam.historyplay.tv/hoy-en-la-historia

FARMACIAS DE TURNO DEL 27 DE FEBRERO AL 6 DE MARZO DE 2021

EL ROSARIO SANASANA ALONSO DE MERCADILLO FARMACIA SAN GREGORIO 2 FARMACIAS MIA ML007 FARMACIA

Tauro

Abril 21 a mayo 20 Le perdonarás a un compañero de trabajo algo, un comentario seguramente, que te ha molestado y que vas a intentar olvidar. Sabes que está pasando por una mala racha o mucho estrés y comprenderás su alteración. Eso es lo más indicado.

Géminis

Mayo 21 a junio 21 Hoy no debes dejarte llevar por ningún pensamiento negativo, es mejor que practiques la virtud de la paciencia, aunque esperas una llamada muy importante. Pero aún tardará un poco en llegar. Mientras tanto, actívate con cualquier cosa mental o físicamente.

Cáncer

Junio 22 a julio 23 Hoy lo que mejor te vendrá es darte un largo paseo que te ayude a estirar los músculos y aclarar ideas. Tampoco te vendría mal algo de deporte ya que eso te ayudaría a compensar cierto estrés que tienes. Cuidar tu organismo debe ser tu prioridad.

Leo

Julio 24 a agosto 23 Si saltas a la primera de cambio, no vas a conseguir lo que buscas, así que es mejor que intentes moderar hoy todo tipo de comentario que no sea del todo amable. Así no tendrás ningún momento de tensión y te ahorrarás malas caras.

Virgo

Agosto 24 a Septiembre 23 No será un día especialmente alegre pero tampoco triste, así que tu humor estará bien e incluso andarás con bastante agilidad mental para solventar algunos asuntos que tienes sobre la mesa. Algo misterioso te atrae con fuerza.

Septiembre 24 a octubre 23 Ves hoy las cosas desde otro punto de vista y para que eso te sea verdaderamente útil debes dejar que las ideas de los demás sean algo que te aporte. No rechaces de plano lo que oigas, hay cosas valiosas que debes tener en cuenta.

Miércoles 3 de Marzo de 2021 Santos Emeterio y Celedonio

REINA DE LA NUBE

Marzo 21 a abril 20 Mente ágil y mucha capacidad de negociación ante situaciones imprevistas en el ámbito laboral serán las constantes de esta jornada. Aplica esta virtud ante ciertos problemas que pueden surgir hoy. Ganarás si no te dejas llevar por la precipitación.

Libra

Calendario Santoral

NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO

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Horóscopo

Hoy en la historia... Un día como hoy, del año 1991, tras firmar su rendición (el 28 de febrero), Irak aceptaba formalmente la restitución de la soberanía de Kuwait impuesta entre las condiciones dictadas por las Naciones Unidas después de la guerra del Golfo. El conflicto bélico conocido como la guerra del Golfo comenzó el 2 de agosto de 1990 y se extendió hasta el 28 de febrero de 1991. La campaña bélica contra la República de Irak estuvo a cargo de una fuerza de coalición compuesta por 34 países y liderada por Estados Unidos. El enfrentamiento se desencadenó después de que Irak in-

MIÉRCOLES 3 DE MARZO DE 2021

DIRECCIÓN CIUDADELA: SAUCES NORTE CALLE: PABLO PICASSO SN GRECO BARRIO: LAS PITAS CALLE: VICENTE DELGADO TAPIA SN AV. PABLO PALACIOS AV. GRAN COLOMBIA 02-97 ANCÓN Y GUARANDA AV. 8 DE DICIEMBRE NÚMERO: 20-71 INTERSECCIÓN: JOSÉ LUIS TAMAYO CALLE: ANTONIO JOSÉ DE SUCRE NÚMERO: 14 - 105 INTERSECCIÓN: 10 DE AGOSTO CALLE OLMEDO NUMERO: S/N INTERSECCION: MIGUEL RIOFRIO

TELÉFONO 072542168 / 0980960919 2547586 / 0984936821 042440095 / 0999889448 2614582 3702200 0999337354

Escorpio

Octubre 24 a nov. 22 No des vueltas a algo que ha pasado y que te ha sentado mal o de lo que te sientes un poco culpable. Perdónate y piensa que no es nada importante y que realmente hay otras cosas mucho más graves que solucionar. Si es necesario, pide disculpas.

Sagitario

Noviembre 23 a dic. 21 No es conveniente que hoy abuses de nada, ya sea algo que crees que es bueno para tu organismo, como el deporte, o cualquier otra cosa como la comida o la bebida. Toca cuidarse un poco más y descansar. Ahorra cualquier clase de esfuerzo.

Capricornio

Diciembre 22 a Enero 19 Es cierto que te gustaría alejarte un poco de lo cotidiano e incluso cambiar de vida porque sientes cierta presión a tu alrededor. Pero eso no es posible, así que no debes de soñar con ello. Intenta ver lo bueno de lo que tienes delante, porque lo hay.


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MIÉRCOLES 3 DE MARZO DE 2021

Judiciales

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales a los herederos desconocidos de la causante ISABEL JARA MARTINEZ, conforme a lo dispuesto en los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: Flora Lila Jara DEMANDADOS: Herederos desconocidos de la causante ISABEL JARA MARTINEZ OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2020-02976 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo AUTO DE CALIFICACIÓN A TRÁMITE: “… UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, viernes 18 de diciembre del 2020, las 10h12, VISTOS: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, en mérito del sorteo de ley y por radicada la competencia AVOCO conocimiento de la solicitud que antecede y como la misma cumple con los requisitos de ley, se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el fallecimiento de ISABEL JARA MARTINEZ, conforme se justifica con el certificado de su defunción ( fs. 2 ) se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: UNO: 1.1- Con la solicitante FLORA LILA JARA en calidad de hija de la causante. 1.2.Con los señores MARIA ADOLFINA JARA, AMABLE GILBERTO JARA Y LAURA MARIA JARA, igualmente en calidad de hijos de la causante. 1.3.- Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja.- A las personas referidas en el numeral (1.2.-) se los citará con el contenido de la demanda, documentos presentados y el presente auto en el lugar indicado en la demanda para lo cual con fundamento en el Art. 30 del Código Orgánico de la Función Judicial y resolución No. 16-2017, expedida por la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, de fecha 27 de octubre del 2017, se comisiona al Señor Teniente Político de la parroquia Malacatos, del Cantón y Provincia de Loja. Envíese despacho en forma, debiéndose entregar el mismo a la accionante para que gestione su resultado. Respecto el funcionario se lo citará en su respectivo despacho; acto que lo cumplirá la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020. 1.3.- Con los herederos desconocidos de la causante ISABEL JARA MARTINEZ, a quienes orde-

no citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Por último se les recuerda la obligación de determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos. DOS: En cuenta los medios de prueba que anuncian los solicitantes su práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. Agréguese a los autos la documentación presentada y en lo demás, en cuenta también la cuantía, casillero judicial y direcciones de correos electrónicos señalados y la autorización que le concede a su defensor técnico. Finalmente actúe en calidad de secretario del despacho el Abogado Alberto Xavier Yaguana Soto. Hágase saber…”.Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 31 de diciembre del 2020 Dr. Servio Velepucha Espinosa SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4899 CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de la causante: LIVIA ROSA BLANCA MAHUAD CHALELA, que en extracto es como sigue: ACTOR: DANIEL ENRIQUE MAHAUAD ORTEGA, WADIE RAÚL MAHAUAD ORTEGA, ALICIA YALILE MAHAUAD ORTEGA, SILVIA RAQUEL MAHAUAD ORTEGA, ANUAR DE JESÚS MAHAUAD CHALELA, AMALIA IVONNE MAHUAD CHALELA, JORGE TOUFIK MAHAUAD CHALELA, LILIAN VERÓNICA MAHAUAD CHALELA, AMALIA LORENA MAHAUAD CHALELA, JUDITH CATALINA MAHAUAD ROMERO, CARLOS ALBERTO MAHAUAD ROMERO, JORGE JAMIL MAHUAD WITT, SILVIA ROCÍO CATALINA MAHAUAD WITT, JORGE EDUARDO MAHAUAD WITT representados a través de su Procurador Judicial el Dr. FRANKLIN VINICIO MATEUS JUMBO DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de la causante: LIVIA ROSA BLANCA MAHUAD CHALELA, además de los extintos señores JOSÉ TEÓFILO MAHUAD CHALELA, DANIEL MAHAUAD CHALELA, CARLOS NACIM MAHUAD CHALELA, JORGE ANTONIO MAHAUAD CHALELA Y JOSÉ EDUARDO MAHAUAD CHALELA OBJETO DE LA DEMANDA: PARTICION DE BIENES SUCESORIOS TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2020-03127 JUEZ: DR. PABLO VINICIO MUÑOZ ABARCA EXTRACTO DEMANDA.- Loja, miércoles 24 de febrero del 2021, las 16h18, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede y la documentación adjunta.- En lo principal, una vez cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, la solicitud de inventario que antecede y como la

misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento de la señora LIVIA ROSA BLANCA MAHUAD CHALELA conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- 1.1. Con los solicitantes DANIEL ENRIQUE MAHAUAD ORTEGA, WADIE RAÚL MAHAUAD ORTEGA, ALICIA YALILE MAHAUAD ORTEGA, SILVIA RAQUEL MAHAUAD ORTEGA, ANUAR DE JESÚS MAHAUAD CHALELA, AMALIA IVONNE MAHUAD CHALELA, JORGE TOUFIK MAHAUAD CHALELA, LILIAN VERÓNICA MAHAUAD CHALELA, AMALIA LORENA MAHAUAD CHALELA, JUDITH CATALINA MAHAUAD ROMERO, CARLOS ALBERTO MAHAUAD ROMERO, JORGE JAMIL MAHUAD WITT, SILVIA ROCÍO CATALINA MAHAUAD WITT, JORGE EDUARDO MAHAUAD WITT representados a través de su Procurador Judicial el Dr. FRANKLIN VINICIO MATEUS JUMBO conforme lo justifica con las copias de las escrituras públicas que adjunta, por lo que comparecen en calidad de sobrinos y por lo tanto herederos de la causante. 1.2. Con el demandado el Estado Ecuatoriano, a través del Procurador General del Estado, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 1032 del Código Civil, a quien se lo citará en la persona de la Abogada Ana Cristina Vivanco Eguiguren Directora Regional de Loja Procuraduría General del Estado en su representación en la dirección del domicilio señalado en la solicitud. Para su cumplimiento, pase el proceso a la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial, a la parte demandada con el contenido de la solicitud, documentación adjunta escrito aclaratorio y el presente auto, se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones. 1.3. Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, funcionario que deberá ser citado con el contenido de la solicitud, documentación adjunta escrito aclaratorio y el presente auto de forma telemática a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINE) administrado por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos esto de conformidad a lo establecido en el Art. 53.1 del COGEP (Artículo agregado por Disposición Reformatoria Quinta, numeral 2 de Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 345 de 8 de Diciembre del 2020); no obstante como se conoce que no se encuentra aún funcionando dicho sistema, la diligencia de citación hágaselo en su respectivo despacho, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para la práctica de la citación, la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020. 1.4. Cítese a los herederos presuntos y desconocidos de la causante LIVIA ROSA BLANCA MAHUAD CHALELA, además de los extintos señores JOSÉ TEÓFILO MAHUAD CHA-

www. LELA, DANIEL MAHAUAD CHALELA, CARLOS NACIM MAHUAD CHALELA, JORGE ANTONIO MAHAUAD CHALELA Y JOSÉ EDUARDO MAHAUAD CHALELA, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado.- Se llama a intervenir al Dr. Carlos Patricio Sotomayor Gálvez en calidad de Secretario encargado, según Acción de personal No. 306-DP112021-RR, de fecha 18 de febrero del 2021.NOTIFIQUESE.- Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja. - Loja, 25 de febrero del 2021 Abg. Carlos Patricio Sotomayor Gálvez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F4887 R del E CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA CON SEDE EN CHAGUARPAMBA CITACIÓN JUDICIAL AB. DEF. JUAN CARLOS ESPINOZA REYES Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales, cito: A los herederos, desconocidos y presuntos herederos del causante ROQUE AMABLE MEDINA HERERA, en la forma que determina el Art. 56 numeral 1 y Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, la misma que en extracto comprende lo siguiente: ACTORES: ROSA ENID MACAS MACAS, MARCIA AURELIA MEDINA LALANGUI, JENNY ELIZABETH MEDINA MARTINEZ, UFREDO MANUEL MEDINA MACAS, MIRYAM ALEXANDRA MEDINA MACAS Y OMAR DAVID MEDINA MACAS. DEMANDADOS: Herederos presuntos y/o desconocidos del causante ROQUE AMABLE MEDINA HERERA. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS TRÁMITE: Voluntario. CUANTÍA: $ 8.513,08. JUICIO: 11337-2021-00018 JUEZ: DR. HUMBERTO OSWALDO SARITAMA NAULA. VISTOS: En lo principal, una vez que se ha dado cumplimiento al auto de fecha, jueves 11 de febrero del 2021, a las 18h37, se estima que la DEMANDA DE INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS presentada por los señores: ROSA ENID MACAS MACAS, MARCIA AURELIA MEDINA LALANGUI, JENNY ELIZABETH MEDINA MARTINEZ, UFREDO MANUEL MEDINA MACAS, MIRYAM ALEXAN-

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DRA MEDINA MACAS Y OMAR DAVID MEDINA MACAS, en los bienes dejados por el extinto ROQUE AMABLE MEDINA HERERA, es clara, completa y precisa, la que por reunir los requisitos de ley determinados en los Arts. 142 y siguientes del COGEP, se la califica y admite a trámite mediante el PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos.En tal virtud, se dispone la actuación de las siguientes diligencias: 1).- Por el fallecimiento del extinto ROQUE AMABLE MEDINA HERERA, conforme se justifica con la inscripción de su defunción (fs. 1), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado de conformidad con lo prescribe el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos. 1.1).- Cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados y funcionarios: a).- Con los actores, señores: ROSA ENID MACAS MACAS, en calidad de conyugue sobreviviente y MARCIA AURELIA MEDINA LALANGUI, JENNY ELIZABETH MEDINA MARTINEZ, UFREDO MANUEL MEDINA MACAS, MIRYAM ALEXANDRA MEDINA MACAS Y OMAR DAVID MEDINA MACAS, en calidad de hijos; b).- Con los herederos del causante ROQUE AMABLE MEDINA HERERA, cuya residencia sea imposible determinar, a quienes se los citará por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58, en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia se dispone conferir el respectivo extracto; c).- Con el Ing. Darwin Esmith Díaz Campoverde y Abg. Galo Ramiro Sarango Jumbo, en sus calidades de Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del cantón Chaguarpamba, quienes serán notificados en sus respectivos despachos, para lo cual remítase el proceso a la Oficina de Citaciones; d).- Con el Sr. Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja, quien será notificado en su despacho, mediante deprecatorio virtual dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, ofreciéndoles reciprocidad en casos análogos; 2).- Téngase en cuenta la cuantía; y, las pruebas documentales y testimoniales que han sido debidamente anunciadas por la parte demandante, las cuales serán discutidas y aprobadas, en cuanto a utilidad, pertinencia y conducencia se refiere, en la respectiva Audiencia;3).- En cuanto a la prueba pericial ésta será atendida en el momento procesal oportuno; 4).- Téngase en cuenta la designación que hacen los comparecientes a ROSA ENID MACAS MACAS, para que actué en calidad de procurador común en el presente proceso; Agréguese a los autos, los documentos anexados al escrito de demanda.- Hágase saber.- F).Ilegible. Dr. Humberto Oswaldo Saritama Naula Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Loja con sede en Chaguarpamba. Particular que pongo en conocimiento de las partes para los fines de Ley.Chaguarpamba, a los 23 días del mes de febrero del 2021. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA SEDE CHAGUARPAMBA P/F4883

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REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON CELICA JUICIO VOLUNTARIO DE INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS NRO. 11336-202000205 Cito con el escrito de demanda y auto de aceptación a trámite, a los herederos presuntos, ausentes desconocidos, y más personas que tengan o puedan tener derecho dentro del presente juicio Voluntario de Inventario de bienes sucesorios Nro. 11336-2020-00205, seguido por el señor ANGEL SALVADOR JUMBO JUMBO Y OTROS, en contra de BIENES DEL CAUSANTE ANGEL AMABLE JUMBO JUMBO, de conformidad a lo que dispone el art. 56. 1 Y 58 DEL Código Orgánico General de Procesos cuyo texto es como sigue. JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL MUTICOMPETENTE DEL CANTON CELICA JUEZ: Dra. Lourdes Palacios Juárez ACTOR: Ángel Salvador Jumbo Jumbo y Otros DEMANDADOS: Bienes del causante Ángel Amable Jumbo Jumbo CUANTIA: Indeterminada TRAMITE: Voluntario JUICIO NRO. 11336-2020-00205 OBJETO DE LA DEMANDA: Juicio Voluntario de Inventario de Bienes Sucesorios del causante ANGEL AMABLE JUMBO JUMBO ACEPTACION A TRAMITE.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON CELICA.- VISTOS.- DRA. LOURDES BEATRIZ PALACIOS JUÁREZ, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Celica, AVOCO conocimiento de la presente causa de conformidad con lo dispuesto en el Art. 167 de la Constitución de la República, los Arts. 156, 244 y 245 del Código Orgánico de la Función Judicial.- En lo principal, estimase de clara, precisa y completa la demanda que antecede, la misma que al reunir los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la acepta al TRÁMITE VOLUNTARIO que le corresponde a los Inventarios determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el fallecimiento del señor ÁNGEL AMABLE JUMBO JUMBO, conforme se justifica con la inscripción de su defunción, motivo por el cual se DECLARA ABIERTA LA SUCESIÓN INTESTADA de sus bienes dejados desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del perito que será designado oportunamente por mi Autoridad.- Cuéntese en este procedimiento con las siguientes personas: A) Con la compareciente señora DELMIRA REGINA JUMBO JUMBO, en su calidad de cónyuge sobreviviente, conforme se justifica con la partida de matrimonio que se adjunta; B) Con los señores: KLEVER ANTONIO JUMBO JUMBO, MANUEL ANTOLIN JUMBO JUMBO, MIRIAN YOLANDA JUMBO JUMBO, CARMEN DEL ROCIO JUMBO JUMBO, ÁNGEL SALVADOR JUMBO JUMBO, JESÚS GABRIEL JUMBO JUMBO, GUILLERMO BELARMINO JUMBO JUMBO Y JAVIER ALEJANDRO JUMBO JUMBO, en sus calidades de herederos, conforme se justifica con las partidas de nacimiento adjunta a la demanda; C) Con el Procurador Tributario de Loja, en la persona del Director Provincial del Servicio de Rentas Internas en Loja, quien será citado legalmente en su despacho; para lo cual se depreca a uno de los señores Jueces de la Familia Mujer Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, remítase despacho en forma ofreciendo reciprocidad de servicios de conformidad al Art. 72 del COGEP; D) Cuéntese igualmente con el Alcalde y Procurador Síndico del GAD del Municipio de Celica, para lo cual se dispone que el expediente pase a la Oficina de Citaciones de la Unidad Judicial, para que en forma inmediata se cumpla con lo dispuesto. A los funcionarios se les advertirá la obligación de señalar domi-

.com.ec cilio judicial para efecto de sus futuras notificaciones; E) Cítese a los herederos desconocidos y presuntos del causante ÁNGEL AMABLE JUMBO JUMBO que tengan interés en la presente causa, por uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Loja, esto por no existir prensa en ésta localidad, y en la forma que determina el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos en armonía con el Art. 56 Nral. 1 del Cuerpo legal en mención; F) De conformidad con lo dispuesto en el Art. 146 incisos 5 y 6 del Código Orgánico General de Procesos, previamente a cumplirse con la citación, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este Cantón, a cargo de la parte actora, quien deberá presentar el documento respectivo sobre la cabal ejecución de esta orden, entréguese por Secretaría el correspondiente oficio y despacho suficiente para el efecto; G) A todos los interesados se los conmina a señalar casillero judicial y correo electrónico en esta ciudad, para efecto de ulteriores notificaciones, previniéndoles que se resolverá en rebeldía de quienes no comparecieren a juicio.- H) Los accionantes en el término de tres días y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, constituyan un PROCURADOR COMÚN.- Téngase en cuenta las pruebas anunciadas por la accionante. Confiérase el extracto respectivo. Téngase en cuenta la cuantía, la dirección de correo electrónico señalado por los demandantes y la autorización que le confieren a su Abogado defensor para que asuma la defensa en el presente asunto. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. Celica 25 de Febrero del 2021 TORRES RAMON VICTORIA DEL SOCORRO SECRETARIA P/F4878 NRO. 11203-2021-00223 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos de la causante señora SARITA ALICIA CASTRO LEDESMA, que en extracto es como sigue: ACTOR: PABLO ESTEBAN POZO CASTRO Y OTROS DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DE LA CAUSANTE SEÑORA SARITA ALICIA CASTRO LEDESMA OBJETO: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. TRÁMITE: VOLUNTARIO. JUICIO: NRO. 11203-2021-00223 JUEZ: DRA. SANDRA JENNY VIDAL RODRIGUEZ. EXTRACTO DEMANDA.- Loja, miércoles 27 de enero del 2021, las 16h46, VISTOS: Avoco conocimiento del presente proceso en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja, designada mediante resolución Nro. 26 del 25 de abril del 2013 por el Pleno del Consejo de la Judicatura y en virtud del respectivo sorteo constante en la misma.- Se llama a intervenir a la Dra. Gabriela Altamirano Salcedo, en calidad de Secretaria Encargada de la Unidad Judicial de la Familia.-En lo principal como la demanda de inventarios presentada no reúne los requisitos del Artículo 142 numerales, 2, y 5, del Código del Código Orgánico General de Procesos, (Esto es: En que calidad comparece la Abogada por cuanto se advierte Procuración Judicial, Narración de los hechos expuestos con claridad, en cuanto a cuantos son los bienes objeto de inventario, si existen construcciones en los referidos lotes de terreno.-Por lo que de conformidad a lo establecido en el Art. 19 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico General de Procesos, publicada en el Registro Oficial Nro. 517 de fecha 26 de junio de 2019, en la que se sustituye el Art. 146, del Código Orgánico General de Procesos, previo a admitir la solicitud a trámite se dispone que dentro del término de cinco, los peticionarios la completen, de manera que se dé cumpliendo a lo previsto en las normas antes indicadas, bajo prevenciones de ley. NOTIFIQUESE.- OTRO.- Loja, jueves 18

Publicidad de febrero del 2021, las 09h16, VISTOS: Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo ordenado de clara y completa se califica la demanda de inventarios presentada por los señores BENJAMIN HOMERO POZO VELEZ, PABLO ESTEBAN POZO CASTRO, ALICIA TERESITA PORZO CASTRO, BERTHA GENOVEVA POZO CASTRO, DORA CECILIA POZO CASTRO, SARA GRACIELA POZO CASTRO, MARIA DEL CARMEN POZO CASTRO, MARIA DEL PILAR POZO CASTRO en virtud del fallecimiento de SARITA ALICIA CASTRO LEDESMA por cuanto cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite mediante procedimiento voluntario. Se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes, fórmese el inventario y el avalúo de los bienes sucesorios en forma legal con la intervención de los interesados y de un perito que será designado oportunamente por la Unidad Judicial. Cuéntese en éste proceso con los comparecientes BENJAMIN HOMERO POZO VELEZ como cónyuge sobreviviente; y los señores PABLO ESTEBAN POZO CASTRO, ALICIA TERESITA PORZO CASTRO, BERTHA GENOVEVA POZO CASTRO, DORA CECILIA POZO CASTRO, SARA GRACIELA POZO CASTRO, MARIA DEL CARMEN POZO CASTRO, MARIA DEL PILAR POZO CASTRO en calidad de herederos de la causante. Cítese a los herederos desconocidos y presuntos de la extinta SARITA ALICIA CASTRO LEDESMA por la prensa local conforme lo dispuesto en los Arts. 56 numeral 1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, o de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56, numeral 2 del Código Orgánico General de Procesos se dispone que la citación a los herederos presuntos y desconocidos del causante por medio de: “Mensajes que se transmitirán en tres fechas distintas, por lo menos tres veces al día, en una radiodifusora de la localidad, en un horario de seis a veintidós horas y que contendrán un extracto de la demanda o solicitud pertinente. La o el propietario o la o el representante legal de la radiodifusora emitirá el certificado que acredite las fechas y horas en que se realizaron las transmisiones de mensajes y una copia del audio”.- Sin perjuicio que las partes puedan hacerlo en uno de los diarios de ésta ciudad de Loja que están habilitados, y se adjunte la captura de pantalla e impresión de la publicación digital con la certificación del representante legal del medio.- Téngase en cuenta como prueba anunciada por los actores sobre la cual se proveerá en audiencia: PRUEBA DOCUMENTAL:1) Certificados de nacimiento de los herederos, 2) Partida de matrimonio de SARITA ALICIA CASTRO LEDESMA y BENJAMIN HOMERO POZO VELEZ, 3)Certificado de defunción de SARITA ALICIA CASTRO LEDESMA, 4)Copias de Escrituras Públicas, 5)Certificados del Registrador de la Propiedad del Cantón Loja y Catamayo de los inmuebles a inventariarse, y 6) Cartas de pago de impuesto predial. A petición de los actores se designa como Procurador Común al señor PABLO ESTEBAN POZO CASTRO.- Téngase en cuenta la cuantía, casillero judicial y correos electrónicos señalados, y la autorización conferida a su Abogado defensor. Agréguese al expediente la documentación aparejada a la demanda.- NOTIFIQUESE.Loja, 23 de febrero del 2021. Dra. Gabriela Altamirano Salcedo SECRETARIA P/F4885 R del E CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA CON SEDE EN CHAGUARPAMBA CITACIÓN JUDICIAL AB. DEF. RITA MAIRA ROMERO CORDOVA Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales, cito: A los herederos, desconocidos y presuntos herederos de los fallecidos: ÁNGEL MARÍA ARMIJOS ARMIJOS y ROSA MARÍA ROBLES RÍOS, en la forma que determina el Art. 56 numeral 1 y Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, la misma que en extracto comprende lo siguiente: ACTORES: VÍCTOR ANTONIO ARMIJOS ROBLES, LORENZO ADALID

MIÉRCOLES 3 DE MARZO DE 2021 ARMIJOS ROBLES y JOSÉ ÁNGEL ARMIJOS ROBLES DEMANDADOS: Herederos presuntos y/o desconocidos de los causantes; ÁNGEL MARÍA ARMIJOS ARMIJOS y ROSA MARÍA ROBLES RÍOS. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS TRÁMITE: Voluntario. CUANTÍA: $ 1.640. JUICIO: 11337-2021-00012 JUEZ: DR. HUMBERTO OSWALDO SARITAMA NAULA. VISTOS: Atendiendo el escrito que inmediatamente antecede, previa notificación de las partes, por así solicitarlo y justificarlo, al ser un auto de aceptación a trámite y que éste tendrá injerencia en las disposiciones emitidas por esta autoridad; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 254 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con lo dispuesto en el Art. 130, Núm. 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, a petición de parte, se deja sin efecto, el auto de fecha viernes 22 de enero del 2021, a las 17h47, y en su lugar se dicta el siguiente: En lo principal, una vez revisada la demanda de INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS, presentada por VÍCTOR ANTONIO ARMIJOS ROBLES, LORENZO ADALID ARMIJOS ROBLES y JOSÉ ÁNGEL ARMIJOS ROBLES, en los bienes dejados por los extintos ÁNGEL MARÍA ARMIJOS ARMIJOS y ROSA MARÍA ROBLES RÍOS, se estima que la misma es clara, completa y precisa, la que por reunir los requisitos de ley determinados en los Arts. 142 y siguientes del COGEP, se la califica y admite a trámite mediante el PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos.- En tal virtud, se dispone la actuación de las siguientes diligencias: 1).- Por el fallecimiento de los señores ÁNGEL MARÍA ARMIJOS ARMIJOS y ROSA MARÍA ROBLES RÍOS, conforme se justifica con la inscripción de su defunción (fs. 1 y 2), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado de conformidad con lo prescribe el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos. 1.1).- Cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados y funcionarios: a).- Con los actores VÍCTOR ANTONIO ARMIJOS ROBLES, LORENZO ADALID ARMIJOS ROBLES y JOSÉ ÁNGEL AREMIJOS ROBLES; b).- Con los herederos de los causantes: ÁNGEL MARÍA ARMIJOS ARMIJOS y ROSA MARÍA ROBLES RÍOS, cuya residencia sea imposible determinar, a quienes se los citará por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58, en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia se dispone conferir el respectivo extracto; c).- Con el Director de la Subsecretaría de Tierras de Loja, quien será notificado en su despacho, mediante deprecatorio virtual dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, ofreciéndoles reciprocidad en casos análogos; d).- Con el Dr. KLEVER ANTONIO SÁNCHEZ ARMIJOS en su calidad de Alcalde del GAD Municipal del cantón Olmedo, y, Dra. TANIA VERONICA OJEDA en su calidad de Procuradora Sindica del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Olmedo, provincia de Loja, quienes serán notificados en sus respectivos despachos, para el efecto se comisiona a la Sra. Comisaria Nacional de Policía del cantón Olmedo, provincia de Loja, a quien se le concede el plazo de 8 días para que efectivice dicha diligencia, en razón del tiempo y la distancia, previniendo a la parte interesada de su obligación de brindar las facilidades del caso para el efectivo cumplimiento de lo ordenado; e).- Con el Sr. Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja, quien será notificado en su despacho, mediante deprecatorio virtual dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, ofreciéndoles reciprocidad

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en casos análogos; 2).- Téngase en cuenta la cuantía; y, las pruebas documentales y testimoniales que han sido debidamente anunciadas por la parte demandante, las cuales serán discutidas y aprobadas, en cuanto a utilidad, pertinencia y conducencia se refiere, en la respectiva Audiencia; 3).- En cuanto a la prueba pericial ésta será atendida en el momento procesal oportuno; 4).- Téngase en cuenta la designación que hacen los comparecientes al Señor JOSÉ ÁNGEL ARMIJOS ROBLES, para que actué en calidad de procurador común en el presente proceso; .- Agréguese a los autos, los documentos anexados al escrito de demanda; 5).- Téngase en cuenta la casilla electrónica señalada y la autorización que le concede a la Ab. Rita Maira Romero Córdova para que la represente en el desarrollo del presente asunto.- Hágase saber.F).- Ilegible. Dr. Humberto Oswaldo Saritama Naula Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Loja con sede en Chaguarpamba.- Particular que pongo en conocimiento de las partes para los fines de Ley.Chaguarpamba, a los 23 días del mes de febrero del 2021. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA SEDE CHAGUARPAMBA P/F4888 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido del escrito de demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales, a la señora JUDITH ALEXANDRA GONZALEZ GUAMAN, cuyo extracto es como sigue: Juicio: Ejecutivo Nro. 11333-201506135 Actor: DRA. DORIS ALEXANDRA RUIZ ROA, Procuradora judicial del Ing. Leonardo Guillermo Burneo Müller, Gerente General y Representante Legal del Banco de Loja Demandados: Srs. VIVIANA ELIZABETH RUIS PAUCAR Y JUDITH ALEXANDRA GONZÁLEZ GUAMÁN Asunto: Cobro de pagaré a la orden Cuantía: $7.000,00 Juez: Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima AUTO INICIAL: VISTOS: Estimase clara y completa la demanda que antecede, presentada por la DRA. DORIS ALEXANDRA RUIZ ROA, en su calidad de Procuradora judicial del Ing. Leonardo Guillermo Burneo Muller, Gerente General y Representante Legal del Banco de Loja, en contra de los señores VIVIANA ELIZABETH RUIS PAUCAR Y JUDITH ALEXANDRA GONZÁLEZ GUAMÁN, la misma que por reunir los requisitos de forma exigidos por la ley, se la acepta al trámite ejecutivo que se solicita y corresponde.- Con su contenido y la presente providencia se corre traslado a las demandadas, para que dentro del término de tres días cumplan con la obligación reclamada o deduzcan las excepciones de que se crean asistidas, bajo apercibimiento de sentencia.- Cítese a las demandadas en el domicilio señalado en la demanda, para lo cual se dispone remitir el proceso a la oficina de citaciones.- Agréguese a los autos los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta la cuantía, casillero judicial y correo electrónico señalados.- Notifíquese.- OTRO AUTO: Loja, viernes 19 de febrero del 2021, las 11h35, Una vez que la accionante ha dado cumplimiento con lo ordenado en el auto de fecha miércoles 10 de febrero del 2021, las 11h13, se dispone citar a la demandada señora JUDITH ALEXANDRA GONZALEZ GUAMAN conforme lo determina el numeral 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por medio de Secretaría de la Unidad Judicial confiérase el extracto correspondiente.- Hágase saber.- f).- Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Loja. Particular que pongo en conocimiento de la ciudadanía en general, para los fines legales pertinentes. Loja, 23 de febrero del 2021 Ab. René Fabricio Agila Guamán SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA P/F4901


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DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a: los herederos presuntos y desconocidos de la que en vida se llamó MARÍA ASUNCIÓN JAPÓN SACA que en extracto es como sigue: ACTOR: Abg. DIEGO VINICIO PALADINES COSTA en calidad de Procurador Judicial de los señores BYRON GEOVANNY CRUZ JAPÓN, SILVIA PATRICIA CRUZ JAPÓN, EDWIN ANTONIO CRUZ JAPÓN DEMANDADO: herederos presuntos y desconocidos de la que en vida se llamó MARÍA ASUNCIÓN JAPÓN SACA OBJETO DE LA DEMANDA: ALISTAMIENTO Y AVALUOS DE BIENES (inventario) TRÁMITE: voluntario JUICIO: Nro. 11203-2021-00272 JUEZ: Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca EXTRACTO DEMANDA.- “Loja, martes 9 de febrero del 2021, las 14h36, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede y la documentación adjunta.- En lo principal, una vez cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento de la señora MARÍA ASUNCIÓN JAPÓN SACA conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- 1.1. Con el solicitante Abg. DIEGO VINICIO PALADINES COSTA en calidad de Procurador Judicial de los señores BYRON GEOVANNY CRUZ JAPÓN, SILVIA PATRICIA CRUZ JAPÓN, EDWIN ANTONIO CRUZ JAPÓN por lo que comparecen en calidad de hijos y por lo tanto herederos de la causante. 1.2. Con el demandado señor MARCO ANTONIO CRUZ PATIÑO por así haberlo solicitado en calidad de cónyuge de la causante, a quién se lo citará en la dirección del domicilio señalado en la solicitud. 1.3. Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, funcionario que deberá ser citado en su respectivo despacho. Para su cumplimiento, pase el proceso a la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial, al demandado y funcionario indicado, con el contenido de la solicitud, documentación adjunta, escrito aclaratorio y el presente auto, se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020, que en su parte pertinente dice: “Art. 4 (…) 4.1.- Una vez calificada la demanda, acto pre procesal o diligencia previa y ejecutoriado el auto respectivo, la o el actora adjuntará tres ejemplares de la misma para la elaboración de las boletas de citación. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar ejemplares de la demanda por cada persona demandada. Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación adjunto al “formulario de entrega de copias para citación”. Dicha entrega quedará registrada en el sistema SATJE con una razón sentada por parte de la o el secretario a cargo del proceso en la cual se especificará la fecha de recepción de las copias para citación en un término máximo de un (1) día después de recibido el formulario (…) 4.2.- Sentada la razón de recibidas las copias de citación por parte de la o el secretario a cargo del proceso judicial, las y los ayudantes judiciales,

en el término de dos días elaborarán las boletas de citación…”. 1.4. Cítese a los herederos desconocidos de la causante MARÍA ASUNCIÓN JAPÓN SACA, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado.- NOTIFIQUESE.- f) DR. Pablo Vinicio Muñoz Abarca DRA. NUVIA CORALIA FLORES RUIZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F4889 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio Ejecutivo a la señora ANA LUISA CHACHA GORDILLO cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO MANUEL ESTEBAN GODOY. DEMANDADOS: VIVIANA KRUSKAYA ALDEAN JARAMILLO, Y OTROS JUICIO: N°11333-2020-01194. CUANTÍA: DETERMINADA. JUEZA: DRA. SARITA AZUCENA OCHOA TAMAY. ASUNTO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN. TRÁMITE: PROCEDIMIENTO EJECUTIVO CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, viernes 14 de agosto del 2020, las 11h59, VISTOS: Avoco conocimiento del presente proceso, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada de lo Civil de Loja, en virtud de la Acción de personal Nro. 0995-DP11-2020-FA, de fecha 13 de Agosto de 2020, en remplazo de la Dra. Sarita Ochoa Tamay. En lo principal la demanda que antecede presentada por la Cooperativa de Ahorro y Crédito Vicentina Manuel Esteban Godoy Ortega Ltda., es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el pagaré a la orden que adjunta a fs. 1, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contienen una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. En aplicación del artículo 351 numeral quinto del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que los demandados Sres. MÁXIMO ERNESTO JARAMILLO TORRES, VIVIANA KRUSCAYA ALDEAN JARAMILLO, ANA LUISA CHACHA GORDILLO Y JESSICA KATHERINE JARAMILLO NARVÁEZ en su calidad de deudores, cumplan con la obligación demandada o propongan excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia misma que no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del cuerpo legal indicado. Para la citación a los demandados se depreca virtualmente a uno de los señores Jueces de la unidad Judicial Multicompetente Civil del cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe, autoridad a la que se remite suficiente despacho y se ofrece reciprocidad en casos similares. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Notifíquese. OTRA PROVIDENCIA.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, jueves 14 de enero del 2021, las 11h55, VISTOS:

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Toda vez que el Dr. Jamil Hurtado Reyes, en calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Manuel Esteban Godoy” Ltda., ha declarado bajo juramento haber efectuado todas las diligencias necesarias, como acudir a los registros de público acceso, así como haber declarado la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia de los demandados VIVIANA KRUSCAYA ALDEAN JARAMILLO y ANA LUISA CHACHA GORDILLO: Se dispone citar por la prensa a la señora: ANA LUISA CHACHA GORDILLO, conforme a lo establecido en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Para el cumplimiento de lo dispuesto, confiérase a través del actuario del despacho el extracto respectivo; y, b) En base al Art. 56 inciso tercero del Código Orgánico General de Procesos y por cuanto mediante certificación emitida por la Coordinación Zonal 7 Machala se ha justificado que el señor VIVIANA KRUSCAYA ALDEAN JARAMILLO con cédula Nro. 1900457910 se encuentra con registro consular del Ecuador en Nueva York (fs. 31), se dispone que el mismo sea citada mediante la fijación de carteles, los mismos que serán fijados en el Consulado Ecuatoriano en Nueva York Estados Unidos. Para efectuar la presente citación, se dispone enviar el EXHORTO correspondiente. De conformidad con lo previsto en el Art. 13, literal c del Art. 65 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior, en concordancia con el Art. 2 de la Convención Interamericana Sobre Exhortos o Cartas Rogatorias, de la que forma parte la República del Ecuador; remítase atento oficio a la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia, para que se envíe el presente exhorto al señor Cónsul del Ecuador en España (Madrid), a fin de que se cumpla con la diligencia encomendada, envíese despacho suficiente.- La parte interesada prestará las facilidades para la obtención de las copias respectivas.- Hágase saber.- Particular que comunico para los fines de ley. Loja, 22 de febrero del 2021. Atentamente,

ros desconocidos y presuntos del extinto Cristóbal de Jesús Granda Córdova, que se manda citarlos por la prensa local, en la forma prevista en los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos; caso de no estarse editando ejemplares en físico de este medio de comunicación, en su lugar, se lo hará por mensajes radiales que se trasmitirán en la forma reglada en el Art. 56, ordinal 2 del mismo cuerpo normativo; debiendo el señor Secretario conferir el extracto pertinente; y, C). Con el señor Procurador Tributario de Loja, a quien se lo citará en su Despacho. A todos los interesados se los conmina a señalar casillero judicial en esta ciudad, y correo electrónico, para efecto de ulteriores notificaciones; previniéndoles que se resolverá en rebeldía de quienes no comparecieren a juicio; los mismos que deberán contestar en la forma reglada en el Art. 151 del COGEP.- Téngase en cuenta la prueba anunciada en la demanda, sobre cuya admisibilidad relacionada con pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la audiencia única a convocarse en el curso ulterior del procedimiento.Para la citación a realizarse en esta localidad cantonal, se dispone que la parte actora, dentro del término de tres días, proporcione al Gestor de Archivo, las copias pertinentes, en la forma reglada en el Art. 4 de la Resolución 622020 del Consejo de la Judicatura. De su parte, el señor Secretario y Ayudante Judicial, cumplirán con las obligaciones que consta de la misma disposición; y, luego, pase el expediente a la Oficina de Citaciones y Notificaciones.- Agréguese al expediente los documentos aparejados a la demanda; y, escrito complementario. Téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial y correo electrónico señalados por los demandantes, más la autorización que le conceden a su patrocinadora.- NOTIFÍQUESE. Loja, 18 de febrero de 2021

Dra. Nuvia Piedad Apolo Pinza SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F4895

Ab. Jaime Riofrio Tacuri SECRETARIO P/F4900

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales del juicio de Inventario de Bienes Sucesorios 11203-202100385, a los herederos desconocidos y presuntos del causante señor Cristóbal de Jesús Granda Córdova que en extracto es como sigue: ACTORES: Teresa Livia Granda Córdova, Elida De Jesus Granda Córdova, Carmita Granda Córdova, y Florina de Jesús Granda Córdova DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del causante señor Cristóbal de Jesús Granda Córdova OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de bienes sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00385 JUEZ: Dr. Víctor Alberto Burneo Herrera UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA.Loja, miércoles 17 de febrero del 2021, las 08h12, VISTOS: Por cumplido en tiempo oportuno con lo dispuesto en providencia del 05 de febrero de 2021; una vez examinada, y por considerar que si reúne con los requisitos legales generales, y especiales aplicables al caso, como tal se la califica la demanda de inventario propuesta por: TERESA LIVIA GRANDA CORDOVA, ELIDA DE JESUS GRANDA CORDOVA, CARMITA GRANDA CORDOVA Y FLORINA DE JESUS GRANDA CORDOVA, por lo que se la acepta al procedimiento voluntario que le corresponde, conforme a lo previsto en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En consecuencia, se declara abierta la sucesión intestada de quien en vida fuera Cristóbal de Jesús Granda Córdova, fallecido en la parroquia Sucre, cantón y provincia de Loja, el 16 de diciembre de 2020. Por tanto, procédase al inventario y avalúo de sus bienes, conforme a ley.- Cuéntese en este procedimiento con las siguientes personas: A) Con los comparecientes, en calidad de hermanos del causante; los mismos que constituyen procurador común en la persona de Teresa Livia Granda Córdova; y, B) Con los herede-

CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante: MARCO BOLIVAR ZHINGRE GONZALEZ, que en extracto es como sigue: ACTOR: DR. CARLOS ALFONSO CANGO EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE LOS SEÑORES EDI GEOVANNY ZHINGRE SÁNCHEZ, WALTER VINICIO ZHINGRE SÁNCHEZ, MARCO ANTONIO ZHINGRE SÁNCHEZ, MANUEL SERVILIO ZHINGRE SÁNCHEZ Y CARLOS EDUARDO ZHINGRE SÁNCHEZ DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del causante: MARCO BOLIVAR ZHINGRE GONZALEZ. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2021-00501 JUEZ: DR. PABLO VINICIO MUÑOZ ABARCA EXTRACTO DEMANDA.- Loja, martes 23 de febrero del 2021, las 12h17, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, Provincia de Loja, conforme a la resolución Nro. 157-2012 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 8 de noviembre del 2012, resolución Nro. 050-2013, de 30 de mayo del 2013 aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, y acción de personal Nro. 3186-DP11-2016-FA de fecha 20 de septiembre de 2016. Se llama a intervenir al Dr. Carlos Patricio Sotomayor Gálvez en calidad de Secretario encargado, según Acción de personal No. 306-DP11-2021RR, de fecha 18 de febrero del 2021.- En lo principal, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento del señor MARCO BOLÍVAR ZHINGRE GONZÁLEZ conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjun-

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ta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- 1.1. Con el solicitante Dr. CARLOS ALFONSO CANGO en calidad de Procurador Judicial de los señores EDI GEOVANNY ZHINGRE SÁNCHEZ, WALTER VINICIO ZHINGRE SÁNCHEZ, MARCO ANTONIO ZHINGRE SÁNCHEZ, MANUEL SERVILIO ZHINGRE SÁNCHEZ Y CARLOS EDUARDO ZHINGRE SÁNCHEZ por lo que comparecen en calidad de hijos y por lo tanto herederos del causante. 1.2. Con la demandada señora ROSA MARÍA SÁNCHEZ BERMEO por así haberlo solicitado en calidad de cónyuge del causante, a quién se lo citará en la dirección del domicilio señalado en la solicitud. 1.3. Con los señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del cantón Loja, y con el señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja por así haberlo solicitado, funcionarios que deberán ser citados en sus respectivos despachos. Para su cumplimiento, pase el proceso a la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial, al demandado y funcionarios indicados, con el contenido de la solicitud, documentación adjunta y el presente auto, se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020, que en su parte pertinente dice: “Art. 4 (…) 4.1.- Una vez calificada la demanda, acto pre procesal o diligencia previa y ejecutoriado el auto respectivo, la o el actora adjuntará tres ejemplares de la misma para la elaboración de las boletas de citación. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar ejemplares de la demanda por cada persona demandada. Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación adjunto al “formulario de entrega de copias para citación”. Dicha entrega quedará registrada en el sistema SATJE con una razón sentada por parte de la o el secretario a cargo del proceso en la cual se especificará la fecha de recepción de las copias para citación en un término máximo de un (1) día después de recibido el formulario (…) 4.2.- Sentada la razón de recibidas las copias de citación por parte de la o el secretario a cargo del proceso judicial, las y los ayudantes judiciales, en el término de dos días elaborarán las boletas de citación…”. 1.4. Cítese a los herederos desconocidos del causante MARCO BOLÍVAR ZHINGRE GONZÁLEZ, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado. Agréguese a los autos la documentación adjunta.- NOTIFIQUESE.- Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja. – Loja, 25 de febrero del 2021 Abg. Carlos Patricio Sotomayor Gálvez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F4892


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Judiciales

NOTARIA PRIMERA DEL CANTÓN CATAMAYO LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL AVISO NOTARIAL De conformidad en lo dispuesto en el numeral veintitrés (23) del Articulo dieciocho (18) de la Ley Notarial, se hace conocer al público en general, y de manera especial a quien tenga interés, que se va a proceder a la inscripción de la liquidación de la sociedad conyugal, habida entre los Cónyuges MARIA FERNANDA ALEJANDRO SANTORUM Y BYRON FABRICIO MATAMOROS MATAMOROS, convenio celebrado mediante escritura pública, otorgada en la Notaria Primera del cantón Catamayo, con protocolo número 2020-1103000-P00863, el día jueves treinta de julio del año dos mil veinte, y que recae sobre lo siguiente: 1) 1.- Un lote de terreno urbano con casa de habitación signado con el número CERO UNO del plano de subdivisión, de la manzana “VEINTICUATRO”, ubicado en la Avenida Catamayo y Alonso de Mercadillo esquina, de la parroquia y cantón Catamayo, provincia de Loja, cuyos linderos y dimensiones según escritura pública son los siguientes: POR EL NORTE: Con la calle Alonso de Mercadillo, en la longitud de doce metros treinta y cinco centimetros (12,35m); POR EL SUR: Con el lote número TREINTA, en la longitud de quince metros cuarenta centímetros (15,40m); POR EL ESTE: Con la Avenida Catamayo, en la extensión de doce metros treinta centímetros (12.30m); y, POR EL OESTE: Con el lote número VEINTISIETE, en la longitud de once metros con cero cinco centímetros (11,05m). Dando un área total de CIENTO SESENTA Y SEIS METROS CON DIECISIETE CENTIMETROS CUADRADOS (166,17m2). Los interesados podrán oponerse en el término de veinte días, contados desde esta publicación.Catamayo, 01 de marzo del 2021. Dr. Carlos Vicente Sarzosa Monroy Notario Primero del Cantón Catamayo P/F4903 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN EL PANGUI CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el contenido del escrito de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del extinto señor: (+) HUMBERTO OSWALDO RAMON GODOY Y BLANCA ELINA MONTAÑO RAMON. OBJETO DE LA DEMANDA : INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS TRÁMITE : VOLUNTARIO ACTOR : RAMON MONTAÑO CLAUDIO ROLANDO DEMANDADO : RAMON MONTAÑO DARWIN PATRICIO, RAMON MONTAÑO KARINA DEL CARMEN y VELEZ MONTAÑO LISBETH MORELIA. CUANTÍA : INDETERMINADA NRO. DEL JUICIO : 19333-2021-00012 JUEZ : AB. ANA BELEN SOLANO SANCHEZ AUTO : UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE EL PANGUI. El Pangui, lunes 18 de enero del 2021, las 17h21, VISTOS.- Luego de haber dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior. La demanda para la FORMACION DE INVENTARIO Y AVALUO DE BIENES SUCESORIOS de quien se llamaba: HUMBERTO OSWALDO RAMON GODOY Y BLANCA ELINA MONTAÑO RAMON, que presenta RAMON MONTAÑO CLAUDIO ROLANDO conforme al Art. 142,143 Y 146 del Código Orgánico General de Procesos, al considerarse clara y completa se acepta a TRÁMITE VOLUNTARIO conforme el artículo 334.4 Y 341 y siguientes del COGEP. En cuenta la Cuantía. Cítese a los herederos conocidos: Cítese a RAMON MONTAÑO DARWIN PATRICIO, RAMON MONTAÑO KARINA DEL CARMEN y VELEZ MONTAÑO LISBETH MORELIA mediante el departamento de citaciones de este Cantón El Pangui en las direcciones señaladas en la demanda, adjuntando la documentación respectiva. Debiendo la parte interesada brindar las facilidades respectivas Cítese a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes: HUMBERTO OSWALDO RAMON GODOY Y BLANCA ELINA MONTAÑO RAMON, conforme lo dispone el numeral 1 del art. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, mediante tres publicaciones diferentes en un diario de amplia circulación en esta Ciudad. Citados todos los demandados conforme a ley y trascurridos los términos legales, se designará mediante sorteo legal al perito, para que realice la formación del inventario y avalúo de los bienes, quien cumplirá lo dispuesto en el Art. 342 y Art. 345 del COGEP y se procederá a convocar a las partes a LA AUDIENCIA. Se hará conocer a los demandados que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 346 ibídem podrán oponerse al inventario, hasta antes de la audiencia dentro del término judicial que se otorgará, misma que cumplirá los requisitos de la contestación que deberá ser fundamentada, anunciarán y acompañarán las pruebas que pretendan hacer valer a su favor y se procederá conforme a ley. En atención a lo dispuesto en el Art. 146 inciso quinto del COGEP se dispone PREVIA a la citación de los demandados la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad de este Cantón, debiendo el Registrador tener

.com.ec en consideración el contenido del Art. 71 del COGEP y 282 del COIP, se lo hará por intermedio de la Oficina de Citaciones y Notificaciones de la Unidad Judicial. Notifíquese y cuéntese con el señor Alcalde y Procurador síndico de El Pangui, el señor Registrador de la Propiedad de este cantón, con la Subsecretaría de Tierras y reforma agraria y con la Dirección Provincial del Servicio de Rentas Internas de Zamora Chinchipe, para estos dos últimos remítase deprecatorio virtual dirigido a uno de los jueves Civiles del cantón Zamora Chinchipe quienes cumplirán con la notificación correspondiente. Téngase en cuenta la prueba que adjunta y anuncia a la misma, se agrega al expediente, y será analizará en el momento procesal oportuno. NOTIFÍQUESE.- Particular que pongo en conocimiento para los fines de Ley.El Pangui, 23 de febrero de 2021 Dr. Bernardo Alejandro Hurtado Flores SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN DE EL PANGUI P/F4904 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos y del causante GLORIA TERESA ARMAS HEREDIA que en extracto es como sigue: ACTOR: VALENCIA ARMAS CARLOS ALBERTO Y otros. DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del causante GLORIA TERESA ARMAS HEREDIA. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00507 JUEZ: Dr. Luis Patricio Jaramillo Reyes “…Loja, miércoles 24 de febrero del 2021, las 10h35, VISTOS: En lo principal, una vez que se da cumplimiento a la última providencia, la solicitud de inventario de bienes sucesorios presentada por: CARLOS VALENCIA RAMÓN; CARLOS ALBERTO VALENCIA ARMAS; GLADYS ISABEL VALENCIA ARMAS; GLORIA TERESA VALENCIA ARMAS; CARMEN DEL ROCIO VALENCIA ARMAS; y, abogada CLAUDIA PATRICIA ACHUPALLAS ESPAÑA en calidad de procuradora judicial de los herederos JORGE MARCELO VALENCIA ARMAS; WILMAN RODRIGO VALENCIA ARMAS y NARCISA ELIZABETH VALENCIA ARMAS, la misma es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la solicitud y se admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP, por lo que se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Por el fallecimiento de la señora Gloria Teresa Armas Heredia, conforme consta de la partida de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de sus bienes sucesorios, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección de un perito que será designado oportunamente por esta Unidad Judicial. SEGUNDO.- 2.1.- Cuéntese en éste proceso con los comparecientes: CARLOS VALENCIA RAMÓN; CARLOS ALBERTO VALENCIA ARMAS; GLADYS ISABEL VALENCIA ARMAS; GLORIA TERESA VALENCIA ARMAS; CARMEN DEL ROCIO VALENCIA ARMAS; JORGE MARCELO VALENCIA ARMAS; WILMAN RODRIGO VALENCIA ARMAS y NARCISA ELIZABETH VALENCIA ARMAS. 2.2.- Con los herederos presuntos y desconocidos de la causante señora GLORIA TERESA ARMAS HEREDIA, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicación, esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58, en concordancia a lo señalado en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Los accionados de conformidad a la ley, podrán oponerse al procedimiento hasta antes de convocarse a la audiencia correspondiente. TERCERO.- 3.1.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya producción y pertinencia se resolverá en audiencia. CUARTO.- En cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que conceden los peticionarios a su defensora técnica.- QUINTO.- Téngase en cuenta la designación en calidad de procuradora común a la señorita GLORIA TERESA VALENCIA ARMAS, conforme el Art 37 del COGEP.- Agréguese a los autos la documentación adjunta.- NOTIFÍQUESE.-…”.-Firma Ilegible.DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley.- Loja, 26 de febrero del 2021. Abg. Walter Antonio Samaniego Arévalo SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4907 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA

Publicidad CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a JOSE DANIEL CHAMBA CUENCA, que en extracto es como sigue: ACTORA: Maria Cristina Coronel Calva. DEMANDADO: Jose Daniel Chamba Cuenca OBJETO DE LA DEMANDA: Alimentos con presunción de Paternidad. TRÁMITE: Sumario JUICIO: Nro. 11203-2019-03906 JUEZ: Doctor .Valarezo Tandazo Crosbyn Saúl. EXTRACTO DEMANDA.- Loja, jueves 19 de diciembre del 2019, las 09h13, VISTOS: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, en mérito del sorteo de ley y por radicada la competencia AVOCO conocimiento de la demanda de DECLARATORIA DE PATERNIDAD Y FIJACION DE PENSION ALIMENTICIA, presentada por la señora MARIA CRISTINA CORONEL CALVA, en contra del señor JOSE DANIEL CHAMBA CUENCA, por cumplir con los requisitos de ley, se la acepta a trámite en procedimiento SUMARIO, conforme lo determinan los Arts. 332.3 y 333 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud, se dispone lo siguiente: UNO: Cítese al demandado JOSE DANIEL CHAMBA CUENCA, con la copia de la demanda (formulario), información adicional o anexo, documentos presentados y el presente auto en el lugar indicado en el formulario, anexo, croquis e imágenes que se adjuntan; diligencia que la cumplirá la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. En lo demás, se advierte al accionado la obligación de determinar donde recibirá las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de diez días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el numeral 3 del Art. 333 ibídem, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellos únicamente en los casos que se requiera el auxilio del órgano jurisdiccional. Bajo prevención de proseguir en rebeldía por su falta de comparecencia. DOS: De conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del Art. Innumerado 9 de la Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia; inciso quinto del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, en armonía con el Art. 9 del acuerdo Ministerial No. 067-2019, expedido por la Ministra de Inclusión Económica y Social que contiene la Tabla de Pensiones Alimenticias mínimas para el año 2019 ( ver. R.O. 445 13-III2019), se fija como pensión provisional mensual de alimentos la cantidad de CIENTO DIECISEIS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 19/100 (USD $ 116.19 ), que el accionado debe pagar en beneficio de la niña BRITANY MILAGROS CORONEL CALVA, a partir de la presentación de la demanda ( 18 de diciembre del 2019 fs. 10 ), más los beneficios adicionales de Ley, por mensualidades anticipadas, dentro de los cinco primeros días de cada mes. La cuenta de fs. 5, proporcionada por la demandante la oficina de pagaduría la vincule asignándole el código SUPA. Se debe aclarar que a través de este código el accionado está obligado a pagar las prestaciones alimenticias. TRES: Tómese en cuenta todos los medios de prueba que anuncia la actora tanto en el formulario como en el anexo. Se admitirá y calificará las mismas en la Audiencia respectiva dada la naturaleza del procedimiento y, conforme el Art. 160 del COGEP. Para el efecto considerando el documento de fs. 6, ofíciese como lo pide en el literal d.- del anexo (ver fs. 7vlta). A la Autoridad requerida se le concede el término de tres días de recibido el oficio para que lo conteste; recordándole la obligación de proveerlo de conformidad a lo dispuesto en el Art. 30 del Código Orgánico de la Función Judicial y Art. 71 del Código Orgánico General de Procesos. Finalmente con fundamento en el inciso segundo del Art. Innumerado 9 de la Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia, se ordena el examen comparativo de los patrones de bandas o secuencias de ácido desoxirribonucleico (ADN), diligencia que se señalará tan pronto se encuentre citado el accionado. El perito será nombrado oportunamente y está obligado a comparecer a la audiencia única a sustentar su informe. Medios de prueba que bajo el principio contradictorio se los pone a conocimiento del demandado. CUATRO: Al tenor del Art. innumerado 25 de la Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia, se decreta la prohibición de ausentarse del territorio nacional del accionado JOSE DANIEL CHAMBA CUENCA, con cédula de ciudadanía Nro. 1900210921, para lo cual ofíciese al Señor Coordinador del Servicio de Apoyo Migratorio de Loja. CINCO: Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y direcciones de correo electrónico señalados por la actora y la autorización que les concede a su defensor técnico. Agréguese a los autos la documentación presentada. Por último actúe en calidad de Secretario del despacho el Dr. Nivardo Ortiz Vásquez. Hágase saber.-OTRA PROVIDENCIA.Loja, martes 8 de diciembre del 2020, las 15h34, Una vez que la parte actora bajo juramento ha declarado de que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado señor JOSE DANIEL CHAMBA CUENCA, se dispone citarlo por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación existente en esta ciudad, con fundamento en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo.- Se llama a intervenir al Abg. Alberto Xavier Yaguana Soto, en calidad de Secretario encargado del despacho,

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mediante acción de personal Nro. 1567-DP112020-RR, de fecha 30 de noviembre del 2020.NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley. Loja, 09 de Diciembre del 2020

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Libretas

Abg. Alberto Xavier Yaguana Soto SECRETARIO ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4908 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales a los herederos desconocidos de los causantes RICARDO DE JESUS GONZALEZ ORDOÑEZ Y MARÍA EDELMIRA ORDOÑEZ MONTAÑO, así como también del heredero y extinto JORGE HUGO GONZALEZ ORDOÑEZ, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: Con los solicitantes RUTH CLEMENCIA GONZALEZ ORDOÑEZ; INES EDITH GONZALEZ ORDOÑEZ; MARIA BEATRIZ GONZALEZ ORDOÑEZ, JOSEFINA PIEDAD GONZALEZ ORDOÑEZ; ENMA GUADALUPE GONZALEZ ORDOÑEZ, ERNESTO RAUL GONZALEZ ORDOÑEZ ,Y, ROGERIO GUILLERMO GONZALEZ ORDOÑEZ, en calidad de hijos de los causantes; ARMENGOL MARTIN GONZALEZ CALDERON; LUCIO BENANCIO GONZALEZ CALDERON; MARTHA ENIDT GONZALEZ CALDERON; EDITA TATIANA GONZALEZ CALDERON; JUAN IVAN GONZALEZ CALDERON; JOSE DARWIN GONZALEZ CALDERON,Y, HERMEL RUPERTO GONZALEZ CALDERON, en calidad de hijos del extinto y heredero JORGE HUGO GONZALEZ ORDOÑEZ (+ fs. 32 ) y por lo tanto nietos de los causantes. DEMANDADOS: Herederos desconocidos de los causantes RICARDO DE JESUS GONZALEZ ORDOÑEZ Y MARÍA EDELMIRA ORDOÑEZ MONTAÑO, así como también del heredero y extinto JORGE HUGO GONZALEZ ORDOÑEZ OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario y avalúo TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2020-00568 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo “… UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA...” Loja, martes 18 de febrero del 2020, las 14h05, VISTOS: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, en mérito del sorteo de ley y por radicada la competencia AVOCO conocimiento de la solicitud que antecede y como la misma cumple con los requisitos de ley, se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el fallecimiento de los señores RICARDO DE JESUS GONZALEZ ORDOÑEZ Y MARÍA EDELMIRA ORDOÑEZ MONTAÑO, conforme se justifica con los certificados de su defunción ( fs. 30 y 31 ), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: UNO: 1.1- Con los solicitantes RUTH CLEMENCIA GONZALEZ ORDOÑEZ; INES EDITH GONZALEZ ORDOÑEZ; MARIA BEATRIZ GONZALEZ ORDOÑEZ, JOSEFINA PIEDAD GONZALEZ ORDOÑEZ; ENMA GUADALUPE GONZALEZ ORDOÑEZ, ERNESTO RAUL GONZALEZ ORDOÑEZ ,Y, ROGERIO GUILLERMO GONZALEZ ORDOÑEZ, en calidad de hijos de los causantes; ARMENGOL MARTIN GONZALEZ CALDERON; LUCIO BENANCIO GONZALEZ CALDERON; MARTHA ENIDT GONZALEZ CALDERON; EDITA TATIANA GONZALEZ CALDERON; JUAN IVAN GONZALEZ CALDERON; JOSE DARWIN GONZALEZ CALDERON ,Y, HERMEL RUPERTO GONZALEZ CALDERON, en calidad de hijos del extinto y heredero JORGE HUGO GONZALEZ ORDOÑEZ (+ fs. 32 ) y por lo tanto nietos de los causantes. 1.2.- Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja; funcionario que deberá ser citado en su respectivo despacho, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. 1.3.- Con los herederos desconocidos de los causantes RICARDO DE JESUS GONZALEZ ORDOÑEZ Y MARÍA EDELMIRA ORDOÑEZ MONTAÑO, así como también del heredero y extinto JORGE HUGO GONZALEZ ORDOÑEZ, a quienes ordeno citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se les recuerda la obligación de

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO VICENTINA “MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA” LTDA., COOPMEGO AVISO DE ANULACIÓN DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO Se comunica al público en general que se procederá a anular el certificado de depósito Nro.161POL00122456, por lo que se permite notificar a la (s) persona (s) que considere (n) tener derecho sobre dicho certificado de depósito, para que presente (n) a la Cooperativa su reclamo en el plazo de ocho días calendario, contados a partir de la publicación de este aviso, vencido el cual, quedará anulado sin responsabilidad alguna para esta Entidad Financiera. Loja, 2 de marzo 2021 FIRMA AUTORIZADA P/F4906

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO VICENTINA “MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA” LTDA., COOPMEGO AVISO DE ANULACIÓN DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO Se comunica al público en general que se procederá a anular el certificado de depósito Nro.011POL01778913, por lo que se permite notificar a la (s) persona (s) que considere (n) tener derecho sobre dicho certificado de depósito, para que presente (n) a la Cooperativa su reclamo en el plazo de ocho días calendario, contados a partir de la publicación de este aviso, vencido el cual, quedará anulado sin responsabilidad alguna para esta Entidad Financiera. Loja, 1 de marzo 2021 FIRMA AUTORIZADA P/F4906 determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. DOS: En cuenta los medios de prueba que anuncian los solicitantes su práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. Agréguese a los autos la documentación presentada, y, en lo demás, en cuenta también la cuantía, casillero judicial y direcciones de correo electrónicos señalados y la autorización que le conceden a su defensor técnico. No obstante, acogiendo su pedido y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra en calidad de Procuradora Común de los accionantes a la señora RUTH CLEMENCIA GONZALEZ ORDOÑEZ, con quién se contará en el proceso. Finalmente actúe en calidad de secretario del despacho el Dr. Nivardo Ortiz Vásquez. Hágase saber…”. Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 26 de octubre del 2020. Dr. Nivardo Ortiz Vásquez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4909


Justicia

MIÉRCOLES 3 DE MARZO DE 2021

I

Daños materiales en siniestros de tránsito •• En la vía de integración barrial.

•• Percance suscitado en la avenida 8 de Diciembre frente a la terminal terrestre.

•• Accidente de la Olmedo y Miguel Riofrío.

Loja. En horas de la mañana del martes 2 de marzo en tres zonas de la ciudad de Loja se suscitaron siniestros de tránsito que dejaron daños materiales. No hubo heridos. Casos El primer percance se re-

gistró en la intersección de las calles Olmedo y Miguel Riofrío, en el que se vieron involucrados un vehículo Vitara Sz color plateado y un Hyundai Creta blanco. Los organismos de socorro señalaron que el accidente se produjo por el irrespeto al

dispositivo electrónico de señal luminosa (semáforo) por parte de uno de los vehículos. Mientras tanto, el segundo siniestro ocurrió en la avenida 8 de Diciembre, frente a la terminal terrestre “Reina del Cisne”. Los indicios señalaron que el automo-

tor marca Chevrolet color blanco salía de un pequeño parqueadero y el otro un Chevrolet tipo Sentra color verde bajaba por la parada de taxis cuando al intentar salir hacia la avenida se impactaron. Por otro lado, el vuelco de

un camión en la vía de integración barrial Ángel Felicísimo Rojas dejó daños materiales en el pesado automotor. En los tres sucesos, los agentes civiles de tránsito tomaron el respectivo procedimiento de ley.(I).(FJC).

Hombre no supo justificar procedencia de dinero que llevaba consigo

Motocicletas reportadas como robadas llegaron a Ecuador El Consulado del Ecuador en Tumbes repatrió 15 motocicletas con reporte de robo en el Ecuador y que fueron recuperadas en Perú. En Catamayo, personal de Policía Nacional, durante operaciones de control de armas, municiones y explosivos, localizó un ciudadano que transportaba gran cantidad de dinero y que no supo justificar su procedencia. El hombre y las evidencias se pusieron a órdenes de las autoridades.(I)

La Policía Nacional del Perú en Tumbes y la Municipalidad Provincial de Tumbes brindaron las facilidades para el traslado de las mismas. Los vehículos están ya en la Policía Judicial del Ecuador, en Huaquillas, para posterior ser entregadas a sus propietarios.


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