CRONICA 01 ABRIL 2021 11024

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Loja-Ecuador www.cronica.com.ec diariocronica @cronicaloja 0997262566 Edición Nº 11024

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Nueve cantones de

Loja extreman medidas

“Vaporizaciones en las oficinas de los abogados” (Pág. 2) (Pág. 2)

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la fecha siete cantones han regresado a semáforo rojo con sus respectivas restricciones, mientras tanto, el resto de jurisdicciones mediante reuniones permanentes del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Cantonales han decidido mantener extrictos controles.

COE Cantonal solicita decreto para estado de excepción en Loja A

CC autoriza estado de excepción focalizado (Pág. 11)

nte los alarmantes índices de contagio y fallecidos por la COVID-19 en Loja, el alcalde Jorge Bailón como Presidente del Comité de Operaciones de Emergencia del cantón, solicitó al Presidente de la República la emisión de un decreto para dictar el estado de excepción en esta jurisdicción, por un tiempo de 28 días.

(Pág. 7) (Pág. 15)

Oferta de negocio que puede ser una estafa piramidal (Pág. 15)

Dos nuevas variantes de COVID-19 presionan al sistema sanitario

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Hoy circula Placa PAR y 0


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Nueve cantones de Loja no deciden pasar a rojo, pero extreman medidas

•• Cantones lojanos extreman medidas por feriado y aumento de casos COVID.

A la fecha solo siete cantones han regresado a semáforo rojo con sus respectivas restricciones, mientras tanto el resto de jurisdicciones mediante reuniones permanentes del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Cantonales han decidido mantenerse, pero han emitido ciertas restricciones parecidas al ‘semáforo rojo’. Situación Kléver Sánchez Armijos, alcalde y presidente del COE de Olmedo, indicó que la pandemia en el cantón es preocupante, ya

que cada día los casos van sumándose, por ejemplo, hasta inicios de la semana tenían 13 casos confirmados activos y 43 en el cerco epidemiológico. Como autoridad del cantón está de acuerdo que se vuelva a semáforo rojo, porque la situación es alarmante en otros cantones aledaños y que podrían repercutir en Olmedo. A ello se suma que la vacunación para los grupos de atención prioritaria en esta jurisdicción hasta la fecha no ha llegado, solamente los médicos que trabajan en el

Centro de Salud de la localidad han sido inmunizados. Por su parte, Alfredo Suquilanda Valdivieso, presidente del COE Cantonal de Macará, indicó que la situación es compleja, ya que es el cantón más contaminado con más de 100 casos activos, debido a que llegan personas del norte y sur, es decir, vienen de otras ciudades con el objetivo de cruzar la frontera y los ciudadanos del Perú pasan a este territorio en busca de alimentos y medicinas. “Hemos emitido las normas restrictivas muy parecidas a

las del semáforo en rojo, pero las personas siguen incumpliéndolas”, dijo. En cambio, el presidente del COE de Sozoranga, Romeo Francisco Moreno, expresó que el cantón a la fecha no tiene casos activos, y solamente están a la espera de 2 pruebas PCR, lo cual les da un poco de tranquilidad; sin embargo, con esta información no nos confiamos y en base a la realidad de otros cantones se tomó las medidas necesarias. “Por el feriado se tomará las medidas respectivas ge-

neradas por el COE Nacional como la suspensión de todo tipo de eventos, prohibición de efectuar procesiones, no podrán vender licor desde las 18h00 hasta el siguiente día a las 06h00, entre otras, las cuales regirán hasta el 12 de abril”, destacó.(I).(FJC).

Dato •

Semáforo rojo: Loja, Zapotillo, Saraguro, Celica, Calvas, Espíndola; y alerta roja, Catamayo.

CAL realizará vaporizaciones en las oficinas de los abogados El virus ha provocado la muerte de varios abogados lojanos ante ello, las autoridades del Colegio de Abogados de Loja (CAL) realizarán vaporizaciones en las oficinas de los juristas. Además, en un mes empezará la capacitación para crear el Centro de Medicación del gremio. Trabajo Luis Silverio Palacios, presidente del CAL, mencionó que la tramitología todavía sigue un poco demorada por situaciones de la pandemia, pero se va normalizando con el pasar de los días, sin embargo, lo que

realmente los tiene preocupados es el fallecimiento de algunos juristas a causa de la enfermedad, por ejemplo, en la última semana se hizo 3 a 4 publicaciones de condolencias. “Nosotros tenemos mayor afectación porque nos toca relacionarnos con gente, quienes buscan nuestro patrocinio, pero no sabemos si ellos tienen o no el virus”. En ese sentido, está buscando la forma de realizar una buena acción, es decir, realizar una vaporización en los edificios de los abogados, para ello en estos momentos está efectuando las gestiones para adquirir

recursos y comprar los ingredientes los cuales son costosos. La actividad tendrá el apoyo del biólogo Ernesto Gallo. También realizará conversaciones con las autoridades del Consejo de la Judicatura y la Fiscalía para llevar a efecto esta actividad para el beneficio de las personas y sobre todo los abogados. Economía Acotó que la economía de los juristas, en especial de quienes se dedican al libre ejercicio está complicado, porque no hay recursos y la gente que busca sus servi-

cios no cuenta con los mismos, “pero por nuestro profesionalismo en la defensa de sus derechos de todas maneras les ayudamos”. En vista a lo complicado de la economía, se está realizando los trámites para crear el Centro de Medicación del Colegio de Abogados, con el cual ayudará tanto a los profesionales del derecho y la entidad. “Esperamos iniciar en aproximadamente un mes con la capacitación y formación de los nuevos mediadores”, dijo. Añadió que la tecnología ha sido un aliado de los juristas, porque muchas de las veces no pueden viajar

•• Luis Silverio Palacios, presidente del Colegio de Abogados de Loja.

a otros lugares por situaciones del trabajo y fácilmente las diligencias judiciales las pueden realizar desde su casa a través de un computador. “En lo personal me ha facilitado realizar mis labores, ya que también tengo una oficina en la ciudad de Machala”.(I).(FJC).


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La alimentación sana es la base de una salud La Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL) viene ofertando la carrera de Ingeniería de Alimentos, una profesión que asegura la alimentación saludable y sustentable, más aún en estos actuales momentos de pandemia donde existe una limitada movilidad. A decir, de Juan Ignacio Burneo, docente de la carrera de Alimentos, esta profesión brinda la oportunidad de contribuir al desarrollo industrial en el ámbito de la ciencia y tecnología de los alimentos, mejorar la seguridad

alimentaria, crear nuevos emprendimientos y generar fuentes de trabajo. “La pandemia nos ha dejado claro la importancia de los alimentos, en especial de los procesados por la seguridad que brindan al consumidor, por ejemplo, los enlatados, el producto comestible no está expuesto a la contaminación como otros”, dijo. Sin embargo, el aprendizaje y la forma de enseñanza a los jóvenes fue trastocada por la llegada de la enfermedad, pero la universidad se ha ido adaptando con la tecnología, siendo

una fortaleza las plataformas para llegar a los futuros profesionales. “El tema de investigación y práctica que es necesario, lo han suplido con nuevas alternativas como los simuladores para que los estudiantes puedan desarrollar sus trabajos desde sus casas, para ello, cada uno de los docentes tiene una interacción diaria con el objetivo de que no haya vacíos en los mismos.”, añadió. Alimentación Burneo mencionó que, en estos momentos de pan-

demia, las personas deben balancear su nutrición, por ende, la alimentación en general también debe tener un equilibrio para no tener problemas de salud. Por ejemplo, evitar demasiado azúcar, alimentos grasos o carbohidratos esto en vista que en los actuales momentos se tiene una movilidad limitada. Acotó que ningún alimento alcalino o ácido va impedir contraer el coronavirus, aunque no es un médico, pero por su experiencia recomienda limitar los productos que oxiden las células y con el tiempo generen

•• Juan Ignacio Burneo, docente de la carrera de Ingeniería en Alimentos.

Dato •

La carrera tiene una duración de 4 años y medio.

afectaciones en las personas. La alimentación sana es la base de una buena salud.(I).(FJC).

Ciclistas piden apertura de parques con el cierre de ciertos lugares El activista del ciclismo lojano, Rodrigo Muñoz León, solicita a las autoridades del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Cantonal la apertura de los parques temáticos, pero con el cierre de canchas y lugares en donde haya contacto directo entre personas. Circunstancias El cantón Loja, el lunes 29 de marzo, cambió a semáforo rojo con sus propias restricciones, entre ellas cerrar todos los parques de la ciudad, ya que en su mayoría cuentan con canchas de vóley, tenis, fútbol y más. Muñoz León dijo que “cuando estuvimos en los meses del semáforo rojo (2020) todas las familias pasaron en confinamiento y los parques casi todos eran visitados; pero cuando se abrieron y cambiaron de color, poco a poco comenzaron a llegar las familias de una manera ordenada de lunes a viernes, aunque los fines de semana (sábado y domingo) no tanto, pero había un espacio para distraerse y respirar aire puro”.

•• Ciclistas dicen sentirse perjudicados por el cierre de parques.

“Considero que los parques temáticos, son los únicos sitios donde la ciudadanía puede salir sin contagiarse y con ello se evita el estrés y depresión por estar en el casco céntrico de la ciudad, por ende, pido a las autoridades revertir la resolución

de cerrar estos espacios, claro con las limitantes del caso”, dijo. Acotó que el parque tiene canchas y áreas para jugar, los cuales deben ser cerrados, pero deberían dejar abierto los corredores y senderos para la libre circu-

lación de las personas, ya que son los espacios que poseen árboles y un aire sin contaminación. “Deberían realizar estrictos controles en sitios de aglomeración como los mercados y supermercados en donde hay sobresaturación

de la gente”, destacó. A decir de, José Guachisaca, el problema no es tanto por la práctica deportiva que es saludable, lo cuestionable es la aglomeración y muchos de ellos sin mascarilla o por debajo de la boca.(I).(FJC).


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Asamblea Nacional

Comisión aprueba informe de reformas a Ley de Emprendimiento e Innovación La Comisión de Desarrollo Económico aprobó, con 13 votos afirmativos, el informe para segundo debate del proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación para la Implementación Efectiva del Emprendimiento Juvenil. En ese marco, el titular de la Comisión, Esteban Albornoz, señaló que se han realizado ajustes en torno al articulado que norma las plataformas de fondos colaborativos, esto tras las observaciones realizadas por las autoridades de la Superintendencia de Bancos y Compañías. El legislador puntualizó que se plantea sustituir el contenido de los incisos segundo y tercero del artículo 33 de la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación. El nuevo texto indica que el registro de las plataformas de fondos colaborativos será público y estará bajo la regulación de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. El procedimiento de registro de estas plataformas de categoría de inversión en acciones, se sujetará a la normativa que emita la mencionada institución. Además, las plataformas de fondos colaborativos estarán bajo la vigilancia, supervisión y control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, en el ámbito de sus competencias. Así también, se sugiere incluir dos párrafos en la parte final del artículo 34 de la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación. En ellos se estipula que en el caso de que las plataformas de fondos colaborativos de categoría, Financiamiento Reembolsable, realicen actividades de intermediación financiera, requerirán previa su operación, autorización de la Superintendencia de Bancos. Por su parte la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros tendrá a cargo la vigilancia, supervisión y control de las plataformas

de fondos colaborativos de categoría, Donación, Recompensa y Precompra, de conformidad con la normativa que esta expida para el efecto. Los comisionados respaldaron los cambios propuestos sobre las normas que regulan los fondos colaborativos e indicaron que las observaciones incorporadas permitirán su regulación y control. Otros puntos del proyecto La normativa plantea, además, la creación de la Bolsa de Emprendimiento, que consiste en una plataforma que integra los proyectos de emprendimientos o planes de negocios que fueron presentados por los recientes profesionales como trabajos de titulación en las instituciones de educación general y superior que son calificados y aprobados por el Comité de Calificación y Acompañamiento. La creación de dicha Bolsa estará a cargo de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia Tecnología e Innovación. En otro punto, el proyecto contempla que las instituciones de Educación General y de Educación Superior establecerán como alternativa a los trabajos de titulación para determinadas carreras, la presentación de planes de negocios o proyectos de emprendimiento, los cuales deberán ser aprobados como requisito para el otorgamiento del respectivo título. En la norma se establece, también, que la preparación y titulación relacionadas con los planes de negocios y proyectos de emprendimiento responderán a los estándares mínimos establecidos por la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, en el marco del impulso al ecosistema de emprendimiento e innovación. Una vez que el informe fue aprobado se entregará a la Secretaría General para que sea conocido por el Pleno de la Asamblea.

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Plantas para agro reforestación en San Antonio de las Aradas Como medida de remediación de las áreas degradadas por el incendio que afectó a vastas extensiones del cantón Quilanga, la Prefectura desde el año anterior entrega plantas nativas y frutales en la parroquia San Antonio de las Aradas. Oswaldo Campoverde, director de Cuencas Hídricas de la Prefectura, señala que la entidad cuenta con un plan de reforestación en toda la provincia, específicamente en San Antonio de las Aradas, el año pasado se entregaron 6.000 plantas de café de calidad y 5.000 plantas forestales, las que fueron sembradas a través de mingas comunitarias. Adicionalmente, en lo que va de este año, se ha entregado 10.000 plantas de café Typica mejorado, para ello se trabaja de manera articulada con la Dirección de Desarrollo Productivo, quienes realizan las capa-

citaciones para la siembra y cuidado de cultivos. De igual manera, en coordinación con el Gobierno Parroquial, se entrega las plantas a las comunidades y agricultores seleccionados, luego se realiza el seguimiento a las planta y cultivos, logrando constatarse que hay un buen resultado luego de la siembra, facilitando el cuidado ambiental y mejoramiento de la caficultura. Kléver Cueva, presidente del Gobierno Parroquial de San Antonio de Las Ara-

das, manifiesta que este año se han entregado ya 10 mil plantas de café, “de nuestra parte y a nombre de los caficultores estamos muy agradecidos, de igual manera por la provisión de plantas forestales”. Se espera continuar trabajando en la reforestación, sobre todo en las partes altas, “nuestro compromiso es seguir trabajando por nuestros moradores, esperamos seguir contanto con el apoyo de la Prefectura, como siempre lo hemos hecho”, finalizó. P

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE SOCIEDAD AGRICOLA VIÑAVALLE S.A. De conformidad con lo establecido en el Estatuto Social de la empresa y en la Ley de Compañías se convoca a los Accionistas de la compañía “SOCIEDAD AGRICOLA VIÑAVALLE S.A.”, a la Junta General Ordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el día martes 13 de abril del 2021, a las 11h00, en las Oficinas de la Empresa, ubicada junto al Ingenio “Monterrey” de la Parroquia y Cantón Catamayo, con el objeto de conocer y resolver el siguiente Orden del Día: PRIMERO:

Informe del Gerente General, Comisario y Auditor Externo sobre los resultados del ejercicio económico 2020. SEGUNDO: Estados Financieros del ejercicio económico 2020 y el destino de las utilidades. TERCERO: Nombramiento del Comisario Principal y Suplente para el ejercicio económico 2021 y fijar su retribución. CUARTO: Nombramiento del Auditor Externo para el ejercicio económico 2021 y fijar su retribución. CINCO: Nombramiento de Presidente y Gerente SEIS: Autorización de venta de activos. SIETE: Análisis de la solicitud hecha por Dolores Eguiguren Vda. De Hidalgo. OCHO: Aprobación sobre la solicitud de donación de terreno a favor del Municipio de Catamayo. Se encuentran a disposición de los Accionistas los informes y estados financieros del ejercicio 2020, en las oficinas de la compañía. Se convoca de manera especial e individualmente, por este medio, al comisario de la Compañía CPA. Lily Jeannete Figueroa Carrasco, quien además ha sido convocada de forma escrita. Se recuerda a los señores accionistas que, la presente Junta General Ordinaria de Accionistas se la realizará vía plataforma virtual, por tal motivo solicitamos confirmar su asistencia a los siguientes correos electrónicos: valdiviesoc@malca.ec y jaraj@malca.ec . En caso de no poder asistir a la junta, tienen el derecho de remitir carta poder conforme lo establece el Art. 231 de la Ley de Compañías. Catamayo, 01 de abril del 2021.

Ing. Carlos Valdivieso Eguiguren GERENTE GENERAL P/F


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tecnológicos fitosanitarios Asamblea trabaja en Paquetes para mejorar la producción de papa transición ordenada hacia el nuevo periodo legislativo En el periodo legislativo que inicia el próximo 14 de mayo entrará en vigencia, al menos, el 95% de las reformas recientemente aprobadas por el Pleno de la Asamblea Nacional a la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL). En ese contexto, el presidente César Litardo Caicedo lidera las acciones que buscan concluir el actual periodo con orden y responsabilidad, cuando restan poco más de 40 días para que los asambleístas electos sean posesionados. En esta línea avanzan los planes que, entre otras actividades, incluyen reuniones y capacitaciones alineadas a conseguir que el trabajo del Legislativo no se detenga. En un primer momento, el presidente Litardo anunció que mantendrá dos reuniones; la primera, con los representantes de las nuevas bancadas que conformarán el Parlamento 2021-2025. En esta cita se pondrá en consideración los temas que actualmente están en tratamiento, el estado de las leyes en proceso de construcción y los procesos administrativos en curso para la aplicación de la LOFL. Otra reunión planificada es con los asambleístas más votados en las últimas elecciones, ellos son, en su orden: Pierina Correa, Salvador Quishpe y Wilma Andrade. El objetivo de este encuentro será establecer los lineamientos para la primera sesión del Pleno, dentro del procedimiento parlamentario, puesto que serán quienes la dirijan conforme establece la ley. Inducción Mediante un programa de formación, la Legislatura generará la inducción a los 137 legisladores electos, del 1 al

30 de abril. Para el efecto contará con el apoyo del Instituto Ecuatoriano de Estudios Legislativos y la Fundación de Estudios Parlamentarios Manuel Giménez Abad, de las Cortes de Aragón de España, la misma que contará con el aval académico de la Universidad de Especialidades Espíritu Santo. El propósito de esta actividad es brindar conocimientos sobre las funciones, atribuciones, competencias, prohibiciones, que tienen los asambleístas; así como, conocimientos sobre los procedimientos legislativos y fiscalizadores establecidos en la Constitución y en la Ley Orgánica de la Función Legislativa y sus reformas. El Programa se desarrollará en cinco módulos. El primero, sobre la organización y funcionamiento de la Asamblea Nacional; el segundo abordará el procedimiento legislativo; un tercero tratará la práctica parlamentaria; el cuarto desarrollará la función fiscalizadora y de control político; y, finalmente, recibirán información sobre derechos y participación ciudadana. La inducción tendrá una modalidad abierta, en línea, y los legisladores electos podrán optar por generarla de acuerdo a sus tiempos, hasta el 30 de abril. Los docentes que participarán en los diferentes módulos son profesionales nacionales con amplia experiencia en el ámbito legislativo y que se han interesado por el estudio del Derecho Parlamentario y la Técnica Legislativa. De esta manera se afina la transición que dará paso al nuevo periodo legislativo, encargado de poner en plena vigencia la LOFL, cuya reforma afianza el rol del Primer Poder del Estado.

Con la finalidad de asegurar una alta producción de papa, agricultores de la parroquia Chantaco del cantón Loja recibieron paquetes tecnológicos fitosanitarios que les permite prevenir y controlar la presencia plagas y enfermedades. En esta ocasión fueron beneficiados 60 productores. La entrega es parte del proceso que lleva a cabo el Proyecto Nacional de Semillas para Agrocadenas Estratégicas, del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), en todo el país. Como parte del beneficio, los productores reciben un paquete que está compuesto por productos fungicidas para el control de lancha en época de invierno; un insecticida para el control de gusano blanco y bactericida cokereli, (punta morada), trips; un herbicida para la preparación del suelo y coadyudantes. Los agricultores que ad-

incremento de los rendimientos para pequeños y medianos productores. Félix Paladines, director Distrital de Loja del MAG, sostuvo que los productores requieren trabajar con buenos paquetes tecnológicos, que les permitan ser muchos más productivos. “Hoy estamos en territorio para brindar un servicio de calidad, en donde la ciudadanía no tenga que trasladarse a la ciudad de Loja”, afirmó. En la provincia este proyecto conlleva primeramente una socialización por parte de las casas comerciales con las que el MAG tiene convenios. Las empresas les presentan los beneficios de sus productos y su respectivo manejo. Posteriormente los productores se inscriben con el personal técnico de la Dirección Distrital de Loja e indican con qué marca comercial desean trabajar. A contra entrega, se realiza los pagos.

• Entregan paquetes fitosanitarios para el cultivo de papa.

quieren este paquete tecnológico reciben el beneficio de pagar un valor reducido al costo normal. Es decir, los productores reciben una subvención del 65%, que representa un pago de entre 110 y 137 dólares, y pueden acceder hasta dos paquetes. El MAG, a través de este trabajo, promueve la transformación de la matriz productiva, incorporando tecnología y nuevos métodos de manejo tecnificado en los procesos de producción tradicional, fomentando el

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CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE AGRICOLA Y COMERCIAL FLORCAÑA S.A. De conformidad con lo establecido en el Estatuto Social de la empresa y en la Ley de Compañías se convoca a los Accionistas de la compañía “AGRICOLA Y COMERCIAL FLORCAÑA S.A.”, a la Junta General Ordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el día martes 13 de abril del 2021, a las 09:h00, en las Oficinas de la Empresa, ubicada junto al Ingenio “Monterrey” de la Parroquia y Cantón Catamayo, con el objeto de conocer y resolver el siguiente Orden del Día: PRIMERO: Informe del Gerente General, Comisario y Auditor Externo sobre los resultados del ejercicio económico 2020. SEGUNDO: Estados Financieros del ejercicio económico 2020 y el destino de las utilidades. TERCERO: Nombramiento del Comisario Principal y Suplente para el ejercicio 2021 y fijar su retribución. CUARTO: Nombramiento del Auditor Externo para el ejercicio económico del 2021 y fijar su retribución. QUINTO: Nombramiento de Presidente y Gerente SEXTO: Autorización de venta de activos Se encuentran a disposición de los Accionistas los informes y estados financieros del ejercicio 2020, en las oficinas de la compañía. Se convoca de manera especial e individualmente, por este medio, al comisario de la Compañía CPA. Lily Jeannete Figueroa Carrasco, quien además ha sido convocada de forma escrita. Se recuerda a los señores accionistas que, la presente Junta General Ordinaria de Accionistas se la realizará vía plataforma virtual, por tal motivo solicitamos confirmar su asistencia a los siguientes correos electrónicos: valdiviesoc@malca.ec y jaraj@malca.ec . En caso de no poder asistir a la junta, tienen el derecho de remitir carta poder conforme lo establece el Art. 231 de la Ley de Compañías. Catamayo, 01 de abril del 2021.

Ing. Carlos Valdivieso Eguiguren GERENTE GENERAL P/F


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Laboratorios Remotos, una nueva opción para aprender robótica desde casa La Unidad de Educación Continua de la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL) en conjunto con Nodo, Nodolab, Centro de Negocios QuoHUB y con el apoyo de la Fundación para el Desarrollo Empresarial y Social (FEDES) oferta el curso de robótica educativa “Pequeños Brillantes”, dirigido para niños y jóvenes de 8 a 14 años de edad, que deseen aprender informática, electrónica y programación, bajo nuevas tecnologías que benefician el aprendizaje de la ciencia e ingeniería que requieren una práctica presencial. El curso tiene una duración de 32 horas académicas, bajo un pensum de cuatro niveles educativos, cada uno con dos semanas de duración, desde el nivel básico hasta el nivel avanzado. Además, los docentes implementan la metodología STEAM que integra competencias como Ciencias, Tecnología, Ingeniería, Arte y Matemática; se trata de una fórmula clave para fomentar economías competitivas en el futuro, implementada en Europa y Estados Unidos. A más de ello, estudiarán nociones básicas de robótica, aprenderán a leer sensores, mover motores y muchos temas más. En efecto, el programa incluye clases online en vivo

con docentes expertos, aula virtual de aprendizaje, formación con el sistema de Laboratorios Remotos, material didáctico digital, certificado avalado e insignia digital. El único requisito es que el estudiante disponga de un computador con conexión a Internet. Aprende robótica a un clic Reducir la brecha digital existente y potenciar una educación de calidad con espacios de aprendizaje que superen las limitaciones económicas y de localidad, es el objetivo principal de estos cursos en los que se desarrolla a través de la robótica, agentes sociales y tecnológicos de impacto global. Esta innovación en el ámbito educativo permite que, niños y jóvenes accedan a laboratorios en línea con componentes electrónicos que pueden ser programados de manera remota, sin importar la ubicación geo-

gráfica del estudiante. Es el único sistema de educación remota a nivel nacional dirigido a un público infantil; el laboratorio se ubica en el Edificio de Prototipos de la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL). Se basa en educación y tecnología 4.0 que permiten acercar los equipos del laboratorio a los niños, y así, ellos aprenden y manipulan estos prototipos en tiempo real; aportando a la modalidad de estudio virtual que se ha convertido en uno de los principales recursos de enseñanza y con más demanda en el contexto actual. En este sentido, la implementación de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC’s) en la enseñanza, potencia la pedagogía e-learning, con conocimientos de fácil acceso que complementan las competencias adquiridas en el sistema tradicional de educación.

Esta metodología de enseñanza virtual es desarrollada por Nodolab, laboratorio de ciencia e ingeniería, perteneciente a la empresa de Telecomunicaciones, Nodo Cía. Ltda. La misma que ha sido validada en su fase de prototipado e implementada en el país y a nivel internacional. Hasta el momento, 3890 niños de Ecuador, Estados Unidos, Colombia y España se educaron con esta tecnología y aprendieron robótica de una manera innovadora. Inscripciones Las inscripciones están disponibles hasta el 24 de abril de 2021, con fecha de inicio 26 de abril de 2021. En cuanto a los horarios, son a elegir matutino y vespertino, de lunes a sábado, con tres clases por semana de una hora cada sesión. Asimismo, el proceso de inscripción se realiza a través del portal web de Unidad de Educación Continua - UTPL, educacioncontinua. utpl.edu.ec/robotica. Los padres de familia, docentes y público en general pueden conocer más a profundidad este sistema de educación remota a través del webinar “Innovación en la enseñanza de la robótica a través de Laboratorios Remotos”, dictado por profesionales universitarios, a desarrollarse el 13 de abril, a las 18h00.

Presidente del COE Cantonal solicita decreto para dictar estado de excepción en Loja Ante los alarmantes índices de contagio y fallecidos por la COVID-19 en Loja, el alcalde Jorge Bailón como Presidente del Comité de Operaciones de Emergencia del cantón, solicitó al Presidente de la República la emisión de un decreto para dictar el estado de excepción en esta jurisdicción, por un tiempo de 28 días.

Esto permitirá realizar los controles que este tipo de medidas disponen para manejar y monitorear el imparable avance de contagios provocados por la pandemia. Lo solicitado se ampara en el dictamen Nro.5-20-EE/20 emitido por la Corte Constitucional que en su ordinal 104 dispone: “Por su parte,

especialmente hasta contar con la normativa legal especial correspondiente, el Presidente de la República podría dictar una suspensión del derecho a la libertad de tránsito y un eventual toque de queda en el sector del país que requiera indispensablemente una medida de esta naturaleza y por el tiempo estrictamen-

te necesario, en el marco de un estado de excepción focalizado y debidamente justificado, y en función de criterios técnicos coordinados con las autoridades seccionales, de salud y de manejo de riesgos competentes sin perjuicio del control constitucional que en su momento le corresponde ejercer a este organismo”.

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Comentario Lojanos silencio cálmense Según el Centro de Investigaciones Espíritu Santo de Guayaquil, dos variantes del COVID-19 Británica y Nueva York, son cepas más peligrosas que la existente y están causando la muerte aún a quienes se han vacunado en nuestro país. En los últimos siete días alrededor de nueve mil personas se han contagiado con el COVID-19 en el Ecuador. En Loja en los últimos días la atención en UCI creció del 30% al 90% incrementando totalmente la capacidad instalada en atención. Los hospitales están saturados y muy cerca las casas de salud en particular. No hay espacio físico ni medios disponibles para ampliar la atención médica solo para casos de COVID-19 y decenas de pacientes esperan camas para ser tratados. Mientras tanto, ante la impotencia y triste tragedia lloramos la muerte de valiosas vidas de padres, hijos, hermanos, parientes y amigos en general que simplemente nos cuentan que han fallecido y vemos sepultar sus cenizas en el camposanto sin poder despedirnos con un abrazo final. ¿Por qué sucede todo esto? En primer lugar, por la culpa y grave irresponsabilidad de nosotros mismos, que irrespetamos los protocolos y normas de bioseguridad, especialmente con el uso adecuado de la mascarilla, lavado correcto de manos y evitar estar presente en todas las aglomeraciones. Entiendo que ante esta dolorosa realidad y la exigencia de algunos sectores, el COE cantonal de Loja y por ende en algunos cantones de la provincia se han declarado en “Semáforo Rojo” con alrededor de 15 restricciones para frenar el nivel de contagio, destacándose sobre todo el horario de expendio y prohibición de consumo de bebidas alcohólicas y prohibición de aglomeraciones en distintos lugares. Estoy convencido que si miramos el futuro con una visión positiva cada uno de nosotros podemos apoyar para que esta medida casi extrema, alcance los grandes objetivos propuestos de bajar el nivel de contagio, siempre y cuando como buenos lojanos asumamos el compromiso de cumplir estrictamente las resoluciones del COE cantonal, con la más absoluta disciplina y comprensión de que podemos evitar contagiarnos y contagiar a los demás. Finalmente en esta Semana Mayor, invito a reflexionar ahora sobre esta situación de miedo, de temor y de indefensión que estamos viviendo, ¡despertemos a Jesús en medio de la tormenta! y seguro que nos dirá Jesús, “silencio Lojanos, cálmense, tranquilícense todo desaparecerá y vendrá la gran calma”. Gracias.

Rómulo Acaro Guerrero EX-CONSEJERO PROVINCIAL DE LOJA


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Nutrición y sustentabilidad, pilar de la Ingeniería en Alimentos en la UTPL Huertos agroecológicos, mercados y grandes industrias están entre los centros de aprendizaje in situ a los que la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL) da acceso a los estudiantes de la carrera de Alimentos, durante los nueve ciclos de formación. Esta experiencia complementa la formación adquirida en las aulas con el objetivo de hacer que los jóvenes conozcan toda la cadena de valor de este sector productivo con un enfoque de salud, nutrición y sustentabilidad.

Con esa visión, la carrera fomenta el compromiso de sus estudiantes con la seguridad y la soberanía alimentaria, como: • El respeto a las tradiciones alimentarias ancestrales, para rescatar el valor nutricional de alimentos que principalmente se encuentran en el campo. • La producción de alimentos con componentes funcionales, de forma que se aporte a la potenciación de un buen estado de salud del consumidor. • La elaboración de fórmulas nutricionales bajas en aditivos, reemplazándolos por productos de origen natural. • La concienciación sobre la transparencia que debe existir en los procesos de producción, por ejemplo, en cuanto a la veracidad en la información del etiquetado. • El aprovechamiento de los subproductos en la industria alimenticia para generar un menor impacto al medio ambiente, al hacer uso integral de los alimentos. Ruth Martínez, docente de la carrera de Alimentos de la UTPL, resalta que el proceso de educación busca que los alumnos conozcan toda la cadena de valor de la producción de alimentos para que sepan diferenciar, entre otros aspectos, lo que

mayor demanda de productos del campo mejora las posibilidades de que más personas permanezcan en la zona con buenas condiciones sociales y económicas”.

• Ruth Martínez, docente de la carrera de Alimentos de la UTPL

es un monocultivo, un huerto familiar o una explotación agrícola a gran escala: “de esta forma, los estudiantes sabrán que hay productores que hacen grandes esfuerzos por cuidar el medio ambiente y respetar el derecho de los animales; además de tener conciencia de que una

Descubriendo la cadena de valor Al mantener acercamientos con los productores, los estudiantes de la carrera evidencian la potencialidad de estos negocios en cuanto a su capacidad de generar alimentos saludables. Por su parte, al introducirse en los mercados, son testigos de la diversidad de productos que existen en Ecuador al tiempo que reflexionan sobre su disponibilidad con una orientación hacia la seguridad alimentaria. Así, una vez que conocen de primera mano el origen de los alimentos, recorren plantas industriales de producción de todo tamaño en Loja, la Sierra central y la Costa para verificar el procesamiento de productos alimenticios a gran escala. La investigación es una de las claves de la carrera en Alimentos de la UTPL; por ejemplo, aprenden sobre cómo aprovechar los subproductos de la industria alimentaria ya sea semillas, pulpas de fruta, cáscaras, entre otros; de este modo se rescata todo el valor nutricional de los productos y, por otra parte, se reduce los costos de las industrias en los procesos de desecho de “desperdicios”. Al término de la carrera, los estudiantes cuentan con competencias para trabajar en áreas de producción o calidad de cualquier tipo de industria alimenticia, así como para asesorar a gobiernos y organizaciones no gubernamentales en estas áreas.

Dato Para más información visita: utpl.edu.ec/carreras/alimentos


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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN GONZANAMÁ RESOLUCIÓN Nro. 015-A-GADMCG-2021

Ing. Norman Omar Espinoza Luna ALCALDE

CONSIDERANDO: Que, el artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce y garantizará a las personas: 2. El derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, vivienda, saneamiento ambiental, educación, trabajo, empleo, descanso y ocio, cultura física, vestido, seguridad social y otros servicios sociales necesarios;

Que, la Ley Orgánica de Cultura, en el Art. 57.- De la protección inmediata. Las declaratorias de los bienes del patrimonio cultural nacional permiten la protección inmediata de los mismos, por lo que el organismo competente deberá ocuparse de manera prioritaria de aquellos que se encuentren en riesgo o vulnerabilidad, emitiendo medidas de protección o salvaguarda.

Que, la Constitución de la República, en su artículo 76, numeral 7, literal l), establece que las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho. Los actos administrativos, resoluciones o fallos que no se encuentren debidamente motivados se consideraran nulos. Las servidoras o servidores responsables serán sancionados;

Que, la Ley Orgánica de Cultura, en el Art. 63.- De los bienes del patrimonio que se encuentran en riesgo. Los Gobiernos Autónomos Descentralizados y de Régimen Especial, para precautelar los bienes patrimoniales en su jurisdicción territorial que se encuentren en riesgo, podrán declararlos de utilidad pública y expropiarlos, para lo cual de no mediar reconocimiento nacional, podrá realizar declaratoria de patrimonio cultural sobre aquellos inmuebles históricos o culturales. En caso de duda de que un bien pertenezca al patrimonio cultural nacional, se estará a lo resuelto por el Ministerio de Cultura y Patrimonio.

Que, el Art. 226 de la Constitución de la República del Ecuador indica que las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal, ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución; Que, la Constitución de la República del Ecuador en el Art. 227 establece: La administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación; Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana…”; Que, el Art. 253 del mismo cuerpo legal reconoce que: “… La alcaldesa o alcalde será su máxima autoridad administrativa y lo presidirá con voto dirimente. En el concejo estará representada proporcionalmente a la población cantonal urbana y rural, en los términos que establezca la ley.” Que, el Art. 380 de la Constitución de la República del Ecuador establece: en su Nral. 1. Velar, mediante políticas permanentes, por la identificación, protección, defensa, conservación, restauración, difusión y acrecentamiento del patrimonio cultural tangible e intangible, de la riqueza histórica, artística, lingüística y arqueológica, de la memoria colectiva y del conjunto de valores y manifestaciones que configuran la identidad plurinacional, pluricultural y multiétnica del Ecuador. Que, el artículo 5 del inciso primero del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, señala: La autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados comprende el derecho y la capacidad efectiva de este nivel para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios, bajo su responsabilidad, sin intervención de otro nivel de gobierno en beneficio de sus habitantes…; Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en su Art. 54 señala como una de las funciones de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales: a).- Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales; (…..) f) Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la Constitución y la ley y en dicho marco, presentar los servicios públicos y construir la obra pública cantonal correspondiente, con criterios de calidad, eficacia y eficiencia, observando los principios de universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad, solidaridad, interculturalidad, subsidiariedad, participación y equidad…; Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en su Art. Art. 55 define que los gobiernos autónomos descentralizados municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: h) Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios públicos para estos fines; Que, el artículo 60 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, establece las atribuciones del alcalde, literales: h) Decidir el modelo de gestión administrativa mediante el cual deben ejecutarse el plan cantonal de desarrollo y el de ordenamiento territorial, los planes de urbanismo y las correspondientes obras públicas; i) Resolver administrativamente todos los asuntos correspondientes a su cargo; Que, el Art. 144 del inciso último del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, señala que los Gobiernos Autónomos Descentralizados y de Régimen Especial podrán a fin de precautelar los bienes inmuebles del patrimonio cultural que se encuentren en riesgo por destrucción o abandono en su jurisdicción territorial, declararlo de utilidad pública y expropiar dichos bienes, para lo cual se requerirá de modo adicional el informe técnico del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural. Que, La Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo, en su artículo 66 establece: “Anuncio del proyecto. El anuncio del proyecto es el instrumento que permite fijar el avalúo de los inmuebles dentro de la zona de influencia de obras públicas, al valor de la fecha del anuncio público de las respectivas obras, a fin de evitar el pago de un sobreprecio en caso de expropiaciones inmediatas o futuras. El anuncio será obligatorio y se realizará mediante acto administrativo que será publicado en un diario de amplia circulación en la localidad donde se realizará la obra, en la página electrónica institucional, y será notificado al propietario del predio, la dependencia de avalúos y catastros del respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano y al registrador de la propiedad, en el que se establecerá el área de influencia del proyecto y su plazo de inicio, que no será superior a tres años desde su notificación. En el caso de no concretarse el proyecto anunciado, en el plazo establecido en el inciso anterior, el acto administrativo quedará de oficio sin efecto, debiendo notificarlo a la dependencia de avalúos y catastros del respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano, a los propietarios de los predios afectados y al registrador de la propiedad”; Que, de acuerdo al Art. 47 del Código Orgánico Administrativo “La máxima autoridad administrativa de la correspondiente entidad pública ejerce su representación para intervenir en todos los actos, contratos y relaciones jurídicas sujetas a su competencia. Esta autoridad no requiere delegación o autorización alguna de un órgano o entidad superior, salvo en los casos expresamente previstos en la ley”;

Que, el Reglamento General a la Ley Orgánica de Cultura en su Art. 48.- establece: De la declaratoria por parte de los Gobiernos Autónomos Descentralizados o de Régimen Especial respecto a los bienes patrimoniales que se encuentren en riesgo.- En concordancia con lo establecido en la Ley, previo a la declaratoria de un bien inmueble histórico o cultural en riesgo, se deberá contar con el informe técnico del INPC. Que, mediante Memorando Nro. 005-DOP-GADMG- de fecha 06 de enero de 2021 el Ing. Álvaro Armando Pacheco Jiménez Director de Obras Públicas del GADMG, hace entrega de varios proyectos que requieren la Declaratoria de Utilidad Pública e Inicio del Procedimiento pertinente entre ellos para la expropiación de los terrenos necesarios para la “Restauración de la Casa del Pueblo del cantón Gonzanamá”. Que, mediante Certificado de Registro de la Propiedad de fecha 25 de enero del año 2021, el Registrador de la Propiedad y Mercantil del Cantón Gonzanamá CERTIFICA que (…) mediante escritura pública del 25 de Noviembre de 2005, celebrada ante el Dr. Galo Castro Muñoz Notario Público Quinto Cantonal de Loja, la señora CARRIÓN OJEDA LUZ VICTORIA, de estado civil soltera, vende a favor del señor CARRIÓN OJEDA GONZALO ENRIQUE, de estado civil soltero, tres piezas de habitación de la casa situada en la esquina de las calles 10 de Agosto y Quito, perteneciente a la parroquia y cantón Gonzanamá, provincia de Loja.- Inscripción Nro. CUATROCIENTOS CUARENTA (440) del Registro de la Propiedad y Nro. 440 del Repertorio, de fecha 29 de Noviembre de 2005: 1.- La propiedad se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos: POR EL FRENTE: con la calle Quito; y, por los tres siguientes lados con el resto de la casa de la vendedora, paredes medianeras por división; aclarándose también que una de esas piezas, que estuvo destinada a cocina se destruyó y hoy existe el solar correspondiente. La propiedad en referencia a la fecha no se encuentra hipotecada, embargada, ni en poder de tercer poseedor o tenedor con título inscrito. Que, mediante Certificado de Registro de la Propiedad de fecha 25 de enero del año 2021, el Registrador de la Propiedad y Mercantil del Cantón Gonzanamá CERTIFICA que (…) mediante escritura pública de Partición Judicial, debidamente protocolizada el 12 de Julio de 1983, ante el Notario Público Segundo del cantón Gonzanamá, señorita Rosario Espinoza Figueroa y ordenada por el Juez Quinto de lo Civil de Loja; en la sucesión de los bienes de CARRIÓN FEBRES VICTOR MANUEL, OJEDA LUNA MANUELA VICTORIA, se le adjunta a favor de la señora CARRIÓN OJEDA LUZ VICTORIA, la Hijuela números DOS, consistente en la parte de la casa esquinera de la ciudad de Gonzanamá entre otros, provincia de Loja.- Inscripción número OCHENTA Y DOS (82) del Registro de la Propiedad y Nro. 197 del Repertorio, de fecha 09 de Abril de 1984. La propiedad se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos: POR EL FRENTE PRINCIPAL: por la calle 10 de Agosto; POR EL UN COSTADO: con la calle Quito, las tres piezas se adjudicarán al heredero de José Miguel Carrión Ojeda, luego la misma calle Quito; POR UN COSTADO: con la propiedad de Leovina Yaguana y herederos de Francisco Ludeña; y, POR EL FONDO: con propiedad de Tarcila Vásquez y un lote propiedad del Banco de Fomento. La propiedad en referencia a la fecha, ha sufrido disminución de cabida por ventas realizadas: Al señor Gonzalo Enrique Carrión Ojeda, tres piezas de habitación de la casa. Inscrita bajo el número (440) del Registro de la Propiedad y Nro. 440 del Repertorio de fecha 29 de Noviembre del 2005. Al señor Gonzalo Enrique Carrión Ojeda, una parte de la casa de habitación. Inscrita bajo el número (53) del Registro de la Propiedad y Nro. 53 del Repertorio de fecha 09 de Febrero del 2006. Al señor Norman Aquiles Saavedra Rodríguez, cinco cuartos de la casa de la habitación. Inscrita bajo el número (228) del Registro de la Propiedad y Nro. 288 del Repertorio de fecha 09 de Julio del 2007. Lo reservado a la fecha, no se encuentra hipotecado, embargado, ni en poder de tercer poseedor o tenedor con título inscrito. Que, mediante Certificado de Registro de la Propiedad de fecha 25 de enero del año 2021, el Registrador de la Propiedad y Mercantil del Cantón Gonzanamá CERTIFICA que (…) mediante escritura pública del 04 de Julio de 2007, celebrada ante el Notario Público Primero del cantón Gonzanamá, señor Carlos Alberto Ojeda Torres, los señores SAAVEDRA RODRÍGUEZ NORMAN AQUILES, PIJUANA MARÍA DEL CISNE, venden a favor de la señorita FELICITO BRAVO TATIANA LIZBETH, de estado civil soltera; un lote de terreno urbano, ubicado en esta ciudad, perteneciente a la parroquia y cantón Gonzanamá, provincia de Loja. Inscripción Nro. DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO (288) del Registro de la Propiedad y Nro. 288 del Repertorio, de fecha 09 de Julio de 2007. Consta inscrita una Aclaratoria, debidamente protocolizada el 30 de julio del 2007 ante el Notario Público Primero del Cantón Gonzanamá, señor Carlos Alberto Ojeda Torres, los señores SAAVEDRA RODRIGUEZ NORMA AQUILES, PIJUANA MARÍA DEL CISNE Y CARRIÓN OJEDA LUZ VICTORIA aclaran a favor de la señorita FELICITO BRAVO TATIANA LIZBETH, que en la planta baja existen cuatro cuartos, uno que queda frente a la calle “10 de Agosto”, con una extensión de siete metros con una subdivisión de dos ambientes y los tres restantes se encuentran en la parte posterior. En la parte alta existe un cuarto con subdivisión que sirve de recamara o de dos ambientes, este cuarto así dividido está levantado sobre los cuartos que se encuentran en la parte inferior, especialmente sobre el cuarto que da a la calle “10 de Agosto” en una extensión de siete metros. Inscrito con el Nro. 309 del Registro de la Propiedad y Nro. 309 del repertorio, de fecha 31 de julio del 2007. La propiedad se encuentra comprendida dentro de los siguientes LINDEROS: POR EL FRENTE: en la extensión de siente metros (7m), la calle “10 de Agosto”; POR EL FONDO, con los mismo siete metros (7m) con propiedad de los actuales vendedores; POR EL UN COSTADO, con la propiedad de los mismos vendedores, en la extensión de diecisiete metros con treinta centímetros (17.30m), medida tomada desde el filo posterior de la vereda, pared divisoria al medio; y, POR EL OTRO COSTADO, con propiedad de Enrique Carrión Ojeda, en la extensión de diecisiete metros con treinta centímetros(17.30m) incluidos cinco cuartos de habitación cons-

truidos dentro del área descrita. La propiedad en referencia, a la fecha, soporta los siguientes gravámenes: Una hipoteca abierta a favor de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO GONZANAMÁ, inscrita bajo el número TREINTA Y SEIS (36) del Registro de la Propiedad y Nro. 588 del Repertorio de fecha 03 de Septiembre de 2018; y, una prohibición de enajenar a favor de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO GONZANAMÁ, inscrita bajo el número CINCUENTA Y SEIS (56) del Registro de la Propiedad y Nro. 589 del Repertorio de fecha 03 de Septiembre de 2018, a más de los gravámenes antes mencionados la propiedad no se encuentra embargada, ni en poder de terceros poseedores o tenor con título inscrito. Que, mediante Certificado de Registro de la Propiedad de fecha 25 de enero del año 2021, el Registrador de la Propiedad y Mercantil del Cantón Gonzanamá CERTIFICA que (…) mediante escritura pública del 03 de Diciembre de 2008, celebrada ante el Notario Quinto del cantón Loja, doctor Galo Castro Muñoz, el señor CARRIÓN OJEDA GONZALO ENRRIQUE, de estado civil soltero, vende a favor de la señorita HERRERA LOLA PIEDAD, de estado civil soltera, una parte de la Casa de Habitación, Esquinera, ubicado en la calle Diez de Agosto y Quito, perteneciente a la parroquia y cantón Gonzanamá, provincia de Loja. Inscripción Nro. NOVENTA Y NUEVE (99) del Registro de la Propiedad y Nro. 230 del Repertorio, de fecha 12 de Diciembre de 2008. La propiedad se encuentra comprendida dentro de los siguientes LINDEROS: Por el Norte: Con la calle 10 de Agosto, en la que se incluye una habitación esquinera (calles Quito y 10 de Agosto) que es utilizada como tienda y una habitación adyacente, sobre la cual existe una segunda planta; Por el Sur: Con propiedades de Lola Piedad Herrera en una parte, y, con propiedades de los herederos de José Miguel Carrión Ojeda en otra parte; Por el Oriente: Con la propiedad de los esposos Norman Aquiles Saavedra y María de Cisne Pijuana; y, por el Occidente: Con la calle Quito, puerta principal de acceso o puerta de calle y una pieza que se utiliza como dormitorio que incluyen en la compraventa; incluidos tres cuartos y un patio interior. Con una cabida aproximada de ciento cuarenta y cinco metros cuadrados. La propiedad en referencia a la fecha, no se encuentra embargada, ni en poder de terceros poseedores o tenor con título inscrito. Que, mediante Informe Técnico signado con el Nro. 030-JP-GADMG, de fecha 27 de enero de 2021; suscrito por el Ing. Galo Piedra García, Jefe de Planificación del GAD Gonzanamá, respecto a los informes de afectación sobre las propiedades de los señores Carrión Ojeda Gonzalo Enrique, Carrión Ojeda Luz Victoria, Herrera Lola Piedad y Felicito Bravo Tatiana Lizbeth, manifiesta. De acuerdo al Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT) vigente (2019-2023), en el predio se tiene previsto realizar afectación y/o intervención del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzanamá con dos proyectos previstos en el PDOT, como proyectos de Reactivación y promoción Turística; 1. Estudio de la intervención de la Casa del Pueblo y 2. Rehabilitación de la Casa del Pueblo. El bien inmueble se encuentra inventariado como Patrimonio Cultural por parte del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural del Ecuador con el Código N° IBI-11-07-50-000-000026 Es por ello, el suscrito en uso de las atribuciones constantes en el literal i) del artículo 60 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización; y, artículo 66 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo.

RESUELVE: Art. 1.- Anunciar el proyecto para la “RESTAURACIÓN DE LA CASA DEL PUEBLO DEL CANTÓN GONZANAMÁ”. Área de Influencia: Área Urbana del cantón Gonzanamá, Calle 10 de Agosto y Quito, esquina. El plazo de inicio correrá a partir de la fecha de notificación y no podrá ser superior a 3 años. Art. 2.- Se ha fijado el avalúo del inmueble dentro de la zona de influencia, conforme consta en la certificación de la Jefatura de Avalúos y Catastros del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Gonzanamá, para la “RESTAURACIÓN DE LA CASA DEL PUEBLO DEL CANTÓN GONZANAMÁ”, conforme al siguiente detalle: PROPIETARIOS

CARRIÓN OJEDA GONZALO ENRIQUE, CARRIÓN OJEDA LUZ VICTORIA, HERRERA LOLA PIEDAD, FELICITO BRAVO TATIANA LIZBETH

NOMBRE DEL PREDIO

LOTE Y CASA

CLAVE CATASTRAL 11075001020080170001 ÁREA TOTAL (MTS).

946.94 m2

AVALUO TOTAL

$ 70,251.18

Art. 3.- Se dispone a través de Secretaría General del GAD Municipal del Cantón Gonzanamá, proceda con la publicación de la presente resolución del anuncio del proyecto, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Loja, y de circulación en el cantón Gonzanamá lugar donde se realizará la obra, así como en la página electrónica institucional del Municipio de Gonzanamá. Art. 4.- Así mismo a través de Secretaría General del GAD del cantón Gonzanamá se dispone se proceda a NOTIFÍCAR la presente resolución del ANUNCIO DEL PROYECTO a los siguientes: a) A los propietarios del predio señores: CARRIÓN OJEDA GONZALO ENRIQUE; CARRIÓN OJEDA LUZ VICTORIA, y por el fallecimiento de esta a los herederos presuntos o desconocidos que puedan existir, a la señora HERRERA LOLA PIEDAD, a la señora FELICITO BRAVO TATIANA LIZBETH; así como a la Gerente de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO GONZANAMÁ, en razón de existir una hipoteca Abierta a favor de está; b) A la Jefatura de Avalúos y Catastros; c) Al Registrador de la Propiedad y Mercantil del cantón Gonzanamá; y d) Al Ministerio de Cultura y Patrimonio. Dado y firmado en el despacho de Alcaldía Municipal el día de hoy lunes veintidós de marzo del año dos mil veintiuno.

Ing. Norman Omar Espinoza Luna ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN GONZANAMÁ P/F


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‘Quiero saber cuántas dosis hay de vacunas en este país’, reclama el Ministro de Salud en audio filtrado El ministro de Salud, Mauro Falconí, hizo un enérgico llamado de atención a coordinadores zonales, reclamándoles por la falta de datos sobre el número de vacunas contra covid-19 disponibles y matrices para aplicarlas. Les grita e incluso usa algunas palabras fuertes. Eso se escucha en un audio filtrado de una reunión virtual, desarrollada hace dos días, el lunes 29 de marzo del 2021, y que dura siete minutos y 59 segundos. Este miércoles 31, fuentes del Ministerio de Salud Pública (MSP) confirmaron a EL COMERCIO que la grabación corresponde a una reunión virtual. El viernes 26 de marzo, el ministro Falconí informó que había dado positivo para SARS-CoV-2, y desde ese día se encuentra en aislamiento en su domicilio en Quito. “Quiero que ustedes me den las matrices de los puestos de mando unificado, ahorita, porque lo pedí específicamente que se lo haga. ¿Hace cuántos días?”, les dice el titular de Salud, desde el 19 de marzo. Alguien responde: “hasta el jueves (se entiende que hasta el jueves 25) señor ministro”. Falconí reclama porque asegura no contar con puestos de mando unificado y tampoco información. “No tengo arqueo de vacunas y en estos momentos en esta misma reunión, va a ingresar ahorita el representante del ingeniero Jorge Wated; Martha Moncayo, representante de CNT, y el representante de la Vicepresidencia de la República y yo quiero que a ustedes les escuche las barbaridades que está pasando en el Ministerio de Salud Pública y la falta de datos, que no tengo. ¿Qué pasa? ¿Por qué demonios no tenemos datos?”, reclama a gritos. Y sigue: “Yo mismo recorrí todos los hospitales del país, estuve en las zonas, yo mismo hice los puestos de mando (eso hace un año, en el inicio de la pandemia. Cuando habla de puestos de mando unificados se refiere a concentrar los servicios del MSP y del IESS). ¿Qué les pasó? ¿Dónde está la información? ¿Dónde está el arqueo de vacunas? Quiero saber cuántas dosis hay de vacunas en este país, para po-

der hacer una planificación de vacunación, dónde está eso, he acabado de escuchar al señor asesor Paúl Mesa que les pide eso y no dan (la información)”. En tono firme, levantando la voz, les pregunta irónicamente si tiene que abandonar la cuarentena y recorrer zona por zona del país, armando otra vez puestos de mando unificado. Les dice que solo ellos están dando la cara y el resto de su gente (funcionarios) están durmiendo. “No estamos en emergencia sanitaria, dónde está el resto de sus equipos, señores el Ministerio de Salud Pública cambia porque cambia conmigo, aunque sea en este mes y medio, pero quiero que se despabilen, y si tienen que comenzar a reputear a todos y botar a medio Ministerio, bótenlo. Pero ya quiero acciones, ya quiero datos, quiero que cumplan con lo que ha dicho el señor Mesa, que carguen la información donde tienen que cargarla... ¿Qué vamos a hacer? ¿Cómo vamos a responder? La señora gerenta de CNT es la que está armando las programaciones ahorita porque somos tan cojudos los del Ministerio de Salud Pública que no podemos hacer una triste base de datos, y a mí me pintan la cara, la Vicepresidenta, el ingeniero Wated y todos. ¿Por culpa de quién? Ya, que esperan que el ministro vaya a territorio, bueno ya, me voy a romper la cuarentena hoy mismo, y hoy mismo me bajo por todas las zonas del país y si tengo que cogerles de la oreja a cada uno, pues me voy a ir”. Otro de los reclamos fuertes que hace el ministro Falconí a los coordinadores zonales se refiere a que “se le dio la disposición de que no vacunen nada si no está agendado con CNT, ¿se les dijo o no? ¿y? Y tengo casos como el de la zona 8 (Guayaquil), que siguen vacunando en la UEES (Universidad Espíritu Santo) y ¿ Qué hago con lo de la UEES? Señores ustedes, muchos de ustedes, casi todos han estado nombrados en mi gestión ahora, por Dios no me defrauden, qué pasa pues, Camilo te dije si tienes que botar a media coordinación zonal bótales y tengo una acción de personal? Te están pintando la

cara carajo. Te están viendo la cara de pendejo”. En la UEES se vacunó a un chef y una estudiante inscrita como personal de apoyo en una clínica, por ejemplo, sin ser personal de salud en primera línea ni adulto mayor. La universidad recordó que ellos no hacen listados. En esos días también se conoció de la inoculación al hijo de dos médicos del Hospital Teodoro Maldonado Carbo, de Guayaquil, y a su novia. Otro cuestionamiento se produjo porque en Quito se vacunó a un radiodifusor y a un dirigente de un equipo de fútbol. “Quizá a ustedes también (les están viendo la cara), la gente está acostumbrada a hacer lo que le da la gana en el Ministerio de Salud Pública, y ustedes están ahí para cambiarlo, y yo ya estoy harto, tienen exactamente hoy noche, hoy, para cargar toda la información validada, hoy,

hoy noche. Que sus equipos de trabajo no duerman, que hagan turnos, hoy, si no pueden váyanmelo diciendo ahorita, si no pueden váyanmelo diciendo ahorita, si no tienen el poder de convocatoria para que sus equipos trabajen toda la pinche noche, váyanmelo diciendo ahorita, ahorita, que si tengo que botar a todos los coordinadores zonales nuevamente se van todos, ¿estamos claros,?”. Sí señor ministro, responde alguien. Y Falconí sigue preguntando en tono airado. “¿Quién es la persona que no va a cumplir hasta mañana, díganmelo ahorita? Quién? Que sus equipos de trabajo ahorita se levanten de la comodidad de sus camitas, se pongan a trabajar lo que no hicieron durante todo este tiempo, quién, no hay nadie, se levantan ahorita, los levantan ahorita y se ponen a trabajar ahorita y quiero puestos de mando y

•• Mauro Falconí, ministro de Salud.

salas situacionales y no me vengan a decir que no saben cómo, Héctor, Camilo, doctor Julio Molina (zona 6), ustedes saben cómo hacer, péguense a los del IESS que todavía siguen funcionando, quiero ya los datos, y en esos puestos de mando sumen una matriz que sea vacunación, punto. Y pongan responsables en cada una de sus zonas quiero una cabeza responsable, y le sacan la puta si no funciona eso, ya no más, ya no puedo más”. Y en ese momento, el Ministro solicita a su asesor que les permitan ingresar a la reunión virtual a Martha Moncayo y a los delegados de Wated y de la Vicepresidencia de la República.

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Médicos piden cuarentena y horario escalonado para frenar la COVID-19 En el Colegio de Médicos del Guayas están convencidos de que la única forma de frenar el avance de los contagios por COVID-19 es un confinamiento de 15 días. Por eso consideran “tibias y tardías” las medidas dictadas por el COE Cantonal de Guayaquil, el 30 de marzo de 2021. La tarde del martes 30 de marzo, el COE Cantonal de Guayaquil aprobó reducir el horario laboral y restringir el tránsito vehicular, con el fin de evitar las aglomeraciones y un mayor contagio de COVID-19. Guayaquil reporta una tasa de contagios de 1.120 personas por semana, lo que ha colapsado el sistema sanitario, que registra una ocupación del 100% en sus Unidades de Cuidados Intensivos, (UCI). “Lo único que podría parar la curva y hacerla bajar en un 50% es la cuarentena, mínimo por 15 días“, señaló Francisco Plaza Bohórquez, comisionado de Salud del Colegio de Médicos del Guayas. El COE Cantonal dispuso que “el horario de operación comercial y de oficinas públicas y privadas será hasta las 16h00, con los aforos previamente aproba-

dos hasta el 10 de abril de 2021“. “Toda operación no esencial deberá hacerse por teletrabajo. La operación de los servicios de entrega a domicilio podrán operar las 24 horas“, detalló. Los médicos tienen otra receta para aplicarla después del confinamiento que proponen. “Hay una idea que indica que debería iniciarse el trabajo por sectores. El sector obrero a las 07h00, el sector oficinista a las 08h00 y los estudiantes a las 09h00“, sostuvo. “Así, no todos se congestionarían en un mismo horario y eso ayudaría“, explicó. Ecuador no puede decretar un confinamiento, debido a que el Gobierno necesita declarar el estado de excepción, medida que “no aprobó la Corte Constitucional, el 2 de enero”. Ante esto, los municipios han buscado alternativas para evitar que la gente se aglomere en playas, parques, fiestas y eventos públicos. Incluso se prohibieron las ceremonias típicas de Semana Santa y se limitó el aforo en iglesias. Un equilibrio complicado Guayaquil busca frenar la tasa de contagios y mortalidad ocasionados por la pandemia, sin afectar la actividad económica. (I)

CC autoriza estado de excepción focalizado La Corte Constitucional (CC) autorizó que el presidente, Lenin Moreno, decrete un nuevo estado de excepción pero focalizado por zonas. Según un comunicado publicado la mañana de este miércoles 31 de marzo, el primer mandatario puede dictar toque de queda y restricción de movilidad. El texto aclara “esta magistratura no es el órgano competente para emitir medidas excepcionales ante las situaciones de emergencia nacional provocadas, en este caso, por la pandemia mundial y sus

nuevas variantes”. En enero de este año, la CC dejó sin efecto el Decreto Ejecutivo 1217 emitido por el presidente Lenin Moreno, que decretaba estado de excepción por los contagios de COVID-19 en el marco de las fiestas de navidad y fin de año. El pasado lunes 29 de marzo, el Comité de Operaciones de Emergencias Nacional anunció nuevas medidas para frenar los contagios. Algunos COES cantonales hicieron lo mismo porque los hospitales están a tope y la indisciplina ciudadana no para.(I)

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El hospital IESS Quito Sur está al 150% de su capacidad En el parqueadero del hospital IESS Quito Sur, decenas de personas reciben atención médica en carpas, que fueron adaptadas para el área de hospitalización por casos de emergencia. En este reducido espacio se colocaron camas, casi pegadas unas a otras. Día y noche los enfermos permanecen en este lugar con la esperanza de vencer al virus. Muchos de ellos en lista de espera para cuidados intensivos. Lo que ocurre en el hospital del IESS Quito Sur es la muestra de la inquietante situación hospitalaria de la capital, la ciudad con más contagios de COVID-19 en el Ecuador con 105 mil casos. “Es sumamente crítico tener un hospital completamente colapsado, es decir que estamos funcionando al 150%, quiere decir que

nosotros hemos rebasado la cantidad de pacientes en hospitalización, emergencia y cuidados intensivos”, afirma Marco Bonifaz, subdirector de esta casa de salud. La estancia hospitalaria de los enfermos se ha prolongado, esto impide recibir a los nuevos pacientes. “Ahora el paciente se está alargando entre 15 y 22 días su estancia hospitalaria. Ahora la necesidad de camas UCI no es la única, también necesitamos de camas de hospitalización”, agregó Bonifaz. Con la saturación de los hospitales, el Ecuador está a las puertas de la fase más crítica de la pandemia, cuando los médicos tienen que decidir a quién salvar la vida, según el presidente del Colegio de Médicos de Pichincha. “Se vive en un “estado de guerra” en el que se se-

lecciona la viabilidad o no viabilidad de un paciente para que ingrese a cuidados intensivos”, explicó Víctor Álvarez. “Ese es el compromiso que tenemos todos los ecuatorianos, de evitar llegar a la fase 4 porque en la misma los fallecimientos aumentan”, agregó. Por esta razón solicita al Comité de Operaciones de Emergencia (COE) que endurezca las medidas de control para el feriado de semana santa, y propone: • Cierre de total de playas y lugares turísticos. • Ley seca 24 horas. • Cierre de bares, discotecas, clubes nocturnos. • Sistema de semaforización. • Suspensión de cierre de campaña electoral. A escala nacional, según el Ministerio de Salud, se incrementó a 327.325 los casos positivos de COVID-19. (I) P

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN GONZANAMÁ Dentro de la resolución Nro. 015-A-GADMCG-2021, en la cual se realiza el anuncio del proyecto de “Restauración de la Casa del Pueblo del Cantón Gonzanamá” Y en vista de encontrarse fallecida la Sra. CARRIÓN OJEDA LUZ VICTORIA, se procede a publicar por la prensa a fin de que los herederos que puedan existir tengan conocimiento del presente anuncio del proyecto de “RESTAURACIÓN DE LA CASA DEL PUEBLO DEL CANTÓN GONZANAMÁ”, inmueble ubicado, en la calle 10 de Agosto y la calle Quito, de la ciudad de Gonzanamá. a fin de que procedan a cercarse al Gobierno autónomo Descentralizado Municipal de Gonzanamá, a tratar respecto a la declaratoria de utilidad pública del referido inmueble. Conminándoles se dignen señalar casillero judicial, correo electrónico y números celulares, a fin de garantizar sus derechos como herederos de la Sra. Luz Victoria Carrión Ojeda Por su gentil comprensión, le antelo mi agradecimiento. Atentamente, Ing. Norman Espinoza Luna ALCALDE DEL CANTON GONZANAMÁ P/F


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Emelec, Liga e Independiente por el liderato de BSC Emelec, Liga de Quito y el Independiente del Valle continuarán desde este jueves la persecución del líder Barcelona en la sexta fecha de la primera fase del torneo que organiza por tercera temporada la Liga Pro. El torneo se reanudará después de suspenderse para dar paso a un microciclo de la selección absoluta, que lo cerró el pasado lunes con el amistoso que ganó por 2-1 de local a Bolivia. Barcelona va primero, con 13 puntos, seguido de Emelec, con 10, mientras Liga y el Independiente tienen 9 puntos cada uno, pero con mejor gol diferencia el “Rey de Copas”, como le dicen a Liga. Barcelona recibirá a Independiente en un encuentro crucial para ambos, pues una nueva victoria de los barcelonistas les allanaría en gran medida el camino por el primer billete de finalista por el título de 2021 y otro billete local para Copa Libertadores de 2022 y para mantenerse en puja por el mismo objetivo el cuadro del Valle. Si bien el campeón, Barcelona, actuará de local, sabe que el rival es uno de los más complicados, pues ganó los tres recientes partidos de la mano del técnico portugués Renato Paiva, que está consolidando el estilo de juego que dejó encaminado hasta el año pasado el técnico español Miguel Ángel Ramírez. Barcelona echará de me-

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Ecuatoriana integrará el Comité Asesor de Justicia Ambiental de Biden Andrea Delgado, de 35 años y nacida en Morona Santiago acaba de ser nombrada como integrante del Comité Asesor de Justicia Ambiental de la Casa Blanca, por parte del presidente de Estados Unidos, Joe Biden.

nos al defensa derecho Pedro Pablo Velasco debido a la lesión en el tendón de Aquiles, de la que será operado y se conocerá hoy el tiempo que requerirá para la recuperación, que podría llevarse gran parte de la actual temporada. Emelec visitará al colista de la tabla de posiciones, Olmedo, que acumuló dos puntos, gracias al empate de local, sin goles, ante Liga de Quito, y del también empate por 0-0 en su reciente visita a Técnico Universitario. Emelec arrastra un déficit futbolístico ante sus fanáticos, tras una década de grandes conquistas locales, pues entre el 2010 y 2018 disputó nueve finales, en las que ganó cuatro títulos, siendo el último el del 2017, pero desde el 2019 se alejó de los primeros puestos del mando del técnico español Ismael Rescalvo. Entretanto, Liga de Quito, que ganó el título del 2018, pero luego perdió dos finales consecutivas ante Delfín en el 2019 y contra Barce-

lona en el 2020, procurará reencontrarse con el éxito en la actual temporada. Liga recibirá a Mushuc Runa, que cumple una irregular campaña, con 7 puntos, merced a dos victorias, un empate y dos derrotas. En Liga se espera el debut del goleador paraguayo Luis Amarilla, que llegó este año en reemplazo del uruguayo Rodrigo Aguirre, para acompañar al goleador del torneo, el colombiano Cristian Martínez Borja, que lidera la tabla con 5 anotaciones. Programa de partidos por la sexta fecha de la primera fase: Jueves: Olmedo-Emelec y Universidad Católica-Macará. Sábado: Barcelona-Independiente del Valle; Liga de Quito-Mushuc Runa y Delfín-Deportivo Cuenca. Domingo: Técnico Universitario-Guayaquil City; 9 de Octubre-Aucas y OrenseManta FC. (D)

Este consejo proveerá asesoramiento y recomendaciones al presidente del Consejo de Calidad Ambiental (CEQ) y al Consejo Interagencial de Justicia Ambiental de la Casa Blanca sobre cómo abordar las injusticias ambientales actuales e históricas. Delgado quien tiene experiencia en la defensa en varios temas ambientales que afectan la salud y calidad de vida de diversas comunidades y de gente de bajos ingresos, ante lo cual, dijo haber aceptado este reto con esperanza y urgencia

• Andrea Delgado experta en temas ambientales.

por la justicia que merecen diversas comunidades. La especializada en temas ambientales lleva 25 años viviendo en suelo estadounidense, allí estudió tanto en el colegio como la universidad. Actualmente está casada. Delgado fue galardonada en el 2012 con el premio nacional de líder latina debido a su aporte en esta rama.(I)

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Dos nuevas variantes de COVID-19 presionan al sistema sanitario El virus del SARS-Cov-2 muta constantemente, pero hay cuatro variantes que tienen en alerta a la comunidad científica mundial. Dos de ellas, la inglesa y la de Nueva York, están en Ecuador. Aunque muchas de las mutaciones del nuevo coronavirus no son significativas, por lo menos hay cuatro que están bajo análisis de

los científicos del mundo por tres características: Son más contagiosas. Son más letales. Afectan a la respuesta de tratamientos

y vacunas. Cuantas más personas estén infectadas, y por más tiempo, mayor será la probabilidad de que los virus muten. (I)

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Sismo de magnitud 4,12 frente a las costas de Ecuador

SE VENDE CÁMARA DE MADURACIÓN DE BANANO

Un sismo de magnitud 4,12 en la escala abierta de Richter se registró este miércoles frente a las costas de la provincia de El Oro, en el sur de Ecuador, sin que hasta el momento se haya informado de víctimas o daños materiales por sus repercusiones.

INFORMES AL 098 928 0667

Según el Instituto Geofísico de la Escuela Politécnica Nacional, el sismo ocurrió a las 06h20 hora local (11h20 GMT) a 3,04 grados de latitud sur y a 80,08 grados de longitud oeste. De acuerdo a la fuente, el temblor ocurrió a una profundidad de 23,94 kilómetros y a 27,62 kilómetros de la ciudad de Machala, en El Oro. Asimismo, el Instituto Geofísico informó de un temblor de 2,64 ocurrido en la pro-

Listo para trabajar

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vincia andina de Pichincha a las 07h03 hora local (12h03 GMT), a una profundidad de 3,25 kilómetros y a 10,17 kilómetros de Quito. Ecuador se encuentra en el Cinturón o Anillo de Fuego del Pacífico, que concentra algunas de las zonas de subducción (hundimiento de placas tectónicas) más importantes del mundo y es

escenario de una fuerte actividad sísmica. Además de Ecuador, el Cinturón, que tiene forma de herradura, comprende a una gran cantidad de países tales como Chile, Argentina, Bolivia, Perú, Colombia, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, El Salvador, Honduras, Guatemala, México, Estados Unidos y Canadá.(I)

Lasso y Arauz coinciden por la central de riesgos y se pelean en TikTok

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En el día 15 de la campaña para la segunda vuelta electoral, el conservador Guillermo Lasso estuvo en la Sierra Norte; Andrés Arauz en la Costa. Gane quien gane las elecciones del 11 de abril, lo cierto es que quienes no tienen un buen récord crediticio podrían ver un cambio. Al menos si se cumplen las ofertas de las campañas presidenciales. Andrés Arauz y Guillermo Lasso, del movimiento Creo, coinciden en que es necesario un ajuste al funcionamiento de la central de riesgos. Esta central, según la Superintendencia de Bancos, es manejada por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos y allí están listadas las obligaciones crediticias con entidades financieras de los últimos seis años. Arauz, la tarde del lunes, aseguró que en un eventual Gobierno suyo no permitirá “que manden a la Central de Riesgos a los ecuatorianos, ni que les quiten sus casas, sus maquinarias, ni su taller”. No ofreció, sin embargo, detalles de cómo va a sacar adelante esta idea. Aseguró que planea una reestructuración obligatoria de las deudas bajando las tasas de interés y

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CONTACTOS: extendiendo los plazos para pagar. En Carchi, Lasso reiteró que, si llega a la Presidencia, “vamos a borrar los nombres de todos los deudores de menos de USD 1.000 de la central de riesgo para que vuelvan a participar de la actividad productiva”. La oferta del candidato de Creo se complementa con otra: la condonación de todas las deudas inferiores a USD 2.000 con el Banco Nacional de Fomento “para que los agricultores, ganaderos y artesanos puedan acceder a nuevas líneas de crédito”, dijo su equipo de prensa. Tres provincias en un día. Andrés Arauz, candidato de UNES lista 1, anunció su visita a Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Los Ríos. En la primera vuelta, Arauz obtuvo el primer lugar en estas provincias. Guillermo Lasso, de Creo, alcanzó el segundo lugar en Esmeraldas y Los Ríos, aunque

a una distancia considerable, y el tercer lugar en Santo Domingo. En Esmeraldas, Arauz repitió que está en contra de una eventual concesión de la administración de la Refinería de Esmeraldas. “Esa es la idea de los grandes proyectos, buscar los grandes ahorros para el país, y esto tiene que hacerse con transparencia”, dijo. Y reconoció los problemas de corrupción que rodearon el fallido proyecto de repotenciación de la Refinería, en el Gobierno de Rafael Correa. Arauz ofreció que si gana no habrá malos manejos “como lo vimos en el caso de Carlos Pareja Yannuzzelli y Álex Bravo, que terminaron manchando un proyecto político y eso jamás lo vamos a permitir, vamos a ser ejemplificadores en materia de la corrupción”. Y como dice ser víctima de campaña sucia, llevó la pelea a TikTok. (I)

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Oferta de negocio que puede ser una estafa piramidal En tiempos de crisis o de bonanza aparecen ofrecimientos de negocios que rinden más de lo normal. La Fiscalía, la Policía y expertos en finanzas alertan a la ciudadanía sobre los riesgos de invertir en esos negocios “milagrosos”. “Cuando lo ofertado sea muy grande, en poco tiempo, eso es una alerta de una estafa”, señaló la fiscal Sobeida Conforme, del área de recepción de denuncias de la Fiscalía del Guayas, en una entrevista ofrecida a EL UNIVERSO para el artículo ¡Alerta con ofertas de ganancias altas en tiempo récord! Reclutadores de empresa buscan a menores de edad y a jóvenes en redes sociales. En ocasiones, esos negocios funcionan con fachadas lícitas, con el objetivo de enmascarar su verdadero fin: captar raudales de dinero en supuestas transacciones donde no hay un producto real de por medio. “Hay una evolución, no en lo piramidal porque es lo

mismo, sino en el producto”, agregó Conforme al referirse a ofrecimientos de ganancias por la venta de productos digitales, como membresías de cursos, que se promocionan en redes sociales y que, en ciertos casos, podrían ser la pantalla de un acto ilícito. Diferencias entre la venta directa y un esquema piramidal Para identificar posibles estafas, la ciudadanía debe tener claro el siguiente concepto. Ante un pedido de información, la Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM) anotó que en el ámbito comercial prima la venta directa. “La Asociación Ecuatoriana de Venta Directa la ha definido como un dinámico canal de distribución de bienes y productos, (que) se la efectúa mediante la comercialización, por medio de la demostración o presentación por catálogo, de los productos y bienes que se ofrecen directamente al consumidor. En

su mayoría se lo realiza a través de distribuidores independientes, emprendedores, franquiciados por medio de contratos mercantiles”, detalló la SCPM en un comunicado enviado a ese Diario. Dentro de la venta directa, según el Estudio de empresas multinivel y estructuras piramidales que publicó en esta Superintendencia en 2017, constan los modelos de venta: plano y multinivel (mercadeo). Con el primer modelo, el vendedor autónomo obtiene ganancias del producto a través de la diferencia entre el precio de venta al público y el precio de afiliado fijado por la empresa productora. Mientras que, en el modelo multinivel, se compensa al vendedor autónomo, “no solo con base en las ventas que el vendedor genera, sino que adicionalmente se genera beneficio por las ventas de la red de mercadeo incorporada por el vendedor (inicial)”. En cambio, cuando un negocio tiene un esquema

piramidal -cuya dinámica representa un alto riesgo de perjuicio para sus integrantes- el giro de la operación “se centra en el reclutamiento de personas por las cuales el anfitrión recibe un monto en efectivo”. La SCPM añadió en su estudio que este sistema ha demostrado que “genera ganancias a unas pocas personas con base en la cuota de ingreso entregada por todas las personas de la red, sin embargo, debido a que no existe un producto que genere reventa el sistema no es sostenible en el tiempo y en el corto plazo ocasiona perjuicio a las personas que se encuentran en la base del sistema piramidal”. Mauro Gavilánez, miembro de la Unidad Nacional de Investigación de Delitos Financieros, de la Policía, indicó que estos supuestos negocios tienen un tiempo de vida menor a un año: “Prácticamente es un conjunto de personas que se dedica a estafar, porque mientras haya personas que formen la base de una pirámide va a existir el rédito económico. Una vez que termina se conP vierte en estafa masiva”. La captación ilegal de dinero, que se sanciona con hasta siete años de cárcel, es uno de los principales de-

litos que podría investigarse en torno a los esquemas piramidales, dijo Gavilánez. Señales de alerta generales, según la UAFE • Empresas no cuentan con la respectiva autorización de la Superintendencia de Bancos y Seguros. • Pago de intereses superiores a los ofertados por el sistema financiero. • Oferta de negocios fáciles de alta rentabilidad en corto plazo. • Pago de comisiones por la incorporación de nuevos “inversionistas” Creación de gran cantidad de empresas de papel, sin tener la logística ni los medios necesarios para su funcionamiento. • Oferta de múltiples servicios y/o productos. • Cambio constantemente de sus denominaciones. • Transferencias enviadas al exterior por montos altos. • Resistencia al solicitar información. • Oficinas funcionan en un domicilio. • Estratificación de fondos para evitar controles (estructura de sucesivas operaciones para ocultar, invertir, transformar, asegurar o dar en custodia bienes o dinero provenientes del delito).(I)

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Opinión

Juan Carlos Valarezo González Santiago

Armijos V.

safaarva@gmail.com

La muerte es un desgarrador momento que nos estremece y nos obliga a entender la fugacidad de nuestro paso por la vida; ante la cual, nos tornamos más pequeños, impotentes y vulnerables. En esa dura e imperturbable realidad, nos llega, como trueno despiadado, la absurda noticia del inesperado fallecimiento del destacado abogado lojano y entrañable amigo: Dr. Juan Carlos Valarezo González. Nos llega en un momento en el que el sinsentido ha invadido la realidad como resultado de una pesadilla sanitaria siniestra en la que parece haberse empozado todo el mal del mundo para arrebatar vidas, para dinamitar sueños, para apagar las risas de los niños y para cebarse con el sufrimiento de toda nuestra frágil especie. Juan Carlos nació en esta tierra en 1971, cuando su respetable madre, doña Concepción González de Valarezo, lo trajo al mundo para que contemple el espectáculo del sol y la luna… que es la vida; bajo la compañía y cobijo inmenso de su padre, el destacado jurista y hombre público: Dr. Reinaldo Valarezo García. Así, tuvo la bendición de iniciar la aventura de la vida como el fruto del amor y de la limpia alianza de sus padres, quienes, le prodigaron un hogar respetable, bien formado y de tierra fértil para que crezca junto a su hermana Karina y aprenda a caminar por la senda del recto vivir y del recto pensar. Tuve el gusto de conocerlo en los años ochenta en los sencillos, pero respetables aposentos del Colegio Bernardo Valdivieso, en los que gran parte de la juventud lojana intentaba beber conocimientos para forjarse un mejor futuro. Juan Carlos por naturaleza fue bueno, de charla sincera, de mano solidaria, de abrazo leal y de especial inteligencia. Estrechamos amistad en la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Nacional de Loja y, aunque no compartimos aula, fuimos fervientes compañeros en la convicción de que solamente a través del respeto al derecho, a la Constitución y a las leyes; se puede forjar una sociedad más justa, más ordenada y equitativa en la que todos

puedan tener las mismas oportunidades para surgir y progresar. Ya graduado de doctor en Jurisprudencia, consagró su vida a la profesión del derecho por espacio de 26 años. Lo hizo desde el libre ejercicio, la función pública (Consejo Provincial, Corte de Justicia de Loja, Instituto Ecuatoriano de Crédito y Becas, Consejo Provincial de Tránsito); desde la función privada (Mutualista Pichincha, Banco de Loja, Mutualista Pichincha y Cooperativa de Ahorro y Crédito Fortuna; y, desde la cátedra universitaria. Su última función la cumplió con acierto y probidad en la Procuraduría General del Estado en la que brindó con honestidad sus amplios conocimientos jurídicos en defensa de los delicados intereses del Estado. La vida es la oportunidad para luchar por lo que creemos y para cumplir objetivos específicos en favor de la sociedad. En el caso de Juan Carlos Valarezo González fue ejercer la abogacía con probidad, talento, disciplina y tenacidad. Con su muerte, el foro jurídico lojano pierde a uno de sus mejores representantes. Quienes fuimos sus colegas y amigos, también somos testigos de que fue una extraordinaria persona; quien supo enaltecer la amistad y honrar con celo la palabra lealtad. Paralelamente, fue un cultor de la familia, a la que, pese a su ajetreada vida, jamás descuidó, y más bien la preparó, la moldeó, la amó y la respetó hasta su último aliento. Su ausencia física ha causado enorme desconsuelo en muchos lojanos -entre los que me incluyo- y será difícil asimilar el vacío que deja. Consuela saber que sus hijos: Camila, Juan Carlos y Juan Sebastián Valarezo, prologan su existencia. “/ Hay golpes en la vida, tan fuertes… ¡Yo no sé! Golpes como del odio de Dios; como si ante ellos, la resaca de todo lo sufrido se empozara en el alma… ¡Yo no sé! Son pocos; pero son… Abren zanjas oscuras en el rostro más fiero y en el lomo más fuerte. Serán tal vez los potros de bárbaros Atilas; o los heraldos negros que nos manda la Muerte. (…) Hay golpes en la vida, tan fuertes… ¡Yo no sé! /”. (César Vallejo: Los Heraldos Negros)

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Reflexiones para el buen vivir Vicente Paúl

Maldonado maldonadopaul1967@gmail.com

La Constitución de la República del Ecuador del 2008 incorporó por primera vez la noción del Buen Vivir, resumiéndola menciona que para vivir bien se requiere que la persona esté en equilibrio consigo mismo, con la sociedad y con la naturaleza. Una importante causa de frustración es no conocerse a sí mismo. Sé tú mismo sin importarte lo que los demás piensen de ti, porque sólo vivimos una vez y la vida que vivimos es nuestra y de nadie más. Nada, absolutamente nada, merece poner en riesgo tu sabiduría y salud. Cada día cuando te levantes muestra gratitud por lo que tienes, porque levantarse con una sonrisa, es pensar en las cosas bonitas y de valor que tienes en tu vida. Afronta tus miedos. A veces las cosas no vienen como uno espera. Nunca pierdas la esperanza. Porque conseguir lo anhelado es el motor de nuestras vidas. Es la mecha que permite que nuestra llama siga su camino. Implementa buenos hábitos en tu vida y practícalos día a día. Son los hábitos los que van a marcar la diferencia a lo largo de tu vida. Intenta evitar por encima de todo quitarte horas de sueño. Resérvate para reflexionar. Sal de visita a la naturaleza. Haz ejercicio cada día. El ejercicio moderado y constante es la mejor medicina natural que existe. Sigue una alimentación sana. Hoy tenemos suficiente información como para saber que es sano y que no lo es. ¿Estás pasando por un mal momento? No te desesperes ni caigas en profunda depresión por ello. Porque todo cambia, nada es permanente; Sé positivo. La vida es como un espejo que refleja lo que en ti percibe. Si eres una persona positiva te pasarán cosas buenas y hermosas. Evita a la gente tóxica, me refiero a esa gente que sólo sabe quejarse y ver las cosas por su lado negativo, porque si te descuidas te arrastrarán con ellos al fango. Rodéate en la medida de lo posible de gente

con aspiraciones, sueños y que irradien positividad. Sé lo más sociable que puedas. Conoce nuevas personas, habla con ellas, descubre sus aficiones y aspiraciones. Comparte experiencias con las que te inspiren positividad y alegría. Busca un nuevo entretenimiento, porque los entretenimientos positivos son la salsa de la vida. Haz de tu pasión tu negocio. Las posibilidades de triunfar y ser feliz con tu trabajo serán muy elevadas. Cuida a tus trabajadores y ellos cuidarán de tu negocio. Si una pieza del engranaje falla todo el mecanismo funcionará mal hasta que acabe por romperse del todo. Tus empleados, desde el primero al último forman parte del engranaje de tu negocio. Vive una vida frugal. Más bienes, más posesiones, más de todo sólo te va a causar más molestias, más dolores de cabeza y más frustración. Son las pequeñas cosas las que hacen de la vida un viaje agradable. Lucha por algo que realmente merezca la pena. Sin un fin último que guíe todas y cada una de tus acciones tu motivación puede desfallecer en cualquier momento. Determina con claridad tus prioridades en la vida ellas te darán felicidad. Simplifica tu economía. Gasta menos de lo que ingresa. Simplifica tu trabajo. Empieza a trabajar antes que los demás. Genera nuevas vías de ingresos. Hacer que toda tu economía se base en una única vía de ingreso es poner en riesgo tu bienestar y el de los tuyos. Estrecha lazos con tus amigos cercanos. Los amigos son pieza fundamental de nuestras vidas y, por ende, de nuestra felicidad. Sé detallista con los que te quieren. Trata a los demás como te gustaría ser tratado. Respeta y serás respetado. Las cosas son cosas y las personas son personas. Nunca antepongas las primeras por las segundas. Interactúa con el mundo que te rodea. Las personas estamos tan centradas en nosotros mismos que creemos que todo lo demás es un decorado. Vive en el ahora. Olvídate del pasado. No pienses en el futuro. Lo único que realmente importa es el ahora. Actúa ¡Ahora te toca a ti!

Lic. Ismael E. Betancourt, DIRECTOR Ing. Paola Betancourt Mora, GERENTE Teléf.: (+5937) 2732003 Cel.: 0997262566 - 0992416701

Pasaje Cinchona Nro.207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay (Sector 24 de Mayo) gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec / www.cronica.com.ec

El editorial es la opinión oficial de Crónica. Los artículos periodísticos y caricatura que contienen nombres y apellidos son el pensamiento de sus autores y reflejan criterios de pluralidad e independencia de este Diario.

Fundado el 1 de Noviembre de 1979


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Entretenimiento

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Acuario

Adolf Hitler es condenado a cinco años de cárcel por alta traición, al intentar deponer por la fuerza al Gobierno bávaro.

En la noche del 8 de noviembre de 1923, Hitler y los camisas pardas irrumpieron en una reunión pública liderada por Kahr en el Bürgerbräukeller, una cervecería a las afueras de Múnich. Hitler proclamó una revolución y anunció sus intenciones de formar un nuevo gobierno, junto a Ludendorff, quien no estaba enterado del golpe,44 Antes de iniciar su “Marcha sobre Berlín”, que derrocaría al gobierno nacional, Hitler reclamó la ayuda de Kahr y de las fuerzas militares locales. Éste último fingió ayudar a Hitler, pero, gracias a la ingenuidad de Ludendorff, escapó en cuanto pudo y retomó el control regional. Al amanecer del 9 de noviembre, el Ejército y la policía bávara estaban tomando posiciones contra los golpistas; Ernst Röhm y sus tropas nazis se encontraban rodeados en el Ministerio de Guerra bávaro, y Hitler decidió marchar junto con Ludendorff para liberarlos. El anciano comandante alemán había convencido a Hitler de que los soldados y la policía no dispararían contra él, y que se unirían a su causa. No obstante, la policía no se replegó ante Ludendorff y se inició un tiroteo. Dieciséis miembros del NSDAP murieron durante la refriega, pero Hitler escapó únicamente con un hombro dislocado. Hitler se escondió en la casa de Ernst Hanfstaengl, y pensó en el suicidio. Fue arrestado dos días después, acusado de alta traición. Alfred Rosenberg se convirtió temporalmente en el líder del partido. Según Joachim Fest, esta subversión fracasada marcó uno de los grandes hitos en la vida de Hitler, pues con ella habría finalizado su aprendizaje y se habría dado paso a su verdadera entrada en la política. Su juicio, atrajo atención internacional, y le proporcionó una plataforma política para anunciar su movimiento. Durante su juicio, que se inició el 26 de febrero de 1924, Hitler recibió tiempo casi ilimitado para hablar, llo que hizo que su popularidad creciera debido a su poderoso y convincente discurso nacionalista. A diferencia de los participantes del golpe de Kapp, Hitler asumió la responsabilidad de la intentona golpista, pero negó haber cometido un crimen: “...Solamente yo cargo la responsabilidad. Pero no soy un criminal por eso. Si hoy me presento aquí como un revolucionario, es como un revolucionario en contra de la revolución. No existe la alta traición contra los traidores de 1918...” El 1 de abril de 1924, Hitler fue sentenciado a 5 años de prisión en la fortaleza de Landsberg, aunque la Constitución estipulaba cadena perpetua contra crímenes de este tipo. Hitler recibió un trato privilegiado de los guardias y pudo recibir cartas y visitas de sus admiradores.Fue absuelto y liberado el 20 de diciembre de ese mismo año, como parte de una amnistía masiva hacia prisioneros políticos. En total, solo cumplió nueve meses de su condena.

Además...

Se funda la Apple Computer Company

El 1 de abril de 1976, Steve Jobs y Stephen Wozniak fundaban la Apple Computer Company. Apple nació en el garaje de la casa de los padres de Jobs, y llegó a convertirse en una de las empresas de tecnología más grande del mundo. El primer producto que Jobs y Wozniak comercializaron fue Apple I, una de las primeras computadoras personales. Se llegaron a vender alrededor de doscientas, construidas íntegramente a mano. Poco después, a raíz del éxito de la Apple I, se vieron en la necesidad de encontrar financiación para su producción. El 1 de abril de 1976, gracias a la inversión de 250.000 dólares del empresario Mike Markkula, se firmó el contrato que le dio vida a la Apple Computer Company. Al año siguiente se lanzó la Apple II, la cual presentaba diversas mejoras respecto de su predecesora y sentaba las bases de lo que serían las futuras computadoras personales. Ese mismo año, la empresa incorporó su reconocido logotipo de la manzana. Hoy en día, la compañía diseña y produce productos de software y hardware. Entre ellos se encuentran la Macintosh, el Ipod, el Ipad y el Iphone; los sistemas operativos Mac OS X e iOS y el explorador multimedia iTunes. Fuente: https://latam.historyplay.tv/hoy-en-la-historia

Jueves 1 de Abril de 2021

San Hugo

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Enero 20 a febrero 19 No debes estar triste por ese descubrimiento que te ha desvelado cómo es una persona de la que esperabas más. Ahora toca recomponerte y ver el lado bueno del asunto, que no has perdido tiempo en ella y que puedes mirar hacia otro lado.

Piscis

Febrero 20 a marzo 20 Es importante aprender a soportar las críticas porque pueden aportar muchas cosas importantes de cara al futuro, y hoy no te quedará más remedio que hacerlo. Será para tu bien y comprenderás que la sabiduría es fruto de asumir que se puede mejorar.

Aries

Marzo 21 a abril 20 Hoy vas a tener muy buenas noticias y sensaciones y quizá sea tu pareja la que te traiga esa buena nueva o te proporcione momentos muy especiales. Si no tienes, también lo pasarás bien y te dejarás llevar por un espíritu renovado y con paz interior.

Tauro

Abril 21 a mayo 20 Estarás feliz de poder hacer un favor a alguien o acercarte a ver a una persona con la que te llevas bien y con la que compartes ciertos intereses, quizá intelectuales o culturales. En cualquier caso tu humor hoy buscará lo que le proporcione algún placer.

Géminis

Mayo 21 a junio 21 No es un buen momento para gastos de ningún tipo y si te estás planteando alguno más vale que dejes pasar la ocasión porque van a desestabilizar tu cuenta corriente. No pidas préstamos, aún puedes esperar un poco más si ajustas todo.

Cáncer

Junio 22 a julio 23 No te empeñes en arreglar un asunto con alguien que en este momento no quiere escucharte. Por mucho que te parezca egoísta, está en su derecho de hacerlo. Más adelante puede surgir la oportunidad, deja que todo se calme un poco más.

Leo

Julio 24 a agosto 23 Es posible que eches de menos otras situaciones pasadas y que ahora no puedas hacer eso que te apetece tanto. Debes tener paciencia y saber divertirte con lo que tienes más cerca y te aporta algún tipo de felicidad. Haz de la necesidad, virtud.

Virgo

Agosto 24 a Septiembre 23 Es muy posible que tengas sentimientos de soledad y que eches de menos a algunas personas que antes formaban parte de tu entorno. Si examinas y cambias ciertas actitudes, volverán antes de lo que crees. Quizá debas de pedir perdón, piénsalo.

Libra

Septiembre 24 a octubre 23 Hay circunstancias que te impiden hacer lo que en otras ocasiones has hecho como quizá un largo viaje, pero eso te va a permitir descubrir lugares más cercanos que también pueden ser muy divertidos o entretenidos. Prueba y no pienses en más.

Calendario Santoral

FARMACIA CUXIBAMBA SAN SEBASTIAN FARMACIAS CUXIBAMBA PASAJE LA FEUE

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Horóscopo

Hoy en la historia...

NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO

JUEVES 1 DE ABRIL DE 2021

BOLÍVAR NÚMERO: SN INTERSECCIÓN: MERCADILLO MANUEL AGUSTÍN AGUIRRE NÚMERO: SN INTERSECCIÓN: PASAJE LA FEUE CALLE: 18 DE NOVIEMBRE NÚMERO: 0931 INTERSECCIÓN: ROCAFUERTE AV 8 DE DICIEMBRE NÚMERO: 161-07 INTERSECCIÓN: MANUELA SÁENZ AV. GRAN COLOMBIA NÚMERO: 02- 97 INTERSECCIÓN: ANCÓN Y GUARANDA

TELÉFONO 72564138 72574513 7258499 7258499 072584999 0985361241 72560893 072541809 0994190868 23829810

Escorpio

Octubre 24 a nov. 22 Te gustará estar al mando de algo que te dará confianza en ti y además se abre la posibilidad de ganar algún dinero o de que el negocio vaya mejor de lo que esperabas. Esos sí, quizá tengas que esforzarte más de lo que habías previsto.

Sagitario

Noviembre 23 a dic. 21 Debes de tener cuidado hoy ya que te encantan que te halaguen y eso, muchas veces, te hace caer en las trampas más fáciles porque no ves el fondo de la cuestión, sólo las palabras dulces. Procura no dejarte llevar por la presunción.

Capricornio

Diciembre 22 a Enero 19 Cuidado con los sentimientos a flor de piel, pero que te cuesta demostrar en ocasiones o lo haces demasiado fríamente porque alguien se puede sentir herido y acusarte de no estar a la altura de la relación. Intenta expresarte sin barreras.


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JUEVES 1 DE ABRIL DE 2021

Judiciales UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL NOTIFICO con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales a los demandados: JAIME AUSBERTO HIDALGO MACAS, GABRIELA KATERINE ALVAREZ MICHAY Y JAIME ROBERTO HIDALGO MONTAÑO, que en extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DE LOJA DEMANDADOS: JAIME AUSBERTO HIDALGO MACAS, GABRIELA KATERINE ALVAREZ MICHAY Y JAIME ROBERTO HIDALGO MONTAÑO. OBJETO DE LA DEMANDA: Cobro de dinero TRAMITE: Ejecutivo CUANTIA: $ 29.907,96 JUICIO: Nro.11333-2019-02895 JUEZ: Dr. Franco Carrión Paz UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, jueves 21 de enero del 2021, las 14h41, VISTOS: Avoco conocimiento del presente proceso, en mi calidad de Juez encargada del despacho del Dr. Franco Carrión Paz, Juez de la Unidad Judicial Civil del cantón Loja, mediante Acción de Personal Nro. 34-DP112021-FA, de fecha 11 de enero de 2021. De conformidad al Art. 110 del COGEP , de oficio se declara la nulidad del auto interlocutorio de fecha 15 de diciembre del 2020, y en su lugar dado el estado del proceso, Incorpórese a los autos la liquidación que ha realizado la Mg Daisy Dorinda Tapia Godoy de fecha 30 de noviembre del 2020, de la que se constata que los demandados JAIME AUSBERTO HIDALGO MACAS, GABRIELA KATERINE ALVAREZ MICHAY Y JAIME ROBERTO HIDALGO MONTAÑO adeudan el valor de VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS DÓLARES CON OCHENTA Y UN CENTAVOS DE DÓLAR, de los Estados Unidos de Norte América $ 21.466,81, por lo que conforme al Art. 372 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que la demandada cumpla con la obligación, en el término de cinco días, bajo prevención de ejecución forzosa, como lo prevé la norma antes indicada.- Hágase saber.-f ) ILEGIBLE Dr. Franco Carrión Paz.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA .- Particular que se pone en conocimiento para los fines de ley.Loja, 3 de Marzo del 2021 Dr. Fabricio López Luzuriaga SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA P/P4332 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos y del causante CARLOS MANUEL FERNÁNDEZ GONZALEZ y ANA MARÍA LARGO MACHUCA que en extracto es como sigue: ACTOR: FERNANDEZ LARGO CELIA MARIA y otros. DEMANDADOS: Herederos presuntos y

desconocidos de los causantes CARLOS MANUEL FERNÁNDEZ GONZALEZ y ANA MARÍA LARGO MACHUCA. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00256 JUEZ: Dr. Luis Patricio Jaramillo Reyes “…Loja, viernes 5 de febrero del 2021, las 10h22, VISTOS: Una vez cumplida la providencia anterior, la solicitud de inventario presentada por los señores CELIA MARÍA FERNÁNDEZ LARGO;LUZ AMÉRICA FERNÁNDEZ LARGO; TERESA JUDITH FERNÁNDEZ LARGO; CARLOS LUIS FERNÁNDEZ LARGO;IVÁN ROBERT FERNÁNDEZ LARGO;JOHN FERNÁNDEZ LARGO; ANA BEATRIZ FERNÁNDEZ LARGO, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la solicitud y se admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP, por lo que se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Por el fallecimiento de los señores CARLOS MANUEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ Y ANA MARÍA LARGO ABRIGO conforme consta de las partidas de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de sus bienes sucesorios, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección de un perito que será designado oportunamente por esta Unidad Judicial. SEGUNDO.- Cuéntese en éste proceso: 2.1. Con los comparecientes CELIA MARÍA FERNÁNDEZ LARGO;LUZ AMÉRICA FERNÁNDEZ LARGO; TERESA JUDITH FERNÁNDEZ LARGO; CARLOS LUIS FERNÁNDEZ LARGO;IVÁN ROBERT FERNÁNDEZ LARGO; JOHN FERNÁNDEZ LARGO; ANA BEATRIZ FERNÁNDEZ LARGO en calidad de hijas e hijos de los causantes y por lo tanto herederos de los mismos. 2.2. Cítese a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes CARLOS MANUEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ Y ANA MARÍA LARGO ABRIGO, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58, en concordancia a lo señalado en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya producción y pertinencia se resolverá en audiencia. CUARTO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que las comparecientes le conceden a su defensor técnico. Agréguese a los autos la documentación adjunta.- NOTIFIQUESE.-…” “…Loja, lunes 22 de marzo del 2021, las 10h20, Téngase en consideración la convalidación del nombre de la causante Sra. Ana María Largo Machuca realizado por la parte ac-

tora y no como por un lapsus calami lo ha hecho constar en el presente proceso, por lo antes mencionado se dispone citar a los herederos presuntos y desconocidos de la causante Sra. Ana María Largo Machuca.- NOTIFIQUESE.-…”.-Firma Ilegible.- DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes.JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 25 de marzo del 2021. Dr. Manuel Eduardo Lozada Ramirez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F5096

MACARÁ REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN MACARÁ PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos de la señora DORIS EDITH SEDAMANOS ROSARIO de conformidad al Art. 56.1 y 56.2 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: JIMENEZ SEDAMANOS EDITH FERNANDA y PALACIOS SEDAMANOS CRISTINA ALEXANDRA. DEMANDADO: Herederos desconocidos y presuntos de los causantes señora DORIS EDITH SEDAMANOS ROSARIO TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA. INDERMINADA JUICIO: 11332-2021-00074 JUEZ: Dr. Galo Arturo Jaramillo González UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN MACARÁ, PROVINCIA DE LOJA.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Macará, provincia de Loja, mediante Acción de Personal Nro. 2314-DP11-2017FA, de fecha 11 de septiembre de 2017; y, por el sorteo de ley realizado en esta Unidad Judicial.- En lo principal: La demanda presentada por las señoras CRISTINA ALEXANDRA PALACIOS SEDAMANOS y EDITH FERNANDA JIMÉNEZ SEDAMANOS, sobre juicio de INVENTARIO, se la califica de clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario acorde al Art. 334.4 del COGEP. En consecuencia con la acción propuesta se declara abierta la sucesión intestada de los bienes del causante señora DORIS EDITH SEDAMANOS ROSARIO, disponiéndose formar el alistamiento y avalúo de los mismos con la intervención de un perito que será designado oportunamente al inventario. Cuéntese en este proceso con la comparecientes señoras CRISTINA ALEXANDRA PALACIOS SEDAMANOS y EDITH FERNANDA JIMÉNEZ SEDAMANOS, en calidad de únicas y universales herederas de la causante; con el señor Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del Cantón Macará a quienes se citará en sus respectivos despachos; además con el señor Delegado de la Secretaría Regional del Servicio de Rentas Internas de Loja, a quien para su citación, se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad

www. Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, enviándole despacho virtual y ofreciéndole reciprocidad en casos similares. Cítese a los herederos desconocidos y presuntos del causante por la prensa conforme a lo estipulado en el Art. 56.1, 56.2 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Loja por no existir diarios escritos en esta ciudad de Macará y por tres mensajes que se transmitirán en tres fechas distintas, por lo menos tres veces al día, en una radiodifusora de la localidad, en un horario de seis a veintidós horas y que contendrán un extracto de la demanda o solicitud pertinente.- Téngase en cuenta las pruebas anunciadas por la parte accionante.- Se ordena la citación de todas las personas interesadas o de quienes puedan tener interés en el asunto de acuerdo a la información proporcionada en la solicitud para lo cual pase el proceso a la oficina de citaciones para que proceda citar y realizará los deprecatorios virtuales.- Agréguese la documentación que ha sido aparejada a la demanda.- Tómese en cuenta el casillero y correo electrónico señalados para sus notificaciones.- El interesado comparezca a entregar las copias para la citación.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. DR. LUIS ANTONIO QUEZADA VITERI SECRETARIO DE LA UJM-MACARÁ. P/F5094 CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de la causante: MARGARITA ANGELITA RUIZ YAGUANA, que en extracto es como sigue: ACTORA: RITA ELIZABETH YAGUANA RUIZ DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de la causante: MARGARITA ANGELITA RUIZ YAGUANA. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2020-02843 JUEZ: DR. PABLO VINICIO MUÑOZ ABARCA EXTRACTO DEMANDA Loja, jueves 7 de enero del 2021, las 13h48, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede y la documentación adjunta.- En lo principal, una vez cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento de la señora MARGARITA ANGELITA RUIZ YAGUANA conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- 1.1. Con el soli-

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citante RITA ELIZABETH YAGUANA RUIZ por lo que comparece en calidad de hija y por lo tanto heredera de la causante. 1.2. Con el señor JUAN JOSÉ YAGUANA CAMACHO por así haberlo solicitado en calidad de cónyuge de la causante. 1.3. Con la señora LORENA ELIZABETH YANZA NIVELO por así haberlo solicitado . A quienes se lo citará en la dirección del domicilio señalado en la solicitud. Para su cumplimiento, pase el proceso a la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial, a las personas referidas con el contenido de la solicitud, documentación adjunta escrito aclaratorio y el presente auto, se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones. 1.4. Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, funcionario que deberá ser citado con el contenido de la solicitud, documentación adjunta escrito aclaratorio y el presente auto de forma telemática a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINE) administrado por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos esto de conformidad a lo establecido en el Art. 53.1 del COGEP (Artículo agregado por Disposición Reformatoria Quinta, numeral 2 de Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 345 de 8 de Diciembre del 2020); o en su defecto en caso de no estar funcionando aún dicho sistema, la diligencia de citación hágaselo en su respectivo despacho, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para la práctica de la citación, la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020.- El Juzgador considera que no es necesario contar con los personeros del GAD Municipio del cantón Loja. 1.5. Cítese a los herederos desconocidos de la causante MARGARITA ANGELITA RUIZ YAGUANA, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos.- No se atiende lo requerido por la comparecientes en el tercer inciso ordinal séptimo de la solicitud y numeral 3 del escrito aclaratorio por improcedente. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que le concede a su defensor técnico.- NOTIFIQUESE.Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja. – Loja, 12 de enero del 2021 Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F

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Judiciales PALTAS UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE GENERAL CON SEDE EN EL CANTON PALTAS CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales, a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes ANA JOSEFINA GALLARDO CARRION y FRANCISCO VICENTE ALDEAN TANDAZO. Conforme a los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General del Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: ALVARO VICENTE ALDEAN GALLARDO (PROCURADOR COMUN) DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES ANA JOSEFINA GALLARDO CARRION y FRANCISCO VICENTE ALDEAN TANDAZO. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. TRAMITE: VOLUNTARIO. CUANTIA: INDETERMINADA. JUICIO NRO. 11314-2021-00079. JUEZ: DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN. AUTO DE ACEPTACION A TRÁMITE: VISTOS: Avoco conocimiento y competencia de la presente causa en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Paltas, provincia de Loja, en virtud a la Resolución 258-2014 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura con fecha, 8 de octubre del 2014; así como a la Acción de Personal Nro. 8181-DNTH-2014 de fecha, 14 de octubre del 2014. La demanda de Inventarios, reúne los requisitos de forma exigidos por los Arts. 142 y 143 del COGEP, por lo que se la califica y se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334.4 y 335 del Código Orgánico General de Procesos. Consecuentemente, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por los causantes ANA JOSEFINA GALLARDO CARRION y FRANCISCO VICENTE ALDEAN TANDAZO, fallecidos el 01 de enero del 2014 y 30 de diciembre del 2019 respectivamente, desde el momento de su fallecimiento, disponiéndose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 y 342 del COGEP, en presencia de los interesados y del Perito, que será designado una vez que se cite en legal forma a todos los demandados, Así como se señalará fecha para la práctica de la referida diligencia. CITESE.- A los herederos desconocidos y presuntos de los causantes ANA JOSEFINA GALLARDO CARRION y FRANCISCO VICENTE ALDEAN TANDAZO conforme a los Arts. 56.1 y 58 del COGEP, mediante publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de la localidad, confiérase el respectivo extracto. Cuéntese en este proceso: a) Con los comparecientes señores: ALVARO VICENTE ALDEAN GALLARDO, MARCIA CARMITA ALDEAN GALLARDO, BAIRON ALDEAN GALLARDO, JOSEFINA ELIZABETH ALDEAN GALLARDO, DARLIN VICENTA ALDEAN GALLERDO y YHIMY JOSELITO ALDEAN GALLARDO, en calidad de hijos; b) CUÉNTESE Y NOTIFÍQUESE, a los siguientes funcionarios: 1) Señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD de Paltas; 2) Con el Señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja; en sus Despachos, para la notificación a los referidos funcionarios en Loja, se Depreca a uno de los señores Jueces de la Niñez del cantón Loja, ofreciendo reciprocidad en casos similares, remítase el respectivo despacho. Téngase en cuenta: Como Procurador Común al señor ALVARO VICENTE ALDEAN GALLARDO, La prueba anunciada contenido en el Numeral 5 de su escrito de demanda, el Perito se designara en el momento oportuno, en cuenta la cuantía de la acción, la casilla judicial y la dirección del correo electrónico señalado y la autorización conferida a su Defensor. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. NOTIFIQUESE.- FIRMA.DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PALTAS.

.com.ec Particular que pongo en conocimiento de los interesados y público en general, para los fines legales pertinentes. Paltas, viernes 26 de marzo de 2021.- Lo certifico.- EL SECRETARIO.Ab. Juan Pablo Ortega Parra. SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL P/F5079 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA AVISO JUDICIAL. Se pone en conocimiento del público en general, lo dispuesto en Auto de fecha 05 de marzo del 2021, las 16h47, dentro del juicio de Interdicción: JUICIO Nro. 11203-2021-00028 ACTOR: LUIS HERNÁN SÁNCHEZ VILLA DEMANDADOS: MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA ASUNTO: Interdicción Provisional de la señorita MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA TRÁMITE: Sumario CUANTÍA: Indeterminada JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo “…UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, viernes 5 de marzo del 2021, las 16h47, VISTOS: Evacuada la audiencia previa para resolver sobre la declaratoria o no de la interdicción provisional señalada para el día VIERNES CINCO (5) DE MARZO DEL 2021 A LAS 14H20, a la que comparecieron el actor LUIS HERNÁN SÁNCHEZ VILLA; además el señor JUSTO SÁNCHEZ VILLA, acompañados de sus defensores técnicos. Una vez que se escuchó las intervenciones, el suscrito Juez resolvió declarar la INTERDICCION PROVISIONAL, de la señorita MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA y nombró su curador provisional. Pronunciamiento que las partes expresaron su conformidad. Para constancia escrita se considera: PRIMERO: Se viene garantizando el debido proceso en el que se incluye el legítimo derecho a la defensa. En la audiencia convocada en los términos del inciso final del Art. 87 del Código Orgánico General de Procesos, las partes han tenido la oportunidad de presentar de forma libre sus propuestas, intervenciones y sustentos. SEGUNDO: La demanda se contrae en obtener la declaratoria de interdicción de la señorita MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA. Frente a tal pretensión y para poder continuar se diría que, el proceso de interdicción no busca resolver un litigio, ni controvertir un derecho sino que se declare que una persona no está en capacidades mentales para ejercer su capacidad de ejercicio. Al respecto se debe considerar: 2.1.- El Art. 467 del Código Civil, dispone “ Mientras se decida la causa, podrá el juez, a virtud de los informes verbales de los parientes o de otras personas, y oídas las explicaciones del supuesto disipador, decretar la interdicción provisional…”. 2.2.- En audiencia el actor LUIS HERNÁN SÁNCHEZ VILLA fue escuchado inclusive el señor Justo Sánchez Villa, señalando que su hermana MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA, de 60 años de edad, es una persona con capacidades especiales que no puede gobernarse por si misma ni administrar sus bienes ya que presenta un trastorno cognitivo mayor; encontrándose en un estado mental que no puede entender o querer. TERCERO: Por las consideraciones expuestas visto el informe verbal expresado en la audiencia al acreditarse que la ciudadana MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA, le impide valerse por sus propios medios, es decir su voluntad y conciencia no le permite tomar decisiones acertadas en el ámbito personal, familiar, laboral etc, el suscrito Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, RESUELVO: 1.- Declarar la interdicción provisional de la señorita MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA, con cédula Nro. 110199043-8.- 2.- Se nombra como su curador provisional a su hermano el señor JUSTO SÁNCHEZ VILLA, con cédula Nro. 1101840062, quién presente en la audiencia puesto en antecedentes del cargo a desempeñar manifestó que acepta dicho cargo y

Publicidad juró desempeñarlo fiel y legalmente. La presente resolución le servirá de suficiente título, a fin de que lo represente en todos los actos públicos y privados. Ejecutoriado que sea el presente auto, inscríbase en el Registro de la Propiedad del cantón Loja, con notificación a su titular; además notifíquese al público por un periódico de circulación en este cantón y colóquense los carteles respectivos, conforme lo establece el artículo 468 del Código Civil. 3.- Cumplido todo lo cual, se convocará a la audiencia única, donde se practicarán las pruebas aportadas, incluso sobre la oposición en caso de haberla, el reconocimiento del administrador de justicia a quién se pretende declararlo interdicto y la sustentación del informe médico por parte de los peritos, para con ello resolver en Sentencia la declaratoria o no de la interdicción definitiva. Hágase saber…”.- Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAÚL VALAREZO TANDAZO.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 12 de marzo del 2021 Dr. Servio Velepucha Espinosa SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F5087 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA AVISO JUDICIAL. Se pone en conocimiento del público en general, lo dispuesto en Auto de fecha 05 de marzo del 2021, las 16h47, dentro del juicio de Interdicción: JUICIO Nro. 11203-2021-00028 ACTOR: LUIS HERNÁN SÁNCHEZ VILLA DEMANDADOS: MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA ASUNTO: Interdicción Provisional de la señorita MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA TRÁMITE: Sumario CUANTÍA: Indeterminada JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo “…UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, viernes 5 de marzo del 2021, las 16h47, VISTOS: Evacuada la audiencia previa para resolver sobre la declaratoria o no de la interdicción provisional señalada para el día VIERNES CINCO (5) DE MARZO DEL 2021 A LAS 14H20, a la que comparecieron el actor LUIS HERNÁN SÁNCHEZ VILLA; además el señor JUSTO SÁNCHEZ VILLA, acompañados de sus defensores técnicos. Una vez que se escuchó las intervenciones, el suscrito Juez resolvió declarar la INTERDICCION PROVISIONAL, de la señorita MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA y nombró su curador provisional. Pronunciamiento que las partes expresaron su conformidad. Para constancia escrita se considera: PRIMERO: Se viene garantizando el debido proceso en el que se incluye el legítimo derecho a la defensa. En la audiencia convocada en los términos del inciso final del Art. 87 del Código Orgánico General de Procesos, las partes han tenido la oportunidad de presentar de forma libre sus propuestas, intervenciones y sustentos. SEGUNDO: La demanda se contrae en obtener la declaratoria de interdicción de la señorita MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA. Frente a tal pretensión y para poder continuar se diría que, el proceso de interdicción no busca resolver un litigio, ni controvertir un derecho sino que se declare que una persona no está en capacidades mentales para ejercer su capacidad de ejercicio. Al respecto se debe considerar: 2.1.- El Art. 467 del Código Civil, dispone “ Mientras se decida la causa, podrá el juez, a virtud de los informes verbales de los parientes o de otras personas, y oídas las explicaciones del supuesto disipador, decretar la interdicción provisional…”. 2.2.- En audiencia el actor LUIS HERNÁN SÁNCHEZ VILLA fue escuchado inclusive el señor Justo Sánchez Villa, señalando que su hermana MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA, de 60 años de edad, es una persona

JUEVES 1 DE ABRIL DE 2021 con capacidades especiales que no puede gobernarse por si misma ni administrar sus bienes ya que presenta un trastorno cognitivo mayor; encontrándose en un estado mental que no puede entender o querer. TERCERO: Por las consideraciones expuestas visto el informe verbal expresado en la audiencia al acreditarse que la ciudadana MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA, le impide valerse por sus propios medios, es decir su voluntad y conciencia no le permite tomar decisiones acertadas en el ámbito personal, familiar, laboral etc, el suscrito Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, RESUELVO: 1.- Declarar la interdicción provisional de la señorita MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA, con cédula Nro. 110199043-8.- 2.- Se nombra como su curador provisional a su hermano el señor JUSTO SÁNCHEZ VILLA, con cédula Nro. 1101840062, quién presente en la audiencia puesto en antecedentes del cargo a desempeñar manifestó que acepta dicho cargo y juró desempeñarlo fiel y legalmente. La presente resolución le servirá de suficiente título, a fin de que lo represente en todos los actos públicos y privados. Ejecutoriado que sea el presente auto, inscríbase en el Registro de la Propiedad del cantón Loja, con notificación a su titular; además notifíquese al público por un periódico de circulación en este cantón y colóquense los carteles respectivos, conforme lo establece el artículo 468 del Código Civil. 3.- Cumplido todo lo cual, se convocará a la audiencia única, donde se practicarán las pruebas aportadas, incluso sobre la oposición en caso de haberla, el reconocimiento del administrador de justicia a quién se pretende declararlo interdicto y la sustentación del informe médico por parte de los peritos, para con ello resolver en Sentencia la declaratoria o no de la interdicción definitiva. Hágase saber…”.- Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAÚL VALAREZO TANDAZO.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 12 de marzo del 2021 Dr. Servio Velepucha Espinosa SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F5087 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de la causante CELIA MACRINA CHUNCHO IÑIGUEZ, que en extracto es como sigue: ACTOR: IVAN MAURICIO CAPA OCAMPO. DEMANDADO: Sres. LUIS ROMERO en su calidad de cónyuge sobreviviente y con los herederos CARLOS ROLANDO ROMERO CHUNCHO, PATRICIA DEL ROCIO ROMERO CHUNCHO y CLAUDIA VERONICA ROMERO CHUNCHO. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. TRÁMITE: VOLUNTARIO. JUICIO: NRO. 11203-2021-00708 JUEZ: DR. HÉCTOR EFRÉN BURNEO SAAVEDRA. EXTRACTO DEMANDA.- “Loja, lunes 8 de marzo del 2021, las 11h44, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez titular y en virtud del sorteo reglamentario realizado.- Se llama a intervenir a la Dra. Karina Torres Maldonado como Secretaria Encargada de esta Unidad Judicial, mediante Acción de personal Nro. 172-UPTHL- SC de fecha 25 de agosto de 2015.- En lo principal, al estimarse de clara, completa y precisa la demanda de Inventarios presentada por el Sr. IVAN MAURICIO CAPA OCAMPO en su calidad de CESIONARIO de los GANANCIALES y los DERECHOS Y ACCIONES que fueron comprados al cónyuge sobreviviente LUIS ROMERO y a los herederos CARLOS ROLANDO ROMERO CHUNCHO, PATRICIA DEL ROCIO ROMERO CHUNCHO y CLAUDIA VERONICA ROMERO CHUNCHO

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Libretas PÓLIZA EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A., procederá a anular la Póliza Nº 152889 de la Cta. Cte. Nro. 2902030501, perteneciente a LUNA GLADIS MARIA, con C.I. 1100028636, beneficiario LUNA GLADIS MARIA en razón de haberse extraviado. P/4984/CDP1 PÓLIZA EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A., procederá a anular la Póliza Nº 153222 de la Cta. Cte. Nro. 2101027649, perteneciente a BRAVO JIMENEZ ROSARIO, con C.I. 1101094843, beneficiario BRAVO JIMENEZ ROSARIO en razón de haberse extraviado. P/4985/CDP2 y por cuanto cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que la admite al trámite mediante PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de los bienes hereditarios de la causante CELIA MACRINA CHUNCHO IÑIGUEZ entre estos del inmueble sobre el cual recae los gananciales y los derechos y acciones, y en la forma prevista el Art. 341 y 342 del Código Orgánico General de Procesos.- Para la formación del inventario, una vez que fuese citados todos los interesados, entre estos al cónyuge sobreviviente y a los herederos, este juzgador designará al perito para que proceda a su formación y avalúo en presencia de los interesados; y señalará el día y la hora para tal diligencia.- Cuéntese en este asunto con: 1) Con el accionante Sr. IVAN MAURICIO CAPA OCAMPO en su calidad de CESIONARIO .- 2) Con los accionados Sres. LUIS ROMERO en su calidad de cónyuge sobreviviente y con los herederos CARLOS ROLANDO ROMERO CHUNCHO, PATRICIA DEL ROCIO ROMERO CHUNCHO y CLAUDIA VERONICA ROMERO CHUNCHO a quienes se les citará con esta demanda y demás providencias en el lugar designado en la demanda, para lo cual intervenga la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, funcionarios quienes explicarán a los accionados que tiene la obligación de señalar casillero y correo electrónico para futuras notificaciones, y en caso de oposición podrán hacerlo por escrito en la forma y en el término señalados en el Art. 336 del COGEP.- ) 3) Con el señor Procurador Tributario de Loja, a quien se le notificará en su despacho y para lo cual intervenga la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad.- 4).- A los herederos presuntos y desconocidos de la causante CELIA MACRINA CHUNCHO IÑIGUEZ , cíteselos de conformidad con lo previsto en el Art. 58 del Código Orgánico General de procesos.- Los accionados y cualquier persona que se crea interesado en este asunto tienen la obligación de señalar casillero y correo electrónico para futuras notificaciones, y en caso de oposición podrán hacerlo por escrito en los términos señalados en el Art. 336 del COGEP.- Téngase en cuenta la anunciación de pruebas de la parte accionante, tal como lo ha solicitado en su demanda, pruebas que en la respectiva audiencia serán discutidas y aprobada su pertinencia.- Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y correo electrónico señalado por los accionantes, así como la autorización que concede a su abogado defensor para ejercer la defensa.- Agréguese los documentos que se adjuntan.- HÁGASE SABER.” Dejo constancia de este particular, para los fines de ley.Loja, 23 de marzo del 2021. Dra. Karina Torres Maldonado. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F5090


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JUEVES 1 DE ABRIL DE 2021

Judiciales

CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER,NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante SEGUNDO CARLOS VICENTE QUIZHPE CUENCA, que en extracto es como sigue: ACTORES: TERESA MARIA QUIZHPE MOROCHO, LEONCIO EDUARDO QUIZHPE MOROCHO, ROSA AMALIA QUIZHPE MOROCHO, SEGUNDO CARLOS MANUEL QUISHPE MOROCHO, Y MILTON GUSTAVO QUIZHPE MOROCHO. DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del causante: SEGUNDO CARLOS VICENTE QUIZHPE CUENCA OBJETO DE LA DEMANDA: PARTICION DE BIENES SUCESORIOS CON OPOSICION TRÁMITE: Sumario JUICIO: Nro. 11203-2019-02608 JUEZ: Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca. EXTRACTO DEMANDA.- “VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, encargado del despacho del Dr. Pablo Muñoz, Juez de la Unidad, mediante acción de personal Nro. Nro. 2301-DP11-2019-RR, de fecha 18 de septiembre de 2019. En lo principal, como se ha dado cumplimiento a la providencia inicial la DEMANDA DE PARTICION JUDICIAL de los bienes dejados por el causante SEGUNDO CARLOS VICENTE QUIZHPE CUENCA, formulada por los Señores: TERESA MARIA QUIZHPE MOROCHO, LEONCIO EDUARDO QUIZHPE MOROCHO, ROSA AMALIA QUIZHPE MOROCHO, SEGUNDO CARLOS MANUEL QUISHPE MOROCHO, Y MILTON GUSTAVO QUIZHPE MOROCHO, por cumplir con los requisitos de Ley, se la acepta a trámite en procedimiento SUMARIO, conforme lo determinan los Arts. 332.10 (Agregado por el Art. 54 de la Ley s/n R.O. 517-S, 26-VI-2019) y 333 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud, se dispone lo siguiente: UNO: Cítese a los demandados BERTHA CARLOTA QUISHPE MOROCHO, ROSA ELENA QUIZHPE MOROCHO, MARGARITA DEL CISNE QUIZHPE MOROCHO, EDITA MARIA QUIZHPE MOROCHO, SUSANA DEL ROCIO QUIZHPE MOROCHO Y CARMEN ESPERANZA QUIZHPE MOROCHO; quienes deberán ser citados en la dirección indicada en la demanda; diligencia que la cumplirá la oficina de citaciones y notificaciones. Además cítese a los herederos presuntos y desconocidos del causante SEGUNDO CARLOS VICENTE QUIZHPE CUENCA, a través de uno de los medios de comunicación esto es mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. También cítese a los personeros del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de este Cantón Loja, en las personas de los señores Alcalde y Procurador Síndico Municipal, respectivamente; y, Director del Servicio de Rentas Internas de Loja; funcionarios a quienes dispongo citar en legal y debida forma en sus despachos. La diligencia igualmente la cumplirá la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. En lo demás, se advierte a los accionados la obligación de determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de quince días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el nu-

meral 3 (Sustituido por el Art. 55 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI-2019) del Art. 333 ibídem, adjuntando todos los medios de prueba que pretendan producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellos únicamente en los casos que se requiera el auxilio del órgano jurisdiccional. Bajo prevención de proseguir en rebeldía por su falta de comparecencia. DOS: Tómese en cuenta todos los medios de prueba que anuncian los actores. Se admitirá y calificará las mismas en la Audiencia respectiva dada la naturaleza del procedimiento y, conforme el Art. 160 del COGEP; debiéndose cumplir con lo dispuesto en el Art. 191 ibídem. Medios de prueba que bajo el principio contradictorio se le pone a la vista de los accionados. TRES: Con fundamento en el Art. 146 inciso séptimo del Código Orgánico General de Procesos ( Sustituido por el Art. 19 de la Ley s/n R.O. 517-S, 26-VI-2019), se ordena la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Loja, sobre los inmuebles materia de la partición y conforme a las inscripciones constantes en los títulos de dominio, así: 3.1.- Propiedad signada con el número OCHO que es parte del edificio denominado “CASTIBLANCO”, declarado en propiedad horizontal, ubicado en la calle Benjamín Pereira, perteneciente a la parroquia Sucre del Cantón y Provincia de Loja. Inscripción Nro. 002344, del Registro de la Propiedad del Cantón Loja, de fecha 03/04/2007. 3.2.- Lote número CINCO, ubicado en la jurisdicción de la parroquia El Valle del Cantón y Provincia de Loja. Inscripciones números 713, del 8 de mayo de 1972; 328, del 8 de marzo de 1973; 1110, del 23 de julio de 1973; 0509, del 6 de abril de 1983; 3874, del 5 de agosto de 2005; 3875, del 5 agosto del 2005; 002345, del 3 de abril del 2007 ,y, 6045, del 1 de octubre de 2008. Notifíquese a la Señora Registradora de la Propiedad del Cantón Loja; adjúntese copias de los certificados de fs. 21,21vlta; 22,22vlta. El despacho entréguese a la demandante para que gestione su resultado. Finalmente como de los certificados en referencia constan que se ha dictado medidas cautelares sobre los inmuebles materia de la partición se dispone notificar a los Señores Jueces de la Unidad Civil y Mercantil de Loja, a cuya competencia se encuentren los procesos identificados con los números 020112016 ;y, 03686-2016, para que notifiquen a las partes procesales a fin de que si así lo consideren hagan valer sus derechos en la presente causa. CUATRO: Agréguese al expediente la documentación presentada y téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y dirección de correo electrónico señalados por los accionantes y la autorización que le conceden a su defensor técnico. Además acogiendo su pedido de conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra en calidad de Procuradora Común a la Señora TERESA MARIA QUIZHPE MOROCHO, con quién se contará en el proceso. Por último actúe en calidad de Secretaria del despacho la Dra. Nuvia Flores. OTRA PROVIDENCIA: Loja, miércoles 17 de marzo del 2021, las 16h17, Como la actora bajo juramento ha declarado de que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada SUSANA DEL ROCIO QUIZHPE MOROCHO y se ha justificado las diligencias respectivas, al tenor de lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone su citación a través de uno de los medios de comunicación esto es a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación existente en la ciudad. Confiérase el extracto respectivo. F).- Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja.Loja, 18 de marzo del 2021 Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz SECRETARIA DE LA UNIDAD

JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F5089 CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de la causante: señora ROSA QUINCHE CHIMBO, que en extracto es como sigue: ACTORA: CLARA AURORA ABAD ROSILLO, ÁNGEL AGUSTÍN ABAD ROSILLO, NERCY CHUQUIMARCA JUMBO, CARMEN MARÍA ABAD ROSILLO DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de la causante: señora ROSA QUINCHE CHIMBO, además de los extintos señores JULIA GÓMEZ QUINCHE, SEGUNDO MANUEL GÓMEZ QUINCHE, CARMEN LUCÍA SÁNCHEZ IÑIGUEZ OBJETO DE LA DEMANDA: Inventarios de bienes sucesorios TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2021-00353 JUEZ: Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca EXTRACTO DEMANDA: Loja, miércoles 17 de marzo del 2021, las 10h11, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede.- En lo principal, una vez cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento de la señora ROSA QUINCHE CHIMBO conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- Con los solicitantes: 1.1. CLARA AURORA ABAD ROSILLO, ÁNGEL AGUSTÍN ABAD ROSILLO, NERCY CHUQUIMARCA JUMBO, CARMEN MARÍA ABAD ROSILLO en calidad de adquirentes y cesionarios de gananciales de derechos y acciones en la sucesión de la causante. 1.2. GUSTAVO RAFAEL SÁNCHEZ IÑIGUEZ en calidad de hijo de la extinta y adquirente y cesionario de gananciales de derechos y acciones Sra. Carmen Lucía Sánchez Iñiguez en la sucesión de la causante. SEGUNDO.- 2.1. Con los demandados VÍCTOR ANTONIO GÓMEZ QUINCHE, HUGO GÓMEZ QUINCHE, ROSA JUANA GÓMEZ QUINCHE en calidad de hijos y por lo tanto herederos de la causante. 2.2. Con los demandados GALO FERNANDO LIMA GÓMEZ, SEGUNDO FRANCISCO LIMA GÓMEZ, LOURDES JAKELINE LIMA GÓMEZ, WALTER ENRIQUE LIMA GÓMEZ, DORIS JANNETH LIMA GÓMEZ, ROSA DELMIRA LIMA GÓMEZ en calidad de hijos de la extinta y heredera Sra. Julia Gómez Quinche y por lo tanto nietos de la causante. A quienes se los citará en la dirección del domicilio señalado en el escrito aclaratorio que antecede. 2.3. Con el señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja por así haberlo solicitado, funcionario que deberá ser notificado en su respectivo despacho en la dirección indicada. Para su cumplimiento, cítese con el contenido de la solicitud, documentación adjunta y el presente auto, y se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones, a los demandados indicados en los numerales 2.1, 2.2 a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial. Mientras al funcionario indicado en el numeral 2.3 de forma telemática a través del

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Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINE) administrado por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos esto de conformidad a lo establecido en el Art. 53.1 del COGEP (Artículo agregado por Disposición Reformatoria Quinta, numeral 2 de Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 345 de 8 de Diciembre del 2020); no obstante como se conoce que no se encuentra aún funcionando dicho sistema, la diligencia de citación hágaselo en su respectivo despacho, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020, que en su parte pertinente dice: “Art. 4 (…) 4.1.- Una vez calificada la demanda, acto pre procesal o diligencia previa y ejecutoriado el auto respectivo, la o el actora adjuntará tres ejemplares de la misma para la elaboración de las boletas de citación. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar ejemplares de la demanda por cada persona demandada. Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación adjunto al “formulario de entrega de copias para citación”. Dicha entrega quedará registrada en el sistema SATJE con una razón sentada por parte de la o el secretario a cargo del proceso en la cual se especificará la fecha de recepción de las copias para citación en un término máximo de un (1) día después de recibido el formulario (…) 4.2.- Sentada la razón de recibidas las copias de citación por parte de la o el secretario a cargo del proceso judicial, las y los ayudantes judiciales, en el término de dos días elaborarán las boletas de citación…”. 2.4. Cítese a los herederos desconocidos de la causante ROSA QUINCHE CHIMBO, además de los extintos señores JULIA GÓMEZ QUINCHE, SEGUNDO MANUEL GÓMEZ QUINCHE, CARMEN LUCÍA SÁNCHEZ IÑIGUEZ, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. CUARTO.- Se dispone a los comparecientes hasta antes de ordenarse el enlistamiento y avalúo de bienes, presenten la documentación del certificado historiado y linderado del Registro de la Propiedad del cantón Loja del bien inmueble a inventariarse cuya propietario la causante Rosa Quinche Chimbo según escritura pública inscrita con el Nro. 749 del año 1955 (fs. 9). QUINTO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que le conceden a su defensor técnico.- Acogiendo el pedido de los actores y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra en calidad de Procurador Común a la Señora Clara Aurora Abad Rosillo, con quien se contará en el proceso.- NOTIFIQUESE.-.Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja – Loja, 19 de marzo del 2021

P/F5091

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON EL PANGUI CITO: Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales: a los herederos presuntos y desconocidos de JULIO GUILLERMO MORENO CALDERON (+), y los herederos conocidos: JEFFERSON MICHAEL MORENO NAICHAP, JHARDRY BRAYAN MORENO NAICHAP Y NAYELI LISDEY MORENO CONTENTO, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: CONTENTO MACAS MARIA BEATRIZ DEMANDADOS: a los herederos presuntos y desconocidos de JULIO GUILLERMO MORENO CALDERON (+), y los herederos conocidos: JEFFERSON MICHAEL MORENO NAICHAP, JHARDRY BRAYAN MORENO NAICHAP Y NAYELI LISDEY MORENO CONTENTO. ASUNTO: declaración de unión de hecho CUANTIA: INDETERMINADA JUICIO Nro. 19333-2021-00072 JUEZ: AB. ANA BELÉN SOLANO SANCHEZ PROVIDENCIA.-El Pangui, martes 16 de marzo del 2021, las 09h24, VISTOS. Cumplido lo dispuesto en providencia anterior, avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón El Pangui. En lo principal, la demanda de declaración de UNION DE HECHO presentada por CONTENTO MACAS MARIA BEATRIZ en contra de los herederos presuntos y desconocidos de JULIO GUILLERMO MORENO CALDERON (+), y los herederos conocidos: JEFFERSON MICHAEL MORENO NAICHAP, JHARDRY BRAYAN MORENO NAICHAP Y NAYELI LISDEY MORENO CONTENTO es clara y completa por reunir con los requisitos legales del caso, razón por la que se le acepta para su trámite en la vía ORDINARIA, que es en la que se ha propuesto, contemplado en los artículos 289 y siguientes de dicho cuerpo legal; disponiéndose en consecuencia citarse con esta demanda a los herederos presuntos y desconocidos, por la prensa conforme lo dispone el numeral 1 del art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, mediante tres publicaciones diferentes en un diario de amplia circulación en esta Ciudad, advirtiendo a los posibles demandados de su obligación de comparecer a juicio luego de transcurridos veinte días desde la última publicación citatoria que se incorpore al proceso, bajo prevenciones legales. A los demandados y herederos conocidos: JEFFERSON MICHAEL MORENO NAICHAP, JHARDRY BRAYAN MORENO NAICHAP Y NAYELI LISDEY MORENO CONTENTO mediante el departamento de citaciones, teniendo en consideración que la citación a NAYELI LISDEY MORENO CONTENTO, por ser menor de edad, se la citará a través de su curadora, como especifica en el acto de proposición. Se les previene a los demandados que cuenta con el término de TREINTA DIAS que establece el 291 del COGEP para dar contestación a la demanda y acorde con lo señalado en los artículos 151, 152 y 153, en relación con el artículo 169, inciso cuarto, del texto legal citado. Agréguese al proceso los elementos probatorios adjuntos a la demanda y que serán analizados en la audiencia PRELIMINAR que se convocará oportunamente con los que la demandante ofrece acreditar los hechos. En consideración la cuantía, la casilla judicial y direcciones electrónicas señaladas para recibir notificaciones, así como la autorización conferida a sus Abogados defensores. HÁGASE SABER. El Pangui, 19 de marzo de 2021

Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA

Dr. Bernardo Alejandro Hurtado Flores SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON EL PANGUI P/F5076

EL PANGUI


Justicia

Detenidos por violencia intrafamiliar

• Los uniformados tras la detención de las tres personas.

Catamayo. En varios puntos de la ciudad de Catamayo, la Policía Nacional aprehendió a tres personas por varios incidentes, los mismos que están relacionados con violencia intrafamiliar. Según información policial, una persona fue detenida por violencia, una por boleta de auxilio y otra por apremio personal. Ellos

fueron puestos a órdenes de la autoridad competente para el debido procedimiento. En ese sentido, debido a estos hechos que se están registrando en la urbe, los uniformados han empezado un acercamiento con la comunidad o con sus directivos a través de asambleas comunitarias para tratar de frenar estos incidentes.(I).(FJC).

JUEVES 1 DE ABRIL DE 2021

En allanamiento encuentran objetos de dudosa procedencia

La Subzona de Policía Loja No.11, a través de su titular Renato Cevallos Núñez, informó que este 30 de marzo, los servidores policiales del eje investigativo realizaron dos allanamientos que permitieron la recuperación de varios objetos reportados como robados.

• Un parlante • Una grabadora • Una olla arrocera • Un jarrón de cerámica • Un parlante, marca Cafini, multicolor • 14 ternos quirúrgicos descartables En otra acción similar y en cumplimiento a orden judicial, los servidores policiales del eje investigativo y preventivo se trasladaron hasta el barrio Menfis Central, donde se ejecutó la orden de allanamiento a un inmueble de dos plantas, en cuyo interior se encontraron varios indicios • 01 Televisor de 40 pulgadas • 01 Televisor de 55 pulgadas, con lámina de identificación desprendida • 01 Aspiradora

La primera intervención policial se la desarrolló en un inmueble ubicado en el barrio San Pedro, centro sur de ciudad de Loja, en cuyo interior se evidenció varios objetos que se asocian al hecho que se investiga. Indicios: • Una cocina de inducción electromagnética

COVID-19 Casos confirmados por cantón CASOS

12.022 1.628 10.025 369 Positivos

Activos

Recuperados

Fecha de corte: Miércoles 31 de marzo de 2021 Fuente: Ministerio de Salud Pública

SARAGURO

Fallecidos

330

MUESTRAS

32.999 20.357 620 Tomadas

Negativas

En espera

Cantones con semáforo epidemiológico en ROJO

8.947

CHAGUARPAMBA

Edad

Contagiados

0-11 meses

23

1-4 años

64

5 - 9 años

107

10 -14 años

262

15 - 19 años

439

20 - 49 años

7.352

50 - 64 años

2.159

más de 65 años

1.616

OLMEDO

PUYANGO

Personas en aislamiento domiciliario

Provincia de Loja Casos positivos por rango de edades

10

133

1.493 2.945 1.550 Personas en A.P.O.

27

Cantones con semáforo epidemiológico en AMARILLO

AISLAMIENTOS

Personas en CERCO Epidemiológico

I

109 PINDAL

463

ZAPOTILLO

156

Hombres

43

SOZORANGA

787

51

MACARÁ

PROVINCIA DE LOJA / CONTAGIOS POR GÉNERO

6.140

370

PALTAS

CELICA

149

CATAMAYO

5.882 Mujeres

GONZANAMÁ

315 CALVAS

37

QUILANGA

95

ESPÍNDOLA

LOJA


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